Circular nro. 118. Ampliación turnos matutinos para Certificaciones en los Tribunales de Reconquista y Rafaela



Circular nro. 118. Ampliación turnos matutinos para Certificaciones en los Tribunales de Reconquista y Rafaela

Circular Nro. 118/20.-

Santa Fe, 19 de agosto de 2020.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo resuelto por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de fecha 18.8.2020, Acta N° 28:
AMPLIACIÓN TURNOS MATUTINOS PARA CERTIFICACIONES EN LOS TRIBUNALES DE RECONQUISTA Y RAFAELA.- VISTO: Las necesidades del servicio judiciario; y. CONSIDERANDO: Que esta Corte, en Acta Acuerdo Nro. 14, Punto 1 de fecha 13.5.20, en relación al servicio de certificaciones que presta este Poder Judicial ordenó: “Establecer que el servicio de certificaciones en todas las sedes judiciales, salvo las incluidas en los grandes aglomerados urbanos, se prestará en horario vespertino, de 14hs a 19hs. y con la correspondiente asignación de turnos web previa. En aquellas sedes donde esta tarea se realice en horario matutino, se continuará con dicha metodología, previa solicitud de turnos web.” Que, en dicha sintonía, diferentes sedes de la Provincia permanecen con la prestación del referido servicio únicamente en horario vespertino, como es el caso de los tribunales de los Distritos Judiciales Nro. 4 y Nro.5. Ahora bien, luego de un relevamiento del estado de los turnos otorgados por las oficinas de certificaciones para dichas localidades, se observa una sobrecarga de los mismos, contemplándose cubierta la capacidad de atención al público hasta el 27 de agosto del corriente en el caso de Reconquista y hasta el 10 de septiembre de este año para Rafaela. Por consiguiente, y a los fines de evitar que esta situación provoque una disfunción en detrimento de los operadores del servicio y de la ciudadanía en general, resulta oportuno adoptar las medidas conducentes al efecto, disponiendo que dicha tarea se lleve a cabo en horario matutino por los respectivos juzgados de Circuitos de ambas sedes, con la correspondiente asignación de turnos previa. Ello así, en tanto dichos órganos jurisdiccionales han sido quienes habitualmente desempeñaban tal labor, previo a la entrada en vigencia de los nuevos esquemas de trabajo generados como consecuencia de la situación de emergencia provocada por la pandemia de público conocimiento. Por lo demás, se deja debidamente aclarado que el turno vespertino de certificaciones continuará en funciones tal cual se viene efectuando hasta la fecha. Por lo cual, luego de un cambio de opiniones y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: I.- Disponer que a partir del 24 de agosto del corriente año, el servicio de certificaciones en los Distritos Judiciales Nro. 4 Reconquista, y Nro. 5 Rafaela, será brindado en horario matutino por los Juzgados de Circuito de dichas sedes, previa asignación de turnos por la plataforma web creada al efecto. II.- Mantener la prestación de dicho servicio en horario vespertino, tal cual como se desarrolla en la actualidad. III. Delegar en la Secretaría de Gobierno, la materialización de todas las tareas inherentes para la puesta en funcionamiento de lo aquí resuelto. IV.- Librar las comunicaciones pertinentes. FDO.: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)».

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas

 

*Se aclara que en Rafaela la certificación de turnos matutina se realiza en el Registro Público de Comercio.