Circular Nº 68/2020:»Resolución de Presidencia que ratifica la resolución de Secretaría de Gobierno del 28.5.2020 ref. a inicio electrónico de demandas a través de la Autoconsulta Online ante Juzgados de 1era. Inst. situados en sedes judiciales sin MEU»
Santa Fe, 8 de junio de 2020.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a
todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que por resolución de
Presidencia de fecha 5.6.2020, se ha dispuesto lo siguiente: «Santa Fe, 5 de
junio de 2020. VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario; y,
CONSIDERANDO: Que, el pasado 28 de mayo del corriente, la Secretaria de
Gobierno del Cuerpo propuso al mismo aprobar el reglamento denominado
«Inicio electrónico de demandas – Autoconsulta online». Asimismo, hizo saber
de la posibilidad de habilitar a partir del 8 de junio de 2020 la recepción
electrónica de demandas, -autorizada por esta Corte mediante Acta Acuerdo
Nro. 11 del 14.4.20 por correos electrónicos- a través del sistema de
Autoconsulta online y ante los Juzgados de Primera Instancia que utilizan el
sistema SISFE situados en las sedes judiciales donde no exista Mesa de
Entradas Única. Que, esta modalidad de trabajo trae aparejado un importante
avance en materia de seguridad y celeridad tanto para los profesionales del
derecho como para este Poder Judicial. Ello así, en tanto se constituye en
una etapa superadora de la actual mecánica que, con motivo de la pandemia,
se viene utilizando y que involucra a correos electrónicos con o sin firma
digital. Que no obstante que el presente dispositivo cuenta con la
factibilidad de firmar digitalmente los escritos de demanda por parte de los
profesionales, dicho requisito no ha sido impuesto de manera obligatoria en
esta primera etapa de prueba, en el entendimiento que haberlo así previsto
hubiera acarreado un indeseable perjuicio a todos aquellos operadores del
servicio que no cuentan con dicha herramienta. Por consiguiente, y siendo
que la pronta puesta en funcionamiento de esta prueba piloto, permitirá
obtener en un breve lapso resultados de su funcionamiento que servirán de
base para replicar su uso a gran escala en las demás dependencias de este
Poder Judicial, esta Presidencia entiende oportuno, en uso de las facultades
legalmente conferidas, ratificar la propuesta efectuada con cargo de
informar la misma a la Corte Suprema. Que, en razón de ello, esta
Presidencia de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la
ley 10.160 (t.o. Según decreto N°49/98),
resolución dictada por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo el pasado 28 de
mayo de 2020, en cuanto a la puesta en marcha del sistema denominado «Inicio
electrónico de demandas – Autoconsulta online» desde el 8 de junio del
corriente en los Juzgados allí previstos.
Justicia lo aquí dispuesto.
(SECRETARIO)».