Acordada nº 262/13 – OBLIGACIÓN DE FIJAR DOMICILIO INFORMÁTICO EN LOS DECRETOS DE CONCESIÓN DE RECURSOS DE APELACIÓN ANTE ESTA CÁMARA FEDERAL
Cámara Federal de Apelaciones de Rosario
Acordada Nº 262 /2013.
DISPONIENDO SE HAGA SABER LA OBLIGACIÓN DE FIJAR DOMICILIO INFORMÁTICO EN LOS DECRETOS DE CONCESIÓN DE RECURSOS DE APELACIÓN ANTE ESTA CÁMARA FEDERAL.
En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil trece, reunidos en acuerdo los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones;
Y VISTA:
A) Mediante Acordada nº 38/2013 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación se dispuso -en el punto 1 de su resolutiva- extender el ámbito de aplicación del Sistema de Notificación Electrónica establecido por Acordada nº 31/2011, a todo el Poder Judicial de la Nación a partir de su entrada en vigencia, de acuerdo al plan de implementación gradual que se establece.
B) Que el punto 6º de la resolutiva de la misma Acordada dispone implementar la notificación electrónica obligatoria, en todas las causas que se tramiten ante las Cámaras Nacionales y Federales de Apelaciones en que el programa de gestión judicial se encuentre implementado, para los recursos de apelación interpuestos a partir del 18 de noviembre de 2013.
Y CONSIDERANDO:
Que a los efectos de facilitar la aplicación del Sistema de Notificaciones Electrónicas establecido por Acordada nº 31/2011 C.S.J.N., resulta necesario que los Juzgados Federales de primera instancia de la jurisdicción de esta Cámara Federal, en los decretos que concedan recursos de apelación en causas que deberán ser elevadas a este Tribunal de alzada, dictados a partir del día 18 de noviembre de 2013, impongan a los abogados intervinientes la obligación de fijar domicilio informático, emplazándolos para que lo hagan dentro del quinto día de notificados del mismo, bajo expreso apercibimiento de quedar notificados en Secretaría en caso de no hacerlo, de las actuaciones cumplidas en este Tribunal, lo que así se dispondrá y se hará saber fehacientemente a los fines legales y reglamentarios pertinentes.
En su mérito,
ACORDARON:
Disponer que los Juzgados Federales de primera instancia de la jurisdicción de esta Cámara Federal, en los decretos que concedan recursos de apelación en causas que deberán ser elevadas a este Tribunal de alzada, dictados a partir del día 18 de noviembre de 2013, impongan a los abogados intervinientes la obligación de fijar domicilio informático, en los términos expuestos en el Considerando del presente Acuerdo, conforme a lo dispuesto en las Acordadas nº 31/2011 y 38/2013 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Todo lo cual dispusieron, ordenando se registre en el protocolo de Resoluciones de Superintendencia y se comunique a los Juzgados Federales de primera instancia de la jurisdicción de esta Cámara y a los Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe y de la ciudad de San Nicolás, al Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa, y a los Secretarios de esta Cámara Federal, todo por ante mí que doy fe.-
(firmado) Edgardo BELLO- Carlos F. CARRILLO – Liliana ARRIBILLAGA- – José Guillermo TOLEDO – Elida Isabel VIDAL – Jueces de Cámara-
No participa del Acuerdo el vocal Dr. Fernando Lorenzo Barbará en razón de encontrarse en uso de licencia.-
(firmado) Dra. Florencia BENTOLILA- Secretaria de Superintendencia.-