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Llamados a concursos de oposición y antecedentes

Al señor Presidente

 

            Tengo el agrado de dirigirme a Ud. por disposición del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, con el objeto de solicitarle -a título de colaboración- la difusión en el ámbito de ese Colegio de Abogados de los llamados a concursos de oposición y antecedentes, para cubrir el cargo de «Prosecretario de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Norte.

            A tal fin se adjunta Anexo (Edicto) de la Resolución STJ nº 71/2020

           Sin otro particular, y agradeciendo tenga a bien acusar recibo del presente, lo saludo con la mayor consideración.

 

 

Dirección de Sumarios y Concursos
Tel: (02901) 441500 Internos: 1533/1562
Superior Tribunal de Justicia





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Circular 173/2020

Estimados,

Si bien se sugiere la presentación electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online y mediante la página web institucional del Poder Judicial, les recordamos que la Circular Nro. 173/2020 pone en  conocimiento de los usuarios que este nuevo mecanismo coexistirá con el envío de los escritos a través de correo electrónico; con los alcances referidos en el considerando VI de dicha circular.

Asimismo en esta etapa, se podrán presentar los escritos con o sin firma digital del profesional, de acuerdo a lo expresado en el considerando VIII.

Texto en extenso de la Circular 173/2020

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6599





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FIRMA DIGITAL – AMPLIACION DEL HORARIO

FIRMA DIGITAL

 

AMPLIACION DEL HORARIO

12.00 a 17.00 (en breve se habilitará el turnero)

Estimados,

 

El viernes 23 de octubre en el horario de 12.00 a 15.00, Oficiales de Registro de la Corte se constituirán nuevamente en la Cámara de Apelación C.C.y L. de Rafaela para otorgar Certificados de Firma Digital.

 

Para obtener firma digital son requisitos:

  • *contar con dispositivo Token,

 

 

 

Trámite personal. Concurrir con turno, token y DNI.

 



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CONVOCATORIA CTD SUNCHALES

AMPLIACIÓN

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN hasta el 26/10/2020, inclusive.

CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS para cubrir

  CTD SUNCHALES:  1 CARGO RECEPTOR DE DENUNCIAS TITULAR  y  1 CARGO RECEPTOR DE DENUNCIAS  SUPLENTE.

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias.

El receptor deberá desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD,  de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs) o vespertino (de 14 a 20 hs), por un término de 12 meses.

El cargo es rentado.

La selección se encuentra a cargo del Ministerio de Seguridad.

REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Abogada/o, con matrícula vigente, inscriptos en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.
• Edad entre 24 y 35 años.
• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética.
• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados.
• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, programas de gestión, etc.).
• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación.

Observación:  Dada la situación excepcional generada por la pandemia, en caso de no presentarse postulantes que cumplan con todos los requisitos, se admitirá excepcionalmente a aquellos que no cumplan con uno de los requisitos solicitados.

REQUISITOS PREFERENTES:
• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración y/o atención al ciudadano.
• Inscripción en AFIP del interesado.
• Residir en la localidad del cargo para el que se postula.

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:
El postulante deberá enviar su currículum vitae en formato PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar) hasta el 26/10/2020, inclusive.

IMPORTANTE: recordar indicar la localidad para la que se postula.


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Programa Octubre 2020

Autonomía Municipal Recursos económicos, ingresos municipales, coparticipación,  gasto e inversión

Reunión Plenaria virtual 23 y 30 de Octubre 2020

 

Link de acceso a la reunión del 23 de octubre de 2020,  a las 15:00 horas  zoom.us:

htpps:/us02web.zoom.us/j/81730514954?pwd=NENmN216eGR1T3FESVhWWmpRajVLUR09

ID 817 3051 4954  Código de acceso 809851

Link de acceso a la reunión del 30 de octubre de 2020,  a las 17:00 horas  zoom.us:

htpps:/us02web.zoom.us/j/82959157730?pwd=aG5TSUg3WGQ5NWd2cnd4dHdva2h3QT09

ID 829 5915 7730 Código de acceso 349229




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REGISTRO CIVIL RAFAELA. Reinicio de actividades a partir del día 19/10/2020.

REGISTRO CIVIL RAFAELA. Reinicio de actividades a partir del día 19/10/2020.

Pedido de partidas urgentes (se pueden pedir hasta 5 partidas por turno) y turnos para DNI

Turnos web en 

Secretaría de tecnologías para la gestión. Ministerio de gobierno y reforma del estado: http://turnos.santafe.gov.ar/turnos/web/frontend.php

Seleccionar registro civil – archivo – solicitud de partidas (sólo urgencias)

Seleccionar localidad.

Seleccionar oficina



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VENTA DE OBLEAS PARA FOJA CERO EN BIBLIOTECA

VENTA DE OBLEAS PARA FOJA CERO EN BIBLIOTECA
El Colegio de Abogados en pos de facilitar el ejercicio profesional y evitar aglomeraciones y esperas en Tribunales ha dispuesto la venta de obleas para foja cero en Biblioteca (Alvear 425), en el horario de 09.00 a 13.00.

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Conversatorio LEGITIMA DEFENSA

El día 26 de octubre se realizará un conversatorio en vivo sobre LEGITIMA DEFENSA, a partir de las 18 hs.

El mismo es de carácter gratuito con la inscripción abierta en el link que se acompaña:

http://www.rubinzal.com.ar/media/formulario_auto.php?poderjud=9a34987639b85d3abd48ed0b54ca2dbe&curso=2428



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ADECUACIÓN DE LOS CLUBES DE CAMPO Y BARRIOS PRIVADOS.

ADECUACIÓN DE LOS CLUBES DE CAMPO Y BARRIOS PRIVADOS.

POLÉMICAS RESOLUCIONES DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Día: miercoles 21 de octubre

Hora: 17 hs

a cargo de: Dra. Mariani de Vidal

http://www.rubinzal.com.ar/media/formulario_auto.php?poderjud=9a34987639b85d3abd48ed0b54ca2dbe&curso=2453

 





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Presentación electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online

Presentación electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online

En  resolución Nro. 1290/2020 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe (CSJSF) se establecen las siguientes pautas para la PRESENTACIÓN DE ESCRITOS:

 A partir del 19/10, se podrán ingresar por el sistema de autoconsulta SISFE (con o sin firma digital).

 Deberán realizarse en días hábiles y dentro de los horarios de oficina (de mañana o de tarde, de acuerdo a los turnos de funcionamiento de cada juzgado).

 Este nuevo mecanismo, coexistirá con el envío de escritos por correo electrónico (por ahora).

 UN GRAN AVANCE PARA EL SERVICIO DE JUSTICIA, PUESTO QUE AMÉN DE OTORGAR SEGURIDAD (reclamada de manera permanente por la Federación de Colegios de Abogacía), AGILIZARÁ LA TRAMITACIÓN DE LOS PROCESOS.

  Por tales razones, recomendamos con énfasis su utilización, dejando de lado las presentaciones vía mails.

En adjunto, formato pdf: Pautas PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS A TRAVÉS DE  AUTOCONSULTA

Texto completo de la circular: http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6599


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“El Derecho Sucesorio y su impacto ante la Pandemia”

Estimado colegiado,
Ponemos en v/conocimiento invitación de Marcos M. Córdoba, Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UAI, y Gerónimo J. Martínez, director de la carrera de Abogacía de la UAI Sede Rosario.
De encontrarse interesado en exponer en el Congreso de Institutos de Derechos Sucesorios de Colegios de Abogados: “El Derecho Sucesorio y su impacto ante la Pandemia.” a celebrarse los días 3 y 4 de noviembre de 2020, comunicarlo hasta el 20/10 próximo, mediante correo electrónico dirigido a colabrafaela@wilnet.com.ar
 
La exposición será a través de modalidad  virtual, en la plataforma Blackboard Collaborate. Solamente se requiere que el expositor cuente con buena señal de Internet, una computadora personal con cámara y micrófono. También puede hacerse desde su teléfono celular. Las exposiciones deberán ser entre 10 y 15 minutos, cada una.
 
Asimismo, de existir interés en conformar el Instituto de Derecho Sucesorio del Colegio de Abogados de Rafaela, le solicitamos se contacte por la misma vía.
 
Saludos cordiales.     

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AFIP informa – Servicio “Telegramas Laborales”

AFIP informa

Servicio “Telegramas Laborales”

 

El servicio “Telegramas Laborales” es  una propuesta para que los trabajadores puedan informar las intimaciones que realicen a sus empleadores.

El nuevo servicio de “Telegramas Laborales” resultará de fácil tramitación para los Trabajadores cuando necesiten intimar a sus Empleadores por la no registración laboral, porque lo hicieron indebidamente con fecha de ingreso posterior o una remuneración menor a la que le abona en la realidad.

En esos casos y en los términos del art. 11 de la Ley N° 24.013 es que los Trabajadores podrán enviarle la intimación que legalmente les corresponde.

Con este nuevo Servicio el Trabajador a través de la página oficial de AFIP, con clave fiscal nivel 2 o superior podrá de manera sencilla realizar la carga virtual del telegrama y cumplir con la debida notificación.

Asimismo, el mismo Servicio lo podrá realizar desde la Plataforma Web de la Entidad Bancaria con la que opere.

Tras enviar la intimación el trabajador  deberá cargar los datos del telegrama o carta documento cursado, los datos del empleador y adjuntar una imagen del documento de intimación.

El mismo Sistema pone a disposición del Trabajador una constancia de carga que podrá imprimirse o ser consultada.

Se puede encontrar una guía del procedimiento en el siguiente link https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiasPasoPaso/VerGuia.aspx?id=369



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Aislamiento y suspensión de términos Primera Laboral

TRIBUNALES DE RAFAELA.

Disponen la suspensión de actividades en el Juzgado Laboral 1 de la ciudad.

La decisión judicial se toma ante la existencia de varios casos sospechosos de Covid-19.

La suspensión de la actividad judicial tiene efectos desde este -viernes 16 de octubre- y hasta que las autoridades sanitarias recomienden su reanudación.

Se suspenden los plazos procesales y audiencias.

La presidencia de la Corte Suprema de Justicia dispuso la suspensión de actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 1ra. Nominación de los Tribunales de Rafaela.

La medida judicial se toma por presentarse varios casos sospechosos de COVID – 19  en el plantel de agentes judiciales. /// continua en adjunto.

Santa Fe, 16 de octubre de 2020.

 

PRENSA  / PODER JUDICIAL DE SANTA FE


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FIRMA DIGITAL – Octubre – TURNOS HABILITADOS

FIRMA DIGITAL

Estimados,

El viernes 23 de octubre en el horario de 12.00 a 15.00, Oficiales de Registro de la Corte se constituirán nuevamente en la Cámara de Apelación C.C.y L. de Rafaela para otorgar Certificados de Firma Digital.

Para obtener firma digital son requisitos:

  • *contar con dispositivo Token,

 

 

 

Trámite personal. Concurrir con turno, token y DNI.

TURNOS HABILITADOS


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Curso de Actualización en Derecho Ambiental – Inscripciones abiertas

[Posgrados-fcjs] [19 de octubre] Curso de Actualización en Derecho Ambiental – Inscripciones abiertas

Últimos días de inscripción

CURSO DE ACTUALIZACIÓN EN DERECHO AMBIENTAL
«LA CUESTIÓN AMBIENTAL HOY EN ARGENTINA: HUMEDALES Y CAMBIO CLIMÁTICO»

La Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS) dictará un Curso de Actualización en Derecho Ambiental. Se trata de una propuesta de cursado virtual (a través de la plataforma Zoom), que iniciará el lunes 19 de octubre de 2020, a las 14, con una conferencia de apertura a cargo del Prof. Michel Prieur.

El Curso se desarrollará en cuatro jornadas por la tarde: 19 y 26 de octubre (Regular los Humedales) y 2 y 9 de noviembre (Regular el Cambio Climático), con una carga horaria de 45 hs.

El director académico es Gonzalo Sozzo y la coordina Lucena Spano Tardivo.

El cuerpo docente esta compuesto por:
– Michel Prieur
– José Esaín
– Alejandro Larriera
– Valeria Berros
– José Antonio Tietzmann
– Fernanda De Salles Cavedon-Capdeville
– Jordi Manzano
– Marta Torre-Schaub
– Gonzalo Sozzo
– Lorena Bianchi
– Pablo De Greef
Entre otros participantes.

Más información en: https://www.fcjs.unl.edu.ar/posgrado/ver-noticia/?nid=46836

Descarga del programa: https://cutt.ly/nfC9TPe

Inscripciones: https://www.fcjs.unl.edu.ar/posgrado/inscripciones/

Costo: $ 2000 para público en general y de $ 1500 para jóvenes graduados (hasta 5 años) y suscriptores de Rubinzal-Culzoni Editores; en ambos casos podrá hacerse únicamente en un solo pago. Instructivo para realizar el pago: https://www.fcjs.unl.edu.ar/wp-content/uploads/2017/09/Instructivo-de-Pago-UNL.pdf

Actividad acreditable en la Especialización en Derecho Ambiental y Tutela del Patrimonio Cultural que se dictará a partir de Marzo de 2021.


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Colegio de abogados de Rafaela remitió mail a los Juzgados en relación a aplicación de la resolución N° 1290/2020 de la corte.

Colegio de abogados de Rafaela remitió mail a los Juzgados en relación a aplicación de la resolución N° 1290/2020 de la corte.

Estimados,

En razón del nuevo esquema de trabajo judicial que operará hasta el próximo 25/10 y con el fin de anoticiar a los profesionales del Foro sobre los criterios de trabajo adoptados por los Juzgados y Cámara de Apelación, les solicitamos nos informen:

–  Criterios y metodología a aplicar en la toma de audiencias.

– De qué forma se instrumentará la entrega de cédulas, oficios y exptes en el horario vespertino, a los fines de evitar aglomeración y circulación excesiva en el Tribunal.

– Toda otra información que resulte de interés y agilice la tarea de judiciales y abogados.

 Resaltamos la importancia de mantener una comunicación activa. Esto es, la atención de llamadas telefónicas y respuestas a e-mails por parte de los juzgados como vías de comunicación para evitar la asistencia presencial de los profesionales a la sede del Tribunal.

Saludamos a Uds. muy atte.

Abog. Mabel Eusebio – Presidente.

Abog. Carla A. Bassani – Secretaria.

 

Distrito Judicial Nro. 5

Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral Rafaela.

Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1era. Nominación.

Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación.

Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3era. Nominación.

Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación.

Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral 1era. Nominación.

Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral 2da. Nominación.

Juzgado de Distrito de Familia.

Juzgado de Primera Instancia de Circuito nro. 5

Juzgado de Primera Instancia de Circuito nro. 29

Juzgado de Primera Instancia de Circuito nro. 31


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CONTRATOS DE LARGA DURACIÓN

YA ESTÁ DISPONIBLE LA CONFERENCIA #GRATUITA DEL DR. CARLOS HERNÁNDEZ
CONTRATOS DE LARGA DURACIÓN

Mirá la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copia el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#CódigoCivilyComercial #5toAniversarioCCyC #Ley26994 #DerechoPrivado #Contratos #ContratosDeLargaDuración #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal




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Ingreso de Demandas – Período 8.6.2020 al 31.8.2020 Circunscripción Judicial N° 5 – Rafaela

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

informa número de demandas nuevas ingresadas en las MEUE, discriminadas por materia, y número de demandas ingresadas en formato papel, en el mismo período y con similar desagregación. Circunscripción Judicial N° 5 – Período 8.6.2020 al 31.8.2020 –

Ingreso de Demandas – Período 8.6.2020 al 31.8.2020
Circunscripción Judicial N° 5 – Rafaela


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Circular nro. 173. Presentación electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online

Circular nro. 173. Presentación electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6599

RESUELVE: 1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia la extensión del mecanismo para la presentación y recepción electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online y mediante la página web institucional del Poder Judicial, a todos los órganos jurisdiccionales que publican información en dicha plataforma, a partir del 19.10.2020. 2) Hacer saber a los matriculados que la presentación de sus escritos en los expedientes identificados con CUIJ se llevará adelante los días hábiles en el mismo horario de oficina de cada órgano jurisdiccional; resultando de aplicación las pautas reglamentarias aprobadas en el Acuerdo del 29.9.2020, Acta 33, punto 6. 3) Poner en conocimiento de los usuarios que este nuevo mecanismo coexistirá con el envío de los escritos a través de correo electrónico; con los alcances referidos en el considerando VI. 4) Establecer que en esta etapa, se podrán presentar los escritos con o sin firma digital del profesional, de acuerdo a lo expresado en el considerando VIII. 5) Dar intervención a la Secretaría de Informática y al Área de Auditoría de Gestión a los fines de proceder a realizar las actividades técnicas y de capacitación necesarias. 6) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta a la Corte Suprema de Justicia. FDO. BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA).

 


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Nuevo esquema de trabajo para la sede Judicial Distrito nro 5 comprendiendo los circuitos judiciales nro 29 y 31

Nuevo esquema de trabajo para la sede Judicial Distrito nro 5 (Rafaela) comprendiendo los circuitos judiciales nro 29 (san vicente) y 31 (sunchales).

Desde el 14 hasta el 25/10 inclusive.

Detalle de las actividades de Tribunales (sólo ciudad de RAFAELA), a partir del miércoles 14/10 y hasta el 25/10 inclusive.
• Todos los Juzgados trabajarán por la mañana: horario 7 a 12hs (Jueces, Secretarios y parte del personal), en horario vespertino, de 14 a 19 hs (otra parte del personal)

• Todos los turneros están cerrados, con excepción de los que se corresponden a la Oficina de Certificaciones (Registro Público de Comercio).

• Todos los trámites se deben realizar -EXCLUSIVAMENTE- por Sisfe o por mail.

• Los abogados solo pueden ir al Tribunal para dejar/retirar oficios, exptes., cédulas, en horario VESPERTINO y en una oficina de habilitación que se ubicará en la Planta Baja del edificio (se recomienda coordinar previamente con el juzgado, telefónicamente o por mail)

• Todas las audiencias se deben realizar por la plataforma zoom, salvo casos expresamente permitidos por la Corte Suprema de Justicia.

* A partir del 19/10 todos los escritos se deberán subir a través del SISFE


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CAPACITACION LEY MICAELA

Miércoles 14 de octubre a las 18.00hs

Dora Barrancos es  investigadora, socióloga, historiadora feminista.

Como primera instancia reflexiva y primer acercamiento a la cuestión de género y las violencias por motivos de género nos acompañará Nestor “Yuyo García”, papá de Micaela.

Prensa y Difusión Colabro le está invitando a una reunión de Zoom programada.

Tema: CAPACITACION LEY MICAELA

Hora: 14 oct 2020 18:00 Buenos Aires, Georgetown

14 oct 2020 18:00

27 oct 2020 18:00

3 nov 2020 18:00

18 nov 2020 18:00

25 nov 2020 18:00

 

Unirse a la reunión Zoom

https://us02web.zoom.us/j/84948184190?pwd=MnJWY2VhRHNtTlhHNU9abjhIcitIZz09

ID de reunión: 849 4818 4190

Código de acceso: 587696

 



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Presentación electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online – Prueba Piloto

Estimados colegiados,

Les recordamos que desde el 05 de octubre del corriente año, la CSJSF lleva adelante una prueba piloto para la presentación y recepción electrónica de escritos en expedientes en trámite en el Juzgado Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rafaela, entre otros.

En esta etapa de prueba se podrán presentar escritos con o sin firma digital, mediante la web institucional del Poder Judicial,  a través de una funcionalidad de la autoconsulta de exptes.

Saludamos atte.

Colegio de Abogados.

 

 

 

Circular Nro. 161/2020:»Prueba piloto de Presentación electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online»

VISTAS: …, CONSIDERANDO: …, RESUELVE:

1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia llevar adelante una prueba piloto a partir del 5 de octubre de 2020, para la presentación y recepción electrónica de escritos en expedientes en trámite, a través de una funcionalidad de la Autoconsulta Online y mediante la página web institucional del Poder Judicial, en los Juzgados de Primera Instancia en lo Laboral de Reconquista; en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Vera; en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rafaela; en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal y de Circuito de San Javier. 

2) Hacer saber a los matriculados que la presentación de sus escritos en los expedientes identificados con CUIJ se llevará adelante los días hábiles en el mismo horario de oficina de cada órgano jurisdiccional; resultando de aplicación las pautas reglamentarias aquí acompañadas.

3) Establecer que en esta etapa de prueba piloto, se podrán presentar los escritos con o sin firma digital del profesional; con los alcances mencionados en el considerando IV  (Considerando IV. Que, esta innovadora manera para la interacción requiere contar con pautas de funcionamiento como marco de actuación. La propuesta de prueba piloto acompañada concuerda con los lineamientos ya establecidos oportunamente por la Corte Suprema de Justicia al momento de disponer el inicio electrónico de demandas (Acuerdo del 10.6.2020, Acta 16). Siendo así, los profesionales podrán firmar digitalmente los escritos con sus certificados otorgados por ONTI; y quienes no cuenten con firma digital podrán igualmente enviar sus petitorios por Autoconsulta Online, con sus firmas ológrafas escaneadas dentro del documento o con la debida identificación de los firmantes. En estos supuestos, los titulares de cada unidad jurisdiccional podrán requerir en cualquier momento a los profesionales, la presentación de los respectivos escritos y/o documentos originales y con sus firmas ológrafas, en su caso, ante las respectivas mesas de entradas). 

4) Dar intervención a la Secretaría de Informática y al Área de Auditoría de Gestión a los fines de proceder a realizar las actividades técnicas y de capacitación necesarias. 

5) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta a la Corte Suprema de Justicia. FDO. BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA). Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. FDO. GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)”.

 

Texto completo de la Circular: http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6572

 

 

 COMUNICADO DE PRENSA DE LA C.S.J.S.F.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6575

 

DESDE EL LUNES 5 DE OCTUBRE. La Corte Suprema habilita la presentación y recepción electrónica de escritos dentro de la Autoconsulta Online de expedientes

Esta nueva funcionalidad se aplicará en una primera etapa en distintos juzgados a modo de prueba piloto para luego replicarse en todas las unidades jurisdiccionales con competencia en el derecho privado (extrapenal) incluida la propia Corte Suprema de Justicia.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dispuso en el acuerdo ordinario llevado a cabo en la tarde de hoy, una nueva funcionalidad para la interacción dentro del sistema informático de “Autoconsulta de Expedientes”, la que permitirá la presentación y recepción electrónica de escritos en expedientes en trámite.

En una primera etapa y desde el próximo lunes 5 de octubre este nuevo mecanismo de participación remota se pondrá a modo de prueba piloto en los juzgados que a continuación se detallan: Juzgado de primera de instancia de distrito en lo laboral de Reconquista; Juzgado en lo civil, comercial y laboral de la 1ra. nominación de los tribunales de Vera; Juzgado en lo civil y comercial de la 2da. nominación de Rafaela; Juzgado en lo civil, comercial y laboral de San Cristóbal; y en el Juzgado de circuito de San Javier. Además, la Corte tiene previsto ampliarlo, en lo inmediato y en función de la experiencia recabada, a todas las sedes e instancias jurisdiccionales del fuero civil y comercial, laboral,  familia, circuito, extracontractual, contencioso administrativo y la propia Secretaría Técnica de la Corte.

En este contexto y en el marco del “Proyecto Integral de Informatización”, cabe recordar que en el mes de junio la Corte Suprema de Justicia habilitó un nuevo mecanismo para el inicio de las demandas en las distintas instancias que componen fundamentalmente las materias del derecho privado, a través de la Autoconsulta Online y mediante la página web institucional (Acuerdo del 10.6.2020, Acta N° 16).

Mecanismo – modalidad
En esta nueva etapa y a modo de prueba piloto, la presentación de escritos digitales y en expedientes en trámite se materializará también a través de la Autoconsulta Online. Para ello, los matriculados deberán ingresar a la página web institucional del Poder Judicial – www.justiciasantafe.gov.ar – ;  y utilizar la nueva funcionalidad desarrollada. A tal fin podrá enviar su escrito con firma digital si el profesional cuenta con esta herramienta, o sin ella con la debida identificación del los/as firmantes (sujeto a control jurisdiccional).

En este sentido, la Corte Suprema continúa alentando la obtención de la “firma digital” en tanto garantiza autoría e integridad de los escritos que presentan los distintos profesionales.

El presentante (profesional matriculado) deberá ingresar a la autoconsulta, con su matrícula y contraseña. Allí seleccionará la causa judicial donde desee realizar su presentación, elegir la nueva funcionalidad “Presentación de escritos” y completar la información requerida por el sistema, adjuntando luego el documento generado en formato “pdf”. Para el juzgado destinatario, la presentación se verá reflejada en la bandeja de recepción de escritos que se encuentra completamente integrada al sistema SISFE con que operan; por lo cual, al dársele ingreso se realizará la correspondiente asignación del cargo de recepción que otorga el propio sistema.

Las presentaciones de escritos por esta ventanilla virtual -según las pautas de funcionamiento- se efectuarán los días hábiles en la franja horaria que establezca la Corte Suprema; con lo cual este canal funcionará en los mismos horarios de oficina de los respectivos juzgados. Asimismo, se considera conveniente que durante el período en que se lleve adelante esta prueba piloto, coexista con el uso del correo electrónico que como medio se viene utilizando, conforme fuera autorizado por el máximo Tribunal para recibir escritos (Acuerdo del 10.6.2020, Acta 16, p. 2).

La Corte Suprema llevará adelante las capacitaciones a profesionales y usuarios que sean necesarias de aquí a la fecha de su implementación. Además estarán disponibles en la página web los manuales respectivos.

Para mayor información consultar en: www.justiciasantafe.gov.ar
29 de septiembre de 2020.
PRENSA / PODER JUDICIAL DE SANTA FE





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Nueva app de la editorial Rubinzal Culzoni.

Nueva app de la editorial Rubinzal Culzoni.

Es una herramienta importante para todos los operadores del derecho. La pueden utilizar tanto suscriptores como el público en gral. En la sección pública se encuentran novedades, agenda académica y todo el contenido que la editorial libera y difunde en redes. Para los suscriptores, contiene el boletín diario y la posibilidad de acceder a materiales de su suscripción.


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CONTRATOS DE LARGA DURACIÓN

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

CONTRATOS DE LARGA DURACIÓN
Dr. Carlos Hernández
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 14 de Octubre.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

Mirá el Código Civil y Comercial Explicado Dr. RICARDO LUIS LORENZETTI en https://bit.ly/30zTdmM

#CódigoCivilyComercial #5toAniversarioCCyC #Ley26994 #DerechoPrivado #Contratos #ContratosDeLargaDuración #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal #Expoterra

 

 


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“Aspectos prácticos para abogados y abogadas patrocinantes en la Mediación Prejudicial Obligatoria de la Provincia de Santa Fe”

Taller “Aspectos prácticos para abogados y abogadas patrocinantes en la Mediación Prejudicial Obligatoria de la Provincia de Santa Fe”

Equipo de la Subsecretaría de Acceso a la Justicia

Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad de la Pcia. de Santa Fe.

La propuesta se enmarca en los aspectos prácticos de la mediación prejudicial obligatoria, en relación con diferentes situaciones que pueden surgir en el desarrollo del procedimiento de mediación.

El taller se divide  en cuatro módulos, que se desarrollarán en tres encuentros para los cuales se requiere inscripción.

Módulo I.- Sistema de gestión de la mediación: Parte Práctica.

Módulo II.- Mediaciones solicitadas con beneficio de gratuidad –Art 32 Ley 13151- Protocolización de Actas. Reclamos y denuncias.

Martes 20 de octubre de 2020 a las 12.30 hs.

Modalidad virtual a través de Plataforma Google Meet.-

Módulo III.- Cuestiones prácticas a tener en cuenta por los abogados patrocinantes en las reuniones de mediación.

Martes 27 de octubre de 2020 a las 12.30 hs.

Modalidad virtual a través de Plataforma Google Meet.-

Módulo IV.- Resolución Nro. 0005/20. Mediación Prejudicial Obligatoria en modalidad no presencial.

Martes 03 de noviembre de 2020 a las 12.30 hs.

Modalidad virtual a través de Plataforma Google Meet.-

A fin de gestionar la inscripción, completar el siguiente formulario

https://forms.gle/zJiCZ4QKWYpGD23cA


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Llamados a concursos

Al señor Presidente

 

            Tengo el agrado de dirigirme a Ud. por disposición del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, con el objeto de solicitarle -a título de colaboración- la difusión en el ámbito de ese Colegio de Abogados de los llamados a concursos de oposición y antecedentes, para cubrir los siguientes cargos:

                              “Defensor Público DJS s/ llamado a concurso” (expte. Nº 49.747/20) -con asiento en la ciudad de Ushuaia-

                              “Defensor Público DJN s/ llamado a concurso” (expte. Nº 49.748/20) -con asiento en la ciudad de Rio Grande-

           “Defensor Público del Poder Judicial s/ llamado a concurso” (expte. Nº 49.749/20) -con asiento en la ciudad de Tolhuin-

           

            A tal fin se adjunta Anexo (Edicto) de la Resolución STJ nº 68/2020

            Sin otro particular, y agradeciendo tenga a bien acusar recibo del presente, lo saludo con la mayor consideración.





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CONFERENCIA EN VIVO

CONFERENCIA EN VIVO

Día: 15 de octubre

Hora: 18 hs.

Link de inscripción: http://www.rubinzal.com.ar/media/formulario_auto.php?poderjud=9a34987639b85d3abd48ed0b54ca2dbe&curso=2397

CUPOS LIMITADOS


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 “Acto por la Diversidad Cultural y los Derechos de los Pueblos Originarios”

Comisión de Cultura de FACA

“Acto por la Diversidad Cultural y los Derechos de los Pueblos Originarios”

12 de octubre de 2020 a las 19 por la plataforma Zoom

La Comisión de Cultura de FACA, ha programado para el día 12 de octubre de 2020, a las 19,  un acto a realizarse en plataforma Zoom, centrado en los Derechos de Los Pueblos Originarios en la legislación nacional e internacional. Tal evento ha sido denominado como “Acto por la Diversidad Cultural y los Derechos de los Pueblos Originarios”.-

Se funda tal evento en la efemérides del día seleccionado para el acto, que enmarca la llegada de los colonizadores europeos a suelo americano, un 12 de octubre de 1492, hace ya 528 años.

No obstante, el principal fundamento del mismo esta dado por la modificación en nuestra legislación, ocasionada por el decreto 1584/2010, publicado el 3 de noviembre de 2010, determinando.

El cronograma propuesto es el siguiente:

1.     Apertura a cargo del señor Presidente de FACA, Dr. José Luis Lassalle

2.     Palabras  de recepción y presentación a cargo de Sergio Mauricio Luzuriaga.-

3.     Palabras a cargo del Director de la Comisión de Cultura de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, Dr. Jose Luis Olivera Rivas.-

4.     Presentación y toma de la palabra de Roberto Ñancucheo y Sandra Silva, autoridades de la Comunidad Mapuche Pewel Katuwe, San Rafael Mendoza.

5.     Presentación digital de imágenes ilustrativas de las actividades de la Comunidad Mapuche Pewel Katuwe en Conjunto con la Comisión de Cultura del Colegio de Abogados y Procuradores de la Segunda Circunscripción Judicial de Mendoza.-

Sin más, saludo a usted, con mi mayor consideración y estima

José Luis Olivera Rivas

Director de la Comisión de cultura

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Comisiones FACA Zoom le está invitando a una reunión de Zoom programada.

Tema: Cultura – Día de la diversidad

Hora: 12 oct 2020 19:00 Buenos Aires, Georgetown

Unirse a la reunión Zoom

https://us02web.zoom.us/j/84013308803?pwd=N0JLWnJwT1ZhbkU3MG5VaVFIOWVtZz09

ID de reunión: 840 1330 8803

Código de acceso: 502470


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Oficina Gestión Judicial 5° Circunscripción Judicial Rafaela

Oficina Gestión Judicial
5° Circunscripción Judicial
Rafaela

COMUNICA

En consonancia con las medidas de prevención que se han venido implementando a fin de reducir el riesgo de contagio en un escenario que es de público conocimiento, esta Oficina de Gestión Judicial ha centralizado la recepción de ESCRITOS JUDICIALES  en una única dirección de e-mail oficial:

ogjrafa@justiciasantafe.gov.ar

Téngase en cuenta que toda correspondencia electrónica que se remita a otras direcciones no tendrá impacto en las actuaciones judiciales puesto que no se colocará el cargo de la M.E. de la UNIDAD de ATENCIÓN al PÚBLICO.

Asimismo se solicita que el ESCRITO JUDICIAL tenga la formalidad y requisitos que hagan posible su incorporación a las CARPETAS en caso de corresponder.

 

La decisión alcanza a todas las presentaciones que se realicen ante este Fuero Penal y se aplicará a partir del 08/10/2020. El escrito judicial deberá adjuntarse en formato PDF. En cuanto a la formalidad y requisitos, son los mismos que se tienen en cuenta en una presentación ante mesa de entrada en soporte papel.


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Llamado a Concurso

Oficio Nº 44/20 C.M.

Ushuaia, 07 de octubre de 2020.

SR. PRESIDENTE
COLEGIO DE ABOGADOS

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. por disposición del señor Presidente del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Dr. Javier Darío MUCHNIK, a los efectos de adjuntar al presente el edicto mediante el cual se comunica la apertura del Registro de Aspirantes para cubrir los siguientes cargos:

§ Dos (2) cargos de Juez del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con asiento en la ciudad de Ushuaia.

Ello a fin de solicitarle en carácter de colaboración, tenga a bien exhibir el mismo para conocimiento de los interesados, dejando constancia que el plazo para la inscripción vence el día 08 de noviembre de 2020.

Sin otro particular saludo a Ud. muy atte.-


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Posgrado en Derecho Societario

#Curso #Online
Programa de Posgrado en Derecho Societario
Inicia ➡️ 15/ 10
Este programa de posgrado, que otorga créditos para la Maestría en Derecho Empresario, tiene como objetivo dotarte de habilidades para reconocer las relaciones societarias típicas, y los contratos de colaboración con finalidad común de la sociedad de hecho, y los efectos que cada relación genera.
Inscribite, y conocé toda la información ➡️ https://bit.ly/2HrWIoI
Organiza: MDE y la Sala de Derecho de la Propiedad Intelectual del Instituto de Investigación en Cs Jurídicas de la UBP.

https://l.facebook.com/l.php?u=https%3A%2F%2Fbit.ly%2F2HrWIoI%3Ffbclid%3DIwAR01INxj1qqgW4QHszVrzlwxmugy9afXQNBsKvOeXwoZIF-wJNy1zThY1XE&h=AT0BerN03hZ8DAZqjru_kTmroifI3Jrs_71OEVwuE2ERlHXWIaGDTAYiGLQf4GpBbsbxcds4l3c_6qu5e-n-xNb3l-lydtyEkyKIEGUb9KktEfCDmXuo92vZJy46lwPCFAg


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Posgrado en Propiedad Intelectual

#Curso #Online
Programa de Posgrado en Propiedad Intelectual
Inicia ➡️ 08/ 10
Este programa de posgrado tiene como objetivo brindarte marcos teóricos y referenciales que permitan desarrollar el estudio de los bienes inmateriales en sus distintos aspectos. Estos componen la vasta área jurídica comúnmente llamada propiedad intelectual.
El curso otorga créditos para la Maestría en Derecho Empresario
Organiza: MDE y la Sala de Derecho de la Propiedad Intelectual del Instituto de Investigación en Cs Jurídicas de la UBP
Inscribite, y conocé toda la información ➡️ https://bit.ly/3mxn6O4

https://l.facebook.com/l.php?u=https%3A%2F%2Fbit.ly%2F3mxn6O4%3Ffbclid%3DIwAR1-A08KLKwrmXbFvJFaT7T67zkNxq4q3yU8gkM5OLSU8NEtjWifbCK7tX8&h=AT0I8OA1zo3bQs36CWIMEf0RXl_QyjvXd6ZJplRnRoyGSfFnkbgVEC5C1hwDdUCb_yw3TYr1VHndxpR4XnJLNs3oBsL_AnJpQVut-iG_Ae2dmVLStpznnHzdpJseIR6NuPxC



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NUEVA REUNION DE LOS CINCO COLEGIOS CON LA C.S.J.S.F.

NUEVA REUNION DE LOS CINCO COLEGIOS CON LA C.S.J.S.F.

En virtud de la reunión que los representantes de los cinco Colegios de Abogados de la provincia mantendrán el próximo 08 de Octubre del corriente con el Secretario de Gobierno de la CSJSF, Dr. Eduardo M. P. Bordas, a  fin de tratar cuestiones de interés común que hacen al funcionamiento general del servicio de justicia, es que les solicitamos nos hagan llegar sugerencias e inquietudes que encuentran en el mismo a colabrafaela@wilnet.com.ar  para ser considerados en dicho encuentro.

Plazo: 07/10/2020




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NUEVAS AUTORIDADES del DIRECTORIO y TRIBUNAL DE DISCIPLINA del COLEGIO DE ABOGADOS 5ta. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL SEDE RAFAELA.

NUEVAS AUTORIDADES del DIRECTORIO y TRIBUNAL DE DISCIPLINA del COLEGIO DE ABOGADOS 5ta. CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL SEDE RAFAELA.

Habiéndose presentado una sola lista de candidatos, ésta quedó consagrada automáticamente (art. 30 del Estatuto).
En tal sentido, desde el 01/10/2020 y hasta el 30/09/2021, el Directorio ha quedado conformado por las siguientes autoridades:

Presidente: Abog. Mabel Eusebio, Vicepresidente: Abog. Gabriela S. Capponi Fiorillo, Secretaria: Abog. Carla A. Bassani, Tesorera: Abog. Verónica M. I. Rossignoli, Vocales Titulares: Abog. Matías R. Colón, Abog. Javier A. García, Abog. Evangelina Rolandi, Abog. Joaquin A. Cordero; Abog. Mariel M. Tschieder; Abog. Pablo R. Lorenzetti y Vocales Suplentes : Abog. Horacio C. Trivelli, Abog. Sandra Picard, Abog. Fernando Pairone, Abog. Julián Seffino

Por su parte, el Tribunal de Disciplina durante el período 2020-2022 se encuentra integrado por:
Miembros Titulares: Abog. Lilián del Rosario Landa, Abog. Héctor R. Ferrero, Abog. Verónica F. Bongiovanni de Fiorito.
Miembros Suplentes: Abog. Andrea L. Vecchioli Albrecht, Abog. Hugo O. Pairone , Abog. María José Mansilla Donatti.
Secretaria de Trámite: Abog. Verónica Botti.

 



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FRUSTRACIÓN DEL FIN DEL CONTRATO

FRUSTRACIÓN DEL FIN DEL CONTRATO
Dra. Sandra Frustagli
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 7 de Octubre.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

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PRÁCTICAS ABUSIVAS EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

YA ESTÁ DISPONIBLE LA CONFERENCIA #GRATUITA DEL DR. JAVIER H. WAJNTRAUB
PRÁCTICAS ABUSIVAS EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

Mirá la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

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La Corte Suprema habilita la presentación y recepción electrónica de escritos dentro de la Autoconsulta Online de expedientes

DESDE EL LUNES 5 DE OCTUBRE.

La Corte Suprema habilita la presentación y recepción electrónica de escritos dentro de la Autoconsulta Online de expedientes.

Esta nueva funcionalidad se aplicará en una primera etapa en distintos juzgados a modo de prueba piloto para luego replicarse en todas las unidades jurisdiccionales con competencia en el derecho privado (extrapenal) incluida la propia Corte Suprema de Justicia.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dispuso en el acuerdo ordinario llevado a cabo en la tarde de hoy, una nueva funcionalidad para la interacción dentro del sistema informático de “Autoconsulta de Expedientes”, la que permitirá la presentación y recepción electrónica de escritos en expedientes en trámite.

En una primera etapa y desde el próximo lunes 5 de octubre este nuevo mecanismo de participación remota se pondrá a modo de prueba piloto en los juzgados que a continuación se detallan: Juzgado de primera de instancia de distrito en lo laboral de Reconquista; Juzgado en lo civil, comercial y laboral de la 1ra. nominación de los tribunales de Vera; Juzgado en lo civil y comercial de la 2da. nominación de Rafaela; Juzgado en lo civil, comercial y laboral de San Cristóbal; y en el Juzgado de circuito de San Javier. Además, la Corte tiene previsto ampliarlo, en lo inmediato y en función de la experiencia recabada, a todas las sedes e instancias jurisdiccionales del fuero civil y comercial, laboral,  familia, circuito, extracontractual, contencioso administrativo y la propia Secretaría Técnica de la Corte.

En este contexto y en el marco del “Proyecto Integral de Informatización”, cabe recordar que en el mes de junio la Corte Suprema de Justicia habilitó un nuevo mecanismo para el inicio de las demandas en las distintas instancias que componen fundamentalmente las materias del derecho privado, a través de la Autoconsulta Online y mediante la página web institucional (Acuerdo del 10.6.2020, Acta N° 16).

Mecanismo – modalidad
En esta nueva etapa y a modo de prueba piloto, la presentación de escritos digitales y en expedientes en trámite se materializará también a través de la Autoconsulta Online. Para ello, los matriculados deberán ingresar a la página web institucional del Poder Judicial – www.justiciasantafe.gov.ar – ;  y utilizar la nueva funcionalidad desarrollada. A tal fin podrá enviar su escrito con firma digital si el profesional cuenta con esta herramienta, o sin ella con la debida identificación del los/as firmantes (sujeto a control jurisdiccional).

En este sentido, la Corte Suprema continúa alentando la obtención de la “firma digital” en tanto garantiza autoría e integridad de los escritos que presentan los distintos profesionales.

El presentante (profesional matriculado) deberá ingresar a la autoconsulta, con su matrícula y contraseña. Allí seleccionará la causa judicial donde desee realizar su presentación, elegir la nueva funcionalidad “Presentación de escritos” y completar la información requerida por el sistema, adjuntando luego el documento generado en formato “pdf”. Para el juzgado destinatario, la presentación se verá reflejada en la bandeja de recepción de escritos que se encuentra completamente integrada al sistema SISFE con que operan; por lo cual, al dársele ingreso se realizará la correspondiente asignación del cargo de recepción que otorga el propio sistema.

Las presentaciones de escritos por esta ventanilla virtual -según las pautas de funcionamiento- se efectuarán los días hábiles en la franja horaria que establezca la Corte Suprema; con lo cual este canal funcionará en los mismos horarios de oficina de los respectivos juzgados. Asimismo, se considera conveniente que durante el período en que se lleve adelante esta prueba piloto, coexista con el uso del correo electrónico que como medio se viene utilizando, conforme fuera autorizado por el máximo Tribunal para recibir escritos (Acuerdo del 10.6.2020, Acta 16, p. 2).

La Corte Suprema llevará adelante las capacitaciones a profesionales y usuarios que sean necesarias de aquí a la fecha de su implementación. Además estarán disponibles en la página web los manuales respectivos.

Para mayor información consultar en: www.justiciasantafe.gov.ar

29 de septiembre de 2020.
PRENSA / PODER JUDICIAL DE SANTA FE

Circular Nro. 161/2020:»Prueba piloto de Presentación electrónica de escritos en expedientes en trámite a través de la Autoconsulta Online»

 VISTAS…, CONSIDERANDO…. RESUELVE:
1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia llevar adelante una prueba piloto a partir del 5 de octubre de 2020, para la presentación y recepción electrónica de escritos en expedientes en trámite, a través de una funcionalidad de la Autoconsulta Online y mediante la página web institucional del Poder Judicial, en los Juzgados de Primera Instancia en lo Laboral de Reconquista; en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Vera; en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rafaela; en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal y de Circuito de San Javier.
 2) Hacer saber a los matriculados que la presentación de sus escritos en los expedientes identificados con CUIJ se llevará adelante los días hábiles en el mismo horario de oficina de cada órgano jurisdiccional; resultando de aplicación las pautas reglamentarias aquí acompañadas.
3) Establecer que en esta etapa de prueba piloto, se podrán presentar los escritos con o sin firma digital del profesional; con los alcances mencionados en el considerando IV.
4) Dar intervención a la Secretaría de Informática y al Área de Auditoría de Gestión a los fines de proceder a realizar las actividades técnicas y de capacitación necesarias.
5) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta a la Corte Suprema de Justicia. FDO. BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA). Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. FDO. GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)”.———
En adjunto, PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE – AUTOCONSULTA ONLINE. PAUTAS DE FUNCIONAMIENTO DISPOSICIONES GENERALES y TRANSITORIAS.

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Corte Suprema de Justicia * Nombramientos de oficio

NOMBRAMIENTOS DE OFICIO – NUEVA MODALIDAD EN LA PANDEMIA

DURANTE TODO OCTUBRE SE INSCRIBEN A PROFESIONALES PARA ACTUAR COMO PERITOS OFICIALES
La Oficina de Prensa del Poder Judicial de Santa Fe informa que durante todo el mes de octubre se recibirán las inscripciones de aquellos profesionales que deseen integrar las listas para “Nombramientos de Oficio” con vigencia para el año 2021.

La invitación va dirigida tanto a los Abogados que deseen postularse como Defensores de Oficio, como a los graduados de cualquier otra profesión que aspiren a ser convocados en carácter de Peritos Oficiales. Especialmente, se solicita a aquellos profesionales que habitualmente se inscriben personalmente (no mediante sus Colegios profesionales) lo hagan utilizando el “turnero web” habilitado por la Corte Suprema para la presentación de la documentación indicada. Con el turno, se presentarán directamente ante la mesa de entradas de la Secretaría de Gobierno de la Corte, tanto en Santa Fe como en Rosario.

Nueva modalidad en Pandemia
Los interesados deberán presentar su solicitud cumplimentando los requisitos que en los formularios respectivos se indican, debiendo certificar judicialmente la firma de estos. Para ello deberán descargar y completar los formularios y certificar las firmas utilizando el sistema de turnos web habilitados. Tener presente que para la sede Rosario se ha dispuesto un turnero especial para dicho fin.

Una vez completada dicha instancia se deberá solicitar un turno para su presentación en las mesas de entradas de la Secretaría de Gobierno en Santa Fe o Rosario, según la sede en la que ejercen la matrícula.

Para mayor información consultar en: www.justiciasantafe.gov.ar

Santa Fe, 28 de septiembre de 2020.
PRENSA / PODER JUDICIAL DE SANTA FE


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VI Jornadas Nacionales de Derecho Sucesorio

La Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS) será la sede virtual de las VI Jornadas Nacionales de Derecho Sucesorio denominadas «El Derecho Sucesorio a cinco años de la vigencia en el CCCN».

La actividad tendrá lugar el viernes 2 y sábado 3 de octubre de 2020, a través de la plataforma Zoom.

El viernes 2, el inicio será a las 15, mientras que el día sábado se comenzará a las 9.

Las jornadas estarán presididas por la profesora Jorgelina Guilisasti y contarán con la participación de invitados nacionales e internacionales.

El programa del evento puede consultarse en el archivo adjunto en este mail.

COSTOS E INSCRIPCIONES

Para los alumnos de la Especialización en Derecho Sucesorio (cohorte actual y anterior) la actividad será sin cargo.

Para los profesionales en general, el costo será de $ 500.

Los estudiantes de la FCJS-UNL deberán consultar en el Centro de Estudiantes de Derecho y Ciencias Sociales (CEDyCS).

La información para acceder a la reunión será enviada por mail el mismo día de la actividad. Se entregarán certificados de asistencia.

Para realizar la inscripción y el pago del evento, se puede ingresar aquí: https://www.fcjs.unl.edu.ar/posgrado/ver-noticia/?nid=46594

Informes
Secretaría de Posgrado | FCJS
E-mail: posgrado@fcjs.unl.edu.ar




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MEDIACIÓN PREJUDICIAL OBLIGATORIA EN TIEMPOS DE PANDEMIA. LEY 13.151

MEDIACIONES PREJUDICIALES OBLIGATORIA. LEY 13.151

Resolución de fecha 25.09.2020 de la CSJSF. Con motivo de la habilitación de plazos:

La AGEM tiene activo el sorteo de las mediaciones en las 5 Circunscripciones Judiciales de la Provincia de Santa Fe.

Es posible la aplicación de la Resolución 5/2020 dictada por el Secretario de Justicia del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, por tanto:

Se puede celebrar mediaciones presenciales de hasta cinco (5) personas, incluido el mediador o mediadora, dando estricto cumplimiento del Anexo I de la misma;

Se pueden efectuar mediaciones no presenciales en aquellas mediaciones en que se supere a las cinco (5) personas, incluido el mediador o mediadora, cuando todos los participantes cuenten con los medios técnicos necesarios para hacerlo y presten conformidad por escrito -en cualquier soporte- dando cumplimiento al Anexo II de la Resolución.

El mediador o mediadora, pueden en aquellas mediaciones que no supere la cantidad de cinco (5) participantes podrá optar por efectuar la mediación de modo no presencial debiendo contar con el consentimiento por escrito -en cualquier soporte- de todos los participantes dando cumplimiento al Anexo II de la Resolución.

Recordamos que cualquier situación dudosa, o no prevista, podrá solucionarse por el mediador o mediadora en su carácter de directores del procedimiento de mediación ley 13.151 y como promotor o promotora de la comunicación entre las partes de un conflicto.

ATENCIÓN AGEM

Se efectuará de modo presencial al sólo efecto de recepcionar en sobre cerrado con los datos del presentante (nombre completo, teléfono y mail) de:

Solicitud de patrocinio Gratuito. (acompañar el pedido junto a copia de DNI y de toda la documental que avale la necesidad de patrocinio gratuito y la condición económica).

Protocolización de actas. (acompañar escrito de solicitud de protocolización, Acta Final y Acta Acuerdo en original -con firma del mediador/a en el caso de mediación no presencial-, constancia de pago de aportes y visado de Caja Forense y Caja de Jubilaciones de Abogados de la Provincia de Santa Fe).

Diligenciamiento de notificaciones de mediaciones gratuitas (entregar la notificaciones con aviso de retorno de Correo Argentino confeccionado y se solicita la entrega con un plazo no menor a los 15 hábiles a la fecha de reunión).

Los días:

ROSARIO – SANTA FE y VENADO TUERTO: días MARTES y JUEVES de 9 a 12 hs.

RAFAELA Y RECONQUISTA: día MARTES de 9 a 12 hs.

El resto de los trámites y consultas se efectúan por mail:

Santa Fe: agemsantafe@santafe.gov.ar

Rosario: agemrosario@santafe.gov.ar

Reconquista: agemreconquista@samtafe.gov.ar

Rafaela: agemrafaela@santafe.gov.ar.

Venado Tuerto: agemvenadotuerto@santafe.gov.ar

En caso de considerar la AGEM que se requiere la presencia del profesional se otorgará un turno para su atención notificándose al mail desde el que se efectúa la consulta.

Continuemos cuidando nuestra salud y la de las demás para salir adelante ante esta pandemia dando estricto cumplimiento a las normas sanitarias y de distanciamiento social. Así podremos cuidarnos y cuidar, a la vez, que posibilitamos la búsqueda de soluciones creativas a los conflictos.

 

Equipo de la Subsecretaría de Acceso a la Justicia

 



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Rehabilitación del ejercicio profesional en las Circunscripciones 1 y 2

El día 23 de septiembre, los cinco Colegios de Abogados que integran la Federación de Colegios de la Abogacía de Santa Fe (FECASFE) fueron recibidos en forma virtual por el Secretario de Justicia, Dr. Héctor Gabriel Somaglia, y la secretaria del Dr. Esteban Borgonovo, Ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad.

En dicho encuentro, los Colegios abordaron la grave situación de justicia en el presente contexto y solicitaron a los funcionarios la necesidad de que se habilite el ejercicio de la profesión a la abogacía, dejando sin efecto la prohibición dispuesta por el ejecutivo en los Decretos 944/2020 y 978/2020.

Como resultado de dichas gestiones, se logró habilitar el ejercicio profesional en las Circunscripciones 1 (Santa Fe) y 2 (Rosario), donde actualmente se encontraba restringido.


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PRÁCTICAS ABUSIVAS EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

PRÁCTICAS ABUSIVAS EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
Dr. Javier H. Wajntraub
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 30 DE SEPTIEMBRE.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

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EL DAÑO MORAL Y LAS INDEMNIZACIONES SUSTITUTIVAS

YA ESTÁ DISPONIBLE LA CONFERENCIA #GRATUITA DEL DR. JORGE M. GALDÓS
EL DAÑO MORAL Y LAS INDEMNIZACIONES SUSTITUTIVAS

Mirá la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copia el link en tu navegador)

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“Comunicación Positiva y Eficaz en Mediación: Herramientas para un diálogo productivo y conducente”

“Comunicación Positiva y Eficaz en Mediación: Herramientas para un diálogo productivo y conducente”

Fecha:   28/09/2020

Horario: 15:00 hs

Modalidad a Distancia: Google Meet

Enlace de acceso: https://meet.google.com/brb-csjb-jqg

Actividad NO ARANCELADA

ORGANIZA: Instituto de Mediación – Colegio de Abogados Rafaela.

Disertantes:

Clarina Pertiné. Profesora en Ciencias de la Educación y Counselor, especialista en Comunicación Positiva y Eficaz, cuyo objetivo es mejorar la calidad de los vínculos en todos los ámbitos de desempeño de las personas, especialmente en el laboral. Capacitadora en empresas e instituciones a través de conferencias y talleres. Atiende consultas individuales, de pareja y familiares como Counselor.

Patricia Pablichenco. Abogada. Master en Asesoría Jurídica de Empresas. Capacitación en Medios Alternativos para la Resolución de Conflictos. Especializada en Derecho Laboral y Negociación Colectiva. Docente universitaria.


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CURSO DE CAPACITACION “Defensa Pública con perspectiva de género”

CURSO DE CAPACITACION “Defensa Pública con perspectiva de género”

(de carácter OBLIGATORIO para los integrantes del SPPDP)

El Instituto de Capacitación de la Defensa Pública  pone a disposición de los Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe un cupo de participantes, destinado a aquellos abogados particulares comprometidos con el ejercicio de la Defensa e interesados en la temática  .

Este curso da cumplimiento a los requisitos establecidos en la ley nacional nro. 27.499 “Ley Micaela”, a la que la Provincia de Santa Fe adhirió mediante ley nro. 13.891 y según decreto reglamentario nro. 192/2020, al tiempo que homologa el requisito previsto en el decreto provincial 570/20 para aspirar e inscribirse en los concursos para para cargos de Defensoras y Defensores que el Consejo de la Magistratura de la Provincia de Santa Fe lleve adelante.

Compartimos el link de inscripción:

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdTXdSvI5INgL4fY0PewO3FrvUX2UX2XgjBFyHRxxaVRsTRNQ/viewform

Instituto de Capacitación de la Defensa Pública Curso de capacitación: «Defensa Pública con perspectiva de género”

Organizado por: Instituto de Capacitación de la Defensa Pública.

Con reconocimiento por parte de: Secretaría de Estado de Igualdad y Género.

Secretaria de Justicia, del Ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad.

“La capacitación para la igualdad de género debe entenderse como un proceso de transformación que tiene como objeto proporcionar conocimientos, técnicas y herramientas para desarrollar habilidades, cambios de actitudes y comportamientos, siendo un proceso continuo y de largo plazo que requiere la voluntad política y el compromiso de todas las partes con el fin de crear sociedades inclusivas que promuevan la igualdad de género.”

Inscripciones: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdTXdSvI5INgL4fY0PewO3FrvUX2UX2XgjBFyHRxxaVRsTRNQ/viewform

Consultas: capacitacion@sppdp.gob.ar

Directora Académica: Dra. Jaquelina Ana Balangione.

CRONOGRAMA Y MODALIDAD DE CURSADO.

Conferencias vía Zoom. Todos los encuentros son obligatorios para los integrantes del SPPDP quienes deberán mantener encendidas su cámara durante todas las jornadas bajo apercibimiento de inasistencia. Excepcionalmente, se podrá justificar la inasistencia poniéndose a disposición de los participantes las jornadas grabadas.

Horario 17.20 a 20hs.

32 horas cátedra.

Examen: Coloquio grupal

 

Cronograma

1) Miércoles 23 de septiembre.

Jornada de Apertura. Introducción a la temática. Perspectiva de Género y Diversidad Sexual. Objetivos Generales y Específicos. Ley Micaela: historia, biografía y legislación.

– Dra. Jaquelina Ana Balangione. (Defensora Provincial)

– Prof. Celia Arena (Secretaria de Estado de Igualdad y Género)

 

Principales dificultades que se presentan a la hora de brindar asistencia penal a personas acusadas de haber cometido delitos de género. Experiencias en nuestra Provincia.

– Dres. Leandro Miró, Gustavo Franceschetti, Mariano Mascioli, Estrella Moreno y Valeria Lapissonde (Defensores Regionales).

 

2) Miércoles 7 de octubre

Qué problemas pueden presentarse a la hora de ejercer defensas en causas penales en donde se investigan delitos atravesados por la cuestión de género. Cómo resguardar la presunción de inocencia del imputado evitando la posible victimización secundaria. Conflicto de intereses.

– Dr. Iñaki Anitúa (Defensor Público – Defensoría General de la Nación)

¿Cómo diagramar defensas donde un@ de l@s imputad@s pretende responsabilizar a otr@?. Interpretación de los hechos. Buenas prácticas, dificultades y propuestas integrales.

– Dra. Natalia Castro (Defensora Pública – Defensoría General de la Nación.)

 

3) Miércoles 14 de octubre

Género, Derechos Humanos y Diversidad Sexual: Diferencias entre sexo y género. Transformar miradas: Diversidad Sexual. Estereotipos, roles y mandatos de género. Interseccionalidad. Lo público y lo privado: división del trabajo y asignación de funciones basado en el estereotipo de género. Desigualdades en el acceso laboral. Patriarcado como construcción histórico-cultural y su impacto en la familia, la educación, la historia, las creencias, el derecho, la ciencia y el ámbito laboral. El uso del lenguaje no discriminatorio.

– Florencia Rovetto. Dra. en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB); Investigadora CONICET; Responsable del Área de Género y Sexualidades de la Universidad Nacional de Rosario.

– Mariángeles Camusso. Licenciada en comunicación social. Docente e investigadora de la Facultad de Ciencia Políticas de la Universidad Nacional de Rosario. Titular de la Secretaría de Género y Sexualidades de esa Casa de Estudios. Co-Directora del Centro de Investigaciones Feministas y Estudios de Género (CIFED).

 

4) Miércoles 21 de octubre

Pronunciamientos judiciales con perspectiva de género.

– Dr. Fabio Mudry (Vocal del Colegio de Jueces de Segunda Instancia de la 1ra. Circunscripción Judicial.)

– Dra. Georgina Depetris (Vocal del Colegio de Jueces de Segunda Instancia de la 2da. Circunscripción Judicial)

 

5) Miércoles 28 de octubre

Violencias por razones de género: Violencia contra las mujeres: tipos y modalidades. Violencias por motivo de género. Violencias producto de la desigualdad. Círculo y espiral de la violencia. Mitos sobre la violencia. Mitos sobre el amor romántico. Femicidios. Travesticidios, Transfemicidios. Herramientas legales y recursos vigentes para el acompañamiento a víctimas de violencia de género. Formas de intervención (buenas prácticas).

Deberes y Responsabilidades de las/os agentes estatales en la lucha contra las violencias de género: Ley Provincial Nº 13.348 y su Decreto Reglamentario N.º 4028/2013. Responsabilidad de los diferentes niveles del Estado. Deber de debida diligencia. Deber de prevenir y de protección. La responsabilidad del Estado en el incumplimiento de los convenios internacionales. Transversalización de la perspectiva de género en todos los ámbitos.

– Dra. Florencia Marinaro. Subsecretaria de Mujeres, Género y Diversidad de la Secretaría de Estado de Igualdad y Género.

 

6) Miércoles 4 de noviembre

Implementación de políticas de género.

– Sebastián Martínez (Empleado del SPPDP. Prosecretario de Acción Social del Sindicato de Trabajadores Judiciales.)

Conversatorio sobre cómo brindar un servicio de defensa eficaz con perspectiva de género. Puesta en común a partir de las temáticas trabajadas. Casos favorables obtenidos por el SPPDP.

(a cargo de Defensoras y Defensores Públicos del SPPDP)

 

7) Miércoles 11 de noviembre

Estándares de no revictimización.

– Dra. Raquel Asensio (Secretaria a cargo de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación. Especialista en Derecho Público por la Universidad de Palermo.)

– Dra. Julieta Di Corleto (Secretaria General de Capacitación y Jurisprudencia de la Defensoría General de la Nación. Doctora en Historia. Integrante de Doctrina Penal Feminista.)

 

8) Miércoles 18 de noviembre

Conferencia de cierre: Posicionamiento estratégico a la hora de ejercer defensas penales en delitos de género.

-Ileana Arduino (Coordinadora del Grupo de Trabajo «Feminismos y Justicia Penal» del INECIP).

 

Examen

Coloquio grupal en donde se aborda algunos los siguientes temas:

– Incorporación de lenguaje inclusivo o no sexista y sencillo, de fácil entendimiento. Se sugiere el uso del Manual de la Cámara de Diputados de la Nación “Guía para el uso de un lenguaje no sexista e igualitario”

– Ubicar a quienes participan, en un lugar protagonista con la finalidad de repensar relaciones, roles, mandatos y conductas cotidianas que perpetúen las desigualdades de géneros.

– Reflexionar acerca de aquellas prácticas que refuerzan los estereotipos binarios.

– Detectar si existiera resistencias o prejuicios sobre algunas palabras o conceptos, por ej: “ni una menos”, “femicidio”, “diversidad sexual”, para poder trabajar sobre dichas reacciones e incorporar otras que no generen resistencia .

– Considerar como disparador la participación en las redes sociales, y la construcción social que plantean los medios de comunicación. Desnaturalizar las prácticas cotidianas que reproducen la violencia simbólica.

Certificación por: el Servicio Público Provincial de Defensa Penal, la Secretaría de Estado de Igualdad y Género, y la Secretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad. En virtud de los convenios suscriptos, este curso homologa el requisito previsto en el decreto provincial 570/20 en lo que respecta a concursos para cargos de Defensoras y Defensores, como así también, cumple con la exigencia de capacitación obligatoria prevista en la Ley Nacional nro. 27.499 “Ley Micaela”, ley provincial nro. 13.891 (de adhesión) y decreto reglamentario 192/2020.




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Presentación de la Delegación Argentina de la AEEIDHBC

En nombre de la Delegación Argentina de la Asociación de Estudiantes y Egresados/as del Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas de la Universidad Carlos III de Madrid, tenemos el agrado de invitarlos/as a participar de la presentación formal de nuestra Delegación. Para ello, organizamos un webinar gratuito, con el objetivo de darnos a conocer y empezar a tender redes con miembros de la sociedad civil, operadores judiciales, periodistas, el mundo académico y la sociedad en su conjunto. 

En esta oportunidad, la jornada será el próximo 24 de septiembre a las 14:00 (Arg)– 19:00 (Esp) sobre “Derechos Humanos, Vulnerabilidades y Pandemia”, en la cual se ofrecerá lineamientos sobre personas mayores, género, personas migrantes, personas con discapacidad y delitos de lesa humanidad. Los paneles estarán a cargo de integrantes de la Delegación Argentina especializados en cada temática. Además, contaremos con la presencia de autoridades del Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas de la UC3M y de la Asociación de Estudiantes y Egresados/as.  
Esperamos contar con la participación de todos/as.
Saludos cordiales
Agustina Palacios y Lucila Bernardini
Delegada y Sub Delegada de la Delegación Argentina AEEIDHBC
Flyer webinar.png
Presentación de la delegación argentina de la Asociacion de Estudiantes y Egresados/as del Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas
“Derechos Humanos, Vulnerabilidades y Pandemia”
Webinar Gratis
Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas de la Universidad Carlos III de Madrid
Asociación de Estudiantes y Egresados/as del Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas
Jueves 24 de septiembre a las 14 hs (argentina) 19 hs (España)
Registrate en jornadasdelegacionargentina@gmail.com
Se entregarán certificados



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EL DAÑO MORAL Y LAS INDEMNIZACIONES SUSTITUTIVAS

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

EL DAÑO MORAL Y LAS INDEMNIZACIONES SUSTITUTIVAS
Dr. Jorge M. Galdós
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 23 DE SEPTIEMBRE

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#CódigoCivilyComercial #5toAniversarioCCyC #Ley26994 #DerechoPrivado #ResponsabilidadCivil #SatisfaccionesSustitutivas #DañoMoral #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal


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Información cuota de colegiatura

Estimados,

Según lo dispuesto por el art. 36 inc. 6) del Estatuto del Colegio de Abogados (*)  y art. 8 del Reglamento de funcionamiento de los Institutos (**), es obligación de los colegiados mantenerse al día con el pago de la cuota de colegiatura.

Para tal fin, les recordamos que cuentan con las siguientes opciones de pago:

  • sistema de débito automático,
  • depósito / transferencia bancaria,
  • efectivo (en administración del Colegio de Abogados y Delegaciones de San Cristóbal y Ceres)  y
  • servicio de cobradores en las ciudades de Rafaela y Sunchales.

En caso de ser intimados por deuda, el valor de la notificación postal será a cargo del colegiado.

Asimismo, les comunicamos que en las certificaciones de matrícula constará, además de los datos de inscripción, encontrarse o no al día con el pago de las cuotas de colegiatura.

Cordialmente.

Colegio de Abogados

 

(*)Estatuto del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de la provincia de Santa Fe Sede Rafaela.

Artículo 36 – Son obligaciones de los colegiados, además de las impuestas por la Ley Orgánica del Poder Judicial, las siguientes:

… 6) Abonar puntualmente la cuota social establecida por el Directorio de conformidad con estos estatutos. La falta de pago de tres cuotas facultará al Directorio a intimar al colegiado moroso para que regularice su situación dentro de los diez días a contar de la notificación fehaciente, bajo apercibimientos de quedar automáticamente suspendido en la matrícula mientras dure el incumplimiento.

Texto en extenso: http://www.abogadosrafaela.com.ar/wp-content/uploads/2017/10/estatuto.pdf

(**) Reglamento de funcionamiento de los Institutos del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de la provincia de Santa Fe.

Artículo 8: Los integrantes de los Institutos deben mantenerse al día en el pago de la cuota colegial. El atraso en el pago de más de tres cuotas facultará al Directorio para disponer su separación del Instituto que integren.

Texto en extenso: http://www.abogadosrafaela.com.ar/institutos-y-comisiones/



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“Comunicación Positiva y Eficaz en Mediación: Herramientas para un diálogo productivo y conducente”

“Comunicación Positiva y Eficaz en Mediación: Herramientas para un diálogo productivo y conducente”
 
Fecha:   28/09/2020
Horario:  15:00 hs
Modalidad a Distancia: Google Meet
Actividad NO ARANCELADA
ORGANIZA: Instituto de Mediación – Colegio de Abogados Rafaela.
 
Disertantes:
Clarina Pertiné. Profesora en Ciencias de la Educación y Counselor, especialista en Comunicación Positiva y Eficaz, cuyo objetivo es mejorar la calidad de los vínculos en todos los ámbitos de desempeño de las personas, especialmente en el laboral. Capacitadora en empresas e instituciones a través de conferencias y talleres. Atiende consultas individuales, de pareja y familiares como Counselor.
 Patricia Pablichenco. Abogada. Master en Asesoría Jurídica de Empresas. Capacitación en Medios Alternativos para la Resolución de Conflictos. Especializada en Derecho Laboral y Negociación Colectiva. Docente universitaria.

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EL DERECHO PRIVADO AMBIENTAL EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

YA ESTÁ DISPONIBLE LA CONFERENCIA #GRATUITA DEL DR. NÉSTOR CAFFERATTA
EL DERECHO PRIVADO AMBIENTAL EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

Mirá la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copia el link en tu navegador)

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Lassalle, Esquivel y Segura disertarán sobre los desafíos que la nueva realidad impone a la abogacía

Lassalle, Esquivel y Segura disertarán sobre los desafíos que la nueva realidad impone a la abogacía
El próximo jueves 24 de septiembre se llevará a cabo la conferencia online “Transformación del ejercicio profesional del abogado ante la nueva realidad. Desafíos hacia el futuro”, gratuita para matriculados, pero con un cupo limitado a 1000 participantes.

El evento es auspiciado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, y lo organizan el Colegio de Abogados de Córdoba y la Federación Interamericana de Abogados – Capítulo Córdoba.  Disertarán José Luis Lassalle, presidente de FACA, Ignacio Lucas Segura, presidente del Colegio de Abogados de Córdoba, y Juan Carlos Esquivel, presidente de FIA.

El desarrollo de la charla está previsto para el jueves 24 del corriente mes desde las 15:00 hasta las 17:00, es de cupo limitado, modalidad virtual, para 1000 participantes, gratuito para matriculados. Para más información, remitirse a escuela@abogado.org.ar o telefónicamente al 351 3140446, de 9 a 16:00. Clic acá para acceder al formulario de inscripción.


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Todo sobre la nueva ley de alquileres en el cierre del curso definitivo para abogados y corredores inmobiliarios

Todo sobre la nueva ley de alquileres en el cierre del curso definitivo para abogados y corredores inmobiliarios
Se trata del curso “Impacto de la Ley N° 27.551. Locación, corretaje e implicancias procesales”, que tendrá lugar el próximo jueves 17 a las 18:00. Cuenta con el auspicio de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, es de acceso libre pero con cupo limitado, y hay que inscribirse en la web de Rubinzal-Calzoni Editores.

El libro “Ley 27.551 sobre locaciones – Estudio sistemático y exegético”, dirigido por Carlos Hernández y coordinado por Sandra Frustagli, cuenta con trabajos de Enrique M. Pita, Gonzalo Sozzo, María Paula Pontoriero, José María Salgado y Andrea Meroi, y es acompañado por el mencionado curso, una conferencia en vivo a cargo de Gonzalo Sozzo con la participación de Hernández y Frustagli.

El temario atraviesa los alcances de la Ley 27.551; plazos mínimos, garantías, actualización del canon locativo; corretaje inmobiliario y su profesionalización; desalojos, requerimientos necesarios para efectivizarlos, consignaciones; conflictos derivados de la relación locativa y métodos alternativos para su resolución, como la mediación prejudicial obligatoria, así como situaciones en la que ésta es optativa.

El trabajo, que desarrolla tanto un análisis sistemático de la ley como la interpretación de las normas incorporadas o reformadas, permite considerar no sólo el impacto sobre los contratos de locación y corretaje, sino también las cuestiones tributarias, procesales y de políticas públicas, vale decir que apunta tanto a corredores como a abogados.

Para inscribirse y participar de la promo especial, hay que llenar el formulario online al que se accede a través del siguiente link: http://www.rubinzal.com.ar/media/formulario_auto.php?poderjud=9a34987639b85d3abd48ed0b54ca2dbe&curso=2368



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Diplomatura en Niñez y Adolescencia

Invitamos a la Diplomatura en Niñez y Adolescencia que daremos en la UNNOBA, que dará inicio el 1º de octubre del corriente año.

Info links diplomatura de posgrado en niñez y adolescencia: 

https://www.unnoba.edu.ar/diplomatura-universitaria-de-posgrado-en-ninez-y-adolescencia/

o

https://www.unnoba.edu.ar/posgrado/estudiantes/cursos/diplomatura-universitaria-de-posgrado-en-ninez-y-adolescencia-2020/




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Circular Nro. 145/20 «Secretaría de Gobierno de la CSJSF s/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, a través de su Presidencia:

“Santa Fe, Santa Fe, 12 de septiembre de 2020. VISTAS: Las actuaciones caratuladas «Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe s/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)» CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020; y, CONSIDERANDO: Que esta Corte ha venido adoptando múltiples y variadas decisiones referentes a la contención de la pandemia generada por el virus COVID-19, en sintonía con las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, como así también de las autoridades sanitarias de ambas administraciones centrales, en orden a brindar una contención uniforme de la enfermedad bajo criterios médicos y epidemiológicos certeros y efectivos. Que en esta línea de trabajo, y dentro de todas las medidas de excepción que se adoptaron para amalgamar el debido cuidado de la salud de agentes judiciales y ciudadanos por igual, junto con el diseño de políticas de gobierno estratégicas que permitieran continuar brindando este esencial servicio de justicia, como pilar fundamental para la sociedad, desde el Poder Judicial santafecino se vino administrando de manera equilibrada y responsable la crisis en que nos encontramos inmersos. Que, en este camino, se trazó un plan de trabajo deliberado y esquemático, que permitió ir flexibilizando la cuarentena con un progresivo y escalonado retorno a las actividades, preservando desde siempre como bien fundamental el cuidado de los agentes judiciales y la población en su integridad. Así, el pasado 22 de mayo del corriente, el Ministerio de Salud de la Provincia, a pedido de esta Corte, elaboró un informe de actuación ante las diferentes situaciones potenciales que se pudieren presentar como consecuencia de un caso sospechoso de Coronavirus Covid-19 en el ámbito de este Poder Judicial. Dicho informe, ha permitido a este Poder Judicial contar con un protocolo de actuación aprobado por Acta Acuerdo Nro. 27 Punto 3 de fecha 11.8.2020 para casos sospechosos o confirmados de la referida enfermedad, cuya practicidad de implementación permitió atender situaciones puntuales que se sucedieron en distintas sedes judiciales, con la celeridad y cuidado que esta delicada y compleja situación impone. Que, sentado lo hasta aquí expuesto cabe ahora referirse a la nueva decisión adoptada por el Poder Ejecutivo Provincial mediante el Decreto Nro. 954 del 11 de septiembre de 2020. Que dicha decisión, convoca una vez más al decidido acompañamiento por parte de este Poder Judicial de todas las medidas orientadas a la contención de este fenómeno social, readaptando en la oportunidad los esquemas de trabajo hasta ahora en funciones y rediseñando los mismos en orden a continuar brindando el fundamental servicio de justicia. Por último, no cabe soslayar que las decisiones aquí adoptadas son consecuentes con una inveterada política de gobierno de esta Corte, orientada a sostener irrestrictamente el acceso a la justicia para toda la ciudadanía, echando mano de todos los recursos con que cuenta y sin menguar esfuerzo alguno en dicha empresa. Que, en razón de todo lo expuesto, previa deliberación y consenso con todos los integrantes del Cuerpo, la Presidencia de esta Corte Suprema de Justicia;

RESUELVE:

I. Disponer receso administrativo en el Distrito Judicial Nro. 1, con excepción de los Circuitos Nro. 17 (Coronda); Nro. 20 (Gálvez); Nro. 21 (Helvecia); Nro. 22 (Laguna Paiva); Nro. 24 (San Carlos Centro); y Nro. 25 (San Genaro) de la Provincia desde el día 12 de septiembre del corriente año y por el término de 14 días corridos, y en las condiciones sanitarias descriptas por el Poder Ejecutivo a través de las autoridades competentes.

II. Disponer la suspensión de los plazos procesales en las actuaciones radicadas o a radicarse en las unidades jurisdiccionales del Distrito Judicial Nro. 1, con excepción de los Circuitos Nro. 17 (Coronda); Nro. 20 (Gálvez); Nro. 21 (Helvecia); Nro. 22 (Laguna Paiva); Nro. 24 (San Carlos Centro); y Nro. 25 (San Genaro), desde el 12 de septiembre del corriente año y por el término de 14 días corridos.

III. Disponer la suspensión de todas las audiencias fijadas desde el día de la fecha, con excepción de aquellas que, a criterio de la Magistratura, podría provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para alguna de las partes; o un perjuicio cuya magnitud justifique, por parte del titular del órgano jurisdiccional, hacer lugar a la excepcionalidad aquí dispuesta. En este último caso, las mismas se celebrarán a través de la utilización de los medios tecnológicos disponibles y, de no resultar ello factible, de manera presencial con los debidos recaudos de distanciamiento social e higiene recomendada por los respectivos protocolos de salud vigentes.

IV. Establecer que durante el citado período, la prestación del servicio de justicia se limitará a la atención de los asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación en el horario de 8 a 13hs. con las limitaciones dispuestas en el Decreto Provincial Nro. 954 del 11.9.2020. Asimismo, las presentaciones por parte de los profesionales se efectuarán a través de correo electrónico con firma digital, firma electrónica o simple mail, a la dirección del Juzgado donde tramite la causa. Los titulares de cada unidad jurisdiccional podrán requerir en cualquier momento a las partes la presentación de escritos en formato papel o que los originales de documentos se envíen escaneados.

V. Instruir a la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia para que, por los medios conducentes al efecto, instrumente un esquema de trabajo para el período de receso dispuesto, a fin de garantizar la debida prestación del servicio de justicia. Los Tribunales o Juzgados que se desempeñen en dichos esquemas serán los encargados de recibir nuevas demandas y presentaciones, dentro del marco de la presente situación de excepción, en sus sistemas de gestión mediante el mecanismo de presentación remota obrante en la autoconsulta web de este Poder Judicial. Para estos casos particulares, los profesionales deberán remitir la respectiva demanda de similar manera a como lo realizan en la actualidad en las MEUE, pero directamente en la bandeja de ingreso del Juzgado o Tribunal de Turno que se habilita al efecto.

VI. Quedan comprendidos dentro de los asuntos de urgente despacho autorizados para proseguir su tramitación durante este período, los siguientes temas por materia que a continuación se detallan: Corte Suprema de Justicia: Hacer saber que los recursos de queja previstos en el Art. 8 de la ley 7055 podrán ser interpuestos a través del correo electrónico institucional de la Secretaría Técnica de la Corte Suprema de Justicia. Cámaras de Apelación: Trámite, sustanciación y resolución de causas radicadas en Segunda Instancia mediante la presentación de escritos a través de mails con firma digital, firma electrónica, o simple correo electrónico; incluyendo la interposición, sustanciación y resolución de los recursos de inconstitucionalidad. Fuero de Familia: 1. Violencia Familiar: en línea con la Instrucción General Nro. 3 y su Circular Aplicativa dictada por el señor Procurador General; recibir los pedidos de medidas de protección, solo con la firma del Fiscal -atento que ellos recibirán la solicitud por vía electrónica-. 2. Alimentos: a.- determinación de provisorios; b.- cobro de las cuotas alimentarias vigentes: no presencial, solicitud vía correo electrónico -en línea con la Instrucción del Procurador- y el juzgado remite el oficio al Banco también vía correo electrónico -a partir de ahí, se continua con el trámite ya implementado con el cobro-. 3. Medidas y/o intervenciones vinculadas al régimen de contacto y comunicación en casos de urgencia y gravedad. 4. Niñez: las medidas que se solicitan en el marco de Medidas de Protección Excepcional y de Protección Excepcional de Urgencias art. 58 y 58 bis Ley 12.967 (uso fuerza pública, prohibición de acercamiento, etc.). 5. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 6. Órdenes de traslado para evaluación y eventual internación. 7. Divorcios por presentación conjunta. 8. Regulaciones de honorarios de asuntos ya terminados o en condiciones de regulación. 9. Homologaciones de acuerdos en general. 10. Declaraciones de incapacidad, de capacidades restringida y sistema de apoyo. Tutelas y curatelas. 11. Otras cuestiones urgentes relacionadas con la materia. Fuero Civil y Comercial de Distrito (incluye procesos sucesorios y justicia de circuito): 1. Procesos urgentes como amparo, medidas autosatisfactivas y medidas cautelares. 2. Declaratoria de herederos cuando es necesaria para ejercer derechos, debiendo estos ser expresados claramente y acreditarlo. 3. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 4. Pagos de deudas con fondos depositados, constitución y renovación de plazos fijos. 5. Homologaciones de convenios de pago, transacciones, acuerdos y/o cualquier presentación que ponga fin al litigio y despacho de las órdenes de pago que correspondan. 6. Ejecuciones de las transacciones y acuerdos conciliatorios de contenido patrimonial. 7. Presentaciones de juicios sucesorios sin controversia, incluyendo el dictado de declaraciones de herederos y la designación de administradores, con la correspondiente habilitación de las oficinas de Registros de Procesos Universales. 8. Convocatoria y celebración de la audiencia de conciliación y proveído de pruebas dentro del marco del Plan Piloto de implementación de la oralidad efectiva para los procesos de conocimiento civiles y comerciales, cuyo estado a la fecha de esta decisión habilite su materialización. 9. Presentación de alegatos y trámites subsiguientes 10. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables. Fuero civil de responsabilidad extracontractual: 1. Medidas cautelares y acciones preventivas de daño. 2. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 3. Pagos de indemnizaciones con fondos depositados o a depositarse. 4. Constitución y renovación de plazos fijos. 5. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables. Fuero Laboral: 1. Homologación de acuerdos y convenios y habilitación de pagos pertinentes. 2. Procesos de amparo. 3. Procedimientos abreviados. Sólo los previstos en el art. 121 («pronto pago») que hace a sumas reconocidas; art. 123 inc a y c: despido directo sin invocación de causa; despido directo causado en falta o disminución de trabajo (en relación a las indemnizaciones que corresponden); art. 135 y 136, accidentes de trabajo y enfermedades inculpables, cuando un crédito al respecto está firme («pronto pago»), o cuando está reconocido, mediando solo controversia sobre el grado de incapacidad o monto de la indemnización. 4. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables. Fuero contencioso administrativo: Se priorizará la atención de asuntos que se consideren de preferente tratamiento y resolución, en especial: 1. Medidas cautelares. 2. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 3. Pagos de deudas con fondos depositados. 4. Constitución y renovación de plazos fijos. Fuero penal: Mantener en todo el fuero Penal de la provincia las condiciones de prestación de servicio actuales, a través de la aplicación del sistema zoom, ante la imposibilidad de utilizar el sistema de video conferencia de este Poder Judicial, en tanto ha facilitado la realización de audiencias virtuales con afectación a los casos de todos los Magistrados. Asimismo se deberá continuar con el normal agendamiento de audiencias de juicio oral que se materialicen en este fuero, pudiendo llevarse a cabo las mismas de manera presencial en aquellos casos que las normas de distanciamiento social resulten viables. Ministerio Pupilar: 1. Autorizaciones para percibir haberes previsionales devengados y a devengarse. 2. Extracciones bancarias mensuales destinadas a manutención de menores y personas con capacidad restringida, las que se considerarán vigentes hasta treinta días después de reanudarse plenamente la actividad judicial. En todos los fueros y a través de las unidades jurisdiccionales que prestan funciones durante el actual marco de excepción, se dará curso a los pedidos de regulación de honorarios; vistas a las Cajas Profesionales; y trámites tendientes a la efectivización del cobro de honorarios profesionales por vía de apremio.

VII. Establecer que el servicio de certificaciones, en aquellas sedes donde se cuente con oficina dispuesta al efecto, se prestará para los casos de urgencia que resulten debidamente acreditados con los mecanismos de turnos actualmente en funcionamiento. En las restantes sedes, dicha labor se llevará a cabo en los Juzgados que se desempeñen en los respectivos esquemas de trabajo, con las limitaciones y excepcionalidades establecidos en el presente.

VIII. Suspender las actividades del Registro de Procesos Universales y Accidentes y Enfermedades Ocupacionales; y del Registro Público de Comercio. Para el caso excepcional de ser necesaria la expedición de informe o certificado alguno, dependiente de dichos Registros, las solicitudes serán direccionadas a los correos electrónicos de los Juzgados que se encuentren prestando funciones según el esquema de trabajo dispuesto. Estos últimos derivarán las mismas al Responsable de cada oficina, quien se encargará de la posterior entrega al interesado con las medidas de resguardo adecuadas.

IX. Suspender el sistema de turnos oportunamente implementado, dejando únicamente en funcionamiento los relativos a la Oficina de Certificaciones; Poderes; y Firma Digital, de conformidad con los criterios de excepción arriba dispuestos.

X. Disponer que todos los Magistrados, Funcionarios y agentes de la planta de personal que no quede incluida en los esquemas de trabajo señalados, estarán a disposición del titular del órgano en funciones para prestar la colaboración necesaria en el momento y por los medios que se le requiera.

XI. Establecer que los Magistrados, Funcionarios y empleados que deban prestar servicio en razón de lo estipulado en el punto V, serán aquellos que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo descriptos en el Acta Acuerdo N°8, Punto Único de fecha 16 de marzo de 2020; y la resolución de fecha 17 de marzo de 2020 dictada por Presidencia previa consulta y deliberación con los demás integrantes del Cuerpo.

XII. Hacer saber que las obligaciones laborales de todos los integrantes de este Poder Judicial que estén comprendidos en los grupos de riesgo referenciados en el punto anterior, se mantienen en su totalidad. En tal sentido deberán prestar tareas conforme le sean requeridas por sus superiores, siguiendo estrictamente las recomendaciones sanitarias emitidas por los organismos de salud. La no prestación del servicio en las condiciones y por los medios indicados, hará pasibles de responsabilidad a los Magistrados, Funcionarios y agentes comprendidos.

XIII. Recomendar a profesionales y público en general, la importancia de reducir la concurrencia y/o aglomeración de personas en el ámbito de estos Tribunales. Se recuerda a tales efectos, la factibilidad de gestionar el trámite o información requerida por vía telefónica o electrónica; en el caso de contar con la autorización pertinente.

XIV. Insistir una vez más, en la imperiosa necesidad de que todos los profesionales cuenten con sus respectivas firmas digitales, en pos de dotar de mayores índices de seguridad a los sistemas de trabajo dispuestos; deviniendo imprescindible, en épocas como las actuales, contar con la mayor y mejor confiabilidad en la gobernanza de datos sensibles.

XV. Disponer que se extremen los recaudos a fin de profundizar la limpieza y desinfección de los espacios físicos ocupados, durante el período de emergencia sanitaria.

XVI. Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren.

XVII. Hacer saber lo aquí dispuesto al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo de la Provincia a través de las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados, al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales.

XVIII. Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Cuerpo. . -FDO. GUTIÉRREZ (PRESIDENTE). BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO).-“

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo.Dr. Eduardo Bordas

(Secretario de Gobierno)»


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FIRMA DIGITAL

FIRMA DIGITAL

Estimados,

El próximo viernes 18 de septiembre en los horarios de 07.00 a 09.00 y de 11.00 a 14.00, Oficiales de Registro de la Corte se constituirán nuevamente en la Cámara de Apelación C.C.y L. de Rafaela para otorgar Certificados de Firma Digital.

 

Para obtener firma digital son requisitos:

 

Trámite personal. Concurrir con turno, token y DNI.

Es momento de extremar cuidados y recurrir a los medios electrónicos para la realización de trámites judiciales o administrativos, por lo que este Colegio de Abogados sugiere a sus matriculados gestionar la obtención de firma digital.


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Comisión de Asuntos Regionales y Municipales de la Federación Argentina de Colegios de Abogados

Comisión de Asuntos Regionales y Municipales de la Federación Argentina de Colegios de Abogados

invita a los colegiados a la reunión virtual a realizarse el viernes 23 de Octubre de 2020 a partir de las 15 horas.

La Comisión de Asuntos Regionales y Municipales de la Federación Argentina de Colegios de Abogados- FACA ha comenzado el camino de sostener y alimentar las autonomías municipales donde han sido reconocidas y a requerir su establecimiento donde a pesar del tiempo transcurrido desde la incorporación del artículo 123 en la reforma constitucional de 1994, todavía está pendiente.

La autonomía institucional municipal parecería ser una ficción carente de posibilidades, sin los correspondientes recursos económico financieros.

A nuestro entender los recursos económico financieros y como se gastan e invierten de acuerdo a las necesidades y demandas de la población y los proyectos de los gobiernos municipales constituyen un elemento esencial de la autonomía municipal.

Para tratar estos temas la Comisión se encuentra organizando una reunión plenaria proyectada para el día viernes 23 de octubre de 2020 de 15 a 17 horas vía Zoom, en la que invita a participar a todos los Colegios asociados a FACA.

En caso de que la Junta de Gobierno de FACA sesione ese mismo día 23 de octubre, la reunión de nuestra Comisión cambiará de fecha al viernes 30 de octubre de 2020 de 15 a 17:15 horas vía Zoom, para no superponer asistencia y permitir la presencia de un mayor número de participantes que se verían dificultados por tener que concurrir a la reunión de Junta. Esta circunstancia, de ocurrir, se comunicará con antelación.

 

Temario: Autonomía Municipal contenidos: Recursos económicos, ingresos municipales, coparticipación, gasto e inversión.

 

PROGRAMA

15:00 Recepción de los asistentes

15: 05 Palabras de Bienvenida.

15:10 Introducción a la Autonomía Municipal. Dr. Osvaldo Camerucci, Secretario de la Comisión 28. Colegio de Abogados de La Matanza

15:15 Panel inicial

Dr. Hernán Ariel Colli. Presidente Colegio de Abogados de La Plata. Abogado Tributarista.

Dra. Ana Maria de la Vega Profesora de Derecho Administrativo de             la Universidad Nacional de Tucumán y de Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, Católica de Tucumán.

Dr. Sebastián Di Capua Director del Instituto de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de San Isidro.

Moderador: Dr. Raúl Luis Montero. Relator Jefe de la Asesoría General de Gobierno de la Pcia de Bs. As. Colegio de Abogados de La Plata.

 

16:10 Debate con la participación de todos los asistentes. Moderadores Dres. Enrique Marchiaro Colegio de Abogados de Rafaela y Daniel Baraglia Colegio de Abogados de La Matanza.

17:15 Cierre.

 

Se solicita la inscripción anticipada para poder programar la participación en el debate. Al email: danielbaraglia@gmail.com

El Link de acceso a la reunión se comunicará próximamente.

Un cordial saludo.

 

Osvaldo Camerucci                          Jessica Seimandi                     Daniel Baraglia

Secretario                                            co Directora                            Director


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Reinicio de actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Rafaela a partir del 14.9.2020

Circular Nro. 144/20

Santa Fe, 11 de septiembre de 2020

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia:

“Santa Fe, 11 de septiembre de 2020. VISTAS: las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que el pasado 7 de septiembre del corriente, y ante la noticia de que un integrante del Poder Judicial fue confirmado como caso positivo de Coronavirus COVID-19, se adoptaron las medidas de acción conducentes por parte de esta Corte Suprema de Justicia, de conformidad con los lineamientos dispuestos por la autoridad sanitaria provincial y lo resuelto por esta Corte mediante Acta Acuerdo Nro. 19 de fecha 30.06.2020 Punto 4. En este sentido, y entre otras varias medidas, se ordenó la suspensión de actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Rafaela, hasta que las autoridades sanitarias autoricen su reanudación, licenciándose al personal que presta labores en la misma a los fines de que se aíslen en sus domicilios; como así también, la suspensión de plazos procesales y celebración de audiencias fijadas en dicho órgano jurisdiccional. Que en lo que ahora interesa, habiéndose recibido informe de parte el Dr. Patricio Ortega, integrante del Consultorio Médico Forense de Rafaela, en el cual manifiesta que a partir del 14 de septiembre del corriente puede reintegrarse a sus actividades el personal del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Rafaela; resulta prudente ordenar el reinicio de actividades en el órgano jurisdiccional en consideración. Que, en razón de ello, esta Presidencia de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la ley 10.160 (t.o según decreto N° 49/98)., RESUELVE: 1) Ordenar el reinicio de actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Rafaela, a partir del 14 de septiembre del corriente. 2)Disponer la reanudación de plazos procesales y celebración de audiencias fijadas por el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Rafaela desde el 14 de septiembre del corriente. 3) Ordenar que el reintegro a sus funciones de los trabajadores incluidos en la planta de personal del organismo jurisdiccional en cuestión. 4) Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren. 5) Hacer saber lo aquí dispuesto al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. 6) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta al Cuerpo. FDO. GUTIÉRREZ (PRESIDENTE) BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO)».————————————————————————————————

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo:Dr.Eduardo Bordas

(Secretario de Gobierno)»

Atentamente.

 

Sección Personal



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Ley 27.551 sobre locaciones. Estudio sistemático y exegético

CONFERENCIA #GRATUITA EN VIVO
Ley 27.551 sobre locaciones. Estudio sistemático y exegético

Conferencistas: DR. CARLOS A. HERNANDEZ, DRA. SANDRA A. FRUSTAGLI y el DR. GONZALO SOZZO

La conferencia será el 17 de septiembre a las 18 hs.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2Ee9tlk
(copiá el link en tu navegador)

Presentación de la obra «Ley 27.551 sobre locaciones» a cargo de Gonzalo Sozzo

– Actividad gratuita
– Cupos limitados
– Se requiere inscripción previa

Ante cualquier duda o consulta podés dirigirte a editorial@rubinzal.com.ar o comunicarte al teléfono 0342-4019300 o al 54 9 3416 65-6544

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#Ley27551 #Locaciones #Hernandez #Frustagli #Sozzo #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal#DoctrinaDigital

 

http://www.rubinzal.com.ar/media/formulario_auto.php?poderjud=9a34987639b85d3abd48ed0b54ca2dbe&curso=2368


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REAPERTURA DE LA INSCRIPCIÓN AL SISTEMA DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE DEFENSA PENAL TÉCNICA HASTA EL 30/09/2020

IMPORTANTE!

REAPERTURA DE LA INSCRIPCIÓN AL SISTEMA DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE DEFENSA PENAL TÉCNICA

PLAZO PRESENTACIÓN DE INSCRIPCIONES

MIÉRCOLES 30/09/2020

Las INSCRIPCIONES deberán enviarse en formato PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar)

OBJETIVO DEL CONVENIO:

Implementar el Sistema de Prestadores de Servicios de Defensa Penal Técnica y posibilitar la contratación de abogados por parte de las personas sometidas a proceso penal con capacidad económica limitada. Se favorece, de ese modo, la capacitación y especialización continua en materia penal de los matriculados.

REQUISITOS DE INGRESO:

Para inscribirse en la lista de postulantes a ingresar al SISTEMA DE PRESTADORES los abogados matriculados deberán acreditar:

  1. a) Su matriculación por ante el Colegio de Abogados de la 5ta.  Circunscripción, con una antigüedad en la matrícula no menos de 3 (tres años) años calendarios, computados al momento de cierre de la inscripción;
  1. b) No registrar sanciones disciplinarias impuestas por el Tribunal de Ética;
  1. c) Buenos antecedentes de conducta mediante informe de antecedentes del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal del Ministerio de Justicia de la Nación;
  1. d) No hallarse incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos mediante certificación de la oficina respectiva;
  1. e) No encontrarse concursado ni quebrado, mientras no sea rehabilitado, mediante informe del registro con competencia en el domicilio del postulante;
  1. f) Acreditar idoneidad mediante declaración jurada de la actividad profesional en la material y/o acreditación documentada de capacitación en material penal a la fecha de inicio de la inscripción, conforme formulario que a tal efecto confeccionará la Dirección Ejecutiva.
  1. g) Fijar un domicilio en la o las localidades de la circunscripción en las que se ofrezca a actuar como prestador del sistema.

IMPORTANTE!

Se recomienda lectura de los adjuntos:

-Resol. 151/2019

-Acta convenio

-Anexo I


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CAPACITACIONES DISPUESTAS POR LA SECRETARIA DE LA CSJSF PARA PROFESIONALES DE LOS CINCO COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA

CAPACITACIONES DISPUESTAS POR LA SECRETARIA DE LA CSJSF PARA PROFESIONALES DE LOS CINCO COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA, en virtud de lo acordado con representantes de la FECASFE en la reunión celebrada  el pasado 02 de septiembre.

JUEVES  10 DE  SEPTIEMBRE DE 2020 A LA HORA 16.  a través de la plataforma zoom.

A cargo de la Secretaría de Informática del Poder Judicial

Tema: Capacitación Secretaría de informática PJ – Aspectos Técnicos

Unirse a la reunión Zoom
[ https://zoom.us/j/92378716906?pwd=SjlYMXBWenk5WjFxSHp2aEI5SUlnZz09 | https://zoom.us/j/92378716906?pwd=SjlYMXBWenk5WjFxSHp2aEI5SUlnZz09 ]

ID de reunión: 923 7871 6906
Código de acceso: 013143

VIERNES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020 A LA HORA 16.00 a través de la plataforma zoom.

A cargo de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial,  Dres. Rubén Cottet (Juez de Familia), Marcelo Giuliani (Juez de Cámara Laboral) y Pablo Gómez (Abogado Auditor de la C.S.J. de Sta. Fe.)

Tema: Charla para Colegios de Abogados – Fueros de Familia y Laboral

Unirse a la reunión Zoom
https://zoom.us/j/97842690507?pwd=M2ZMMW5iWlJRU25sVCtRUFE2NldiUT09

ID de reunión: 978 4269 0507
Código de acceso: 665691


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Concursos Públicos de Antecedente y Oposición Nº 174 y 175 Neuquén

Concursos Públicos de Antecedente y Oposición:

 

Concurso Nº 174

Un (1) cargo de Defensor Público Penal para el Equipo Operativo Nº 1 de la Unidad Operativa del Ministerio Público de la Defensa de la I Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Neuquén (Categoría MF4)

 

Concurso Nº 175

Un (1) cargo de Juez de Primera Instancia con destino al Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia con asiento de funciones en la ciudad de Neuquén (Categoría MF3) .

 

Los interesados podrán realizar consultas a través del correo electrónico concursos@magistraturanqn.gov.ar .

Asimismo, podrán ver toda la información relativa a esta convocatoria en nuestra página web www.magistraturanqn.gov.ar.

https://www.facebook.com/magistraturanqn/

 



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LIQUIDACIÓN DEL PASIVO HEREDITARIO EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LIQUIDACIÓN DEL PASIVO HEREDITARIO EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
Dra. Olga #Orlandi
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 9 de Septiembre.
Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#CódigoCivilyComercial #5toAniversarioCCyC #Ley26994 #DerechoPrivado #Sucesiones #PasivoHereditario #LiquidaciónDelPasivoHereditario #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal



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Resolución de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de fecha 8.9.2020

 Secretaría de Gobierno
Corte Suprema de Justicia

Santa Fe, 8 de septiembre de 2020.

Al Titular del Órgano Jurisdiccional

Se dirige a Ud., la presente a los fines de hacerle saber del siguiente decisorio adoptado el 8.9.2020, por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, el que transcripto expresa: “VISTAS: las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que el pasado 29 de agosto del corriente, y ante la noticia de que un integrante del Poder Judicial fue sospechado como caso positivo de Coronavirus COVID-19, se adoptaron las medidas de acción conducentes por parte de esta Corte Suprema de Justicia, de conformidad con los lineamientos dispuestos por la autoridad sanitaria provincial y lo resuelto por esta Corte mediante Acta Acuerdo Nro. 19 de fecha 30.06.2020 Punto 4. En este sentido, y entre otras varias medidas, se ordenó la suspensión de actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 2° Nominación de Rafaela, hasta que las autoridades sanitarias autoricen su reanudación, licenciándose al personal que presta labores en la misma a los fines de que se aíslen en sus domicilios; como así también, la suspensión de plazos procesales y celebración de audiencias fijadas en dicho órgano jurisdiccional. Que en lo que ahora interesa, habiéndose recibido informe de parte el Dr. Patricio Ortega, integrante del Consultorio Médico Forense de Rafaela, manifiesta que a partir del 10 de septiembre del corriente puede reintegrarse a sus actividades el personal del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral Nro. 2 de Rafaela, con excepción de un agente perteneciente al mismo, resulta prudente ordenar el reinicio de actividades en el órgano jurisdiccional en consideración. Que, en razón de ello, esta Presidencia de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la ley 10.160 (t.o según decreto N° 49/98)., RESUELVE:

1) Ordenar el reinicio de actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral Nro. 2 de Rafaela, a partir del 10 de septiembre del corriente.

2)Disponer la reanudación de plazos procesales y celebración de audiencias fijadas por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral Nro. 2 de Rafaela desde el 10 de septiembre del corriente.

Saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo M. P. Bordas

Secretario de Gobierno

Corte Suprema de Justicia

Provincia de Santa Fe


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Firma Digital – Certificados

Estimados,

El próximo viernes 18 de septiembre en los horarios de 07.00 a 09.00 y de 11.00 a 14.00, Oficiales de Registro de la Corte se constituirán nuevamente en la Cámara de Apelación C.C.y L. de Rafaela para otorgar Certificados de Firma Digital.

Para obtener firma digital son requisitos:

Trámite personal. Concurrir con turno, token y DNI.

 

Es momento de extremar cuidados y recurrir a los medios electrónicos para la realización de trámites judiciales o administrativos, por lo que este Colegio de Abogados sugiere a sus matriculados gestionar la obtención de firma digital.

 




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Resolución general nº 6/2020 – Deja sin efecto la resolución 7/2019

Inspección General de Personas Jurídicas Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad Resolución general nº 6/2020 (en adjunto). Deja sin efecto la resolución 7/2019 (enlace al pie del presente) .

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 7 /2019  EXPEDIENTE Nº 02009-0004873-5

https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2019/2019-12-18avisos.html


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RESOLUCION 008/20 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Resolución Nº 008/20 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROV. DE SANTA FE
Establece que atento a la situación excepcional de pandemia COVID 19 y en consonancia con lo establecido por Decreto Nº 944/20 del Gobernador de la Provincia, los postulantes que no se puedan trasladar a presentar la documentación en soporte papel a la ciudad de Rosario  deberán inscribirse vía web e imprimir el formulario de presentación de documental.
Se aplaza sólo la presentación en papel hasta que se notifique el momento en que deberán hacerlo.

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Circular Nro. 136/2020: «Suspensión de actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la localidad de Rafaela»

«Circular Nro. 136/20

Santa Fe, 07 de septiembre de 2020.

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia:

“Santa Fe, 6 de septiembre de 2020. VISTAS: las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que en el marco de las distintas medidas de acción que esta Corte ha encarado como consecuencia de la pandemia generada por el Coronavirus Covid-19, se han mantenido desde el comienzo de esta crisis constantes reuniones y comunicaciones con el Ministerio de Salud de la Provincia, en orden a adoptar las medidas de salubridad dispuestas por quienes se encuentran en mejores condiciones de tomar decisiones concernientes con los criterios sanitarios. Que en dicho sentido, el pasado 22 de mayo del corriente, la citada cartera ministerial, a pedido de esta Corte, elaboró un informe de actuación ante las diferentes situaciones potenciales que se pudieren presentar como consecuencia de un caso sospechoso de Coronavirus Covid-19 en el ámbito de este Poder Judicial. Que en lo que ahora interesa, y ante la noticia de que un integrante del Poder Judicial ha sido confirmado como caso positivo de Coronavirus COVID-19, resulta adecuado adoptar las medidas de acción conducentes de conformidad con los lineamientos dispuestos por la autoridad sanitaria provincial y lo resuelto por esta Corte mediante Acta Acuerdo Nro. 19 de fecha 30.06.2020 Punto 4. Que, en razón de ello, esta Presidencia de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la ley 10.160 (t.o según decreto N° 49/98)., RESUELVE:

1) Ordenar la suspensión de actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la localidad de Rafaela, a partir del lunes 7 de septiembre del corriente y hasta que las autoridades sanitarias competentes, por medio del Poder Ejecutivo Provincial, recomienden su reanudación, licenciándose al personal que presta labores en el mismo a los fines de que se aíslen en sus domicilios. En este sentido, de presentar síntomas compatibles con la enfermedad quienes se encuentren cumpliendo con este período de cuarentena, deberán dar inmediata comunicación de la situación a la línea 0800 555 6549 y al Cuerpo Médico Forense de este Poder Judicial a través de los medios habituales dispuestos al efecto.

2) Requerir a la persona sospechosa de contagio que, dentro de las posibilidades del caso, informe a las autoridades sanitarias los lugares donde circuló en el ámbito de este Poder Judicial como así también los contactos estrechos que mantuvo dentro de su lugar de trabajo.

3) Instruir a la Secretaría de Gobierno para que, por los medios conducentes al efecto, efectúe la urgente sanitización y desinfección de las áreas edilicias que en el caso recomiende el Ministerio de Salud.

4) Requerir al Ministerio de Salud de la Provincia que informe a este Poder Judicial, el plazo durante el cual deberán permanecer clausuradas las instalaciones edilicias conforme a los criterios sanitarios vigentes, en orden a retomar actividades de manera presencial en las mismas sin afectar la salud de agentes y público en general.

5) Disponer la suspensión de plazos procesales y celebración de audiencias fijadas por el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Rafaela desde el día lunes 7 de septiembre del corriente y hasta que el personal de la misma pueda retomar tareas de manera habitual. Para el supuesto de casos excepcionales y urgentes, o audiencias cuya dilación implicarían la pérdida irreparable de un derecho o acción, se habilita la materialización del acto por el subrogante legal respectivo una vez que se cuente con la autorización del Ministerio de Salud para ingresar a las instalaciones del órgano jurisdiccional en cuestión.

6) Ordenar que el reintegro a sus funciones de los trabajadores incluidos en el presente caso se efectuará una vez que se cuenten con el alta médica respectiva.

7) Instruir a los médicos forenses de este Poder Judicial que mantengan continuo y asiduo contacto con esta Corte Suprema de Justicia a través de la Secretaría de Gobierno, sobre todas las circunstancias de interés atinentes al caso en cuestión.

8) Disponer extremar los recaudos en orden a mantener las debidas condiciones de limpieza e higiene en todas las dependencias de esa sede.

9) Instruir a la Secretaría de Gobierno a los fines de que adopte las medidas necesarias y que crea corresponder en orden a resolver las situaciones que se presenten en relación al tema.

10) Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren.

11) Hacer saber lo aquí dispuesto al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. 12) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta al Cuerpo. FDO. GUTIÉRREZ (PRESIDENTE) BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO)».—————–

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo:Dr.Eduardo Bordas

(Secretario de Gobierno)»


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DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 22

Por ello y lo establecido en dicha ley y Resolución, en el artículo 75 de la Ley Provincial N° 6435 y Decreto Nro. 0772/2018;

El SUB SECRETARIO DE REGISTRO SOBRE PERSONAS HUMANAS Y JURÍDICAS, LA DIRECTORA  DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE y  EL DIRECTOR GENERAL   DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO

DISPONEN:

1.- Prorrogar la suspensión de los plazos registrales establecidos en la ley 6435 hasta las 24 horas del día 20 de septiembre de 2020.

2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.

3.- Continuar con la suspensión de trámites urgentes.

4.- Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, al Poder Judicial, hágase conocer al público en general, y archívese.



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Llamado a Concurso

Al señor Presidente

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. por disposición del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, con el objeto de solicitarle -a título de colaboración- la difusión en el ámbito de ese Colegio de Abogados del llamado a concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Prosecretario del Juzgado de Instrucción Nº 3 del Distrito Judicial Norte, con asiento en la ciudad de Rio Grande.

A tal fin se adjunta Anexo (Edicto) de la Resolución STJ nº 59/2020

Sin otro particular, y agradeciendo tenga a bien acusar recibo del presente, lo saludo con la mayor consideración.


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CURSO DE ACTUALIZACIÓN EN DERECHO DE DAÑOS

CURSO DE ACTUALIZACIÓN EN DERECHO DE DAÑOS

La Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS) de la UNL dictará un Curso de Actualización en Derecho de Daños. Se trata de una propuesta de cursado virtual (a través de la plataforma Zoom), que iniciará el lunes 28 de septiembre de 2020, a las 17, con una conferencia de apertura a cargo de Ricardo Lorenzetti.

El Curso tendrá una duración de dos meses y será acreditable (60 horas) para: la Especialización en Derecho de Daños 2021/2022 de la FCJS-UNL y para el Consejo de la Magistratura Entre Ríos como curso de posgrado (antecedentes académicos – pto. III, 1.2, criterios consensuados para la calificación de antecedentes).

El director académico del Curso es Gonzalo Sozzo y los coordinadores son Mariano Churruarín y Valeria Berros.

Las inscripciones deberán realizarse ingresando AQUÍ: https://www.fcjs.unl.edu.ar/posgrado/inscripciones/

El costo es de $ 6000 para público en general, de $ 4800 para jóvenes graduados (hasta 5 años), y de $ 4500 para suscriptores de Rubinzal-Culzoni Editores. Cabe destacar que, para quienes luego se inscriban en la edición 2021 de la Especialización en Derecho de Daños, el costo abonado por este curso será descontado del costo total de la carrera.

Para ver el programa del Curso y más información ingresar aquí: https://www.fcjs.unl.edu.ar/ver-noticia/?nid=46451


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LIQUIDACIÓN DEL PASIVO HEREDITARIO EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LIQUIDACIÓN DEL PASIVO HEREDITARIO EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
Dra. Olga #Orlandi
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 9 de Septiembre.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#CódigoCivilyComercial #5toAniversarioCCyC #Ley26994 #DerechoPrivado #Sucesiones #PasivoHereditario #LiquidaciónDelPasivoHereditario #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal



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AUDIENCIAS – JUZGADO DE FAMILIA

Juzgado de Familia informa que se restablecerán las audiencias a partir del día lunes 07/09, excepción hecha de algunas que por su tenor serán suspendidas y comunicadas a las partes con antelación.


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CAPACITACIONES A CARGO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CAPACITACIONES A CARGO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Primera jornada a cargo de la Secretaría de Informática del Poder Judicial. Se abordaron aspectos técnicos.

Segundo encuentro a cargo de Magistrados y Funcionarios de la ciudad de Santa Fe y Rosario a través del Centro de Capacitación Judicial. Se abordaron los mismos tópicos desde el aspecto jurisdiccional.

Temario:

· Días y horas hábiles
· Plazos judiciales. Suspensión. Reanudación. Plazo de Gracia.
· Presentación de escritos y demandas por vía electrónica
· Domicilio procesal. Domicilio electrónico y telefónico
· Actos de comunicación. Notificaciones procesales (electrónicas y telefónicas)
· Actos de comunicación con otras dependencias.
· Audiencias
· Solicitud de turnos. Retiro de expedientes.

Disponibles en el siguiente enlace:

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6383


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CONVOCATORIA  A  ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE  SEDE RAFAELA

CONVOCATORIA  A  ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

De conformidad con lo dispuesto por los arts. 5) y 7) del Estatuto, convócase a los Señores Colegiados de la Quinta  Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA a celebrarse  el día   MARTES 15 de SEPTIEMBRE de 2020 a las 18.00 horas en el Salón de Usos Múltiples – Casa del Foro, sita en calle Alvear 425 de la ciudad de  Rafaela. La  Asamblea sesionará válidamente con la presencia de por lo menos el 20% de los colegiados. Si tal recaudo no se cumpliera, transcurrida media hora desde la que fuera fijada para la iniciación de la misma, ésta sesionará válidamente cualquiera sea el número de colegiados presentes, según lo dispone el art. 6) del Estatuto.  Se tratará el siguiente:

ORDEN DEL DIA

  1. Designación de autoridades de la Asamblea.
  2. Designación de dos asambleístas para refrendar el acta correspondiente.
  3. Lectura y consideración del acta de la Asamblea anterior.
  4. Lectura y consideración de la Memoria y Balance del Ejercicio 2019-2020.
  5. Incorporación del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de la provincia de Santa Fe Sede Rafaela a la Federación de Colegios de Abogacía de la Provincia de Santa Fe constituida el día 03 de julio de 2020 en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario.

Rafaela,  04 de septiembre de 2020.

LA REALIZACION DE LA ASAMBLEA SE ENCUENTRA SUPEDITADA A LA AUTORIZACIÓN SANITARIA RESPECTIVA.

 

ENRIQUE C. SOFFIETTI BERGER

PRESIDENTE

 

CARLA A. BASSANI

SECRETARIA





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llamado a concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Prosecretario en lo Contencioso y Administrativo del Juzgado del Trabajo Nº 2 del Distrito Judicial Norte, con asiento en la ciudad de Rio Grande

Al señor Presidente

 

            Tengo el agrado de dirigirme a Ud. por disposición del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, con el objeto de solicitarle -a título de colaboración- la difusión en el ámbito de ese Colegio de Abogados del llamado a concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Prosecretario en lo Contencioso y Administrativo del Juzgado del Trabajo Nº 2 del Distrito Judicial Norte, con asiento en la ciudad de Rio Grande.

            A tal fin se adjunta Anexo (Edicto) de la Resolución STJ nº 58/2020

            Sin otro particular, y agradeciendo tenga a bien acusar recibo del presente, lo saludo con la mayor consideración.

 

 


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Circular N° 06/20. se suspende a partir del 01/10/2020 la aplicación del Artículo 35° del Anexo del Decreto N° 1309/2017

Estimados,

Se pone en conocimiento lo dispuesto por Circular N° 06/20 del Administrador Provincial del SCIT, Agrim. Héctor Hugo Rodríguez, mediante la cual se suspende a partir del 01/10/2020 la aplicación del Artículo 35° del Anexo del Decreto N° 1309/2017, modificado mediante Resolución N° 103/2019 del SCIT, debido a que no están definidos los procedimientos admnistrativos para su tratamiento, como así también la base informática para su aplicación.

Aquellos exptes. ingresados con anterioridad a dicha fecha, serán tramitados normalmente en el Organismo en pos de su eventual registración.

Decreto Provincial 1309/2017

Normas para la Confección y Registración de Planos de Mensura

https://www.santafe.gov.ar/normativa/getFile.php?id=1289786&item=156714&cod=c20d4ed302571fe5e64c2547600e0aa5

Resolución Interna 103/2019

Catastro – Mensuras.

Modificación Decreto 1309

https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/download/257003/1354374/file/Resol.%20103-19%20SCIT.pdf





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Reunión abierta de la Comisión de Derechos del Niño y la Familia de FACA

*18 de septiembre de 2020 a las 14:00 hs.  por medio de la plataforma Zoom

Tema: Derechos del niño

Unirse a la reunión Zoom

https://us02web.zoom.us/j/81232254384?pwd=SWkvM0xvRFZHbzd5QUNzZTY4MjJsQT09

ID de reunión: 812 3225 4384

Código de acceso: 807465

Orden del día:

·         Creación y organización de Observatorio Federal, a cinco años de la vigencia del CCyC, impacto en los operadores

·         Derechos Humanos fundamentales de nuestra niñez, en el marco de pandemia, “la educación”

Se considera útil y enriquecedor que los participantes  brinden información acerca del impacto provocado por el COVID19 en el ámbito de su jurisdicción con respecto a los temas planteados.

La reunión contará con  la presencia de la Dra. Flavia Valgiusti:

·         Directora del Instituto del Niño del Colegio de Abogados de San Isidro,

·         Ex jueza de menores,

·         Profesora de jóvenes en conflicto con la ley,

·         Neurociencias y derecho,

·         Facilitadora de en traumas colectivos.

La destacada colega disertará acerca de: “Aportes de las Neurociencias al Derecho de los niños y adolescentes”.

La reunión será abierta, a fin de habilitar la participación activa de los delegados de los colegios, como así también para todos los colegas interesados en la temática de la niñez.

Se solicita confirmar asistencia a  lopezdebelva@gmail.com consignando datos personales (nombre, apellido y dirección de correo electrónico) y colegio o institución a la que pertenece.


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JORNADAS VIRTUALES DE ACTUALIZACIÓN JURÍDICA: «DERECHO Y AMBIENTE»

Estimadas/os: por medio del presente extendemos la invitación a las JORNADAS VIRTUALES DE ACTUALIZACIÓN JURÍDICA: “DERECHO Y AMBIENTE”, las cuales darán inicio el próximo día Jueves 3 de septiembre de 17.30 a 20:00 del corriente y se extenderán durante los jueves subsiguientes hasta el 12 noviembre, a través de la Plataforma ZOOM de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Católica de Santa Fe.

La dirección Académica está a cargo de la Dra. Jaquelina Ana Balangione y del Dr. Enrique Müller; con la participación del Dr. Ricardo Lorenzetti (Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

Están destinadas a Magistrados y funcionarios, abogados, graduados y estudiantes avanzados de la Facultad de Derecho.

El objetivo principal de las Jornadas es proporcionar a operadores del Derecho conocimientos y alternativas para abordar las complejas situaciones que puedan presentárseles en torno al Ambiente, e identificar las distintas respuestas que el amplio ordenamiento jurídico contiene desde la previsión constitucional que se proyecta hacia las diferentes ramas del Derecho (Civil, Administrativo, Penal, etc). Asimismo, el fenómeno expansivo actual del Derecho Ambiental será complementado con perspectivas sociológicas y de género.

Los temas que se abordarán en los diferentes encuentros estarán a cargo de un prestigioso cuerpo docente: Arias Rangel, Edith Xiomara; Balangione, Jaquelina Ana; Berros, María Valeria; Cáceres, MartínIgnacio; Cafferatta, Néstor; Camps, Carlos; Falbo, Aníbal José;Garzón, Yolanda; Gentile Bersano, Fernando; Lewis, Juan Treharne, Lorenzetti, Pablo; Lorenzetti, Ricardo; Maine de Uribe, María Alejandra; Merlo, Ricardo; Milia, Juan Bautista; Moralejo, Diana; Müller, Enrique; Saux, Edgardo; Tanzi, Silvia; Tognola, Nancy; Valey, Mario; Villafañe, Leonardo.

Informes e inscripción: Luis Olaguibe lolaguibe@ucsf.edu.ar.

Se entregan certificados digitales.

Adjuntamos flyer de la actividad y programa.

Agradecemos su difusión.

Desde ya muchas gracias. Saludos cordiales.

 


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OFICINA DE HABILITACIONES RAFAELA

OFICINA DE HABILITACIONES RAFAELA

TODOS LOS TRAMITES QUE DEBAN REALIZARSE EN LA OFICINA DE HABILITACIONES, ASÍ COMO EL DILIGENCIAMIENTO DE CÉDULAS Y OFICIOS,  DEBERÁN PRESENTARSE  EN LA OFICINA DEL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO

hasta tanto la Autoridad Sanitaria del Poder Judicial autorice la rehabilitación del funcionamiento de dichas oficinas momentáneamente cerradas por tener su personal aislado por posibles contagios de COVID19


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Suspensión de Audiencias – Juzgado Civil y Comercial 4ta. Nominación

El Juzgado Civil y Comercial 4ta. Nominación – Rafaela – ha adoptado la decisión de suspender la celebración de audiencias para los días 31/08/20, 01/09/20, 02/09/20, 03/09/20 y 04/09/20, las que serán reprogramadas de oficio. La medida será ampliada temporalmente en caso de persistir la falta de personal afectado a la higiene de los espacios comunes.

Lo expresado a excepción de cuestiones que por su naturaleza no admitan dilación, supuesto en que se procederá – a pedido de parte interesada, por vía correo electrónico – a la utilización de medios tecnológicos si correspondiere.
Todas las audiencias serán reprogramadas de oficio por el juzgado, sin perjuicio de poder ser solicitado por cada interesado.


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Suspensión de Audiencias- JUZGADO DE FAMILIA-.

SUSPENSIÓN DE AUDIENCIAS- JUZGADO DE FAMILIA-.

De mi consideración:

Quienes suscriben, Victoria Lang y Daniela Piazzo, Secretarias del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia de esta ciudad, se dirigen a uds. a efectos de informar que se ha tomado la decisión de SUSPENDER la toma de AUDIENCIAS desde el día 31/08/2020 hasta el 04/09/2020 inclusive, en razón de la situación que ya es de público conocimiento respecto de casos positivos por Covid-19 de agentes y funcionarios judiciales, que prestan servicio en este edificio de calle Alvear n° 226.

Que a ello se suma, un número considerable de personal aislado, sea por síntomas, o contacto directo con casos positivos.

En el caso particular de este Juzgado, 4 empleados se encuentran aislados, entre ellos el personal de maestranza, y la Sra. Jueza realizando su labor desde su domicilio particular, en razón de pertenecer a grupo de riesgo.

SÓLO SE TOMARÁN LAS AUDIENCIAS DE RATIFICACIÓN DE ACUERDOS QUE A LA FECHA CUENTEN CON TURNOS OTORGADO, DADO QUE SE REALIZAN POR MESA DE ENTRADAS, CON ESPACIO SUFICIENTE, DURACIÓN MÍNIMA Y CON LA ÚNICA PRESENCIA DE QUIEN CONCURRE A RATIFICAR.

El espacio reducido requirió medidas extraordinarias en pos de asegurar la toma de audiencias y no demorar los procesos; pero ello resulta imposible sin el personal necesario para una adecuada limpieza y desinfección.

Es por ello que, en resguardo de la salud de quienes por distintas razones deben comparecer ante una citación judicial, se dispuso la referida suspensión por el plazo establecido.

Asimismo, entiendo propicia la ocasión para recomendar –hasta tener un panorama más claro sobre el alcance de la situación- se evite concurrir a Tribunales y se utilice la modalidad remota.

Agradeceremos inmediata difusión del presente entre los colegiados.

Atentamente.

Victoria Lang y Daniela Piazzo

Secretarias


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Suspensión de Audiencias «Juzgado Laboral 1»

A la Presidencia del Directorio del
Colegio de Abogados V Circunscripción – Sede Rafaela
S/D
Rafaela, 31/08/2020
De mi consideración:
Atento la actual situación en Tribunales de Rafaela (Alvear 226), que da cuenta de personas que dieron positivo por Covid-19, empleados y empleadas esperando para ser hisopado/as (entre los que se encuentra el ordenanza de Laboral 1) y la gran cantidad de personal aislado en forma preventiva (entre los que se encuentran prácticamente el resto de los ordenanzas), se tomó la decisión de suspender la toma de audiencias desde el día 31/08/2020 hasta el 04/09/2020 (ambos inclusive) dado que no podemos garantizar la limpieza y desinfección que la situación requiere.
SÓLO SE TOMARÁN LAS AUDIENCIAS DE RATIFICACIÓN DE ACUERDOS DADO QUE SE REALIZAN POR MESA DE ENTRADAS, CON ESPACIO SUFICIENTE, DURACIÓN MÍNIMA Y CON LA ÚNICA PRESENCIA DE QUIEN CONCURRE A RATIFICAR.
El espacio reducido requirió medidas extraordinarias en pos de asegurar la toma de audiencias y no demorar los procesos; pero ello resulta imposible sin el personal necesario para una adecuada limpieza y desinfección.
Es por ello que, en resguardo de la salud de quienes por distintas razones deben comparecer ante una citación judicial, se dispuso la referida suspensión por el plazo establecido. Todas las audiencias serán reprogramadas de oficio por el juzgado, sin perjuicio de poder ser solicitado por cada interesado.
Asimismo, entiendo propicia la ocasión para recomendar –hasta tener un panorama más claro sobre el alcance de la situación- se evite concurrir a Tribunales y se utilice la modalidad remota.
Agradeceré inmediata difusión del presente entre los colegiados.
Atentamente.
Lucas Marín – Juez Juzgado de Primera Instancia Laboral 1era Nominación Rafaela.

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Suspensión de Audiencias – Juzgado Civil y Comercial 2da. Nominación

Por motivo de la situación epidemiológica local a causa de la pandemia por Covid-19 y teniendo en cuenta circunstancias puntuales relativas al personal de estos Tribunales, el Juzgado Civil y Comercial de la 2da nominación Rafaela ha decidido momentáneamente suspender las audiencias programadas en forma presencial. A todo evento aclara que las que ya se encuentran diagramadas por vía remota (Zoom) se realizarán conforme lo que esté dispuesto y comunicado en cada expediente. Con relación a las restantes –que habían sido previstas para realizar de modo presencial- se podrán reprogramar a la brevedad en la medida que quienes deseen o deban participar cuenten con elementos tecnológicos para acceder a una conexión vía Zoom.
Solicitan a los profesionales que tengan audiencias  programadas en lo sucesivo informen al Juzgado (vía correo electrónico o telefónicamente) los nros de teléfono celular u otro contacto de todo aquel que deba estar presente en la audiencia, ya que que para realizarlas vía remota (Zoom) debemos informar el ID y clave de la “reunión” con la antelación necesaria a cada audiencia programada.






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Llamado a Concurso de Oposición, Antecedentes y Entrevista Personal

Por el presente remitimos como documentos adjuntos Nota y Llamado a Concurso Público de Oposición, Antecedentes y Entrevista Personal para la cobertura de los siguientes cargos:
Fiscales y Fiscales adjuntos: dos (02) cargos de Fiscales, uno (01) con sede en Venado Tuerto y uno (01) con sede en Rufino y dos (02) cargos de Fiscales Adjuntos, uno (01) con sede en Venado Tuerto y uno (01) con sede en Rufino del Ministerio Público de la Acusación – Circunscripción Judicial Nº 3, y Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 1º Nominación de Rosario- Circunscripción Judicial Nº 2.-
Se solicita tenga a bien dar a la presente convocatoria la más amplia difusión para que llegue a conocimiento de los interesados.
Atte.-SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.

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Convocatoria para actuar como Abogados del Niño

El Colegio de Abogados de Rafaela  convoca a los colegiados interesados en actuar como Abogados del Niño toda vez que sean solicitados por los organismos administrativos, judiciales o por los propios niños, niñas y adolescentes, garantizándoles la prestación de los servicios de asistencia jurídica en procesos judiciales y procedimientos administrativos en que sean parte, en concordancia con la legislación vigente en materia de protección integral de sus derechos.

Para tal fin, los postulantes deberán:

  1. a) poseer matrícula vigente en el Colegio de Abogados Sede Rafaela, con dos (2) años de antigüedad como mínimo en el ejercicio de la profesión;
  2. b) acreditar capacitación específica en materia de familia y/o niñez;
  3. c) no poseer antecedentes ni procesos penales pendientes; y,
  4. d) no estar incluido en el registro de deudores morosos.

Inscripción: Desde 30/08/2020  Hasta 25/09/2020

Las presentaciones de CV deberán realizarse en formato PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar) señalando el interés en postularse como Abogado del Niño.

 

  • Incluir datos personales completos (Apellido y Nombres, DNI, Nº de Matrícula, dirección, teléfonos, y correos electrónicos de contacto),
  • Detallar todos los antecedentes específicos en forma clara y completa, con obligación de notificar cualquier modificación de datos que se produzca,
  • Describir los antecedentes académicos, cursos, capacitaciones, y/u otros de interés, como así también de la actividad profesional, relacionados con la especialidad del rol de Abogado del Niño a desempeñar conforme legislación vigente, citando en todos los casos la actividad desarrollada, fecha, carga horaria, y organismo otorgante de la certificación.   No es necesario adjuntar fotocopias de dichos antecedentes pero serán invocados a manera de declaración jurada, pudiendo ser exigidos en cualquier instancia.
  • Adjuntar certificado de antecedentes penales.
  • Adjuntar certificado del registro de deudores alimentarios morosos.

La vigencia de inscripción de cada profesional en la lista es de dos (2) años. La reinscripción es a solicitud del  o la profesional, debiendo en dicho acto cumplimentar los requisitos nuevamente.

Ley nacional 26.061

LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm

Ley provincial 13.923

CREACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA DE ABOGADOS Y ABOGADAS PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2020/2020-01-17ley13923-2020.html


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Sugerencias e inconvenientes

Estimados,

En virtud de la reunión que los representantes de los cinco Colegios de Abogados de la provincia mantendrán el próximo 02 de septiembre con el Secretario de Gobierno de la CSJSF, Dr. Eduardo M. P. Bordas, a  fin de tratar cuestiones de interés común que hacen al funcionamiento general del servicio de justicia, es que les solicitamos nos hagan llegar sugerencias e inconvenientes que encuentran en el mismo a colabrafaela@wilnet.com.ar  para ser considerados en dicho encuentro.
Plazo: Martes 01/09/2020

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LOS DERECHOS PERSONALISIMOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES: EN ESPECIAL SUS DERECHOS A LA SALUD Y AL CUIDADO DEL PROPIO CUERPO

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS

5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LOS DERECHOS PERSONALISIMOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES: EN ESPECIAL SUS DERECHOS A LA SALUD Y AL CUIDADO DEL PROPIO CUERPO
Dra. Eleonora Lamm
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 2 DE SEPTIEMBRE.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

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NUEVOS MATRICULADOS

En el día de la fecha, el Colegio de Abogados de la 5ta. Circunscripción Judicial Sede Rafaela dio formalmente la bienvenida a los nuevos matriculados correspondientes al mes de agosto del corriente año.

Luego de prestar juramento en la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de esta ciudad, y cumpliendo con los recaudos de seguridad y distanciamiento social, fueron recibidos en el Salón de Usos Múltiples (SUM)  por un reducido grupo de miembros del Directorio, Tribunal de Disciplina y Comisión de Jóvenes Abogados.

El Colegio de Abogados se encuentra a disposición para canalizar sus inquietudes y los invita a integrarse a sus Institutos y Comisión de Jóvenes.

La nómina de los abogados/as que juraron hoy, 27 de agosto, es la siguiente:

CAMILA  D’ALESANDRO

MARIELA ALEJANDRA IBARRA

JUAN IGNACIO ZENOBI

 

Por su parte, el día 30 de julio ppdo. prestaron juramento los siguientes profesionales:

RAFAEL ANIT

SOFIA SOLEDAD BADINO

PABLO FONTANINI

CAROLINA EGLÉ DI SANTO

EDGARDO GABRIEL GOMEZ

IGNACIO TERRAGNI

 

 




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RESOLUCION SCIT 64/2020

Resolución Nº 64/20 del Administrador Provincial del SCIT mediante la cual se prorroga la aplicación paulatina del plazo de caducidad de los estados parcelarios de los Inmuebles Urbanos, Sub Urbanos, y Rurales cuyos planos de mensura fueron inscriptos en el Organismo con anterioridad al 31/12/1978.


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Lassalle sobre la reforma de la Justicia: “Esperamos que en el tratamiento en la Cámara de Diputados se abra el debate”

Lassalle sobre la reforma de la Justicia: “Esperamos que en el tratamiento en la Cámara de Diputados se abra el debate”

El presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, José Luis Lassalle, consideró necesario ampliar el debate a todos los actores institucionales y políticos y a la sociedad en general, pero advirtió que la reforma sólo será “seriamente encarada” si se devuelve el equilibrio de poderes al Consejo de la Magistratura, hoy cooptado en su integración por el poder político.

En declaraciones a LU4 Nacional Patagonia AM630 de Comodoro Rivadavia, Chubut, Lassalle recordó que la reforma a propuesta del Ejecutivo Nacional se divide en dos áreas: una, que ha sido puesta a estudio del consejo consultivo que ha creado el presidente por decreto, en cuanto al funcionamiento y constitución de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de la Magistratura y ministerios públicos, que está en una suerte de stand by con el presidente esperando que el consejo se reúna y funcione y en el término de noventa días produzca un dictamen para su asesoramiento.

Por otra parte, el proyecto de reforma de tratamiento en el Senado, en una de cuyas instancias de debate ya participó la FACA a través de su titular. “Lo hemos analizado profundamente y en principio la FACA es conteste de que una reforma de la justicia federal tiene que darse. Cómo, cuándo y de qué modo es otra historia”, puntualizó el dirigente.

En ese sentido, analizó que una Justicia Federal “que ha estado cuatro meses parada o reducida a una mínima expresión, porque durante toda su historia no ha podido despegarse de la aguja y el papel, y sigue sin incorporar las herramientas informáticas que permitan ir hacia un expediente digitalizado y a un sistema electrónico que pueda funcionar a distancia, donde funciona en una emergencia edilicia declarada por el propio Consejo de la Magistratura, o con una insuficiencia financiera que ha llevado al presidente del Consejo a decir que desde octubre no podrán seguir pagando los sueldos en la magistratura”, necesita ser actualizada. “Realmente necesitamos una mirada distinta de la Justicia y encarar seriamente si al Estado le interesa tener una Justicia Federal eficaz y con una tutela efectiva y oportuna de los derechos de la ciudadanía”.

No obstante –sostuvo– el proyecto que se ha mandado no plantea una reforma integral: “No aborda estos puntos que estamos señalando y en realidad significa un aumento cuantitativo de la cantidad de juzgados federales en lo penal, fundamentalmente, ya sea en la Capital Federal como en el interior del país. Entendemos que una reforma como la que se debe plantear, en primer lugar no puede tener un trámite express y tan acelerado como ha ocurrido en el Senado, donde sí hemos sido escuchados, y lo reconocemos y valoramos, pero que por el tiempo tan escaso no hemos podido ni siquiera realizar los aportes constructivos que podríamos hacer junto con el resto de quienes han concurrido -o no-, a este tipo de entrevistas, en una ley que genere un consenso de todos los sectores”.

“La reforma de la Justicia se ha encarado en varias oportunidades y en todos los intentos se ha fallado, y dada la bajísima credibilidad y confianza que hoy la población tiene de la Justicia, nada menos, no se puede fallar en otro intento”, aseveró. “Nos parece que esto debe ser debatido ampliamente tomándose el tiempo necesario, donde participen todos los sectores –la magistratura, los funcionarios judiciales, los empleados, por supuesto la abogacía, los legisladores, la política, las entidades intermedias, la población en general– y después de un largo debate y llegado a un consenso muy amplio, que permita que una ley en el futuro sea sustentable, sí sancionarla. Pero me parece que no se está cumpliendo con estos objetivos, y estos trámites tan acelerados alientan suspicacias de otro tipo que a nosotros también nos mueve alguna inquietud”, observó.

En tanto, hizo votos para que el debate se abra en el tratamiento en la Cámara de Diputados, que “no se acote en el tiempo como se lo ha hecho en el Senado, y nos permita a todos hacer los aportes. Nadie está discutiendo que la reforma judicial debe encararse, pero hay que hacerlo de forma seria, sin alentar este tipo de suspicacias que mal le hacen, y le siguen haciendo, a la Justicia”.

HACIA UNA REFORMA INTEGRAL Y OMNICOMPRENSIVA
“Si lo que se quería era atacar un polo de poder de la Justicia penal federal en Capital Federal, denominada ‘Comodoro Py’, llevándole doce juzgados existentes a cuarenta y seis, nos da la impresión de que este solo hecho no garantiza que ese poder que todos criticamos se diluya; por el contrario: podría existir el riesgo de que esta mancha de aceite en el medio del mar se pudiera ampliar, ya no en manos de doce magistrados omnipotentes, sino a cuarenta y seis”, graficó.

Dijo que la reforma “debe ser mucho más integral y omnicomprensiva”, y aclaró que la ley puede ser “impotente” porque “cuando se trata de jueces que no honran su cargo y el juramento que alguna vez prestaron, lo que se debe hacer es echarlos, con los mecanismos institucionales, pero sacarlos de la Justicia, y no protegerlos y después quejarse cuando se pierde el gobierno; es inaceptable que haya magistrados tiempistas que calculen la marcha de los expedientes de acuerdo a los humores políticos o a los gobiernos de turno; en eso estamos de acuerdo, y celebramos que algún gobierno en algún momento esté dispuesto a sacarlos como corresponde, por los mecanismos legales que corresponden, y no en todo caso dejarles abierta una puerta para que cómodamente salgan a través de una jubilación cuando estén a punto de ser exonerados”.

SUBROGANCIAS POLÉMICAS
“Del proyecto de ley como está hay varios puntos que nos preocupan mucho: en primer lugar la cobertura que se haría de los juzgados en lo penal federal a crearse: noventa y cuatro en todo el territorio, cuando ni siquiera se ha elevado con el proyecto un mapa judicial o cifras estadísticas o de diseño empírico de por qué son noventa y cuatro y a crearse donde se crean; sobre qué demandas territoriales puede dar lógica esto; tampoco el número. Y de los cuarenta y seis juzgados de la Capital, tampoco”, detalló el presidente de la entidad que nuclea a 82 instituciones abogadiles de todo el país.

Pero la mayor preocupación, dijo, radica en el plan de cubrir “inicialmente” esa cantidad “enorme” de cargos con jueces subrogantes: “Nosotros sabemos qué historia traen en la Argentina los jueces subrogantes: llegan un día para quedarse, y atento a la precariedad de su cargo están expuestos muchas veces a todo tipo de presiones, sobre todo cuando están concursando para ser elegidos o en el proceso de selección en esos mismos juzgados que están cubriendo como subrogantes”.

Más aún: aseguró que “es una negación de la propia ley de subrogancia; del propio instituto, porque la subrogancia nace para cubrir cargos de juzgados donde existe un juez que ha tenido que tomar licencia o ha sido removido: hay un juez preexistente. Nunca la subrogancia está destinada a cubrir un cargo nuevo, y la ley misma de subrogancia sanciona con la nulidad absoluta toda decisión de poner un juez subrogante en un juzgado nuevo en donde no ha habido un juez titular”.

Con la sanción de la norma así como está, estas son contradicciones y riesgos muy importantes que se podrían correr, “porque si lo que estamos logrando es una Justicia independiente con jueces probos, ajenos a todo tipo de presiones, transparentes en su gestión, la verdad es que este es un paso atrás”.

LA PROPUESTA DE FACA
“Lo que nosotros proponemos desde la Federación Argentina de Colegios de Abogados, es que si se van a crear cargos, primero se justifique por qué y adónde, sobre bases empíricas y cifras reales. En segundo lugar, que se espere el proceso normal que ordena la Constitución, que es el proceso de selección de magistrados a través del Consejo de la Magistratura, terna en el mismo, selección de uno de ellos por parte del presidente de la República, con acuerdo del Senado. Pero este mecanismo irregular en realidad atentaría contra la propia independencia que uno quiere que tenga el Poder Judicial”, explicó.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Finalmente, Lassalle insistió en el reclamo que la FACA sostiene respecto a la actual situación del Consejo de la Magistratura de la Nación: “No hay una reforma de la Justicia seria, que se pueda decir seriamente encarada, si antes no se reforma el Consejo de la Magistratura, que está funcionando prácticamente con una sentencia de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo que la ha declarado inconstitucional en virtud de su integración irregular”.

“La Constitución manda mantener un equilibrio en los estamentos que la componen y hoy el poder político, de trece miembros tiene siete, con lo cual rompe ese equilibrio y establece mayorías absolutas por sí mismo, no dando ningún tipo de garantía en cuanto a su funcionamiento interno, y tampoco en el mecanismo de selección o acusación para una investigación sobre el comportamiento de los jueces en el futuro. Cualquier reforma que se inicie, pedimos que se empiece por el Consejo de la Magistratura”, concluyó.







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Roberto Gargarella disertará en el Seminario sobre Reforma Judicial

Roberto Gargarella disertará en el Seminario sobre Reforma Judicial [Posgrados-fcjs] [21 de agosto]

El viernes 21 de agosto de 2020, se llevará a cabo el segundo encuentro del Seminario Permamente de Debate sobre Reforma Judicial, en esta oportunidad con la disertación del Prof. Roberto Gargarella.

En el encuentro, que será a las 17, se abordará el tema «Democracia y poder judicial (también en tiempos de pandemia)».

El seminario se realizará a través de la plataforma Zoom, por lo tanto quienes deseen participar deberán ingresar con la siguiente información:

– ID de la reunión: 970 4107 4326
– Contraseña: 900588

En caso de que se vea colmada la capacidad de la reunión, se podrá ver el encuentro en simultáneo en el canal de YouTube de la Faultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS) de la UNL, ingresando AQUÍ: https://www.youtube.com/channel/UC-gzsRJCQ3pT4NK6ULoAnLg

El seminario es organizado por las facultades de: Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (UNL); de Derecho de la Unviersidad Nacional del Nordeste (UNNE); de Derecho de la Universidad Nacional del Sur (UNS); de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT); de Derecho de la Universidad Nacional de Catamarca (UNCA); y por la carrera de Especialización en Derechos Humanos y Acceso a la Justicia de la Universidad Nacional de San Luis (UNSL).


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Comienzan las Jornadas “Migración, Derechos Humanos y Defensa Pública”

COMIENZAN LAS JORNADAS «MIGRACIÓN, DERECHOS HUMANOS Y DEFENSA PÚBLICA»

El próximo lunes 24 de agosto comienzan las Jornadas “Migración, Derechos Humanos y Defensa Pública”, organizadas por la Secretaría General de Capacitación y Jurisprudencia de la Defensoría General de la Nación. Los encuentros se llevarán adelante a través de la plataforma Zoom y quienes deseen inscribirse deberán hacerlo en el siguiente enlace: tinyurl.com/y22wxa6s. La actividad es gratuita y abierta al público.

Las Jornadas se desarrollarán en cuatro paneles que tendrán lugar durante cuatro lunes consecutivos (24/8, 31/8, 7/9 y 14/9).

MIGRACIÓN, DERECHOS HUMANOS Y DEFENSA PÚBLICA

Presentación de Julieta Di Corleto y Sebastián Van Den Dooren

LUNES 24 DE AGOSTO – POLÍTICAS MIGRATORIAS Y ABORDAJES INSTITUCIONALES

Panorama actual sobre la protección de los derechos humanos de personas migrantes y refugiadas en América Latina: Viejos y nuevos desafíos en los tiempos de la pandemia del COVID-19

Álvaro Botero (Relator del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de la ONU (CMW) y Coordinador de la Unidad de Refugiados y Desplazamiento Forzado de la Secretaría de Acceso a Derechos y Equidad de la OEA).

La Comisión del Migrante de la Defensoría General de Argentina – Hernán de Llano (Defensor Público Oficial, integrante de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de Argentina)

Niñez, migración y unidad familiar – Mariano Fernández Valle (Coordinador del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos de la Defensoría General de Argentina)

LUNES 31 DE AGOSTO – BUENAS PRÁCTICAS Y ALIANZAS ESTRATÉGICAS: EL CASO ARGENTINO

Política migratoria y derechos humanos en Argentina – Ana Penchaszadeh (Doctora en Ciencias Sociales de la UBA y Doctora en Filosofía de la Université Paris 8, investigadora del CONICET)

La experiencia de la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF) en Argentina. – Gabriela Liguori (Directora Ejecutiva del CAREF).

Casos paradigmáticos de la Comisión del Migrante – Rosario Muñoz (Abogada de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de Argentina)

LUNES 7 DE SEPTIEMBRE – POLÍTICAS MIGRATORIAS, ESTÁNDARES INTERNACIONALES Y LITIGIO ESTRATÉGICO

Migraciones y Leyes. Una Mirada Regional en Suramérica – Diego Acosta (Catedrático de Derecho de Migraciones en la Universidad de Bristol)

Los estándares internacionales en materia de migración – Romina Sijniensky (Secretaria Adjunta de la Corte IDH)

El litigio del caso “Pacheco Tineo vs. Bolivia” ante la Corte IDH -Roberto Tadeu Vaz Curvo (Defensor Público Interamericano de la AIDEF)

LUNES 14 DE SEPTIEMBRE – PANDEMIA Y MIGRACIÓN. PROBLEMÁTICAS LOCALES

Desafíos de las políticas migratorias en tiempos de pandemia – Pablo Ceriani (Coordinador del Programa Migración y Asilo del Instituto de Justicia y Derechos Humanos – UNLa)

Trabajadoras migrantes e informalidad laboral – Lila García (Abogada y Doctora en Ciencias Sociales de la UBA, investigadora del CONICET).

Actuación de la Defensoria Pública Federal de Brasil en zonas de frontera en contexto de pandemia – Gustavo Zortéa da Silva (Defensor Público Federal de Brasil)


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EL ABUSO DEL DERECHO EN EL CCYC

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

EL ABUSO DEL DERECHO EN EL CCYC
Dr. Gonzalo Sozzo
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 26 DE AGOSTO.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#CódigoCivilyComercial #5toAniversarioCCyC #Ley26994 #DerechoPrivado #AbusoDelDerecho #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal


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CONFERENCIA GRATUITA

Impacto de la ley 27.551. Locación corretaje e implicancias procesales

http://www.rubinzal.com.ar/tienda/agenda_detalle.php?idevento=858


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Circular nro. 118. Ampliación turnos matutinos para Certificaciones en los Tribunales de Reconquista y Rafaela

Circular nro. 118. Ampliación turnos matutinos para Certificaciones en los Tribunales de Reconquista y Rafaela

Circular Nro. 118/20.-

Santa Fe, 19 de agosto de 2020.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo resuelto por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de fecha 18.8.2020, Acta N° 28:
AMPLIACIÓN TURNOS MATUTINOS PARA CERTIFICACIONES EN LOS TRIBUNALES DE RECONQUISTA Y RAFAELA.- VISTO: Las necesidades del servicio judiciario; y. CONSIDERANDO: Que esta Corte, en Acta Acuerdo Nro. 14, Punto 1 de fecha 13.5.20, en relación al servicio de certificaciones que presta este Poder Judicial ordenó: “Establecer que el servicio de certificaciones en todas las sedes judiciales, salvo las incluidas en los grandes aglomerados urbanos, se prestará en horario vespertino, de 14hs a 19hs. y con la correspondiente asignación de turnos web previa. En aquellas sedes donde esta tarea se realice en horario matutino, se continuará con dicha metodología, previa solicitud de turnos web.” Que, en dicha sintonía, diferentes sedes de la Provincia permanecen con la prestación del referido servicio únicamente en horario vespertino, como es el caso de los tribunales de los Distritos Judiciales Nro. 4 y Nro.5. Ahora bien, luego de un relevamiento del estado de los turnos otorgados por las oficinas de certificaciones para dichas localidades, se observa una sobrecarga de los mismos, contemplándose cubierta la capacidad de atención al público hasta el 27 de agosto del corriente en el caso de Reconquista y hasta el 10 de septiembre de este año para Rafaela. Por consiguiente, y a los fines de evitar que esta situación provoque una disfunción en detrimento de los operadores del servicio y de la ciudadanía en general, resulta oportuno adoptar las medidas conducentes al efecto, disponiendo que dicha tarea se lleve a cabo en horario matutino por los respectivos juzgados de Circuitos de ambas sedes, con la correspondiente asignación de turnos previa. Ello así, en tanto dichos órganos jurisdiccionales han sido quienes habitualmente desempeñaban tal labor, previo a la entrada en vigencia de los nuevos esquemas de trabajo generados como consecuencia de la situación de emergencia provocada por la pandemia de público conocimiento. Por lo demás, se deja debidamente aclarado que el turno vespertino de certificaciones continuará en funciones tal cual se viene efectuando hasta la fecha. Por lo cual, luego de un cambio de opiniones y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: I.- Disponer que a partir del 24 de agosto del corriente año, el servicio de certificaciones en los Distritos Judiciales Nro. 4 Reconquista, y Nro. 5 Rafaela, será brindado en horario matutino por los Juzgados de Circuito de dichas sedes, previa asignación de turnos por la plataforma web creada al efecto. II.- Mantener la prestación de dicho servicio en horario vespertino, tal cual como se desarrolla en la actualidad. III. Delegar en la Secretaría de Gobierno, la materialización de todas las tareas inherentes para la puesta en funcionamiento de lo aquí resuelto. IV.- Librar las comunicaciones pertinentes. FDO.: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)».

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas

 

*Se aclara que en Rafaela la certificación de turnos matutina se realiza en el Registro Público de Comercio.




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INCIDENCIA DEL CÓDIGO PARA PREVENIR DAÑOS DERIVADOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

INCIDENCIA DEL CÓDIGO PARA PREVENIR DAÑOS DERIVADOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Dra. Pamela Tolosa
La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 19 DE AGOSTO.

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CONVOCATORIA A ELECCIONES.

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SEDE RAFAELA.

CONVOCATORIA A ELECCIONES.

