PODER JUDICIAL DE LA NACION



CON MOTIVO DEL DECRETO PROVINCIAL Nº 647/2021.

DISPONE PREFERENCIA TRABAJO REMOTO Y REITERA MEDIDAS DISPUESTAS POR LOS PROTOCOLOS DE MEDIDAS DE PREVENCION, HIGIENE Y SEGURIDAD PARA EL PODER JUDICIAL DE LA NACION POR LA PANDEMIA DE COVID-19.

ACORDARON:

I) Hacer saber a todos los empleados, Magistrados y Funcionarios de la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, que, mientras duren las restricciones impuestas por el decreto provincial nº 647 dictado el 19 de mayo de 2021 –o los sucesivos que se dicten manteniendo la vigencia de las mismas restricciones–, se deberá dar preferencia al trabajo remoto sobre el presencial conforme los protocolos sanitarios vigentes mencionados precedentemente. Asimismo, en caso de concurrir a prestar servicios al lugar de trabajo, será obligatorio: A) ventilar regularmente los ambientes de trabajo. B) Conservar la distancia de 2 entre personas que deban compartir la oficina. Excepcionalmente, y sólo si el espacio permite mantener la distancia mínima requerida, podrán estar en la misma oficina más de dos (2) personas. C) Usar en todo momento y de modo obligatorio el barbijo cubriendo nariz y boca correctamente, bajo apercibimiento de considerarlo falta disciplinaria.

II) Hacer saber a los Colegios de abogados de la jurisdicción que la tramitación de causas y cualquier otro tipo de diligencia vinculada a la actuación judicial continuará efectuándose de manera remota a través del sistema Lex 100. Excepcionalmente podrán hacerlo de forma presencial cuando el Magistrado a cargo así lo disponga.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia y se comunique, por ante mí, que doy fe. Presta su conformidad el Dr. Fernando L. Barbará pero no firma en razón de no haber sido convocado en el día de la fecha de manera presencial.

ADJUNTO ADJUNTO 2