Llamado a inscripción para Defensores Públicos Coadyuvantes (función rentada), cuyos honorarios son a cargo de la Defensoría General de la Nación. Plazo de inscripción: 24/05/2018

Ministerio Público de la Defensa –Defensoría General de la Nación- y la Federación Argentina de Colegios de Abogados.


Llamado a inscripción para Defensores Públicos Coadyuvantes (función rentada),

cuyos honorarios son a cargo de la Defensoría General de la Nación.

Plazo de inscripción: 24/05/2018

 

Convenio Marco para la selección de Defensores Públicos Coadyuvantes –abogados de la matrícula- entre el Ministerio Público de la Defensa –Defensoría General de la Nación- y la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

(se adjunta convenio marco)

 

El presente Convenio Marco tiene dentro de sus objetivos la colaboración entre las partes para la elaboración del listado anual de Defensores Públicos Coadyuvantes -abogados de la matrícula-, conforme las previsiones de los artículos 34 y 35, inciso p), de la LOMPD.

 

El MPD seleccionará a los profesionales de los listados remitidos por la FACA, conforme la jurisdicción que representan, siempre que necesidades del servicio así lo justifiquen.

 

Los  profesionales deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

  1. a) ser ciudadano argentino;
  2. b) tener treinta (30) años de edad;
  3. c) contar con seis (6) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, o de cumplimiento, por igual término, de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial;
  4. d) acreditar el ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de inscripción al listado;
  5. e) contar con por lo menos seis (6) años de antigüedad en el título de abogado;
  6. f) contar con certificado de carencia de antecedentes penales con la excepción al artículo 51 del Código Penal, vigente al momento de la inscripción al listado;
  7. g) no registrar sanciones y/o suspensiones ante el Organismo emisor de su matrícula;
  8. h) todo otro requisito que para el caso concreto estime pertinente el MPD.

 

Los interesados que cumplan con los requisitos establecidos en el convenio deberán inscribirse en la sede del Colegio de Abogados debiendo suscribir al efecto el Formulario de Inscripción que conforma el Anexo I del presente (ver adjunto).

 

El MPD se reserva la facultad de aprobar la integración del listado propuesto por la FACA.

 

Entre el MPD y el profesional designado -por acto administrativo del/de la Defensor/a General de la Nación o de la autoridad en la que se encuentre delegada esta atribución- se suscribirá un Convenio de Honorarios, que forma parte del presente como Anexo II (ver adjunto), en el cual se determinará el objeto, derechos y obligaciones de las partes, condiciones particulares del servicio a prestar, plazos y cualquier otra previsión que el MPD considere oportuna, notificándose tal suscripción a la FACA.

ADJUNTO