Convocatoria para actuar como Abogados del Niño
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El Colegio de Abogados de Rafaela convoca a los colegiados interesados en actuar como Abogados del Niño toda vez que sean solicitados por los organismos administrativos, judiciales o por los propios niños, niñas y adolescentes, garantizándoles la prestación de los servicios de asistencia jurídica en procesos judiciales y procedimientos administrativos en que sean parte, en concordancia con la legislación vigente en materia de protección integral de sus derechos.
Para tal fin, los postulantes deberán:
- a) poseer matrícula vigente en el Colegio de Abogados Sede Rafaela, con dos (2) años de antigüedad como mínimo en el ejercicio de la profesión;
- b) acreditar capacitación específica en materia de familia y/o niñez;
- c) no poseer antecedentes ni procesos penales pendientes; y,
- d) no estar incluido en el registro de deudores morosos.
Inscripción: Desde 30/08/2020 Hasta 25/09/2020
Las presentaciones de CV deberán realizarse en formato PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar) señalando el interés en postularse como Abogado del Niño.
- Incluir datos personales completos (Apellido y Nombres, DNI, Nº de Matrícula, dirección, teléfonos, y correos electrónicos de contacto),
- Detallar todos los antecedentes específicos en forma clara y completa, con obligación de notificar cualquier modificación de datos que se produzca,
- Describir los antecedentes académicos, cursos, capacitaciones, y/u otros de interés, como así también de la actividad profesional, relacionados con la especialidad del rol de Abogado del Niño a desempeñar conforme legislación vigente, citando en todos los casos la actividad desarrollada, fecha, carga horaria, y organismo otorgante de la certificación. No es necesario adjuntar fotocopias de dichos antecedentes pero serán invocados a manera de declaración jurada, pudiendo ser exigidos en cualquier instancia.
- Adjuntar certificado de antecedentes penales.
- Adjuntar certificado del registro de deudores alimentarios morosos.
La vigencia de inscripción de cada profesional en la lista es de dos (2) años. La reinscripción es a solicitud del o la profesional, debiendo en dicho acto cumplimentar los requisitos nuevamente.
Ley nacional 26.061
LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm
Ley provincial 13.923
CREACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA DE ABOGADOS Y ABOGADAS PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2020/2020-01-17ley13923-2020.html