De conformidad con lo dispuesto por el art. 27) del Estatuto, el Directorio del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe con sede en la ciudad de Rafaela convoca a sus colegiados a ELECCIONES para la RENOVACIÓN PARCIAL DE DIRECTORIO Y TOTAL DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA para el día MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020, estando el padrón de electores a disposición en las sedes del Colegio de Abogados (Buenos Aires 168 – Rafaela), Delegación Ceres (Alem 36) y Delegación San Cristóbal (Av. de los Trabajadores Ferroviarios 1255) desde el 14 de agosto de 2020, pudiendo los interesados efectuar tachas durante los diez días posteriores a la exhibición. Cinco días después de concluido el período de tachas, se confeccionará el padrón definitivo. De acuerdo con los arts. 10) y 21) del Estatuto, los cargos a cubrir en el Directorio son: presidente, secretario, tesorero, quinto y sexto vocales titulares y primero y segundo vocales suplentes y en el Tribunal de Disciplina: tres miembros titulares y tres miembros suplentes. Todos los electos durarán dos años en sus funciones. El art. 28) del Estatuto señala que sólo podrá votarse por listas presentadas al Directorio con no menos de diez días de antelación al fijado para el acto eleccionario, las que deberán contar con las firmas de por lo menos 20 colegiados en condiciones de ser electores. El art. 30) del Estatuto establece que si solamente se presentase una lista, no se realizará el acto eleccionario, quedando automáticamente consagrada la lista presentada y oficializada.

Rafaela, 14 de agosto de 2020.

ENRIQUE C. SOFFIETTI BERGER

PRESIDENTE

CARLA A. BASSANI

SECRETARIA


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CONVOCATORIA A ELECCIONES.

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE  SEDE RAFAELA.

CONVOCATORIA A ELECCIONES.

 

De conformidad con lo dispuesto por el art. 27) del Estatuto, el Directorio del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe con sede en la ciudad de Rafaela convoca a sus colegiados a ELECCIONES para la RENOVACION PARCIAL DE DIRECTORIO Y TOTAL DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA para el día  MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020, estando el padrón de electores a disposición en las sedes del Colegio de Abogados (Buenos Aires 168 – Rafaela), Delegación Ceres (Alem 36) y Delegación San Cristóbal (Av. de los Trabajadores Ferroviarios 1255) desde el 14 de agosto de 2020,  pudiendo los interesados efectuar tachas durante los diez días posteriores a la exhibición. Cinco días después de concluido el  período de tachas, se confeccionará el padrón definitivo. De acuerdo con los arts. 10)  y 21) del Estatuto, los cargos a cubrir en el Directorio son: presidente, secretario, tesorero, quinto y sexto vocales titulares y primero y segundo vocales suplentes y en el Tribunal de Disciplina: tres miembros titulares y tres miembros suplentes. Todos los electos durarán dos años en sus funciones. El art. 28)  del Estatuto señala que sólo podrá votarse por listas presentadas al Directorio con no menos de diez días de antelación al fijado para el acto eleccionario, las que deberán contar con las firmas de por lo menos 20 colegiados en condiciones de ser electores. El art. 30) del Estatuto establece que si solamente se presentase una lista, no se realizará el acto eleccionario, quedando automáticamente consagrada la lista presentada y oficializada.

Rafaela,  14 de agosto de 2020.

 


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NUEVO BANCO SANTA FE S.A. SUC. SUNCHALES.

NUEVO BANCO SANTA FE S.A. SUC. SUNCHALES.

PUBLICACION DE EDICTOS.

Estimados:

El Nvo. Banco de Santa Fe S.A. Suc. Sunchales informó que el  turnero web  para pago de edictos judiciales no funciona.

Para realizar dicho trámite, acercarse personalmente hasta el Banco y avisar en el hall de entrada.

Se les autorizará a pasar por Caja.

Colegio de Abogados Sede Rafaela.


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INCIDENCIA DEL CÓDIGO PARA PREVENIR DAÑOS DERIVADOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

INCIDENCIA DEL CÓDIGO PARA PREVENIR DAÑOS DERIVADOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Dra. Pamela Tolosa

La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 19 DE AGOSTO.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

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Invitación «2do Ciclo de Charlas. Seminario Sobre Justicia Penal: Cuestiones Probatorias»

2do Ciclo de Charlas sobre la «Justicia Penal y Cuestiones Probatorias». En ésta oportunidad se expondrá acerca de las Torturas en el S. XXI en la Pcial. de Buenos Aires; Modus Operandi; Roles policiales, penitenciarios y judiciales desde una perspectiva nacional e internacional.

Director: Dr. Mario Coriolano
TORTURAS: ( Lunes 7 de septiembre)
EXPOSITORES:
Norberto Liwski y Melanie Torre de CODESEDH
Stuardo Ralón Relator de Personas Privadas de Libertad  de la CIDH
Juan Mendez ex Relator contra la Tortura de la ONU
CASOS TESTIGOS. SITUACIÓN ACTUAL. EXPOSICIÓN DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA  Y ORGANIZACIONES ESPECIALIZADAS EN SU DEFENSA:  (Lunes 21 de septiembre)
EXPOSITORES
Manuel Garrido Inocence Project
Agustina LLoret CELS
Bruno Falco Defensoría de Casación.-
Se adjunta información sobre inscripciones.-

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Invitación a los Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe – VI Jornadas Nacionales de Derecho de la Salud –

El Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción Judicial, a través de su Instituto de Derecho de la Salud y Bioética y el Centro de Investigaciones de Derecho de la Salud de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario se encuentran organizando las VI Jornadas Nacionales de Derecho de la Salud (VII Jornadas Rosarinas de Derecho de la Salud) a celebrarse en forma digital los días 3 y 4 de septiembre de 2020.

 

Los ejes temáticos que se desarrollarán serán el Panorama General de la Estrategia en el Derecho de la Salud; la Gobernanza y Sistemas de salud: diversos alcances espaciales; Salud y Tecnología: ¿herramienta de igualdad o inequidad?; y la construcción de respuestas a la problemática de salud de personas y grupos en situaciones de vulnerabilidad.

 

Inscripciones en:

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfIxXq9LwDqEtUiaf_VpSnozhgSs-tEoMnCk9_bMt81kTlmTg/viewform


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CAPACITACIONES A CARGO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CAPACITACIONES A CARGO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA ZOOM

Según lo acordado en reuniones celebradas entre los Presidentes de los cinco Colegios de Abogados de la provincia y la Secretaría de Gobierno de la CSJSF, este máximo tribunal ha resuelto dar cumplimiento con la agenda de trabajo allí consensuada, llevando a cabo las siguientes capacitaciones en los temas de interés que fueran puestos de relieve por cada Colegio, los que estarán divididos en dos bloques.

Así, una primera jornada estará a cargo de la Secretaría de Informática del Poder Judicial, abordando los distintos aspectos técnicos de las temáticas en cuestión; y en un segundo encuentro, Magistrados y Funcionarios de la ciudad de Santa Fe y Rosario a través del Centro de Capacitación Judicial, tomarán los mismos tópicos desde el aspecto jurisdiccional.

Se detalla a continuación el temario dispuesto y los horarios de las reuniones:

  • Días y horas hábiles
  • Plazos judiciales. Suspensión. Reanudación. Plazo de Gracia
  • Presentación de escritos y demandas por vía electrónica
  • Domicilio procesal. Domicilio electrónico y telefónico
  • Actos de comunicación. Notificaciones procesales (electrónicas y telefónicas)
  • Actos de comunicación con otras dependencias.
  • Audiencias
  • Solicitud de turnos. Retiro de expedientes.

Fechas zona norte (Circunscripciones Santa Fe, Reconquista y Rafaela)

  • Jueves 13 de agosto 16 hs. (Secretaría de Informática)
  • Viernes 14 de agosto 16 hs. (Centro de Capacitación: Dres. Luciano Pagliano, Gabriel Abad y Pablo Gómez)

 

Estimados:
Les recordamos que jueves 13 y viernes 14 de agosto a las 16.00, la CSJSF dictará capacitaciones sobre nueva metología de trabajo, a través de la plataforma zoom.

Sugerimos a quien no haya recibido los datos de acceso a la reunión en su casilla de correo, contactarse con el Colegio de Abogados: colabrafaela@wilnet.com.ar



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IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIMIENTO

CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIMIENTO
Dr. Carlos Parellada

La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 12 DE AGOSTO.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

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Oficial de justicia subrogante en el Juzgado de Sunchales

Como resultado de las gestiones realizadas por este Colegio de Abogados, el Juzgado de Sunchales cuenta con Oficial de Justicia Subrogante, Señor Pablo Cueto.

La venta de tickets estará a su cargo, preferentemente en el horario de 7.30 a 9.30 hs.

Para consultas sobre cuestiones de su incumbencia, pone a disposición de los profesionales su número de teléfono personal: +54 9 3424 45-5129.

Las mismas serán evacuadas exclusivamente en el horario de 8 a 17 hs.


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Llamado a Concurso – Agente Fiscal DJS-

Al señor Presidente

 

         Tengo el agrado de dirigirme a Ud. por disposición del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, con el objeto de solicitarle -a título de colaboración- la difusión en el ámbito de ese Colegio de Abogados del llamado a concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo que a continuación se detallan: de Agente Fiscal del Distrito Judicial Sur, con asiento en la ciudad de Ushuaia. 

          

         A tal fin se adjunta Anexo (Edicto) de la Resolución STJ Nº 52/2020.

         Sin otro particular, y agradeciendo tenga a bien acusar recibo del presente, lo saludo con la mayor consideración.


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Código Civil y Comercial, 5 años de vigencia

Actividad NO ARANCELADA

* * Código Civil y Comercial, 5 años de vigencia * *

Un ciclo de encuentros donde destacados expositores charlarán con nosotros sobre los aspectos más relevantes de la reforma.

Se emitirá en vivo del 10 al 25 de agosto a las 17 hs en el canal de You Tube La Ley – Redacción Jurídica en el siguiente link ➡️ https://lnkd.in/d9Pcd6g


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Charla Magistral

Responsabilidad por daños generados por actos de violencia familiar.

Responsabilidad del estado.

Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci

11 de agosto 2020. 18:00 hs.

Valos $500, por Zoom.


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CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS

AMPLIACIÓN

CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS

para cubrir 1 CARGO TITULAR DE RECEPTOR DE DENUNCIAS  y

1 CARGO SUPLENTE DE RECEPTOR DE DENUNCIAS

destinados al CTD SUNCHALES

  

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias.

El receptor deberá desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD,  de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs) o vespertino (de 14 a 20 hs), por un término de 12 meses.

El cargo es rentado ($14.950.- mensuales).

La selección se encuentra a cargo del Ministerio de Seguridad.

REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Abogada/o, con matrícula vigente, inscripto en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.
• Edad entre 24 y 35 años.
• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética.
• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados.
• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, programas de gestión, etc.).
• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación.

REQUISITOS PREFERENTES:
• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración y/o atención al ciudadano.
• Inscripción en AFIP del interesado.
• Residir en la localidad del cargo para el que se postula.

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:
El postulante deberá enviar su currículum vitae en formato PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar) desde el 10/08 hasta el 14/08/2020, inclusive.

IMPORTANTE: recordar indicar la localidad para la que se postula.


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POLÍTICAS PÚBLICAS Y ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA

POLÍTICAS PÚBLICAS Y ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA

Informe analítico de políticas públicas de economía social y solidaria y sus incidencias en la gestión municipal del aglomerado Gran Santa Fe.

? Jueves 6 de agosto / 18 hs

Disertantes:
Julio Tealdo / Julio Lozeco
Universidad Nacional del Litoral (UNL)

Actividad LIBRE y GRATUITA

Inscribite aquí ?

? bit.ly/3gcm86k

¡Te esperamos!


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FIRMA DIGITAL – Ampliación del horario – Habilitación de nuevos turnos

FIRMA DIGITAL

Ampliación del horario – Habilitación de nuevos turnos

Oficiales de registro se constituirán en:

Rafaela (Cámara de Apelaciones) el día Viernes 07 de agosto de 2020 de 12:00 a 17:00 horas y

Ceres (Juzgado) el día jueves 06 de agosto de 2020, de 12:00 a 18:00 horas, para otorgar firma digital.

Solicitar TURNO WEB en http://turnos.justiciasantafe.gov.ar/index.php/

*IMPORTANTE!!!!! En Oficina*, recuerden seleccionar FIRMA DIGITAL CON TOKEN – OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO

El trámite es personal. Deberán concurrir con Token, DNI y haber COMPLETADO el formulario en https://pki.jgm.gov.ar/app/Signature/Request/Hardware/CertificateRequest.aspx


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Requisitos a tener en cuenta a los fines de optimizar el diligenciamiento de las Inexactitudes Registrales

REGISTRO GENERAL SANTA FE – Requisitos a tener en cuenta a los fines de optimizar el diligenciamiento de las Inexactitudes Registrales

Requisitos previstos para los trámites de Inexactitudes Registrales (artículo 35º de la Ley 17.801 y artículo 60º de la Ley Nº 6435) ante el Registro General, teniendo como propósito optimizar la prestación del servicio en lo referido a éstos:

  1. Presentar Minuta de Inexactitud Registral, dirigida a la Dirección, en la que se indique claramente la corrección que debe efectuarse en el asiento registral.
  2. Justificar el interés legítimo de la intervención del profesional.
  3. Acompañar soporte documental apto, esto es: a)testimonio debidamente inscripto; b) testimonio debidamente inscripto y subsanado mediante acta o nota marginal de subsanación (después de su expedición) o c) segundo o ulterior testimonio expedido al efecto, según corresponda. En éste último supuesto, con la correspondiente solicitud de colocación del sello de inscripción de Dominio en ese carácter.

En relación a éstos trámites, y teniendo en cuenta la situación excepcional de pandemia en la que nos encontramos inmersos, serán calificados con la mayor celeridad posible las solicitudes en los que se adjunten o invoquen (aclarando número y fecha) Certificados y/o Informes devueltos, o erróneamente informados, motivados en una inexactitud registral.

DIRECCIÓN GENERAL



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Renovación servicio de Thomson Reuters (La Ley – Abeledo Perrot)

INFORMACIÓN PARA COLEGIADOS

BIBLIOTECA

Publicaciones de Thomson Reuters (La Ley – Abeledo Perrot)

Estimados,

Nos resulta grato comunicarles que hemos renovado el servicio de Thomson Reuters (La Ley – Abeledo Perrot) *

Para consultas, comunicarse con Biblioteca del Colegio de Abogados (Correo electrónico: biblioteca@wilnet.com.ar – Tel. 03492-501405), Delegación de Abogados de Ceres (Correo electrónico: colabceres@outlook.com.ar – Teléfono 03491- 420386 ) o Delegación de Abogados de San Cristóbal (Correo electrónico: abogadossancristobal@gmail.com – Tel. 03408 – 420144)

Saludos cordiales.

Colegio de Abogados.

(*)

Acceso Online a:

Base de Jurisprudencia nacional y provincial completa.
Base de Jurisprudencia Premium de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Base de Doctrina de la Revista Jurídica La Ley y de la Revista Jurisprudencia Argentina (completas).
Base de Legislación, Legislación Comentada con análisis Premium y Antecedentes Parlamentarios.
Base del Nuevo Código Civil y Comercial. Código Comentado, Legislación, Doctrina y Jurisprudencia segmentada.

Soporte Proview:

Diario La Ley y Tomos Revista Jurídica | Incluye suplementos: Constitucional, Administrativo y Penal.
Boletín de Anales de Legislación y Antecedentes Parlamentarios.
Revista del Código Civil y Comercial.

Actualización y novedades:

Newsletter diario de novedades de legislación doctrina y jurisprudencia.





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Alternativas de inversión en tiempos de Pandemia

Banco Santa Fe & Delta Asset Management le están invitando a una reunión de Zoom programada.

Tema: 555219462996
Hora: 6 ago 2020 09:30 AM Buenos Aires, Georgetown

Unirse a la reunión Zoom

https://zoom.us/j/5219462996?pwd=RWZJVUF4bDZUVHlZMlVURnNrRHBXQT09

ID de reunión: 521 946 2996

Código de acceso: 18062020


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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO JUDICIAL N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres.

Sugerencias del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N°10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres a los fines de optimizar el servicio de justicia.

El Presidente de la Delegación de Abogados de Ceres, Dr. Hugo M. Parma, mantuvo una reunión con Juez y actuario del Juzgado de Distrito de esa ciudad a los fines de optimizar y perfeccionar el servicio de justicia..
A tales fines se transcriben recomendaciones del juzgado: (Ver adjunto)


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EN TIEMPOS DE CRISIS, Thomson Reuters La Ley decide compartir con los matriculados de este Colegio su biblioteca de conocimiento.

En tiempos de crisis, tenemos que estar más unidos que nunca. Con este espíritu Thomson Reuters La Ley decide compartir en forma temporal y gratuita, mientras dure el período de cuarentena obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional, las últimas ediciones de sus principales publicaciones periódicas.

http://engage.es-pt.thomsonreuters.com/AR-LEGAL-sil-landing


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Reunión FECASFE – Corte Suprema de Justicia de Santa Fe

Reunión FECASFE – Corte Suprema de Justicia de Santa Fe

TRABAJO CONJUNTO para mejorar el servicio de justicia.

♦️ Temas y problemáticas analizadas:

◾ Sistema de turnos,

◾ Límite de 3 MB para demandas,

◾ Notificaciones electrónicas,

◾ Disparidad de criterios de los juzgados,

◾ Firma digital,

◾ Capacitaciones en relación a la nueva metodología de trabajo.

>>>> Próxima reunión: 2 de septiembre.


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Firma de convenio entre Secretaría de DDHH y diversidad y Colegios de abogados de la provincia

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El presidente del Colegio de Abogados 5ta. Circunscripción, Abog. Enrique C. Soffietti Berger, junto a sus pares de la provincia, Andrés Abramovich, Carlos Ensinck, Alberto Turcato y Julio Pagano, firmaron con la Secretaria de DDHH y Diversidad de la provincia. Dra. Lucila Puyol, un convenio de cooperación que prevé generar un vínculo entre la secretaría y las instituciones colegiadas a efectos de contribuír en la promoción, proteccion, investigación, apoyo y seguimiento en causas por delitos de lesa humanidad, como así también la promoción en prácticas profesionales, capacitaciones y formación en DDHH y diversidad.


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«El Código Civil y Comercial en Acción, un Futuro a Construir»

CONFERENCIA #GRATUITA EN VIVO

5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

«El Código Civil y Comercial en Acción, un Futuro a Construir»

Conferencistas: RICARDO L. LORENZETTI, AÍDA KEMELMAJER DE CARLUCCI Y FEDERICO DE LORENZO

La conferencia será el 3 de agosto a las 18 hs.

Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/306SXf8 (copiá el link en tu navegador)
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– Actividad gratuita
– Cupos limitados
– Se requiere inscripción previa

#CódigoCivilyComercial #5toAniversarioCCyC #Ley26994 #DerechoPrivado #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal #Lorenzetti #Kemelmajer #DeLorenzo #DoctrinaDigital


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RECOMENDACIONES del Juzgado Primera Instancia Laboral 1era Nominación de Rafaela

Convenios transaccionales.RECOMENDACIONES del Juzgado Primera Instancia Laboral 1era Nominación de Rafaela.

Dr. Enrique Soffietti
Presidencia Colegio de Abogados Rafaela
S/D
Rafaela, 29 de julio de 2020
De mi consideración:

Por medio del presente y continuando con las sugerencias en temas de práctica profesional en el especial contexto que nos encontramos, se recomienda que los convenios transaccionales en el Juzgado Laboral 1 sean presentados en soporte papel previo turno, a los fines de favorecer el posterior reconocimiento de la firma por parte del actor.

En forma alternativa, se acepta la presentación del acuerdo por medio digital (correo electrónico), para luego acompañar el original al mismo momento del reconocimiento en el mismo turno que se saca para ratificar.

Agradeceré difusión de la sugerencia.

Atentamente.

Lucas Marín – Juez Juzgado Primera Instancia Laboral 1era Nominación Rafaela.-


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Nuevas autoridades de la Delegación del Colegio de Abogados de la V Circunscripción Judicial del Departamento San Cristóbal

Nuevas autoridades de la Delegación del Colegio de Abogados de la V Circunscripción Judicial del Departamento San Cristóbal asumieron el pasado 21 de julio.

PRESIDENTE: Dr. Raúl Pena.

VICEPRESIDENTE: Dra. Viviana Schiavi.

SECRETARIA: Dra. Mónica Carrizo.

PRO- SECRETARIA: Dra. Liliana Espeche.

TESORERA: Dra. Lorena Luna.

PRO-TESORERO: Dra. Flavia Burella.

1º VOCAL TITULAR: Dr. Joaquín Strada.

2º VOCAL TITULAR: Dra. María Virginia Gianoli.

3º VOCAL TITULAR: Dra. María José Viotti.

1º VOCAL SUPLENTE: Dr. Ricardo García.

2º VOCAL SUPLENTE: Dra. Lorena Rossi.

3º VOCAL SUPLENTE: Dra. Dina Goldin.



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Congreso de Institutos de Derecho de Familia de Colegios de Abogados: “El Derecho en la Pos-pandemia.”

Buenos Aires, 20 de julio de 2020

Sr. Presidente

Colegio de Abogados de Rafaela

S/D

De nuestra mayor consideración:

Con el fin de analizar las necesidades de los profesionales de la abogacía en el ejercicio del derecho en las actuales circunstancias de emergencia sanitaria y de proyectar el nuevo derecho aplicable invitamos a los abogados del área de Derecho de Familia de la entidad que Usted dirige a participar en el Congreso de Institutos de Derecho de Familia de Colegios de Abogados: “El Derecho en la Pos-pandemia.”

El objetivo del Congreso es que el derecho vivo que se produce desde el ejercicio de la práctica profesional sea complementado con la visión académica. Presidirá el Congreso el Director del Instituto de Derecho de Familia del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Dr. Marcos M. Córdoba, quien es profesor titular de Derecho de Familia y Sucesiones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Abierta Interamericana. Será Vice-presidenta del Congreso, la Dra. Noelia Ruiz, Directora del Consejo Académico del Seminario Permanente de Investigación del Derecho de la Persona Humana, Familia y Sucesiones del Instituto Ambrosio L. Gioja, de la Universidad de Buenos Aires. La Presidenta del Consejo Académico del Congreso será la Dra. Adriana Guglielmino, también profesora de ambas instituciones y la Vice-presidentas serán las Dras. Karina Ripodas y María Florencia Puentes.

Ya han aceptado nuestra invitación destacados profesionales de Derecho de Familia de Colegios de Abogados de la Argentina.

El encuentro tendrá lugar los días 2 y 3 de septiembre de 2020, en modalidad a virtual en la plataforma Blackboard Collaborate, que es de fácil acceso. Solamente se requiere que el expositor cuente con buena señal de Internet, una computadora personal con cámara y micrófono. También puede hacerse desde su teléfono celular. Las exposiciones deberán ser entre 10 y 15 minutos, cada una.

En caso de aceptar nuestra invitación, los miembros de su Colegio contarán con un tiempo de exposición de 40 minutos para exponer sobre las temáticas que sean de su interés. Para poder realizar la difusión de la actividad, agradeceremos nos haga llegar el nombre y el tema de exposición de los disertantes.

Será un honor contar con expositores de su Colegio de Abogados.

Alejandro Laje

Vice-decano

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

Universidad Abierta Interamericana

Solicitamos a los profesionales que se desempeñen en el área de Derecho de Familia y deseen participar en la propuesta, se comuniquen con el Colegio -antes del 05 de agosto- a los fines de elevar sus nombres y contactos a la Facultad.


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CONCURSO MUNICIPALIDAD DE RAFAELA

CONCURSO MUNICIPALIDAD DE RAFAELA

Cotización de Precios para la contratación del Servicio de Auditoría Externa según las especificaciones de los Pliegos Anexos que se adjuntan.

La Municipalidad es sujeto exento frente al IVA, por lo tanto los precios deberán contener todos los impuestos que correspondan.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar las ofertas que no resulten convenientes a sus intereses.

Las propuestas se recepcionarán en sobre cerrado únicamente en la Dirección de Compras – Moreno 8 – 2º piso – hasta el día lunes 03 de agosto de 2020 a las 09:00 (nueve) horas, el sobre con la siguiente inscripción: Cotización de Precios 125/20 – Servicio de Auditoría Externo – Municipalidad de Rafaela, momento en que se llevará a cabo su apertura en el Salón Verde – 3º Piso.

Los oferentes que no concurran a la apertura de sobres podrán conocer las demás ofertas a partir del primer día hábil posterior al acto, en la oficina de la Dirección de Compras (2º piso)


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Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición: Nº 172 y Nº 173

Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición:

*Concurso Nº 172
Un (1) cargo de Fiscal del Caso para el Ministerio Público Fiscal de la III Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Zapala (Categoría MF4)

*Concurso Nº 173
Un (1) cargo de Defensor de Circunscripción para el equipo operativo N°1 de la Unidad Operativa del Ministerio Público de la Defensa de la I Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Neuquén (Categoría MF2)


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LA MEDIACIÓN ESCOLAR

Estimados alumnos y colegas, queremos invitarlos a participar de nuestra próxima charla online gratuita que dictaremos el >>> viernes 31 de julio a las 19:00 (Argentina) <<< sobre "Mediación escolar" y su situación actual en la Argentina. Expone Mgs. Antonio Tula y en esta oportunidad nos acompañará la Mgst. Emilia de los Ángeles Ortuño Muñoz, una mediadora con amplia trayectoria y especialista en Mediación escolar. Para participar de la charla deben inscribirse en el siguiente link: https://forms.gle/H6kCUyJaZk1zg3o16 Los datos para ingresar a la misma serán enviados por mail, por lo que rogamos revisar la carpeta de Spam o Correo no deseado Visitar REDES ALTERNATIVAS en: http://redesalternativas.ning.com/?xg_source=msg_mes_network


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FIRMA DIGITAL – TURNOS

Oficiales de registro se constituirán en:

Rafaela (Cámara de Apelaciones) el día Viernes 07 de agosto de 2020 de 13:30 a 17:00 horas y

Ceres (Juzgado) el día jueves 06 de agosto de 2020, de 12:00 a 16:00 horas, para otorgar firma digital.

Solicitar TURNO WEB en http://turnos.justiciasantafe.gov.ar/index.php/

*IMPORTANTE!!!!! En Oficina*, recuerden seleccionar FIRMA DIGITAL CON TOKEN – OBTENCION DEL CERTIFICADO

El trámite es personal. Deberán concurrir con Token, DNI y haber COMPLETADO el formulario en https://pki.jgm.gov.ar/app/Signature/Request/Hardware/CertificateRequest.aspx


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El Código Civil y Comercial en acción. Su implementación a cinco años de la entrada en vigencia

Se realizará la conferencia online «El Código Civil y Comercial en acción. Su implementación a cinco años de la entrada en vigencia», a cargo de Ricardo Lorenzetti.

Será el martes 28 de julio a las 18, a través de la plataforma Zoom.

En el marco de las Especializaciones en Derecho de la Empresa, Derecho de Daños y Derecho Ambiental y Tutela del Patrimonio Cultural y es organizado por la Secretaría de Posgrado y el Instituto de Derecho Civil.

Quienes deseen participar deberán completar un formulario de inscripción ingresando aquí: https://forms.gle/tWjfbmbMUhoAjcfPA

Luego, un día antes de la Conferencia, recibirán los datos de acceso a la reunión en su cuenta de correo electrónico.

Más información sobre la actividad: https://www.fcjs.unl.edu.ar/ver-noticia/?nid=46033

Informes
Secretaría de Posgrado | FCJS – UNL
posgrado@fcjs.unl.edu.ar


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Circular Nro. 100/2020

A partir del 27 de julio próximo, en todos los Juzgados de 1° Instancia de la provincia, las comunicaciones referidas a inscripciones y anotaciones de procesos sucesorios y procesos laborales entre Juzgados de Primera Instancia de Distrito y Registros de Procesos Universales y de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales de Santa Fe y Rosario se realizarán en forma exclusiva a través de correo electrónico oficial con firma digital.

Circular Nro. 100/2020:»Comunicaciones entre Juzg. de 1era. Inst. de Distrito de todos los Distritos Judiciales y los Registros de Procesos Universales de Santa Fe y Rosario, mediante correo electrónico oficial con Firma Digital»

RESUELVE: I.- Disponer que a partir del 27 de julio de 2020, las comunicaciones referidas a inscripciones y anotaciones de procesos sucesorios y procesos laborales entre Juzgados de Primera Instancia de Distrito con competencia Civil y Comercial; Civil, Comercial y Laboral; y Laboral de todos los Distritos Judiciales; y los Registros de Procesos Universales de Santa Fe y Rosario, se realicen en forma exclusiva a través de correo electrónico oficial con Firma Digital, mediante la modalidad establecida en el Instructivo que forma parte de la Presente. II.- Tener presente las consideraciones y excepciones aquí estipuladas. III.- Dar la debida intervención a la Secretaría de Informática para que en forma conjunta con el Área de Auditoría de Gestión lleven a cabo las tareas necesarias para la efectiva ejecución de lo aquí dispuesto. IV.- Hacer saber a la Dirección General de Administración, a sus efectos. V.- Librar las comunicaciones pertinentes a los órganos con competencia en la materia. VI.- Poner en conocimiento de los encargados de la página web para su difusión y publicación. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Cuerpo. FDO. BORDAS (SECRETARIO) ESQUIVEL (PROSECRETARIO).

Texto completo en http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6447






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F.A.C.A Resolución: Creación de comisión Derecho del Trabajo

La Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, RESUELVE:
1.- Crear la Comisión de Derecho del Trabajo Individual y Colectivo.
2.- Notificar a los Colegios, Consejos y Asociaciones de Abogados federados, e instar la designación de delegados y delegadas para su integración.

(Ver adjunto).




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Posgrados 2020: inicia dictado de carreras – Inscripciones abiertas

La Secretaría de Posgrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS) de la UNL informa que en el mes de agosto próximo iniciarán dos de las especializaciones previstas para el segundo cuatrimestre de 2020.

Las inscripciones están abiertas y las consultas se reciben escribiendo al e-mail inscripcionposgrado@fcjs.unl.edu.ar

– ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO SUCESORIO
Inicia el viernes 7 de agosto de 2020.
El cursado comenzará en la modalidad virtual hasta tanto pueda retomarse la presencialidad.
Inscripciones abiertas ingresando aquí: https://www.fcjs.unl.edu.ar/dsuc/inscripcion/

–> Charla informativa sobre la Especialización en Derecho de la Empresa: Viernes 31 de julio, a las 18, por la plataforma Zoom. Para asistir será necesario completar una inscripción online: https://docs.google.com/forms/u/1/d/1ym5N_xX0PbV4RtnH4_2BHA0MQaiihhKCQ5GuqI-kp8E/edit?usp=sharing

Informes
Secretaría de Posgrado | FCJS
E-mail: inscripcionposgrado@fcjs.unl.edu.ar


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Posgrados 2020: inicia dictado de carreras – Inscripciones abiertas

La Secretaría de Posgrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS) de la UNL informa que en el mes de agosto próximo iniciarán dos (2) de las especializaciones previstas para el segundo cuatrimestre de 2020.

Las inscripciones están abiertas y las consultas se reciben escribiendo al e-mail inscripcionposgrado@fcjs.unl.edu.ar

– ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LA EMPRESA
Inicia el JUEVES 13 de agosto de 2020.
El cursado comenzará en la modalidad virtual hasta tanto pueda retomarse la presencialidad.
Inscripciones abiertas ingresando aquí: https://www.fcjs.unl.edu.ar/demp/inscripcion/

–> Charla informativa sobre la Especialización en Derecho de la Empresa: Viernes 31 de julio, a las 18, por la plataforma Zoom. Para asistir será necesario completar una inscripción online:
https://docs.google.com/forms/u/1/d/1ym5N_xX0PbV4RtnH4_2BHA0MQaiihhKCQ5GuqI-kp8E/edit?usp=sharing

Informes
Secretaría de Posgrado | FCJS
E-mail: inscripcionposgrado@fcjs.unl.edu.ar


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Tutela preventiva contractual. Suspensión y renegociación del contrato. Soluciones posibles ante la emergencia por la Pandemia COVID-19

YA ESTÁ DISPONIBLE LA CONFERENCIA #GRATUITA DEL DR. JORGE MARIO GALDÓS

«TUTELA PREVENTIVA CONTRACTUAL. SUSPENSIÓN Y RENEGOCIACIÓN DEL CONTRATO. SOLUCIONES POSIBLES ANTE LA EMERGENCIA POR LA PANDEMIA COVID-19»

Mirá la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/3fC2sIv (copia el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal #Galdos



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REUNIÓN FECASFE – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SANTA FE

La Federación de Colegios de Abogacía de la Provincia de Santa Fe, representada por los Dres. Andrés Abramovich, Carlos Ensinck, Alberto Turcato, Julio Pagano y Enrique Soffietti, fue recibida por los Ministros de la Corte Suprema Provincial, Dres. Rafael Gutierrez, Daniel Erbetta, Mario Netri, María Angélica Gastaldi, Roberto Falistocco, Eduardo Spuler, el Procurador General Dr. Jorge Barraguirre y el Secretario de Gobierno Dr. Eduardo Bordas.

En dicho encuentro se abordó la situación actual que atraviesa el servicio de justicia en cada circunscripción, planteándose entre otras problemáticas: la diversidad de criterios en los distintos fueros, sistema informático y de turnos, presentación de escritos vía correo electrónico, firma electrónica y digital, entre otros.

El encuentro fue muy positivo, acordándose trabajar de manera colaborativa, conjunta, coordinada y sostenida en el tiempo en pos de mejorar el servicio de justicia y la actividad profesional.

FESCAFE celebra el diálogo institucional y se compromete a continuar trabajando en defensa de la abogacía santafesina.


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Cancelación de turnos (SISFE)

Se informa que desde esta semana se podrán cancelar aquellos turnos obtenidos en el SISFE que no se utilicen.

La opción se encuentra disponible en el correo electrónico que envía el sistema para comunicar la confirmación del turno, bajo la leyenda: «Podrá cancelar este turno ingresando a la siguiente dirección:

http://turnos.justiciasantafe.gov.ar/index.php/TurnosWeb/cancelacion?code=MzU1NTE4»

Todos sabemos que el sistema de turnos es una opción válida para acceder al expediente físico o realizar trámites en formato papel, pero es limitada. Por lo que solicitamos se haga en forma responsable y en caso de solucionar su necesidad por otra vía o verse imposibilitado de asistir, cancelar el turno para que otro colega pueda contar con inmediatez para realizar el trámite.

Muchas gracias por colaborar.


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Llamado a Concurso

Llamado a Concurso Público de Oposición, Antecedentes y Entrevista Personal para la cobertura de los siguientes cargos:
– Dos (2) cargos de Jueces de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Primera y Cuarta Nominación de Santa Fe – Circunscripción Judicial Nº 1;
– Un (1) cargo de Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela – Circunscripción Judicial Nº 5;
– Cinco (5) cargos de Jueces Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista y Rafaela – Circunscripciones Judiciales Nº 4 y Nº 5.

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.

(Ver adjuntos a continuación)


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LA PARTE GENERAL EN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

YA ESTÁ DISPONIBLE LA CONFERENCIA #GRATUITA DEL DR. EDGARDO I. SAUX

LA PARTE GENERAL EN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

Mirá la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp (copiá el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#CódigoCivilyComercial #5toAniversarioCCyC #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal


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EL PROCEDIMIENTO DE TRASPLANTE DE ÚTERO Y SU VINCULACIÓN CON LAS TRHA

YA ESTÁ DISPONIBLE LA CONFERENCIA #GRATUITA DE LA DRA. AYELÉN ZUCCARINI
EL PROCEDIMIENTO DE TRASPLANTE DE ÚTERO Y SU VINCULACIÓN CON LAS TRHA

Mirá la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2MEXL3R (copia el link en tu navegador)

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

#Familia #Matrimonio #RégimenPatrimonialDelMatrimonio #UnionesConvivenciales #Filiación #THRA #Adopción #Parentesco #ResponsabilidadParental #ProcesosDeFamilia #Pluriparentalidad #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal


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TRATAMIENTO DE CASOS DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL

TRATAMIENTO DE CASOS DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL

Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA)

Invitan a los matriculados y las matriculadas para que participen de la reunión, que se llevará a cabo mediante la plataforma ZOOM.

Tema: comisión de DDHH y Defensa
Hora: 23 jul 2020 17:00 Buenos Aires, Georgetown

Cada 2 semanas los días Jueves
23 jul 2020 a las 17:00 hs.
6 ago 2020 a las 17:00 hs.
20 ago 2020 a las 17:00 hs.

Por favor, descargue e importe los siguientes archivos del iCalendar (.ics) a su sistema de calendario.
Semanal: https://us02web.zoom.us/meeting/tZ0pdOugqTMpG9x5MXG2eV2mqHNWyXsUAjpv/ics?icsToken=98tyKuGhqjgoEtOdsxiPRpx5BojCa_zwtlxejfpFyTLdJHJWVFH7J8psBatHA-3x

Unirse a la reunión Zoom
https://us02web.zoom.us/j/89432878318?pwd=d1RwRk0rdWFBeUpwYklWV08rYTRQUT09
ID de reunión: 894 3287 8318
Contraseña: 456603


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“Curso Unificado de Elementos Comunes al Derecho Internacional Público y al Derecho de la Integración”

“Curso Unificado de Elementos Comunes al Derecho Internacional Público y al Derecho de la Integración”

Facultad de Derecho de la UBA.

Valor hora del curso: $420 para los graduados UBA, de otras universidades es de $510, y los graduados provenientes de universidades extranjeras es de U$s 30.

Requisito: título de abogado.

Quienes deseen inscribirse en la modalidad on-line, deberán comunicarse con Debora a cursosadistancia@derecho.uba.ar y quienes deseen hacerlo bajo la modalidad presencial, deben comunicarse con Karina a posgrado@derecho.uba.ar .

Se adjunta el programa y flyer con toda la información del curso.

 



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¿Medida «autosatisfactiva» y anticipo de tutela o cautelar innovativa?

Inscribite a la charla gratuita del Dr. Roland Arazi.
«¿Medida «autosatisfactiva» y anticipo de tutela o cautelar innovativa?»
Día 29 de julio a las 18 hs.

Pre – inscribirte a la conferencia Gratuita:
http://www.rubinzal.com.ar/media/formulario_auto.php?poderjud=9a34987639b85d3abd48ed0b54ca2dbe&curso=2346
(Copia en tu navegador).

En tiempos de aislamiento Rubinzal Culzoni te permite acceder gratis a charlas dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacitate.

#GRATUITA #RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal #Arazi


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Juró médico forense para los Tribunales de Rafaela.

El pasado 15 de julio prestó juramento el médico forense para los Tribunales de Rafaela, Dr. Patricio Ortega, y ya se encuentra en funciones.

El cargo se encontraba vacante desde la jubilación del Dr. Rodolfo P. Arancibia.

Finalizado el concurso dispuesto para la cobertura del cargo, el Dr. Patricio Ortega fue designado en su reemplazo.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5669

Acta acuerdo de la Corte. Propuesta al Ejecutivo (10/12/2019)

http://www.justiciasantafe.gov.ar/CONCURSOS%20VIVI-LUIS/VG%20-%202019/11.12.19/PROVISIONMEDICOFORENSERAFAELA.pdf




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DISCAPACIDAD Y DERECHOS

Facultad de Derecho UBA

DISCAPACIDAD Y DERECHOS
«Protección familiar de la persona con discapacidad».

Disertante Juan Antonio Seda

Se realizará en vivo por instagram el día:
22 de julio a las 17:00 horas @DISCAPACIDAD_Y_DERECHOS


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PREVENCIÓN DEL DAÑO EN LA ORBITA EXTRACONTRACTUAL

Ciclo de Conferencias #GRATUITAS

¡Ya está disponible la conferencia gratuita del Dr. Jorge Galdós.
«La prevención del daño en la órbita extracontractual. Generalidades»
Tutela preventiva en la pandemia del covid-19. Orbitas extracontractual y contractual.

Pre – inscribirte a la conferencia Gratuita:
http://www.rubinzal.com.ar/media/formulario_auto.php?poderjud=9a34987639b85d3abd48ed0b54ca2dbe&curso=2342
(Copia en tu navegador).

En tiempos de aislamiento Rubinzal Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacitate.

#RubinzalCulzoni #DoctrinaJurídica #CapacitateConRubinzal #Galdos


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Contratos Internacionales: Jurisdicción y Derecho Aplicable.

Ciclo de Conferencias #GRATUITAS

5° Aniversario del Código Civil y Comercial.

Contratos Internacionales: Jurisdicción y Derecho Aplicable.

Dra. Adriana Dreyzin de Klor

Ya está disponible.

Pre – inscribirte a la conferencia Gratuita

https://bit.ly/2LpHHCp

Copia Link en tu navegador

En tiempos de aislamiento Rubinzal Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacitate.

#Codigocivilycomercial #5toaniversarioCCyC #Ley26994 #DerechoPrivado #Contratos #contratosinternacionales #jurisdicción #Derechoaplicable #Ordenpublico #RubinzalCulzoni #DoctrinaJuridica #CapacitateconRubinzal

 


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Los Casos de fertilización post Morten en Argentina.

Ya está disponible la Conferencia #Gratuita de la Dra Natalia de La Torre.

Mira la Conferencia Gratuita aquí.

https://bit.ly/2MEXL3R

(Copia en tu navegador).

En tiempos de aislamiento Rubinzal Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacitate.

#familia #matrimonio #pluriparentalidad #rubinzalculzoni #regimenpatrimonialdelmatrimonio #unionesconvivenciales #filiacion #THRA #adopcion #parentesco #responsabilidadparental #doctrinajuridica #capacitateconrubinzal #procesosdefamilia

 

 




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Ciclo de charlas: Democracia, Constitución y Derechos Humanos en tiempos de pandemia

Martes 14 de julio de 2020, se llevará a cabo el cuarto encuentro del ciclo de charlas «Democracia, Constitución y Derechos Humanos en tiempos de pandemia», con la participación de Marcelo Alegre (UBA), Martín Farrell (UBA – San Andrés) y Florencia Saulino (UDESA – NYU).

El ciclo es organizado por la Cátedra Abierta Carlos Nino, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL.

La actividad de este martes contará con las tres disertaciones de los mencionados docentes, las cuales se detallan a continuación:

– Dr. Martín Farrell | Tema: Cinturones de seguridad: tomando en serio al artículo 19.
– Dr. Alegre Marcelo | Tema: La autonomía reproductiva y la Constitución.
– Dra. Florencia Saulino | Tema: Correr o no correr: aplicando el artículo 19.

El encuentro iniciará a las 17 y se realizará a través de la plataforma Zoom. Quienes deseen participar deberán acceder utilizando la siguiente información:

* ID de la reunión: 966 0053 2586

 

La propuesta es gratuita, abierta a todo público y no requiere inscripción previa.

 





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Circular Nro. 86/2020.- Vistas y traslados desde los juzgados hacia el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe

Circular Nro. 86/2020.-

 

Santa Fe, 8 de julio de 2020.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

 

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 7.7.2020, Acta N° 21, punto 3, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GOBIERNO DE FECHA 6.7.2020 REF.: VISTAS O TRASLADOS QUE SE EFECTÚEN DESDE LOS JUZGADOS O TRIBUNALES HACIA EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE. El señor Secretario de Gobierno del Cuerpo, Dr. Eduardo Marcos Pedro Bordas informa que en fecha 6.7.2020 dictó la siguiente Resolución: “… VISTAS: las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que como consecuencia del nuevo escenario de trabajo establecido en todos los órganos de administración, producto de la crisis pandémica que golpea al mundo, se ha generado un constante replanteo de ideas y sistemas de gestión tendentes a contener y enfrentar de la mejor manera posible la nueva lógica de pensamiento que la realidad nos impone, como en el caso es requerida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe. Que este contexto, y más allá de lo desafortunado del momento que nos toca vivir, ha servido para potenciar y acelerar la puesta en marcha de varios proyectos e implementaciones que, si bien eran parte de un plan de desarrollo progresivo, se vieron precipitadas a una inminente puesta en marcha en pos de continuar brindando un adecuado servicio de justicia. Que otra muestra de ello, es la nueva modalidad de trabajo traída aquí a consideración, mediante la cual se interactuará con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe a los fines de evacuar las vistas y traslados con dicho organismo a través del uso de la firma digital. Así, el actual proceso de trabajo que implica el traslado físico de expedientes hasta el Consejo para su contralor, una vez efectuada la respectiva regulación de honorarios a los profesionales de ciencias económicas, se verá simplificado mediante la utilización de correos electrónicos con firma digital por parte de funcionarios de ambos organismos. De este modo, las denominadas “vistas” se materializarán en formato digital, con la seguridad que brinda la herramienta informática dispuesta, ahorrando ingentes cantidades de tiempo y logrando una sustancial reducción de tareas para todos los operadores del servicio. Asimismo, los funcionarios del órgano revisor, contarán con la posibilidad de visualizar las actuaciones en las que deban expedirse mediante el sistema de autoconsulta web de este Poder Judicial, donde encuentran digitalizado el expediente de trámite, sin necesidad de trabajar con el formato papel y su consecuente manipulación. Por consiguiente, una vez efectuada la justipreciación de los honorarios por parte del Juzgado o Tribunal, o en la oportunidad que sea necesaria, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas evacuará la vista o traslado que se le corra a través de la utilización de correos electrónicos con firma digital de los funcionarios designados, dejando subsistente el actual sistema de traslado material de las actuaciones para aquellos excepcionales casos que sea estrictamente necesario y ante la imposibilidad de llevarse a cabo la metodología aquí descripta. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: 1) Disponer que las vistas o traslados que se efectúen desde los Juzgados o Tribunales hacia el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, se materialicen a través de correo electrónico con firma digital del Magistrado o Funcionario a cargo del órgano jurisdiccional, hacia la cuenta de correo denominada tramites-tribunales@cpn.org.ar en el caso de las Circunscripciones Nro. 1, 4, y 5; y hacia tribunales@cpcesfe2.org.ar en el caso de las Circunscripciones Nro. 2 y 3. 2) Establecer que una vez evacuado el respectivo informe o dictamen por parte del Consejo, el mismo será remitido a la casilla de correo oficial desde la cual fue requerido, con la firma digital del funcionario a cargo del referido órgano. 3) Hacer saber que para aquellos casos excepcionales en los que, por imposibilidades técnicas o materiales, la metodología de trabajo aquí dispuesta no pueda llevarse a cabo, se continuará con la remisión física del expediente papel al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Primera Circunscripción Judicial. 4) Hacer saber que el presente decisorio será operativo a partir del 13.7.20. 5) Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. 6) Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo. FDO. BORDAS (SECRETARIO) ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo.

 

FDO.: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

Saludo a Ud. atentamente.

 

                                               Dr. Eduardo Bordas

                                               Secretario de Gobierno






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CESE DE RECESO ADMINISTRATIVO EN LA CIUDAD DE CERES, EN EL MARCO DE LO ACTUADO POR EL COVID-19 Circular nro. 85.

Circular Nro. 85/20.

 

Santa Fe, 6 de julio de 2020

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia:

“Santa Fe, 6 de julio de 2020. «SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA MUNDIAL GENERADA A RAÍZ DE LA ENFERMEDAD COVID-19 (CORONAVIRUS). VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020; y, CONSIDERANDO: Que el pasado 19 de junio del corriente se confirmaron en la ciudad de Ceres, Departamento San Cristóbal, varios casos positivos de coronavirus Covid-19; hecho que motivó el dictado de la Resolución Ministerial Nro. 167/20 por parte del Poder Ejecutivo Provincial. Que, en dicha decisión, la Administración Central dispuso, entre otras medidas, declarar a partir de la referida fecha en cuarentena sanitaria a la Ciudad de Ceres; suspender, dentro del ámbito de la citada localidad y con carácter preventivo, las excepciones al «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y la prohibición de circular que se habilitaran por los Decretos Nros. 0367/20, 0382/20, 0393/20, 0414/20, 0436/20, 0446/20, 0449/20, 0455/20 y 0456/20 artículo 2° del Poder Ejecutivo y demás legislación dictada en idéntico sentido, hasta tanto la autoridad sanitaria aconseje lo contrario; e instó a la población de la ciudad a permanecer en sus domicilios respetando el «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y la prohibición de circular mientras dure la medida dispuesta, limitando sus desplazamientos a los estrictamente necesarios. Que, por consiguiente, y de conformidad al criterio oportunamente adoptado por esta Corte de alinear sus decisiones en virtud de las medidas que adopten los organismos nacionales y provinciales en relación a la contención de la pandemia que enfrentamos, se dispuso por Resolución de Presidencia Nro. 597 de fecha 22.6.20 el receso administrativo en todo el ámbito de la localidad de Ceres, desde el 22 de junio de 2020 y hasta tanto las autoridades sanitarias competentes, por medio del Poder Ejecutivo Provincial, recomienden su reanudación. Que dicha decisión implicó, entre otras medidas, retrotraer las condiciones de prestación del servicio a un esquema de trabajo direccionado a cuestiones de urgente despacho y que por su naturaleza no podían ser susceptibles de espera o reprogramación, suspendiendo a su vez los plazos procesales y la celebración de audiencias. Asimismo, se dio continuidad a la factibilidad con que cuentan todos los profesionales de la provincia, de presentar sus escritos o demandas por vía digital a los correos electrónicos de las unidades jurisdiccionales de dicha sede. Que el pasado 3.7.20 el Ministerio de Gestión Pública de la provincia, mediante Resolución Nro. 194/20 dispuso en su ARTÍCULO 1° lo siguiente: “A partir del dictado del presente decreto cobrarán plena vigencia en el ámbito de la ciudad de Ceres, Departamento San Cristóbal, las excepciones al «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y la prohibición de circular que durante su vigencia se dispusieran por los Decretos Nros. 0367/20, 0382/20, 0393/20, 0414/20, 0436/20, 0446/20, 0449/20, 0455/20 y 0456/20 artículo 2° de éste Poder Ejecutivo; quedando en consecuencia habilitadas, con las condiciones establecidas en los mismos en cada caso, las siguientes actividades:

1.comercio minorista de venta de mercaderías,

2. actividad industrial,

3.obras privadas,

4. actividades de cobranza a domicilio,

5. talleres mecánicos, lavaderos y servicios de mantenimiento y reparación de automóviles y motovehículos,

6. ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros debidamente matriculados e inscriptos

7.actividad inmobiliaria

8. mudanzas

9. servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología,

10.actividades de las Asociaciones y Agencias para el Desarrollo o entidades de similar objeto, 11.Actividad aseguradora,

12. Permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social — Lotería de Santa Fe, 13.Salidas breves para caminatas de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, 14. actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, las que en ningún caso podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas,

15.Sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas,

16. Actividad de locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados), exclusivamente con la modalidad «para llevar» (también llamada «take away»)”. Que así las cosas, y ante el nuevo escenario planteado, se estima prudente adoptar las medidas de gobierno necesarias para reconducir la prestación del servicio de justicia en la referida localidad, de conformidad al esquema de trabajo puesto en marcha por esta Corte mediante Acta Acuerdo Nro. 14, Punto 1 del 13.5.20, y que se encontraba vigente en la localidad de Ceres hasta el dictado de la Resolución Ministerial Nro. 167/20 por parte del Poder Ejecutivo Provincial. Que, en razón de ello, esta Presidencia de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la ley 10.160 (t.o según decreto N° 49/98).

RESUELVE: I. Disponer el cese del receso administrativo en todo el ámbito de la localidad de Ceres, como así también la rehabilitación de los plazos procesales y la celebración de audiencias a partir del 7.7.20. II. Disponer la reanudación de la actividad judicial en dicha sede, de conformidad a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia mediante Acta Acuerdo Nro. 14, Punto 1 del 13.5.20. III. Instruir a la Secretaría de Gobierno a los fines de que adopte las medidas necesarias y que crea corresponder en orden a resolver las situaciones que se presenten en relación al tema. IV. Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren. V. Hacer saber lo aquí dispuesto al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo de la Provincia a través de las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados, al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. VI.- Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. FDO. GUTIÉRREZ. (PRESIDENTE). BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO)».

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno.



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Conversatorio virtual sobre la Nueva Ley de Alquileres

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe te invita al

Conversatorio virtual sobre la Nueva Ley de Alquileres

promulgada recientemente (Ley N° 27.551)

Martes 7 de julio / 18:30 hs.

La actividad es ABIERTA a todo público y GRATUITA a través de Zoom,

sin inscripción previa.

Para participar, ingresá directamente aquí:

https://bit.ly/3iqplk1

ID reunión: 981 7220 7573


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AMPLIACIÓN PERÍODO DE CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS para cubrir CARGO DE RECEPTOR DE DENUNCIAS CTD de FRONTERA (1 cargo TITULAR y 1 cargo SUPLENTE)  CTD de SUNCHALES (1 cargo TITULAR  y 1 cargo SUPLENTE)

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias.

 

El receptor deberá desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD,  de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs) o vespertino (de 14 a 20 hs), por un término de 12 meses.

El cargo es rentado.

La selección se encuentra a cargo del Ministerio de Seguridad.

REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Abogada/o, con matrícula vigente, inscriptos en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.
• Edad entre 24 y 35 años.
• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética.
• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados.
• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, programas de gestión, etc.).
• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación.

REQUISITOS PREFERENTES:
• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración y/o atención al ciudadano.
• Inscripción en AFIP del interesado.
• Residir en la localidad del cargo para el que se postula.

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:
El postulante deberá enviar su currículum vitae en formato PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar), desde el 22/06 hasta el 13/07/2020

IMPORTANTE: recordar indicar la localidad para la que se postula.

 


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LOS PACTOS DE HERENCIA FUTURA Dra. Mariana Iglesias – Ciclo de Conferencias #GRATUITAS 5° Aniversario del Código Civil y Comercial.

Ciclo de Conferencias #GRATUITAS

5° Aniversario del Código Civil y Comercial.

LOS PACTOS DE HERENCIA FUTURA

Dra. Mariana Iglesias

La conferencia quedará disponible a partir de las 8hs del 08 de julio.

Pre – inscribirte a la conferencia Gratuita

https://bit.ly/2LpHHCp

Copia Link en tu navegador

En tiempos de aislamiento Rubinzal Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacitate.

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Día nacional del abogado víctima del terrorismo de Estado.

Acto Virtual  a realizarse el  próximo 6 de julio, a las 18 horas, en conmemoración al Día Nacional del Abogado Victima del Terrorismo de Estado,  en memoria de las y los colegas detenidos, perseguidos, desaparecidos o asesinados durante la última dictadura cívico-militar.
  
 La fecha fue fijada por nuestra Federación en marzo de 2004,  en recuerdo a la denominada “Noche de las corbatas”, que ocurriera en Mar del Plata los días 6,7 y 8 de julio de 1977.

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LAS PRACTICAS CASERAS. Dra Eleonora Lamm. Conferencia Gratuita.

Ya se encuentra disponible la conferencia gratuita aquí:

https://bit.ly/2MEXL3R

 

En tiempos de aislamiento Rubinzal – Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacitate.

 

 

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FACA- NOTA AL PRESIDENTE DE LA NACION SOBRE DECLARATORIA DE HEREDEROS

Nota remitida al señor Presidente de la Nación,  en relación al rechazo al proyecto de decreto de necesidad y urgencia presentado por la escribana Cristina Armella a través del cual persigue la autorización para el dictado de declaratorias de herederos mediante la instrumentación de actas notariales con prescindencia de toda intervención judicial. 



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Concursos Nº 170, 171 – Consejo de la Magistratura – Provincia de Neuquen

Concurso Nº 170

 

Un (1) cargo de Fiscal del Caso, con destino al Ministerio Público Fiscal, con asiento de funciones en la ciudad de Cutral Có, de la II Circunscripción Judicial, (Categoría MF4).

 

Concurso Nº 171

 

Un (1) cargo de Juez de Primera Instancia, con destino al Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 1 de la IV Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Junín de los Andes (Categoría MF 3).


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Red Pascal  RAFAELA – UNIVERSIDAD BLAS PASCAL dispone de DOS MEDIAS BECAS para colegiados.

RED PASCAL RAFAELA / RED PASCAL HUMBOLDT

+54 3492 604255   +54 3496 544461

rafaela@redpascal.com.ar

Horarios de atención: Lunes a viernes de 8 a 13 hs.

 

Aclaración: para solicitar  la beca es indispensable que la inscripción se realice a través de la RED PASCAL RAFAELA en forma telefónica o por email.

Informamos por este medio que la UNIVERSIDAD BLAS PASCAL,  a través de la Red Pascal  RAFAELA dispone de DOS MEDIAS BECAS en cada una de las diplomaturas que se detallan más abajo. También se encuentran abiertas las inscripciones para Maestrías y Especializaciones Jurídicas.

Todas inician en el mes de agosto, para mayores informes e inscripciones comunicarse por mail a rafaela@redpascal.com.ar o bien a los teléfonos 3492 604255 o 3496 544461

DIPLOMATURAS JURÍDICAS (con BECAS DISPONIBLES)

 

MAESTRÍAS Y ESPECIALIZACIONES

 

Quienes se inscriban en junio tendrán además este beneficio 


Diplomaturas y Cursos

  • 50% sobre matrícula en el mes de junio y 30% en el mes de julio
  • hasta 12 cuotas sin interés con tarjeta Naranja y Cordobesa

 

Por informes e inscripciones  comunicarse a

 

RED PASCAL RAFAELA / RED PASCAL HUMBOLDT

+54 3492 604255   +54 3496 544461

rafaela@redpascal.com.ar

Horarios de atención: Lunes a viernes de 8 a 13 hs.

 

Aclaración: para solicitar  la beca es indispensable que la inscripción se realice a través de la RED PASCAL RAFAELA en forma telefónica o por email.

 





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Firma Digital – Oficiales de registro se constituirán en Rafaela el martes 30/06

Importante!

Oficiales de registro y responsables de soporte técnico del Poder Judicial se constituirán en la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela para otorgar firma digital.

Martes 30 de junio, de 8.00 a 17.00.

Solicitar TURNO WEB en http://turnos.justiciasantafe.gov.ar/index.php/       *   Seleccionar FIRMA DIGITAL CON TOKEN – OBTENCION DEL CERTIFICADO

Se les recuerda COMPLETAR el formulario en https://pki.jgm.gov.ar/app/Signature/Request/Hardware/CertificateRequest.aspx

Trámite personal. Concurrir con Token y DNI.




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MODALIDAD DE ATENCIÓN .AGENCIA DE GESTIÓN DE MEDIACIÓN EN TIEMPOS DE PANDEMIA

CONCURRENCIA A LAS OFICINAS:
MARTES Y JUEVES DE 9 A 12 HS. En Rosario,
Santa Fe y Rafaela.
MARTES Y JUEVES DE 8.30 A 12 HS. En Venado
Tuerto.
MARTES DE 9 A 12 HS. En Reconquista.

SOLO PARA LA ENTREGA EN SOBRE CERRADO DE LAS SOLICITUDES DE:

– Patrocinio Gratuito. Acompañar el pedido junto a copia de DNI y de toda
la documental que avale la necesidad de patrocinio gratuito y la condición
económica.

– Protocolización de Actas.
Acompañar escrito de solicitud de Protocolización, Acta Final y Acta
Acuerdo en original (con firma del mediador/a en el caso de mediación no
presencial), constancia de pago de aportes y visado de Caja Forense y Caja
de Jubilaciones de Abogados de la Provincia de Santa Fe.

– Notificaciones de mediaciones gratuitas para su diligenciamiento.

Entregar la notificaciones con aviso de retorno de Correo Argentino
confeccionado. Se solicita la entrega con un plazo no menor a los 15
hábiles a la fecha de reunión.Colocar en el sobre cerrado NOMBRE,
TELÉFONO Y MAIL para que la Agencia pueda comunicarse a efectos de la
continuidad del trámite.
TODOS LOS DEMÁS TRÁMITES/CONSULTAS DEBEN REALIZARSE POR MAIL A:

Santa Fe: agemsantafe@santafe.gov.ar

Rosario: agemrosario@santafe.gov.ar

Reconquista: agemreconquista@samtafe.gov.ar

Rafaela: agemrafaela@santafe.gov.ar.

Venado Tuerto: agemvenadotuerto@santafe.gov.ar

En caso de considerar la AGEM que se requiere la presencia del profesional
se otorgará un turno para su atención notificándose al mail desde el que
se efectúa la consulta. Se recuerda que aquellas/os mediadoras/es que se
encuentran comprendidas entre la población de riesgo conforme el art. 3 de
la Resolución N° 627/2020 del Ministerio de Salud de la Nación o se
hallen imposibilitados de efectuar las mediaciones por otros motivos,
pueden solicitar licencia a través del sistema informático.

*www.santafe.gob.ar * <https://www.santafe.gob.ar>

MINISTERIO DE GOBIERNO JUSTICIA DERECHOS HUMANOS Y DIVERSIDAD.

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA.

AGENCIA DE GESTION DE MEDIACION.


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Intervención de Vicentin: “No resiste ningún análisis con la Constitución en la mano”, expresó Lassalle

En declaraciones radiales, el presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, José Luis Lassalle, calificó la intervención de la cerealera Vicentin como una interferencia en la acción de la Justicia y precisó: “Más allá de los humores que puedan tener los actores en este tema, ciñéndonos a la Constitución Nacional, el artículo 109 prohíbe toda injerencia del Poder Ejecutivo en asuntos judiciales”.

En contacto con el programa radial Big Bang de AM 810, Lassalle aseguró que “estando esta empresa o cualquier otra sometida a un proceso judicial –concurso– nada debiera hacer el Estado”, dado que ésta “estaba usando una herramienta legal disponible, que es presentarse a concurso para hacer una oferta y salir de la situación patrimonial en la que se encontraba”.

“El intento de ser intervenida por el Estado no resiste ningún análisis con la Constitución en la mano: es un atropello y se está avanzando sobre el Poder Judicial, en una etapa del proceso en la que el director del proceso es justamente el juez, y hay un síndico que puede solicitar al juez veedores, pero siempre por orden judicial y cuando el caso lo amerite”, abundó el dirigente.

En ese sentido, advirtió que “hay una avance sobre el poder judicial reñido con las leyes y la Constitución, de la inviolabilidad de la propiedad privada, hasta por una cuestión técnica y práctica: el concurso supone que la empresa tiene que elaborar una propuesta para los acreedores: ¿quién la haría? ¿Los interventores? Hay varias contradicciones”.

Lassalle insistió en que “muchas veces desde la política se soslaya lo que dicen las leyes y su espíritu, pero al margen del agravio que puede haber sentido la periodista [Cristina Pérez, de Telefé], hay un avance sobre el Poder Judicial, y hay un intento de intervención sobre una empresa, una propiedad privada que está en concurso”.

Finalmente, recordó que en la próxima etapa del proceso iniciado por Vicentin, “sus accionistas deben presentar una propuesta de pago. No se puede concebir que eso lo haga un interventor en nombre del Ejecutivo. Si se tratara del rescate de una empresa en riesgo, hay muchas formas dentro del mismo proceso concursal. Pero aún en quiebra hay posibilidad de producir su rescate”.


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Circular nro. 78. Aumento de la Unidad Jus para los Juzgados de Circuito y Comunales de la Provincia

Circular Nro.78 /20

 

Santa Fe, 24 de junio de 2020

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 23.6.2020, Acta Nro.18, punto 11, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

AUMENTO UNIDAD JUS PARA LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO DE LA PROVINCIA. VISTAS: Los recientes cambios económicos acaecidos en el país, los cuales resultan de público conocimiento; las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la acentuada modificación de la realidad económica y monetaria de nuestro país, se entiende pertinente efectuar una nueva revisión de los guarismos adoptados oportunamente para fijar el monto de la Unidad Jus referente a los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de la Provincia. Así las cosas, corresponde adentrarse en un análisis integral de los actuales montos fijados para las distintas asignaciones de competencia. Que, siendo ello así, y habiéndose requerido un informe pormenorizado al Área de Estadísticas dependiente de la Secretaría de Gobierno, se observan alteraciones en lo que hace al ingreso de causas en los órganos jurisdiccionales de la provincia, particularmente en el ámbito de los Juzgados de Circuito. Que dicho desequilibrio, resiente de manera notoria el normal desempeño del servicio de justicia, deviniendo conducente entonces, adoptar las medidas pertinentes para su debida corrección. Que, en virtud de lo hasta aquí expuesto, y a los fines de procurar una equilibrada división del trabajo, que tenga en cuenta las distintas realidades existentes en los diferentes órganos jurisdiccionales que componen el mapa judicial de la Provincia, y en atención a la facultad conferida por el artículo 8 de la ley 10.160, luego de un intercambio de opiniones y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: I.- Modificar a partir del 29.6.2020 los valores vigentes de la unidad jus para los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de la Provincia, de acuerdo al cuadro que se agrega a la presente y como parte integrante del acta. II.- Disponer a partir de la fecha señalada en el punto I, un incremento en los valores de la unidad jus aplicable a los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de Santa Fe y Rosario, a los solos fines de los casos de Responsabilidad Extracontractual, estableciendo los mismos en $ 15.000 y $ 13.000, respectivamente.

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno




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JUSTICIA ANTISISTEMA. Circular Nro. 77. Recordatorio sobre apertura y cierre diario del Libro de Cargos e Inicio electrónico de Demandas

Circular Nro. 77/20

Santa Fe, 23 de junio de 2020

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Para su conocimiento y notificación de los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de recordarle que diariamente corresponde realizar la apertura y el respectivo cierre del Libro de Cargos.

Asimismo, se recomienda verificar que en la bandeja denominada “Ingreso de escritos de otros organismos o profesionales” o «Iniciar expedientes que provienen de MEU», según correspondiera, no existan demandas electrónicas pendientes de inicio, siendo responsabilidad del órgano jurisdiccional dar ingreso a aquellas que registre el sistema de gestión SISFE, previo al cierre diario del Libro de Cargos.

Todo ello, conforme lo establecido por la Corte Suprema de Justicia mediante el “Reglamento del sistema para la confección de los libros de las distintas unidades jurisdiccionales y presentación electrónica de escritos firmados digitalmente dentro del sistema informático SISFE” (Acuerdo del 5.10.1999, Acta N° 39, Punto 11 y sus modificatorias; y actualizado según Acuerdo del 24.9.2019, Acta N° 39, Punto 6); el Reglamento para el inicio electrónico de demandas ante las Mesas de Entradas Únicas Electrónicas (M.E.U.E.) – Autoconsulta online”; y el Reglamento para el inicio electrónico de demandas ante Órganos jurisdiccionales sin Mesas de Entradas Únicas – Autoconsulta online” (Acuerdo del 10.6.2020, Acta N° 16, Punto 1).

Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno






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Circular Nro. 76/20. Disposición de receso administrativo en la localidad de Ceres en el marco de la pandemia por COVID-19

Santa Fe, 22 de junio de 2020

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia:

«Santa Fe, 22 de junio de 2020.SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA MUNDIAL GENERADA A RAÍZ DE LA ENFERMEDAD COVID-19 (CORONAVIRUS). VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21- 17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020; y, CONSIDERANDO: Que esta Corte ha venido adoptando múltiples y variadas decisiones referentes a la contención de la pandemia generada por el virus COVID-19, en sintonía con las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, como así también de las autoridades sanitarias de ambas administraciones centrales, en orden a brindar una contención uniforme de la enfermedad bajo criterios médicos y epidemiológicos certeros y efectivos. Que en esta línea de trabajo, y dentro de todas las medidas de excepción que se adoptaron para amalgamar el debido cuidado de la salud de agentes judiciales y ciudadanos por igual, junto con el diseño de políticas de gobierno estratégicas que permitieran continuar brindando este esencial servicio de justicia, como pilar fundamental para la sociedad, desde el Poder Judicial santafecino se vino administrando de manera equilibrada y responsable la crisis en que nos vimos inmersos. Que, en este camino, se trazó un plan de trabajo deliberado y esquemático, que permitió ir flexibilizando la cuarentena con un progresivo y escalonado retorno a las actividades, preservando desde siempre como bien fundamental el cuidado de los agentes judiciales y la población en su integridad. Así, y en consonancia con los Decretos Nacionales Nro. 297/20; 325/20; 355/20; 408/20; 459/20; y 493/20; y Decretos Provinciales Nro. 270/20; 304/20; 324/20; 328/20; 363/20; 382/20; 393/20; y 445/20, se conformó un mapa judicial diferenciado, en donde, haciendo especial hincapié en el uso de las tecnologías, se reformularon los esquemas de trabajo en orden a dar continuidad a la prestación del servicio, con las necesarias y lógicas adaptaciones que la realidad demanda. Que, asimismo, desde un principio esta Corte puso de manifiesto que las decisiones adoptadas, se enmarcan dentro de la dinámica y celeridad con la que se deben encarar acciones estratégicas y certeras, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, y en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren. Que en lo que ahora interesa, cabe referirse a la especial situación que atraviesa la ciudad de Ceres, en el Departamento San Cristóbal, donde el pasado 19 de junio y como consecuencia de los diferentes casos positivos de coronavirus Covid-19 detectados en la zona, el gobierno provincial, a través del Ministerio de Gestión Pública, dictó la Resolución Nro. 167/20 por la que declara a partir de la referida fecha en cuarentena sanitaria a la Ciudad de Ceres; suspende, dentro del ámbito de la citada localidad y con carácter preventivo, las excepciones al «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y la prohibición de circular que se habilitaran por los Decretos Nros. 0367/20, 0382/20, 0393/20, 0414/20, 0436/20, 0446/20, 0449/20, 0455/20 y 0456/20 artículo 2° del Poder Ejecutivo y demás legislación dictada en idéntico sentido; e insta a la población de la ciudad a permanecer en sus domicilios respetando el «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y la prohibición de circular mientras dure la medida dispuesta, limitando sus desplazamientos a los estrictamente necesarios. Que, por consiguiente, y de conformidad al criterio oportunamente adoptado por esta Corte de alinear sus decisiones en virtud de las medidas que adopten los organismos nacionales y provinciales en relación a la contención de la pandemia que enfrentamos, corresponde ahora disponer la revisión y reordenamiento de los esquemas de trabajo que se venían desarrollando en el Distrito de Ceres. Que, en razón de ello, esta Presidencia de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la ley 10.160 (t.o según decreto N° 49/98). RESUELVE:

  1. Disponer receso administrativo en todo el ámbito de la localidad de Ceres, desde el día de la fecha y hasta que las autoridades sanitarias competentes, por medio del Poder Ejecutivo Provincial, recomienden su reanudación.
  2. Disponer la suspensión de los plazos procesales en las actuaciones radicadas o a radicarse en las unidades jurisdiccionales de esa sede, desde el 22.6.20 y hasta que las autoridades sanitarias competentes, por medio del Poder Ejecutivo Provincial, recomienden su reanudación.

III. Disponer la suspensión de todas las audiencias fijadas desde el 22.6.20, con excepción de aquellas que, a criterio de la Magistratura, podría provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para alguna de las partes; o un perjuicio cuya magnitud justifique, por parte del titular del órgano jurisdiccional, hacer lugar a la excepcionalidad aquí dispuesta. En este último caso, las mismas se celebrarán a través de la utilización de los medios tecnológicos disponibles y, de no resultar ello factible, de manera presencial con los debidos recaudos de distanciamiento social e higiene recomendada por los respectivos protocolos de salud vigentes.

  1. Suspender desde el día de la fecha y hasta que las circunstancias sanitarias aconsejen su reanudación, el servicio de certificaciones que se presta en dicha localidad por parte de este Poder Judicial, exceptuando aquellos casos de urgencia que resulten debidamente acreditados.
  2. Establecer que durante el citado período, la prestación mínima del servicio de justicia se limitará a la atención de los asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación en el horario de 7 a 12hs. con las limitaciones dispuestas en la Resolución Provincial Nro. 167/20. Asimismo, las presentaciones por parte de los profesionales se efectuarán a través de correo electrónico con firma digital, firma electrónica o simple mail, a la dirección del Juzgado que habitualmente se utiliza. Los titulares de cada unidad jurisdiccional podrán requerir en cualquier momento a las partes la presentación de escritos en formato papel o que los originales de documentos se envíen escaneados. VI. Recomendar enérgicamente a profesionales y público en general, la importancia de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 2, 3 y 4 de la Resolución Provincial Nro. 167/20, en lo referente a la movilidad social y respeto a las medidas de distanciamiento. VII. Disponer extremar los recaudos en orden a mantener las debidas condiciones de limpieza e higiene en todas las dependencias de esa sede.

VIII. Instruir a la Secretaría de Gobierno a los fines de que adopte las medidas necesarias y que crea corresponder en orden a resolver las situaciones que se presenten en relación al tema.

  1. Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren.
  2. Hacer saber lo aquí dispuesto al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo de la Provincia a través de las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados, al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. XI. Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. Fdo. DR. GUTIERREZ (PRESIDENTE). DR. BORDAS (SECRETARIO)”.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

 

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno




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CAJA FORENSE DELEGACIÓN RAFAELA INFORMA

De acuerdo con las normas sanitarias en el marco del COVID19, les informamos el funcionamiento de fiscalización y obra social  DELEGACIÓN RAFAELA.

Horario de Atención

Lunes a Viernes de 8:00 a 12:30

Queremos agradecer la responsabilidad y paciencia de los colegas como la inmediata respuesta de adaptación a esta nueva forma operativa de trabajo, la cual nos impone a todos y, sin dudas nos exige, un trabajo colaborativo.

            La Delegación Rafaela comunica que, por cuestiones informáticas, la modalidad remota de visado exige las siguientes acciones por parte del afiliado:

*La precarga del expediente sigue siendo obligatoria y se debe enviar por correo.

*También deben remitir decreto que ordena la vista con el código de acceso que otorga el juzgado.

Lo mencionado anteriormente debe ser enviado por correo a rafaelafiscalizacion@cajaforensesantafe.org.ar , en el asunto se debe consignar el CUIJ completo del Expediente

Para la atención presencial es necesario solicitar turnos al teléfono 503929 y/o por e-mail.

El sistema de autoconsulta del Poder Judicial Santa Fe se cae en varias oportunidades; esta cuestión, ajena al fiscalizador, hace que se produzca una demora en el acceso al expediente que debe ser visado.

Es importante que se respeten las líneas telefónicas de cada organismo.

Obra Social

Lunes a viernes de 8 a 12:30 hs

Tel 421066

rafaela@cajaforensesantafe.org.ar

Fiscalización

Lunes a viernes de 8 a 12:30 hs

Tel 503929

rafaelafiscalizacion@cajaforensesantafe.org.ar

 



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MODALIDAD DE ATENCIÓN. AGENCIA DE GESTIÓN DE MEDIACIÓN EN TIEMPOS DE PANDEMIA

CONCURRENCIA A LAS OFICINAS:

MARTES Y JUEVES DE 9 A 12 HS.

En Rosario, Santa Fe y Rafaela.

MARTES Y JUEVES DE 8.30 A 12 HS.

En Venado Tuerto.

MARTES DE 9 A 12 HS.

En Reconquista.

SOLO PARA LA ENTREGA EN SOBRE CERRADO DE LAS SOLICITUDES DE:

-Patrocinio Gratuito. Acompañar el pedido junto a copia de DNI y de toda la documental que avale la necesidad de patrocinio gratuito y la condición económica.

– Protocolización de Actas. Acompañar escrito de solicitud de Protocolización, Acta Final y Acta Acuerdo en original (con firma del mediador/a en el caso de mediación no presencial), constancia de pago de aportes y visado de Caja Forense y Caja de Jubilaciones de Abogados de la Provincia de Santa Fe.

– Notificaciones de mediaciones gratuitas para su diligenciamiento. Entregar la notificaciones con aviso de retorno de Correo Argentino confeccionado. Se solicita la entrega con un plazo no menor a los 15 hábiles a la fecha de reunión.Colocar en el sobre cerrado NOMBRE, TELÉFONO Y MAIL para que la Agencia pueda comunicarse a efectos de la continuidad del trámite. TODOS LOS DEMÁS TRÁMITES/CONSULTAS DEBEN REALIZARSE POR MAIL A: Santa Fe: agemsantafe@santafe.gov.ar Rosario: agemrosario@santafe.gov.ar Reconquista: agemreconquista@samtafe.gov.ar Rafaela: agemrafaela@santafe.gov.ar. Venado Tuerto: agemvenadotuerto@santafe.gov.ar En caso de considerar la AGEM que se requiere la presencia del profesional se otorgará un turno para su atención notificándose al mail desde el que se efectúa la consulta.

Se recuerda que aquellas/os mediadoras/es que se encuentran comprendidas entre la población de riesgo conforme el art. 3 de la Resolución N° 627/2020 del Ministerio de Salud de la Nación o se hallen imposibilitados de efectuar las mediaciones por otros motivos, pueden solicitar licencia a través del sistema informático. *www.santafe.gob.ar * <https://www.santafe.gob.ar> MINISTERIO DE GOBIERNO JUSTICIA DERECHOS HUMANOS Y DIVERSIDAD. SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA. AGENCIA DE GESTION DE MEDIACION.





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Charla on-line «Conciliación laboral y Mediación: Similitudes y diferencias»

Estimados alumnos, queremos invitarlos a participar de la charla que dictaremos el día 29 de junio a las 20hs (Argentina) sobre las diferencias y similitudes entre la Conciliación laboral y la Mediación. En esta oportunidad nos acompañarán tres conciliadores con amplia experiencia en el tema: Nélida Reig, Gabriela Martinez Iluminati y Roberto Sigona. Con el fin de organizar los participantes de la charla, les pedimos que llenen el siguiente formulario para completar su inscripción: https://forms.gle/AZnttfZvJoNvYLjX7

Visitar REDES ALTERNATIVAS en: http://redesalternativas.ning.com/?xg_source=msg_mes_network

 



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CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS 5to. Aniversario del Código Civil y Comercial TUTELA DEL AMBIENTE Y BIENES COMUNES Pablo Lorenzetti

La conferencia quedará disponible a partir de las 8hs del 17/06.

Pre – Inscribite a la conferencia gratuita aquí

https://bit.ly/2LpHHCp

 

En tiempos de aislamiento Rubinzal – Culzoni te permite acceder gratis a conferencia dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacitate.

#RubinzalCulzoni #Expoterra #CapacitaciónOnline #Curso #Derecho #CódigoCivilyComercial  #Aniversario #PabloLorenzetti #CapacitateConRubinzal




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Token – Se habilita formulario 3era partida de tokens – PARTIDA AGOTADA

SE PONE A DISPOSICIÓN LA TERCERA PARTIDA DE TOKENS

(cantidad limitada, disponible hasta agotar partida)

Los interesados deberán:

1-Suscribir formulario de pedido de token que figura en el siguiente enlace https://forms.gle/r3REocG2JgYwNa3Q7

2- Transferir el valor total del token a la cuenta  COLEGIO DE ABOGADOS V CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE: BANCO PATAGONIA – SUC. RAFAELA – CBU 0340354700354008720005 – CC $354-354008720-000 – CUIT 30-58007619-6 EXENTO **

 

3-Enviar comprobante de pago a: colabrafaela@wilnet.com.ar   # Con el asunto: PAGO TOKEN

4- Se comunicará en breve la fecha de entrega (la entrega del dispositivo está sujeta a la cancelación de su valor).

IMPORTANTE  LECTURA!

-No es obligación adquirir el token a través del Colegio. Cada profesional puede hacerlo en forma particular.

Requerimientos y condiciones a cumplimentar para la obtención del Certificado de Firma Digital con Token:
1-Completar y enviar el ‘Formulario de solicitud»: https://pki.jgm.gov.ar/app/Signature/Request/Hardware/CertificateRequest.aspx
2-Verificar -dentro de las 24 hs.- el correo electrónico que recibirá en la casilla consignada en el formulario. Pasado ese lapso de tiempo, si el solicitante no confirmó el e-mail, deberá cargar nuevamente la solicitud.
La solicitud tiene una validez de 20 días hábiles. Pasado ese tiempo,  caduca y será necesario completarla nuevamente.
3-Dirigirse al puesto del Oficial de Registro con el DNI y el token correspondiente. Solicitar previamente un turno web.

-El formulario de pedido de token no reemplaza al publicado en:https://pki.jgm.gov.ar/app/Signature/Request/Hardware/CertificateRequest.aspx

-La Corte también otorga firma digital en sus sedes de Santa Fe y Rosario.




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CHARLA DE NEGOCIOS – ESTRATEGIAS FINANCIERAS DURANTE LA PANDEMIA

 

Nueva Charla de Negocios que realizaremos en conjunto con Rafaela Capital y TSA Bursátil: «Estrategias Financieras durante la Pandemia»

La misma será el próximo martes 16 de junio a las 18hs por Zoom.


Temas
:
– Análisis de Contexto.
– Opciones de inversión.
– Instrumentos de Financiamiento: Echeqs, FCE, cauciones, etc.
– Nuevas regulaciones para operar Dólar Bolsa o MEP.Inscripciones aquí: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfR6pbCWRdDqPN8qJOKLQotRdfkGd7rsNiwlWBBP7Egx5Xogg/viewform?usp=sf_link

Actividad sin costo. Cupos limitados.
Se les enviará el link de la reunión una vez que se haya inscripto.



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¿Cómo proteger los bienes ambientales? Una capacitación de absoluta actualidad, y gratuita

La Federación Argentina de Colegios de Abogados sigue acompañando actividades para fortalecer el perfil profesional de miles de abogados de todo el país. El jueves 11 de junio a las 18:30, vía Zoom, tendrá lugar el evento “Vías judiciales para la tutela de los bienes comunes”, dictado por el especialista Gonzalo Sozzo.

La actividad se enmarca en el décimo aniversario de la creación del Instituto de Derecho Agrario y Ambiental del Centro de Estudios de Derecho del Colegio de Abogados de Bell Ville, y se lanza a pocos días de haberse celebrado el día mundial del medio ambiente.

Es una capacitación libre y gratuita auspiciada por FACA, el Colegio de Abogados de Bell Ville, la Asociación Civil Regional de Jueces, Secretarios y Funcionarios de la Justicia Municipal de Faltas, Eco Sud Global, Femal (Fundación de Estudios Municipales, Argentinos y Latinoamericanos).

El Dr. Gonzalo Sozzo es especialista en Derecho de Daños y de Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales; fue becario posdoctoral de CONICET, es profesor titular por concurso, adjunto, profesor estable y coordinador académico de diversas cátedras y especializaciones de la Universidad Nacional del Litoral. Fue residente del Institut de Etudes Avancees de Nantes, Francia, y miembro de diferentes proyectos de investigación internacionales. Ha participado como expositor en coloquios internacionales en Porto Alegre, Rio de Janeiro, Montevideo, Paris, Limoges, Nantes. Es profesor invitado de la Universidad de Limoges- Francia y de la Universidad de Nantes-Francia.

Ingresar al siguiente link para participar y recibir los detalles: https://bit.ly/2AVlcU8




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EDUCACION & NEUROCIENCIAS – NUEVAS PROPUESTAS

Desde mi espacio EDUCACION & NEUROCIENCIAS ( los invito a visitar la página de Facebook e Instagram) estamos lanzando propuestas educativas muy interesantes. 
 
Estamos realizando el PRIMER ENCUENTRO VIRTUAL LATINOAMERICANO de EDUCACIÓN/ CRIANZA en tiempos de pandemia para padres, tutores, hogares y/ o responsables de niños y adolescentes en este proceso de cuarentena. Este evento es gratuito solo debes registrate y te esperamos el 26 de Junio en plataforma Zoom.
 
También estamos lanzando 2 propuestas para docentes/ profesionales de la educación de cursos/talleres con temáticas que los disertantes del primer Congreso Virtual Latinoamericano de Educación el pasado 29 y 30 de mayo expusieron.
 
De todas las propuestas adjuntamos los flyers y los videos de presentación.
 
 
Sandra Frattini
Directora
E& N


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IMPORTANTE! FIRMA DIGITAL Oficiales de Registro se constituirán en Rafaela el viernes 12-06

OFICIALES DE REGISTRO Y RESPONSABLES DE SOPORTE TECNICO DEL PODER JUDICIAL SE CONSTITUIRAN EN LA CAMARA DE APELACION CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE RAFAELA EL DIA VIERNES 12 DE JUNIO DE 2020, DE 8.00 A 18.00 PARA OTORGAR FIRMA DIGITAL.
 
 
Les recordamos solicitar turno web en http://turnos.justiciasantafe.gov.ar/index.php/ – SELECCIONAR CERTIFICADO FIRMA DIGITAL


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Circular Nº 68/2020:»Resolución de Presidencia que ratifica la resolución de Secretaría de Gobierno del 28.5.2020 ref. a inicio electrónico de demandas a través de la Autoconsulta Online ante Juzgados de 1era. Inst. situados en sedes judiciales sin MEU»

Santa Fe, 8 de junio de 2020.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a
todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que por resolución de
Presidencia de fecha 5.6.2020, se ha dispuesto lo siguiente: «Santa Fe, 5 de
junio de 2020. VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario; y,
CONSIDERANDO: Que, el pasado 28 de mayo del corriente, la Secretaria de
Gobierno del Cuerpo propuso al mismo aprobar el reglamento denominado
«Inicio electrónico de demandas – Autoconsulta online». Asimismo, hizo saber
de la posibilidad de habilitar a partir del 8 de junio de 2020 la recepción
electrónica de demandas, -autorizada por esta Corte mediante Acta Acuerdo
Nro. 11 del 14.4.20 por correos electrónicos- a través del sistema de
Autoconsulta online y ante los Juzgados de Primera Instancia que utilizan el
sistema SISFE situados en las sedes judiciales donde no exista Mesa de
Entradas Única. Que, esta modalidad de trabajo trae aparejado un importante
avance en materia de seguridad y celeridad tanto para los profesionales del
derecho como para este Poder Judicial. Ello así, en tanto se constituye en
una etapa superadora de la actual mecánica que, con motivo de la pandemia,
se viene utilizando y que involucra a correos electrónicos con o sin firma
digital. Que no obstante que el presente dispositivo cuenta con la
factibilidad de firmar digitalmente los escritos de demanda por parte de los
profesionales, dicho requisito no ha sido impuesto de manera obligatoria en
esta primera etapa de prueba, en el entendimiento que haberlo así previsto
hubiera acarreado un indeseable perjuicio a todos aquellos operadores del
servicio que no cuentan con dicha herramienta. Por consiguiente, y siendo
que la pronta puesta en funcionamiento de esta prueba piloto, permitirá
obtener en un breve lapso resultados de su funcionamiento que servirán de
base para replicar su uso a gran escala en las demás dependencias de este
Poder Judicial, esta Presidencia entiende oportuno, en uso de las facultades
legalmente conferidas, ratificar la propuesta efectuada con cargo de
informar la misma a la Corte Suprema. Que, en razón de ello, esta
Presidencia de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la
ley 10.160 (t.o. Según decreto N°49/98),

RESUELVE: I.- Ratificar la
resolución dictada por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo el pasado 28 de
mayo de 2020, en cuanto a la puesta en marcha del sistema denominado «Inicio
electrónico de demandas – Autoconsulta online» desde el 8 de junio del
corriente en los Juzgados allí previstos.
II. Informar a la Corte Suprema de
Justicia lo aquí dispuesto.
FDO.: GUTIÉRREZ (PRESIDENTE). BORDAS
(SECRETARIO)».

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Programa de Capacitación en Materia de Perspectiva de Género

Inscripción abierta, hasta el 21 de Junio inclusive, para el Curso «Programa de Capacitación en materia de Perspectiva de Género» a dictarse en modalidad virtual asincrónica. Dicho Curso es el exigido para presentarse a los Concursos de Magistrados/as por el Reglamento de Concursos.
La inscripción es exclusivamente on line en www.escuelajudicial.pjn.gov.ar y las consultas se pueden realizar a escuelajudicial@pjn.gov.ar o a los Tel: 41245510/11/12/14
Se acompaña flyer Escuela Judicial.




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Capacitación referida al Inicio Electrónico de Demandas firmadas digitalmente a través de Autoconsulta Online – 05/06

La Corte Suprema de Justicia  hace saber que el día 5 de junio a las 16.00 horas se llevará a cabo una capacitación referida al Inicio Electrónico de Demandas firmadas digitalmente a través de Autoconsulta Online ante Juzgados y Tribunales que no cuentan con Mesa de Entradas Única. La misma se realizará por la plataforma Zoom y estará dirigida a todos los profesionales que interactúan con los órganos jurisdiccionales involucrados en esta etapa inicial y cuyo listado se adjunta al presente.

                   A mayor abundamiento, en la página web del Poder Judicial se encuentra un “Manual de uso para realizar reuniones a distancia”, en la parte de la información sobre el  Coronavirus, para que los destinatarios de la capacitación puedan vincularse a través de sus dispositivos particulares http://www.justiciasantafe.gov.ar/ACTUALIZACI%C3%93N%20WEB/28.4.20/Guia%20de%20Uso%20del%20Software%20Zoom.pdf

                    El link para acceder a la reunión el día 5.6.2020 a las 16 hs es:

https://zoom.us/j/91777149325?pwd=WHFCWkRCQXd4aFJWM1ZuSnpnUkN5dz09
ID de reunión: 917 7714 9325
Contraseña: 015706

 

 

Saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo M. P. Bordas

Secretario de Gobierno

Corte Suprema de Justicia

Provincia de Santa Fe




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Circular Nro. 65/2020:»Comunicación de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) de casillas de correo institucionales para la recepción de oficios judiciales librados a dicho organismo»

«Circular Nro. 65/20.-

Santa Fe, 2 de junio de 2020.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que atento al esquema de “atención virtual” implementado por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido mediante el Decreto N° 297/2020 del PEN, cuya vigencia ha sido prorrogada hasta el 7 de junio de 2020 inclusive, mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 493/2020 y mientras persista el mismo, se han habilitado, a los fines de la recepción de oficios judiciales librados al organismo, las siguientes casillas institucionales conforme el objeto de la demanda judicial:
Coord.oficios@anses.gov.ar Oficios Judiciales cualquiera sea su objeto donde se haya dictado la habilitación de la feria extraordinaria COVID-19.
ConsultasEmbargosOficiosInterior@anses.gov.ar Oficios Judiciales que impongan embargos por alimentos, litisexpensas, cobro de pesos y/o cobros ejecutivos sobre haberes jubilatorios.
DepositosJudicialesInterior@anses.gov.ar Oficios Judiciales relacionados con órdenes de depósito judicial de beneficios jubilatorios y/o asignaciones familiares.
HaberesDevengadosInterior@anses.gov.ar Oficios ordenados en procesos sucesorios relacionados con el déposito e informe de haberes jubilatorios devengados no percibidos y/o créditos derivados de sentencia judicial de reajuste de haberes que integran el acervo hereditario.
En este sentido, se hace saber que los oficios a remitirse a los correos ut-supra mencionados deben estar firmados con firma digital y ser cursados a través de casillas oficiales.
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo: Dr. Eduardo Bordas
(Secretario de Gobierno)»


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Oficiales de Registro de la Corte concurrirán a las ciudades de Rafaela, Tostado y San Cristóbal el día VIERNES 05 a otorgar firma digital.

El día VIERNES 05/06 a otorgar firma digital. Rafaela – Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral (08.00 a 18.00) Tostado – Juzgado Civil, Comercial y Laboral. (08.00 a 12.00) San Cristóbal – Juzgado Civil, Comercial y Laboral. (14.00 a 18.00) En la web de la Corte se encuentran disponibles los turnos online.

http://turnos.justiciasantafe.gov.ar/index.php/


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Inicio Electrónico de demandas – 08/06/2020 – Ceres-San Cristóbal-Sunchales-San Vicente

Santa Fe, 2 de junio de 2020.

Al Titular del Colegio Respectivo

 

Me dirijo a Ud., de conformidad con lo resuelto por la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en fecha 28.5.2020, a los fines de hacerle saber del siguiente decisorio adoptado en las actuaciones caratuladas: “INICIO ELECTRONICO DE DEMANDAS Y PRESENTACION ELECTRÓNICA DE ESCRITOS A TRAVES DE LA AUTOCONSUTA ONLINE DE EXPEDIENTES – CUIJ 21-17614347-6”«Santa Fe, 28 de mayo de 2020. VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario, y; CONSIDERANDO: I. Que en el marco de la situación de público conocimiento que se viene atravesando relacionada con la pandemia generada por el virus COVID-19, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia ha venido adoptando diferentes resoluciones y medidas, en sintonía con las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial y las respectivas autoridades sanitarias. Particularmente por Acuerdo de fecha 14.4.2020, Acta N° 11, resolvió, entre las decisiones allí dispuestas en pro de conjugar el equilibrio entre la preservación de la salud de la comunidad y la prestación del servicio de justicia, un esquema de trabajo y actividades con ayuda de herramientas tecnológicas para evitar la circulación masiva de personas en todos los tribunales provinciales. En este sentido, dejó habilitado un mecanismo para que los profesionales realicen las presentaciones de sus escritos a las direcciones de correo electrónico de los órganos jurisdiccionales incluidos en la oportunidad, debiendo consignar sus propias direcciones de correo electrónico y número de teléfono celular. A tal fin se identificaron 31 cuentas de mail oficiales para ese cometido, que se publicitaron a través de la página web en una guía, junto a las correspondientes pautas prácticas de uso. A su vez, por Acuerdo del 13.5.2020, Acta N°14, en función de lo resuelto en el Punto 1 y el nuevo esquema de trabajo que comenzó a regir a partir del 15.5.2020 en los Distritos y Circuitos del Poder Judicial -a excepción de los grandes aglomerados-, se dispuso que quienes cuenten con firma digital o deseen enviar sus escritos vía mail, pueden seguir haciéndolo a las direcciones de correo electrónico oficiales; y en el caso de nuevas demandas, se han comenzado a recibir en las direcciones de correo de las respectivas Mesas de Entradas Únicas. En esa orientación, se resolvió que los titulares de cada unidad jurisdiccional pueden requerir en cualquier momento a las partes la presentación de escritos en formato papel o que los originales de documentos se envíen escaneados. De igual manera, estableció que los profesionales que no cuenten con firma digital o que no deseen hacer uso del correo electrónico, continúan con la posibilidad de materializar las presentaciones de manera presencial, con los mecanismos de escaneo a través del sistema de gestión SISFE; en cuyo caso, previo a concurrir al tribunal, han de solicitar el correspondiente turno web (Punto 1, X del citado Acuerdo). Por lo demás, y en lo que hace al esquema de prestación de tareas para los grandes aglomerados urbanos de la Provincia -definición que surge del Decreto Provincial 363/2020- se habilitaron las direcciones de mails institucionales de los órganos con sede en los mismos para recepcionar los escritos que envíen los profesionales relacionados con los temas autorizados por la Corte Suprema, sea mediante firma digital o por correo electrónico simple; actualizándose a todos los fines anteriores la guía de cuentas de correo electrónico publicada en la página web. II. Que en consonancia con lo expresado, se advierte la conveniencia de continuar ampliando los mecanismos que permitan la interrelación de los profesionales con el servicio de justicia. De esta manera, los avances tecnológicos y los recursos con que se cuenta dan sustento a la posibilidad de adelantar acciones y etapas que ya estaban previstas como escenarios propicios para una mejor vinculación recíproca de los actores involucrados en los procesos judiciales; con modalidades de presentación y recepción a distancia que, en contextos de crisis y emergencia como el actual devienen de imperiosa necesidad y sumamente valiosos. III. En ese orden de ideas, cabe tener presente que desde hace varios años el Poder Judicial viene llevando adelante un proceso de informatización integral, en virtud del cual ya se han digitalizando con el sistema de gestión único SISFE las actividades de distintos Juzgados, Tribunales y otras dependencias -entre ellas el Ministerio Público Extra-penal; proyecto en curso de ejecución-. En ese lineamiento, la Autoconsulta online de expedientes que funciona desde el año 2.000 ha ido evolucionando como medio de publicidad actualizado de las causas que allí se pueden consultar, en función de la implantación, precisamente, del referido sistema informático. De esta forma, 168 órganos jurisdiccionales de Primera y Segunda Instancia en las materias civil y comercial, laboral, familia, extracontractual, circuito y contencioso administrativo, como también la Corte Suprema de Justicia y los Registros Públicos, publican información del trámite de los procesos a través de internet; pudiendo acceder los profesionales intervinientes y las partes con interés legítimo, y desde el mes de abril pasado también los Magistrados y secretarios en relación a la información de sus propios juzgados y desde los domicilios particulares. IV. Por lo expuesto, y en el entendimiento del trascendente rol que cumplen las tecnologías desde una concepción estratégica dentro de este poder del Estado -que en momentos como los que se vienen transitando demuestran ser aliados indispensables para las actividades de sus operadores y usuarios-, se entiende oportuno poner a consideración y adelantar la puesta en marcha de un nuevo mecanismo  para la interacción de los profesionales matriculados con los órganos judiciales. En esta vía de comunicación electrónica, los escritos que dan inicio a una causa judicial serán presentados a través de la plataforma de Autoconsulta online, cuyo acceso se encuentra disponible en la página web del Poder Judicial http://www.justiciasantafe.gov.ar

; debiendo ingresar el profesional interviniente como lo viene haciendo actualmente, es decir, con su matrícula y contraseña otorgados por los respectivos Colegios Profesionales. V. Asimismo, deben ponderarse diversos beneficios que con este procedimiento totalmente informático se pretende alcanzar para los actores involucrados en los procesos judiciales. De parte de los matriculados, en tanto podrán dar inicio a las causas a través de una nueva funcionalidad desarrollada a medida y configurada dentro de la Autoconsulta online. En lo que respecta a las labores de los órganos judiciales destinatarios, la bandeja de recepción de demandas estará completamente integrada al sistema de gestión SISFE con el que operan; por lo cual recibida la presentación procederá a asignarle directamente número de CUIJ (Código único de identificación jurídica) y darle trámite a través del sistema informático, sin necesidad de escaneo por parte de los usuarios del Juzgado o Tribunal; siendo de aplicación las pautas del “Reglamento del sistema para la confección de los libros de las distintas unidades jurisdiccionales y presentación electrónica de escritos firmados digitalmente dentro del sistema informático SISFE”. En este aspecto, y en tanto se renuevan los mecanismos de trabajo dentro del servicio de justicia, será menester contar con las disposiciones reglamentarias a estos fines, acompañándose por tanto a la presente la propuesta de reglamento “Inicio electrónico de demanda – Autoconsulta online”. VI. A mayor abundamiento, se prevé que el documento que integra la demanda consista en un único archivo (sin adjuntos) suscripto por el o los profesionales con sus correspondientes certificados digitales otorgados por la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI). De esta manera, la reglamentación encuentra asidero en el debido resguardo jurídico que otorga la firma digital como medio que asegura autoría e integridad del instrumento, de conformidad con el artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación y la legislación aplicable; y en la misma orientación que viene llevando adelante este Poder Judicial manifestado en el amplio uso de la firma digital en sus diferentes áreas y trámites desde hace una más de una década. Sin perjuicio de lo expuesto, es importante remarcar que -en consonancia con las medidas de la Corte Suprema de Justicia en este período excepcional- se entiende necesario que se consideren ciertos aspectos y situaciones que permitan hacer viable la más rápida materialización de lo aquí propuesto; de lo que dan cuenta las disposiciones transitorias incluidas en la reglamentación. Siendo así, quienes cuenten con firma digital otorgada por la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI) podrán hacer uso de la misma para firmar las demandas. A la vez, quienes no cuenten, en el contexto actual, con firma digital podrán igualmente enviar las demandas por Autoconsulta online. En dicho supuesto, los titulares de cada unidad jurisdiccional podrán requerir en cualquier momento a los profesionales, la presentación de los respectivos escritos y/o documentos originales y con sus firmas ológrafas, en su caso, ante las respectivas mesas de entradas de manera presencial. Con idéntico fundamento, y para una mejor organización del trabajo, se considera conveniente que esta nueva vía de participación electrónica de los profesionales a través de la Autoconsulta online sustituya a la modalidad de recepción de demandas a través de correo electrónico. VII. En similar orden de ideas, se considera adecuado la implementación gradual de estos mecanismos de interrelación informática, en el entendimiento de que la puesta en marcha por etapas permitirá constituir el fundamento sólido y consistente de los medios de interacción destinados a perdurar como prácticas sustentables, sin soslayar la aludida situación de emergencia. En virtud de todo lo expuesto, se propone  habilitar la presentación electrónica de demandas ante los Juzgados de Primera Instancia que utilizan SISFE y que se encuentran situados en los Distritos judiciales donde no existe Mesa de Entradas Única y en los demás Circuitos; todos los cuales comenzaron a desarrollar sus actividades conforme el esquema de trabajo a partir del Acuerdo del 13.5.2020, Acta N° 14, Punto 1; y según el listado que se acompaña. Para tal cometido, los profesionales deberán ingresar a la Autoconsulta, seleccionar la nueva funcionalidad “INICIO DE DEMANDAS” que estará disponible para estos órganos que atiendan al público en horario matutino de 7 a 12 horas; debiendo completar la información requerida por el sistema y adjuntando luego el escrito en formato .pdf. Que, de igual manera, es oportuno dejar sentado que en caso de que el sistema no estuviere disponible debido a interrupciones momentáneas ante la necesidad de realizar tareas técnicas de mantenimiento, o por causas ajenas a este Poder Judicial como ser caso fortuito o fuerza mayor, o ante situaciones de urgencia extrema, las presentaciones de escritos de demandas se realizarán personalmente en soporte papel y con las correspondientes firmas ológrafas, para ser digitalizadas por el órgano jurisdiccional e incorporadas al sistema SISFE. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.1999, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE:

1) Solicitar a la Corte Suprema de Justicia se apruebe el reglamento denominado “Inicio electrónico de demandas – Autoconsulta online”, conforme el texto que se acompaña.

2) Proponer habilitar a partir del 8 de junio de 2020, la recepción electrónica de demandas ante los Juzgados de Primera Instancia que utilizan el sistema SISFE y se encuentran situados en las sedes judiciales donde no exista Mesa de Entradas Única; comprendiendo a los Distritos y Circuitos judiciales que comenzaron a desarrollar sus actividades conforme el esquema de trabajo resuelto por Acuerdo del 13.5.2020, Acta N° 14, Punto 1; y según el listado que se adjunta.

3) Hacer saber que los profesionales matriculados realizarán la presentación de las demandas ante dichos órganos jurisdiccionales, a través de una funcionalidad de la Autoconsulta de expedientes online y mediante la página web institucional del Poder Judicial.

4) Establecer que la remisión de demandas por esta vía electrónica se realizará a través de la Autoconsulta online en el mismo horario que el de atención al público de cada órgano judicial; y con los alcances establecidos en la presente resolución especialmente en el punto VI.

5) Librar las comunicaciones correspondientes a los fines de dar la más amplia difusión a lo aquí dispuesto. 6) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta al Cuerpo. FDO. BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO) GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA)».——————-

Se adjuntan a la presente  el reglamento de “Inicio electrónico de demandas – Autoconsulta online”, el “listado de órganos jurisdiccionales comprendidos en esta etapa”, y el “Manual de ayuda para los profesionales matriculados”.

Saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo M. P. Bordas

Secretario de Gobierno

Corte Suprema de Justicia

Provincia de Santa Fe




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«Herramientas de la Mediación en los negocios inmobiliarios» – Charla on-line

Estimados alumnos y colegas, los invitamos a participar de la charla on-line que daremos sobre «Herramientas de la Mediación en los negocios inmobiliarios» el día jueves 4/6 a las 20hs (Argentina).
Ya que contamos con cupos limitados, para participar deberán inscribirse completando el siguiente formulario https://forms.gle/8r6V9BjXku5YYkoN9
Las instrucciones para ingresar a la charla las recibirán por mail el mismo miércoles por la mañana. En caso de no recibirlo, les pedimos revisar su casilla de «Correo no deseado» o escribirnos al mail info@redesalternativas.com.ar o via whatsapp al +5492616590900

Cordiales saludos

Mgst. Antonio Tula

Visitar REDES ALTERNATIVAS en: http://redesalternativas.ning.com/?xg_source=msg_mes_network


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Lassalle ante la parálisis de la Justicia: “Debemos abandonar la idea de que el abogado compone un sector social acomodado”

El presidente de Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), José Luis Lassalle, participó este martes de un “webinario” junto a destacados referentes y expertos nacionales. Analizaron la situación actual del servicio de Justicia, la virtual parálisis de ese Poder y el impacto social y económico que ello tiene en el sistema republicano y en la economía doméstica.

En su exposición, el titular de FACA defendió que el servicio de Justicia debe calificarse como “actividad esencial” durante la pandemia de coronavirus: “Debemos abandonar la idea de que el abogado compone un sector social acomodado, que se va de vacaciones dos veces por año. Los abogados son trabajadores que ganan sus ingresos con el trabajo diario, que por la parálisis de la Justicia tienen que dar la cara ante sus clientes, y también ante sus familias”.

El debate que tuvo lugar en el marco del seminario virtual “El funcionamiento de la Justicia frente al Covid-19”, moderado por el periodista de La Nación Hernán Cappiello, puso sobre el tapete el atraso tecnológico del Poder Judicial en la mayoría de las jurisdicciones, aunque los participantes reconocieron que el alcance de la actual crisis superó todos los cálculos. El objetivo de la charla fue hallar salidas consensuadas en la coyuntura.

Aparte de Lassalle, participaron en calidad de expositores la diputada nacional e integrante del Consejo de la Magistratura, Graciela Camaño; Máximo Fonrouge, presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires; Marcelo Gallo Tagle, presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de las Nación; Gabriel Mehlman, Director de la Unidad Modernización, Innovación Tecnológica y Proyectos Especiales del Consejo de la Magistratura; y Pablo Pirovano, miembro de la Comisión de Justicia, Organización Judicial y Ejercicio Profesional del CACBA.

“No desconocemos la trascendencia y la gravedad de la crisis sanitaria, ni las medidas que se usaron, pero esas restricciones de derechos que en primer momento se deben entender como razonables no pueden permanecer en el tiempo”, sentenció durante su intervención el titular de FACA, y apuntó que sumando la feria de fin de año y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), “sobre siete meses posibles la Justicia habrá trabajado un mes y medio”.

“Además de afectarse el funcionamiento de un Poder del Estado, también se pone en riesgo la credibilidad de un pilar de la democracia y la República”, afirmó, e insistió en que además “hay otro legítimo interés: el de los abogados en ejercer su profesión para obtener sus ingresos. Hoy el abogado no trabaja o lo hace muy limitadamente de cara a una virtual paralización”.

Finalmente recordó que el abogado “hoy genera honorarios que con suerte cobrará mucho tiempo después. Las restricciones, comprensibles en un primer momento, también reconocen un límite hasta en los tratados internacionales de los que la Argentina es parte. Se acepta la restricción de derechos limitados por la propia trascendencia de la emergencia, pero no aceptamos desde la abogacía que uno de los tres poderes del estado no funcione”.




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CICLO DE CONFERENCIAS GRATUITAS – LAS RELACIONES DE LAS FAMILIAS – A cargo de Marisa Herrera

Continuando con las jornadas por el 5to. aniversario del Código Civil y Comercial, el día 3 de junio se llevará a cabo Conferencia a cargo de la Dra Herrera. La misma estará disponible el día ya mencionado, a partir de las 8 hs.
Inscripción previa en el siguiente link:

https://bit.ly/2LpHHCp






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CHARLAS ABIERTAS SOBRE ACCESO A LA JUSTICIA EN VIVO POR STREAMING 

La Coordinación de Comunicación Institucional, Prensa y Relaciones con la Comunidad de la Defensoría General de la Nación (DGN) organiza en el contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio, una serie de charlas sobre distintas temáticas relativas al acceso a la justicia y a la defensa de los derechos fundamentales, en especial de los sectores más vulnerables de la sociedad. 

Mañana, miércoles 27 de mayo, a las 16:00 horas, se realizará el sexto encuentro del ciclo con un diálogo entre Sebastián Tedeschi, Coordinador del Programa de DESC de la DGN,  y Gerardo Pisarello, Dr. en Derecho, Profesor de Derecho Constitucional y actual Secretario Primero de la Mesa del Congreso de España. Abordarán temas relativos a las políticas sociales y de vivienda en el marco del COVID-19. La charla podrá seguirse en vivo por las cuentas de Instagram @mpdargentina y @G_pisarellop. 

Esta iniciativa es parte de la campaña «Defensa Pública. Garantía de Acceso a la Justicia», a la que convocó la defensora general de la Nación, Stella Maris Martinez, mediante Resolución DGN N° 908/2019.

 


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INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR CERTIFICADO DE FIRMA DIGITAL Y ADQUISICIÓN DE TOKEN POR INTERMEDIO DEL COLEGIO DE ABOGADOS

Estimados/as,
Por cuestiones de organización contable y administrativa, los colegiados interesados en adquirir un token deberán completar, sin excepción, el formulario publicado en el enlace  https://forms.gle/7UMsA8LesLaoBUi58     y  remitir colabrafaela@wilnet.com.ar , una vez realizada la transferencia,  el comprobante bancario con el Asunto: PAGO A CUENTA TOKEN.
Ambos pasos son necesarios para vincular la solicitud y el pago a cuenta del token.

 

(se sugiere para confirmar adquisición de token, 1-completar el enlace  https://forms.gle/7UMsA8LesLaoBUi58      -> 2- efectuar transferencia – >3-. enviar comprobante por correo electrónico)






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CICLO DE CONFERENCIAS GRATUITAS – 5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL EN ACCIÓN. LOS JUECES Y UN FUTURO A CONSTRUIR Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci

?CICLO DE CONFERENCIAS #GRATUITAS
?5° ANIVERSARIO DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL EN ACCIÓN. LOS JUECES Y UN FUTURO A CONSTRUIR
Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci
?La conferencia quedará disponible a partir de las 8 hs del 27 DE MAYO.
???
Pre-inscribite a la conferencia gratuita aquí https://bit.ly/2LpHHCp
En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados, ingresá y capacítate.

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Pautas referidas a la presentación de escritos judiciales en los expedientes tramitados ante el Juzgado de Circuito N*5 de Rafaela.

Juzgado de Circuito N*5 de Rafaela.
En el asunto escribir la carátula y CUIJ del expediente, sin más detalles;
El texto del escrito a presentar debe ir redactado en forma completa en el cuerpo del mail, como se hacía habitualmente con cualquier escrito en soporte papel;
Los adjuntos (cédulas, constancias, aportes, vistas, informes, etc) deben estar escaneados en un único archivo en formato .PDF.

Deberá tenerse en cuenta también que todo mail que se envíe a la casilla de correos del Juzgado será impreso y cargado en el sistema SISFE para su proveimiento, de modo que deberá cuidarse de mandar allí los escritos que sean necesarios y, obviamente, no reiterarlos con presentaciones en soporte papel, salvo que así se indique expresamente desde el Juzgado






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POSGRADOS, MAESTRIAS Y ESPECIALIZACIONES UNL FCJS- Inscripciones y reprogramación

Posgrados 2020: inicio de las carreras e inscripciones abiertas
A partir de las medidas tomadas en relación a la pandemia del Coronavirus, la FCJS reprogramó el inicio de las carreras de posgrado. Las inscripciones virtuales continúan abiertas. La atención al público está suspendida hasta el 25 de mayo.

MAESTRÍAS
Derecho Administrativo → Inicia en agosto de 2020. Inscripción abierta.

Argumentación Jurídica → Reprogramación a confirmar. Inscripción abierta.

Teoría Constitucional y Derechos Humanos → Reprogramación: no se dictará en 2020. Su inicio se pospone para el primer cuatrimestre de 2021. Las inscripciones están cerradas.

Desarrollo y Políticas Públicas → Reprogramación: iniciará el 7 de agosto de 2020. Inscripción abierta.

ESPECIALIZACIONES
Derecho Administrativo → Inicia en agosto de 2020.

Derecho Ambiental y Tutela del Patrimonio Cultural → Reprogramación: iniciará con el primer encuentro intensivo del 31 de agosto al 5 de septiembre de 2020. Inscripción abierta.

Defensa y Garantías (Se dicta en la modalidad virtual. Las inscripciones abrirán en mayo a través de UNLVirtual y el costo estará disponible en ese sitio) → Inicia en agosto de 2020.

Derecho de la Empresa → Reprogramación: iniciará el 13 y 14 de agosto de 2020. Inscripción abierta.

Derecho Laboral → Reprogramación: esta carrera ya inició el pasado 12 de marzo. Inscripción cerrada.

Derecho Notarial, Registral e Inmobiliario → Reprogramación: inició el 6 de mayo de 2020. Inscripción abierta.

Derecho Procesal Civil → Reprogramación: iniciará el 7 de agosto de 2020. Inscripción abierta.

Derecho Procesal Penal → Reprogramación: iniciará el 4 de junio de 2020. Inscripción abierta.

Derecho Sucesorio → Reprogramación: iniciará el 7 y 8 de agosto de 2020. Inscripción abierta.

Los costos y las formas de financiación podrán consultarse ingresando a cada carrera, en el botón «Inscripción».

 https://www.fcjs.unl.edu.ar/ver-noticia/?nid=44580



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Ciclo de Conferencias Online Universidad Abierta Interamericana.

https://www.uai.edu.ar/cursos-y-eventos/derecho-y-ciencias-pol%C3%ADticas/ciclo-de-conferencias-online-universidad-abierta-interamericana/

26 de Mayo al 15
de Junio 2020

18:30 a 19:45 hs

Modalidad Online
Actividad Gratuita

PROGRAMA
Coordinador Académico: Dr. Felipe Moore


Martes 26/05/2020 – 18:30 Hs.
 DERECHO LABORAL
Dr. Emilio Romualdi Juez del Tribunal del Trabajo N° 6 de San Isidro, Pcia. de Buenos Aires. Profesor titular de Derecho de la seguridad social.
“La influencia de la pandemia en el Derecho del trabajo”
“Aplicación y constitucionalidad de los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 34/19 y N° 329/2020 en las relaciones laborales”
“Alcance y aplicación del Art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo”


Miércoles 03/06/2020 – 18:30 Hs. DERECHO PENAL
Dr. Santiago Marquevich (Fiscal Federal a cargo de la Fiscalía Federal de Hurlingham Morón y la Unidad Especializada para la Investigación del Secuestro Extorsivo en la Argentina).
Dr. Santiago Moore (Secretario de la Fiscalía Federal de Morón).
“Delito de propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas (art.202 del CP)”
Explicación de casos ocurridos y delitos conexos.
«Delito de Intimidación pública»
Casos de divulgación en medios masivos de comunicación de noticias falsas y sus consecuencias en la población.
“Pedido de excarcelación de personas detenidas en establecimientos carcelarios en época de Pandemia».


Jueves 11/06/2020 – 18:30 Hs. DERECHO CIVIL
Dra. Silvia Tanzi Juez Nacional en lo Civil en Poder Judicial de la Nación- Juzgado Nacional en lo Civil N°51. Profesora titular de Teoría de la persona y del hecho jurídico
Dr. Ramiro J. Córdoba Profesor titular de Derecho de Daños.
“La influencia de la pandemia en relación con el cumplimiento de las obligaciones”
Mora. Efectos y alcances prácticos.
“Aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 320/2020. Suspensión de los desalojos”
“Normas de emergencia sanitaria y su interpretación conforme al art. 2 del C.C.C.N.”


Lunes 15/06/2020 – 18:30hs. DERECHO DE FAMILIA
Dra. Sandra Veloso Titular del Juzgado de Familia N° 1 de Tigre, Pcia. de Buenos Aires.
“Régimen de comunicación de los hijos respecto a sus progenitores en épocas de Covid 19”

 

INSCRIPCIONES

https://uai.edu.ar/DerechoArgentino

 


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Segundo Congreso Internacional “El Derecho en Circunstancias de Emergencia” y Primer Congreso Internacional de Derecho de Familia. ONLINE – UAI

https://www.uai.edu.ar/cursos-y-eventos/derecho-y-ciencias-pol%C3%ADticas/segundo-congreso-internacional-el-derecho-en-circunstancias-de-emergencia-y-primer-congreso-internacional-de-derecho-de-familia/

27 y 28 de
Mayo del 2020
11:00 Hs. (Arg)

Modalidad Online

Actividad Gratuita

¨La participación en el Congreso requiere de inscripción previa.
Luego de inscribirse, se le enviará el enlace de acceso al congreso.¨

Inscripción previa

https://uai.edu.ar/SegundoCongresoInternacionalDeDerecho

 

 

CRONOGRAMA

 

 

27 de mayo de 2020.
Por la mañana.

10:30
Prueba de conexión

11:00
Alejandro Laje Post doctor, Regensburg Universität y Vice Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, UAI.
Apertura del Congreso


11:10
Conferencia Inaugural
Daniel Sabsay. Profesor Titular de Derecho Constitucional UBA.
“Emergencia y derechos. La constitucionalidad de las decisiones tomadas en el marco de circunstancias excepcionales.”


11:30
Marcos M. Córdoba. Profesor Titular de Derecho de Familia y Sucesiones UBA-UAI y Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, UAI.
«El Vigor hibrido en el Derecho Argentino.»


11:45    
Vincenzo Barba. Catedrático de la Universidad de Roma-La Sapienza.
“El contrato de arrendamiento de locales comerciales: sobre la posible suspensión del pago durante la pandemia.”


12:00
Sandra Wincker. Profesora de la Universidad de la Universidad de Rijeka.
«I diritti  dei minori ai tempi dell’emergenza Covid-19. «


12:15
Emanuele Tuccari. Catedrático de la Universidad de Pavia, Italia.
“El derecho privado de emergencia en Italia: las circunstancias sobrevenidas durante la ejecución de los contratos de viajes combinados.”


12:30
Juan Carlos Palmero. Presidente Honorario de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba.
«La vigencia de los principios generales de buena fe y abuso de derecho durante los tiempos de crisis.»


12:45
Julio Cesar Rivera. Miembro de Número de la Academia Nacional de Derecho de Buenos Aires y Director del Observatorio de Arbitraje de UAI.
«La autonomía personal en jaque.»


13:00
Ramiro Córdoba. Profesor Titular de Derecho de Daños, UAI.
«Emergencia sanitaria y la prevención del daño.»


13:15
Sebastián Picasso. Profesor Titular de Obligaciones Civiles y Comerciales, UBA y Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal.
«Coronavirus y caso fortuito.»


13:30
Leandro Vergara. Profesor Titular de Obligaciones Civiles y Comerciales, UBA.
“La imprevisión y frustración en el cumplimento de los contratos por  causa del covid 19.”



27 de mayo

Por la tarde

15:00
Silvia Guahnon. Directora de la Diplomatura de Derecho Procesal de Familia, UAI y Ex Juez Nacional Civil.
«Las normas procesales y los alimentos en la emergencia.»


15:15
Gabriel Rolleri. Profesor de Derecho de Familia y Sucesiones, UBA.
«Régimen de comunicación.»


15:30
Verónica Castro. Profesora Asociada de Derecho de Familia, UAI.
“Responsabilidad Parental en los tiempos del coronavirus.»


15:45
Osvaldo Pitrau. Profesor Titular de Derecho de Familia y Sucesiones, UBA.
«Los efectos personales del matrimonio en referencia a la circunstancia de Crisis.»


16:00
Mariana Callegari. Profesora de Derecho de Familia y Sucesiones, UBA y Juez Nacional Civil.
“El derecho asistencial de alimentos durante la pandemia.”


16:15
Francisco M. Ferrer. Director de la Especialidad en Derecho Sucesorio de la Universidad Nacional del Litoral.
“El Derecho Sucesorio en época de emergencia.”


16:30
Graciela Medina. Profesora Titular de Derecho de Familia y Sucesiones UBA.
«Emergencia Sanitaria y Derechos Humanos.»


16:45
Carlos Rolando. Director del Posgrado de Derecho de Familia de la Universidad Nacional del Litoral.
“Extinción y liquidación de la comunidad conyugal en circunstancias de Emergencia.”


17:00
Rodolfo Jauregui. Profesor Titular de Derecho Civil V, Universidad Nacional del Litoral.
“El Poder Judicial en situación de emergencia.”


17:15
Horacio Brozzi. Decano de la Facultad de Motricidad Humana y Deportes, UAI.
“Actividad física y deporte en tiempos de aislamiento.”


 

Fin del primer día.

28 de mayo
Por la mañana

10:30
Prueba de conexión


11:00
Marcos M. Córdoba. Profesor Titular de Derecho de Familia y Sucesiones UBA-UAI y Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, UAI.
“Apertura de la segunda jornada.”


11:15
Alessio Zacaria. Catedrático de la Universidad de Verona y Miembro Académico del Consejo de la Magistratura de Italia.
La sorte delle locazioni commerciali al tempo del Coronavirus.


11:30
Emanuele Lucchini Guastalla. Catedrático de la Universidad Bocconi, Italia.
“Emergencia coronavirus y relaciones contractuales.”


11:45
Felipe Moore. Profesor de Derecho Comercial, UAI.
«Aplicación y relación de los valores y principios jurídicos en el acuerdo preventivo extrajudicial en época de crisis.»


12:00
Silvia Tanzi. Profesora Titular de Teoría de la Persona y del Hecho Jurídico, UAI y Juez Nacional Civil.
«La Mora en tiempos de coronavirus.»


12:15
Paula Castro. Profesora Titular de Clínica Jurídica, UAI y Juez Nacional Civil.
“Los Derechos de los Consumidores en la crisis contractual provocada por la pandemia.”


12:30
Silvana Chapero. Profesora Titular de Derecho Privado I de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba.
“Las libertades individuales y el principio de solidaridad en tiempos de emergencia.”


13:00
Sofía de Salas. Profesora  Titular de Derecho civil. Acreditada como catedrática. Especialista en vulnerabilidad personal y patrimonial, Universidad de Zaragoza.
“Aplicación de la cláusula rebus sic stantibus a las relaciones contractuales afectadas por la crisis del COVID-19.”


13:15 
Mª Victoria Mayor del Hoyo. Profesora Titular de Derecho Civil y Directora del Departamento de Derecho Privado, Universidad de Zaragoza .
«El régimen de custodia y visitas en situaciones de emergencia.«


13:30
Ruth Rubio Marín. Catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla y Directora de la Cátedra Unesco de Derechos Humanos e Interculturalidad de la Universidad Internacional de Andalucía.
¿Tiempo de pensar los derechos en clave de deberes?

info


28 de mayo
Por la tarde

15:00
Juan Carlos Cassagne. Miembro de Número de la Academia Nacional de Derecho de Buenos Aires y Profesor Titular de Derecho Administrativo I UAI.
«Los límites del Estado de Emergencia.»


15:15
Graciela Medina. Profesora Titular de Derecho de Familia y Sucesiones UBA.
Presentación del “Tratado de la Familia” Thomsom Reuters La Ley


15:30
Javier Aga. Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Litoral.
«Emergencia y Derecho Constitucional.»


15:45
Miguel Castro Ríos. Médico y Presidente de la Sociedad Argentina de Hematología
“Libertad y seguridad sanitaria.”


16:00
Carolina Obarrio. Director Ejecutivo, Asuntos Legales de América Latina y Consultora Legal Extranjera» del Colegio de Abogados del Estado de Florida.«Globalización y práctica profesional en época de emergencia. Herramientas y desafíos.»


16:15
Fabián Lavallén. Profesor de Teoría Política y Directora de la Carrera de Ciencia Política, UAI.
“El estado de excepción; acción humana, anomia y poderes políticos ante las crisis.”


16:30
Marilina Miceli. Profesora Asociada de Derecho Romano, UAI.
“Emergencia y Pandemia en el Sistema Jurídico Romano.”


16:45
Susana Durán Sáenz. Directora de la Licenciatura de Relaciones Internacionales,
“La entelequia de la autonomía de los Estados en un sistema de gobernanza global.”


17:00
Carlos Agostinelli. Profesor Titular de Derecho Administrativo, UAI.
“Control judicial de los DNU dictados con motivo de la pandemia.”


17:15
Alejandra Pasquet. Profesora Titular de Derechos Reales, UAI.
“Consecuencias jurídicas de la fuerza mayor y la teoría de la imprevisión en los contratos habitacionales.”


17:30
Gerónimo Martínez. Profesor Asociado de Derecho Sucesorio y Director de la Carrera de Abogacía, Sede Rosario, UAI.
“El testamento. Su disposición y contenido en el actual contexto de emergencia.”


17:45
Conferencia de clausura
Armando S. Andruet. Presidente de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba.
«Pandemia Covid-19 en prospectiva: Aprendizaje, Desafío e Interrogante. Perspectivas bioéticas y morales del problema.»


18:00
Alejandro Laje. Post doctor, Regensburg Universität y Vice Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, UAI.
Conferencia de cierre del Congreso. “Conclusiones finales.”


 

Consejo de Admisión de Consultas

Presidente:
Juan Pablo Rodríguez, Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal

Vice-presidente:
Claudio Fede, Profesor de Derecho Extra patrimonial de Familia, UAI y Juez Nacional Civil

Vocales:

  • Valeria Vaccaro, Profesora de Derecho Contratos Civiles y Comerciales, UAI.
  • Esteban Gutiérrez Dalla Fontana, Profesor de Derecho Sucesorio, Universidad Nacional del Litora
  • Lucila Córdoba, Profesora Titular de Derecho Patrimonial de Familia, UAI y Juez Nacional Civil.
  • Ángeles Martínez, Miembro del Instituto de Derecho de Familia, CPACF.
  • Fernando Millán, Profesor de Derecho Extra Patrimonial de Familia, UAI.
  • Florencia Córdoba, Profesora de Derecho Sucesorio, UAI.
  • Adriana Guglielmino, Profesora de Obligaciones Civiles y Comerciales, UAI.
  • Gabriel Lanzavecchia, Profesor de Derecho Extra Patrimonial de Familia, UAI.
  • Noelia Ruiz, Directora del Consejo Académico de Coordinación, Seminario Permanente de Investigación del Derecho de la Persona Humana, Familia y Sucesiones, UBA.

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Patricio Manuel Consentino expondrá sobre «Pandemia y discapacidad: lo bueno, lo malo y lo necesario. Apuntes sobre la situación en Chubut».

Miércoles 20, a las 17 horas tendrá lugar el cuarto encuentro del Ciclo de Charlas sobre «Discapacidad y Derechos» organizado por la Facultad de Derecho de la UBA. En esta oportunidad, Patricio Manuel Consentino expondrá sobre «Pandemia y discapacidad: lo bueno, lo malo y lo necesario.
Apuntes sobre la situación en Chubut». La charla podrá visualizarse por IG @DISCAPACIDAD_Y_DERECHOS






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La conferencia inaugural ya se encuentra disponible para su visualización. Ciclo de Conferencias gratuitas – 5to. aniversario del Código Civil y Comercial. CONFERENCIA INAUGURAL.

El Código Civil y Comercial en acción, un futuro a construir a cargo del Dr. Ricardo LORENZETTI

La conferencia quedará disponible a partir del 20 DE MAYO

Enlace de inscripción al ciclo de conferencias: https://bit.ly/2LpHHCp

 

En tiempos de aislamiento Rubinzal Culzoni te permite acceder gratis a conferencias dictadas por los juristas más destacados.

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INFORMACION FIRMA DIGITAL – TOKEN

En razón de la improvisación y escasez de tiempo con la que fuimos informados de la presencia de Oficiales de Registro del Poder Judicial, quienes el día 15 de mayo se constituirán en Tribunales de Rafaela, San Cristóbal y Tostado con el fin de facilitar el trámite de conformación de firma digital, unido a la falta de información previa y necesaria sobre este tema, el Colegio de Abogados hace saber:

1- Que asistirá a la reunión con los Oficiales de Registro enviados por la Corte en Tribunales de Rafaela, con el objeto de recibir la información necesaria sobre este tema (token y modo de utilización).

2- Obtenida la información, conforme las explicaciones que pueda brindar dicho personal, se pondrá en conocimiento de todos los colegas.

3- Se solicitará la presencia del personal en una nueva fecha, que debe establecerse con debida y acordada anticipación, de forma que posibilite la atención adecuada y exhaustiva de todos los profesionales.

4.- No es requisito para la presentación de escritos judiciales contar con Firma Digital, los mismos se seguirán incorporantdo al trámite ante los juzgados de la manera que se viene realizando en la urgencia (mediante correo electrónico o la modalidad que se acuerde con el Juzgado).

5.- Para la obtención de Firma Digital previamente se debe contar con el dispositivo token, realizar una carga de datos en páginas oficiales (MiArgentina.com.ar) y luego concurrir por ante la autoridad registral autorizada.

ESTA INFORMACIÓN SE BRINDARÁ DESDE EL LUNES POR EL COLEGIO DE ABOGADOS.

Rafaela, 14 de mayo de 2020.






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Ciclo de conferencias gratuito «El Código Civil y Comercial en acción, un futuro a construir»

Con motivo del 5to. Aniversario del Código Civil y Comercial, Rubinzal-Culzoni y Expoterra han organizado un Ciclo de Conferencias con 25 destacados juristas, que abordarán en clave de balance y análisis de futuros desafíos, aspectos puntuales del Código.
Cada semana se podrá acceder gratuitamente a una nueva conferencia sobre un tema específico, así como ver las anteriores.
Conferencias inaugurales los días miércoles 20 de mayo y miércoles 27 de mayo, a cargo de Ricardo L. Lorenzetti y Aída Kemelmajer de Carlucci.
PRIMERA CONFERENCIA: MIERCOLES 20 DE MAYO 8 HS.
EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL EN ACCIÓN, UN FUTURO A CONSTRUIR
Dr. Ricardo L. Lorenzetti
Enlace de inscripción al ciclo de conferencias: https://bit.ly/2LpHHCp

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TALLERES ONLINE – CENTRO DE GRADUADOS UBA

Jueves 14 de mayo de 2020 a las 17 hs. en vivo por el Instagram del Centro de Graduados (centrodegraduados)
 
*Taller online «Vulneraciones a los derechos de NNyA en tiempos de pandemia»
 
Expositores: Blanca Escurra Vera y Francisco Javier Ghiglino
 
Viernes 15 de mayo a las 16 hs. a través del Instagram del Centro de Graduados (centrodegraduados)
 
*Aspectos prácticos del proceso sucesorio. Herederos y acreedores en el Código Civil y Comercial
 
Expositora: Lidia Hernández
 
Viernes 15 de mayo de 2020 a las 18.30 hs. en vivo por el Instagram del Centro de Graduados (centrodegraduados)
 
*Taller online «Aspectos prácticos de las acciones por responsabilidad civil»
 
Expositor: Jonathan Brodsky




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1ER CONGRESO VIRTUAL LATINOAMERICANO DE EDUCACIÓN: «EDUCACION EN TIEMPOS DE PANDEMIA …¿HABLAMOS?» que se organiza desde el espacio  «EDUCACIÓN & NEUROCIENCIAS»  29 Y 30/05

el próximo viernes 29 y sabado 30 de Mayo.

 

Es un encuentro con 8 disertantes de lujo que abordaran temas relacionados con el inusual y difícil momento que nuestra educación esta atravesando  y la idea es que entre todos «hablemos» de esto que esta pasando y nos llevemos las herramientas que estos disertantes nos brindaran.

 

Podes anotarte via email a : espacioeyn@gmail.com, o mandas un whatsapp al 3489 589598 o entras a nuestra pagina de facebook y nos contactas por alli!! EDUCACION & NEUROCIENCIAS. 

 



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Jornada Internacional de Derecho del Deporte.

Será el 12 de mayo y se dictará en la modalidad virtual. Se abordarán los efectos de la Pandemia y las actualizaciones en el derecho deportivo. Las inscripciones están abiertas.
 
El próximo martes 12 de mayo, a las 15 (hora de Argentina), se llevará a cabo la Jornada Internacional “Actualidad en el Derecho del Deporte», en la que se desarrollarán temas como: los efectos de la Pandemia; los contratos; los clubes; la última reforma deL RETJ; el derecho de formación y el mecanismo de solidaridad (novedades), entre otros.
 
Los docentes que estarán a cargo del encuentro son Martín Auletta (Argentina), Horacio González Mullin (Uruguay), Eduardo Bebekian (Uruguay) y Carlos Iparraguirre (Argentina).
 
La Jornada, que se hará en el marco de la apertura de la novena edición del curso virtual de Derecho del Deportivo de la FCJS-UNL, es gratuita y abierta a todo público interesado en la temática.
 
La actividad se desarrollará a través de la plataforma Zoom, por lo cual tiene un cupo limitado. Quienes deseen participar como asistentes deberán inscribirse ingresando AQUÍ.
 
Las indicaciones para acceder al encuentro serán enviadas por e-mail a los inscriptos.
 
Organizan: Secretaría de Posgrado, Dirección de Educación a Distancia y Cuerpo de Graduados de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS).
 
 
 
Informes
Secretaría de Posgrado | FCJS
E-mail: posgrado@fcjs.unl.edu.ar


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ESTUDIOS JURIDICOS. LINEAMIENTOS PARA SU FUNCIONAMIENTO.

ESTUDIOS JURIDICOS. LINEAMIENTOS PARA SU FUNCIONAMIENTO.

 

Formulario Protocolo COVID-19.

Los profesionales deberán registrarse en el formulario que se indica a continuación (para la actualización de datos de las recepciones y excepciones ya otorgadas).

El mismo tendrá el carácter de Declaración Jurada.

 

Formulario Excepción y Protocolo Higiene COVID-19 https://aswe.santafe.gov.ar/formulario_excepcion_covid19

 

 

En el formulario a completar también se solicita cargar Protocolo de Prevención de Coronavirus COVID-19 adoptado en formato .pdf

 

El Protocolo aplicable a locales y oficinas de servicios prestados por profesionales liberales se podrá descargar en el siguiente enlace:

https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/wp-content/uploads/sites/36/2020/05/Protocolo-Servicios-de-Profesiones-Liberales-Covid-19-Pcia.-Santa-Fe.pdf

 

 

Recuerden descargar y guardar el protocolo en formato .pdf

En el nombre del archivo deberá constar la razón social (o nombre completo) y número de CUIT sin guiones ni puntos.

 

 

EN EL CASO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE RAFAELA, también deberán enviar el protocolo por mail a spe@rafaela.gob.ar

 

Se recomienda a los profesionales que tengan radicados sus estudios jurídicos en otras localidades, que consulten con el Municipio o Comuna correspondiente a los fines del envío del protocolo a la autoridad competente.

 

 

Sobre los empleados de estudios jurídicos:


Los empleados y las empleadas de los establecimientos habilitados a funcionar conforme los artículos 10, 11 y la normativa nacional y provincial que se dicte, deben realizar la Declaración Jurada de Estado de Salud (DJES), mediante la “app” denominada “Aplicación Movil COVID-19 Provincia de Santa Fe” (https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/aplicacion-movil-covid-19-provincia-de-santa-fe/), en forma personal y desde dispositivo móvil personal, cada 72 horas.

En caso de que el empleado o la empleada no pueda contar con la “app” en su dispositivo, debe realizar en forma manual la DJES cada 72 horas, y el empleador las compilará en un Registro. (Modificado por Resolución MTEySS N° 72/2020).

https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/257765/1357699/

 

 

 

Resolución MTEySS N° 72/2020:

http://www.cicae.org.ar/wp-content/uploads/2020/04/Resoluci%C3%B3n-MTEySS-N%C2%B0-72.pdf

 




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EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL RECIBIO A LOS COLEGIOS DE ABOGADOS

AUSPICIARAN UNA MESA DE DIALOGO PARA BUSCAR SOLUCIONES RESPECTO DEL ACCESO A LA JUSTICIA Y EL EJERCICIO PROFESIONAL

Los Cinco Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe, representados por sus Presidentes- Dres Andrés Abramovich (Santa Fe), Carlos Ensinck (Rosario), Alberto Turcato (Venado Tuerto), Julio Pagano (Reconquista) y Enrique Soffietti (Rafaela)- se reunieron en la mañana de hoy en Casa de Gobierno con el Ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, Dr. Esteban Borgonovo y el Secretario de Justicia, Dr. Héctor Gabriel Somaglia.
Los Colegios Profesionales insistimos en la necesidad de que se amplié progresivamente el servicio de justicia permitiendo la realización de trámites y adaptando a través del uso de las TICs el procedimiento actual para que se aceleren los tiempos de respuesta judicial y se evite la concurrencia de público a los Juzgados.
También se hizo un fuerte reclamo solicitando en forma urgente la apertura de los estudios jurídicos en las ciudades de Santa Fe y Rosario, para que los profesionales del derecho podamos retomar labores con los debidos resguardos de seguridad y salubridad.
Los funcionarios del Poder Ejecutivo tomaron nota de los planteos realizados y se comprometieron a impulsar una Mesa de Dialogo entre los estamentos vinculados con la justicia.
Esta Mesa de Diálogo tendría por objetivo aunar esfuerzos en forma cooperativa y propositiva para zanjar las dificultades que se están presentando en el corto plazo a raíz del contexto planteado por la circunstancia extraordinaria que estamos viviendo y en el mediano plazo, para plantear una agenda de trabajo conjunta que permita generar propuestas y contextos en diversas temáticas.
Los Colegios de Abogados consideramos indispensable el diálogo permanente como único modo posible de construir convivencia y paz social. Alentamos e instamos a que cada uno de los tres poderes del Estado ocupe desde su responsabilidad institucional el rol que le cabe en los procesos de diálogo y generación de consensos.



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FUNCIONAMIENTO SERVICIO DE JUSTICIA DURANTE VIGENCIA CUARENTENA COVID-19

 

MODALIDAD: PRESTACIÓN MÍNIMA DE JUSTICIA MEDIANTE JUZGADOS DE TURNO.-

HORARIOS: LUNES A VIERNES DE 08.00 A 12.00 HORAS.-

PLAZOS PROCESALES: SUSPENDIDOS EN TODOS LOS JUZGADOS DE LA PROVINCIA HASTA DISPOSICÓN EN CONTRARIO.-

AUDIENCIAS: SUSPENDIDAS EN TODOS LOS JUZGADOS DE LA PROVINCIA HASTA DISPOSICÓN EN CONTRARIO. EXCEPCIONES (A CRITERIO DEL MAGISTRADO): Casos en los que la demora pudiera provocar vulneración o pérdida irreparable de un derecho; como así también un perjuicio cuya magnitud justifique la excepción.-

PROCESOS HABILITADOS POR MATERIA:

  1. FAMILIA:
    1. VIOLENCIA: Se recibirán pedidos de protección con la sola firma del Fiscal.-
    2. ALIMENTOS: Determinación de alimentos provisorios; cobro de cuotas alimentarias vigentes (solicitud por correo electrónico, el juzgado por la misma vía remitirá oficio al Banco).
    3. OTROS PROCESOS: Medidas y/o intervenciones referidas al régimen de contacto y comunicación en casos de urgencia y gravedad; medidas solicitadas de conformidad con arts. 58 y 58 bis Ley 12.967; ordenes de traslado para evaluación y eventual internación.-

 

 

  1. CIVIL Y COMERCIAL DE DISTRITO:
    1. PROCESOS URGENTES: Amparo; medidas autosatisfactivas y cautelares;
    2. OTROS PROCESOS: Declaratoria de herederos cuando es necesaria para ejercer derechos (necesaria acreditación del mismo); pagos de deudas con fondos depositados o a depositarse; constitución y renovación de plazos fijos; homologaciones de convenios que pongan fin al litigio y el despacho de las órdenes de pago correspondientes; acciones preventivas de daño.

 

  1. LABORAL:
    1. HOMOLOGACIONES: Se homologarán acuerdos y convenio habilitándose los pagos pertinentes.-
    2. AMPAROS
    3. PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS: Solo los previstos en arts. 121 (pronto pago de sumas reconocidas); art. 123 inc. A y C; art. 135; art 136; accidentes y enfermedades inculpables cuando corresponda pronto pago o cuando estando reconocido el crédito, la controversia solo existe sobre grado de incapacidad o monto de la indemnización.-

 

  1. CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: PROCESOS URGENTES: Todo asunto que se considere de preferente tratamiento y resolución en especial: medidas cautelares; constitución y renovación de plazos fijos; pagos de deudas con fondo ya depositados.-

 

  1. PENAL: Todos los procesos respetando las disposiciones comunes de presentación vía correo electrónico y notificación, audiencias virtuales mediante zoom.-

 

  1. MINIESTERIO PUPILAR: Cobro de haberes previsionales devengados o a devengarse; extracciones bancarias mensuales destinadas a manutención de menores y personas con capacidad restringida.-

 

  1. HONORARIOS PROFESIONALES: Todos los trámites tendientes a la regulación, visado y cobro de los mismos mediante apremio.-

 

  1. COMUN A TODAS LAS MATERIAS: Cualquier asunto cuya demora pueda provocar un daño irreparable o de tal magnitud que justifique su tratamiento urgente.-

 

NOTIFICACIONES: Se pone en funcionamiento a partir del 11-05-20 el sistema de notificaciones electrónicas con firma digital conforme Acta Acuerdo N° 7, punto 11, de fecha 07-03-19.-

CONCURRENCIA A LOS JUZGADOS: IMPLEMENTACIÓN PROGRESIVA: Se pone en funcionamiento a partir del 11-05-20 un sistema de turnos web para trámites de carácter presencial en los Juzgados. Mientras no se encuentre implementado solo con autorización expresa del magistrado.-

APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS EN NBSF: Oficio remitido desde el juzgado vía correo electrónico. –

FIZCALIZACIÓN CAJA FORENSE: Lunes, miércoles y viernes exclusivamente para trámites ordenados por los Juzgados, con turno previo al 03492 – 503929.-

PRESENTACIONES EN JUZGADOS: Exclusivamente mediante correo electrónico:

Juzgado Civil y Comercial, Circuito y Familia: presentacionescivilrafa@justiciasantafe.gov.ar

Juzgado Laboral: presentacioneslaboralrafa@justiciasantafe.gov.ar

PROTOCOLO PARA APERTURA ESTUDIOS JURIDICOS: http://www.abogadosrafaela.com.ar/wp-content/uploads/2020/05/Protocolo-Servicios-de-Profesiones-Liberales-Covid-19-Pcia.-Santa-Fe.pdf.pdf

 

Resolución del Ministerio de Trabajo – Protocolo prevención COVID-19
Declaración Jurada – Salud de trabajadores

DECLARACIÓN JURADA
DNU Nº 297/2020 – AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
Anexo resolución 41/20

https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/257765/1357699/

 

 




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Circular Nro. 48/2020: Implementación del sistema de notificaciones electrónicas con firma digital para las materias habilitadas por la Corte Suprema de Justicia por Acta. Nro. 11, pto. único de fecha 14.4.2020

«Circular Nro. 48/20.-

Santa Fe, 6 de mayo de 2020.-

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 5.5.2020, Acta N° 13, punto 2; la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

“IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS CON FIRMA DIGITAL PARA LAS MATERIAS HABILITADAS POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA POR ACTA NRO.11 PUNTO ÚNICO DE FECHA 14.4.20VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario, y; CONSIDERANDO: Que esta Corte puso en marcha desde fines del 2018 un ambicioso proyecto, cuyo objetivo se enmarcó en la puesta en funcionamiento de las notificaciones electrónicas con firma digital para todas las materias e instancias de los tribunales santafecinos. Que, luego de sucesivas reuniones y capacitaciones que incluyeron a los Colegios de Abogados de las Cinco Circunscripciones Judiciales, el mismo se puso en marcha en la segunda instancia del fuero laboral, y se hizo extensivo a todas las Cámaras de Apelación con competencia en dicha materia. Que a raíz de los acontecimientos de público conocimiento, este proyecto se vio interrumpido por elementales razones de servicio. Que en lo que ahora interesa, habiéndose diseñado un esquema de trabajo coordinado e integral en todas las dependencias que prestan funciones de manera presencial en este Poder Judicial (cfr. Acta Acuerdo Extraordinario Nro. 10, Punto Único de fecha 19.3.20 y Acta Acuerdo Extraordinario Nro. 11, Punto Único de fecha 14.4.20); teniendo en cuenta la dinámica con que los hechos se van sucediendo; y la necesaria revisión constante de los esquemas de gestión implementados, se entiende pertinente reconfigurar el otrora proyecto de implementación y aplicarlo en la actualidad a las materias habilitadas por esta Corte mediante Acta Nro. 11 Punto Único del 14.4.20, para tramitar durante el receso judicial ordenado a raíz del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. Que esta medida, dará mayor celeridad y seguridad a las comunicaciones, con el importante correlato de evitar la circulación masiva de personas en toda la comunidad. Que, en virtud de todo lo expuesto, y oído en este acto el señor Procurador General, SE RESUELVE: I.- Poner en funcionamiento el sistema de notificaciones electrónicas con firma digital aprobado por Acta Acuerdo Nro. 7, Punto 11 del 7.3.19, a partir del próximo lunes 11 de mayo del corriente para las materias objeto de tramitación conforme lo dispuesto por esta Corte mediante Acta Acuerdo Nro. 11, Punto Único de fecha 14.4.20; y para todas aquellas que en más habilite en el futuro este Alto Cuerpo. II.- Instruir a la Secretaría de Gobierno para que, por los medios conducentes al efecto, solicite a los Colegios de Abogados de las Cinco Circunscripciones Judiciales, la confección y remisión de un listado de correos electrónicos de sus asociados, a donde serán remitidos los correos de cortesía emitidos por el sistema de Notificaciones Electrónicas con firma Digital aquí referido. III.- Librar las comunicaciones pertinentes. FDO. GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).————————————————————-“

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo.Dr. Eduardo Bordas

(Secretario de Gobierno)»

 

 

Atentamente.

 

Sección Personal.

 

ACTA Número :    07
Fecha Acuerdo :    07/03/2019

Encabezado :
ACTA N° 7: En la ciudad de Santa Fe, a los siete días del mes de marzo del año dos mil diecinueve, se reunió en Acuerdo Ordinario la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia, presidida por su titular Dra. MARÍA ANGÉLICA GASTALDI, e integrada por los señores Ministros, Dres. DANIEL ANÍBAL ERBETTA, ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO, RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ, MARIO LUIS NETRI y EDUARDO GUILLERMO SPULER, y con la asistencia del señor Procurador General, Dr. JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE, a fin de considerar lo siguiente:

11) REGLAMENTACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS DEL PODER JUDICIAL DE SANTA FE VISTAS Y CONSIDERANDO: I.- Que cabe tener presente que en el marco del proyecto de informatización integral que este Poder Judicial viene llevando adelante y la incorporación de nuevas tecnologías al servicio de la gestión judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, ha dispuesto en sucesivos Acuerdos la puesta en marcha del Sistema de Notificaciones por medios electrónicos, incorporando la utilización de la firma digital como medio que asegura autoría e integridad del instrumento (artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación). II.- Que con la finalidad de optimizar la utilización de los adelantos tecnológicos con que cuenta este Poder Judicial, en pro de la modernización de los actos de comunicación procesal, y teniendo en cuenta el avance materializado en la incorporación del Sistema de Gestión Judicial “SISFE” en reemplazo del anterior sistema informático, se advierte propicia la ocasión para continuar con la extensión del Sistema de Notificaciones electrónicas con firma digital, a otros ámbitos. III. Que con la sanción de la Ley Nro. 13840, no solo se ha posibilitado la notificación por medios electronicos o informáticos para el fuero laboral sino que en su art. 3 que incorpora el art. 29 bis al Código de Procedimiento Laboral, se ha facultado a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, para reglamentar la implementación gradual del expediente electrónico, de documento electrónico, de firma electrónica, de firma digital, de comunicaciones electrónicas y de domicilio electrónico constituido, en todos los procedimientos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial de la Provincia, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales. IV.- En consecuencia y en aras a su implementación gradual se considera pertinente aplicar esta nueva modalidad de notificación a los procesos que tramiten en la oficina de Procesos Sucesorios como en aquellos juicios que queden comprendidos en la prueba piloto de oralidad efectiva que se viene llevando adelante en este Poder Judicial a partir del 25 de marzo de 2019. Por todo lo cual, y oído en este acto el señor Procurador General, RESUELVE: 1) Disponer la puesta en marcha del Sistema de Notificaciones por medios electrónicos con firma digital, en el ámbito de los expedientes involucrados en la Prueba Piloto de Oralidad Efectiva y en la Oficina de Procesos Sucesorios a partir del 25 de marzo de 2019, según el reglamento que se adjunta y que forma parte de la presente. 2) Librar las comunicaciones respectivas y circulares a los fines de hacer saber lo aquí resuelto. 3) Hacer saber a los encargados de la página web para su publicación. 4) Regístrese, resérvese copia.

http://acuerdos.justiciasantafe.gov.ar/consultas/index.php?option=com_content&view=featured&Itemid=111&idacta=19df92be-d448-1003-7ebe-5c93889056a6



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Próximas masterclass online gratuitas – Universidad Austral – Derecho

 

IV Jornadas Nacionales de SAS | 1ras Jornadas Online de Derecho Societario

https://www.austral.edu.ar/derecho/programas/masterclass-online-la-sociedad-por-acciones-simplificada-y-su-impacto-en-el-derecho-societario-2/

 

https://www.austral.edu.ar/derecho/programas/masterclass-online-los-desafios-del-derecho-administrativo-en-el-estado-constitucional-de-derecho/?utm_source=Email%20Marketing&utm_medium=Bases%20internas&utm_campaign=Masterclass%20MDA

https://www.austral.edu.ar/derecho/programas/masterclass-online-los-efectos-tributarios-de-la-pandemia-covid-19/?utm_source=Email%20Marketing&utm_medium=Bases%20internas&utm_campaign=Masterclass%20Tributario

https://www.austral.edu.ar/derecho/programas/masterclass-online-coronavirus-en-asia-pacifico-entre-el-control-estatal-y-las-configuraciones-culturales/?utm_source=Email%20Marketing&utm_medium=Bases%20internas&utm_campaign=Masterclass%20MRI%20Asia

https://www.austral.edu.ar/escueladegobierno/programas/masterclass-online-desafios-y-oportunidades-de-la-relacion-entre-la-union-europea-y-el-mercosur/?utm_source=Email%20Marketing&utm_medium=Bases%20internas&utm_campaign=Masterclass%20MRI%20Mercosur





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Ciclo de Charlas sobre «Discapacidad y Derechos» Mañana, miércoles 06, a las 17 horas

Mañana, miércoles 06, a las 17 horas tendrá lugar el segundo encuentro del Ciclo de Charlas sobre «Discapacidad y Derechos» organizado por la Facultad de Derecho de la UBA. En esta oportunidad, Valeria Sordo y Mariela Peña expondrán sobre «DISCAPACIDAD Y DERECHOS. GARANTIAS CONSTITUCIONALES Y CONVENCIONALES. SU VIGENCIA EN TIEMPOS DE PANDEMIA». La charla podrá visualizarse por IG @DISCAPACIDAD_Y_DERECHOS

 




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PROTOCOLO PARA PROFESIONALES

El Gobierno de la provincia publicó protocolo para profesionales. Se deberá tener en cuenta al momento en que se autorice la apertura de estudios jurídicos. Será de aplicación obligatoria.


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TALLERES ONLINE. CENTRO DE GRADUADOS. FACULTAD DE DERECHO DE LA UBA.

CENTRO DE GRADUADOS.

FACULTAD DE DERECHO DE LA UBA.

TALLERES ONLINE.

 

LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES FRENTE A LA PANDEMIA
El 23 de abril de 2020 las cátedras de Derecho Constitucional de la Facultad organizaron esta jornada que contó con la participación de Susana Cayuso, Alberto R. Dalla Via, Raúl Gustavo Ferreyra, Roberto Gargarella, Daniel Sabsay y Juan Vicente Sola. El vicedecano Marcelo Gebhardt tuvo a su cargo la presentación y moderación de la actividad.

DOBLE PANDEMIA: VIOLENCIA DE GÉNERO Y CORONAVIRUS
El 21 de abril de 2020 el Centro de Graduados organizó este taller online a cargo de la docente Tamara Hall.

LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL ESCENARIO DEL COVID-19
El 24 de abril de 2020 el Centro de Graduados organizó este taller online a cargo de Johanna Caterina Faliero.

PANDEMIA Y SU INCIDENCIA EN LAS RELACIONES DE FAMILIA
El 30 de abril de 2020 se llevó a cabo esta jornada a través de la plataforma Zoom con la participación de los/as profesores/as Graciela Medina, Jorge Berbere Delgado, Marcos M. Córdoba, Osvaldo Pitrau, Néstor E. Solari y Luis Alejandro Ugarte.

TELEGRAMAS Y OTROS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN LA RELACIÓN LABORAL
El pasado 28 de abril el profesor Eduardo Masci brindó este taller sobre «Telegramas y otros medios de comunicación en la relación laboral».

ACTIVOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL EN TIEMPOS DE PANDEMIA: FUNCIONES, PROPÓSITOS Y POSIBLES ENFOQUES.
El 30 de abril de 2020 el Centro de Graduados organizó este taller online a cargo de María Dolores Cavoti.

 


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SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACIÓN TERRITORIAL – RESOLUCIÓN N° 025 – 20

//www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2020/2020-04-22avisos.html

 

Disponer que el Servicio de Catastro e Información Territorial retomará las tareas administrativas con guardias mínimas en virtud de lo dispuesto en la Decisión Administrativa Nº 524/2020 firmada por el Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Salud de la Nación Argentina, a partir del 21 de abril, y la atención al público de 8 a 12 hs. hasta tanto subsistan las actuales circunstancias que son de Público conocimiento.














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Hoy, miércoles 29, a las 17 horas dará inicio el Ciclo de Charlas sobre «Discapacidad y Derechos» organizado por la Facultad de Derecho de la UBA.

Hoy, miércoles 29, a las 17 horas dará inicio el Ciclo de Charlas sobre «Discapacidad y Derechos» organizado por la Facultad de Derecho de la UBA. En esta oportunidad, Fernando Conte Grand y Valeria Recabarren expondrán sobre «Impacto de la Pandemia en la provincia de San Juan en materia de Discapacidad». La charla podrá visualizarse por IG @DISCAPACIDAD_Y_DERECHOS

 




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Circular Nro. 44/2020:»Resolución de Secretaría de Gobierno de fecha 27.4.2020: Habilitación sistema de turnos por internet para trámites ante las Defensorías Civiles de Santa Fe y Rosario»

«Circular Nro. 44/20.-

Santa Fe, 28 de abril de 2020.-

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que por resolución de Secretaria de Gobierno de fecha 27.4.2020, se ha dispuesto lo siguiente: «Santa Fe, 27 de abril de 2020. VISTAS: las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: I. Que en el marco del estado de emergencia sanitaria que de público conocimiento se viene atravesando, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe ha venido adoptando distintas decisiones y acciones con el propósito de enfrentar la crisis causada por la pandemia del COVID-19, conjugando el servicio de justicia con la protección de la salud de empleados, funcionarios, magistrados, auxiliares de justicia y público en general que concurre a estos Tribunales; las que fueron comunicadas oportunamente y se encuentran publicadas en la página web institucional. En ese sentido, deviene indispensable continuar esbozando y poniendo en marcha líneas de acción que permitan la prestación del servicio de justicia en determinados sectores y temas que requieren la presencia personal de los interesados, conjugándose a la vez con una disminución de la circulación en el ámbito de este Poder Judicial. II. Es así que, en virtud de lo señalado, se advierte conveniente habilitar un sistema de turnos a través de internet (online) que permita realizar determinados trámites que son de carácter presencial ante órganos o dependencias del Poder Judicial, especialmente durante el período excepcional de la emergencia sanitaria. En tal sentido, el mecanismo propuesto para la solicitud de turnos funcionará por medio de una plataforma diseñada y desarrollada para tal fin, a la cual se accederá a través de la página web oficial del Poder Judicial (www.justiciasantafe.gov.ar). Dicha plataforma estará disponible para los auxiliares de justicia y público en general y en una primera etapa, contemplará las solicitudes de turnos para diversos trámites a realizarse por ante las Defensorías Civiles en Turno de las sedes de Santa Fe y Rosario. De este modo, toda persona que deba concurrir ante dichas dependencias, deberá hacerlo en el día y horario que le fuera asignado, conforme el esquema de trabajo vigente. El sistema ofrecerá turnos de lunes a viernes de 8 a 12 horas -con excepción de los días feriados-; mediante intervalos de tiempo que pemitirán evitar la aglomeración de personas en una misma dependencia judicial. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: 1) Habilitar un sistema de turnos a través de internet (online) que permita efectuar trámites de carácter presencial ante órganos o dependencias del Poder Judicial, y que funcionará durante el período de emergencia sanitaria a raíz de la pandemia del Covid-19. 2) Disponer que el sistema de turnos estará disponible en la página web del Poder Judicial a partir del 29 de abril del corriente, para realizar trámites ante las Defensorías Civiles en Turno de las sedes de Santa Fe y Rosario. 3) Dar la debida intervención a la Secretaría de Informática para que en forma conjunta con el Área de Auditoría de Gestión lleven a cabo las tareas necesarias para la efectiva ejecución de lo aquí dispuesto. 4) Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. 5) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta al Cuerpo. FDO. BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)».—————————————————————————————————————————————-

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo. Dr. Eduardo Bordas

(Secretario de Gobierno)»




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LA ABOGACIA QUEDO INCLUIDA DENTRO DE LAS ACTIVIDADES AFECTADAS EN FORMA CRÍTICA POR LA PANDEMIA

La Federación Argentina de Colegios de Abogados peticionó en representación de los 82 colegios y asociaciones que la integran, a fin de que la abogacía ( servicios jurídicos) sea incluida dentro del listado de actividades afectadas en forma crítica a raíz de la propagación del coronavirus conocido como COVID-19, lo que había sido omitido en el listado emitido por la AFIP anexo a la Resolución General 4693/2020 .

Decisión Administrativa 663/2020

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228264/20200426

 

 




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“¿Cuánto tiempo es un tiempito?” Teatro para debatir.

“¿Cuánto tiempo es un tiempito?” Teatro para debatir. Con el Autor de la obra y Juez de Cámara Marcelo Molina y elenco “El tiempito – Grupo de Iusteatro”

ORGANIZA:
. Comisión de Cultura;
. Instituto de Derecho de Familia;
. Instituto de Mediación;
. Centro de Mediación y Escuela de Capacitación;
. Área de INvestigación del Centro de Mediación;
. Instituto del Derecho de la Salud y Bioética;
del Colegio de Abogados de la 2da. Circunscripción – Rosario.-

Este Jueves 30/04 a las 19 hs nos encontramos por la plataforma ZOOM:

Usuario: 762 9863 3170
Contraseña: cultura

#ConversatorioVirtual

 






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Charlas abiertas sobre acceso a la justicia en vivo por streaming.

CHARLAS ABIERTAS SOBRE ACCESO A LA JUSTICIA EN VIVO POR STREAMING 

La Coordinación de Comunicación Institucional, Prensa y Relaciones con la Comunidad de la Defensoría General de la Nación (DGN) organiza en el contexto del aislamiento social preventivo y obligatorio una serie de charlas sobre distintas temáticas relativas al acceso a la justicia y a la defensa de los derechos fundamentales, en especial de los sectores más vulnerables de la sociedad.

El próximo lunes 27 de abril, a las 16 horas se realizará el segundo encuentro del ciclo con un diálogo entre el director del Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos en la Universidad de Barcelona, Iñaki Rivera Beiras y el defensor público oficial y co-titular del Programa contra la Violencia Institucional de la DGN, Nicolás Laino; donde tocarán temas relativos a los desafíos para los/as defensores/as de derechos humanos de las personas privadas de libertad en el contexto de la actual pandemia mundial por el Covid-19. La charla podrá seguirse en vivo por las cuentas de Instagram @Mpdargentina y @sirecovi.

Esta iniciativa es parte de la campaña «Defensa Pública. Garantía de Acceso a la Justicia», a la que convocó la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez, mediante la Resolución DGN Nº 908/2019.








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Taller online “El derecho migratorio en tiempos de COVID-19. El derecho a circular y las medidas de emergencias”, a cargo de María Florencia Zicavo y Santiago Rubio.

Taller online “El derecho migratorio en tiempos de COVID-19. El derecho a circular y las medidas de emergencias”, a cargo de María Florencia Zicavo y Santiago Rubio.

Clase del día 17/04 en el siguiente enlace

 

Centro de Graduados de la Facultad de Derecho de la UBA

 

 






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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SANTA FE Circular Nro. 42/2020:»Resolución de Secretaría de Gobierno: Actualización Guía práctica de actuación para la prevención de la transmisión de infecciones producidas por el virus COVID-19”

Texto de la circular en el siguiente enlace:
La actualización se enmarca en la constante búsqueda de la preservación de la salud de los integrantes del Poder Judicial, auxiliares de la justicia y la comunidad toda, ante las cambiantes exigencias que la pandemia produce en los poderes del Estado.

Es por ello, y siguiendo las instrucciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias de orden nacional y provincial, que las autoridades judiciales han decidido actualizar la definición de “Caso Sospechoso de COVID -19” de conformidad a la publicación efectuada por la autoridades referidas.

Texto en extenso:

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Ciclo de Conferencias online COVID-19 – Thomson Reuters La Ley

Desde Thomson Reuters La Ley seguimos enfocados en ayudar a los profesionales en este contexto de crisis. Con más de 6.000 inscriptos en el lanzamiento del Ciclo de Conferencias online COVID-19, seguimos enfocados en ayudar a los #abogados en los desafíos que continúan surgiendo. Conoce la nueva oferta de #webinares gratuitos y regístrate ahora:

*COVID-19: Violencia de género, salud y adultos mayores*
Expositora: Graciela Medina Lunes 27 de abril de 2020 – Horario: 15 h
Se brindará el análisis sobre la violencia de género, la salud y los adultos mayores durante la cuarentena obligatoria a raíz de la pandemia de COVID-19.
Inscribite: https://tmsnrt.rs/2Vro9DN

*Riesgos del trabajo: Coronavirus, una enfermedad profesional*
Expositor: Ricardo Foglia Martes 28 de abril de 2020 – Horario: 15 h
Se analizarán las nuevas normativas que se han dictado a fin de incluir en el régimen de riesgos del trabajo al contagio por coronavirus, como contingencia profesional.
Inscribite: https://tmsnrt.rs/2Y0RciS

*COVID-19: Contratos de locación*
Expositores: Daniel Vítolo y Juan Carlos Pratesi (h) Miércoles 29 de abril – Horario: 15 h
Se brindará un análisis del impacto de las medidas dictadas a raíz de la pandemia de coronavirus y la cuarentena obligatoria establecida en Argentina en los contratos de locación.
Inscribite: https://tmsnrt.rs/3eFwY4l

 



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Nota de FACA informa sobre la Resolución General de AFIP 4702/2020 que dispone en su Artículo 1º la reapertura de los plazos previstos en el art. 2º de la RG AFIP 4693 (inscripción en el “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción-ATP”)

Nota de FACA informa sobre la Resolución General de AFIP 4702/2020 que dispone en su Artículo 1º la reapertura de los plazos previstos en el art. 2º de la RG AFIP 4693 (inscripción en el “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción-ATP”)

Al Programa pueden ingresar todos los empleadores a los efectos de obtener, en los casos que así se determine,  los beneficios previstos en el art. 2º del  Decreto nº 332/20 y los que surjan de normas modificatorias y /o complementarias.








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AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Decisión Administrativa 524/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
Decisión Administrativa 524/2020
DECAD-2020-524-APN-JGM – Excepción del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo
y obligatorio” y de la prohibición de circular, en el ámbito de determinadas Provincias, para el personal
afectado a las actividades y servicios detallados.

https://www.boletinoficial.gob.ar/suplementos/2020041801NS.pdf


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Registro Nacional de Reincidencia

Registro Nacional de Reincidencia
Centralizamos la información de los procesos penales que se tramitan en cualquier jurisdicción del país y certificamos los antecedentes penales.
ATENCIÓN
A partir de la Decisión Administrativa 524/2020 publicada el 18 de abril de 2020 por la cual se habilitan las actividades registrales, el Registro Nacional de Reincidencia abrirá las sedes Central (Tucumán 1357), San Isidro (25 de Mayo 574), Morón (Intendente Abel Costa 127), La Plata (Av. 13 Nº 129) y San Martín (Salguero 2207).

El horario será el habitual de 7 a 18 y solo se podrá concurrir con turno previo. Quienes tengan turno estarán habilitados para circular con el fin de concurrir al RNR.

No se atenderá al público sin turno.

Certificado de Antecedentes Penales
Seguí el paso a paso, conocé la opción más adecuada para vos y comenzá el trámite de solicitud del certificado de antecedentes penales.

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MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DELEGACION RAFAELA

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DELEGACION  RAFAELA

(Bv. Guillermo Lehman 585 – Teléfono: 03492 – 437039)

 

De conformidad a la resolución del Señor Ministro de Trabajo, Emplea y Seguridad Social de la provincia de Santa Fe (Res. MTEySS 58/2020), la actividad del organismo ha sido declarada esencial, realizándose a partir del 15/04/2020 con las particularidades que exige el aislamiento social obligatorio y nuestro propio protocolo de seguridad:

  • El horario de atención será de lunes a viernes de 8.00 a 12.00 horas.
  • No se permitirá el ingreso a personas no cuenten con tapaboca y/o barbijo.
  • A quienes ingresen, previamente se les procederá a efectuar un control de temperatura y, en caso de encontrar a alguna persona con fiebre no se le dejará entrar y se dará inmediata intervención al 0800-555-6549
  • Únicamente se otorgarán turnos para la firma de acuerdos con consenso plenamente logrado entre las partes, siempre que implique el pago de sumas de dinero. Ello en virtud del carácter de crédito alimentario impostergable a favor del trabajador, prefiriendo la implementación del mismo a través de transferencia bancaria.
  • Únicamente se atenderán consultas urgentes en forma telefónica (437039) o bien, canalizadas online, al mail : denunciastrabajo@santafe.gob.ar
  • La remisión de los protocolos (CFRME RES. MTEySS 41/202) de actividades exceptuadas al A.S.O. (DNU 297/20 y modificatorios) será efectuada a través del mail protocolocovid@santafe.gob.ar (con copia al municipio o comuna) debiendo aguardarse el correspondiente acuse de recibo y convalidación del contenido del mismo, incluyendo: a) DDDJJ por cada trabajador afectado a la empresa y labores, b) Protocolo de seguridad e higiene a implementar por la empresa.
  • En caso de duda, si el sector o empresa está exceptuada, deberá consultar al municipio o comuna o, directamente, a través del mail: secretariadeindustria@santafe.gob.ar

 

 

 

 



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PAUTAS DE TRABAJO JUZGADO LABORAL

Sr. Presidente del Colegio de Abogados V Circunscripción Santa Fe

Dr. Enrique Soffietti

S/D

Rafaela, 20 de abril de 2020.

De mi consideración:

Me dirijo a Ud. en el marco del receso dispuesto por la CSJSF ante la pandemia por COVID-19, a los fines de sugerir una serie de pautas de trabajo que optimicen el despacho de los escritos correspondientes a la guardia laboral.

Motiva la presente la implementación caótica de las “Pautas para efectuar comunicaciones mediante correo electrónico”. Situación que generó un notable entorpecimiento de la actividad jurisdiccional, afectada ya por el hecho de la mínima dotación de guardia.

PAUTAS GENERALES:

1.- La actividad profesional se rige por el paradigma del “trabajo remoto” en consonancia con el aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional (DNU 297/20) y el Acuerdo Extraordinario de la CSJSF del 14/04/2020. Ello significa que se encuentra sumamente restringido el ingreso de profesionales y clientes al edifico de Tribunales.

2.- El personal afectado a la guardia laboral es de una (1) empleada por juzgado, que se ocupan del despacho diario. Lo que significa que las mesas de entradas no se encuentren habilitadas.

3.- La presencia física de cualquier persona en Tribunales activa un protocolo preventivo en materia sanitaria: consulta verbal con el personal policial, control sobre uso de barbijo o tapaboca y registro de temperatura. La presencia sin razón que lo justifique, genera un riesgo innecesario además de un entorpecimiento para las demás actividades.

4.- La presentación de escritos se rige por las “Pautas para efectuar comunicaciones mediante correo electrónico”. Archivo que puede ser consultado en www.poderjudicial.gov.ar. Se recomienda su lectura, pues allí se establecieron claramente los temas habilitados y la modalidad de presentación.

5.- Se recomienda enfáticamente evitar llamar por teléfono a la Secretaría del Juzgado para consultar por los temas que se encuentran habilitados, dado que la normativa es clara al respectoLo mismo para las consultas sobre lo que conviene o no conviene hacer al profesional. Más allá de lo impropio de este tipo de consultas, se trata de un uso inadecuado de tal recurso, cuando la línea debe permanecer libre para comunicaciones que debe efectuar la unidad jurisdiccional. La atención telefónica por Secretaría será con criterio sumamente restrictivo.

PAUTAS PARTICULARES:

1.- Presentación de acuerdos transaccionales: dado que se entiende necesaria la firma del trabajador, para su posterior reconocimiento, se sugiere dejar los acuerdos en los casilleros que se utilizan en planta baja para las cédulas. Se debe avisar al Juzgado por correo electrónico, con indicación del número de casillero. El escrito será retirado del casillero por el personal de guardia cumplidas las 24 hs. (por razones de seguridad), cargado e incorporado al expediente, volviéndose a dejar copia cargada en el casillero para su retiro por el profesional.

2.- Notificaciones en materia de acuerdos: en caso de ser necesaria una notificación de las partes, se sugiere remitir escritos dándose por notificados del proveído debidamente identificado, según “Pautas para efectuar comunicaciones mediante correo electrónico”.

3.- Presentación de escritos:

3.a.- El correo electrónico debe ser del profesional que “firma” el escrito. Caso contrario, no será proveído.

3.b.- En caso de necesitar acompañar constancias documentales (cédulas, informes, constancias Afip, por ej.), se sugiere referirlo en el escrito y agregar archivos adjuntos. Todo será impreso y agregado al expediente por el personal de la guardia. En forma alternativa podrá dejar la documental en soporte papel en el casillero de planta baja previa identificación del mismo en el escrito.

4.- Ratificación de acuerdos: en consonancia con el paradigma del “trabajo remoto” se sugiere ratificar los acuerdos por video llamada previo turno que será concertado por Secretaría del Juzgado (a tales fines sí se sugiere efectuar llamada telefónica al Juzgado). Cualquier otra modalidad deberá ser acordada con la Secretaría.

5.- Órdenes de pagos:

5.1.- En caso de contar con orden de pago librada en forma electrónica deberá gestionarse la apertura de cuenta bancaria judicial en NBSF.

5.2.- El oficio para pedir apertura de cuenta bancaria judicial deberá ser remitido al Juzgado por correo electrónico de acuerdo a las “Pautas para efectuar comunicaciones mediante correo electrónico” por cuanto el NBSF no acepta trámites en soporte papel (Comunicación A 6976 del BCRA). El diligenciamiento se realizará desde la Secretaría del Juzgado.

5.3.- En caso de contar con órdenes de pago libradas en soporte papel, previo al ASPO, deberá remitirse escrito de acuerdo a “Pautas para efectuar comunicaciones mediante correo electrónico” solicitando adecuación a la modalidad electrónica. Ello por cuanto por el momento el NBSF no acepta trámites en soporte papel.

5.4.- En caso de haberse presentado un acuerdo con otra modalidad de pago, el Juzgado lo adecuará de oficio en el proveído. No será necesario otro escrito a tales fines.

5.5.- Las notificaciones a API no serán requeridas dado que el organismo no se encuentra en funcionamiento. Su cumplimiento queda diferido para cuando se regularice su actividad.

5.6.- El visado de honorarios en Caja Forense se deberá realizar en forma remota. A tales fines se sugiere al profesional remitir mail a dicho organismo con copia del decreto más los datos del expediente y con aviso de recepción. Se aclara que el decreto ya contendrá la clave particular del expediente para que el organismo acceda en forma remota por el sistema de autoconsulta.

5.7.- Dado que el actual receso judicial no implica justificativo para no cumplir con las obligaciones legales sobre pago de reposiciones fiscales y aportes profesionales. Se recomienda prestar especial atención a este tema en los acuerdos transaccionales para evitar demoras por insuficiencia de fondos.

Hago propicia la oportunidad para hacerle saber que el trabajo sobre expedientes pasados a fallo sigue en la misma forma que previo al receso judicial, pero con protocolización en turnos asignados por la CSJSF.

Entiendo que la única manera de brindar un servicio mínimo razonable en estos tiempos de pandemia y recursos acotados, es a partir del estricto cumplimiento de las pautas fijadas por la CSJSF, el trabajo coordinado entre los operadores del derecho y por el respeto mutuo. En tal entendimiento, le hago saber que me encuentro abierto a sugerencias que le parezcan superadoras, siempre en el marco de las condiciones establecidas por la CSJSF.

Sin otro particular, le saludo atentamente.

Lucas Marín – Juez Juzgado Laboral Primera Nominación Rafaela.-



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Se recuerdan comunicaciones de la C.S.J. de la provincia (esquema de guardias judiciales – comunicaciones de fechas 15 y 16/04/2020)

La Corte habilita el nuevo esquema de guardias ampliado. El mismo comprende a todos los Juzgados de Distrito del mapa judicial santafesino.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6307

El esquema ampliado implica nuevas modalidades de trabajo a distancia entre la magistratura y los abogados.

Las oficinas de certificaciones no atienden al público cumpliendo dichas funciones los secretarios de guardia.

El horario de atención al público para los casos urgentes es de 8 a 12hs, bajo las modalidades establecidas.

La Corte Suprema recomienda enérgicamente a profesionales y público en general, la importancia de reducir la concurrencia y permanencia de personas en el ámbito de los Tribunales, a fin de cumplimentar con las exigencias dispuestas por las autoridades Nacionales y Provinciales, en relación las medidas ordenadas en el marco del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

La Corte Suprema ha dispuesto en orden a la resolución de las presentaciones pertinentes en el marco de lo instruido en el acuerdo extraordinario, una nueva modalidad de trabajo y contacto con la magistratura y funcionariado judicial, como se describe a continuación: los profesionales remitirán el escrito respectivo a la dirección de mail dispuesta a tal fin (Ver Pautas para efectuar comunicaciones mediante correo electrónico a los Tribunales y Juzgados del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe), consignando sus direcciones de correo electrónico y número de teléfono celular (ver cuentas de correo oficial)

Recibido el pedido vía mail, el juez actuante, le dará trámite y en su caso y de corresponder, designará audiencia a los fines de recibir a las partes y sus profesionales, notificándola en los domicilios electrónicos o celular consignados pudiendo realizar dicha audiencia por medios tecnológicos como la aplicación zoom o similar si lo considera viable.

Además, y de conformidad al texto del Acta Acuerdo Extraordinaria, el Alto Cuerpo ha dispuesto:

I. Mantener el receso judicial extraordinario dispuesto en el marco de la Pandemia Coronavirus – Covid 19, por el tiempo que en el futuro disponga el Poder Ejecutivo de la Nación en relación al “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio” (DNU N° 297/2020).

II. Mantener la suspensión exclusiva de los plazos procesales en las actuaciones de todas las unidades jurisdiccionales con sede en las Cinco Circunscripciones Judiciales de la Provincia.

III. Mantener la disposición de la suspensión de todas las audiencias fijadas durante el nuevo período establecido, con excepción de aquéllas que, a criterio de la Magistratura, podría provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para algunas de las partes; o un perjuicio cuya magnitud justifique, por parte del titular del órgano jurisdiccional, hacer lugar a la excepcionalidad aquí dispuesta.

IV. Ampliar el esquema de prestación del servicio en todos los Distritos de las Cinco Circunscripciones Judiciales para la atención de los temas por materia que a continuación se describen [ampliándolo en todos los Distritos donde se encuentren constituidos juzgados con competencia exclusiva en materia Laboral]:

1. Fuero de Familia: 1. Violencia Familiar: en línea con la Instrucción General Nro. 3 y su Circular Aplicativa dictada por el señor Procurador General; recibir los pedidos de medidas de protección, solo con la firma del Fiscal -atento que ellos recibirán la solicitud por vía electrónica-. 2. Alimentos: a. determinación de provisorios; b. cobro de las cuotas alimentarias vigentes: no presencial, solicitud vía correo electrónico -en línea con la Instrucción del Procurador- y el juzgado remite el oficio al Banco también vía correo electrónico -a partir de ahí, se continua con el trámite ya implementado con el cobro-. 3. Medidas y/o intervenciones vinculadas al régimen de contacto y comunicación en casos de urgencia y gravedad. 4. Niñez: las medidas que se solicitan en el marco de Medidas de Protección Excepcional y de Protección Excepcional de Urgencias art. 58 y 58 bis Ley 12.967 (uso fuerza pública, prohibición de acercamiento, etc.). 5. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 6. Órdenes de traslado para evaluación y eventual internación. 7. Otrascuestionesurgentesrelacionadas con la materia.

2. Fuero Civil y Comercial de Distrito (incluye procesos sucesorios y justicia de circuito): 1. Procesos urgentes como amparo, medidas autosatisfactivas y medidas cautelares. 2. Declaratoria de herederos cuando es necesaria para ejercer derechos, debiendo estos ser expresados claramente y acreditarlo. 3. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 4. Pagos de deudas con fondos depositados, constitución y renovación de plazos fijos. 5. Homologaciones de convenios de pago, transacciones, acuerdos y/o cualquier presentación que ponga fin al litigio y despacho de las órdenes de pago que correspondan. 6. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables.

3. Fuero civil de responsabilidad extracontractual: 1. Medidas cautelares y acciones preventivas de daño. 2. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 3. Pagos de indemnizaciones con fondos depositados o a depositarse. 4. Constitución y renovación de plazos fijos. 5. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables.

4. Fuero Laboral: 1. Homologación de acuerdos y convenios y habilitación de pagos pertinentes. 2. Procesos de amparo. 3. Procedimientos abreviados. Sólo los previstos en el art. 121 («pronto pago») hace a sumas reconocidas; art. 123 inc a y c: despido directo sin invocación de causa; despido directo causado en falta o disminución de trabajo (en relación a las indemnizaciones que corresponden); art. 135 y 136, accidentes de trabajo y enfermedades inculpables, cuando un crédito al respecto está firme («pronto pago»), o cuando está reconocido, mediando solo controversia sobre el grado de incapacidad o monto de la indemnización. 4. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables.

5. Fuero contencioso administrativo: Se priorizará la atención de asuntos que se consideren de preferente tratamiento y resolución, en especial: 1. Medidas cautelares. 2. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 3. Pagos de deudas con fondos depositados. 4. Constitución y renovación de plazosfijos.

6. Fuero penal: Mantener las condiciones de prestación de servicio actuales, en tanto la aplicación del sistema zoom ha posibilitado la realización de audiencias virtuales con afectación a los casos de todos los magistrados.

7. Ministerio Pupilar: 1. Autorizaciones para percibir haberes previsionales devengados y a devengarse. 2. Extracciones bancarias mensuales destinadas a manutención de menores y personas con capacidad restringida, las que se considerarán vigentes hasta treinta días después de reanudarse plenamente la actividad judicial.

V. Hacer saber que los recursos de queja previstos en el Art. 8 de la ley 7055 podrán ser interpuestos a través del correo electrónico institucional de la Secretaría Técnica de la Corte Suprema de Justicia.

La resolución de la Secretaría de Gobierno; el esquema completo del personal designado; la Guía de cuentas oficiales para efectuar comunicaciones y sus pautas; y la Resolución y Guía práctica de actuación para prevención de la transmisión de infecciones producidas por el virus COVID -19 y de Actuación para servicio presencial de Atención al público también pueden descargarse ingresando al siguiente enlace: http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6307

Santa Fe, 15 de abril de 2020.
Prensa / Poder Judicial de Santa Fe

Nuevo esquema de Guardias Judiciales ampliado vigente desde el 17 de abril próximo

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6308

Esquema de magistradas/os y funcionarias/os y agentes designados que cumplirán funciones.

Click en el archivo o seleccionar, pulsar botón izquierdo del mousse y abrir hipervínculo.
/ckfinder/userfiles/files/Esquema%20Ampliado%20de%20Guardias%2017_4_2020%20al%2023_4_2020.pdf

Lugares de atención a profesionales y público en las condiciones regladas por la CSJSF:

En Santa Fe, se prestan funciones en el edificio principal de los Tribunales de Santa Fe para los Juzgados con competencia en lo Civil y Comercial, y consultas generales ante la Secretaría de Gobierno (San Jerónimo 1551 – 3000). Los Tribunales de Familia y la Unidad de Información y Atención de Víctimas y Denunciantes del Ministerio Público Fiscal, funcionarán en el edificio emplazado en calle Urquiza 2463; mientras que el fuero laboral en calle San Martín 2651 (Peatonal San Martín).

En Rosario, en el edificio de los Tribunales de calle Balcarce 1651 y nuevo Centro de Justicia Penal de Sarmiento y Rueda.

El en el resto de las sedes judiciales, en los edificios principales de asiento del Juzgado de Distrito de guardia según Cronograma.

El esquema completo del personal designado y la resolución que lo dispone se puede visualizar en el siguiente enlace:

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6308

Santa Fe, 16 de abril de 2020.
Prensa / Poder Judicial de Santa Fe












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LISTADO DE CORREOS ELECTRONICOS Y TELEFONOS OFICIALES PARA PROFESIONALES

Listado de Cuentas de Correos Electrónicos de Órganos Jurisdiccionales (Tribunales y Juzgados)

Listado de Cuentas de Correo Electrónico Oficial para efectuar comunicaciones.

 

En el siguiente enlace podrá visualizar la cuentas de correo electrónico de los restantes juzgados de la provincia (en el primero):

http://www.justiciasantafe.gov.ar/ckfinder/userfiles/files/informacion-general/firma-digital/5330.pdf

 

LISTADO DE CUENTAS DE CORREO ELECTRONICO OFICIAL DE LAS OFICINAS DE GESTION JUDICIAL PROVINCIA DE SANTA FE

 

En el siguiente enlace podrá visualizar la cuentas de correo electrónico de las restantes oficinas de gestión.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/ckfinder/userfiles/files/informacion-general/firma-digital/3547.pdf

 

Listado de cuentas de correo oficial de los Registros Públicos

Listado de cuentas de correo oficial de los Registros de Procesos Universales

NUEVO FUERO PENAL OFICINA GESTIÓN JUDICIAL –

SALAS DE AUDIENCIAS PENALES

LISTADO TELÉFONOS E INTERNOS

En el siguiente enlace podrá visualizar los números telefónicos e internos de las restantes oficinas de la provincia:

http://www.justiciasantafe.gov.ar/ckfinder/userfiles/files/prensa-y-difusion/5841.pdf

 






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Apertura de los juzgados del interior y ampliación del servicio de justicia. Circular Nro. 40/2020 – CSJSF

Circular Nro. 40/2020: «Disposiciones de fecha 14.4.2020 de la Excma. Corte Suprema de Justicia ref.situación epidemiológica mundial generada a raíz de la enfermedad COVID-19 (coronavirus)»

 

Próximamente se recibirá el protocolo de actuación. 

Fuente:

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6304

«Circular Nro. 40/20.-

Santa Fe, 14 de abril de 2020.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Extraordinario celebrado el día 14.4.2020, Acta N° 11, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

                   “SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA MUNDIAL GENERADA A RAÍZ DE LA ENFERMEDAD COVID-19 (CORONAVIRUS)VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020; y, CONSIDERANDO: Que esta Corte ha venido adoptando medidas referentes a la contención de la pandemia generada por el virus COVID-19, en sintonía con las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, como así también de la Organización Mundial de la Salud, en pos de conformar un frente común cuyas decisiones coadyuven a disminuir de manera efectiva las aflicciones que esta crisis genera. Que en lo que ahora interesa, y teniendo en cuenta las nuevas decisiones dispuestas por el Gobierno Nacional a través del Decreto N° 355 del 11.4.2020 y la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante Acordada N° 10/20 del 12.4.2020 donde expresara: “Que este Tribunal ya advirtió que, como cabeza del Poder Judicial de la Nación, tiene la obligación de acompañar desde su ámbito las decisiones de las autoridades sanitarias competentes, quienes se encuentran en mejores condiciones de adoptar criterios plenamente informados en dichas cuestiones (conf. acordada 6/2020, considerando III.)”, este Máximo Tribunal entiende pertinente adoptar medidas concretas y específicas que hagan a la mejor gestión de los recursos con los que se cuentan, resguardando el delicado equilibrio que debe primar entre la primordial preservación de la salud de la comunidad, y la prestación del servicio de justicia. Que, en similar entendimiento, cabe tener presente el informe remitido por el señor Ministro de Salud de la Provincia de Santa Fe, a solicitud de la Presidencia del Cuerpo, el cual recomienda “…evitar la aglomeración de personas en los lugares de trabajo, tanto de personal del Poder Judicial como de profesionales y ciudadanos”. Que dicha tarea, en el caso del Poder Judicial, devela varias aristas a contemplar, cuya complejidad se evidencia en la esencia misma de la función que estamos llamados a prestar. Como sabemos, se trata de un servicio que necesariamente se construye a través de las interrelaciones humanas y el contacto personal de Magistrados, Funcionarios, Agentes, profesionales del derechos y público en general. Por consiguiente, todas las decisiones que esta Corte adopta, son el resultado de un imprescindible trabajo de valoración en diferentes escenarios y esquemas de trabajo que tienen en cuenta el equilibrio entre salud y servicio arriba descripto. Que, en virtud de lo expuesto, deviene apropiado entonces en la oportunidad continuar y reforzar un esquema de trabajo que resulte sustentable, en resguardo de las condiciones de salud y con la inescindible ayuda de los servicios informáticos como pilar fundamental para evitar la circulación masiva de personas en todos los tribunales provinciales, priorizando el uso de las herramientas tecnológicas como soporte de base en las actividades a desarrollar. Cabe destacar que este Tribunal y antes de las presentes circunstancias venía trabajando firmemente en la puesta en funcionamiento del sistema de notificaciones con firma digital, tarea que debió interrumpir en su ejecución en cuatro oportunidades a requerimiento de los Colegios de Abogados de la provincia que consideraron inconveniente su aplicación. Que los señores Ministros, doctor Mario Netri y doctor Eduardo Spuler, no suscriben la presente en virtud de encontrarse fuera de la sede del Tribunal, como consecuencia de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas por las autoridades nacionales. Que en el caso en particular del Ministro, doctor Mario Netri, ha seguido y participado a través de mecanismos remotos del presente acuerdo habiendo asimismo informado conjuntamente con el Ministro, doctor Eduardo Spuler, su conformidad con lo que aquí se resuelve. Que siendo así, en el actual estado de situación, y teniendo en cuenta las referidas decisiones adoptadas por parte de las autoridades competentes del Gobierno Nacional y de nuestra Provincia de Santa Fe, esta Corte Suprema de Justicia, luego de un intercambio de opiniones, y oído en este acto el señor Procurador General, RESUELVE: I. Mantener la decisión adoptada por este Cuerpo el 27.3.2020 por Resolución N° 306 en el sentido que se dispone la prórroga por igual plazo que ha dispuesto el Poder Ejecutivo Nacional por decreto N° 355 del 11.4.2020, en relación al aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido en el decreto N° 297/20. II. Mantener la suspensión exclusiva de los plazos procesales en la actuaciones de todas la unidades jurisdiccionales con sede en las Cinco Circunscripciones Judiciales de la Provincia. III. Mantener la disposición de la suspensión de todas las audiencias fijadas durante el nuevo período establecido, con excepción de aquéllas que, a criterio de la Magistratura, podría provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para algunas de las partes; o un perjuicio cuya magnitud justifique, por parte del titular del órgano jurisdiccional, hacer lugar a la excepcionalidad aquí dispuesta. IV. Mantener el otorgamiento de licencias con goce de haberes, a todos los agentes comprendidos dentro de los denominados grupos de riesgo conforme lo dispuesto en la parte resolutiva del Acta N° 8, p. 4 del 16.3.2020 y su modificatoria resolución N° 270 del 17.3.2020. V. Mantener la instrucción para la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia para que, por los medios conducentes al efecto, instrumente un esquema de guardias para el período de receso dispuesto, a fin de garantizar la debida prestación del servicio de justicia. VI. Disponer que el resto de los Magistrados, Funcionarios y agentes de la planta de personal que no quede incluida en el sistema de guardias señalado, estará a disposición del titular del órgano en funciones, para prestar la colaboración necesaria en el momento y por los medios que se le requiera. VII. Encomendar al Registro Público y al Registro de Procesos Sucesorios y Enfermedades Ocupacionales que materialicen todos los trámites que a la fecha se encuentren pendientes, como así también aquellos susceptibles de ejecución y cuya demora podría provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para alguna de las partes; o un perjuicio cuya magnitud se justifique, por vía digital, a través de los correos electrónicos con firma digital establecidos al efecto. VIII. Ampliar el esquema de prestación del servicio en todos los Distritos de las Cinco Circunscripciones Judiciales para la atención de los temas por materia que a continuación se describen: Fuero de Familia: 1. Violencia Familiar: en línea con la Instrucción General Nro. 3 y su Circular Aplicativa dictada por el señor Procurador General; recibir los pedidos de medidas de protección, solo con la firma del Fiscal -atento que ellos recibirán la solicitud por vía electrónica-. 2. Alimentos: a.- determinación de provisorios; b.- cobro de las cuotas alimentarias vigentes: no presencial, solicitud vía correo electrónico -en línea con la Instrucción del Procurador- y el juzgado remite el oficio al Banco también vía correo electrónico -a partir de ahí, se continua con el trámite ya implementado con el cobro-. 3. Medidas y/o intervenciones vinculadas al régimen de contacto y comunicación en casos de urgencia y gravedad. 4. Niñez: las medidas que se solicitan en el marco de Medidas de Protección Excepcional y de Protección Excepcional de Urgencias art. 58 y 58 bis Ley 12.967 (uso fuerza pública, prohibición de acercamiento, etc.). 5. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 6. órdenes de traslado para evaluación y eventual internación. 7. Otras cuestiones urgentes relacionadas con la materia. Fuero Civil y Comercial de Distrito (incluye procesos sucesorios y justicia de circuito): 1. Procesos urgentes como amparo, medidas autosatisfactivas y medidas cautelares. 2. Declaratoria de herederos cuando es necesaria para ejercer derechos, debiendo estos ser expresados claramente y acreditarlo. 3. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 4. Pagos de deudas con fondos depositados, constitución y renovación de plazos fijos. 5. Homologaciones de convenios de pago, transacciones, acuerdos y/o cualquier presentación que ponga fin al litigio y despacho de las órdenes de pago que correspondan. 6. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables. Fuero civil de responsabilidad extracontractual: 1. Medidas cautelares y acciones preventivas de daño. 2. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 3. Pagos de indemnizaciones con fondos depositados o a depositarse. 4. Constitución y renovación de plazos fijos. 5. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables. Fuero Laboral: 1. Homologación de acuerdos y convenios y habilitación de pagos pertinentes. 2. Procesos de amparo. 3. Procedimientos abreviados. Sólo los previstos en el art. 121 («pronto pago») hace a sumas reconocidas; art. 123 inc a y c: despido directo sin invocación de causa; despido directo causado en falta o disminución de trabajo (en relación a las indemnizaciones que corresponden); art. 135 y 136, accidentes de trabajo y enfermedades inculpables, cuando un crédito al respecto está firme («pronto pago»), o cuando está reconocido, mediando solo controversia sobre el grado de incapacidad o monto de la indemnización. 4. Cualquier otra actuación judicial que, de no tramitarse, pudiera causar perjuicios irreparables. Fuero contencioso administrativo: Se priorizará la atención de asuntos que se consideren de preferente tratamiento y resolución, en especial: 1. Medidas cautelares. 2. Cobro de honorarios profesionales ya regulados. 3. Pagos de deudas con fondos depositados. 4. Constitución y renovación de plazos fijos. Fuero penal: Mantener las condiciones de prestación de servicio actuales, en tanto la aplicación del sistema zoom ha posibilitado la realización de audiencias virtuales con afectación a los casos de todos los magistrados. Ministerio Pupilar: 1. Autorizaciones para percibir haberes previsionales devengados y a devengarse. 2. Extracciones bancarias mensuales destinadas a manutención de menores y personas con capacidad restringida, las que se considerarán vigentes hasta treinta días después de reanudarse plenamente la actividad judicial. IX. Ampliar el esquema de prestación de servicio en todos los Distritos donde se encuentren constituidos juzgados con competencia exclusiva en materia Laboral. X. Encomendar a la Secretaria de Gobierno la habilitación y/o identificación de cuentas de mail al sólo efecto de recibir de los profesionales las presentaciones pertinentes en el marco de la decisiones adoptadas en esta resolución. A esos fines, los profesionales remitirán el escrito respectivo a la dirección de mail dispuesta a tal fin, consignando sus direcciones de correo electrónico y número de teléfono celular. Recibido el pedido vía mail, el juez actuante, le dará trámite y en su caso y de corresponder, designará audiencia a los fines de recibir a las partes y sus profesionales, notificándola en los domicilios electrónicos o celular consignados pudiendo realizar dicha audiencia por medios tecnológicos como la aplicación zoom o similar si lo considera viable. XI. Hacer saber que los recursos de queja previstos en el Art. 8 de la ley 7055 podrán ser interpuestos a través del correo electrónico institucional de la Secretaría Técnica de la Corte Suprema de Justicia. XII. Insistir en solicitar a las Presidencias de Cámara de Apelación de las Cinco Circunscripciones Judiciales que exhorten a todos los órganos jurisdiccionales bajo su dependencia para que, dentro de este marco de necesario aislamiento en que nos encontramos inmersos, materialicen los mejores esfuerzos posibles tendentes a revertir las situaciones de atraso que puedan existir en relación a providencias, resoluciones interlocutorias o sentencias que se encuentren pendientes, recordando que han sido habilitados en todos los domicilios de Magistrados que así lo han solicitado, tanto la colección jurídica La Ley, como la clave pertinente a los fines que puedan acceder de manera remota a todas las actuaciones jurisdiccionales que se encuentran digitalizadas en la unidad jurisdiccional a su cargo. XIII. Instruir a la Secretaría de Gobierno del Cuerpo para que, por los medios conducentes al efecto, continúe ampliando los recursos tecnológicos necesarios para facilitar la prestación del servicio de justicia a través de modalidades a distancia, como así también de aquellas herramientas que optimicen los ya existentes y permitan una disminución de la circulación en el ámbito de este Poder Judicial. XIV. Disponer extremar los recaudos en orden a mantener las debidas condiciones de limpieza e higiene en todas las dependencias de este Poder. XV. Encomendar a la Secretaría de Gobierno para que previo informe del Instituto Médico Legal y de las autoridades competentes del Ministerio de Salud del Poder Ejecutivo Provincial haga conocer un protocolo de actuación relativa a las medidas de prevención y protección sanitarias a implementarse en todos los ámbitos del poder judicial. XVI. Que más allá de todo lo anteriormente dispuesto, se recomienda enérgicamente a profesionales y público en general, la importancia de reducir la concurrencia y permanencia de personas en el ámbito de estos Tribunales. XVII. Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, se ennmarcan dentro de la dinámica y celeridad con la que se deben encarar acciones estratégicas y certeras, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, y en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren. XVIII. Hacer saber lo aquí dispuesto al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo de la Provincia a través de las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados, al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. XIX. Hacer saber que el contenido de la presente decisión entrará en vigencia a partir del 16.4.2020. XX. Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes.-FDO. GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).-“—————————————————————————————————————————————————————————————————-

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo: Dr. Eduardo Bordas
(Secretario de Gobierno)»





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Invitacion del Instituto de los Derechos de las Personas con discapacidad. COVID-19, DISCAPACIDAD Y FAMILIA. Nuevo taller online a cargo del profesor Juan Antonio Seda.

Desde el Instituto de los Derechos de las Personas con discapacidad hacemos extensiva la invitación a participar del Taller online sobre Covid-19, Discapacidad y Familia a llevarse a cabo este miércoles 15 de abril a las 18 hs desde la cuenta oficial de Instagram del Centro de Graduados de la Facultad de Derecho (UBA) (@centrodegraduados). El Taller estará a cargo del Dr. Juan Antonio Seda, quien fue el coordinador del curso de posgrado de Discapacidad y Derechos De la UBA dictado el año pasado en nuestro Colegio.

 








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Rubinzal Culzoni Editores ofrece un suplemento especial de la Revista Derecho Laboral Actualidad, sin cargo y en tres dossiers sucesivos, como aporte para enfrentar la contingencia.

Rubinzal Culzoni Editores ofrece un suplemento especial de la Revista Derecho Laboral Actualidad, sin cargo y en tres dossiers sucesivos, como aporte para enfrentar la contingencia.
Participan de esta primera entrega los Dres. Mario Ackerman, José Daniel Machado, César Arese, Miguel Ángel Maza, Silvia E. Pinto Varela, Luis Enrique Ramírez, Pedro Sebastián Pusineri, Ariel Curone y Antonio Llamas.
Descargá el Dossier en https://bit.ly/34egxqQ

 

 

#RubinzalCulzoni #Dossier #Laboral#CapacitateConRubinzal#QuedateEnCasa












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Digesto de Emergencia Sanitaria Coronavirus COVID-19 – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos publicó el Digesto de Emergencia Sanitaria Coronavirus COVID-19, un compendio de todas las normas nacionales publicadas en el Boletín Oficial en el marco de la pandemia.

Se trata de una obra dinámica, diariamente actualizada y fácilmente accesible, que permite conocer decretos, resoluciones, decisiones administrativas, disposiciones y avisos oficiales que establecen derechos y obligaciones durante la emergencia sanitaria decretada en el país. Suma también normativa oficial no publicada, enviada por diversos organismos emisores.

El Digesto, elaborado por la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ), y se encuentra disponible en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/digesto_emergencia_sanitaria_coronavirus.pdf

 


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Cursos Help Online y Gratuitos – Escuelas Judiciales Argentinas

El Centro de Capacitación Judicial de la Provincia de Santa Fe nos ha puesto en conocimiento de la oferta académica de la Red Ibearoamericana de Escuelas Judiciales.
Los cursos HELP ofrecidos por la Red de Escuelas Judiciales Argentinas se dictan de manera online y son gratuitos.

Para acceder sólo es necesario registrarse en la plataforma de e-learning creando un nombre de usuario y una contraseña: http://help.elearning.ext.coe.int

Acompañamos un Catálogo de cursos disponibles en español e instrucciones – Cómo crear una cuenta HELP.





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El Centro de Graduados de la Facultad de Derecho de la UBA organizó el taller online «Incidencias del coronavirus en las relaciones de familia. Perspectivas», a cargo del profesor Néstor Solari.

 

Para comenzar, el profesor se refirió a los efectos o alcances que puede traer aparejado el aislamiento social preventivo y obligatorio establecido por el DNU 297/2020 y sostuvo que “tiene consecuencias no solamente desde el punto de vista inmediato, sino también desde el punto de vista mediato”.

En este contexto, analizó los alcances del aislamiento social obligatorio teniendo en cuenta una serie de pautas. Para ello, se focalizó en algunos ejes fundamentales dentro de las relaciones de familia que tienen que ver con situaciones de grupos vulnerables dentro del contexto del grupo familiar.
[13:20, 6/4/2020]

Es posible acceder al video en el siguiente enlace https://youtu.be/I5itMbpTDpI





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DTRC 3/2020 – PRÓRROGA DE LA SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS REGISTRALES

El Subsecretario de Registro sobre Personas Jurídicas y Humanas y los Directores de los Registros Generales de Santa Fe y Rosario por Disposición Técnico Registral N° 3 del 1/4/2020, en razón de la continuidad del aislamiento obligatorio establecido por el PEN, han dispuesto prorrogar la suspensión de los plazos registrales establecidos en la ley 6435 hasta las 24 horas del 12 de abril de 2020.
Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en
ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de
vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.
Las Mesas de Entradas de los Registros de Santa Fe y Rosario, como así también las de los Nodos Rafaela, Reconquista, Venado Tuerto y Tribunales de Rosario permanecerán cerradas para todo tipo de trámite.


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SECCION EMERGENCIA SANITARIA (Jurisprudencia, Normativas nacionales y provinciales, Doctrina y Videos explicativos)

Rubinzal-Culzoni creó la Sección EMERGENCIA SANITARIA donde encontrarán Jurisprudencia, Normativa nacional y provincial, así como Doctrina y Videos explicativos que abordan interdisciplinariamente el impacto de la pandemia.

Una sección dinámica y gratuita que se nutre día a día al ritmo de los acontecimientos.

Ingresá en

https://www.rubinzalonline.com.ar/index…/…/index/emergencia/

 

#QUEDATEENCASA
#CapacitateConRubinzal


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CICLO DE CONFERENCIAS ONLINE – COVID 19 – Thomson Reuters

Seguimos enfocados en ayudar a los profesionales en este contexto de crisis.
Por este motivo convocamos a reconocidos profesionales para esclarecer las dudas sobre diferentes aspectos:

*El Impacto del COVID-19 en el Derecho Laboral*
Expositor: Ricardo Foglia
Webinar en Vivo
Fecha: Miércoles 8 de abril de 2020 – Horario: 15 h
Inscribirse: https://bit.ly/2X677vX

*Impacto en Derecho de Familia*
Expositor: Graciela Medina
Webinar en Vivo
Fecha: Jueves 9 de Abril de 2020 – Horario: 11h
Inscribirse: https://bit.ly/2wT2b34

*Abogados corporativos: Impacto de la pandemia de COVID-19 en los contratos*
Expositor: Diego Martinotti
Webinar en Vivo
Fecha: Jueves 9 de Abril de 2020 – Horario: 15 h
Inscribirse: https://bit.ly/3dQNZrO

*Sociedades: Reuniones a distancia de órganos de administración y de gobierno*
Expositor: Daniel Vitolo
Webinar en Vivo
Fecha: Lunes 13 de abril de 2020 – Horario: 15 h
Inscribirse: https://bit.ly/347bXKW

 

#MequedoenCasa #Coronavirus






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EN TIEMPOS DE CRISIS, Thomson Reuters La Ley decide compartir con los matriculados de este Colegio su biblioteca de conocimiento.

En tiempos de crisis, tenemos que estar más unidos que nunca. Con este espíritu Thomson Reuters La Ley decide compartir en forma temporal y gratuita, mientras dure el período de cuarentena obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional, las últimas ediciones de sus principales publicaciones periódicas.

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Martes 7 de Abril de 2020 – 18:00 hs.

A través de del canal de Youtube del Colegio de Abogados de Rosario

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Organizan: Instituto de Derecho Civil e Instituto de Protección Jurídica del Consumidor del Colegio de Abogados de Rosario

– Cátedra A de Derecho del Consumidor de la Facultad de Derecho de la UNR.




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IMPORTANTE. Circular Nro. 36/20: Resolución de Presidencia de fecha 1.4.2020 referida el COVID-19 (Coronavirus)

Circular Nro. 36/20.-

Santa Fe, 1 de abril de 2020.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que por resolución de Presidencia de fecha 1.4.2020, se ha dispuesto lo siguiente:

                  «Santa Fe, 1 de abril de 2020. VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020; y, CONSIDERANDO: I.- Que la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe ha venido adoptando acciones tendientes a enfrentar la crisis provocada por la pandemia del COVID-19 en consonancia con las disposiciones sancionadas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial. En tal sentido, y atento la continuidad de la situación epidemiologia, resulta imperioso la constante adopción de medidas complementarias a las directivas impartidas, dirigidas a minimizar la concurrencia a las dependencias jurisdiccionales y la circulación de los agentes y funcionarios de las mismas. Que, como ya es de público conocimiento, el Alto Cuerpo ha ordenado el pasado 19.3.20 el receso administrativo en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia, hasta el 31 de marzo de 2020; hecho que luego se prorrogó por resolución de Presidencia del pasado 27 de marzo del corriente, previo acuerdo y conformidad con todos los integrantes del Cuerpo, “por igual plazo que en el futuro disponga el Poder Ejecutivo Nacional, en relación al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido en el decreto N°297/20” (…). Que, en dicho marco, se estableció un esquema de guardias mínimas para asegurar el cumplimiento de aquellas cuestiones de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación. Que en dicho orden, y desde un principio, la Corte dispuso que Magistrados, Funcionarios y agentes de la planta de personal que no queden incluidos en el sistema de guardias señalado, estarán a disposición del titular del órgano en funciones, para prestar la colaboración necesaria en el momento y por los medios que se le requiera. Que, estas medidas, dejan debidamente sentado que el receso judicial dispuesto atiende a primordiales y necesarias razones de salud, por cuestiones de publico conocimiento, que persiguen lograr la no asistencia de los integrantes del Poder Judicial a sus lugares de trabajo; hecho que no significa, como ya se dijera, la imposibilidad de prestar funciones cuando sea necesario. Por el contrario, se ha manifestado desde siempre, tanto desde el Alto Cuerpo, como desde la Secretaría de Gobierno a través de las distintas reuniones mantenidas en las ciudades de Santa Fe y Rosario con Magistrados; Funcionarios; Agentes y operadores del servicio de justicia, que esta Administración continúa prestando servicios con las restricciones arriba apuntadas. En tal inteligencia, se pudo dotar a través de un convenio gestado por la Corte Suprema con la editorial Thomson Reuters, de 600 claves digitales al Colegio de Magistrados de la Provincia de Santa Fe, para que fueran distribuidas a todos los Magistrados de este Poder Judicial, a los fines de que éstos últimos puedan continuar trabajando desde sus hogares con acceso libre e irrestricto al contenido web de dicha empresa. Por consiguiente, se entiende oportuno solicitar a las Presidencias de Cámara de Apelación de las Cinco Circunscripciones Judiciales que exhorten a todos los órganos jurisdiccionales bajo su dependencia para que, dentro de este marco de necesario aislamiento en que nos encontramos inmersos, materialicen los mejores esfuerzos posibles tendentes a revertir las situaciones de atraso que puedan existir en relación a providencias, resoluciones interlocutorias o sentencias que se encuentren pendientes. A tales efectos, y en el entendimiento que compartimos la misma preocupación, se remitirá desde Secretaría de Gobierno del Cuerpo a las referidas Presidencias un listado de expedientes a fallo de los Tribunales y Juzgados que corresponden a cada Circunscripción. Sin lugar a dudas, una vez superada esta situación de crisis y retomada la actividad habitual, el haber concretado esta labor será una saludable y gratificante señal de parte de este Poder Judicial a la comunidad toda, hoy más que nunca, necesitada del compromiso y esfuerzo conjunto. II.- Que, en lo particular, corresponde ahora referirse a la especial situación de las órdenes de pago pendiente de efectivización en el ámbito de estos tribunales. Que, en tal orden de ideas, es preciso señalar que parte de los fondos existentes en cuentas judiciales -obrantes y que se vayan depositando en este período por los canales disponibles- resultan pasibles de orden de pago judicial, ya sea por oficio o transferencia electrónica, en tanto cumplan con los requisitos de fondo y forma pertinentes. Ello así, dado que las mismas revisten carácter alimentario -Vgr, pagos por alimentos o indemnizaciones por despidos, accidentes de trabajo y/o accidentes de tránsito- o se constituyen en una fuente de ingresos inaplazable en tiempos de emergencia, como en el caso de los honorarios profesionales. Por ende, su postergación, implica un serio riesgo para la estabilidad económica de los destinatarios; esto es, justiciables, sus grupos familiares, profesionales, y auxiliares del servicio de justicia en general. Que, a fin de atenuar la problemática descripta, corresponde entonces encomendar a los Juzgados encargados de prestar guardias mínimas durante el receso judicial que, con la colaboración de los restantes órganos jurisdiccionales y dentro del marco de estricto cumplimiento a las medidas de seguridad e higiene dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, y las acordadas y resoluciones dictadas por esta Corte Suprema de Justicia en igual sentido, aseguren el libramiento de órdenes de pago por los conceptos arriba descriptos que hubieren quedado pendientes de cumplimiento al momento de ordenarse el receso judicial de fecha 19.3.20. Que, en esta línea, no son ajenas al Alto Cuerpo las medidas de prevención adoptadas por las entidades bancarias de la república argentina en cuanto al aislamiento social, preventivo y obligatorio, que llevaron a suspender la atención al público y profesionales en general. Que, no obstante ello, dicho decisorio no puede constituir un impedimento para la materialización de la órdenes de pago arriba referenciadas, en los casos donde las operatorias por medios electrónicos no resultare viable. En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia, entiende oportuno requerir al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y al Banco Municipal de Rosario, la adopción de todas las medidas que estimen pertinentes, en el marco de la emergencia sanitaria decretada, para dar cumplimiento a las órdenes de pago en cuestión. Que por todo ello, esta Presidencia hace saber que la Excma. Corte Suprema de Justicia RESUELVE: I.- Solicitar a las Presidencias de Cámara de Apelación de las Cinco Circunscripciones Judiciales que exhorten a todos los órganos jurisdiccionales bajo su dependencia para que, dentro de este marco de necesario aislamiento en que nos encontramos inmersos, materialicen los mejores esfuerzos posibles tendentes a revertir las situaciones de atraso que puedan existir en relación a providencias, resoluciones interlocutorias o sentencias que se encuentren pendientes. II.- Encomendar a los Juzgados encargados de prestar guardias mínimas durante el receso judicial que, con la colaboración de los restantes órganos jurisdiccionales y dentro del marco de estricto cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, y las acordadas y resoluciones dictadas por esta Corte Suprema de Justicia en igual sentido, aseguren el libramiento de órdenes de pago por alimentos; indemnizaciones por despidos; accidentes de trabajo; accidentes de tránsito; y honorarios profesionales, que hubieren quedado pendientes de cumplimiento al momento de ordenarse el receso judicial de fecha 19.3.20, en tanto se verifiquen los requisitos de fondo y forma pertinentes. III.- Requerir al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y al Banco Municipal de Rosario, la adopción de todas las medidas que estimen pertinentes, en el marco de la emergencia sanitaria decretada, para dar cumplimiento a las órdenes de pago en cuestión. IV.- Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren. V. Hacer saber lo aquí dispuesto a las Presidencias de Cámara de Apelación de las Cinco Circunscripciones Judiciales, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., al Banco Municipal de Rosario, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. VI.- Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. VII.- Regístrese y dese cuenta al Cuerpo. FDO. GUTIÉRREZ (PRESIDENTE) BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO).———————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————————–

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo. Dr. Eduardo Bordas
(Secretario de Gobierno)»


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Thomson Reuters pone a disposición de todos los profesionales, temporalmente y en forma gratuita, información crítica y relevante para la actividad profesional.

Thomson Reuters pone a disposición de todos los profesionales, temporalmente y en forma gratuita, información crítica y relevante para la actividad profesional.

Formulario a completar para acceder a las revistas y contenidos exclusivos: http://engage.es-pt.thomsonreuters.com/AR-LEGAL-sil-landing?fbclid=IwAR0uW40-ro15Evb03k767mtQcI3J0K3viX5P_Eg4GfE4OeypcOeCrZ5UdfY

 


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Charla Gratuita – Rubinzal Culzoni – Eximientes Penales en la Ley Argentina. Causas de exclusión de la punibilidad (art.34 del C.P, aspectos esenciales). Horacio Leonardo Dias.

En tiempos de aislamiento Rubinzal-Culzoni te permite acceder gratis a clases dictadas por los juristas más destacados.

EXIMIENTES PENALES EN LA LEY ARGENTINA. CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LA PUNIBILIDAD (ART. 34 DEL CP, ASPECTOS ESENCIALES)
Horacio Leonardo Días

Alteraciones morbosas de las facultades / Coacción o miedo insuperable / Ejercicio de una autoridad o cargo / Ejercicio legítimo de un derecho / Estado de necesidad / Estado de necesidad disculpante / Comprensión de la criminalidad del acto y dirección de las acciones / Estados de inconsciencia / Capacidad de culpabilidad (imputabilidad) / Insuficiencia de las facultades mentales / Nulla poena sine lege / Obediencia debida / Conciencia de antijuridicidad: error de prohibición / Teoría de la actio libera in causa / Cumplimiento de un deber. Colisión de deberes

Encontrarás la clase en el siguiente enlace:

https://bit.ly/2UeiEHC

 



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RUBINZAL CULZONI EDITORES JURISPRUDENCIA ONLINE LA JUSTICIA DESESTIMÓ PEDIDO DE PROGENITOR PARA TRATAR EL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN CON SUS HIJOS MIENTRAS DUREN LAS MEDIDAS PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS.

RUBINZAL CULZONI EDITORES
JURISPRUDENCIA ONLINE

LA JUSTICIA DESESTIMÓ PEDIDO DE PROGENITOR PARA TRATAR EL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN CON SUS HIJOS MIENTRAS DUREN LAS MEDIDAS PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS.

La lectura completa del fallo «A. A. s. Habilitación del asueto judicial. Juzg. Fam. Nº 4, San Isidro, Buenos Aires; 19/03/2020; Rubinzal Online; RC J 1193/20» en https://bit.ly/39kyQvt

 


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RUBINZAL CULZONI EDITORES JURISPRUDENCIA ONLINE IMPACTOS LABORALES DE LA EMERGENCIA SANITARIA Y EL AISLAMIENTO OBLIGATORIO DEL DNU 297

RUBINZAL CULZONI EDITORES
JURISPRUDENCIA ONLINE

IMPACTOS LABORALES DE LA EMERGENCIA SANITARIA Y EL AISLAMIENTO OBLIGATORIO DEL DNU 297
El Doctor César Arese escribió acerca de los primeros y concretos abordajes de la emergencia ocupacional, las suspensiones de prestación de tareas de la Resolución 207 del Ministerio de Trabajo, el dictado del DNU 297/2020 sobre aislamiento obligatorio, la abstención de prestar servicios y los riesgos laborales por efectos del coronavirus. Reflexiona también sobre el pensamiento laboral solidario.
Leé el texto completo de la Doctrina «Impactos laborales de la emergencia sanitaria y el aislamiento obligatorio del DNU 297» del Dr. César Arese en https://bit.ly/2QxdHYd

 

 



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BLOQUEO MUNICIPAL – Dr. Enrique Marchiaro

https://www.facebook.com/FINDELArg/videos/1555927117906212/?__tn__=kCH-R&eid=ARD0YdkuDInGNm6YwOhYcMDb45FE9nwLRFvkkJesG1AXIEAlhoDRaGCNmZiJEbKYOG1Sezs3omJOvSwN&hc_ref=ARTI0jUu8bfeNBOUKBI-5psbUIk6XrMQ5Y06WjxiZqB_2N5hE8O2DGjI7FrHJtEvUBM&fref=nf&__xts__[0]=68.ARB47JahzBF1vhPHruuDJGSyKULcQrz2p0UQr20vlbA0pLSciNIGo6K7pNqg6ZF1820ao-_f8TT6yjgI1ifYU5WgdVB1VvGif2xpMR3rqfbKkk-pxZpE3GSQfzEotSa4XgGHHNMZbwJcdTs5K7cvgfh40-Eb3YLrEygdiO10F-ypReuiNS31gguATj3bSGMnb94taOXC9pHCRygYCFXvzDJmtsnCkYF-ZJfg6_UWe7_bKNx1RUC6B8o-H0RS9VtNArq61kxcj739WULU7gbe3bFG3fYPIPRnZuCvfPXbwan3hUqzihiUcNgZ4f4z7FSTLIgkHv-iWnsfZbnT9AT9dOIe_whQEe1cXJUpazxi_3yXaPYw0s3DMcanyPy0NXxe1feYvrO_HQx3676BdwUT42t8jv4QdskSYZE_LG5iFvJYjmfOLrTGJw7J4caXz3__btrmoAew4v4p8FXKJ-G0FtMKyMZ2S-ObYza20xMgk-MsRHHLcLZHw5tLe1S3EpjH1As6


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RUBINZAL CULZONI EDITORES – DOCTRINA ONLINE – LOS RIESGOS DEL TRABAJO EN TIEMPOS DEL CORONAVIRUS

El Doctor Luis Enrique Ramírez sostiene que son indudables las implicaciones del Covid-19 en las relaciones laborales por la alta probabilidad de contagio en el lugar de trabajo. El autor afirma que debe considerarse un riesgo del trabajo que, cumplidos ciertos presupuestos, cae en el sistema de la LRT y dispara la responsabilidad de los empleadores y de las ART.

Leé el texto completo de la Doctrina «Los riesgos del trabajo en tiempos del coronavirus» del Dr. Luis Enrique Ramírez en

https://www.rubinzalonline.com.ar/index.php/index/index/doctrinaOnline/2084354/?fbclid=IwAR2JQ6KdSzRNvGp_vbgkaPmpmjZbB5UVqhPhZn5mEyRKBVM022q2TpOnFxM

 


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RUBINZAL CULZONI ha publicado un video en el que la Dra. Marisa Herrera ayuda a entender como ejercer la coparentalidad en tiempos de cuarentena.

PADRES SEPARADOS E HIJOS EN CONTEXTO DE CUARENTENA

¿Qué pasa con el progenitor no conviviente? ¿Se interrumpe el contacto?  ¿Cómo juega el concepto de centro de vida? ¿Puede variar la situación en medio de la cuarentena? ¿Las excepciones del Decreto 297/2020 contemplan estas hipótesis?

Mirá el video y aclará todas las dudas en

https://www.facebook.com/rubinzal.culzoni/videos/69023178838676


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JURISPRUDENCIA ONLINE NIÑO CON AUTISMO SEVERO PODRÁ REALIZAR CAMINATAS DURANTE LAS MEDIDAS DE AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO

RUBINZAL CULZONI EDITORES

 JURISPRUDENCIA ONLINE

NIÑO CON AUTISMO SEVERO PODRÁ REALIZAR CAMINATAS DURANTE LAS MEDIDAS DE AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO

Se hizo lugar a la medida cautelar peticionada y se dispuso que la autoridad competente extienda para niño con discapacidad un salvoconducto que le permitirá desplazarse en las cercanías de su domicilio, durante todos los días de la semana incluyendo sábados, domingos y feriados.

Accedé a leer el fallo «Asesoría Tutelar N° 2 ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario vs. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s. Medida cautelar autónoma. Juzg. Cont. Adm. y Tributario Nº 10, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 22/03/2020; Rubinzal Online; RC J 1189/20» en

https://www.rubinzalonline.com.ar/index.php/index/index/fallo/1225669/?fbclid=IwAR0L-6yc7mh_ep5f0b0RreSicX2IqNzTIboOF3I8NlBuCtg6sYVt6k02Dbo

 


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En tiempos de aislamiento RUBINZAL CULZONI EDITORES te permite acceder GRATUITAMENTE a clases dictadas por los juristas más destacados

 

PROCEDIMIENTO PREVENTIVO DE CRISIS
Mario E. Ackerman

Marco normativo. Partes. Exigencias formales. Supuestos de despido y/o de suspensiones. Procedimiento en sede administrativa.

 

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En tiempos de aislamiento RUBINZAL CULZONI EDITORES te permite acceder GRATUITAMENTE a clases dictadas por los juristas más destacados.

Incorporación del instituto al Código Civil y Comercial. Su regulación: Arts. 509 a 528 CCyC. Constitución y Prueba de la unión convivencial. Pactos. Efectos durante la convivencia. Cese de la convivencia. Efectos del cese de la convivencia. Jurisprudencia.

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PANDEMIA CORONAVIRUS La Corte Suprema de Santa Fe dispone prorrogar el receso administrativo en la medida que así lo establezca el PEN respecto de la continuación de las medidas de aislamiento obligatorio

PANDEMIA CORONAVIRUS

La Corte Suprema de Santa Fe dispone prorrogar el receso administrativo en la medida que así lo establezca el PEN respecto de la continuación de las medidas de aislamiento obligatorio

La resolución conlleva la continuación del receso administrativo ya dispuesto. El plazo se sujetará a lo que establezca el Poder Ejecutivo Nacional respecto de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio”. Se mantiene el esquema diseñado de guardias mínimas para la atención de asuntos de urgente y excepcional despacho. Las medidas cautelares adoptadas para la protección de víctimas de violencia familiar se prorrogan automáticamente.
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PRENSA / PODER JUDICIAL DE SANTA FE













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Pedido 5 Colegios de la Provincia de Santa Fe al Secretario de Seguridad

Señor
Ministro de Seguridad
Provincia de Santa Fe
Marcelo Fabian Saín
S/D:

Los presidentes de los cinco Colegio de Abogados de la Provincia de Santa Fe se dirigen a Ud. ante la situación de público conocimiento a los fines de solicitarle se dispongan medidas necesarias para asegurarles la libre circulación de los abogados y abogadas en ejercicio de la profesión y en situaciones de urgencia por casos excepcionales.

Juntamente con la Secretaría de Justicia de la Provincia acordamos criterios para la circulación.

Normativas y supuestos habilitantes:
1 Decreto 260 PEN.
Art.6 (excepciones al Aislamiento Obligatorio) Inciso 3°: Personal de los servicios de justicia de turno.
Inciso 6°: Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

2. Acordada Corte Suprema de Justicia de Santa Fe n° 10: Punto 8: Recomendar
enérgicamente a profesionales y público en general, la importancia de reducir la concurrencia y permanencia de personas en el ámbito de estos Tribunales. Se recuerda a tales efectos, la factibilidad de gestionar el trámite o información requerida por vía telefónica o electrónica; en el caso de contar con la autorización pertinente.

3. Articulo 314 Ley Orgánica del Poder Judicial:
En el ejercicio de su profesión, el abogado está equiparado a los magistrados judiciales en cuanto al respeto y consideración que debe guardársele. La violación de esta norma admitirá denuncia ante el superior jerárquico del infractor y será sustanciada de inmediato. El profesional afectado está legitimado para la radicación e impulso de los trámites respectivos.

4 Exhibición de la credencial de matrícula y documentación -si se tuviere- que justifique la actuación en cada caso concreto.

Por lo expuesto le solicitamos que instruyan a las fuerzas de seguridad para que en el caso particular no se detengan o interrumpan injustificadamente la labor de los profesionales del derecho.

Suscriben:
Dr. Carlos Gustavo Ensinck, Presidente Colegio de Abogados de Rosario.
Dr. Enrique Soffietti Berger, Presidente Colegio de Abogados Rafaela.
Dr. Andrés Abramovich, Presidente Colegio de Abogados de Santa Fe,
Dr. Alberto Oscar Turcatto, Presidente Colegio de Abogados Venado Tuerto.
Dr. Julio César Pagano, Presidente Colegio de Abogados de Reconquista.










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Proyecto Nota Faca

 Sr./a Presidente del
Colegio de Abogados
PRESENTE
                 Me dirijo a Ud. a fin de adjuntarle la nota dirigida al  Señor Presidente de la República Argentina,  Dr. Alberto Fernández, solicitándole  se implementen medidas fiscales diferenciales paliativas para los abogados y abogadas ante la grave situación que se nos avecina.
                 Lo saludo a Ud. con mi mas alta estima,









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Circular Nro. 31/20: » Resolución de Presidencia de fecha 17.03.2020 referida al COVID-19 (Coronavirus)»

http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6284


«Circular Nro. 31/20.-

Santa Fe, 17 de marzo de 2020.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que por resolución de Presidencia de fecha 17.03.2020, se ha dispuesto lo siguiente:

“Santa Fe, 17 de marzo de 2020.

 

VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco de estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020; y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en procura de atender debidamente la situación epidemiológica mundial de público conocimiento generada en relación al COVID-19 (coronavirus), la que provocara la declaración de Pandemia por la Organización Mundial de la Salud, desde esta Corte Suprema de Justicia, conforme surge de las mencionadas actuaciones, se vienen llevando a cabo diversas medidas de prevención las que -entre otras- oportunamente fueran comunicadas mediante circulares N° 17/20; 23/20 y 28/20 de fechas 28.2.2020; 11.3.2020 y 16.3.2020 respectivamente.

 

Que, se ha dispuesto el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio nacional por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.03.2020, al que la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de esta Provincia adhirió ad referéndum de este Alto Cuerpo.

 

Que en igual sentido el Poder Ejecutivo Nacional dictó nuevas medidas, en fecha 15.3.2020, adoptando diversas decisiones a fin de mitigar la propagación del impacto sanitario de la citada situación epidemiológica.

 

Que en el día de ayer, el Alto Cuerpo ratificó todo lo actuado en el marco de estas actuaciones, respecto de las medidas de prevención oportunamente adoptadas por esta Presidencia.

 

Asimismo dispuso, en sintonía con las medidas del Poder Ejecutivo Nacional, la suspensión exclusiva de los plazos procesales en las actuaciones radicadas o a radicarse en todas las unidades jurisdiccionales con sede en las cinco Circunscripciones Judiciales de la Provincia desde el 17.3.2020 hasta el 31.3.2020, inclusive; como así también, la concesión de licencias con goce de haberes desde ayer y hasta el 31.3.2020, inclusive, a todos los agentes comprendidos dentro de los denominados grupos de riesgo. Asimismo, se adoptaron diversas medidas tendentes a la mitigación del impacto que la pandemia en curso podría provocar, extremando las medidas de higiene y asepsia, conforme las pautas sentadas por el Ministerio de Salud de la Nación.

 

Que, posteriormente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante Acordada N°4/2020 de fecha 16 de marzo de este año, dispuso, entre otras medidas: “1) Declarar inhábiles los días 16 a 31 de marzo del presente para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan; y 2°) Disponer que los tribunales aseguren una prestación mínima del servicio de justicia durante el plazo establecido en el punto anterior, debiendo cubrirse prioritariamente con los magistrados y/o funcionarios de las dependencias respectivas que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo descriptos en el punto 5°) ni en los supuestos del punto 7°) de la presente, licenciándose al resto del personal, con goce de haberes.”

 

Que, luego de ello, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, dictó la resolución N°207-2020-APN-MT, la cual en su artículo 3° ordenó que “…mientras dure la suspensión de clases en las escuelas establecida por Resolución N° 108/2020 del Ministerio de Educación de la Nación o sus modificatorias que en lo sucesivo se dicten, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente. La persona alcanzada por esta dispensa deberá notificar la circunstancia a su empleador o empleadora, justificando la necesidad y detallando los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control. Podrá acogerse a esta dispensa solo un progenitor o persona responsable, por hogar.”

 

Asimismo, la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, mediante Disposición N° 3 de fecha 16 de marzo de 2020, en consonancia con lo resuelto por el Ministerio de Trabajo de la Nación, resolvió que “Se justificarán las inasistencias de aquellos agentes con hijos en edad escolar, como así también a quienes tengan hijos que requieran asistencia y que carezcan de personal o familiares que puedan ofrecer cuidado a los mismos durante el período a que refiere el artículo precedente.”

 

Por último, el Poder Ejecutivo Provincial, dispuso por Decreto N° 264 del 16 de marzo del corriente, que: “… mientras dure la suspensión de clases presenciales en los establecimientos educativos establecida por el art. 1 del decreto N° 261/20, o sus modificatorios que en lo sucesivo se dicten, se considerarán justificadas, con goce íntegro de haberes, las inasistencias de las trabajadoras y trabajadores en sector público provincial dependiente del Poder Ejecutivo, cualquiera sea su situación de revista y regimen escalafonario, estatutario o convenio colectivo de trabajo aplicable que invoquen la condición de progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente.”

 

Que, en razón de ello, teniendo en cuenta los distintos requerimientos formulados por los diferentes actores del servicio de justicia; la dinámica y celeridad con la que debemos adoptar decisiones estratégicas y certeras quienes nos encontramos encargados de administrar los distintos órganos de poder del Estado; y atendiendo primordialmente al cuidado y salud de la población que trasunta la situación de crisis pandémica generada por la enfermedad COVID-19 (coronavirus), esta Presidencia, previa consulta y consenso con los demás integrantes del Cuerpo, y de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la ley 10.160 (t.o. Según decreto N° 49/98),

 

RESUELVE:

I. Disponer la suspensión de todas las audiencias fijadas durante el período establecido entre el 17 de marzo de 2020 y el 31 de marzo de 2020 inclusive, con excepción de aquellas que, a criterio de la Magistratura, podría provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para alguna de las partes; o un perjuicio cuya magnitud justifiquepor parte del titular del órgano jurisdiccional, hacer lugar a la excepcionalidad aquí dispuesta.

 

II. Conceder licencia con goce de haberes desde el día de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2020 al agente judicial progenitor, progenitora, o responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente. La persona alcanzada por esta licencia deberá notificar la circunstancia a su inmediato superior, justificando la necesidad y detallando los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control. Podrá hacer uso de esta licencia solo un progenitor o persona responsable, por hogar, independientemente del ámbito público o privado donde desempeñen su actividad laboral.

 

III. Suspender desde el día de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2020 el servicio de certificaciones que presta este Poder Judicial, exceptuando aquellos casos de urgencia que resulten debidamente acreditados.

 

IV. Hacer saber que, conforme lo resuelto por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Jefe de Gabinete de Ministros mediante Disposición Administrativa N° 390/2020, y lo resuelto por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto N° 259/2020; la licencia con goce de haberes concedida en el día de ayer por el Alto Cuerpo mediante Acta N° 8, Punto Único, en relación a personas mayores de 65 años de edad, debe aclararse, aplicándose la misma a quienes hayan cumplido 60 años de edad a la fecha, o que los cumplan durante la vigencia del presente decisorio.

 

V. Recomendar enérgicamente a profesionales y público en general, la importancia de reducir la concurrencia y/o aglomeración de personas en el ámbito de estos Tribunales. Se recuerda a tales efectos, la factibilidad de gestionar el trámite o información requerida por vía telefónica o electrónica; en el caso de contar con la autorización pertinente.

 

VI. Hacer saber que las decisiones aquí adoptadas, en el marco de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, se enmarcan en la continua búsqueda de la preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial, auxiliares de la justicia y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren.

 

VII. Hacer saber lo aquí dispuesto al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo de la Provincia a través de las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados, al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales.

 

VIII. Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Alto Cuerpo. FDO.: GUTIÉRREZ. BORDAS (SECRETARIO).”

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo. Dr. Eduardo Bordas
(Secretario de Gobierno)



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SUSPENSION DE AUDIENCIAS – NO URGENTES –  Y RESTRICCION DE RECEPCION DE ESCRITOS JUDICIALES DEL 17/03 AL 31/03/2020

SUSPENSION DE AUDIENCIAS – NO URGENTES –  Y RESTRICCION DE RECEPCION DE ESCRITOS JUDICIALES DEL 17/03 AL 31/03/2020

JUZGADOS DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL, LABORALES Y DE FAMILIA DE RAFAELA Y CIRCUITO DE SUNCHALES Y RAFAELA.

 

INSTAMOS A LOS COLEGIADOS A CONCURRIR A TRIBUNALES ÚNICAMENTE POR CUESTIONES URGENTES O IMPOSTERGABLES.

 

Sr. Presidente del Colegio de Abogados de la V Circunscripción

Dr. Enrique Soffietti

S/D

Rafaela, 17/03/2020.

De mi consideración:

 

Por medio de presente le pongo en conocimiento de resolución adoptada por los jueces de primera instancia Liza Báscolo, María José Alvarez Trema, Ana Laura Mendoza, Duilio Hail, Diego Genesio,  José Pastore y quien suscribe, Lucas Marín, sobre suspensión de audiencias en el período 17/03/2020 al 31/03/2020 y sobre presentación de escritos judiciales.  Acompaño copia escaneada de la resolución presentada ante la Cámara de Apelaciones CCL de esta ciudad.

 

    LA REPROGRAMACIÓN SERÁ EFECTUADA DE OFICIO POR CADA JUZGADO.

 

Solicito tenga a bien su difusión entre los profesionales del foro para su conocimiento.

 

Atentamente.

 

Lucas Marín – Juez de Primera Instancia Laboral 1era Nominación Rafaela.





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INFORMACION IMPORTANTE

A primera hora de la mañana, fuimos recibidos por el Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Dr. Eduardo Bordas.

Transmitimos nuestra preocupación por la salud de nuestros colegas, nos colocamos a disposición y solicitamos se adopten medidas urgentes tendientes a evitar la propagación del virus Covid-19.

Asimismo, exhortamos se disponga suspensión de plazos y de audiencias para los/as colegas que se encuentren en grupos de riesgo.

En horas del mediodía, el Alto Tribunal Provincial dictará una Acordada sobre la situación. Continuaremos atentos e informaremos cualquier novedad.
✔ Mientras tanto, requerimos se respeten las medidas de prevención adoptadas por este Colegio de Abogados.


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COVID 19 – Medidas adoptadas por el Colegio de Abogados.

Importante

En consonancia con las medidas recientemente anunciadas por el gobierno nacional para prevenir la propagación y contagio del COVID19, el Directorio del Colegio de Abogados ha resuelto lo siguiente:

1) Suspender, a partir del día 16/03/2020, todas las actividades académicas que se encontraban organizadas por este Colegio de Abogados de la V Circunscripción Judicial y/o por cualquiera de sus Delegaciones, así como las reuniones y/o actividades de los Institutos y Comisiones que lo integran, hasta nuevo aviso.

2) Restringir la circulación de personas en la sede del Colegio de Abogados y en las sedes de sus Delegaciones. Por lo que, les solicitamos a todos los colegiados tengan a bien utilizar medios alternativos a los presenciales, esto es, se comuniquen vía teléfono, mail, redes sociales y excepcionalmente concurran, si es estrictamente necesario. En ese caso, se anunciarán por medio del portero eléctrico que funciona en el establecimiento de manera que el personal pueda regular la circulación de personas dentro del mismo.

3) La biblioteca y la sala de computación permanecerán cerradas, hasta nuevo aviso.

4) El personal de administración del Colegio trabajará en el horario habitual a puertas cerradas, y se encontrará a entera disposición de los colegiados para resolver todos los pedidos e inquietudes que estén a su alcance.

5) Estamos a la espera de cualquier disposición y/o resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, así como de Caja Forense (respecto al uso de la obra social -autorizaciones, pedidos, reintegros, etc.- y al visado de expedientes).

 

Desde ya les agradecemos a todos su comprensión y colaboración. Si entre todos cooperamos y restringimos al máximo la circulación podemos evitar que las consecuencias del virus sean aún mayores.

Les recordamos los medios alternativos de contacto: teléfono: 03492-431405/424410, e-mail: colabrafaela@wilnet.com.ar * Facebook: Colegio de Abogados de Rafaela e Instagram: abogadosrafaela


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CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS para cubrir 3 cargos TITULARES y 6 cargos SUPLENTES destinados a CTD de Rafaela, Ceres y San Cristóbal.

CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS para cubrir

3 cargos TITULARES  y 6 cargos SUPLENTES destinados a CTD de Rafaela, Ceres y San Cristóbal.

CTD RAFAELA: 1 Cargo de Receptor de Denuncias

CTD CERES: 1 Cargo de Receptor de Denuncias

CTD SAN CRISTOBAL: 1 Cargo de Receptor de Denuncias

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias (CTD) del Nodo Rafaela.

El profesional seleccionado deberá desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD de Frontera (Calle 84 191) de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs) o vespertino (de 14 a 20 hs), por un término de 12 meses. El cargo es rentado.

REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Abogada/o, con matrícula vigente, inscriptos en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.
• Edad entre 24 y 35 años.
• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética.
• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados.
• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, programas de gestión, etc.).
• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación.

REQUISITOS PREFERENTES:
• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración y/o atención al ciudadano.
• Inscripción en AFIP del interesado.
• Residir en la localidad del cargo para el que se postula.

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:
El postulante deberá presentar su currículum vitae (sin soporte papel de antecedentes) en la Recepción del Colegio de Abogados de Rafaela (Buenos Aires 168), o en PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar), desde el 16/03/2020 hasta el 20/03/2020 inclusive.

RECORDAR INDICAR LA LOCALIDAD PARA LA QUE SE POSTULAN

 

 



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Hábitos preventivos (audiencias) -Juzgado Primera Instancia Laboral 1era Nominación de Rafaela.

Dado el actual estado de situación en relación al COVID-19, se dispuso una serie de pautas de trabajo como forma de generar hábitos preventivos dentro de esta unidad jurisdiccional, entre las que se encuentran las referidas a la toma de audiencias.

Los espacios donde se toman audiencias son sumamente reducidos, sin ventilación adecuada y que el personal del juzgado cumple tareas allí durante toda la jornada, por ello se recomienda a los abogados:

1.- Evitar concurrir con los clientes cuando no sea audiencia de trámite (art.51 CPL).

2.- Evitar concurrir con asistentes o más de un abogado por cada parte.

3.- En la medida que el espacio lo permita, ubicarse a una distancia mínima de uno a dos metros entre los asistentes.

4.- Respetar el límite imaginario que marca el escritorio de cada sumariante, como distancia de seguridad.

5.- Lavarse las manos con agua y jabón en sanitarios del piso previo al ingreso de cada audiencia.

6.- Evitar saludos que implique el contacto por manos.

Se trata de prácticas de tipo preventivo que no afectan en gran medida el trabajo profesional. Se recomienda su cumplimiento a partir del día de la fecha a los fines de ir generando el hábito, por lo que me permito recurrir a Ud. y por su intermedio a todo el foro para su conocimiento y difusión.

Lucas Marín – Juzgado Primera Instancia Laboral 1era Nominación de Rafaela.


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Curso de Posgrado a Distancia «EL DERECHO PENAL ECONÓMICO EN EL ÁMBITO DE LA EMPRESA» 

Curso de Posgrado a Distancia «EL DERECHO PENAL ECONÓMICO EN EL ÁMBITO DE LA EMPRESA»  que lo organiza la Facultad de Derecho y Ciencias sociales  (Sede San Juan) de la UCCuyo, está dentro del marco de la MAESTRÍA EN DERECHO EMPRESARIO.
Inicia el 27 de marzo. Los disertantes son el Dr. Carlos Parma y la Lic. Mariana Idrogo
Para mayor información, inscripción y pago del mismo puede hacer click en el siguiente enlace:

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Los cinco Colegios de Abogados de la Provincia en contra de la adhesión a la Ley de ART.

 

Así se decidió en la reunión de los 5 Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe (Reconquista, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Santa Fe) realizada el día 06 de marzo de 2020.

En dicha oportunidad se acordó y aprobó la NEGATIVA a la adhesión por parte de la Provincia de Santa Fe a la Ley de ART publicada en febrero de 2017, por ser ésta violatoria de los derechos básicos constitucionales.

Destacamos enfáticamente que dicha Ley afecta gravemente los derechos de los trabajadores víctimas de un infortunio laboral, en cuanto IMPIDE a los trabajadores el libre acceso a la justicia, en cuanto los somete a una vía administrativa previa, quitándolos de su juez natural, discriminándolos peyorativamente ante los demás ciudadanos víctimas de un daño los que pueden acudir a la justicia sin más trámite, entre otras innumerables afectaciones constitucionales.

Dicho trámite administrativo previo ha sido declarada inconstitucional numerosas veces por sendos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, siendo esta adhesión una mera reiteración del ya fracaso instaurado por le Ley 24.557 mediante estos órganos dependientes el Poder Ejecutivo, los cuales no gozan de las garantías de imparcialidad, impartialidad e independencia que todo órgano jurisdiccional debe tener.

Se remitió copia de la declaración de negativa de adhesión a los Legisladores Miguel Lisfchitz (Pte. Cámara de Diputados) y Alejandra Rodenas (Pta. Cámara de Senadores) y al mismo Dr. Somaglia para que sea elevada la postura institucional de los Colegios al Gobernador de la Provincia Omar Perotti.

Por ello, peticionamos que se les haga oír y saber a la Legislatura Provincial la voz de la Abogacía y la ciudadanía, para no quedar nuestros representantes legislativos sesgados por un discurso unilateral que nos impide la defensa de los trabajadores y su libre acceso a la Justicia.

La Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A) se expidió en igual sentido en la reunión de San Fernando del Valle de Catamarca del 08 de Junio de 2018.

 




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PREVENCIÓN DEL DENGUE Y CHIKUNGUNYA

Para destacar:

El Aedes aegypti tiene hábitos domiciliarios, por lo que la enfermedad es predominantemente urbana. Este mosquito es diurno y suele picar en las primeras horas del día, hasta media mañana, y durante el atardecer. Sin embargo, el horario puede variar según las condiciones del tiempo, por lo que es necesario cuidarse siempre, inclusive a la noche.

Además, para que exista transmisión del virus del dengue es necesaria la presencia simultánea de tres elementos:

1. hembras del mosquito Aedes aegypti en abundancia considerable.

2. el virus circulando en la sangre de una persona infectada y con capacidad de infectar mosquitos de la especie Aedes aegypti.

3. personas susceptibles de adquirir el virus (infectarse) y enfermarse. En la Argentina la mayor parte de la población nunca ha contraído dengue, por lo tanto, es susceptible.






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Resolución de esta Federación con referencia a la solicitud de los Colegios Públicos de Abogados de Puerto Madryn y de Comodoro Rivadavia,

Resolución de esta Federación con referencia a la solicitud de los Colegios Públicos de Abogados de Puerto Madryn y de Comodoro Rivadavia, para el acompañamiento en el rechazo al proyecto de ley de impuesto a la transmisión gratuita de bienes, remitido por el Gobernador de la Provincia del Chubut a la Legislatura.


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Comunicado de la Federación Argentina de Colegios de Abogados expresando nuestro rechazo al proyecto presentado ante el H. Senado de la Nación propiciando la intervención federal del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy

Comunicado de la Federación Argentina de Colegios de Abogados expresando nuestro  rechazo al proyecto presentado ante el H. Senado de la Nación propiciando la intervención federal del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy, compartiendo los argumentos a través de los cuales se han expedido respecto del mismo caso, el Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy y la Federación de Colegios de Abogados del Noroeste de la República Argentina.

 

Atentamente.

 

Dr. Marcelo C.C. Scarpa

Secretario


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8vas Jornadas Nacionales sobre Discapacidad y Derechos – San Juan

VIII JORNADAS NACIONALES sobre DISCAPACIDAD Y DERECHOS

21 y 22 de mayo de 2020

San Juan, Argentina

 

Este evento académico se desarrolla en el marco de la Carrera de Especialización en Discapacidad y Derechos de la Universidad de Buenos Aires. Se realiza anualmente en distintas ciudades del país, donde se dicta el Curso Intensivo de Posgrado en Discapacidad y Derechos.

 

La octava edición tendrá lugar en el Foro de Abogados de San Juan, su acto inaugural se desarrollará en el Centro de Convenciones “Barrena Guzmán” de la ciudad de San Juan.

 

 

EJES TEMÁTICOS PARA EL ENVÍO DE PONENCIAS

 

Discapacidad y salud

Experiencias y buenas prácticas institucionales. Casos en los cuales ha sido necesaria la judicialización de reclamos por prestaciones en discapacidad. Análisis de fallos.

 

Discapacidad, capacidad jurídica y redes comunitarias

Debates en torno a los apoyos y salvaguardias para el ejercicio de los derechos. La autonomía de la persona y los roles de las redes comunitarias.

 

Discapacidad, educación e inclusión

Avances en los distintos niveles y modalidades educativas. Tendencias normativas, interpretación de la jurisprudencia.

 

Accesibilidad, diseño universal y comunicación

Barreras físicas, edilicias y actitudinales. Afectación de otros derechos, pleno desarrollo de la persona con discapacidad. Impacto de la tecnología. Legislación vigente y jurisprudencia.

 

Formación laboral e inclusión en el trabajo 

Experiencias en el ámbito privado y público. Empleo con apoyos.

 

PLAZOS PARA EL ENVÍO DE PONENCIAS

 

Resumen: 13 de abril de 2020

Ponencia completa: 11 de mayo de 2020

 

PAUTAS BÁSICAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS

Los trabajos serán evaluados para su aceptación por el Comité Académico.

 

RESUMEN

Plantear en no más de 500 palabras cuál es el tema a desarrollar, sintetizando las ideas principales del mismo y el marco teórico y/o categorías de referencia. Se sugiere avanzar con el trabajo completo antes de realizar el resumen.

 

PONENCIA

Extensión máxima de 10 páginas, incluyendo el resumen, gráficos, figuras, notas y comentarios, bibliografía y apéndices. Deberá incluir el resumen en la primera página.

DIAGRAMACIÓN para el resumen y la ponencia

Se recibirán en formato digital, en un archivo Word, tamaño A4; con interlineado 1,5; sin espacio entre párrafos; fuente Arial 12, justificado. Márgenes 2.5 cm.

Deberán contener los siguientes datos:

Eje Temático y Título (primer y segundo renglón, centrado).

Autor/es (tercer renglón, nombre y apellido, centrado).

Pertenencia institucional o lugar de trabajo y dirección de correo electrónico (cuarto renglón, centrado).

Citas bibliográficas: autor/es, título, editorial, año y lugar de edición. En el texto se consignarán el apellido del autor/es, año de edición y páginas si correspondiere.

 

Enviar la ponencia completa a discapacidadyderechos@derecho.uba.ar

 

INSCRIPCIÓN

Asistentes y ponentes deberán inscribirse mediante un formulario online

 

Los resúmenes de las ponencias deberán cargarse en el formulario de envío de resúmenes, hasta el 13 de abril de 2020.

 

ARANCEL

$1000 (mil pesos argentinos).

Medios de pago:

Contado y tarjeta de débito en el Foro de Abogados de San Juan – Jujuy 51 – Norte, Capital – Teléfono 0264-4214471- 2644531031. Horario: lunes a viernes de 7 a 13 y de 17 a 21 hs.

Transferencia bancaria a:

FORO DE ABOGADOS DE SAN JUAN

CBU 0110474920047413063589

Número de cuenta: 32004741306358

Tipo de cuenta: 03 – CC $; Banco Nación.

 

Enviar el comprobante de pago a discapacidad.forodeabogados.sj@gmail.com indicando el nombre y DNI de la persona a la que corresponde.

 

AUSPICIAN

  • Gobierno de San Juan
  • Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia de San Juan
  • Dirección de la Persona con Discapacidad de la Provincia de San Juan
  • Poder Judicial de la Provincia de San Juan
  • Federaciones de Entidades Profesionales Universitarias de San Juan (FEPU)

 

ORGANIZAN

  • Carrera de Especialización en Discapacidad y Derechos (UBA)
  • Foro de Abogados de San Juan
  • Instituto Interdisciplinario de la Discapacidad del Foro de Abogados de San Juan
  • Proyecto de Investigación “La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: armonización de las normas argentinas, avances en la jurisprudencia y debates pendientes” (UBACYT)
  • Proyecto de Extensión Universitaria “Discapacidad e igualdad: asesoramiento, patrocinio jurídico y difusión de derechos” (UBANEX).

 

discapacidadyderechos@derecho.uba.ar


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Invitación VIII Jornadas Nacionales Discapacidad y Derechos – San Juan 2020

Este evento académico se desarrolla en el marco de la Carrera de Especialización en Discapacidad y Derechos de la Universidad de Buenos Aires. Se realiza anualmente en distintas ciudades del país, donde se dicta el Curso Intensivo de Posgrado en Discapacidad y Derechos.

 

La octava edición tendrá lugar en el Foro de Abogados de San Juan, su acto inaugural se desarrollará en el Centro de Convenciones “Barrena Guzmán” de la ciudad de San Juan.

 

 EJES TEMÁTICOS PARA EL ENVÍO DE PONENCIAS

 

Discapacidad y salud

Experiencias y buenas prácticas institucionales. Casos en los cuales ha sido necesaria la judicialización de reclamos por prestaciones en discapacidad. Análisis de fallos.

 

Discapacidad, capacidad jurídica y redes comunitarias

Debates en torno a los apoyos y salvaguardias para el ejercicio de los derechos. La autonomía de la persona y los roles de las redes comunitarias.

 

Discapacidad, educación e inclusión

Avances en los distintos niveles y modalidades educativas. Tendencias normativas, interpretación de la jurisprudencia.

Accesibilidad, diseño universal y comunicación

Barreras físicas, edilicias y actitudinales. Afectación de otros derechos, pleno desarrollo de la persona con discapacidad. Impacto de la tecnología. Legislación vigente y jurisprudencia.

 

Formación laboral e inclusión en el trabajo 

Experiencias en el ámbito privado y público. Empleo con apoyos.

 

PLAZOS PARA EL ENVÍO DE PONENCIAS

Resumen: 13 de abril de 2020

Ponencia completa: 11 de mayo de 2020

 

PAUTAS BÁSICAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS

Los trabajos serán evaluados para su aceptación por el Comité Académico.

 

RESUMEN

Plantear en no más de 500 palabras cuál es el tema a desarrollar, sintetizando las ideas principales del mismo y el marco teórico y/o categorías de referencia. Se sugiere avanzar con el trabajo completo antes de realizar el resumen.

 

PONENCIA

Extensión máxima de 10 páginas, incluyendo el resumen, gráficos, figuras, notas y comentarios, bibliografía y apéndices. Deberá incluir el resumen en la primera página.

DIAGRAMACIÓN para el resumen y la ponencia

Se recibirán en formato digital, en un archivo Word, tamaño A4; con interlineado 1,5; sin espacio entre párrafos; fuente Arial 12, justificado. Márgenes 2.5 cm.

Deberán contener los siguientes datos:

Eje Temático y Título (primer y segundo renglón, centrado).

Autor/es (tercer renglón, nombre y apellido, centrado).

Pertenencia institucional o lugar de trabajo y dirección de correo electrónico (cuarto renglón, centrado).

Citas bibliográficas: autor/es, título, editorial, año y lugar de edición. En el texto se consignarán el apellido del autor/es, año de edición y páginas si correspondiere.

 

Enviar la ponencia completa a discapacidadyderechos@derecho.uba.ar

 

INSCRIPCIÓN

Asistentes y ponentes deberán inscribirse mediante un formulario online

 

Los resúmenes de las ponencias deberán cargarse en el formulario de envío de resúmenes, hasta el 13 de abril de 2020.

 

ARANCEL

$1000 (mil pesos argentinos).

Medios de pago:

Contado y tarjeta de débito en el Foro de Abogados de San Juan – Jujuy 51 – Norte, Capital – Teléfono 0264-4214471- 2644531031. Horario: lunes a viernes de 7 a 13 y de 17 a 21 hs.

Transferencia bancaria a:

FORO DE ABOGADOS DE SAN JUAN

CBU 0110474920047413063589

Número de cuenta: 32004741306358

Tipo de cuenta: 03 – CC $; Banco Nación.

 

Enviar el comprobante de pago a discapacidad.forodeabogados.sj@gmail.com indicando el nombre y DNI de la persona a la que corresponde.

 

AUSPICIAN

  • Gobierno de San Juan
  • Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia de San Juan
  • Dirección de la Persona con Discapacidad de la Provincia de San Juan
  • Poder Judicial de la Provincia de San Juan
  • Federaciones de Entidades Profesionales Universitarias de San Juan (FEPU)

 

ORGANIZAN

  • Carrera de Especialización en Discapacidad y Derechos (UBA)
  • Foro de Abogados de San Juan
  • Instituto Interdisciplinario de la Discapacidad del Foro de Abogados de San Juan
  • Proyecto de Investigación “La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: armonización de las normas argentinas, avances en la jurisprudencia y debates pendientes” (UBACYT)
  • Proyecto de Extensión Universitaria “Discapacidad e igualdad: asesoramiento, patrocinio jurídico y difusión de derechos” (UBANEX).

 

discapacidadyderechos@derecho.uba.ar

 




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CONVENIO CON MICROJURIS

El Colegio ha firmado un convenio con la suscripción Microjuris en la cuál los matriculados obtendrán una bonificación del veinte por ciento (20%) sobre el precio final de productos contratados.

 


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Llamados a concurso – Corte Suprema de Justicia de la Provincia

Circular nro. 6. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de 2da. Inst. de Distrito para la OGJ en Santa Fe

Circular nro. 7. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Distrito para los Tribunales de Santa Fe

Circular nro. 8. Llamado a concurso para 1 cargo de Secreatario de 1ra. Inst. de Circuito para Santa Fe

Circular nro. 9. Llamado a concurso para 3 cargos de Abogado Relator (cat. Jefe Dpto.) para el Fuero Laboral de 1ra. Instancia de Santa Fe.

Circular nro. 14. Llamado a concurso para 1 cargo de Oficial de Justicia para los Tribunales de San Cristóbal

Circular nro. 15. Llamado a concurso para 1 cargo de Oficial de Justicia para los Tribunales de San Jorge

 

VER ARCHIVOS ADJUNTOS

 


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  MEDIAS BECAS Ciclo Lectivo 2020

UNIVERSIDAD CATOLICA ARGENTINA

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario

 

 

INTERESADOS COMUNICARSE, A LA BREVEDAD, CON EL COLEGIO DE ABOGADOS

(Plazo: hasta las 12.00 horas del día  VIERNES 13/03)

 

PARA LAS CARRERAS DE

  • Doctorado en Derecho:                                                                            3 (tres) medias becas
  • Especialización para la Magistratura:                                                   3 (tres) medias becas
  • Especialización en Derecho Tributario:                                                3 (tres)   medias becas
  • Especialización en Derecho de Daños:                                               3 (tres) medias becas
  • Especialización en Derecho del Trabajo:                                            3 (tres) medias becas
  • Especialización en Derecho de Infancia, Adolescencia y Familia:   3 (tres) medias becas

 

Es requisito indispensable que el interesado se inscriba personalmente en la Facultad, abone la matrícula correspondiente (la cual no resulta alcanzada por el beneficio) y, dentro del mismo plazo, entregue toda la documentación requerida.

 

Se renovarán las becas a quienes ya cursaron con ese beneficio su primer año en 2019 siempre que hubieran cumplido regularmente con todas las obligaciones inherentes al cursado.

MAS INFORMACION EN

UNIVERSIDAD CATOLICA ARGENTINA

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario

Teléfono: (54 341) 4368000 int 1123 o 1105/1146

Edificio: Campus Rosario – Av. Pellegrini 3314, Rosario, Santa Fe

http://uca.edu.ar/es/facultad-de-derecho-y-ciencias-sociales-del-rosario/posgrados



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ACTUALIZACIÓN DEL VALOR DE VENTA DE PRODUCTOS CARTOGRÁFICOS DEL S.C.I.T. AÑO 2020

Resolución N° 003-2020 del Administrador Provincial del Servicio de Catastro e Información Territorial, Agrim. Héctor Hugo Rodríguez, y su debida intervención del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se actualizan los valores de venta de los productos cartográficos del S.C.I.T. según detalle adjunto en PDF.
 
Corresponde destacar que el día 17 de Febrero de 2020 entran en vigencia los nuevos valores que se informan.

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COMUNICADO JUECES COMUNITARIOS

Se comunica a los colegiados que ante la ausencia de Jueces Comunitarios de las Pequeñas Causas en la jurisdicción correspondiente al Juzgado de Circuito Nº 31, se ha dispuesto el siguiente diagrama de atención para las localidades que se enuncian:

*Localidades de Tacural, Palacios y Palmera: a cargo del Dr. Fernando Darío Verrone (Juez Comunitario de las Pequeñas Causas de Hersilia), quien atenderá los 1º y 3º miércoles de cada mes. Teléfono Juzgado de Hersilia: 03491-494211- Teléfono personal del Sr. Juez: 03491-15462300. Dicho funcionario concentrará su actividad en la localidad de Tacural.

*Localidades de Aldao, Eusebia y Colonia Bossi: a cargo de la Dra. Gabriela Weiss (Jueza Comunitaria de las Pequeñas Causas de San Guillermo), quien atenderá los días 7 y 21 de febrero y 6 y 20 de marzo (a partir de abril se coordinará un nuevo diagrama). Teléfono Juzgado de San Guillermo: 03562-466498. Teléfono personal de la Sra. Jueza: 15451263. Dicha funcionaria concentrará su actividad en la localidad de Aldao.




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PRIMERA REUNION INSTITUTO PREVISIONAL

 

Los temas a tratar en esta reunión:

1.- Todas las inquietudes que nacen del ejercicio de la profesión en ANSeS, en UDAI Rafaela.

2.- Servicio doméstico. Nueva probatoria

3.- Residentes extranjeros, nuevo pedido de certificado a Migraciones.

4.- A nivel nacional se esta pidiendo : “ Gremialmente se solicita que ANSES finalice su actitud de remitir cartas a los beneficiarios avisando los porcentuales que debe abonar en concepto de honorarios a los profesionales” planteo en nuestra UDAI.-

5.- Organización de II Jornada de Derecho Previsional.

 




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DESCUENTOS para colegiados en D & Z Indumentaria S.R.L.

(Bv. Hipólito Yrigoyen 301 – Tel.  435210 / 501856 – RAFAELA)

 

** ** **

El Colegio de Abogados comunica importante propuesta de descuentos, para colegiados con cuota al día, en la compra de guardapolvos y uniformes “Temporada Escolar 2020” en la firma “D y Z Indumentaria.

 

Línea Escolar blanco y Jardines de Infantes oficiales.

Línea de Colegios Privados (San José, Misericordia y Escuela de la Plaza).

 

– Si la compra se abona con tarjeta de crédito: Precio de lista al público con un 10% de descuento.

– Si la compra se abona con tarjeta de débito: Precio de lista al público con un 10% + 10% de descuento.

– Si la compra se abona en efectivo: Precio de lista al público con un 10% + 15% de descuento

Presentar credencial de afiliado o último recibo de pago de cuota, siempre acompañado del documento de identidad del titular.




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«DNRPA – Nuevos trámites y valores»

Informe nominal nacional – Valor $550.-

El Informe nominal te permite saber cuántos vehículos tiene a su nombre una determinada persona (sea física o jurídica).

 

Informe nominal histórico nacional – Valor $550.-

Este trámite te permite conocer todos los titulares registrados que tuvo el vehículo desde su inscripción inicial hasta la actualidad.

 

Informe estado de dominio – Valor $690.-

El informe de estado de dominio te permite conocer la situación jurídica (prenda, robo, hurto, embargo, inhibiciones, etc.) de cualquier vehículo matriculado en nuestro país, según los datos con que cuenta el Registro Seccional donde está radicado ese automotor.

 

Informe histórico de titularidad y de estado de dominio – Valor $780.-




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Acordada nº 214/2019. ELECCIÓN DE AUTORIDADES DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO Y DE SUS RESPECTIVAS SALAS PARA EL PRÓXIMO AÑO 2020.

Poder  Judicial de la Nación
Acordada nº 214/2019.

ELECCIÓN DE AUTORIDADES DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO Y DE SUS RESPECTIVAS SALAS PARA EL PRÓXIMO AÑO 2020.

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo Extraordinario los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones, a los fines de proceder al nombramiento de las autoridades del Tribunal para el año dos mil veinte. 
Y CONSIDERANDO que:
Las designaciones de autoridades se han venido efectuando rotativamente, según el orden de ingreso de cada Vocal en esta Cámara Federal.
Con respecto al vocal Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ se reitera la misma situación referida en la Acordada n° 275/2012 - Considerando 2°-, y mantenida en las Acordadas Nº 310/2013, 310/2014, 269/2015, 231/2016, 320/17, 338/2018, por lo que se mantiene lo allí dispuesto.
Por lo expuesto, 
ACORDARON: 
Disponer que las autoridades de esta Cámara Federal de Apelaciones y de sus respectivas Salas “A” y “B” para el próximo año dos mil veinte serán las siguientes: 
I) CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES: 
Presidente: Dra. Elida I. VIDAL
Vicepresidente 1º: Dr. Aníbal PINEDA
Vicepresidente 2º: Dr. José Guillermo TOLEDO
II) SALA “A”: 
Presidente: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ 
III) SALA “B”:  
Presidente: Dr. José Guillermo TOLEDO
Todo lo cual dispusieron, ordenando se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia, y se comunique, ante mí que doy fe.- (firmado) Dres. ANÍBAL PINEDA – JOSE GUILLERMO TOLEDO – FERNANDO L. BARBARÁ - ELIDA I. VIDAL -  Jueces de Cámara – Raquel N. BOLZICO, Secretaria de Cámara.-                                                                              




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Comunicado de FACA emitido por la Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados en relación al lamentable suceso de femicidio donde la victima fue la colega Dra. Laura Sirera.

Señor/a Presidente del Colegio de Abogados

PRESENTE

 

De nuestra mayor consideración:

 

          Adjuntamos al presente comunicado que emitiera la Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados en relación al lamentable suceso de femicidio donde la victima fue la colega Dra. Laura Sirera.

 

Esta Federación arbitrara ante los organismos Nacionales y Provinciales los medios necesarios que tiendan a evitar hechos similares.

 

Sin otro particular, saludamos a Ud. muy atentamente.

 

 

 

 

 

Marcelo C.C Scarpa

Secretario



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AMPLIACIÓN PERIODO DE INSCRIPCIÓN * Convenio entre el Servicio Público Provincial de Defensa Penal y el Colegio de Abogados de Rafaela * Implementación del Sistema de Prestadores Particulares de Servicios de Defensa Penal Técnica

IMPORTANTEAMPLIACIÓN CONVOCATORIA CONVENIO CON EL SERVICIO PÚBLICO DE LA DEFENSA

PLAZO PRESENTACIÓN DE INSCRIPCIONES

LUNES 30/12/2019

en Administración del Colegio de Abogados (Buenos Aires 168).

OBJETIVO DEL CONVENIO:

Implementar el Sistema de Prestadores de Servicios de Defensa Penal Técnica y posibilitar la contratación de abogados por parte de las personas sometidas a proceso penal con capacidad económica limitada. Se favorece, de ese modo, la capacitación y especialización continua en materia penal de los matriculados.

REQUISITOS DE INGRESO:

Para inscribirse en la lista de postulantes a ingresar al SISTEMA DE PRESTADORES los abogados matriculados deberán acreditar:

a) Su matriculación por ante el Colegio de Abogados de la 5ta.  Circunscripción, con una antigüedad en la matrícula no menos de 3 (tres años) años calendarios, computados al momento de cierre de la inscripción;

b) No registrar sanciones disciplinarias impuestas por el Tribunal de Ética;

c) Buenos antecedentes de conducta mediante informe de antecedentes del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal del Ministerio de Justicia de la Nación;

d) No hallarse incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos mediante certificación de la oficina respectiva;

e) No encontrarse concursado ni quebrado, mientras no sea rehabilitado, mediante informe del registro con competencia en el domicilio del postulante;

f) Acreditar idoneidad mediante declaración jurada de la actividad profesional en la material y/o acreditación documentada de capacitación en material penal a la fecha de inicio de la inscripción, conforme formulario que a tal efecto confeccionará la Dirección Ejecutiva.

g) Fijar un domicilio en la o las localidades de la circunscripción en las que se ofrezca a actuar como prestador del sistema.

 

IMPORTANTE!

 

Se recomienda lectura de los adjuntos:

-Resol. 151/2019

-Acta convenio

-Anexo I


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CIRCULARES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SANTA FE –

CIRCULARES 2019

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=c&idc=486

—————————————————–

Circular nro. 154/19. Conjueces para el año 2020.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6209

Circular nro. 155/19. Personal que prestará servicios durante la Feria Judicial de Enero de 2020.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6215

Circular nro. 156/19. Asueto judicial para los días 24 y 31 de enero de 2019.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6216



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EL VIERNES 20 DE DICIEMBRE VENCE LA INSCRIPCIÓN A LOS CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS DE DEFENSOR GENERAL ADJUNTO

La Defensoría General de la Nación (DGN) recuerda que el viernes 20 de diciembre vence la inscripción a los concursos públicos de antecedentes y oposición para cubrir cargos de defensor general adjunto destinado a actuar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en causas regidas por el derecho público penal (CONCURSO N° 179, MPD); defensor general adjunto destinado a actuar ante la CSJN en causas regidas por el derecho público no penal (CONCURSO Nº 180, MPD); y defensor General Adjunto destinado a actuar ante la CSJN en causas regidas por el derecho privado (CONCURSO N° 181, MPD). Los tres concursos fueron convocados de a través de la Resolución DGN Nº 1553/19.

La distinción realizada entre los cargos que se concursan no resulta óbice para el ejercicio de las demás funciones que la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación, en su artículo 36, asigna a los defensores generales adjuntos, las que serán cumplidas tanto por quienes resulten en definitiva designados/as en los cargos que por la presente se concursan, como así también por el actual Defensor General Adjunto, de conformidad con la reglamentación respectiva.

El período de inscripción para estos concursos inició el día 25 de noviembre de 2019 y finalizará el próximo 20 de diciembre.

Las/os interesadas/os deberán remitir por correo electrónico a la casilla inscripcionaconcursos@mpd.gov.ar un Formulario Uniforme de Inscripción —FUI—, el que se encontrará disponible en el Portal Web del MPD, respetando los requisitos establecidos en el Art. 18, Inc. a), del Reglamento. Sólo se considerará documento válido para la inscripción el remitido como archivo adjunto al correo electrónico que se envíe al efecto, guardado en formato de tipo Word o PDF, no aceptándose remisiones de enlaces a contenidos en la nube o transcripciones en el “Asunto” o en el cuerpo del correo electrónico.

Vencido el respectivo período de inscripción, se iniciará un nuevo plazo de diez (10) días hábiles (Art. 18, Inc. b) del Reglamento) para presentar personalmente o por tercero autorizado —en la Secretaría de Concursos de la DGN, sita en Av. Callao 289, piso 6º, Capital Federal, en días hábiles y en el horario de 8 a 15.30 h— o remitir por vía postal a dicha Secretaría, la documentación a la que se refiere el Art. 19, Inc. c) del Reglamento, la que deberá efectuarse ineludiblemente en soporte papel, debidamente foliada y en carpeta o bibliorato. Esta documentación también podrá ser presentada o enviada durante el período de inscripción al que alude el Art. 18 Inc. a), siempre que con anterioridad ya se hubiese enviado por correo electrónico el Formulario Uniforme de Inscripción.

El plazo establecido en el Art. 18, Inc. b) del Reglamento vencerá el día 6 de febrero de 2020.

El «Formulario Uniforme de Inscripción», el “Formulario de Declaración Jurada” y el “Instructivo para la Inscripción”, a tenor de lo dispuesto por el Art. 19, Inc. a) del Anexo I de la Res. DGN N° 1244/17 y modif., serán aquéllos que se encuentran publicados en la página web de la DGN e identificados como “Documentación necesaria para la inscripción en el presente Concurso”, en la pestaña correspondiente a cada concurso, desde donde podrán obtenerlos los/as interesados/as.

Forma de inscripción

Las/os aspirantes llevarán a cabo sus inscripciones en la forma prevista en el Capítulo IV de la Res. DGN Nº 1244/17 y modif., y deberán constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos del concurso, no pudiendo hacerlo en dependencias del MPD.

Asimismo, deberán denunciar una dirección de correo electrónico, resultando válidas todas las notificaciones que se practiquen en la misma, de conformidad con el Art. 4º del reglamento aplicable. Será obligación del/de la postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales.

En virtud de lo establecido en el Art. 20, inc. d) del Reglamento aplicable, transcurridos los diez (10) días mencionados en el Inc. “b” del Art. 18, las inscripciones que no cuenten con los recaudos exigidos en los apartados 1, 2, 3 y 4 del Inc. “c” del Art. 19 se considerarán no realizadas.

Requisitos personales

Ser ciudadana/o argentina/o, tener treinta (30) años de edad y contar con seis (6) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogada/o en el ámbito público o privado, o de cumplimiento —por igual término— de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, con por lo menos seis (6) años de antigüedad en el título de abogada/o (Cf. Art. 31, 2º párr., Ley 27.149).

Integración de los Jurados de concurso

Los sorteos por los cuales se desinsacularán los Jurados de Concurso que intervendrán se llevarán a cabo el día 12 de febrero de 2020 a las 13 h para el concurso Nº 179, el día 13 de febrero de 2020 a las 13 h para el concurso Nº 180, y el día 14 de febrero de 2020 a las 13 h para el concurso Nº 181, en la sede de la Secretaría de Concursos.

Los sorteos serán públicos y documentados en actas y contarán con la intervención como Actuaria/o de una/un funcionaria/o de la Secretaría de Concursos con jerarquía no inferior a Secretario de Primera Instancia.

Publicación de listados

Las listas de inscriptas/os y excluidas/os y de las/os miembros titulares y suplentes del Jurado de Concurso serán notificadas a las/os postulantes en la casilla de correo electrónico oportunamente denunciada, a las/os miembros de los Jurado en la casilla de correo oficial y a las/os juristas por medio fehaciente (Art. 22 del Reglamento citado).

Para la presente convocatorias rige el Reglamento de Concursos conforme Resolución DGN Nº 1244/17.



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BECAS PARA CARRERAS DE POSGRADO FDER-UNR

 

BENEFICIO POR PAGO ANTICIPADO ¡QUEDAN POCOS DÍAS!

En caso de abonar al contado la totalidad de la Carrera hasta el miércoles 18 de diciembre de 2019 (inclusive) se te conservará el valor establecido para el período 2019. (No aplicable a la Especialización en Derecho Penal, modalidad intensiva especial de Doctorado y Maestría en Derecho Procesal).

Consultanos a nuestro mail: graduados.der@gmail.com

BECAS PARA CARRERAS DE POSGRADO FDER-UNR

50% – Docentes FDER-UNR (Presentando recibo de sueldo para acreditar tal condición). Se exceptúa la Carrera Doctorado, para la cual los Docentes UNR poseen beca del 100%.

25% – Joven Graduado/a FDER-UNR (Fecha de título inferior a 7 años).

25% – Adscriptos/as de FDER-UNR.

18% – Aspirante a Adscripto/a de FDER-UNR.

15% – Graduados/as FDER-UNR (Fecha de título superior a 7 años).

15% – Joven Graduado/a de otras Facultades (Fecha título inferior a 7 años).

Asimismo contamos con otras Becas que serán otorgadas por Instituciones con las que se hayan suscrito Convenios y conforme a los mismos. Ejemplo de ello son las becas ofrecidas por Fiscalía de Estado, Colegio de Abogados de la 2da. Circunscripción, Caja Forense, Colegio de Magistrados, Sindicato de Empleados Judiciales, Unión de Empleados Judiciales de la Nación, Bolsa de Comercio de Rosario. Para conocer más te invitamos a contactar con las Instituciones mencionadas ya que poseen diversas formas de otorgamiento de las mismas.

Como condición para acceder a las Becas, deberás estar asociado/a a la Cooperadora de la Facultad de Derecho (COFADE) por el término mínimo de 24 meses (duración de la carrera).

Las becas no son acumulativas. Podrás optar por la más conveniente en caso de que tu condición permita tener más de una beca para elegir.

*FDER-UNR: hace referencia a la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario.

CONCURSO DE ENSAYOS JURÍDICOS PARA GRADUADOS/AS hacé click en el siguiente enlace para conocer más: https://www.fder.unr.edu.ar/portfolio-item/concurso-de-ensayos-juridicos-para-graduados-as/

CHARLA INFORMATIVA PARA CARRERAS DE POSGRADO 2020

Durante el mes de Febrero tendremos dos charlas informativas donde podrás evacuar todas tus dudas, a cargo del Director de Escuela de Graduados, Dr. Alfredo Mario Soto, del Secretario Académico de Posgrado, Dr. Germán E. Gerbaudo y de la Gerente de COFADE, CPN Laura Rodríguez.

Los encuentros serán los días 13 de febrero a las 10:30 horas y 17 de febrero a las 19 horas. No te los pierdas!!



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IMPORTANTE! AMPLIACIÓN CONVOCATORIA CONVENIO CON EL SERVICIO PÚBLICO DE LA DEFENSA

PLAZO PRESENTACIÓN DE INSCRIPCIONES

 LUNES 30/12/2019

en Administración del Colegio de Abogados (Buenos Aires 168).

OBJETIVO DEL CONVENIO:

Implementar el Sistema de Prestadores de Servicios de Defensa Penal Técnica y posibilitar la contratación de abogados por parte de las personas sometidas a proceso penal con capacidad económica limitada. Se favorece, de ese modo, la capacitación y especialización continua en materia penal de los matriculados.

REQUISITOS DE INGRESO:

Para inscribirse en la lista de postulantes a ingresar al SISTEMA DE PRESTADORES los abogados matriculados deberán acreditar:

 

  1. a) Su matriculación por ante el Colegio de Abogados de la 5ta.  Circunscripción, con una antigüedad en la matrícula no menos de 3 (tres años) años calendarios, computados al momento de cierre de la inscripción;

 

  1. b) No registrar sanciones disciplinarias impuestas por el Tribunal de Ética;

 

  1. c) Buenos antecedentes de conducta mediante informe de antecedentes del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal del Ministerio de Justicia de la Nación;

 

  1. d) No hallarse incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos mediante certificación de la oficina respectiva;

 

  1. e) No encontrarse concursado ni quebrado, mientras no sea rehabilitado, mediante informe del registro con competencia en el domicilio del postulante;

 

  1. f) Acreditar idoneidad mediante declaración jurada de la actividad profesional en la material y/o acreditación documentada de capacitación en material penal a la fecha de inicio de la inscripción, conforme formulario que a tal efecto confeccionará la Dirección Ejecutiva.

 

  1. g) Fijar un domicilio en la o las localidades de la circunscripción en las que se ofrezca a actuar como prestador del sistema.

 

IMPORTANTE!

Se recomienda lectura de los adjuntos:

-Resol. 151/2019

-Acta convenio

-Anexo I


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Instituto de Derechos de las Personas con Discapacidad

 

SE INVITA A TODOS LOS COLEGIADOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL INSTITUTO DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD A LA PRIMERA REUNIÓN QUE,  A LOS FINES DE SU CONSTITUCIÓN,

 SE LLEVARÁ A CABO EL PRÓXIMO LUNES 16 DE DICIEMBRE A LAS 18.00 HORAS EN CASA DEL FORO (Alvear 425)

La iniciativa tiene como objetivo la conformación de un espacio de estudio e investigación con abordaje multidisciplinario, incluyendo la participación de otros profesionales que se vinculan con las distintas áreas de la discapacidad (psicólogos, psicomotricistas, terapistas ocupacionales, médicos y terapias afines)


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Consejo de la Magistratura de la Nación – Llamado a Concursos

Se remite para su conocimiento y difusión información relativa al llamado a concursos realizado por el Consejo de la Magistratura de la Nación, cuya publicación en el Boletín Oficial se realizará los días 10, 11 y 12 de febrero del 2020, para la cobertura de cargos de magistrados en distintos Juzgados y Tribunales del Poder Judicial de la Nación, conforme al Artículo 5° del Reglamento de Concursos de Oposición y Antecedentes para la designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación.

El procedimiento de inscripción es simple y, para aquellos registrados en el sistema, se realiza completamente a través de internet. Quienes decidan concursar por primera vez, deberán realizar un trámite presencial, previa registración en el sitio web del Poder Judicial de la Nación, a los efectos de validar su identidad.

Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial
Consejo de la Magistratura de la Nación
Libertad 731, Piso 1° (CABA)
4124-5388


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HORARIO.MODIFICACION TRIBUNALES FEDERALES DE ROSARIO Y RAFAELA

file:///C:/Users/Usuario/AppData/Local/Temp/Horario%20Modificaci%C3%B3n%20Tribunales%20Federales-2.pdf

Por disposición de la Presidencia de esta Cámara Federal de Apelaciones de Rosario se comunica que la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó la modificación del horario de funcionamiento de los Tribunales de la jurisdicción de esta Cámara Federal de Apelaciones de Rosario a partir del 1/01/2020 (art 6 RLJN). Se adjuntan la Resolución de la C.S.J.N dictada en el expediente Nº 4343/19 y las Acordadas de este Tribunal Nº 131/19 y Nº 137/19.
Por favor confirmar la recepción de esta Mail.

Atte:

Secretaria de Superintendencia Cámara Federal de Apelaciones de Rosario





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Circular nro. 151

http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6203

RESUELVE: 1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia que los órganos jurisdiccionales que presten funciones en los recesos judiciales de enero y julio, puedan librar órdenes de pago mediante oficio papel. 2) Encomendar que dicha metodología sea operativa únicamente durante las épocas de feria judicial, cesando de manera inmediata una vez que se reinicien las actividades habituales. 3) Librar las comunicaciones pertinentes. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Alto Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. Fdo: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REF. A NUEVA ETAPA DEL SERVICIO “SANTA FE JUDICIALES” PUESTOS EN FUNCIONAMIENTO EN FECHAS 4.11.2019 Y 11.11.2019 EN JUZGADOS DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES N° 1, 2 Y 5 Y EN LA CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE SANTA FE

Numero de Acta : 51

Fecha : 26/11/2019

Punto de Acuerdo :

4) RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REF. A NUEVA ETAPA DEL SERVICIO “SANTA FE JUDICIALES” PUESTOS EN FUNCIONAMIENTO EN FECHAS 4.11.2019 Y 11.11.2019 EN JUZGADOS DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES N° 1, 2 Y 5 Y EN LA CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE SANTA FE: El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 22 de noviembre del corriente año, dictó la siguiente resolución: “… VISTAS: Las necesidades del servicio Judiciario; y

CONSIDERANDO:

  1. Que por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia del 29 de octubre de 2019, Acta N° 45, punto 9; y Acuerdo del 05 de noviembre de 2019, Acta N° 47, punto 18, el Alto Tribunal ratificó las resoluciones de esta Secretaría de Gobierno de fecha 25 y 31 de octubre de 2019, respectivamente, mediante las cuales se puso en marcha una nueva funcionalidad del aplicativo de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, ofrecido por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A en los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de Sunchales, San Vicente, Coronda, Gálvez, Helvecia, Laguna Paiva, San Carlos Centro, San Genaro, Santo Tomé, Esperanza, El Trébol y Sastre; en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Esperanza y San Jorge, y en la Cámara Contencioso Administrativa de Santa Fe; así como en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito y Circuito de los Distritos N° 6 Cañada de Gómez y N° 12 San Lorenzo. Que, dicha herramienta permite a las autoridades judiciales ordenar al Banco, en forma electrónica, pagos y transferencias de fondos relacionadas a expedientes judiciales. Siendo así, el servicio propuesto permite disponer de una sección dentro de la plataforma electrónica que ya se encuentra en funcionamiento. De esta manera, los usuarios habilitados pueden -con la misma clave y contraseña de acceso al sistema que vienen utilizando-, ordenar a la entidad bancaria la realización de pagos y transferencias de fondos existentes desde cuentas judiciales abiertas a la orden de sus juzgados, hacia cuentas a la vista o cuentas judiciales, ya sea del propio Nuevo Banco de Santa Fe o de otras entidades financieras del país, sin necesidad de remitir oficios de pago en soporte papel o cheques judiciales. En este sentido, cabe poner de resalto que la orden de pago dirigida al Banco, no implica una inmediata transferencia de fondos, sino una orden expresa a dicha entidad, para que ésta luego de efectuar las retenciones de ley pertinentes, debite los fondos de la cuenta judicial y los acredite en los destinos que el beneficiario indique.
  2. Que, en una primera etapa, se previó la coexistencia de dos modalidades de pago. Una, mediante la cual, las órdenes superiores a $30.000.-, debían materializarse a través de la nueva operatoria aquí descripta. Otra, que consistía en el tradicional método de pago mediante oficio y cheque librado por autoridad judicial, sin que supere la suma establecida como tope. Que, luego de un tiempo prudencial de funcionamiento y como coralario de sucesivas reuniones de trabajo entre esta Secretaría de Gobierno y el Nuevo Banco de Santa Fe, se recogió la experiencia e información relevante para aplicar mejoras en el servicio brindado, como así también ampliar su operatoria a todas las órdenes de pago que libran los órganos jurisdiccionales partícipes de esta nueva experiencia. Que por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o según Decreto N° 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.1999, Acta N° 41, Punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

 

RESUELVE:

1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia que, a partir del 02.12.2019, todas las órdenes de pago que realicen en los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de Sunchales, San Vicente, Coronda, Gálvez, Helvecia, Laguna Paiva, San Carlos Centro, San Genaro, Santo Tomé, Esperanza, El Trébol y Sastre; en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Esperanza y San Jorge, y en la Cámara Contencioso Administrativa de Santa Fe; así como en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito y Circuito de los Distritos N° 6 Cañada de Gómez y N° 12 San Lorenzo, sean materializadas a través de la plataforma web aquí referida.

 

2) Solicitar al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. La realización de las actividades de soporte a usuarios, conforme los protocolos de actuación previamente consensuados con esta Secretaría.

 

3) Líbrense las comunicaciones pertinentes. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Alto Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo.




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*DTRC N° 19/19 Nuevas Tasas Ley Convenio (en adjuntos)

DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 19 

Rosario, 19  de noviembre de 2019.

 

VISTO: La necesidad de establecer nuevos montos respecto al valor de la tasa Ley Convenio 8994; y

 

CONSIDERANDO:

Que corresponde dejar sin efecto, desde la fecha de entrada en vigencia de los nuevos valores, la Disposición Conjunta Nro.13/2019 que fijaron las tasas actualmente en uso.

Por ello y lo dispuesto por Resolución Nro.42 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Decreto Nro.0772/2018 y lo normado en los artículos 75, 76 inc. 6° y concordantes de la Ley Provincial N° 6435, y Ley Nacional Nº 17.801.

 

EL SECRETARIO DE GESTIÓN PÚBLICA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL, EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO Y LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE

DISPONEN

1-  Implementar desde el día 09 de diciembre de 2019 los nuevos valores de la Tasa Ley 8994, que constan en el anexo 1.

2.- Dejar sin efecto desde el día 09 de diciembre de 2019 la Disposición Conjunta Nro.13 del 16 de julio de 2019.

3.- Regístrese, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.-

 

 


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Circular N° 06/19 del Administrador Provincial del S.C.I.T.-

Circular N° 06/19 del Administrador Provincial del S.C.I.T.-

 

Ing. Geog. Norberto O. Frickx, mediante la cual adopta definiciones que clarifiquen el proceder en la realización de los desgloses.

A sus efectos se adjunta el texto de la citada Circular en formato PDF.

El presente reviste carácter de comunicación fehaciente atento a la normativa vigente.

Sin otro particular saluda atentamente.

Dra. Alicia Cristina Molina a/c
Dirección de Relaciones Públicas
e Institucionales
Dirección Provincial del S.C.I.T.

 

 


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VIII JORNADAS NACIONALES sobre DISCAPACIDAD Y DERECHOS

San Juan, Argentina

Este evento académico se desarrolla en el marco de la Carrera de Especialización en Discapacidad y Derechos de la Universidad de Buenos Aires. Se realiza anualmente en distintas ciudades del país, donde se dicta el Curso Intensivo de Posgrado en Discapacidad y Derechos.

La octava edición tendrá lugar en el Foro de Abogados de San Juan, su acto inaugural se desarrollará en el Centro de Convenciones “Barrena Guzmán” de la ciudad de San Juan.

EJES TEMÁTICOS PARA EL ENVÍO DE PONENCIAS

Discapacidad y salud

Experiencias y buenas prácticas institucionales. Casos en los cuales ha sido necesaria la judicialización de reclamos por prestaciones en discapacidad. Análisis de fallos.

Discapacidad, capacidad jurídica y redes comunitarias

Debates en torno a los apoyos y salvaguardias para el ejercicio de los derechos. La autonomía de la persona y los roles de las redes comunitarias.

Discapacidad, educación e inclusión

Avances en los distintos niveles y modalidades educativas. Tendencias normativas, interpretación de la jurisprudencia.

Accesibilidad, diseño universal y comunicación

Barreras físicas, edilicias y actitudinales. Afectación de otros derechos, pleno desarrollo de la persona con discapacidad. Impacto de la tecnología. Legislación vigente y jurisprudencia.

Formación laboral e inclusión en el trabajo

Experiencias en el ámbito privado y público. Empleo con apoyos.

PLAZOS PARA EL ENVÍO DE PONENCIAS

Resumen: 13 de abril de 2020

Ponencia completa: 11 de mayo de 2020

PAUTAS BÁSICAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS

Los trabajos serán evaluados para su aceptación por el Comité Académico.

RESUMEN

Plantear en no más de 500 palabras cuál es el tema a desarrollar, sintetizando las ideas principales del mismo y el marco teórico y/o categorías de referencia. Se sugiere avanzar con el trabajo completo antes de realizar el resumen.

PONENCIA

Extensión máxima de 10 páginas, incluyendo el resumen, gráficos, figuras, notas y comentarios, bibliografía y apéndices. Deberá incluir el resumen en la primera página.

DIAGRAMACIÓN para el resumen y la ponencia

Se recibirán en formato digital, en un archivo Word, tamaño A4; con interlineado 1,5; sin espacio entre párrafos; fuente Arial 12, justificado. Márgenes 2.5 cm.

Deberán contener los siguientes datos:

Eje Temático y Título (primer y segundo renglón, centrado)

Autor/es (tercer renglón, nombre y apellido, centrado)

Pertenencia institucional o lugar de trabajo y dirección de correo electrónico (cuarto renglón, centrado)

Citas bibliográficas: autor/es, título, editorial, año y lugar de edición. En el texto se consignarán el apellido del autor/es, año de edición y páginas si correspondiere.

INSCRIPCIÓN

En la próxima circular se dará a conocer el formulario para la presentación de resúmenes, forma y costos de inscripción.

ORGANIZAN

· Carrera de Especialización en Discapacidad y Derechos (UBA)

· Foro de Abogados de San Juan

· Instituto Interdisciplinario de la Discapacidad del Foro de Abogados de San Juan

· Proyecto de Investigación “La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: armonización de las normas argentinas, avances en la jurisprudencia y debates pendientes” (UBACYT)

· Proyecto de Extensión Universitaria “Discapacidad e igualdad: asesoramiento, patrocinio jurídico y difusión de derechos” (UBANEX)

discapacidadyderechos@derecho.uba.ar


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Convenio entre el Servicio Público Provincial de Defensa Penal y el Colegio de Abogados de Rafaelapara la implementación del Sistema de Prestadores Particulares de Servicios de Defensa Penal Técnica

CONVOCATORIA

CONVENIO CON EL SERVICIO PUBLICO DE LA DEFENSA

 

 

 

OBJETIVO DEL CONVENIO:

Implementar el Sistema de Prestadores de Servicios de Defensa Penal Técnica y posibilitar la contratación de abogados por parte de las personas sometidas a proceso penal con capacidad económica limitada. Se favorece, de ese modo, la capacitación y especialización continua en materia penal de los matriculados.

 

 

PERIODO DE INSCRIPCION:

18 al 29/11/2019 en Administración del Colegio de Abogados (Buenos Aires 168).

 

 

REQUISITOS DE INGRESO:

Para inscribirse en la lista de postulantes a ingresar al SISTEMA DE PRESTADORES los abogados matriculados deberán acreditar:

 

  1. a) Su matriculación por ante el Colegio de Abogados de la 5ta. Circunscripción, con una antigüedad en la matrícula no menos de 3 (tres años) años calendarios, computados al momento de cierre de la inscripción;

 

  1. b) No registrar sanciones disciplinarias impuestas por el Tribunal de Ética;

 

  1. c) Buenos antecedentes de conducta mediante informe de antecedentes del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal del Ministerio de Justicia de la Nación;

 

  1. d) No hallarse incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos mediante certificación de la oficina respectiva;

 

  1. e) No encontrarse concursado ni quebrado, mientras no sea rehabilitado, mediante informe del registro con competencia en el domicilio del postulante ;

 

  1. f) Acreditar idoneidad mediante declaración jurada de la actividad profesional en la material y/o acreditación documentada de capacitación en material penal a la fecha de inicio de la inscripción, conforme formulario que a tal efecto confeccionará la Dirección Ejecutiva.

 

  1. g) Fijar un domicilio en la o las localidades de la circunscripción en las que se ofrezca a actuar como prestador del sistema.

 

IMPORTANTE!

 

Se recomienda lectura de los adjuntos:

-Resol. 151/2019

-Acta convenio

-Anexo I

 

 

 



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Invitacion XXII Congreso de la Comision Nacional de Jovenes de FACA en Cordoba

Córdoba, 14 de Noviembre de 2019.-

 

Sr. Delegado ante  la Comisión  Nacional

de  Jóvenes  Abogados  de  la  F. A. C. A;

Sr. Presidente de la Comisión de Jóvenes

Abogados   del   Colegio    de    Abogados

S                                //                               D

 

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. y por su intermedio al Colegio, Foro y/o Consejo de Abogados que representa, a fin de cursarle formal invitación al XXII CONGRESO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE JÓVENES DE FACA EN CÓRDOBA el cual tendrá como tema central EL DERECHO DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL de la provincia de Córdoba a celebrarse los días 5, 6 y 7 de diciembre de 2019 en vuestro Colegio de Abogados, sito en calle Duarte Quirós 571, de la ciudad de Córdoba, conforme el siguiente Cronograma:

CRONOGRAMA:

JUEVES 05/12/2019

 

14:30: Inicio de acreditaciones.

15:15: Palabras de Bienvenida a cargo de:

Dr. Ignacio Segura, Presidente del Colegio de Abogados de Córdoba.

Dr. Francisco Ayala, Presidente de la Comisión Nacional de Jóvenes Abogados de la F.A.C.A

Dr. Angelo Valenzano, Vicepresidente de la Comisión Nacional de Jóvenes Abogados de la F.A.C.A

Dra. Martina Masriera, Delegada de la Comisión de Jóvenes del Colegio de Abogados de Córdoba ante la Comisión Nacional de Jóvenes Abogados de la F.A.C.A.

COMIENZO DE LA JORNADA LABORAL:

 

1° Disertación de 16:00 a 16:40 a cargo del Dr. Daniel Horacio Brain. TEMA: Despido indirecto: análisis teórico, practico y jurisprudencial.

2° Disertación de 16:40 a 17:20 a cargo del Dr. Huber Oscar Alberti TEMA: Relación de      trabajo y presunción de la existencia del contrato de trabajo.

17:20 a 17:40: Break.

3° Disertación de 17:40 a 18:20. A cargo de las Dras. Carolina Vera Ocampo y Consuelo Ferreyra. TEMA: Aspectos legales de las aplicaciones móviles: nueva forma de generación de empleo y la necesidad de su regulación.

 

PONENCIAS de 18:20 en adelante Y/O trabajo en comisión.

 

CENA DE CAMARADERIA

VIERNES 06/12/2019

APERTURA DE LA JORNADA a cargo del Dr. Gonzalo Ariel Alonso, Coordinador de la Comisión de Jóvenes de Abogados del Colegio de Abogados de Córdoba.

 

4° Disertación de 10:00 a 10:40 a cargo del Dr. César Arese TEMA: Violencia y acoso laboral – convenio 190/2019 de la OIT.

5º Disertación de 10:40 a 11:20 a cargo del Dr. José Antonio D´itria TEMA: Ius Variandi – Protocolo 99/17 de Violencia Laboral.

11:20 a 11:40: Break

6° Disertación de 11:40 a 12:20 a cargo del Dr. Ezequiel Rueda TEMA: Actuación del fondo de reserva de L.R.T.

7° Disertación de 12:20 a 13:00 a cargo del Dr. Carlos Alberto Toselli .TEMA: Solidaridad

en la LCT- Solidaridad en la construcción- Solidaridad en el nuevo Código Civil y Comercial- Solidaridad vicaria.

 

13:00: Almuerzo en REYNADO: Arturo M. Bas 305.

 

COMIENZO DE LA TEMATICA PREVISIONAL A CARGO DE LA DRA. CLAUDIA PONS. Palabras de Bienvenida.

8° Disertación de 14.40 a 15:20 a cargo del Dr. Eduardo Avalos. TEMA: Jurisprudencia Federal. Medidas cautelares.

9° Disertación de 15:20 a 16:00 a cargo de la Dra. Claudia Pons. TEMA: Desafíos en el Derecho Administrativo en la era digital.

10° Disertación de 16:00 a 16:40 a cargo de la Dra. Julia Toyos. TEMA: Cómo litigar contra ANSES.

16:40 Break.

11° Disertación de 17:00 a 17:30 a cargo de la Dra. Nelida Cides Castro. TEMA: Nuestros honorarios profesionales.

12° Disertación de 17:30 a 18:00 a cargo de la Dra. Isolina Davove. TEMA: Derechos personalísimos en la vejez.

13° Disertación de 18:00 a 18:30 a cargo del Dr. José Luis Baez. TEMA: Uniones convivenciales.

18:30 a 18:40 Conclusiones – Clausura.

 

Sábado 25/12/2019

 

09:30: Palabras a cargo de autoridades del Colegio de Córdoba.

10:00: Conclusiones del Congreso.

11:00: Foto Institucional.

11:30: Inicio de charla y debate gremial.

13:00: Palabras de agradecimiento y entrega de certificados.

22:00: Cena de despedida.

COSTO Y PAGO DEL EVENTO:

El costo del evento asciende a la suma de pesos DOS MIL SETECIENTOS ($2700)

y el mismo incluye Acreditación, CoffeeBreaks, y Cena de Camaradería del día sábado por la noche.-

El pago anticipado se debe realizar por depósito enviando copia del comprobante para finalizar la inscripción. Los datos de la cuenta son los siguientes:

FORMAS DE PAGOS – Cuenta del Colegio de Abogados:

Caso de Transferencia Bancaria, debe enviar por mail a aportes@abogado.org.ar el comprobante escaneado de dicha operación para realizar el recibo correspondiente con todos sus datos

DATOS PARA TRANSFERENCIA BANCARIA:

Nº DE CTA CTE BANCOR: 60014/09 – SUC. Nº922 (TRIBUNALES)

Nº DE CUIT: 30-52740525-0

Nº DE CBU: 0200922701000006001497

Horario de atención tesorería en Sede del Colegio de 8 a 14.30 hs. De lunes a viernes.

 

Para aquellos asistentes que presenten ponencia, el costo del Plenario es de pesos DOS MIL SEISCIENTOS ($2.600)  en cualquier momento de inscripción e incluye los rubros mencionados anteriormente. Las ponencias pueden presentarse hasta el jueves 21 de Noviembre de 2019.

CONTACTOS

Para mayores consultas nos ponemos a vuestra entera disposición a través de los siguientes números telefónicos y correos electrónicos:

-Dr. Francisco Ayala, Cel. (362) 4515637. dr.ayalafrancisco@gmail.com

-Dr. Ángelo Valenzano, Cel. (353) 4278094. angelovalenzano87@gmail.com

-Dr. Leonardo A. Urruti, Cel. (291) 4041776. leonardourruti@hotmail.com

-Dra. Martina Masriera Cel (351) 2755945 masrieram@gmail.com

Esperando contar con vuestra presencia, aprovechamos la ocasión para saludarlo/a muy atentamente.-

ANEXO I: PONENCIAS:

 

Requisitos para presentación: Cualquier asistente/delegado puede presentar una ponencia, debiendo observar los siguientes requisitos:

  1. La Ponencia debe versar sobre un tema académico o gremial actual y de interés para la

colegiación.-

  1. Debe ser enviada por correo electrónico al Consejo Directivo de la Comisión Nacional de

Jóvenes Abogados de la F.A.C.A. en archivo de Word o PDF.-

Se debe poner en conocimiento del Consejo Directivo y/o del Delegado del Colegio Anfitrión que se va a presentar una ponencia, siendo el plazo perentorio para la presentación 10 (diez) días hábiles de anticipación al plenario.

