Circular nro. 8. Situación epidemiológica mundial generada a raíz de la enfermedad covid-19: Adhesión al Decreto de Nec. y Urg. Nro. 867/21 dispuesto por el Poder Ejecutivo Nac. y al Decreto Nro. 3254/21 del Poder Ejecutivo Pcial.



 

Me dirijo a Ud. a fin de remitirle la siguiente circular:

 

Circular Nro. 08/22.-

 

Santa Fe, 10 de febrero de 2022.-

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

 

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo resuelto por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia en fecha 9.2.2022, Acta N°3:

«INFORME DE LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Por Presidencia se informa de una resolución que fuera dictada el 30.12.2021, previa consulta y deliberación de todos los integrantes del Cuerpo, la que transcripta expresa: “… VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020; y prorrogado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 167 de fecha 12.03.2021; y CONSIDERANDO: Que el pasado 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró el brote del nuevo Coronavirus como una pandemia, hecho que desencadenó la adopción de medidas de emergencia pública en materia sanitaria por parte de la Nación y de esta Provincia. En este sentido, mediante DNU 260/20 de fecha 12 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo Nacional amplió la emergencia pública sanitaria establecida por Ley Nro. 27.541, por el plazo de un año desde la entrada en vigencia del referido Decreto. Asimismo, el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto Nro. 213/20, adhirió a las disposiciones del DNU 260/20; haciendo lo propio este Poder Judicial, mediante Resolución de Presidencia Nro. 262 del 13 de marzo de 2020, ratificada por la Corte Suprema de Justicia mediante Acta Acuerdo Nro. 8 Punto Único de fecha 16 de marzo de 2020. Que, habiendo transcurrido el plazo de duración del Decreto de Necesidad y Urgencia emanado de la Administración Central Nacional, ésta, mediante DNU 167/21 de fecha 12 de marzo de 2021, resolvió prorrogar la emergencia sanitaria hasta el día 31 de diciembre de 2021. Que, en sintonía con ello, el Poder Ejecutivo Provincial, adhirió a tal decisorio mediante Decreto Nro. 173/21. Por consiguiente y de conformidad con el criterio adoptado por este Cuerpo desde el principio de la Pandemia, por Acta Acuerdo Nro. 7, Punto 2 de fecha 16.3.2021 se dispuso la correspondiente adhesión a ambas normativas. Que en lo que ahora interesa, y dado el inminente vencimiento del plazo fijado por las disposiciones citadas, el Poder Ejecutivo Nacional mediante DNU Nro. 867/21 ordenó prorrogar el Decreto Nro.260/20, sus modificatorios y normas complementarias, hasta el 31 de diciembre de 2022. Que, en similar entendimiento, el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nro. 3254/21 adhirió a las disposiciones del referido DNU, en cuanto fuere materia de su competencia. Que en dicho orden de ideas, corresponde entonces desde esta Corte Suprema de Justicia dar continuidad a las políticas de gobierno en materia sanitaria inveteradamente adoptadas desde el comienzo de esta pandemia, adhiriendo a las disposiciones contenidas en los referidos decretos de ambos Poderes Ejecutivos, Nacional y Provincial. Que, en virtud de lo expuesto y atento lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley 10.160 (t.o. Según Decreto Nro. 0046/98); SE RESUELVE: I. Adherir al Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 867/21 dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y al Decreto Nro. 3254/21 del Poder Ejecutivo Provincial, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive la Emergencia Pública Sanitaria establecida por Ley Nro. 27.541. II. Instruir a la Secretaría de Gobierno a los fines de que coordine las medidas que correspondan para hacer efectivo el mismo. III. Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. IV. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Cuerpo. FDO.: FALISTOCCO (PRESIDENTE) BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO)». Continua dándose cuenta por presidencia de sendas resoluciones dictadas por la Corte Suprema de la Provincia en feria de fechas 3.1.2022; 4.1.2022; 5.1.2022; 7.1.2022; 10.1.2022; 13.1.2022; 17.1.2022; 18.1.2022 y 24.1.2022 por medio de las cuales y atento los informes presentados por referentes ante situaciones de COVID-19 designados para actuar durante la feria judicial de enero 2022, de las distintas circunscripciones judiciales de la Provincia, se dispusieron diversos reemplazos de funcionarios atento la causal referenciada. Finaliza el presente informe con una resolución de fecha 9.2.2022, dictada por el señor Presidente del Cuerpo, por la que, conforme las previsiones del artículo 22 incisos 9 y 14 de la ley 10.160 (t.o. dec. N° 0046/98) y atento la solicitud formulada por el Sindicato de Trabajadores Judiciales, les concedió licencia para el día 11.2.2022 a los agentes OSCAR REGINATTO, VALERIA TOURN, JULIO RIVAROLA, CLAUDIO BOTTA, SALIM HASE, JORGELINA GANDINI y ALEJANDRO BIGA, a los fines de concurrir a una reunión de Comisión Directiva del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, a realizarse en la ciudad de Rosario. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia. FDO. GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)”.

 

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno