Colegio de Abogados Sede Rafaela convoca a los/as colegiados/as interesados/as en actuar como Abogado/a de Niñas, Niños y Adolescentes en jurisdicciones de Rafaela – Ceres – San Cristóbal – Tostado (2022-2024)
Colegio de Abogados Sede Rafaela convoca a los/as colegiados/as interesados/as en actuar como Abogado/a de Niñas, Niños y Adolescentes en jurisdicciones de Rafaela – Ceres – San Cristóbal – Tostado (2022-2024)
Inscripción: Desde 15/09/2022 Hasta 30/09/2022
IMPORTANTE: El CONVENIO de COOPERACION para la CAPACITACION ESPECIFICA de abogados y abogadas en relación a legislación en materia de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, se celebra en el marco de la capacitación obligatoria que prevé la ley provincial N° 13.923:
El convenio fue suscripto, a instancias de la FECASFE, entre la Secretaría de Justicia de la Provincia, las Facultades de Derecho de la UNL y de la UNR y los cinco Colegios de Abogados de la provincia.
Sólo los/as inscriptos/as en el listado de abogado/a del niño podrán acceder a la capacitación específica, la que se ofrecerá de manera gratuita.
Para inscribirse en el Registro, las y los profesionales deberán:
a) poseer matrícula vigente en el Colegio de Abogados de Rafaela;
b) acreditar dos (2) años en el ejercicio de la profesión;
c) acreditar capacitación específica en materia de familia y/o niñez;
d) no poseer antecedentes ni procesos penales pendientes; y,
e) no estar incluido en el registro de deudores morosos.
La vigencia de inscripción de cada profesional en la lista es de dos (2) años. La reinscripción es a solicitud del o la profesional, debiendo en dicho acto cumplimentar los requisitos nuevamente.
Enviar por mail a colabrafaela@wilnet.com.ar
• Detalle de todos los antecedentes específicos en forma clara y completa, con obligación de notificar cualquier modificación de datos que se produzca,
• Descripción de antecedentes académicos, cursos, capacitaciones, y/u otros de interés, como así también de la actividad profesional, relacionados con la especialidad del rol de Abogado del Niño a desempeñar conforme legislación vigente, citando en todos los casos la actividad desarrollada, fecha, carga horaria, y organismo otorgante de la certificación. No es necesario adjuntar fotocopias de dichos antecedentes pero serán invocados a manera de declaración jurada, pudiendo ser exigidos en cualquier instancia.
• Certificado de antecedentes penales.
• Certificado del registro de deudores alimentarios morosos.
IMPORTANTE SU LECTURA: Ley provincial 13.923
CREACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA DE ABOGADOS Y ABOGADAS PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2020/2020-01-17ley13923-2020.html
Ley nacional 26.061
LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm