Circular nro. 144. Llamado a concurso abierto de antecedentes para un cargo de Subsecretario de Políticas de Prevención de Violencia Institucional-SPPDP-



Circular Nro. 144/21.-

Santa Fe, 04 de agosto de 2021.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que en fecha 03.08.2021 se ha recepcionado resolución del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, en la cual comunican el llamado a concurso abierto de antecedentes, oposición y coloquio para un cargo de Subsecretario de políticas de prevención de Violencia Institucional, que fuera convocado según Resolución N°0122 del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

Se transcribe, a continuación, la correspondiente Resolución:

RESOLUCION Nº 0122

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,02/08/2021

VISTO:

El Expediente del Sistema de Información de Expedientes (SIE) N° 08030-0004649-8 y la necesidad de cubrir un (01) cargo de funcionario no sujeto a acuerdo legislativo de acuerdo a la Estructura Orgánico Funcional de Planta Permanente del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, y;

CONSIDERANDO:

Que para la sustanciación del concurso respectivo resulta de aplicación la Resolución N°14 dictada en fecha 11.07.2012 que fijó el “Reglamento de Provisión de Cargos de Funcionarios y Suplentes de Funcionarios en el Servicio Público Provincial de Defensa Penal”, con la modificación dispuesta en la Resolución N°5 del 05.02.2014.

Que en virtud de lo dispuesto por artículo 10 del Anexo I de la citada Resolución corresponde dictar una Resolución de Apertura de Concurso -R.A.C.- en la que se debe determinar, entre otras cuestiones, el/los cargos a concursar y el perfil de los mismos, la modalidad del mismo, la nómina de los miembros del Tribunal, la fecha de inicio y cierre de inscripción, el lugar y hora de presentación de los formularios de inscripción respectivos, como así también el tipo de difusión que se establecerá para la convocatoria.

Que atento la naturaleza del cargo a cubrir, así como la especificidad de los conocimientos que para su óptimo desempeño se requieren, resulta conveniente llamar a concurso abierto de antecedentes oposición y coloquio y convocar a formar parte del Tribunal Evaluador a expertos de acuerdo al perfil de cada cargo.

Que corresponde dar difusión en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal aprobada por Resolución N°8/2012.

Que, una vez realizado el concurso y definido quién ocupará el cargo, se seleccionará y propondrá al Poder Ejecutivo, por intermedio de la Corte Suprema de Justicia, la correspondiente designación.

POR ELLO,

LA DEFENSORA PROVINCIAL

 

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- De conformidad a la Resolución N°14/2012, y su modificatoria Nº05/2014, CONVOCAR A CONCURSO ABIERTO DE ANTECEDENTES, OPOSICIÓN Y COLOQUIO para cubrir el siguiente cargo de acuerdo al perfil que se especifica en el Anexo I de la presente resolución y que forma parte integrante de la misma:

 

  1. a) UN (01) CARGO DE SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL, con categoría presupuestaria de Juez de Primera Instancia, 3.2.500.

 

ARTÍCULO 2.- Para el cargo descripto en el artículo 1, integrar el Tribunal Evaluador con la Defensora Provincial, Dra. Jaquelina Ana Balangione y dos (02) expertos en la materia para el cargo.

 

ARTÍCULO 3.- En el Tribunal Evaluador conformado según el artículo precedente, podrán intervenir como suplentes de la Defensora Provincial: un Defensor Regional o el Secretario de Gobierno y Gestión Programática.

ARTÍCULO 4.- La actuación del Tribunal Evaluador se ajusta a las siguientes pautas:

  1. a) Es “ad honorem”.
  2. b) Sesiona en la sede del Servicio Público Provincial de Defensa Penal de la Capital Provincial, sita en calle La Rioja 2657 de la ciudad de Santa Fe.
  3. c) Deja constancia de lo actuado en acta suscripta por todos sus miembros.

ARTÍCULO 5.- Establecer como requisitos de admisibilidad los fijados en el artículo 5 del Anexo 1 de la Resolución del Defensor Provincial N°14/2012. A su vez los postulantes deben reunir los perfiles requeridos para el cargo al que se presentan y presentar un plan de trabajo para el cargo al que aspiran.

 

ARTÍCULO 6.- PERFIL DEL CARGO DE SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL

Nombre del puesto: Subsecretario Políticas de Prevención de Violencia Institucional.

Dependencia funcional: Prestará servicios en la sede de la Defensoría Provincial bajo la dependencia establecida en la Resolución N.º 109/21.

Descripción general del puesto: El mismo se encuentra señalado en la “misión” asignada en la Resolución N.º 109/2021 sobre Adecuación de la Estructura Orgánico Funcional de la Planta Permanente del Servicio Público Provincial de Defensa Penal para el cargo de Subsecretario de Políticas de Prevención de Violencia Institucional, que a continuación se transcribe: “Colaborar en el diseño, proponer y ejecutar las políticas de prevención de la Violencia Institucional para el organismo. Supervisa y participa en el asesoraramiento y representación legal de las personas condenadas a penas o medidas de seguridad privativas de libertad. Controla las condiciones de detención. Es encargada de fomentar, orientar y fortalecer la investigación científica y tecnológica en materia de DDHH y Violencia Institucional. Registra, por sí o por sus dependientes, mediante soportes técnicos adecuados la información recabada en los procedimientos de inspección y control, o bien al intervenir por denuncias o informes, del Registro de Violencia Institucional y Afectaciones de los Derechos Humanos. Esto implica conocer y aplicar de forma adecuada los conceptos, metodologías, herramientas, normativas y estándares existentes en esta materia, para lograr la registración precisa y completa de la información relevante. Depende de la Secretaría de Gobierno y Gestión Programática de la Defensoría Provincial”.

Principales responsabilidades del puesto: El mismo se encuentra señalado en las “funciones” asignadas en la Resolución N.º 109/2021 sobre Adecuación de la Estructura Orgánico Funcional de la Planta Permanente del Servicio Público Provincial de Defensa Penal para el cargo de Subsecretario de Políticas de Prevención de Violencia Institucional, que a continuación se transcribe:

  1. Recibe denuncias por violaciones de Derechos Humanos, y canaliza los mecanismos para brindar trámite adecuado a los mismos
  2. Propone y ejecuta planes, programas y proyectos en materia de prevención de la violencia institucional.
  3. Administra el sistema informático sobre el estado de los juicios en los que la Defensoría Provincial sea parte, conforme las funciones mencionadas precedentemente.
  4. Presenta un Informe trimestral del relevamiento de causas judiciales de la Defensoría Provincial.
  5. Proponer casos judiciales para litigar ante los Tribunales Provinciales, Nacionales o Internacionales necesarios para obtener la modificación de situaciones emblemáticas que comprometan la vigencia efectiva del Estado de Derecho Democrático, conforme a las decisiones de política institucional tomadas por el Defensor Provincial.
  6. Colabora con propuestas para las modificaciones políticas, legislativas y sociales tendientes a la solución adecuada de los conflictos.
  7. Propone estrategias para visualizar las vulneraciones sistemáticas de los Derechos Humanos para obtener la modificación de dichas situaciones.
  8. Asiste a las personas privadas de libertad en todo lo referido a cuestiones humanitarias, con el apoyo de los demás órganos auxiliares de la Defensa Pública.
  9. Verifica las condiciones de detención de las personas privadas de libertad.
  10. Releva casos de tortura, penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes, abuso, malas prácticas y demás afectaciones a los Derechos Humanos cometidos por policías, agentes penitenciarios o judiciales.
  11. Patrocina las denuncias penales que los damnificados deseen formular por delitos cometidos en su perjuicio en ocasión de la privación de libertad, por sí o por medio del cuerpo de defensores, en las condiciones que se determinen.
  12. Solicita a Jueces y Fiscales que realicen visitas a cualquier lugar de detención de personas en caso de entenderlo necesario.
  13. Entrevista personalmente a sus asistidos en los lugares de detención, a solicitud de los mismos o cuando las circunstancias así lo requieran.
  14. Entrevista personalmente a los familiares de víctimas cuando éstos lo soliciten o le fuera encomendado.
  15. Labra los instrumentos necesarios para dejar constancia de las situaciones que se verifican.
  16. Propone y ejecuta investigaciones de corte teórico y técnico sobre DDHH, Acceso a la Justicia, Personas Vulnerables y Violencia Institucional.
  17. Asesorar, en los ámbitos de su incumbencia, a sus superiores.
  18. Colaborar en el diseño y publicación de contenidos académicos y de divulgación sobre las temáticas desarrolladas.
  19. Promover, en coordinación con la oficina de prensa, la divulgación y publicación de los contenidos desarrollados en el marco de las investigaciones institucionales, así como también en las que se desarrollaran por los miembros del SPPDP en el campo de su incumbencia.
  20. Interviene en todo otro asunto que el Defensor Provincial o el Secretario de Gobierno y Gestión Programática le encomienden.

Calificaciones educativas necesarias o deseables: Se requiere ser abogado, además de conocimientos y/o experiencia comprobables o especializaciones en materia de litigio en materia penal, experiencia comprobable en el trato con los medios de comunicación y con los estamentos Estatales. Tener un elevado nivel de compromiso con el respeto de los Derechos Humanos; estar compenetrado de las realidades sociales, políticas, culturales y penales de la Provincia de Santa Fe.

Habilidades y aptitudes deseables: Deberá también ser competente en la toma de decisiones, la comunicación efectiva de las ideas, el control y la coordinación con su superior y equipo de trabajo. Demostrar iniciativa para la participación en el delineamiento de la política institucional, ojo crítico, capacidad de información y comunicación. Finalmente, el postulante deberá presentar trato amable y respetuoso. Se valorará la experiencia en la Administración Pública o Privada y la gestión de personal a cargo.

