Circular Nro. 191/2020:»Incorporación al Sistema de Autoconsulta de Expedientes-Ref. Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe y a la Cajas Forenses de Santa Fe y Rosario (Circular Nro. 42/2016)»



Circular Nro. 191/2020:»Incorporación al Sistema de Autoconsulta de Expedientes-Ref. Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe y a la Cajas Forenses de Santa Fe y Rosario (Circular Nro. 42/2016)»

“ Circular Nro. 42/2016.-

Santa Fe, 21 de abril de 2016.-

Señor Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que la Corte Suprema de Justicia de la Provincia por Acuerdo del 19.4.2016, Acta N° 17 punto 1, ha dispuesto incorporar a la modalidad de acceso «Sistema de Autoconsulta de expedientes», a la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, y a las Cajas Forenses de Santa Fe y Rosario.

La incorporación en cuestión, tendrá lugar en aquellas causas judiciales en las que se haya efectuado una actuación referente a “regulación de honorarios”. A tales efectos, cada unidad jurisdiccional que cuenta con el nuevo sistema informático cargará en dicha oportunidad al órgano de contralor con carácter de parte, habilitando de este modo a la respectiva Caja a la visualización del expediente en el sistema.

En consonancia con ello, resulta pertinente hacer saber a los operadores encargados del ingreso de información al Sistema de Gestión, que deberán incorporar a la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, y a las Cajas Forenses de Santa Fe y Rosario, según la Circunscripción que corresponda en este último caso, en aquellas causas judiciales donde se haya efectuado una actuación referente a “regulación de honorarios”, del mismo modo en que se viene efectuando la registración de Abogados, Procuradores, Contadores y Martilleros en el referido sistema.

A tales efectos se habilitará el carácter de “parte” a las Cajas mencionadas en la tabla de profesionales de los Sistemas de Gestión existentes en cada unidad jurisdiccional.

A mayor abundamiento, se hace saber que los Organismos señalados contarán con una contraseña de ingreso, la cual le permitirá acceder al Sistema de Autoconsulta con la consecuente visualización de todas las actuaciones del expediente y la ubicación actual del mismo, en los que se haya efectuado una actuación referente a “regulación de honorarios”.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo:Dr. Eduardo Bordas

(Secretario de Gobierno)”