Convocatoria para actuar como Abogados del Niño



El Colegio de Abogados de Rafaela  convoca a los colegiados interesados en actuar como Abogados del Niño toda vez que sean solicitados por los organismos administrativos, judiciales o por los propios niños, niñas y adolescentes, garantizándoles la prestación de los servicios de asistencia jurídica en procesos judiciales y procedimientos administrativos en que sean parte, en concordancia con la legislación vigente en materia de protección integral de sus derechos.

Para tal fin, los postulantes deberán:

  1. a) poseer matrícula vigente en el Colegio de Abogados Sede Rafaela, con dos (2) años de antigüedad como mínimo en el ejercicio de la profesión;
  2. b) acreditar capacitación específica en materia de familia y/o niñez;
  3. c) no poseer antecedentes ni procesos penales pendientes; y,
  4. d) no estar incluido en el registro de deudores morosos.

Inscripción: Desde 30/08/2020  Hasta 25/09/2020

Las presentaciones de CV deberán realizarse en formato PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar) señalando el interés en postularse como Abogado del Niño.

 

  • Incluir datos personales completos (Apellido y Nombres, DNI, Nº de Matrícula, dirección, teléfonos, y correos electrónicos de contacto),
  • Detallar todos los antecedentes específicos en forma clara y completa, con obligación de notificar cualquier modificación de datos que se produzca,
  • Describir los antecedentes académicos, cursos, capacitaciones, y/u otros de interés, como así también de la actividad profesional, relacionados con la especialidad del rol de Abogado del Niño a desempeñar conforme legislación vigente, citando en todos los casos la actividad desarrollada, fecha, carga horaria, y organismo otorgante de la certificación.   No es necesario adjuntar fotocopias de dichos antecedentes pero serán invocados a manera de declaración jurada, pudiendo ser exigidos en cualquier instancia.
  • Adjuntar certificado de antecedentes penales.
  • Adjuntar certificado del registro de deudores alimentarios morosos.

La vigencia de inscripción de cada profesional en la lista es de dos (2) años. La reinscripción es a solicitud del  o la profesional, debiendo en dicho acto cumplimentar los requisitos nuevamente.

Ley nacional 26.061

LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm

Ley provincial 13.923

CREACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA DE ABOGADOS Y ABOGADAS PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2020/2020-01-17ley13923-2020.html