DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 5 – A partir del miércoles 15 de febrero de 2017 los pedidos de fotocopias efectuados por profesionales, sólo podrá realizarse por medio del “Sistema de Formularios Electrónicos”.



DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 5 

Rosario, 9 de febrero de 2017.-

 

VISTO: que el 1 de diciembre de 2015 entró en vigencia el “Sistema de Solicitud de Formularios Electrónicos” en el ámbito del Registro General de la Propiedad, conforme las directivas del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, dentro del proceso de informatización de los archivos de los registros inmobiliarios; y

CONSIDERANDO:

                        Que los formularios que se pueden solicitar son los de consulta en línea (hipotecas, embargos, inhibiciones), solicitud de fotocopias y búsqueda de inmuebles por propietarios.

                        Que los únicos profesionales legitimados para su solicitud son: abogados, agrimensores, arquitectos, contadores públicos, corredores inmobiliarios, escribanos, ingenieros, maestros mayor de obras, martilleros, procuradores, y técnicos constructores, que se hayan registrado como usuarios del sistema informático, ingresando a www.santafe.gov.ar/tramites/formelectronico/login

Que una vez autorizados por el Colegio Profesional respectivo, quedan habilitados a interactuar con el nuevo sistema; encontrándose facultados para efectuar los pagos de tasas y sellado fiscal a través de pago electrónico, o bien por punta de caja.

Que en un principio se estableció como fecha tope para comenzar plenamente con el sistema el 1 de marzo de 2016, plazo durante el cual convivieron ambos sistemas (el manual y el denominado “formularios electrónicos”); sin embargo, ha transcurrido tiempo suficiente que amerita la utilización obligatoria del sistema de formularios electrónicos en el pedido de fotocopias.

Que se recuerda que una vez recibida la solicitud del profesional, el colegio respectivo procederá a validarlo, y se habilitará el uso del dicho Sistema.

Que en la página web referenciada del Portal de la Provincia de Santa Fe, se encuentra el “Manual para Usuarios Profesionales”, que fuera confeccionado al efecto por el Registro General de la Propiedad.-

Que la implementación de los citados formularios electrónicos constituye uno de los objetivos primordiales de la gestión del Gobierno Provincial, en procura de lograr una efectiva protección de los terceros, y brindar claras directrices de seguridad jurídica.

Por ello y lo normado en los artículos 75, 76 (inc. 1° y 3°) de la ley registral provincial Nº 6435, y concordante ley nacional Nº 17801:

EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS REGISTRALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE A/C DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL, EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO Y LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE

DISPONEN:

1º.-A partir del miércoles 15 de febrero de 2017 los pedidos de fotocopias efectuados por profesionales, sólo podrá realizarse por medio del “Sistema de Formularios Electrónicos”.

2º.-  Regístrese, notifíquese en diligencia con copia a las Jefaturas de las áreas competentes, comuníquese a los Colegios Profesionales, a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia y archívese en el Protocolo de Disposiciones Técnico Registrales Conjuntas.

 

FIRMADO: Dr. Matías E. Figueroa. Subsecretario de Asuntos Registrales A/C de la Dirección Provincial del Registro General

Dr. Miguel A. Luverá. Director General. Registro General Rosario

Dra. Graciela Giménez. Directora General. Registro General Santa Fe