  1. La ponencia debe contener la expresa aclaración si es a título personal o si expresa la postura del Colegio que el delegado o asistente representa, siendo el mismo responsable de esta

afirmación.-

  1. La ponencia debe contener al final la conclusión de la misma.-
  2. La exposición oral de la ponencia en el Plenario no puede exceder los 15 minutos, sin perjuicio de la extensión del documento escrito.-
  3. En caso de que el ponente esté interesado en el tratamiento de una declaración o cualquier

otro tipo de documento por parte del Plenario, basado en la ponencia, debe llevar un modelo de documento que debe contener todos los datos.

  1. Las ponencias elegidas por el Comité, serán notificadas a sus autores el día 2 de Diciembre, con el horario y día de presentación en el Congreso.

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II: HOSPEDAJES RECOMENDADOS

 

  • NH PANORAMA ( Marcelo T. de Alvear 251) Tel: 0351 410-3900 Single o Doble: $3000 + IVA ( $ 3630 final) Desayuno Buffet y acceso al gimnasio. Triple: $3700 + IVA ($4477 final) Desayuno Buffet y acceso al gimnasio.

 

  • NH URBANO ( Marcelo T de Alvear 363) .Habitación Single o Doble: $ 2800 + IVA ($3388 final) Desayuno Buffet – Cochera: tiene un costo diario de $ 370 final

 

  • HOWARD JOHNSON Hotel & Suites La Cañada (Figueroa Alcorta 20) Tel: 0351 429-1000. Single o Doble: $2550 + IVA ( final $3085,50) Desayuno Buffet americano y acceso a Health Point: piscina descubierta y gimnasio.

 

  • HOTEL SUSSEX San Jerónimo 125 – Córdoba – Argentina – Tel. 4229070

reservas@hotelsussexcba.com.ar

 

 

  • KING DAVID FLAT HOTEL Av. Gral. Paz 386 Tel. 5703528

reservas@kingdavid.com.arwww.hotelkingdavid.com.ar

 

  • WINDSOR HOTEL & TOWER Buenos Aires 214 Tel. 4224012

reservas@windsortower.comwww.windsortower.com

 

  • Departamentos: para tres personas en el Centro de Córdoba, Dra. Natalia Casalis Tel: 3516006052.

 

  • Departamentos: en zona céntrica de Córdoba. Dra Marcela Emanuele Tel: 3513210106.

 

 

 



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Aumento del valor de la unidad jus prevista en la Ley 12.851

Acta nro. 48 – Ref. Ley provincial nro. 12851/08 – JUS UNIDAD DE HONORARIO PROFESIONAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES

 

VISTOS:…, CONSIDERANDO:… RESUELVE:

I- Establecer que el monto de la unidad jus prevista en el artículo 32 de la ley 12.851 es de $4.031,68.- (pesos cuatro mil treinta y uno con sesenta y ocho ctvos), a partir del 01 de noviembre de 2019.-

II- Poner ello en conocimiento de los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de la provincia y Caja Forense.-

III- Comunicarlo asimismo mediante medios electrónicos, a las distintas unidades jurisdiccionales de la Provincia.-

IV- Disponer la publicación del presente decisorio en el Boletín Oficial de la provincia, por el término de cinco días. Regístrese, hágase saber y dese cuenta al Cuerpo.

Fdo.: BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO).-

 

 

 

 



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ATENCION COLEGIADOS

Estimados colegiados:

Les informamos que el viernes 15 de noviembre, Caja Forense (fiscalización y obra social) y Colegio de Abogados (administración y biblioteca) permanecerán cerrados en razón del feriado por  la conmemoración de la fundación de la ciudad de Santa Fe.

Atte.

Colegio de Abogados.


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SE EXTENDIÓ LA INSCRIPCIÓN AL CONCURSO PARA DEFENSOR PÚBLICO OFICIAL ANTE LOS JUZGADOS Y CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO DE LA CAPITAL FEDERAL

La Defensoría General de la Nación (DGN) informa que, mediante Resolución DGN Nº 1511/19, se extendió hasta el día 22 de noviembre de 2019 el período de inscripción al concurso público de antecedentes y oposición para cubrir cargo de defensor público oficial ante los Juzgados y Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la Capital Federal, Defensoría Nº 3 (CONCURSO Nº 174, MPD). Este concurso había sido convocado a través de la Resolución DGN Nº 1373/19.
 
 
A partir de esta decisión, el período de inscripción para dicho concurso quedó establecido entre los días 21 de octubre y 22 de noviembre de 2019.
 
 
Durante dicho período, las/os interesadas/os deberán remitir por correo electrónico a la casilla inscripcionaconcursos@mpd.gov.ar un Formulario Uniforme de Inscripción (FUI), el que se encontrará disponible en el Portal Web del Ministerio Público de la Defensa (MPD), respetando los requisitos establecidos en el Art. 18, Inc. a), del Reglamento.
 
 
Vencido el respectivo período de inscripción, se iniciará un nuevo plazo de diez (10) días hábiles (Art. 18, Inc. b) del Reglamento) para presentar personalmente o por tercero autorizado —en la Secretaría de Concursos de la DGN, sita en Av. Callao 289, piso 6º, Capital Federal, en días hábiles y en el horario de 8 a 15.30 h— o remitir por vía postal a dicha Secretaría, la documentación a la que se refiere el Art. 19, Inc. c) del Reglamento, la que deberá efectuarse ineludiblemente en soporte papel, debidamente foliada y en carpeta o bibliorato. Esta documentación también podrá ser presentada o enviada durante el período de inscripción al que alude el Art. 18 Inc. a), siempre que con anterioridad ya se hubiese enviado por correo electrónico el Formulario Uniforme de Inscripción.
 
 
El plazo establecido en el Art. 18, Inc. b) del Reglamento vencerá el día 6 de diciembre de 2019.
 
 
El «Formulario Uniforme de Inscripción», el “Formulario de Declaración Jurada” y el “Instructivo para la Inscripción”, a tenor de lo dispuesto por el Art. 19, Inc. a) del Anexo I de la Res. DGN N° 1244/17 y modif., serán aquéllos que se encuentran publicados en la página web de la DGN e identificados como “Documentación necesaria para la inscripción en el presente Concurso”, en la pestaña correspondiente a cada concurso, desde donde podrán obtenerlos las/os interesadas/os.
 
 
Forma de inscripción
 
Las/os aspirantes llevarán a cabo sus inscripciones en la forma prevista en el Capítulo IV del Reglamento. Asimismo, se deja constancia que, toda vez que la inscripción por vía electrónica puede ser realizada válidamente hasta la finalización del día del vencimiento, no será de aplicación el plazo de gracia contemplado en el último párrafo del Art. 25 del Decreto N° 1759/72.
 
 
Así también, se hace saber que, en el supuesto de que el/la postulante contara con alguna discapacidad, deberá poner dicha circunstancia en conocimiento de la Secretaría de Concursos de la DGN, con el objeto de allanar cualquier dificultad que pudiere presentársele en el momento de rendir las pruebas de oposición. Dicha información tendrá carácter confidencial.
 
Por su parte, las/os aspirantes deberán constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos del concurso, no pudiendo hacerlo en dependencias del MPD; y deberán denunciar una dirección de correo electrónico, resultando válidas todas las notificaciones que se practiquen en la misma, de conformidad con el Art. 4° del reglamento aplicable. Será obligación del/la postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales.
 
 
En virtud de lo establecido en el Art. 20, inc. d) del Reglamento aplicable, transcurridos los diez días mencionados en el Inc. “b” del Art. 18, las/os postulantes que no cuenten con los recaudos exigidos en los apartados 1, 2, 3 y 4 del inciso “c” del Art. 19, serán excluidas/os del listado de inscriptas/os.
 
 
Requisitos personales
 
Para el cargo del concurso Nº 174 se requiere ser ciudadana/o argentina/o, tener veinticinco (25) años de edad y contar con cuatro (4) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogada/o en el ámbito público o privado, o de cumplimiento, por igual término, de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, con por lo menos cuatro (4) años de antigüedad en el título de abogada/o (Cf. Art. 31, 3º párr., Ley 27.149).
 
 
Integración del jurado de concurso
 
El sorteo por el cual se desinsaculará el Jurado de Concurso que intervendrá en el concurso N° 174 se llevará a cabo el día 11 de diciembre de 2019 en la sede de la Secretaría de Concursos. El sorteo será público y documentado en acta y contará con la intervención como actuaria/o de una/un funcionaria/o de la Secretaría de Concursos con jerarquía no inferior a secretaria/o de Primera Instancia.
 
 
Publicación de listados
 
La lista de inscriptas/os y excluidas/os, y de las/os miembros titulares y suplentes del Jurado de Concurso serán notificadas a las/los postulantes en la casilla de correo electrónico oportunamente denunciada, a las/os miembros del Jurado en la casilla de correo oficial y a las/os juristas por medio fehaciente (Art. 22 del Reglamento citado).
 
 
Para la presente convocatorias rige el Reglamento de Concursos conforme Resolución DGN Nº 1244/17.
 
 
 
 
Área de Prensa y Difusión
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Circular nro. 139. Aumento del valor de la unidad jus prevista en la Ley 12.851.

Circular Nro. 139/19.-
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6166


Santa Fe, 30 de octubre de 2019.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 29.10.2019, Acta Nro. 45, punto 3, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

INFORME DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.-
 El señor Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. EDUARDO MARCOS PEDRO BORDAS informa que, atento las prescripciones de los arts. 92 de la Constitución Provincial y 217 de la ley 10.160 (t.o. según Decreto N° 0046/98) y conforme facultades conferidas (vid Acuerdo del 20.10.99, Acta Nro. 41, punto único), dando cuenta de una resolución de fecha 25.10.2019, mediante la cual, atento a la delegación que le confirió este Cuerpo en Acuerdo del 10.6.2008, Acta N° 23, p. 6, apartado V, estableció que el monto de la Unidad Jus prevista en el artículo 32 de la ley 12.851, es de $ 3.665,16 a partir del 1.9.2019. Por todo ello, y oído el señor Procurador General, 

SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. Fdo: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

Saludo a Ud. atentamente.


Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno 



Unidad Jus Ley 12851/08


MONTO ACTUALIZADO DE LA UNIDAD JUS ART. 32 DE LA LEY 12851
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=3791


$3.665,16 a partir del 1/9/2019 - Dispuesto por la Corte Suprema de Justicia en Acuerdo del 29/10/2019, Acta 45, punto 3.


Montos precedentes:
$3.099,50 a partir del 1/5/2019, y $3.331,96 a partir del 1/6/2019, Acuerdo del 18/6/2019, Acta 23, punto 3.
$2.883,26 a partir del 1/3/2019 - Acuerdo del 26/3/2019, Acta 12, punto 2.
$2.621,14 a partir del 1/10/2018 - Acuerdo del 18/12/2018, Acta 51, punto 3.
$2.382,86 a partir del 1/8/2018 - Acuerdo del 11/10/2018, Acta 37, punto 2.
$2.166,23 a partir del 14/4/2018 - Acuerdo del 29/5/2018, Acta 18, punto 3.
$1.969,30 a partir del 1/1/2018 - Acuerdo del 8/5/2018, Acta 15, punto 3.
$1.875,53 a partir del 1/6/2017 - Acuerdo del 25/7/2017, Acta 29, punto 3.
$1.705,02 a partir del 1/3/2017 - Acuerdo del 9/5/2017, Acta 16, punto 2.
$1.550,02 a partir del 01/10/2016 - Acuerdo del 14/11/2016, Acta 48, punto 2.
$1.383,95 a partir del 01/06/2016 - Acuerdo del 21/06/2016, Acta 25, punto 3.
$1.203,43 a partir del 01/01/2016 - Acuerdo del 14/03/2016, Acta 10, punto 2.
$1.094,03 a partir del 01/10/2015 - Acuerdo del 24/11/2015, Acta 49, punto 1.
$994,57 a partir del 01/06/2015 - Acuerdo del 30/06/2015, Acta 26, punto 1.
$904,16 a partir del 01/01/2015 - Acuerdo del 28/04/2015, Acta 16, punto 2.
$821,96 a partir del 1/10/2014 - Acuerdo del 18/11/2014, Acta 50, punto 2.
$747,23 a partir del 1/6/2014 - Acuerdo del 29/7/2014, Acta 33, punto 3.
$649,77 a partir del 1/3/2014 - Acuerdo del 29/4/2014, Acta 17, punto 3.
$590,70 a partir del 1/12/2013 - Acuerdo del 11/2/2014, Acta 4, punto 6.
$562,57, a partir del 1/7/2013 - Acuerdo del 1/10/2013, Acta 40, punto 3.
$511,43, a partir del 1/3/2013 - Acuerdo del 28/5/2013, Acta 19, punto 2.
$464,94 a partir del 1/1/2013 - Acuerdo del 13/2/2013, Acta 3, punto 3.
$442,80, a partir del 1/11/2012 - Acuerdo del 13/2/2013, Acta 3, punto 3.
$421,71, a partir del 1/7/2012 - Acuerdo del 3/9/2012, Acta 39, punto 2.
$383,37, a partir del 1/1/2012 - Acuerdo del 15/5/2012, Acta 22, punto 2.
$331,92, a partir del 1.10.2011 y en $ 348,52, a partir del 1.11.2011; Acuerdo del 14.2.2012, Acta Nro. 4, punto 5.
$316,12, Acuerdo del 20.7.2011 - Acta Nro. 36, punto 2, desde el 1.5.2011.
$287,38, Acuerdo del 12.4.2011, Acta Nro. 16, punto 3, desde el 1.3.2011.
$261,25 - Acuerdo del 22.12.2010, Acta Nro. 61, punto 2, desde el 1.12.2010.
$237,50 - Acuerdo del 27.7.2010, Acta Nro. 28, punto 2, desde el 1.7.2010.
$219,91 - Acuerdo del 27.7.2010, Acta Nro. 28, punto 2, desde el 1.5.2010.
$205,52 - Acuerdo del 9.3.2010, Acta Nro. 6, punto 2, desde el 1.1.2010.
$186,84 - Acuerdo del 9.9.09, Acta Nro. 39, punto 3, desde el 1.9.09.
$177,94 - Acuerdo del 24.6.09, Acta Nro. 24, punto 3, desde el 1.5.09.
$161,76 - Acuerdo del 11.3.09, Acta Nro. 7, punto 3, desde el 1.1.09.
$154,06 - Acuerdo del 8.10.08, Acta Nro. 41, punto 2, desde el 1.8.08.
$146,72 - Acuerdo del 10.6.08, Acta Nro. 23, punto 6, desde el 10.6.08. (Monto inicial al haberse dictado la Ley 12.851/08, oportunidad en que el Alto Tribunal delegó en Secretaría de Gobierno de la Corte, para que en el futuro, de producirse la modificación en la base de cálculo del valor de esa unidad jus, dispusiera lo conducente a su publicidad, con comunicación al Alto Cuerpo).

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Acuerdo C.S.J. – Juzgados Ceres, Tostado, San Cristóbal – Órdenes de pago / Circular 136: Puesta en funcionamiento de la Oficina de Procesos Ejecutivos en el Distrito Judicial nro. 1

ACUERDO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE.
Numero de Acta :	44	
Fecha :	22/10/2019	

Punto de Acuerdo :	
8) RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REF. PUESTA EN MARCHA NUEVA ETAPA DEL SERVICIO “SANTA FE JUDICIALES” OFRECIDO POR EL NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. EN JUZGADOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL N° 5:

 El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 18 de octubre del corriente año, dictó la siguiente resolución: “... VISTAS: Las necesidades del servicio Judiciario; y 

CONSIDERANDO:

I.Que por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia del 7 de diciembre de 2010, Acta N° 57, punto 6, el Alto Tribunal ratificó la resolución de esta Secretaría de Gobierno del 26.11.2010, mediante la cual se tuvo presente el servicio de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, ofrecido por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., teniéndolo por aceptado y disponiendo su habilitación a partir del 20.12.2010. Que a través de dicho servicio gratuito, y desde cualquier computadora, los titulares y actuarios de las Cámaras de Apelación y Juzgados de Primera Instancia de la Provincia, pueden consultar los saldos y movimientos correspondientes a las cuentas judiciales existentes a la orden de ellos. Que, asimismo, la Entidad bancaria hizo saber en esa oportunidad, que el referido servicio constituía la primera etapa de dicha operatoria, previéndose como segunda etapa permitir contar con igual acceso a los profesionales intervinientes en los procesos respecto de los cuales se abrieron cuentas judiciales. Que, en tal sentido, en el Acuerdo supra mencionado, se solicitó al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. arbitrar lo conducente para instrumentar a la brevedad esa segunda etapa, recibiéndose a esos efectos del Área Asuntos Legales de dicha Entidad bancaria la comunicación del desarrollo entre los responsables de Sistemas de esa Entidad y de la Secretaría de Informática de este Poder Judicial, del mecanismo para que los abogados matriculados de la Provincia de Santa Fe, además de realizar consultas vía web respecto del estado procesal de los expedientes en los cuales intervienen, puedan consultar, por ese mismo medio, los saldos y movimientos de las cuentas judiciales relacionadas con sus expedientes, en un marco de absoluta seguridad y privacidad, utilizando la clave única otorgada por los Colegios de Abogados de la Provincia; servicio éste que, desde fines del año 2010, se hizo extensivo a los profesionales en Ciencias Económicas. Que, en ese orden, y a los fines de avanzar en una tercera etapa del servicio de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, del fluido intercambio entre ambas instituciones, se procedió al desarrollo conjunto de un Formulario de Informe de Saldos de Cuentas Judiciales que los profesionales matriculados pueden obtener de la página web del Poder Judicial y presentarlo ante las dependencias jurisdiccionales con su sola rúbrica y aclaración. Siendo ello así, mediante Acuerdo del 13 de marzo de 2012 se habilitó este nuevo servicio y se aprobó el mencionado formulario, el que contempla en su cuerpo suficientes recaudos de seguridad que permiten la validación correspondiente, además de la posibilidad de control para su validación que ya tienen los Magistrados y funcionarios judiciales, ingresando al servicio de Banca electrónica 'Santa Fe Judiciales'. Que, con posterioridad a ello, mediante Acta Acuerdo Nro. 13, Punto 3 de fecha 23.04.2013, se autorizó la incorporación a nuestra página web oficial -en la parte correspondiente a la Consulta de Expedientes del Fuero Civil y Comercial; Laboral y Contencioso Administrativo-, del formulario para realizar depósitos judiciales que utiliza la mencionada entidad bancaria, en pos de facilitar a abogados y procuradores la obtención del mismo mediante su impresión desde nuestro sitio oficial. 

II. Que, luego de sucesivas reuniones de trabajo mantenidas por el Nuevo Banco de Santa Fe con la Secretaría de Gobierno de este Cuerpo, se consensuó un nuevo avance en el aplicativo desarrollado por esa entidad bancaria denominado “Santa Fe Judiciales”, mediante el cual se pone a disposición una funcionalidad que permite a las autoridades judiciales ordenar al Banco, en forma electrónica, pagos y transferencias de fondos relacionados a expedientes judiciales. Que, el servicio propuesto, dispone de una nueva sección dentro de la plataforma electrónica ya existente y en funcionamiento. De esta manera, los usuarios habilitados pueden -con la misma clave y contraseña de acceso al sistema que vienen utilizando-, ordenar a la entidad bancaria la realización de pagos y transferencias de fondos existentes desde cuentas judiciales abiertas a la orden de sus juzgados, hacia cuentas a la vista o cuentas judiciales, ya sea del propio Nuevo Banco de Santa Fe o de otras entidades financieras del país, sin necesidad de remitir oficios de pago en soporte papel o cheques judiciales. En este sentido, cabe poner de resalto que la orden de pago dirigida al Banco, no implica una inmediata transferencia de fondos, sino una orden expresa a dicha entidad, para que ésta luego de efectuar las retenciones de ley pertinentes, debite los fondos de la cuenta judicial y los acredite en los destinos que el beneficiario indique. Que, la nueva herramienta traída a consideración, se erige como un estadio imprescindible en el avance hacia una justicia moderna y de calidad, donde los cambios de paradigma en el modo de gestionar el servicio se ven reflejados en hechos palpables y concretos. En tal inteligencia, el Alto Cuerpo mediante Acta Nro. 50 Punto 10 de fecha 11.12.2018 resolvió poner en marcha esta nueva funcionalidad en el Distrito Judicial Nro. 5 de esta provincia, en un primer momento para ordenes de pago superiores a $30.000.-, y luego para la totalidad de estas operatorias. Que, lo propio se materializó en los juzgados de Distrito y de Circuito de la sede de Reconquista y en el Juzgado de Circuito de la ciudad de Avellaneda, así como en los Juzgados de Distrito y Circuito de la ciudades de Venado Tuerto y Vera, disponiéndose la aplicación piloto de dicha modalidad, y posteriormente, su implementación de manera definitiva para todas las órdenes de pago que se libren en dichas dependencias jurisdiccionales. Que, por su parte, en los Juzgados de Distrito y Circuito de la ciudad de Santa Fe se encuentra vigente la prueba piloto desde el 01.10.2019; y en los Juzgados de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de las ciudades de Rufino, Firmat y Melincué, desde el 21.10.2019. Por consiguiente, y luego de las actualizaciones que se fueron implementado al aplicativo en funcionamiento, como consecuencia de su lógica y constante utilización, se entiende oportuno hacer extensiva su implementación a otras sedes judiciales. En tal orden de ideas, luego de las tareas de reordenamiento necesarias llevadas a cabo, y en consonancia con los trabajos realizados de manera conjunta con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., se postula factible implementar el nuevo aplicativo en el Distrito Judicial Nro. 10 de San Cristóbal, y en el Distrito Judicial Nro. 15 de Tostado, abarcando a tres Juzgados de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, un Juzgado de Familia, y dos Juzgados de Circuito. Que, en sintonía con la metodología de trabajo propuesta, luego de un tiempo prudencial de funcionamiento y evaluado el desempeño y evolución de la aplicación informática, se propondrá su réplica de manera programada en los demás órganos jurisdiccionales de la provincia. Que por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10.160 (T.O. según Decreto N° 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.1999, Acta N° 41, Punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

 RESUELVE:
 1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia que, a partir del 28.10.2019, las órdenes de pago superiores a $30.000.- que se libren en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, en el Juzgado de Familia, en el Juzgado de Circuito de San Cristóbal; en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, y en el Juzgado de Circuito de Ceres; en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Tostado; se materialicen a través del aplicativo “Santa Fe Judiciales” desarrollado y ofrecido por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. 

2) Encomendar que la nueva modalidad aquí propuesta, coexista por un período prudencial con el actual sistema de pago en formato papel, hasta tanto se considere oportuno su remplazo de manera definitiva. 

3) Solicitar al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. la realización de las actividades de capacitación previa y soporte a usuarios, conforme los protocolos de actuación previamente consensuados con esta Secretaría. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Alto Cuerpo.

 FDO.: BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo.

///////

Circular nro. 136. Puesta en funcionamiento de la Oficina de Procesos Ejecutivos en el Distrito Judicial nro. 1

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6162


 SE RESUELVE: 

I. Disponer que a partir del 4 de noviembre de 2019, comenzará a funcionar en el Distrito Judicial Nro. 1 la Oficina de Procesos Ejecutivos, en la órbita del Juzgado de Ejecución de Circuito de esa sede. 

II. Modificar a partir del 4 de noviembre del corriente el monto de la unidad jus del Juzgado de Ejecución de Circuito de la ciudad de Santa Fe, el que se fija en la suma de $25.000.

III. Encomendar a la Secretaría de Gobierno de este Cuerpo, las medidas de reordenamiento administrativo que la ejecución del presente pronunciamiento exija. 

IV. Librar las comunicaciones pertinentes.

 Fdo.: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).






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Llamado a concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Director General del Registro de la Propiedad Inmueble, con asiento en la ciudad de Ushuaia

Por disposición del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, con el objeto de solicitarle -a título de colaboración- la difusión en el ámbito de ese Colegio de Abogados del llamado a concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Director General del Registro de la Propiedad Inmueble, con asiento en la ciudad de Ushuaia.

 

A tal fin se adjunta el Edicto, Anexo de la Resolución STJ Nº 61/19.



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VIII Congreso Provincial Derecho Procesal Penal

Los días 3 y 4 de octubre se llevó a cabo el VIII Congreso Provincial Derecho Procesal Penal, compartimos algunas imágenes de lo transcurrido. Las jornadas se realizaron en el Complejo Cultural del viejo Mercado y en el SUM del colegio de abogados de Rafaela.



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“Jornadas Nacionales de Derecho de Riesgos del Trabajo”.

Los días 13 y 14 de Noviembre del corriente año, se llevará a cabo la tercera edición de las “Jornadas Nacionales de Derecho de Riesgos del Trabajo”.

 

Las mismas tendrán lugar en el Auditorio de la Universidad del Museo Social Argentino (UMSA), sito en la Av. Corrientes 1723, de CABA.

 

A continuación, encontrará el programa completo de las Jornadas.

 

Los matriculados de este Colegio que estén interesados obtendrán un descuento del 20% sobre el valor de las Jornadas de $ 2.000.-

 

Para acceder a ese descuento, hay que inscribirse en el mail inscripciones@umsa.edu.ar

 

Inmediatamente, le enviarán un “código de descuento”.

 

Con ese “código de descuento” podrá entrar al link “http://mi.umsa.edu.ar/eventos/” e inscribirse.

 


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CAPACITACION CONTINUA MEDIACION

INSCRIPCIONES EN https://forms.gle/jac8uSjAg8FCNvRa9

CUPO LIMITADO. Acredita 15 horas de FAMILIA

Inversión:Quienes cancelen la inversión hasta el 31/10/19, inclusive: $ 1.000. -A partir del 01/11/2019: $ 1.500.-

Horarios:

Viernes 15/11: 09.00 a 19.00 horas. Sábado 16/11: de 09.00 a 14.00 horas.







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INICIO PRIMERA JORNADA DE ARGUMENTACION

El día 9 de octubre inició la primer jornada de Argumentación en el SUM del Colegio de abogados de Rafaela. Compartimos imágenes del exitoso comienzo. En esta oportunidad estuvieron a cargo los disertantes Mario Chaumet y Andrea Meroi.







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Renovación parcial autoridades – Directorio periodo 2018/2019

NUEVAS AUTORIDADES

-VICE PRESIDENTE: CAPPONI FIORILLO GABRIELA SOLEDAD.
-1º VOCAL TITULAR: COLON MATIAS RAUL.
-2º VOCAL TITULAR: GARCÍA JAVIER ÁNGEL.
-3º VOCAL TITULAR: ROLANDI EVANGELINA.
-4º VOCAL TITULAR: CORDERO JOAQUIN ANTONIO.
-3º VOCAL SUPLENTE: PAIRONE FERNANDO.
-4º VOCAL SUPLENTE: SEFFINO JULIAN


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NEUROCIENCIAS en RAFAELA con Graciela Marchetti . 5 y 6 de octubre – Invitación abierta

La propuesta parte de conceptos que fundamentan las prácticas que estaremos realizando con la guía de Graciela Marchetti; una especialista en NEUROCIENCIAS  y  su conexión con la P.N.L. En este entrenamiento estaremos:

* CONOCIENDO NUESTRA NEURO BIOLOGÍA: El cerebro como aliado (o enemigo) para el logro de objetivos. Necesidades del cerebro para el enfoque y la proactividad. Los lóbulos frontales: el regalo más preciado.
Hemisferios cerebrales y sus funciones al servicio de lo que deseamos lograr, el papel de las neuronas espejo en el modelado de excelencias. La motivación desde las Neurociencias.
* CUESTIONARIO DE LA BUENA FORMA para construir el estado deseado.
* ESTRATEGIA DE WALT DISNEY


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La Caja de Seguridad Social informa

AUMENTO DE LOS APORTES, HABERES
JUBILATORIOS Y DE PENSIÓN.

Comunicamos a nuestros Afiliados que a partir del 1° de OCTUBRE de 2019, regirán los nuevos valores de Aportes como así también los nuevos montos a percibir por nuestros Jubilados y Pensionados, quedando de la siguiente manera:




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GESTIONES DEL COLEGIO DE ABOGADOS ANTE EL REGISTRO GENERAL.

En virtud de una nota presentada por nuestro Colegio ante las autoridades del Registro General de la propiedad  planteando una serie de inquietudes, fuimos convocados por las mismas a una reunión.  Ésta se realizó en las Oficinas del  Registro General de la Propiedad en la ciudad de Santa Fe el pasado 26 de setiembre.

La Dra. Natalia Carranza, Directora Provincial, la Dra. Graciela Giménez, Directora General, y la Dra. Marta Ortiz, Sub Directora General, recibieron a representantes de nuestro Directorio.

 

En la mencionada reunión reiteramos, en nombre de los colegiados, los inconvenientes planteados oportunamente en la nota remitida.

 

Uno de los principales reclamos realizados  se vincula a necesidad de ampliar las facultades del Nodo Rafaela, en relación al mismo nos manifestaron que: en el presente contexto resulta imposible ampliarlas sin atentar contra la seguridad registral.  A pesar de la respuesta recibida mantuvimos nuestra postura planteando las dificultades que día a día tenemos que afrontar los profesionales.

 

En otro de los puntos tratados, errores en informes y otros trámites, recibimos como respuesta que el Registro se encuentra en una etapa de profundo cambio, tanto en informatización como de personal. Ante todas nuestros planteos la respuesta fue muy receptiva y el diálogo muy abierto, asumiendo las responsabilidades y dificultades con intención de solución de las mismas.

 

El diálogo y la gestión continúan, con la preocupación de ambos sectores (Registro y Colegio). Como paliativo se nos informó un número de mesa de ayuda y un mail con los mismos fines. Por otro lado remitieron una serie de instructivos y tutoriales para aclarar la confección de formularios y trámites diversos, los que serán compartidos en la web y face de nuestro Colegio.

 

Por último, solicitamos tener mayor vinculación con el Registro. En atención a ello en breve realizarán una visita a los fines de tomar contacto con los colegiados y esclarecer dudas e inconvenientes.

 

Creemos necesario incluir en dicha reunión a miembros del poder judicial  – ya que son actores importantes en nuestra labor diaria – con el objeto de fijar reglas claras en relación a la prosecución de trámites vinculados con el Registro de la Propiedad.

 

Desde el Directorio nos comprometemos a continuar con la gestión; agradecemos y exhortamos a los colegiados que continúen planteando sus inquietudes

 

 

MESA DE AYUDA DE FORMULARIOS SRD (SOLICITUD DE REGISTRACIÓN DIGITAL)

srdrgsfe@santafe.gov.ar

TELEFONO: 0341 – 4721763 INT. 217 (INFORMES) – DIEGO BRESSAN

 

-DTR Conjunta nro. 14/2018: sobre obligatoriedad e implementacion de SRD

-DTR Conjunta nro. 8/2019: sobre obligatoriedad e implementacion de SRD especificamente para el Poder Judicial.

-Manual del Usuario Profesional: guía para el profesional que requiere registrarse en el Sistema de Formularios Electrónicos.

-Manual del Usuario Confección de trámite: guía para el profesional ya registrado en la plataforma de Formularios Electrónicos y que requiere hacer uso de los servicios allí disponibles (Fotocopias, Consulta en Línea, Búsqueda de Inmueble por Propietario, Búsqueda de Inmueble por Partida Inmobiliaria).

-Instructivo SRD: guía para el profesional ya registrado en la plataforma de Formularios Electrónicos y que requiere confeccionar una Solicitud de Registración Digital según lo dispuesto en las DTRCs

14/2018 y 8/2019.

 



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VIII CONGRESO DERECHO PROCESAL PENAL –

PROGRAMA DEFINITIVO DE ACTIVIDADES EN ADJUNTO.

 

El jueves por la noche, nos encontramos en «BETTER BEER BAR» – Necochea 888 –

 (NO INCLUIDO DENTRO DEL ARANCEL DE INSCRIPCION)

Valor de la tarjeta $600.-

Las tarjetas se encontrarán a la venta el día 03 de octubre, durante el desarrollo del Congreso.

 

 

INSCRIPCIONES AL CONGRESO

COMPLETAR FORMULARIO DE INSCRIPCION, SIN EXCEPCIÓN, EN EL SIGUIENTE ENLACE:

https://forms.gle/JZJfAvEgXJfVn1Cu7

CANCELACION DEL ARANCEL DE INSCRIPCION:

Recordamos  enviar el comprobante de la transferencia a colabrafaela@wilnet.com.ar, informando su CUIT y condición ante el IVA, necesarios para generar la facturación correspondiente.

Hasta el 20 de septiembre de 2019: $1.800 (pesos un mil ochocientos) para profesionales; $1.300 (pesos un mil trescientos) para jóvenes abogados (hasta 5 años de recibidos); y $ 400 (pesos cuatrocientos) para estudiantes. Luego de la fecha señalada las inscripciones se incrementarán en un veinticinco porciento (25 %) en cada categoría.

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Hotelería en la ciudad de Rafaela.

Consultar por tarifas corporativas.

HOTEL AMERIAN RAFAELA HOTEL
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En adjunto se visualizará reglamento del Congreso y programa definitivo de actividades.







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Circular nro. 123. Concurso para 1 cargo de Oficial Mayor y un cargo de Escribiente Mayor para el S.P.P.D.P. – sede Santa Fe

Circular Nro. 123/19.

Santa Fe, 24 de septiembre de 2019.

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que se ha recepcionado Resolución N°233/19 del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, en la cual se solicita se dé amplia difusión a la convocatoria al CONCURSO para cubrir UN (01) CARGO DE OFICIAL MAYOR para la Defensoría Regional, Sede Santa Fe, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, para aquellos agentes que revistan la segunda categoría inmediata inferior a la concursada y UN (01) CARGO DE ESCRIBIENTE MAYOR para la Defensoría Regional, Sede Santa Fe, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, para aquellos agentes que revistan la segunda categoría inmediata inferior a la concursada.

Se transcribe, a continuación, la correspondiente Resolución:

RESOLUCIÓN Nº0233

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 17/09/19

VISTO:

El Expediente del Sistema de Información de Expedientes N.º 08030-0003078-5, por el que se tramita un concurso de empleados administrativos para la Primera Circunscripción Judicial y se solicita al Poder Ejecutivo a través de la Corte Suprema de Justicia la designación de empleados administrativos en función al proceso de concurso, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 13.014 en su artículo 21 establece como atribuciones de la Defensora Provincial en su inc. 8 “…Proponer al Poder Ejecutivo, a través de la Corte Suprema de Justicia, el nombramiento, remoción y ascensos de los miembros del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, bajo las condiciones que autoriza la ley al momento de la sanción de la presente…” y en su inc. 16 “…Organizar la estructura administrativa del Servicio Público Provincial de Defensa Penal de acuerdo con las necesidades del servicio y las posibilidades presupuestarias…”.

Que por anexo III de la resolución N.º 51/17 se aprobó el RÉGIMEN DE CONCURSOS DEL PERSONAL DEL SERVICIO PÚBLICO PROVINCIAL DE DEFENSA PENAL DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE.

Que según lo establecido por Ley 13.218 se convocó a concurso para cubrir los siguientes cargos de empleados administrativos: dos (2) de Oficial Auxiliar, uno (1) de Oficial, uno (1) de Oficial Principal, dos (2) de Oficial Mayor y uno (1) de Jefe de Despacho, para la Defensoría Provincial, sede Santa Fe; y dos (2) de Escribiente Mayor, uno (1) de Oficial, dos (2) de Oficial Mayor y uno (1) de Jefe de Despacho; para la Defensoría Regional, sede Santa Fe; todos para la Primera Circunscripción Judicial.

Que en relación a ello, se recepcionaron las inscripciones de los postulantes y se solicitó a la Corte Suprema de Justicia, los puntajes objetivos respectivos.

Que recibidos los mismos, se realizó el correspondiente análisis de admisibilidad según artículos 3 y 4 del Régimen de Concursos del Personal del SPPDP, del cual se desprendió la Resolución N.º 70/19 en fecha 15/04/2019.

Que en relación a los dos cargos de Escribiente Mayor para la Defensoría Regional, sede Santa fe; teniendo en cuenta que de todos los postulantes, sólo una resultó admitida, se declaró desierto el cargo restante, volviéndose a convocar para todos aquellos que revistan la segunda categoría inmediata, según el artículo 27 de la Resolución mencionada. Que al considerar el otro cargo, y siendo que la única admitida fue propuesta al Poder Ejecutivo para el mismo, por ascenso, según lo informado por nota de Secretaria de Gobierno de la Corte N.º 2047 de fecha 10/05/19, corresponde en la oportunidad declarar desierto el cargo y volver a llamar a segunda convocatoria.

Que habiendo sido publicada la admisibilidad de los postulantes para todos los cargos llamados en primera convocatoria, y encontrándose firme la misma, se convocó a entrevistas para el día 27 de agosto de 2019 en la ciudad de Santa Fe, en la sede de la Defensoría Provincial, sita en calle La Rioja N.º 2657.

Que luego de realizar las entrevistas de los postulantes admitidos que comparecieron, conforme lo establecido por el artículo 10 del Régimen de Concursos del Personal del SPPDP, se estableció el correspondiente orden de mérito.

Que en relación a los cuatro (4) cargos de Oficial Mayor, dos (2) para la Defensoría Provincial y dos (2) para la Defensoría Regional, atento al desistimiento manifestado mediante nota de fecha 27.8.19, por una postulante que participó en las convocatorias para ambas sedes, se entiende oportuno declarar desiertos los dos restantes de Oficial Mayor, uno (1) para la Defensoría Provincial y uno (1) para la Defensoría Regional.

Que los puntajes totales obtenidos fueron debidamente publicados en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

Que no se recibieron impugnaciones.

Que la suscripta se encuentra facultada a dictar la presente norma en su carácter de Defensora Provincial, art. 21 y 70 de la Ley Provincial N° 13.014.

POR ELLO,

LA DEFENSORA PROVINCIAL

RESUELVE :

ARTÍCULO 1: Selecciónese a GALFRÉ, FABIANA, DNI N.º 30.814.761, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de OFICIAL AUXILIAR, para la Defensoría Provincial, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 2: Selecciónese a ACQUAVITA, NÉSTOR JUAN, DNI N.º 31.480.541, como empleado administrativo del SPPDP con categoría de OFICIAL AUXILIAR, para la Defensoría Provincial, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 3: Selecciónese a ZUNINO, AILEN INÉS, DNI N.º 32.733.092, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de OFICIAL, para la Defensoría Provincial, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 4: Selecciónese a SOMAGLIA, JUAN IGNACIO, DNI N.º 33.684.049, como empleado administrativo del SPPDP con categoría de OFICIAL , para la Defensoría Regional, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 5: Selecciónese a HUTER, LORENA; DNI N.º 30.292.505, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de OFICIAL PRINCIPAL, para la Defensoría Provincial, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 6: Selecciónese a VILLALBA, PABLO MARTÍN, DNI N.º 18.249.495, como empleado administrativo del SPPDP con categoría de OFICIAL MAYOR, para la Defensoría Provincial, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 7: Selecciónese a MAROZZI, NORA BEATRIZ, DNI N.º 14.749.829, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de OFICIAL MAYOR, para la Defensoría Regional, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 8: Selecciónese a DÉCIMA, MARÍA ANTONIA, DNI N.º 14.558.897, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de JEFE DE DESPACHO, para la Defensoría Provincial, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 9: Selecciónese a MIGUEZ, MARIA ALEJANDRA, DNI N.º 14.628.756, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de JEFE DE DESPACHO, para la Defensoría Regional, de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 10: Propónganse al Poder Ejecutivo, por intermedio de la Corte Suprema de Justicia las designaciones de: GALFRÉ, FABIANA, DNI N.º 30.814.761, y ACQUAVITA, NÉSTOR JUAN, DNI N.º 31.480.541, ambos como empleados administrativos del SPPDP con categoría de OFICIAL AUXILIAR; a ZUNINO, AILEN INÉS, DNI N.º 32.733.092, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de OFICIAL; a HUTER, LORENA, DNI N.º 30.292.505, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de OFICIAL PRINCIPAL; a VILLALBA, PABLO MARTÍN, DNI N.º 18.249.495, como empleado administrativo del SPPDP con categoría de OFICIAL MAYOR; y a DÉCIMA, MARÍA ANTONIA, DNI N.º 14.558.897, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de JEFE DE DESPACHO; todos para la Defensoría Provincial, de la Cirunscripción Judicial N.º 1. Asimismo, propóngase al Poder Ejecutivo, por intermedio de la Corte Suprema de Justicia las designaciones de: SOMAGLIA, JUAN IGNACIO, DNI N.º 33.684.049, como empleado administrativo del SPPDP con categoría de OFICIAL ; a MAROZZI, NORA BEATRIZ, DNI N.º 14.749.829, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de OFICIAL MAYOR; y a MIGUEZ, MARIA ALEJANDRA, DNI N.º 14.628.756, como empleada administrativa del SPPDP con categoría de JEFE DE DESPACHO, todos para la Defensoría Regional, de la Circunscripción Judicial N.º 1.

ARTÍCULO 11: Requiérase al Poder Ejecutivo, por intermedio de la Corte Suprema de Justicia, la transferencia de los cargos y créditos aquí concursados, de acuerdo a las previsiones de la Ley N.º 13.218.

ARTÍCULO 12: Declarar desierto el concurso para un (1) cargo de Oficial Mayor para la Defensoría Provincial, sede Santa Fe, en virtud de lo dispuesto por el artículo 4 del Anexo III de la Resolución N°51/17.

ARTÍCULO 13: Declarar desierto el concurso para un (1) cargo de Oficial Mayor para la Defensoría Regional, sede Santa Fe, en virtud de lo dispuesto por el artículo 4 del Anexo III de la Resolución N°51/17.

ARTÍCULO 14: Convocar a concurso para cubrir un (1) cargo de Oficial Mayor para la Defensoría Regional, sede Santa Fe, a aquellos agentes judiciales que revistan la segunda categoría inmediata inferior.

ARTÍCULO 15: Declarar desierto el concurso para un (1) cargo de Escribiente Mayor para la Defensoría Regional, sede Santa Fe, en virtud de lo dispuesto por el artículo 4 del Anexo III de la Resolución N°51/17.

ARTÍCULO 16: Convocar a concurso para cubrir un (1) cargo de Escribiente Mayor para la Defensoría Regional, sede Santa Fe, a aquellos agentes judiciales que revistan la segunda categoría inmediata inferior.

ARTÍCULO 17: Tener por inscriptos para las convocatorias indicadas en los artículos 14 y 16, a quienes resultaron no admitidos en el primer llamado a concurso, sin que ello implique valoración alguna sobre su admisibilidad.

ARTÍCULO 18: Disponer que el Tribunal Evaluador estará integrado por el CPN Juan José Maspons (según Resolución N.º 183/19), el Dr. Jorge Leandro Miró y el Dr. Martin Ignacio Cáceres.

ARTÍCULO 19: Disponer que las inscripciones se recibirán en la sede de la Defensoría Provincial, sita en calle La Rioja N°2657 de la ciudad de Santa Fe del 24 de septiembre hasta el 26 de septiembre inclusive, en el horario de 7.30hs a 12.30hs.

ARTÍCULO 20: Disponer que todas las notificaciones se realizarán a través del sitio web oficial del Servicio Público Provincial de Defensa Penal y/o por correo electrónico, siendo este medio válido y suficiente.

ARTÍCULO 21: Comunicar la presente a la Corte Suprema de Justicia a fin de otorgar amplia difusión al concurso, al personal del SPPDP y al Sindicato de Trabajadores Judiciales.

ARTÍCULO 22: Regístrese, notifíquese y archívese.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

 

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno

 









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Jornada de Derecho Procesal

Jornada de Derecho Procesal que se organiza con Abogados de la República Argentina (ARA), el Cuerpo de Graduados, el Centro de Estudiantes de Derechos y Ciencias Sociales y la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral.

Participan los siguientes docentes:

Dr. Roland ARAZI / Dr. Sergio AVERO / Dr. Sergio BARBERIO / Dra. Mabel DE LOS SANTOS / Dr. Ángel F. GARROTE / Dra. Cristina E. GONZALEZ DE LA VEGA / Dr. Mario Kaminker / Dr. Jorge PEYRANO / Dr. Jorge A. ROJAS / Dr. Federico SEDLACEK / Dr. Abraham VARGAS.

La misma tendrá lugar el 4 de octubre del 2019, en el Aula Alberdi del Edificio Histórico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral.

El costo de la misma es de $300 y se pueden pre-inscribir indicando su nombre, apellido y teléfono de contacto al siguiente e-mail: jornadasprocesalsantafe@gmail.com


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Llamado a concursos realizado por el Consejo de la Magistratura de la Nación

Publicación en el Boletín Oficial se realizó los días 4, 5 y 6 de septiembre del año 2019, para la cobertura de cargos de magistrados en distintos Juzgados y Tribunales del Poder Judicial de la Nación, conforme al Artículo 5° del Reglamento de Concursos de Oposición y Antecedentes para la designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación.

El procedimiento de inscripción es simple y, para aquellos registrados en el sistema, se realiza completamente a través de internet. Quienes decidan concursar por primera vez, deberán realizar un trámite presencial, previa registración en el sitio web del Poder Judicial de la Nación, a los efectos de validar su identidad.

Agradecemos la publicidad que pueda ofrecer del presente llamado, lo cual garantizará una amplia participación y pluralidad de aspirantes. Quedamos a su disposición para cualquier ampliación o consulta que estime conveniente realizar.

Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial
Consejo de la Magistratura de la Nación
Libertad 731, Piso 1° (CABA)
4124-5388


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Circular Nro. 109/2019. Puesta en marcha del Sistema Informático de Gestión SISFE en la Fiscalía Extrapenal del Distrito Judicial N° 2 -Rosario-

Circular Nro. 109/2019.

Santa Fe, 05 de septiembre de 2019.

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 3.9.2019, Acta Nro. 35, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, ha dispuesto lo siguiente:

RÉPLICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN JUDICIAL EN LAS FISCALÍAS DE CÁMARAS DE APELACIÓN Y DEFENSORÍAS DE CÁMARAS DE APELACIÓN DE SANTA FE Y ROSARIO, DEFENSORÍAS GENERALES DE SANTA FE Y ROSARIO, CON SU RESPECTIVAS MESAS DE ENTRADAS ÚNICAS, FISCALÍAS DE PRIMERA INSTANCIA DE SANTA FE Y ROSARIO CON SU MESA DISTRIBUIDORA, DEFENSORÍAS GENERALES Y FISCALÍAS DE LA PROVINCIA, MINISTERIO PUPILAR DE SANTA FE Y ROSARIO, OFICINA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO DEL MINISTERIO PÚBLICO – CUIJ 21- 17608825-4. El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 2 de setiembre del corriente año, dictó la siguiente resolución: «… VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: I) Que en el marco del Proyecto de Modernización y Transformación Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, y en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y prácticas de estos tiempos, se han venido incorporando paulatinamente nuevas tecnologías. En este sentido, corresponde hacer referencia en primer lugar a los antecedentes relacionados con la Licitación Pública Internacional N° 10. En virtud de la misma y a través de recursos de financiamiento externo, se adjudicó por contrato suscripto por la Provincia de Santa Fe con la Empresa Indra SI S.A., el diseño, fabricación, prueba, entrega y puesta en servicio de un nuevo “Sistema de Gestión Judicial” (Lote 1 Ítem 1), ajustado a las necesidades de este Poder Judicial, con provisión del hardware necesario. De resultas de dicha ejecución, el sistema fue instalado y puesto en funcionamiento en órganos “modelos” de distintos Fueros e Instancias –un Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, una Sala de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, un Juzgado de Primera Instancia de Circuito, un Juzgado de Primera Instancia Laboral, un Tribunal Colegiado de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, Juzgados de Menores, un Juzgado de Faltas y la Secretaría Técnica de la Corte Suprema de Justicia-. Así también, fueron convertidos a la nueva tecnología los sistemas de los Registros de los Fueros Civil y Comercial y Penal, y los Archivos Generales de Tribunales (correspondientes al Ítem 2 de dicha Licitación); todos los cuales totalizaron 24 dependencias modelos implementadas. II) En orden a lo mencionado, y a fin de dar continuidad al Proyecto Integral -que trasciende los términos previstos en la Licitación y contratación antes referida-, el Poder Judicial consideró propicio iniciar la puesta en funcionamiento del Sistema Integral de Gestión Judicial (SISFE) en el resto de los órganos jurisdiccionales de la Provincia, en reemplazo del sistema informático existente en los mismos. Este proceso, denominado de “Réplica”, comprendió en su primera etapa los Juzgados Civiles y Comerciales de los Distritos Judiciales N° 1 y 2 y sus Mesas de Entradas Única, sumando 30 dependencias judiciales. La segunda fase abarcó 31 unidades jurisdiccionales, correspondientes a las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial y todo el Fuero Laboral -de Primera y Segunda Instancia- de Santa Fe y Rosario, junto a sus Mesas distribuidoras; y los Registros Públicos de la Provincia, en la parte concerniente a la gestión de Mesa de Entradas. En tanto, en la tercera etapa, se avanzó con 62 dependencias, comprensiva de los demás órganos considerados “modelo” en la Licitación anteriormente citada, a saber: los Tribunales Colegiados de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, el Fuero de Circuito de Primera y Segunda Instancia -y sus respectivas Mesas distribuidoras-, y las Cámaras de lo Contencioso Administrativo, todos ellos de Santa Fe y Rosario. A lo cual se sumaron todos los Juzgados de Menores, de Faltas y en lo Laboral de la Provincia, y las Salas de Efectos Secuestrados; junto a la digitalización de las Mesas de Entradas y de los trámites y actuaciones que involucra la gestión de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia Provincial. Asimismo, en una cuarta etapa se continuó con los órganos jurisdiccionales con asiento en los demás Distritos y Circuitos Judiciales de la Provincia. Esta fase comprensiva de 74 dependencias distribuidas en 34 localidades, abarcó las Cámaras de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto, Reconquista y Rafaela; y los Juzgados de Primera Instancia con competencia en lo Civil y Comercial -y en lo Laboral, en su caso-, de los 19 Distritos Judiciales; con sus correspondientes mesas distribuidoras. Además, en esta etapa del proyecto, también se ha extendido el sistema informático SISFE a todos los Juzgados de Familia de la Provincia y a los 27 Juzgados de Primera Instancia de Circuito, en la parte de la tramitación de las causas civiles y comerciales, y laborales según correspondiere. También se amplió a los Equipos Técnicos Interdisciplinarios y las Oficinas de Mediación y de Procesos Sucesorios que funcionan en Santa Fe y en Rosario, haciéndose lo propio respecto de los nuevos órganos jurisdiccionales creados por ley y que se fueron poniendo en funcionamiento. III) Asimismo, y atento a que el proyecto viene llevándose a cabo por etapas, es importante remarcar la interrelación continua entre sus distintas fases. Una de las principales funcionalidades del sistema es el “Código Único de Identificación Judicial” (CUIJ), que reemplaza al antiguo número de expediente. De esta manera, la numeración única y el código de barras permite la identificación unívoca de cada causa a lo largo de todo el proceso y la trazabilidad de los expedientes desde su inicio en la Mesa de Entradas Única cuando así correspondiere, pasando por los órganos jurisdiccionales para su tramitación -en Primera o Segunda Instancia, pudiendo llegar a la Corte bajo el número único- y finalizando en el Archivo General de Tribunales. Del mismo modo, cabe tener presente que dicha herramienta informática permite la digitalización de todos los escritos que se presentan en las dependencias judiciales antes mencionadas; como así también la generación de los decretos y resoluciones en texto completo dentro del mismo sistema y la confección de cédulas firmadas digitalmente para la notificación electrónica. En consonancia con lo expuesto, al ser un sistema único e integral, facilita la gestión a los usuarios y operadores del mismo, dado que independientemente de las configuraciones propias de cada fuero e instancia, son idénticos los módulos y funcionalidades generales con los que cuenta el sistema, como así también la terminología utilizada e interfaces gráficas del mismo. De esta manera, y en virtud de lo expuesto, a la fecha 180 órganos jurisdiccionales de Primera y Segunda Instancia de la Provincia, en las materias civil y comercial, laboral, familia, extracontractual, circuito, menores y contencioso administrativo, como así también la Corte Suprema de Justicia –tanto en su función jurisdiccional como administrativa- y 24 mesas distribuidoras, vienen operando con el Sistema de Gestión SISFE y utilizando de modo exclusivo, a los fines de la registración e identificación de los expedientes, la numeración única antes referida. Es así que, un total de 262 órganos jurisdiccionales y dependencias judiciales situados a lo largo del territorio provincial, se encuentran trabajando con un sistema informático único e integral, dentro de la misma red de comunicaciones; de los cuales 167 de ellos publican información actualizada de las causas a través del sistema de “Autoconsulta de Expedientes” del Poder Judicial. IV) En orden a lo que se viene mencionando, y teniendo en cuenta el grado de informatización alcanzado, se ha entendido conveniente dar comienzo a una nueva etapa del Proyecto, correspondiente a la integración al mismo sistema informático SISFE, de los órganos que componen el Ministerio Público Extra-penal de la Provincia, en tanto se encuentran comprendidos en la misma red de datos y comunicaciones. Por ello, encontrándose digitalizados e identificados unívocamente con el CUIJ y código de barras los expedientes que tramitan por ante los Tribunales y Juzgados que desarrollan sus actividades con SISFE, la incorporación de estos Órganos a dicha plataforma, ha de permitir la interrelación entre todos ellos, de modo tal que las intervenciones, actuaciones y comunicaciones que se realicen entre los mismos lo sean dentro de la misma herramienta informática; todo lo cual permitirá continuar efectuando el seguimiento integral de cada causa en la que intervengan. En ese mismo sentido, se contemplan módulos y funcionalidades propias directamente relacionados a las diferentes intervenciones y actuaciones que llevan a cabo en relación a esos expedientes; todo ello conforme a la normativa vigente. Siendo así, en la fase inicial de esta nueva etapa, mediante Acuerdo del 2.7.2019 la Corte Suprema de Justicia dispuso la puesta en marcha del sistema informático SISFE de manera simultánea en las Defensorías Generales N° 1, 2, 3, 4 y 5 de Santa Fe y su respectiva Mesa de Entradas Única, a partir del 29.7.2019 y por Acuerdo del 30.7.2019 dispuso lo propio respecto de la Defensoría General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 1, a partir del día 5.8.2019. Que, asimismo, continuando con la materialización de esta etapa, el Alto Cuerpo mediante Acuerdo del 6.8.2019 ha resuelto que las Fiscalías Extrapenales N° 1, 2 y 3 del Distrito Judicial N° 1-Santa Fe- y su Mesa de Entradas Única, comiencen a operar dicho Sistema, en reemplazo de las actuales herramientas informáticas, a partir del día del 12.8.2019, por Acuerdo del 13.8.2019 se ha resuelto lo propio respecto de la Fiscalía de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 1, a partir del día del 20.8.2019, en Acuerdo de ese mismo día se dispuso su puesta en funcionamiento de manera simultánea en las Defensorías Generales N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de Rosario y su respectiva Mesa de Entradas Única, a partir del 26.8.2019 y en Acuerdo del 27.8.2019 fue dispuesto respecto de la Defensoría General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 2, a partir del día de la fecha. V) Que, en el mismo orden de lo antes mencionado, y en aras de seguir avanzando en el Proyecto, corresponde por tanto disponer su puesta en funcionamiento en la Fiscalía Extrapenal del Distrito Judicial N° 2 –Rosario- quien comenzará a operar el sistema informático SISFE a partir del 9 de setiembre del corriente año, en reemplazo de las herramientas informáticas existentes. Asimismo, se llevará adelante la correspondiente capacitación intensiva y soporte de atención a usuarios y se le proveerán los elementos técnicos necesarios a tales fines (escáneres y lectores de código de barras). Que, teniendo en cuenta todo lo mencionado, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: 1) Poner en conocimiento de la Excma. Corte Suprema de Justicia lo actuado en el marco del Proyecto de Réplica, dentro del Proyecto Integral de Modernización del Poder Judicial. 2) Disponer que la Fiscalía Extrapenal del Distrito Judicial N° 2-Rosario-, comience a operar el Sistema Integral de Gestión SISFE, en reemplazo de las actuales herramientas informáticas, a partir del 9 de setiembre del corriente año. 3) Hágase saber la presente a la Fiscalía General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 2 –Rosario-, a la Fiscalía Extrapenal de la misma sede judicial; y a las Presidencias de Cámaras de Rosario y Venado Tuerto. 4) Hacer saber la presente a los Colegios Profesionales, a través de las comunicaciones respectivas; y librar Circular a sus efectos. 5) Delegar en la Secretaría de Informática y en el Área de Auditoría de Gestión, las tareas necesarias para la efectiva ejecución de lo aquí dispuesto. 6) Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA).» Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. Fdo.: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).———————————————————————

Sin otro particular, lo saludo atentamente.

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno


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Puesta en marcha del Sistema Sisfe en la Defensoría General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 2

Circular Nro. 108/2019.

Santa Fe, 28 de agosto de 2019.

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 27.8.2019, Acta Nro. 34, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, ha dispuesto lo siguiente:

RÉPLICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN JUDICIAL EN LAS FISCALÍAS DE CÁMARAS DE APELACIÓN Y DEFENSORÍAS DE CÁMARAS DE APELACIÓN DE SANTA FE Y ROSARIO, DEFENSORÍAS GENERALES DE SANTA FE Y ROSARIO, CON SU RESPECTIVAS MESAS DE ENTRADAS ÚNICAS, FISCALÍAS DE PRIMERA  INSTANCIA DE SANTA FE Y ROSARIO CON SU MESA DISTRIBUIDORA, DEFENSORÍAS GENERALES Y FISCALÍAS DE LA PROVINCIA, MINISTERIO PUPILAR DE SANTA FE Y ROSARIO, OFICINA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO DEL MINISTERIO PÚBLICO – CUIJ 21-17608825-4. El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 26 de agosto del corriente año, dictó la siguiente resolución: «… VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: I) Que en el marco del Proyecto de Modernización y Transformación Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, y en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y prácticas de estos tiempos, se han venido incorporando paulatinamente nuevas tecnologías. En este sentido, corresponde hacer referencia en primer lugar a los antecedentes relacionados con la Licitación Pública Internacional N° 10. En virtud de la misma y a través de recursos de financiamiento externo, se adjudicó por contrato suscripto por la Provincia de Santa Fe con la Empresa Indra SI S.A., el diseño, fabricación, prueba, entrega y puesta en servicio de un nuevo “Sistema de Gestión Judicial” (Lote 1 Ítem 1), ajustado a las necesidades de este Poder Judicial, con provisión del hardware necesario. De resultas de dicha ejecución, el sistema fue instalado y puesto en funcionamiento en órganos “modelos” de distintos Fueros e Instancias –un Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, una Sala de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, un Juzgado de Primera Instancia de Circuito, un Juzgado de Primera Instancia Laboral, un Tribunal Colegiado de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, Juzgados de Menores, un Juzgado de Faltas y la Secretaría Técnica de la Corte Suprema de Justicia-. Así también, fueron convertidos a la nueva tecnología los sistemas de los Registros de los Fueros Civil y Comercial y Penal, y los Archivos Generales de Tribunales (correspondientes al Ítem 2 de dicha Licitación); todos los cuales totalizaron 24 dependencias modelos implementadas. II) En orden a lo mencionado, y a fin de dar continuidad al Proyecto Integral -que trasciende los términos previstos en la Licitación y contratación antes referida-, el Poder Judicial consideró propicio iniciar la puesta en funcionamiento del Sistema Integral de Gestión Judicial (SISFE) en el resto de los órganos jurisdiccionales de la Provincia, en reemplazo del sistema informático existente en los mismos. Este proceso, denominado de “Réplica”, comprendió en su primera etapa los Juzgados Civiles y Comerciales de los Distritos Judiciales N° 1 y 2 y sus Mesas de Entradas Única, sumando 30 dependencias judiciales. La segunda fase abarcó 31 unidades jurisdiccionales, correspondientes a las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial y todo el Fuero Laboral -de Primera y Segunda Instancia- de Santa Fe y Rosario, junto a sus Mesas distribuidoras; y los Registros Públicos de la Provincia, en la parte concerniente a la gestión de Mesa de Entradas. En tanto, en la tercera etapa, se avanzó con 62 dependencias, comprensiva de los demás órganos considerados “modelo” en la Licitación anteriormente citada, a saber: los Tribunales Colegiados de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, el Fuero de Circuito de Primera y Segunda Instancia -y sus respectivas Mesas distribuidoras-, y las Cámaras de lo Contencioso Administrativo, todos ellos de Santa Fe y Rosario. A lo cual se sumaron todos los Juzgados de Menores, de Faltas y en lo Laboral de la Provincia, y las Salas de Efectos Secuestrados; junto a la digitalización de las Mesas de Entradas y de los trámites y actuaciones que involucra la gestión de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia Provincial. Asimismo, en una cuarta etapa se continuó con los órganos jurisdiccionales con asiento en los demás Distritos y Circuitos Judiciales de la Provincia. Esta fase comprensiva de 74 dependencias distribuidas en 34 localidades, abarcó las Cámaras de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto, Reconquista y Rafaela; y los Juzgados de Primera Instancia con competencia en lo Civil y Comercial -y en lo Laboral, en su caso-, de los 19 Distritos Judiciales; con sus correspondientes mesas distribuidoras. Además, en esta etapa del proyecto, también se ha extendido el sistema informático SISFE a todos los Juzgados de Familia de la Provincia y a los 27 Juzgados de Primera Instancia de Circuito, en la parte de la tramitación de las causas civiles y comerciales, y laborales según correspondiere. También se amplió a los Equipos Técnicos Interdisciplinarios y las Oficinas de Mediación y de Procesos Sucesorios que funcionan en Santa Fe y en Rosario, haciéndose lo propio respecto de los nuevos órganos jurisdiccionales creados por ley y que se fueron poniendo en funcionamiento. III) Asimismo, y atento a que el proyecto viene llevándose a cabo por etapas, es importante remarcar la interrelación continua entre sus distintas fases. Una de las principales funcionalidades del sistema es el “Código Único de Identificación Judicial” (CUIJ), que reemplaza al antiguo número de expediente. De esta manera, la numeración única y el código de barras permite la identificación unívoca de cada causa a lo largo de todo el proceso y la trazabilidad de los expedientes desde su inicio en la Mesa de Entradas Única cuando así correspondiere, pasando por los órganos jurisdiccionales para su tramitación -en Primera o Segunda Instancia, pudiendo llegar a la Corte bajo el número único- y finalizando en el Archivo General de Tribunales. Del mismo modo, cabe tener presente que dicha herramienta informática permite la digitalización de todos los escritos que se presentan en las dependencias judiciales antes mencionadas; como así también la generación de los decretos y resoluciones en texto completo dentro del mismo sistema y la confección de cédulas firmadas digitalmente para la notificación electrónica. En consonancia con lo expuesto, al ser un sistema único e integral, facilita la gestión a los usuarios y operadores del mismo, dado que independientemente de las configuraciones propias de cada fuero e instancia, son idénticos los módulos y funcionalidades generales con los que cuenta el sistema, como así también la terminología utilizada e interfases gráficas del mismo. De esta manera, y en virtud de lo expuesto, a la fecha 180 órganos jurisdiccionales de Primera y Segunda Instancia de la Provincia, en las materias civil y comercial, laboral, familia, extracontractual, circuito, menores y contencioso administrativo, como así también la Corte Suprema de Justicia –tanto en su función jurisdiccional como administrativa- y 24 mesas distribuidoras, vienen operando con el Sistema de Gestión SISFE y utilizando de modo exclusivo, a los fines de la registración e identificación de los expedientes, la numeración única antes referida. Es así que, un total de 261 órganos jurisdiccionales y dependencias judiciales situados a lo largo del territorio provincial, se encuentran trabajando con un sistema informático único e integral, dentro de la misma red de comunicaciones; de los cuales 167 de ellos publican información actualizada de los causas a través del sistema de “Autoconsulta de Expedientes” del Poder Judicial. IV) En orden a lo que se viene mencionando, y teniendo en cuenta el grado de informatización alcanzado, se ha entendido conveniente dar comienzo a una nueva etapa del Proyecto, correspondiente a la integración al mismo sistema informático SISFE, de los órganos que componen el Ministerio Público Extra-penal de la Provincia, en tanto se encuentran comprendidos en la misma red de datos y comunicaciones. Por ello, encontrándose digitalizados e identificados unívocamente con el CUIJ y código de barras los expedientes que tramitan por ante los Tribunales y Juzgados que desarrollan sus actividades con SISFE, la incorporación de estos Órganos a dicha plataforma, ha de permitir la interrelación entre todos ellos, de modo tal que las intervenciones, actuaciones y comunicaciones que se realicen entre los mismos lo sean dentro de la misma herramienta informática; todo lo cual permitirá continuar efectuando el seguimiento integral de cada causa en la que intervengan. En ese mismo sentido, se contemplan módulos y funcionalidades propias directamente relacionados a las diferentes intervenciones y actuaciones que llevan a cabo en relación a esos expedientes, como así también la posibilidad de registrar y materializar todas las demás actividades que le son propias vinculadas a la atención diaria de la ciudadanía; todo ello conforme a la normativa vigente. Siendo así, en la fase inicial de esta nueva etapa, mediante Acuerdo del 2.7.2019 la Corte Suprema de Justicia dispuso la puesta en marcha del sistema informático SISFE de manera simultánea en las Defensorías Generales N° 1, 2, 3, 4 y 5 de Santa Fe y su respectiva Mesa de Entradas Única, a partir del 29.7.2019 y por Acuerdo del 30.7.2019 dispuso lo propio respecto de la Defensoría General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 1, a partir del día 5.8.2019. Que, asimismo, continuando con la materialización de esta etapa, el Alto Cuerpo mediante Acuerdo del 6.8.2019 ha resuelto que las Fiscalías Extrapenales N° 1, 2 y 3 del Distrito Judicial N° 1-Santa Fe- y su Mesa de Entradas Única, comiencen a operar dicho Sistema, en reemplazo de las actuales herramientas informáticas, a partir del día del 12.8.2019, por Acuerdo del 13.8.2019 se ha resuelto lo propio respecto de la Fiscalía de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 1, a partir del día del 20.8.2019, y en Acuerdo de ese mismo día se dispuso su puesta en funcionamiento de manera simultánea en las Defensorías Generales N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de Rosario y su respectiva Mesa de Entradas Única, a partir del día de la fecha. V) Que, consecuentemente, y siendo que a la fecha todas las Defensorías Generales de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 2 –Rosario- antes mencionadas, se encuentran operando el Sistema de Gestión Integral SISFE, corresponde disponer su puesta en funcionamiento en la Defensoría General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 2, a partir del 2 de setiembre del corriente año, en reemplazo de las herramientas informáticas existentes. Asimismo, se llevará adelante la correspondiente capacitación intensiva y soporte de atención a usuarios y se le proveerán los elementos técnicos necesarios a tales fines (escáneres y lectores de código de barras). Que, teniendo en cuenta todo lo mencionado, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: 1) Poner en conocimiento de la Excma. Corte Suprema de Justicia lo actuado en el marco del Proyecto de Réplica, dentro del Proyecto Integral de Modernización del Poder Judicial. 2) Disponer que la Defensoría General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 2, comience a operar el Sistema Informático de Gestión SISFE, en reemplazo de las actuales herramientas informáticas, a partir del 2 de setiembre del corriente año. 3) Hágase saber la presente a la Defensoría General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 2, a las Defensorías Generales de la misma sede judicial; y a las Presidencias de Cámaras de Rosario y Venado Tuerto. 4) Hacer saber la presente a los Colegios Profesionales, a través de las comunicaciones respectivas; y librar Circular a sus efectos. 5) Delegar en la Secretaría de Informática y en el Área de Auditoría de Gestión, las tareas necesarias para la efectiva ejecución de lo aquí dispuesto. 6) Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA).» Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. Fdo.: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

Sin otro particular, lo saludo atentamente.

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno






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DTR CONJUNTA N° 14, Ref: Suspension de Terminos – Registro General

Rosario, 29 de agosto de 2019.

 

VISTO: LN 25.506, LP 6.435 y el  Sistema de Registración Total Doc del Registro General de la Provincia de Santa Fe.

 

CONSIDERANDO QUE:

             Atento al proceso de modernización y reforma llevado adelante por el Registro General de la Provincia de Santa Fe, con el objetivo de incorporar progresivamente  tecnologías a fin de obtener mayores niveles de eficiencia, transparencia y accesibilidad; y así mejorar los procedimientos de gestión internos, tendiente a la simplicidad de la gestión pública, acortando los tiempos de repuesta e incorporando herramientas estratégicas, se ha resuelto establecer una modificación en el sistema de registración Total Doc, cambiando la firma digital a electrónica de los agentes inscriptores. Esto implica un gran avance para el Organismo en lo relativo a la expedición de certificados y documentos ya que la metodología de trabajo se simplifica.

La Sectorial de Informática del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, implementó el cambio de firma en el sistema Total Doc del Registro General los días 27 y 28 del corriente, solicitando al Organismo la no utilización del sistema.

            La Ley 9263 y la Resolución del Ministerio de Gobierno nro.381/83, normas que facultan a esta Dirección para suspender los plazos.

Que ello se torna aplicable en ambos Registros de la Propiedad Inmueble con motivo de la implementación mediante Disposición Técnico Registral Conjunta Nro.03/2015 del Sistema Unificado de Inhibiciones en toda la Provincia.

Por ello y lo dispuesto por Resolución nro. 42 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Decreto nro.0772/2018 y los artículos 75, 76 y 78 de la ley nro.6435.

 

 

EL SECRETARIO DE GESTIÓN PÚBLICA , LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL, LA DIRECTORA DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y EL DIRECTOR DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO

DISPONEN:

  • Suspender los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 27 de agosto de 2019 hasta las 24 horas del día 28 de agosto.
  • Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.
  • Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer el público en general, y archívese.-

 


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SEDRONAR CURSO INTRODUCTORIO PARA JUDICIALES/ABOGADOS

Actividad educativa virtual destinada a los principales actores del sistema judicial argentino, entre los cuales se cuenta a los integrantes de Colegios de Abogados que comenzará el próximo 9 de septiembre. Se trata de un curso introductorio de un programa de capacitación de mayor amplitud que se desarrolla en todas las provincias argentinas. En dicho programa participan como expositores funcionarios de distintas áreas del Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Procuraduría de Narcorminalidad y Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas) abordándose el fenómeno de las drogas desde una perspectiva multidisciplinaria.

Link de inscripción: https://bit.ly/CJudiciales





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COMUNICADO IMPORTANTE – REGISTRO GENERAL

EL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD COMUNICA:

DEBIDO A LA IMPLEMENTACION DE LA FIRMA ELECTRONICA PARA LA CALIFICACION DE LOS DOCUMENTOS QUE INGRESAN A ESTE ORGANISMO, ACTUALMENTE LA EXPEDICION DE LOS MISMOS SE ENCUENTRA RESENTIDA.

LA SECTORIAL INFORMATICA DE LA PROVINCIA – SPI – ESTA  TRABAJANDO PARA LOGRAR LA REGULARIZACION A LA BREVEDAD.

SEPAN DISCULPAR LOS INCONVENIENTES.

MUCHAS GRACIAS




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Resolución de apoyo institucional al del Campeonato Argentino de Ski de Abogados a realizarse entre los días 29 de agosto al 01 de septiembre en la ciudad de San Carlos de Bariloche

VISTO la  realización  del Campeonato Argentino de Ski de Abogados a realizarse entre los días 29 de agosto al 01 de septiembre en la ciudad de San Carlos de Bariloche,

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que el Colegio de Abogados de San Carlos de  Bariloche ha suscripto un convenio  de  colaboración con  la escuela de Ski Fire On Ice con el objetivo de potenciar las relaciones entre colegas y la práctica deportiva invernal

Que el mencionado Campeonato no solo se trata de un evento deportivo, sino también de un acto de camaradería entre los abogados de todo el país,

 

   POR ELLO, LA FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS, RESUELVE:

 

1) Declarar el apoyo institucional  al   Campeonato Argentino de Ski de Abogados a realizarse entre los días 29 de agosto al 01 de septiembre en la ciudad de San Carlos de Bariloche,

 

2) Propiciar el mayor de los éxitos  en  el desarrollo  del evento al Colegio de Abogados de  San Carlos de Bariloche y entes asociados .

 

3)  Dar la más amplia difusión al Campeonato  entre todos los Colegios y Asociaciones de Abogados que integran esta Federación.

 

Buenos Aires, 8  de Agosto de 2019.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Marcelo C. Scarpa                                        Dr. Eduardo  Massot

Secretario                                                      Presidente

 



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CONGRESO NACIONAL DE DERECHO PROCESAL

Corte de Justicia de San Juan informa sobre próximo Congreso Nacional de Derecho Procesal, a realizarse el 12, 13 y 14 de septiembre de 2019.

Las redes oficiales del Congreso son:





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Convocatoria para cubrir los cargos de Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Victoria, provincia de Entre Ríos (CONCURSO Nº 169, M.P.D.), 

 Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Clorinda, provincia de Formosa (CONCURSO N° 170, M.P.D.),  Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de San Rafael, provincia de Mendoza (CONCURSO N° 171, M.P.D.),  Defensor Público Oficial ante los Juzgados Nacionales en lo Criminal y Correccional y Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, Defensorías Nº 6 y 9 —2 cargos— (CONCURSO Nº 172, M.P.D.) y Defensor Público Oficial ante la Cámara Federal de Casación Penal, Defensorías Nº 3 y 4 —2 cargos— (CONCURSO Nº 173, M.P.D.).