Experiencia requerida para ocupar el puesto: 8 (ocho) años en el ejercicio liberal de la profesión, en el Poder Judicial o en la Administración centralizada, o bien en el título habilitante.

Zona de residencia requerida: Su sede será la ciudad de Santa Fe. Sin embargo deberá tener amplia disponibilidad horaria para el cumplimiento de su función dentro del ámbito territorial de las cinco circunscripciones judiciales de la Provincia de Santa Fe (1° Santa Fe, 2° Rosario, 3° Venado Tuerto; 4° Reconquista, 5° Rafaela).

ARTÍCULO 7.- Fijar como período de inscripción diez (10) días hábiles, comprendidos desde el 17 de agosto al 30 de agosto del corriente año, ambos días inclusive, en el horario de 9 a 12 hs. en la sede de la Defensoria Provincial sita en calle La Rioja 2657 de la ciudad de Santa Fe. A estos fines, se publicará en la página web (www.defensasantafe.gob.ar), junto con la convocatoria del presente concurso y el formulario de inscripción con la modalidad dispuesta para acompañar la documental acreditante.

ARTÍCULO 8.- Recibidas las inscripciones el Secretario de Gobierno y Gestión Programática o la persona que este designe controlará el cumplimiento de los requisitos formales.

Se publicitará en la página web (www.defensasantafe.gob.ar) la pertinente integración del Tribunal Evaluador y la Resolución de Admisibilidad, que incluirá el listado de postulantes admitidos, admitidos provisorios y no admitidos al concurso, cursándose correo electrónico de cortesía a los postulantes que les hará saber que la información se encuentra disponible en la página.

La notificación se considera efectiva desde el momento de su publicación en la página web.

 

ARTÍCULO 9.- Los interesados no admitidos, podrán impugnar la decisión sobre admisibilidad en los términos del artículo 11 del Anexo I de la Resolución del Defensor Provincial N°14/2012 del Reglamento de Provisión de Cargos de Funcionarios y Suplentes de Funcionarios en el Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

ARTÍCULO 10.- Los postulantes admitidos podrán recusar con causa a cualquiera de los miembros del Tribunal Evaluador, sólo por las causales de recusación y excusación previstas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe; en ambos casos, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la publicación en la página web oficial.

La Defensora Provincial adoptará una decisión de inmediato y sin recurso alguno que publicará en la página web. En ningún caso las impugnaciones o recusaciones suspenden el desarrollo del concurso y la Defensora Provincial puede habilitar la participación a título condicional de un interesado que hubiera impugnado o postulante que hubiera recusado.

ARTÍCULO 11.- La fecha, horario y lugar donde se llevarán a cabo la oposición y coloquio serán publicados en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, remitiéndose mail de cortesía.

Sólo serán convocados los postulantes admitidos y los que la Defensora Provincial habilite condicionalmente.

Primero, se llevará a cabo la oposición según lo dispuesto en el artículo siguiente y luego el coloquio.

ARTÍCULO 12.- Conforme art. 4 del Anexo I de la Resolución N°14 de 2012 del SPPDP, la oposición consistirá en la exposición oral, en un plazo de 25 minutos, de un plan de trabajo para su potencial gestión. Al finalizar la exposición, el Tribunal Evaluador puede consultar al postulante sobre su plan de trabajo, conocimiento del entorno organizacional, legislación del sector público aplicable, conocimiento y manejo de tecnologías de información y comunicación, y capacidad de organización y gestión.

ARTICULO 13.- Inmediatamente luego de finalizados la oposición y coloquio, el Tribunal Evaluador asigna a cada postulante el puntaje final, discriminando el rubro “antecedentes”, “oposición” y “coloquio”, todo conforme lo establecido en la Resolución N°14/2012, y finalmente conforma el consecuente orden de mérito para lo que el mencionado Tribunal confeccionará un acta que deberán rubricar todos sus miembros, la que se publicará en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

Si no hubiera acuerdo entre los miembros del Tribunal Evaluador respecto del puntaje de uno o más postulantes, el mismo será el resultado de promediar la asignación que cada uno ha realizado.

ARTICULO 14.- El orden de mérito es vinculante, salvo disposición fundada de la Defensora Provincial en causas conocidas con posterioridad.

ARTICULO 15.- Los postulantes podrán deducir impugnación en los términos y condiciones del artículo 12 de la Resolución del Defensor Provincial N°14/2012 que aprueba el Reglamento de Provisión de Cargos de Funcionarios y Suplentes de Funcionarios en el Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

ARTICULO 16.- Dispóngase que la convocatoria a concurso público deberá difundirse en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (www.defensasantafe.gob.ar).

ARTÍCULO 17.- Regístrese, notifíquese a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Cumplido, archívese.

Saludo a Ud. atentamente.

ADJUNTO