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Circular Nro. 97/2019.- Puesta en marcha del Sistema Informático de Gestión SISFE en la Fiscalía de Cámara de la Circunscripción nro. 1 de Santa Fe

Circular Nro. 97/2019.-

Santa Fe, 14 de agosto de 2019.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 13.8.2019, Acta Nro. 31, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, ha dispuesto lo siguiente:

REPLICA DEL SISTEMA DE GESTION JUDICIAL EN LAS FISCALÍAS DE CÁMARAS DE APELACIÓN Y DEFENSORÍAS DE CÁMARAS DE APELACIÓN DE SANTA FE Y ROSARIO, DEFENSORÍAS GENERALES DE SANTA FE Y ROSARIO, CON SU RESPECTIVAS MESAS DE ENTRADAS ÚNICAS, FISCALÍAS DE PRIMERA INSTANCIA DE SANTA FE Y ROSARIO CON SU MESA DISTRIBUIDORA, DEFENSORÍAS GENERALES Y FISCALÍAS DE LA PROVINCIA, MINISTERIO PUPILAR DE SANTA FE Y ROSARIO, OFICINA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO DEL MINISTERIO PÚBLICO – CUIJ 21- 17608825-4. El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 12 de agosto del corriente año, dictó la siguiente resolución: «… VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: I) Que en el marco del Proyecto de Modernización y Transformación Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, y en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y prácticas de estos tiempos, se han venido incorporando paulatinamente nuevas tecnologías. En este sentido, corresponde hacer referencia en primer lugar a los antecedentes relacionados con la Licitación Pública Internacional N° 10. En virtud de la misma y a través de recursos de financiamiento externo, se adjudicó por contrato suscripto por la Provincia de Santa Fe con la Empresa Indra SI S.A., el diseño, fabricación, prueba, entrega y puesta en servicio de un nuevo “Sistema de Gestión Judicial” (Lote 1 Ítem 1), ajustado a las necesidades de este Poder Judicial, con provisión del hardware necesario. De resultas de dicha ejecución, el sistema fue instalado y puesto en funcionamiento en órganos “modelos” de distintos Fueros e Instancias –un Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, una Sala de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, un Juzgado de Primera Instancia de Circuito, un Juzgado de Primera Instancia Laboral, un Tribunal Colegiado de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, Juzgados de Menores, un Juzgado de Faltas y la Secretaría Técnica de la Corte Suprema de Justicia-. Así también, fueron convertidos a la nueva tecnología los sistemas de los Registros de los Fueros Civil y Comercial y Penal, y los Archivos Generales de Tribunales (correspondientes al Ítem 2 de dicha Licitación); todos los cuales totalizaron 24 dependencias modelos implementadas. II) En orden a lo mencionado, y a fin de dar continuidad al Proyecto Integral -que trasciende los términos previstos en la Licitación y contratación antes referida-, el Poder Judicial consideró propicio iniciar la puesta en funcionamiento del Sistema Integral de Gestión Judicial (SISFE) en el resto de los órganos jurisdiccionales de la Provincia, en reemplazo del sistema informático existente en los mismos. Este proceso, denominado de “Réplica”, comprendió en su primera etapa los Juzgados Civiles y Comerciales de los Distritos Judiciales N° 1 y 2 y sus Mesas de Entradas Única, sumando 30 dependencias judiciales. La segunda fase abarcó 31 unidades jurisdiccionales, correspondientes a las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial y todo el Fuero Laboral -de Primera y Segunda Instancia- de Santa Fe y Rosario, junto a sus Mesas distribuidoras; y los Registros Públicos de la Provincia, en la parte concerniente a la gestión de Mesa de Entradas. En tanto, en la tercera etapa, se avanzó con 62 dependencias, comprensiva de los demás órganos considerados “modelo” en la Licitación anteriormente citada, a saber: los Tribunales Colegiados de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, el Fuero de Circuito de Primera y Segunda Instancia -y sus respectivas Mesas distribuidoras-, y las Cámaras de lo Contencioso Administrativo, todos ellos de Santa Fe y Rosario. A lo cual se sumaron todos los Juzgados de Menores, de Faltas y en lo Laboral de la Provincia, y las Salas de Efectos Secuestrados; junto a la digitalización de las Mesas de Entradas y de los trámites y actuaciones que involucra la gestión de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia Provincial. Asimismo, en una cuarta etapa se continuó con los órganos jurisdiccionales con asiento en los demás Distritos y Circuitos Judiciales de la Provincia. Esta fase comprensiva de 74 dependencias distribuidas en 34 localidades, abarcó las Cámaras de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto, Reconquista y Rafaela; y los Juzgados de Primera Instancia con competencia en lo Civil y Comercial -y en lo Laboral, en su caso-, de los 19 Distritos Judiciales; con sus correspondientes mesas distribuidoras. Además, en esta etapa del proyecto, también se ha extendido el sistema informático SISFE a todos los Juzgados de Familia de la Provincia y a los 27 Juzgados de Primera Instancia de Circuito, en la parte de la tramitación de las causas civiles y comerciales, y laborales según correspondiere. También se amplió a los Equipos Técnicos Interdisciplinarios y las Oficinas de Mediación y de Procesos Sucesorios que funcionan en Santa Fe y en Rosario, haciéndose lo propio respecto de los nuevos órganos jurisdiccionales creados por ley y que se fueron poniendo en funcionamiento. III) Asimismo, y atento a que el proyecto viene llevándose a cabo por etapas, es importante remarcar la interrelación continua entre sus distintas fases. Una de las principales funcionalidades del sistema es el “Código Único de Identificación Judicial” (CUIJ), que reemplaza al antiguo número de expediente. De esta manera, la numeración única y el código de barras permite la identificación unívoca de cada causa a lo largo de todo el proceso y la trazabilidad de los expedientes desde su inicio en la Mesa de Entradas Única cuando así correspondiere, pasando por los órganos jurisdiccionales para su tramitación -en Primera o Segunda Instancia, pudiendo llegar a la Corte bajo el número único- y finalizando en el Archivo General de Tribunales. Del mismo modo, cabe tener presente que dicha herramienta informática permite la digitalización de todos los escritos que se presentan en las dependencias judiciales antes mencionadas; como así también la generación de los decretos y resoluciones en texto completo dentro del mismo sistema y la confección de cédulas firmadas digitalmente para la notificación electrónica. En consonancia con lo expuesto, al ser un sistema único e integral, facilita la gestión a los usuarios y operadores del mismo, dado que independientemente de las configuraciones propias de cada fuero e instancia, son idénticos los módulos y funcionalidades generales con los que cuenta el sistema, como así también la terminología utilizada e interfases gráficas del mismo. De esta manera, y en virtud de lo expuesto, a la fecha 180 órganos jurisdiccionales de Primera y Segunda Instancia de la Provincia, en las materias civil y comercial, laboral, familia, extracontractual, circuito, menores y contencioso administrativo, como así también la Corte Suprema de Justica –tanto en su función jurisdiccional como administrativa- y 24 mesas distribuidoras, vienen operando con el Sistema de Gestión SISFE y utilizando de modo exclusivo, a los fines de la registración e identificación de los expedientes, la numeración única antes referida. Es así que, un total de 249 órganos jurisdiccionales y dependencias judiciales situados a lo largo del territorio provincial, se encuentran trabajando con un sistema informático único e integral, dentro de la misma red de comunicaciones; de los cuales 167 de ellos publican información actualizada de los causas a través del sistema de “Autoconsulta de Expedientes” del Poder Judicial. IV) En orden a lo que se viene mencionando, y teniendo en cuenta el grado de informatización alcanzado, se ha entendido conveniente dar comienzo a una nueva etapa del Proyecto, correspondiente a la integración al mismo sistema informático SISFE, de los órganos que componen el Ministerio Público Extra-penal de la Provincia, en tanto se encuentran comprendidos en la misma red de datos y comunicaciones. Por ello, encontrándose digitalizados e identificados unívocamente con el CUIJ y código de barras los expedientes que tramitan por ante los Tribunales y Juzgados que desarrollan sus actividades con SISFE, la incorporación de estos Órganos a dicha plataforma, ha de permitir la interrelación entre todos ellos, de modo tal que las intervenciones, actuaciones y comunicaciones que se realicen entre los mismos lo sean dentro de la misma herramienta informática; todo lo cual permitirá continuar efectuando el seguimiento integral de cada causa en la que intervengan. En ese mismo sentido, se contemplan módulos y funcionalidades propias directamente relacionados a las diferentes intervenciones y actuaciones que llevan a cabo en relación a esos expedientes; todo ello conforme a la normativa vigente. Siendo así, en la fase inicial de esta nueva etapa, mediante Acuerdo del 2.7.2019 la Corte Suprema de Justicia dispuso la puesta en marcha del sistema informático SISFE de manera simultánea en las Defensorías Generales N° 1, 2, 3, 4 y 5 de Santa Fe y su respectiva Mesa de Entradas Única, a partir del 29.7.2019 y por Acuerdo del 30.7.2019 dispuso lo propio respecto de la Defensoría General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 1, a partir del día 5.8.2019. Que, asimismo, continuando con la materialización de esta etapa, el Alto Cuerpo mediante Acuerdo del 6.8.2019 ha resuelto que las Fiscalías Extrapenales N° 1, 2 y 3 del Distrito Judicial N° 1-Santa Fe- y su Mesa de Entradas Única, comiencen a operar dicho Sistema, en reemplazo de las actuales herramientas informáticas, a partir del día de la fecha. V) Que, en el mismo orden de lo antes mencionado, y en aras de seguir avanzando en el Proyecto, corresponde por tanto disponer su puesta en funcionamiento en la Fiscalía General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 1, quien comenzará a operar el sistema informático SISFE a partir del 20 de agosto del corriente año, en reemplazo de las herramientas informáticas existentes. Asimismo, se llevará adelante la correspondiente capacitación intensiva y soporte de atención a usuarios y se le proveerán los elementos técnicos necesarios a tales fines (escáneres y lectores de código de barras). Que, teniendo en cuenta todo lo mencionado, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: 1) Poner en conocimiento de la Excma. Corte Suprema de Justicia lo actuado en el marco del Proyecto de Réplica, dentro del Proyecto Integral de Modernización del Poder Judicial. 2) Disponer que la Fiscalía General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 1, comience a operar el Sistema Integral de Gestión SISFE, en reemplazo de las actuales herramientas informáticas, a partir del 20 de agosto del corriente año. 3) Hágase saber la presente a la Fiscalía General de Cámaras de Apelación de la Circunscripción Judicial N° 1 –Santa Fe-, a las Fiscalías Extrapenales de la misma sede judicial; y a las Presidencias de Cámaras de Santa Fe, Reconquista y Rafaela. 4) Hacer saber la presente a los Colegios Profesionales, a través de las comunicaciones respectivas; y librar Circular a sus efectos. 5) Delegar en la Secretaría de Informática y en el Área de Auditoría de Gestión, las tareas necesarias para la efectiva ejecución de lo aquí dispuesto. 6) Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA).» Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General Subrogante, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. Fdo. GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. SPULER. MOLINARI. BORDAS (SECRETARIO).—————————

Sin otro particular, lo saludo atentamente.

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno



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SISTEMA DE NOTIFICACION POR MEDIOS ELECTRONICOS CON FIRMA DIGITAL EN EL FUERO LABORAL.

Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela.

SISTEMA DE NOTIFICACION POR MEDIOS ELECTRONICOS CON FIRMA DIGITAL

EN EL FUERO LABORAL.

 

La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela comunica que a partir del 26/08/2019  para autos y resoluciones, y desde el 23/09/2019  para  decretos o providencias,  se implementará el sistema de notificación por medios electrónicos con firma digital en el fuero laboral

 

Por tal motivo,  los profesionales deberán  – con antelación a dichas fechas –  denunciar un correo electrónico en cada expediente del citado fuero que se encuentre radicado por ante esa Cámara de Apelación C.C. y L.,  obligándose a comunicar cualquier cambio, bajo su entera responsabilidad.- Ello a los fines de recepcionar  un “aviso de cortesía” informando que en el “Sistema de Consulta de Expedientes on Line” se encuentra disponible una “cédula de notificación”.-

 

Asimismo, informan que en la web del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe se encuentra disponible para su consulta el  REGLAMENTO APLICABLE AL SISTEMA DE NOTIFICACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS CON FIRMA DIGITAL: http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5916

 


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CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS DE DEFENSOR PÚBLICO OFICIAL FEDERAL EN LOCALIDADES DE ENTRE RÍOS, FORMOSA Y MENDOZA

13 de agosto de 2019

La Defensoría General de la Nación (DGN), a través de la Resolución DGN Nº 1041/19, convoca a concursos públicos de antecedentes y oposición para cubrir cargos de defensor público oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Victoria, provincia de Entre Ríos (CONCURSO Nº 169, MPD); defensor público oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Clorinda, provincia de Formosa (CONCURSO N° 170, MPD); y defensor público oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de San Rafael, provincia de Mendoza (CONCURSO N° 171, MPD).

 

El trámite de los Concursos Nº 169, 170 y 171 será único y se sustanciará ante un mismo Jurado de Concurso, debiéndose desarrollar conforme lo establece el Art. 8, Inc. b) del Reglamento. El período de inscripción para los tres concursos será entre los días 20 de agosto y 2 de septiembre de 2019.

 

Durante dicho período, las/os interesadas/os deberán remitir por correo electrónico a la casilla inscripcionaconcursos@mpd.gov.ar un Formulario Uniforme de Inscripción —FUI—, el que se encontrará disponible en el Portal Web del MPD, respetando los requisitos establecidos en el Art. 18, Inc. a), del Reglamento. Sólo se considerará documento válido para la inscripción el remitido como archivo adjunto al correo electrónico que se envíe al efecto, guardado en formato de tipo Word o PDF, no aceptándose remisiones de enlaces a contenidos en la nube o transcripciones en el “Asunto” o en el cuerpo del correo electrónico.

 

Vencido el respectivo período de inscripción, se iniciará un nuevo plazo de diez (10) días hábiles (Art. 18, Inc. b) del Reglamento) para presentar personalmente o por tercero autorizado —en la Secretaría de Concursos de la Defensoría General de la Nación, sita en Av. Callao 289, piso 6º, Capital Federal, en días hábiles y en el horario de 8.00 a 15.30 horas— o remitir por vía postal a dicha Secretaría, la documentación a la que se refiere el Art. 19, Inc. c) del Reglamento, la que deberá efectuarse ineludiblemente en soporte papel, debidamente foliada y en carpeta o bibliorato. Esta documentación también podrá ser presentada o enviada durante el período de inscripción al que alude el Art. 18 Inc. a), siempre que con anterioridad ya se hubiese enviado por correo electrónico el Formulario Uniforme de Inscripción.

 

El plazo establecido en el Art. 18, Inc. b) del Reglamento vencerá el día 16 de septiembre de 2019.

 

El «Formulario Uniforme de Inscripción», el “Formulario de Declaración Jurada” y el “Instructivo para la Inscripción”, a tenor de lo dispuesto por el Art. 19, Inc. a) del Anexo I de la Res. DGN N° 1244/17 y modif., serán aquéllos que se encuentran publicados en la página web de la Defensoría General de la Nación e identificados como “Documentación necesaria para la inscripción en el presente Concurso”, en la pestaña correspondiente a cada concurso, desde donde podrán obtenerlos los/as interesados/as.

 

Forma de inscripción

Las/os aspirantes llevarán a cabo sus inscripciones en la forma prevista en el Capítulo IV del Reglamento. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento, se deja constancia que, toda vez que la inscripción por vía electrónica puede ser realizada válidamente hasta la finalización del día del vencimiento, no será de aplicación el plazo de gracia contemplado en el último párrafo del Art. 25 del Decreto N° 1759/72. En el supuesto de que la/el postulante contara con alguna discapacidad, deberá poner dicha circunstancia en conocimiento de la Secretaría de Concursos de la DGN, con el objetivo de allanar cualquier dificultad que pudiera presentársele en el momento de rendir las pruebas de oposición. Dicha información tendrá carácter confidencial.

 

Las/os aspirantes deberán constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos del concurso, no pudiendo hacerlo en dependencias del Ministerio Público de la Defensa; y deberán denunciar una dirección de correo electrónico, resultando válidas todas las notificaciones que se practiquen en la misma, de conformidad con el Art. 4º del reglamento aplicable. Será obligación de la/el postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales.

 

En virtud de lo establecido en el Art. 20, inc. d) del Reglamento, transcurridos los diez (10) días mencionados en el Inc. “b” del Art. 18, la/el/las/os postulante/s que no cuente/n con los recaudos exigidos en los apartados 1, 2, 3 y 4 del inciso “c” del Art. 19, será/n excluida/o/as/os del listado de inscriptos.

 

Requisitos personales

Se requiere ser ciudadano argentino, tener veinticinco (25) años de edad y contar con cuatro (4) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, o de cumplimiento, por igual término, de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, con por lo menos cuatro (4) años de antigüedad en el título de abogado (Conf. Art. 31, 3º Párr., Ley 27.149).

 

Integración del Jurado de los concursos

El sorteo por el cual se desinsaculará a las/os integrantes del Jurado que intervendrán en los Concursos Nº 169, 170 y 171 se llevará a cabo en la sede de la Secretaría de Concursos de la DGN el día 30 de septiembre de 2019 a las 13 h.

 

El sorteo será público y documentado en acta, y contará con la intervención como Actuaria/o de una/un funcionaria/o de la Secretaría de Concursos de la DGN con jerarquía no inferior a secretaria/o de Primera Instancia.

 

Publicación de listados

Las listas de inscriptas/os y excluidas/os y de las/os miembros titulares y suplentes del Jurado de Concurso serán notificadas a la/os postulantes en la casilla de correo electrónico oportunamente denunciada, a la/os miembros de los Jurado en la casilla de correo oficial y a las/os juristas por medio fehaciente (Art. 22 del Reglamento citado).

 

Para las presentes convocatorias rige el Reglamento de Concursos conforme Resolución DGN Nº 1244/17.

 


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1° Congreso Latinoamericano de Justicia Restaurativa “Puentes entre filosofías y prácticas restaurativas”.

La Defensoría del Pueblo de Santa Fe, junto con la Defensoría General de Lomas de Zamora, la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA), la Universidad Nacional de Rosario (UNR), la Universidad de Sonora, México, y el Instituto de Mediación de México, organizan el 1° Congreso Latinoamericano de Justicia Restaurativa “Puentes entre filosofías y prácticas restaurativas”.

El evento se realizará los días 29 y 30 de agosto de 2019, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), ubicada en calle Moreno 750 de la ciudad de Rosario.

El objetivo del mismo es generar un espacio de reflexión, producción de conocimiento y promoción de experiencias que promuevan la prevención, gestión, transformación de situaciones conflictivas y la construcción de sociedades más solidarias, tolerantes, participativas e inclusivas.

El congreso está especialmente dirigido a especialistas referentes de la justicia restaurativa a nivel nacional e internacional.

La inscripción para los asistentes es totalmente GRATUITA y para que la misma quede efectivizada es preciso completar el formulario de inscripción que se encuentra en el siguiente link:

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CONVOCATORIA  A  ELECCIONES / CONVOCATORIA  A  ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL  DE  LA PROVINCIA DE SANTA FE – SEDE RAFAELA

CONVOCATORIA  A  ELECCIONES.

De conformidad con lo dispuesto por el art. 27) del Estatuto, el Directorio del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe con sede en la ciudad de Rafaela convoca a sus colegiados a ELECCIONES para la RENOVACIÓN PARCIAL DE DIRECTORIO para el día MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2019, estando a disposición – a partir del 12 de agosto del corriente y  en la sede del Colegio, sita en calle Buenos Aires 168 de la ciudad de Rafaela – los padrones de electores, pudiendo los interesados efectuar tachas durante los diez días posteriores a la exhibición. De acuerdo con el art. 10) del Estatuto, los cargos a cubrir son: Vicepresidente, Primer Vocal Titular (prosecretario), Segundo Vocal Titular (protesorero), Tercer Vocal Titular, Cuarto Vocal Titular, Tercer Vocal Suplente y  Cuarto Vocal Suplente. Todos los electos durarán dos años en sus funciones. El art. 28)  del Estatuto señala que sólo podrá votarse por listas presentadas al Directorio con no menos de diez días de antelación al fijado para el acto eleccionario, las que deberán contar con las firmas de por lo menos 20 colegiados en condiciones de ser electores. El art. 30) del Estatuto establece que si solamente se presentase una lista, no se realizará el acto eleccionario, quedando automáticamente consagrada la lista presentada y oficializada. Rafaela,  12 de agosto de 2019.

 

ENRIQUE C. SOFFIETTI BERGER – PRESIDENTE

CARLA A. BASSANI – SECRETARIA

* * * * * *

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE  SEDE RAFAELA

CONVOCATORIA  A  ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

De conformidad con lo dispuesto por los arts. 5) y 7) del Estatuto, convócase a los Señores Colegiados de la Quinta  Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA a celebrarse  el día   MARTES 10 de SEPTIEMBRE de 2019 a las 19.00 horas en la Casa del Foro, sita en calle Alvear 425 de la ciudad de  Rafaela. La  Asamblea sesionará válidamente con la presencia de por lo menos el 20% de los colegiados. Si tal recaudo no se cumpliera, transcurrida media hora desde la que fuera fijada para la iniciación de la misma, ésta sesionará válidamente cualquiera sea el número de colegiados presentes, según lo dispone el art. 6) del Estatuto.  Se tratará el siguiente:

 ORDEN DEL DIA

1-       Designación de autoridades de la Asamblea.

2-       Designación de dos asambleístas para refrendar el acta correspondiente.

3-       Lectura y consideración del acta de la Asamblea anterior.

4-       Lectura y consideración de la Memoria y Balance del Ejercicio 2018-2019

 

Rafaela,  12 de agosto de 2019.

 

ENRIQUE C. SOFFIETTI BERGER – PRESIDENTE

CARLA A. BASSANI – SECRETARIA

 

 

 

 


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Instituto de Derecho Previsional convoca a reunión

El Instituto de Derecho Previsional convoca a reunión para el día 15/08 a las 15 hs en el colegio de abogados (bs as 168)
Temario: conversar sobre  problemáticas del ejercicio de la profesión, organización de una jornada con destacados profesionales, defensa de las incumbencias profesionales.

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TALLER ENTRENAMIENTO EN RETORICA ESCENICA Y LENGUAJE CORPORAL PARA LA LITIGACION ORAL. SUM, 21y 28 de agosto y 04 de septiembre.

La asistencia al Taller requiere de inscripción previa.

 

Taller introductorio e intensivo de

“ENTRENAMIENTO EN RETÓRICA ESCÉNICA Y LENGUAJE CORPORAL PARA LA LITIGACIÓN ORAL”

 

Presentación general

El taller será de carácter introductorio e intensivo con el objetivo de aportar herramientas básicas sobre retórica escénica y lenguaje corporal específicas, orientadas en las técnicas de litigación para las audiencias y los juicios orales.

Cuando hablamos de retórica hacemos referencia a   la técnica o arte que desde mediados del siglo V a.C analiza y estudia las reglas que logran convencer, persuadir, deleitar, conmover al oyente. Declarada popularmente desde los antiguos como téchne retoriké o ars dicendi, “el arte del decir bien”, advertimos que el decir implica hacer, es decir que “la palabra” debe ser sostenida por el gesto, por la voz, por el cuerpo con el fin de lograr credibilidad y empatía en el auditorio.

La retórica trabaja sobre dos ejes; por un lado el orden sintagmático que opera sobre la estructura sintáctica – gramática del discurso que refiere a la elaboración, combinación y relación entre las frases y las palabras; y por el otro, un orden paradigmático que opera sobre la exposición del discurso es decir, el cuerpo como aparato expresivo, la voz, los tonos, los gestos, todo lo que implica la composición y definición de un estilo del orador. Este eje u orden paradigmático, antiguamente denominado por los retóricos como elocutio y por Aristóteles como la actio, es uno de los vehículos imprescindibles de transmisión y comunicación que da inicio a la acción, y ésta a provocar una reacción en el/la interlocutor/a o auditorio. Dentro de estos elementos y herramientas compositivas se encuentran las figuras gestuales, tonales, posturales que involucran la mirada, la voz, las manos, en síntesis, la comunicación no verbal o lenguaje corporal; como también es importante evidenciar el contexto “escenográfico” que será soporte y parte de esa presentación. Aquí comienzan a involucrarse más ingredientes retóricos como objetos, vestuario, hasta la misma estructura del espacio donde se desarrollará la presentación que no serán elegidos y utilizados “inocentemente”, sino que se seleccionarán para utilizar a partir de ciertos criterios de conveniencia para la concreción de credibilidad y verosimilitud de la exposición, serán parte de la retórica del contexto, de la retórica escénica.

 

Fundamentación

Entonces, ¿a qué nos referimos al hablar de la retórica escénica?.

Parafraseando a uno de los teóricos y hacedores referente del teatro argentino Aldo Pricco, entendemos la retórica escénica como el análisis y la producción de estrategias discursivas de la práctica teatral convenientes para la concreción de una credibilidad y adhesión espectatorial indispensables para el contrato de copresencia entre agentes escénicos y destinatarios.

Cuando hacemos mención de la palabra “escénica” es imposible no remitirnos a la actividad teatral en cuanto a una connotación histriónica y espectacular… El límite entre el teatro y el juicio o audiencia, es que el primero expone la retórica y el segundo no. Es decir, el teatro en su contexto espectacular se caracteriza por la construcción de ficción con criterios artísticos, estéticos y el auditorio presencia el acontecimiento a sabiendas de su carácter ficcional. A diferencia de la representación de juicios orales donde fiscales y defensores intentarán convencer al juez, tribunal y jurado, sobre la veracidad de cada   versión de los hechos y su implicancia en la condena o absolución de una persona.

El conjunto y combinación de elementos retóricos escénicos para la construcción de credibilidad en la exposición de los representantes de las partes serán esencialmente su Teoría del caso, investigada previamente, donde intervendrán testigos, imputado, víctima y objetos en carácter de pruebas que construirán y narrarán la historia, como así también la solvencia expresiva del fiscal o defensor para conducir, guiar y exponer cada momento y actores que componen su teoría.

La acción – reacción, el dominio vincular y el conflicto son algunas de las analogías de la retórica escénica que emergen entre la práctica teatral y las prácticas de la litigación en las audiencias y juicios orales. Sin conflicto no hay juicio, sin conflicto no hay teatro… el conflicto es consecuencia del vínculo y el vínculo se desarrolla entre sujetos, personas. Otra de las analogías que emergen entre una práctica y otra es el “aquí y ahora” de la resolución del conflicto sea en la sala teatral como en la sala de juicio, es el “momento presente” que exige la presencia física de los actores. Sin estos cuerpos presentes no hay   exposición. Entonces, la esencia del teatro radica en el “aquí y ahora” y en el origen de su palabra theatrón que refiere a la actividad contemplativa, al lugar desde donde se mira.

Esta exposición de cuerpos presentes requiere de un entrenamiento expresivo. El dominio correcto del cuerpo, de cada uno de estos componentes expresivos hacen posible la empatía, la verosimilitud como camino a la credibilidad.

Cada movimiento que hace una persona que habla con las manos, con el cuerpo, sea consciente o inconsciente, es una forma de transmisión. Como en el caso del actor, el defensor y el fiscal deben ser conscientes de lo que están transmitiendo en una sala de audiencia, deben tener dominio y registro que hagan posible que vayan por el mismo camino palabra, mente y cuerpo, es su responsabilidad; sin olvidar el papel activo que juega el receptor o auditorio. Para convencer se debe generar interés y un elemento esencial para darle continuidad al interés de escuchar, de seguir el relato o discurso son los cambios en la voz, las pausas, los silencios, la atención que emerge a través del sonido y del gesto. Pensemos en la monotonía sonora que provoca la lectura de un discurso o la oralidad de un relato sin intenciones, sin pausas, sin variaciones rítmicas, sin contacto visual… Por más voluntad y obligaciones que tengamos en prestarle atención pasados unos minutos la concentración será insostenible. La monotonía provoca adormecimiento y distancia como también el excesivo uso de lenguaje técnico.

Para captar atención, transmitir y como resultado persuadir es fundamental ser creíbles, ser verosímiles, es entrenar   ante todo “la naturalidad” o como se dice en la jerga teatral “la organicidad”. ¿Qué queremos decir con “ser naturales”?. Sencillamente no parecer lo que vulgarmente llamamos “armado”, “acartonado” o que suene falso, no creíble. También se nos presenta otra cuestión a resolver, y es consecuencia de la exposición los nervios y la adrenalina, estos suelen ser inevitables. Los movimientos involuntarios, tics nerviosos, bloqueos que obstaculizan la recepción e interfieren en la atención del auditorio. Es aquí donde proponemos trabajar a partir de ejercicios diferentes con el propósito de tomar registro y conciencia de cómo se ven y se oyen para continuar entrenando en la “limpieza” de esos “ruidos” gestuales. Es decir, en otras palabras, la percepción sobre uno mismo puede ser totalmente diferente de lo que perciben los demás y aquí es donde comenzamos el camino hacia la verosimilitud y la persuasión.

El objetivo de intervenir desde la mirada retórica escénica es brindar una metodología de entrenamiento conformada por ejercicios de algunas técnicas teatrales y pertinentes a combinar con las técnicas de litigación, que estimularan la creatividad, la confianza y los sentidos aportando herramientas, recursos que servirán de apoyo y facilitarán la toma de consciencia en el manejo del propio cuerpo y así poder discernir y regular movimientos, posturas corporales, gesticulaciones propias que favorecerán al abogado en la audiencia o juicio. Estos ejercicios desarrollarán y permitirán tener una conciencia de la propia imagen con un “diagnóstico”, si se quiere, de las actitudes y movimientos que se podrían potenciar como los que tal vez convenga modificar. Con el objetivo de coadyuvar el estilo de cada abogado. El estilo personal es una combinación única de elementos que incluyen el control y la coordinación del cuerpo, cerebro y la voz.

 

Objetivos generales:

  • Estimular el interés por ampliar la capacidad creativa y de recursos expresivos a través del cuerpo y los sentidos.
  • Lograr que el alumno se desestructure racional y corporalmente.
  • Elaboración y desarrollo de ópticas variadas como camino a la empatía.
  • Estimular el contacto vincular y empatía   a través de ejercicios que desarrollan la escucha y la toma de conciencia sobre el registro de “el otro”. Estimulación vincular.
  • Desarrollar en el alumno herramientas de improvisación corporal y oral para poder enfrentar imponderables o bloqueos posibles en la exposición.
  • Trabajar el contacto visual – sostenimiento, proyección y vínculo. El contacto visual como una de las herramientas fundamentales en la persuasión.
  • La voz, expresión oral, entonaciones, variación rítmica y silencios.
  • Tener conciencia de la imagen y presencia como signos y estímulos parte de la comunicación.
  • Manipulación de objetos y evidencias.
  • Trabajar el poder de síntesis y elaboración de frases que generen impacto. Despojar el lenguaje técnico.
  • Utilización de silencios retóricos, la improvisación no es sólo palabra.

Metodología de trabajo y material de apoyo didáctico:

  • La metodología de trabajo es dinámica y práctica, con actividades y ejercicios que desarrollan y estimulan en primera instancia el mundo de los sentidos y la desinhibición para luego, sumarlos como herramientas imprescindibles que hacen posible manipular las destrezas básicas de exposición y oratoria.
  • Observación y análisis de video que introducen a la toma de conciencia sobre la relevancia del manejo de las herramientas básicas para la exposición y la vinculación con el interlocutor.
  • Exposición sobre aspectos teóricos.
  • Simulacros y juegos de roles con anclaje en las distintas instancias de juicio.
  • Elementos para la composición narrativa de alegatos. Composición expresiva.
  • Ejercicios de dominio vincular y dialéctica con anclaje en examen directo y contra.
  • Exposiciones grupales e individuales. Análisis y devoluciones.

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INSTITUTO DE MEDIACION INFORMA

Atento a lo requerido por la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la provincia de Santa Fe, desde el Instituto de Mediación consideramos indispensable recordar a los colegiados la obligatoriedad de cumplir en los procesos de mediación prejudicial obligatoria con los aportes profesionales del mediador ( 13 %) en el momento de abonar sus honorarios, como así también acompañar la boleta de inicio de mediación.



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CAPACITACION EN MARIA JUANA A CARGO INSTITUTO DERECHO ANIMAL

Este miércoles 31 de julio de 2019 nuestro Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial estuvo presente en María Juana, capacitando a abogados, funcionarios comunales, funcionarios policiales, proteccionistas y público en general. La «Charla Sobre Maltrato Animal: Cómo Proceder según Ley Penal N° 14.346» tuvo lugar en la Casa del Bicentenario de dicha localidad, fue una actividad no arancelada y se entregaron certificados de asistencia. Expusieron la Directora y la Secretaria del Instituto de Derecho Animal, Abog. Eliana Fortbetil y Abog. Antonela Brusa, respectivamente; y la colaboradora externa Abog. Gabriela Cepeda. El evento fue organizado por la Comuna de esa localidad, en el marco de sus fiestas patronales, con gran repercusión y concurrencia. Se trataron los siguientes temas: análisis de la Ley de Maltrato y Crueldad Animal (Ley Nac. nro. 14.346), análisis de la Ley de Equilibrio Poblacional de Perros y Gatos (Ley Pcial. nro. 13.383), análisis del procedimiento procesal penal y de la intervención policial en casos de maltrato y crueldad animal (denuncia, estrategias, etc.).


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CURSO DE POSGRADO DISCAPACIDAD Y DERECHOS

El día 2 de agosto comenzó a dictarse el curso de Posgrado  Discapacidad y Derechos a cargo del disertante Dr. Juan Antonio Seda.

https://www.argentina.gob.ar/juan-antonio-seda

http://www.derecho.uba.ar/investigacion/investigadores/cv/juan-antonio-seda.php

https://www.facebook.com/2014815765264182/posts/2392926390786449?sfns=mo




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REUNIONES INSTITUTOS

*REUNIÓN DEL INSTITUTO DE DERECHO INFORMÁTICO
JUEVES 08 DE AGOSTO DE 2019
A LAS 12.00 HS. CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

*REUNIÓN DEL INSTITUTO DE DERECHO LABORAL
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2019
A LAS 18.30 HS. CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

*REUNION DEL INSTITUTO DE DERECHO DE FAMILIA
JUEVES 08 DE AGOSTO DE 2019  A LAS 14.30
CASA DEL FORO (Alvear 425)

 

 

 

 

 

 


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Circular nro. 94. Llamado a concurso para cubrir un cargo de Defensor Regional del S.P.P.D.P. – 3ra. Circunscripción.

Circular N° 94/19.-

 

Santa Fe, 02 de agosto de 2019.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de ese órgano jurisdiccional, que el día 01.08.2019 se ha recepcionado email del Consejo de la Magistratura de la Provincia donde se adjunta Nota N° 130 que textualmente dice: “Tengo el agrado de dirigirme a usted conforme a lo establecido por los artículos 7º, 9º y 29º del Decreto Nº 854/16, adjuntando a la presente el llamado a concurso de oposición, antecedentes y entrevista personal para cubrir cargo de: Defensor Regional del S.P.P.D.P. – 3ra. Circunscripción.- Al respecto, estimaré de Ud. la más amplia difusión de esta convocatoria para que llegue a conocimiento de los interesados.- Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para saludarlo muy atentamente.”

Se adjunta a la misma el LLAMADO A CONCURSO, que textualmente expresa: “De conformidad con lo establecido por el artículo 7° del Decreto N° 0854/16, Resolución del M.J.y.D.H. Nº 0128/16 y la Resolución Nro. 027 /19, por la cual el Presidente del Consejo de la Magistratura resolvió llamar a Concurso Público de oposición, antecedentes y entrevista personal para cubrir el siguiente cargo:

DEFENSOR REGIONAL DEL

SERVICIO PÚBLICO DE LA DEFENSA PENAL: (1 CARGO)

DEFENSOR REGIONAL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Nº 3

Miembros integrantes del Cuerpo Evaluador: Por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial: Titular: Dr. GUSTAVO SALVADOR. Por los Estamentos Académicos: Titular: Dr. DANIEL ERBETTA por la Universidad Nacional de Rosario. Por los Colegios de Abogados: Titular: Dr. CLAUDIO PUCCINELLI.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN: 10 DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS. Fecha de inicio de inscripción: del LUNES 5 DE AGOSTO DE 2019 a las 08:00 hs. hasta las 12:00 hs. del día VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2019.-

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN: Los interesados deberán completar el formulario de inscripción en el sitio web del Consejo de la Magistratura: www.santafe.gov.ar > Justicia y Derechos Humanos > Consejo de la Magistratura > Concursos de Fiscales y Defensores > En inscripción y entregar en la sede del Consejo de la Magistratura – Amenábar 2689 (3.000 – Santa Fe) ó en la Delegación Rosario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Santa Fe 1950 (2.000 – Rosario) una carpeta en soporte papel conteniendo la acreditación de sus antecedentes, en original y copia.-

No se recibirán solicitudes luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la inscripción.”. Fdo. LEANDRO MAIAROTA – Presidente del Consejo de la Magistratura – Provincia de Santa Fe – Ministerio de Justicia y DD HH.

Saludo a Ud. atentamente.-

 

 

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno


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#SerMarketing 2019

Organizado por la CPMRR del Centro Comercial e Industrial, el #SerMarketing 2019 contará en esta ocasión con ocho disertantes de primera línea, que tratarán diversas temáticas que generan tendencias e innovación en los negocios.
Este año el #SerMarketing se encuentra renovado, con un enfoque más intenso y abarcativo que en sus ediciones anteriores. Ya no busca solo ser el referente del marketing de la región, sino transformarse en el evento de managment más convocante de la provincia.
El evento se desarrollará el 15 de agosto, desde las 10.30 hasta las 16.30 en el Cine Las Tipas. El 16 de agosto, por otra parte, habrá un post-evento, a modo de taller en el Centro Comercial e Industrial de Rafaela y la Región.
Oradores:
“Experiencia del cliente” – Hugo Brunetta
“Construcción de marca” – Santiago Olivera
“Mitos y realidades de la RSE” – Julián D’angelo
“Transformación Digital” – Débora Slotnisky
“Ventas Inteligentes” – Alejandro Cabral
“Liderazgo y motivación” – Ingrid Rivera
“Amores Perros” – Laura Lichmaiter
Precios y puntos de venta:
Público General Con Comida: $ 2.480,00
Punto De Venta: CCIRR (Necochea 84 – Rafaela) – Evenbrite
Preventa Con Comida: $ 1.480,00
Punto De Venta: CCIRR (Necochea 84 – Rafaela) – Evenbrite
Socios CCIRR Con Comida: $ 1.480,00
Punto De Venta: CCIRR (Necochea 84 – Rafaela) – Evenbrite
Estudiantes Con Comida: $ 1.080,00
Punto De Venta: CCIRR (Necochea 84 – Rafaela) – Evenbrite
Estudiantes: $ 800,00
Punto De Venta: CCIRR (Necochea 84 – Rafaela) – Evenbrite
Socios CCIRR $ 1.200,00
Punto De Venta: CCIRR (Necochea 84 – Rafaela) – Evenbrite
Preventa: $ 1.200,00
Punto De Venta: CCIRR (Necochea 84 – Rafaela) – Evenbrite
Público General: $ 2.200,00
Punto De Venta: CCIRR (Necochea 84 – Rafaela) – Evenbrite

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Taller de Revisión de Prácticas y Nuevas Herramientas para la Gestión de Conflictos

El CASF informa a los Abog. Mediadoras y Mediadores la realización de un Taller de Revisión de Prácticas y Nuevas Herramientas para la Gestión de Conflictos, el cual se desarrollará los días 15 y 16 de Agosto de 2019en el Salón de Actos “Dr. Gregorio Parera” de la Casa del Foro, sito en calle 3 de Febrero 2761, Planta Baja.

Esta actividad cuenta con la certificación de 10 horas homologadas por la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

El programa organizado prevé lo siguiente:

15 de Agosto: 9,30 horas. Acreditaciones. 10. Apertura de las Jornadas , a cargo de autoridades del Colegio de Abogados de la 1º Circunscripción de Santa Fe, Gobierno de la ciudad de Santa Fe, y la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

10,30. “Taller Justicia Juvenil con enfoque restaurativo”, a cargo del Lic. Diego Marks, Asesor de la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos y de la Dra. Raquel Munt, Directora Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

12,30 Conversatorio “Empoderamiento comunitario” a cargo de la Dra. Raquel Munt, Directora Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y representantes del Gobierno de la Ciudad, participación de la Diputada Nacional por la Provincia de Santa Fe, Dra. Astrid Hummel, y Abog. Med. Lucrecia Fenocchio, Instituto de Mediación del Colegio de Abogados de Santa Fe, modera Abog. Med. Lisandro Antonio Genero, Jefe Departamento Mediaciones Comunitarias del Gobierno de la Ciudad de Santa Fe.

Break.

15 a 18 horas. Revisión de prácticas de métodos adecuados para la gestión de conflictos, a cargo de Jorge Leoz, Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

16 de Agosto. 10 a 13. Segunda Etapa de la Capacitación, a cargo de Jorge Leoz. Cierre.

Esta iniciativa está destinada a Abog. Mediadoras y  Mediadores.

Los cupos son limitados.

Formulario de pre inscripción

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Ac. 131/19 Horario Tribunales Federales de Rosario

DISPONER LA MODIFICACIÓN DEL HORARIO DE LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y DEL PERSONAL DE SERVICIO Y MAESTRANZA DE LA JURISDICCIÓN DE ESTA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO.

 

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de julio del año dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones;

Y VISTO:

1) La petición formulada por el Colegio de Abogados de Rosario, en la reunión celebrada con los vocales de esta Cámara el día lunes 10 del corriente mes y año respecto del horario de atención al público de los Tribunales Federales de esta ciudad, en base a diversas razones que se expusieron.

2) La nota de fecha 23/05/2019 presentada por el Dr. Lisandro Casale, Secretario General de la Regional N° 8 que abarca las ciudades de Rosario, Santa Fe, San Nicolás, Rafaela y Venado Tuerto de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación en la que solicita que se deje sin efecto la Acordada nº 117/93 con relación al horario del personal de servicio y maestranza.

3) Por Acordadas nº 117/1993 y 183/94 se reglamentó el registro de asistencia del personal administrativo y técnico y el de servicio y maestranza del asiento de esta Cámara Federal de Apelaciones, por las que se estableció el horario de 7 a 13 para los primeros y de 6.30 a 13 para los dos últimos (6 horas para el personal administrativo y técnico y 6.30 horas para el de servicio), sin perjuicio de su prolongación o modificación, con una tolerancia de 15 minutos para la registración del ingreso, respetándose las horas de trabajo establecidas por el Reglamento para la Justicia Nacional. (Arts. 1 y 3 del Anexo de la Acordada nº 117/93).

4) El art. 6 del Reglamento para la Justicia Nacional que establece un horario no menor de seis horas y faculta a las cámaras a establecer el propio con aprobación de la Corte Suprema.

Y CONSIDERANDO:

1º) Que a fin de facilitar la prestación de un mejor y más eficiente servicio de justicia, teniendo en cuenta que la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación y otras Cámaras Federales del país como La Plata, Córdoba, Mar del Plata, San Martín, Mendoza y de C.A.B.A., han establecido el horario de 7.30 a 13.30 para el funcionamiento de los órganos judiciales de sus respectivas jurisdicciones, así como las consultas realizadas a los sectores interesados,  el pedido efectuado por el Colegio de Abogados de la 2da. Circunscripción, y las demoras generadas por las extensas distancias de traslado de quienes cumplen funciones en esta sede por residir en zonas alejadas de estos tribunales federales o incluso, en otras localidades aledañas a esta ciudad; este Tribunal entiende conveniente modificar el horario de atención al público y el que debe cumplir el personal administrativo y técnico de los Tribunales Federales de Rosario, el que se fijará de 7.30 a 13.30 (seis horas), a partir del 1° de enero de 2020.

2º) Asimismo, teniendo en cuenta el horario establecido para el personal de servicio y maestranza por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación y la mayoría de las Cámaras Federales del país -como Posadas, Comodoro Rivadavia, Paraná, Salta, General Roca, Tucumán, Córdoba, Mendoza, San Martín, La Plata y Bahía Blanca, lo que surge de la consulta  realizada por Secretaría- , se estima conveniente adecuar el horario de dicho personal de la jurisdicción de esta Cámara Federal al dispuesto precedentemente, y fijarlo, a partir del 1º de enero de 2020, de 7.30 a 13.30 (seis horas diarias) para los Tribunales Federales de Rosario, y de 7 a 13 (seis horas diarias) para el resto de la jurisdicción. Sin perjuicio de ello, los Magistrados podrán modificar el horario de ingreso y egreso de aquellos cuando así lo requieran razones de mejor servicio o necesidades funcionales del Juzgado o Tribunal, con el debido cumplimiento de las 6 horas laborales diarias (art. 6 del Reglamento para la Justicia Nacional y Acordada nº 186/2015 de este Tribunal)

3º) Cabe precisar que se mantiene lo establecido en el punto 3) de los Vistos sobre la reglamentación del horario de tolerancia aunque adaptado al que se fija por la presente y que la fecha de vigencia indicada de la modificación que se postula queda sujeta a que se expida oportunamente el superior.-

En su mérito,

ACORDARON:

  1. I) Fijar el horario de atención al público para los Tribunales Federales con sede en la ciudad de Rosario, a partir del 1° de enero 2020, de 30 a 13.30, por los motivos expuestos precedentemente.
  2. II) Modificar parcialmente el art. 1° del Anexo de la Acordada nº 117/1993 y disponer que el horario para el Personal Administrativo y Técnico de los Tribunales Federales de esta ciudad de Rosario será de 30 a 13.30, a partir del 1° de enero de 2020, sin perjuicio de la prolongación o modificación del horario de ingreso y egreso cuando así lo requieran razones de mejor servicio.

III) Modificar parcialmente el art. 1° del Anexo de la Acordada nº 117/1993 y disponer que el horario del Personal de Servicio y Maestranza de la jurisdicción de esta Cámara Federal de Apelaciones será, a partir del 1° de enero de 2020, de 7.30 a 13.30 para los Tribunales Federales de la ciudad de Rosario, y de 7 a 13 para el resto de la jurisdicción, sin perjuicio de la prolongación o modificación del horario de ingreso y egreso cuando así lo requieran razones de mejor servicio.

  1. IV) Los Magistrados podrán modificar el horario de ingreso y egreso del Personal de Servicio y Maestranza cuando así lo requieran razones de mejor servicio o necesidades funcionales del Juzgado o Tribunal, con el debido cumplimiento de las 6 horas laborales diarias ( 6 del Reglamento para la Justicia Nacional y Acordada nº 186/2015 de este Tribunal) y la respectiva comunicación de los juzgados de primera instancia a esta Cámara Federal.
  2. V) Poner de resalto que se mantienen vigentes las disposiciones del art. 3 de la Acordada nº 117/1993 – tolerancia horaria de 15 minutos para el ingreso- y la Acordada nº 186/2015.
  3. VI) Comunicar a la C.S.J.N. la presente para su aprobación (art. 6 del R.J.N. y art. 22 Ley 4055); dejando sentado que la fecha indicada para su aplicación estará condicionada a la decisión del superior.

VII) Librar las comunicaciones pertinentes y hacer saber a los Colegios de Abogados de la Jurisdicción.

Todo lo cual dispusieron, ordenando que se registre en el protocolo de Resoluciones de Superintendencia y se comunique, por ante mí que doy fe. (firmado) Dres. ANÍBAL PINEDA – JOSE GUILLERMO TOLEDO – FERNANDO L. BARBARÁ – ELIDA I. VIDAL –  Jueces de Cámara – Raquel N. BOLZICO, Secretaria de Cámara.-







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DIPLOMATURAS ONLINE UNIVERSIDAD BLAS PASCAL Inicio AGOSTO – MEDIAS BECAS DISPONIBLES PARA COLEGIO DE ABOGADOS

La Red Pascal Rafaela  informa que se encuentra disponible una nueva edición de Cursos y Diplomaturas online de la Universidad Blas Pascal y tal como en la edición anterior, dispone de becas que cubren hasta el 50% de los aranceles.

Las becas se sortearán entre los matriculados de este Colegio de Abogados inscriptos en los Cursos / Diplomaturas que se detallan a continuación.

Recordamos que para acceder al beneficio,  la inscripción deberá efectuarse personalmente en la oficina de la Red Pascal Rafaela – Av. Santa Fe 690-  o telefónicamente al 3492 604255 o bien vía mail a rafaela@redpascal.com.ar.

 





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II CONGRESO SANTAFESINO SEGURIDAD SOCIAL

Seguridad Social. Cobertura en Tiempos de Crisis. Posibles Soluciones

 

El CASF informa la realización del Segundo Congreso Santafesino de Seguridad Social, los días 8 y 9 de Agosto de 2019, bajo el título: Seguridad Social. Cobertura en Tiempos de Crisis. Posibles Soluciones, el cual tendrá lugar en el Salón “Gregorio Parera” de la Casa del Foro, sito en 3 de Febrero 2761, Planta Baja.

Según confirmaron los organizadores del Instituto  de Seguridad Social del CASF se procura ofrecer una mirada de cómo ha sido la evolución normativa y jurisprudencial de los temas que preocupan a la sociedad en la materia; algunos de ellos ya abordados durante el primer Congreso. En general, se analizará las políticas públicas en la Seguridad Social, posible Reforma Previsional, Vejez poblacional, financiamiento, y su impacto.

El programa elaborado consiste en lo siguiente:

DIA 1: 08/08/2019

8:30  – Inscripciones y Acreditaciones

TEMARIO Y PANELES:

Políticas Públicas

“El siglo XX ha ocurrido” – “Aportes de las Políticas Públicas para un Modelo Santafesino de Seguridad Social.”  “Vulnerabilidad y  Poder Fiscal”.

Régimen Provincial de la Seguridad Social. Perspectivas.

Régimen Previsional Nacional. Pensiones – Retiro por Invalidez. PUAM. Moratorias. Jurisprudencia.

Discapacidad: El derecho a la Seguridad Social de las personas con discapacidad. Análisis del Art.28 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y Decreto.

Taller teórico-práctico de Derecho Tributario:

Impuesto a las ganancias en los haberes jubilatorios. Su inconstitucionalidad. Vías Procesales más idóneas.

DÍA 2: 09/08/2019

10.15 “Seguridad Social Argentina, ¿Dónde estamos, a donde vamos?

Desigualdades: implicancia en la Seguridad Social.

Ancianidad: La efectiva Protección y garantía de los Derechos Humanos a la salud y a la previsión en la CIDPA.

Derecho Laboral: Reforma del Art. 252/253 de la LCT. Repercusión en el ámbito Previsional

Litigiosidad previsional.

Financiamiento: Asignación de fondos de la seguridad Social.

Obras Sociales. Jubilados Derecho de Opción. Conservación de la obra social en actividad. Carácter facultativo del cambio de Cobertura. INSSJP, afiliación hijo mayor discapacitado. La seguridad Social como derecho vulnerable.

Taller teórico-práctico  Ejecución de Sentencia.

Reajuste de haberes jubilatorios. Liquidaciones. Impugnaciones.

Conclusiones

Disertantes: Ávalos, Martín; Barcarolo, Verónica; Berzero, Alicia; Candioti, Mariano;  Carnota, Walter; Coronel, Liliana; Crespo, Mercedes;  Depetre, Patricia; Despoulis Netri, Federico, Elías, Daniel; Grushka, Carlos;  Jáuregui, Guillermo, Paganini, Mario; Peña, Mariela; Pepe, Carlos; Porta, Lucrecia; Romero, Eliana; Salinas, Jose; Sequeira, Laura;  Sordo, Valeria;  Vidal, Elisabet;  Zacarías, Nora.

Inscripciones

El costo de las inscripciones anticipadas ha sido fijado del siguiente modo: Profesionales en general hasta el 15 de Julio: $ 2.000. Luego de dicha fecha $ 2.500  Dichos montos también se podrán abonar con tarjeta de crédito del NBSF hasta en (6) pagos sin interés, y con las restantes tarjetas conforme la respectiva financiación de la entidad bancaria.

 

 

 

 

 

 



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Nota – Presentación ante el Señor Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidad sobre independencia de magistrados y abogados

Señor/a Presidente del

Colegio de Abogados

PRESENTE

De nuestra mayor consideración:

          La Federación Argentina de Colegios de Abogados en continuidad  con lo resuelto por la Junta de Gobierno celebrada el día 14 de junio de 2019 en la ciudad de Dolores, da a conocer la presentación ante el   Señor Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidad sobre independencia de magistrados y abogados, Doctor Diego Garcia Sayán , en la oficina de Naciones Unidas en Ginebra, en relación a las escuchas telefónicas.

          Adjuntamos nota y Resoluciones de esta Federación.

          Atentamente.

cid:image001.png@01D384A1.896BF0B0

Dr. Marcelo C.C. Scarpa

Secretario


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COMISION DE ASUNTOS REGIONALES Y MUNICIPALES – GACETILLA 1 – FACA

Federación Argentina de Colegios de Abogados

Buenos Aires, 24 de Junio de 2019.

Señor Presidente

Colegio de Abogados

Presente

                               Tenemos el agrado de dirigirnos a UD en esta nuestra primer Gacetilla informativa de la  Comisión de Asuntos Regionales y Municipales de la FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS.

                                La Comisión fue creada a instancia del Colegio de Abogados de La Matanza por iniciativa del Presidente de FACA Dr. Eduardo Massot.

                                La propuesta fue efectuada en la reunión de los Órganos de la Colegiación en la ciudad de Mercedes B, en agosto de 2018 y definitivamente aprobada en la reunión de Villa Mercedes, San Luis de marzo de 2019. El 5 de junio se propusieron las autoridades en la primera reunión de la Comisión en Buenos Aires y el 13 de junio fueron ratificadas por la Mesa Directiva en la reunión de Dolores, Pcia de Buenos Aires.

                                 La denominación de la Comisión pretende referir a una visión interdisciplinaria de las temáticas regionales y municipales, con base en el derecho, propio de nuestra formación profesional.

                                 En la primera reunión estuvieron presentes delegados de los Colegios de Abogados de La Matanza, La Plata, Morón y San Martín. Dres. Daniel Fernando Baraglia, Osvaldo Jorge Camerucci, C.A. La Matanza, Jessica Seimandi  y Raúl Luis Montero C.A. la Plata, Roberto C. Espósito C. A. San Martín, Enrique Louteiro,  Adrian Sergio Centrángolo y Rubén Alberto García C.A. Morón.   Se espera poder continuar ampliando la base de participación, para ello hoy día contamos con medios de comunicación informáticos que nos ayudarán a hacerlo.

                                  Para la primera reunión tuvimos la adhesión de distintos especialistas en el tema, con los cuales pretendemos poder contar con un Consejo Asesor y continuar ampliándolo.  Nos acompañaron Néstor Losa profesor de la Facultad de Derecho UBA  en Derecho Constitucional y Municipal; Susana Campari Facultad de Derecho y Facultad de Ciencias Económicas UBA Maestría en Gobiernos Locales, Rubén A. García profesor Facultad de Derecho UM Derecho Público Provincial y Municipal y Leopoldo Fidyka Ministerio del Interior de la Nación, Secretaría de Políticas Públicas, Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad y Participación Ciudadana. Nos enviaron misivas de adhesión Carlos Rey, Presidente de la Federación Argentina de la Justicia Municipal de Faltas, Walter Fernández Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Morón, Domingo Jorge Collia Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Morón, Daniel Cravacuore, Politólogo profesor de la Universidad Nacional de Quilmes y Presidente de FINDEL – Fundación internacional para el Desarrollo Local, Ivan Darío Tenaglia Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Planificación de la Asesoría General de Gobierno de la Pcia de Bs. As y profesor de la Universidad Nacional del Nordeste de la Pcia de Bs. As, Orlando Pulvirenti Director Nacional en el Ministerio de Justicia, especialista en Derecho Municipal, Enrique Marchiaro Colegio profesor Facultad de Derecho UCA Rafaela, Pcia de Santa Fe especialista en Derecho Municipal y Susana Battista, Socióloga especialista en asuntos locales profesora de la Universidad Nacional de La Matanza.

                              En esa primera reunión luego de un intercambio de ideas prevalecieron como  temas a desarrollar los que detallamos: a) Nuevas corrientes legislativas que afectan las autonomías municipales, b) Asignación de recursos municipales, c) el Derecho de la Ciudad , d) Distribución de competencias entre Nación –Provincias-Municipios.

                             Un tema que abarca en general a los Municipios de la República Argentina es el de Accesibilidad ciudadana a la normativa municipal en las páginas web de los Municipios, con aspectos a construir del Digesto en todos ellos, y que la Comisión podría señalar e impulsar conjuntamente con los Colegios.

                             Estamos trabajando para ver la posibilidad de reunir la Comisión en el mes de agosto con motivo de la reunión de los Órganos de la Colegiación que organiza el Colegio de Abogados de Mercedes B, que recuerda la iniciativa de hace un año. El tema principal de la reunión sería: Nuevas corrientes legislativas que afectan las autonomías municipales y como segundo la Accesibilidad Ciudadana a la normativa municipal en la página web del Municipio.

                             Por último se reitera la invitación  a los Colegios asociados a enviar Delegados a esta Comisión, a cuyo fin facilitamos los siguientes correos electrónicos. Director Daniel F. Baraglia Email danielbaraglia@gmail.com; Directora adjunta Jessica Seimandi Email vicepresidente@calp.org.ar; Secretario Osvaldo Camerucci Email ocamerucci@yahoo.com.ar

                                  Saludamos a UD con la mayor consideración.

 

Osvaldo Camerucci            Jessica Seimandi                       Daniel F. Baraglia

Secretario                Directora Adjunta                        Director


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Circular nro. 87. Personal que actuará durante la Feria Judicial de Invierno del año 2019.


Texto completo: http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6030


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Ac Nº 114/2019
DESIGNACIÓN DE LAS AUTORIDADES DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO PARA LA FERIA JUDICIAL DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2019.

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de junio del año dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo Extraordinario los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones; 

Y VISTO: 
Lo dispuesto por el art. 115 del Reglamento para la Justicia Nacional.  
En su mérito,

ACORDARON: 
I) Designar las autoridades de esta Cámara Federal que se desempeñarán durante la Feria Judicial del mes de Julio de 2019:
CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES:  
del 10 al 16: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ.
del 16 al 23: Dr. Aníbal PINEDA.
el 22 y 23: Dr. José Guillermo TOLEDO.

PRESIDENTES DE FERIA:
del 10 al 16: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ 
del 17 al 23: Dr. Aníbal PINEDA
                        SECRETARIOS DE CAMARA:
                        del 10 al 12 y del 16 al 23: Raquel BOLZICO
                        del 16 al 23 : Valeria MALGIOGLIO 
                        del 10 al 14: Isabel Fabiola MONTESINOS
                        del 15 al 18: Esteban FALISTOCCO
                        del 19 al 23: Verónica VILLATTE
                        del 10 al 16: María Victoria RUIZ
                        del 17 al 23: María Candelaria ROIBÓN 
                        22 y 23: Rogelio Pablo YURMAN

II) Disponer que las autoridades designadas nombrarán el personal que los secundará. 

III)  Fijar el horario de atención al público de 7 a 13 horas.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia y se comunique, por ante mí que doy fe. (firmado) Dres. ANÍBAL PINEDA – JOSE GUILLERMO TOLEDO – FERNANDO L. BARBARÁ - ELIDA I. VIDAL -  Jueces de Cámara – Valeria M. MALGIOGLIO, Prosecretaria de Cámara.-                                                                              



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Nuevos montos a percibir por nuestros Jubilados y Pensionados

VIGENCIA: JULIO DE 2019

Comunicamos a nuestros Afiliados que, a partir del JULIO DE 2019, rigen los nuevos valores de Aportes como así también los nuevos montos a percibir por nuestros Jubilados y Pensionados, quedando de la siguiente manera:

   APORTES HABER JUBILATORIO HABER PENSIÓN
BÁSICA $ 50.000.- $ 25.500.- $ 20.400.-
CATEGORÍA ‘A’ $ 100.000.- $ 38.250.- $ 30.600.-
CATEGORÍA ‘B’ $ 150.000.- $ 51.000.- $ 40.800.-
CATEGORÍA ‘C’ $ 250.000.- $ 76.500.- $ 61.200.-

 




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Agradecimiento Precongreso de Niñez, Familia y Adolescencia

  El Colegio de Abogados de Rafaela agradece la participación expositores, ponentes, autoridades de paneles, colaboradores y asistentes al Precongreso de Niñez, Familia y Adolescencia celebrado en la ciudad de Rafaela el pasado 14 de junio.

    Fue una jornada sumamente fructífera,  en la que se compartieron conocimientos y experiencias en pos del amparo y protección  integral de los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes.

    Agradecemos a ALAMFPyONAF por invitarnos a ser parte y coorganizar un evento de tal importancia.

    Asimismo, mencionamos, especialmente, a los alumnos y alumnas del Taller de Plástica y Reciclado del Liceo Municipal «Miguel Flores» y a su profesora Clide Carlini por acompañarnos con sus hermosas obras durante toda la jornada.


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NUEVA APLICACIÓN MÓVIL PARA LA CONSULTA DE EXPEDIENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE.

Circular Nro. 84/2019.-

Santa Fe, 26 de junio de 2019.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Se dirige la presente a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que la Corte Suprema de Justicia mediante Acuerdo Ordinario del 11.6.2019, Acta N° 22 punto 31, ha dispuesto la habilitación de la aplicación móvil para la consulta de expedientes del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe.

El nuevo servicio “SISFE – Autoconsulta de expedientes” que se pone a disposición de los profesionales y partes de un proceso judicial, estará disponible a partir del 1 de julio de 2019 a modo de experiencia inicial y por el lapso de seis meses. En una primera etapa funcionará para los dispositivos móviles que cuentan con sistema operativo Android y la descarga de la aplicación se realizará desde la respectiva tienda de aplicaciones.

A mayor abundamiento se transcribe la parte pertinente del Acuerdo citado: NUEVA APLICACIÓN MÓVIL PARA LA CONSULTA DE EXPEDIENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE. El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 10 de junio del corriente año, dictó la siguiente resolución: «… VISTAS: Las actuaciones caratuladas “NUEVA APLICACIÓN MÓVIL PARA LA CONSULTA DE EXPEDIENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE” (CUIJ N° 21-17609323-1); y, CONSIDERANDO: I) Que en el marco del Proyecto de Modernización y Transformación Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, se han venido incorporando nuevas tecnologías de manera gradual y paulatinamente, en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y prácticas de estos tiempos. Que como un importante eslabón en la relación con los auxiliares de la Justicia y la ciudadanía, desde el año 2000 se encuentra en funcionamiento el sistema de Autoconsulta de Expedientes del Poder Judicial, al cual se accede desde la página web oficial www.justiciasantafe.gov.ar. Este mecanismo de consulta viene posibilitando que los profesionales y partes de un proceso judicial puedan acceder a través de internet, a información actualizada de las causas judiciales de los Fueros donde se encuentra habilitado. Esto es, los órganos jurisdiccionales de Primera y Segunda Instancia de la Provincia, incluida la Secretaría Técnica de la Corte Suprema, en las materias civil y comercial, laboral, familia, extracontractual, circuito y contencioso administrativo; que totalizan más de 160 organismos situados en toda la geografía de la Provincia y vinculados a través de una única red de comunicación. Que asimismo, cabe tener en cuenta que el referido Sistema de Autoconsulta ha venido evolucionando merced a las tecnologías de la información y comunicaciones -TIC-. Ello así, en función del reemplazo del anterior sistema informático con el cual desarrollaban sus tareas los Juzgados y Tribunales, por el nuevo sistema de gestión SISFE. Esta herramienta, entre otras funcionalidades, viene permitiendo la digitalización de todos los escritos que se presentan en la dependencia judicial, como así también la generación de los decretos y resoluciones del organismo dentro del mismo sistema. De esta manera, a través de internet, se ha ampliado la información disponible para consulta, ya que además del estado, ubicación y descripción del trámite de los expedientes, se pueden también visualizar todas las actuaciones judiciales con su correspondiente texto asociado. Las aproximadamente 16.000 consultas diarias y 3.400.000 anuales, ilustran y acreditan el nivel de receptividad que por parte de los auxiliares de justicia -abogados, procuradores, contadores, martilleros- y justiciables en general, se advierte de la herramienta referida. II) Que a fin de continuar con experiencias superadoras, desde este Poder Judicial se ha avanzado en el desarrollo de un nuevo producto para la consulta de expedientes, en virtud de la propia evolución de las TIC y las plataformas móviles. Siendo así, es que se propone sumar a la actual Autoconsulta -desarrollada para que su acceso se realice principalmente a través de las PC de escritorio-, un nuevo servicio basado en la plataforma denominada “Mobile”. La aplicación que se pone a disposición ha de permitir consultar en tiempo real los mismos expedientes publicados por el Poder Judicial en Autoconsulta, contando con una serie de beneficios personalizados, tales como acceder más rápidamente a los expedientes y actuaciones de mayor interés y recibir novedades sobre las causas en seguimiento cuando existan actualizaciones. En mérito a ello, la aplicación “SISFE – Autoconsulta de expedientes” permitirá a los profesionales matriculados y a las partes, en su caso, consultar los expedientes en los que se encuentren vinculados o tengan interés, de la misma manera como lo vienen haciendo a través de la página oficial de este Poder Judicial, es decir, con la clave y contraseña otorgada por el Colegio profesional, o por la clave asociada a la causa, respectivamente. Es de tener en cuenta, además, que aplicaciones como la presente son utilizadas mediante dispositivos móviles principalmente táctiles, como los celulares inteligentes y tabletas electrónicas, cuyos caracteres distintivos que hacen a su portabilidad y movilidad han redundado en beneficio y uso extendido de la comunidad toda. III) En mérito a lo expuesto, y teniendo en cuenta que este producto resulta novedoso en el sector Justicia de nuestro país, se entiende oportuno proponer a la Corte Suprema de Justicia la habilitación de la aplicación “SISFE – Autoconsulta de expedientes”, como experiencia inicial, en una primera etapa durante seis meses. Siendo así, por las características innovadoras de esta tecnología aplicada al ámbito de la administración de justicia, se advierte conveniente que en esta fase, la aplicación sea puesta en funcionamiento en los dispositivos móviles que cuentan con sistema operativo Android. Para ello, su descarga se realizará desde la plataforma de distribución digital de aplicaciones móviles compatibles con dicho sistema operativo y bajo las condiciones que establece la misma. Asimismo, y de acuerdo al seguimiento y avance de esta primera etapa, se contarán con elementos y herramientas de análisis que permitirán evaluar la continuidad del servicio y su ampliación a los dispositivos que utilizan el sistema operativo iOS; en todos los casos bajo los términos y condiciones que establecen las respectivas plataformas de distribución. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, SE RESUELVE: 1) Proponer al Alto Cuerpo la habilitación de la plataforma tecnológica móvil “SISFE – Autoconsulta de expedientes” del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, a partir del 01 de julio de 2019, a modo de experiencia inicial y por el lapso de seis meses, con los alcances y modalidades que se mencionan en los Considerandos que anteceden. 2) Hacer saber la presente a los Colegios Profesionales, a través de las comunicaciones respectivas; y librar Circular a sus efectos. 3) Delegar en la Secretaría de Informática y en el Área de Auditoría de Gestión, las tareas necesarias para la efectiva ejecución de lo aquí dispuesto. 4) Dar la más amplia difusión y publicación de lo aquí propuesto. 5) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA).» Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada, ratificando lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. FDO. GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno


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RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REF. PUESTA EN MARCHA NUEVA ETAPA DEL SERVICIO “SANTA FE JUDICIALES” OFRECIDO POR EL NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.

Numero de Acta : 22
Fecha : 11/06/2019
Número : 28
Presidente : MARÍA ANGÉLICA GASTALDI
Tipo de Acuerdo : Ordinario
Lugar : Santa Fe

 

Procurador : JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE
Ministros :
  • RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ
  • MARIO LUIS NETRI
  • ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO
  • DANIEL ANÍBAL ERBETTA
Secretario : EDUARDO BORDAS

 

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REF. PUESTA EN MARCHA NUEVA ETAPA DEL SERVICIO “SANTA FE JUDICIALES” OFRECIDO POR EL NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.: El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 10 de junio del corriente año, dictó la siguiente resolución: “Santa Fe, 10 de junio de 2019.- VISTAS: Las necesidades del servicio Judiciario; y CONSIDERANDO: I. Que por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia del 11 de diciembre de 2018, Acta N° 50, punto 10, el Alto Tribunal ratificó la resolución de esta Secretaría de Gobierno del 10 de diciembre de 2018, mediante la cual se puso en marcha una nueva funcionalidad del aplicativo de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, ofrecido por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Que, dicha herramienta permite a las autoridades judiciales ordenar al Banco, en forma electrónica, pagos y transferencias de fondos relacionadas a expedientes judiciales. Siendo así, el servicio propuesto permite disponer de una sección dentro de la plataforma electrónica que ya se encuentra en funcionamiento. De esta manera, los usuarios habilitados pueden -con la misma clave y contraseña de acceso al sistema que vienen utilizando-, ordenar a la entidad bancaria la realización de pagos y transferencias de fondos existentes desde cuentas judiciales abiertas a la orden de sus juzgados, hacia cuentas a la vista o cuentas judiciales, ya sea del propio Nuevo Banco de Santa Fe o de otras entidades financieras del país, sin necesidad de remitir oficios de pago en soporte papel o cheques judiciales. En este sentido, cabe poner de resalto que la orden de pago dirigida al Banco, no implica una inmediata transferencia de fondos, sino una orden expresa a dicha entidad, para que ésta luego de efectuar las retenciones de ley pertinentes, debite los fondos de la cuenta judicial y los acredite en los destinos que el beneficiario indique. II.- Que, luego de un tiempo prudencial de funcionamiento y como coralario de sucesivas reuniones de trabajo entre esta Secretaría de Gobierno y el Nuevo Banco de Santa Fe, se ha recogido experiencia e información relevante para aplicar mejoras en el servicio brindado, como así también ampliar su operatoria a todas las órdenes de pago que libran los órganos jurisdiccionales partícipes de esta nueva experiencia. En este sentido, y dentro de los diferentes avances que se ofrecen en la actualización del sistema, se contará con la posibilidad de que los Prosecretarios puedan efectuar la carga de las respectivas órdenes de pago, quedando pendientes de aprobación las mismas por parte del Secretario del Juzgado, quien será el encargado de efectuar el control final y enviarlas a la entidad financiera para su efectivo pago. En tal inteligencia, la refuncionalización del sistema se constituye en un importante avance en el sistema de pago vía web que este Poder Judicial viene aplicando en el Distrito Judicial Nro. 5, hecho que a la vez servirá de punto de partida para la pronta implementación progresiva de esta moderna herramienta en las restantes sedes de esta Provincia. Que por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o según Decreto N° 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.1999, Acta N° 41, Punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

RESUELVE:

1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia que, a partir del 24.06.2019, se incorpore al aplicativo “Santa Fe Judiciales” desarrollado y ofrecido por la entidad bancaria, una funcionalidad que permita a los Prosecretarios precargar la respectiva orden de pago, para su posterior control y emisión por parte del Secretario o Magistrado a cargo del Juzgado o dependencia, en forma electrónica.

2) Requerir que a partir de la fecha señalada en el punto anterior, todas las órdenes de pago que realicen los Juzgados de Primera Instancia de Distrito y Circuito del Distrito Judicial Nro. 5 de Rafaela, sean materializadas a través de la plataforma web aquí referida.

3) Solicitar al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. La realización de las actividades de capacitación previa y soporte a usuarios, conforme los protocolos de actuación previamente consensuados con esta Secretaría.

Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Alto Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo.


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Publicaciones de Thomson Reuters (La Ley – Abeledo Perrot)

INFORMACION PARA COLEGIADOS

Publicaciones de Thomson Reuters (La Ley – Abeledo Perrot)

Estimados,

Nos es grato recordarles que contamos con un nuevo servicio a disposición de todos los colegiados. Tenemos acceso directo a todas las publicaciones de Thomson Reuters (La Ley – Abeledo Perrot):  Doctrina – Legislación – Jurisprudencia- Modelos, etc.

El acceso se realizará únicamente mediante  las computadoras de la sala de informática (Rafaela – Ceres – San Cristóbal), luego los archivos consultados podrán ser impresos o enviados por correo electrónico.  También puede consultarse al personal de Biblioteca a través de mails o telefónicamente.

Atte.

Colegio de Abogados.


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Circular nro. 83. Aumento del valor de la unidad jus previsto en la ley 12.851

Circular Nro. 83/19.-

Santa Fe, 19 de junio de 2019.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 18.6.2019, Acta Nro. 23, punto 3, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

INFORME DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

El señor Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. EDUARDO MARCOS PEDRO BORDAS informa que dando cuenta de una resolución de fecha 14.6.2019 mediante la cual, atento a la delegación que le confirió el Cuerpo en Acuerdo del 10.6.2008, Acta N° 23, p. 6, apartado V, estableció que el monto de la Unidad Jus prevista en el artículo 32 de la ley 12.851, es de
$ 3.099,50 a partir del 1.5.2019, y
$ 3.331,96 a partir del 1.6.2019,

SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. Fdo: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

Saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno


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DISCAPACIDAD Y DERECHOS – POSGRADO UBA. CUPOS LIMITADOS. SUM del Colegio de Abogados. INICIO: Agosto 2019.

SE CONFIRMA EL DICTADO DE POSGRADO DISCAPACIDAD Y DERECHOS – UBA

CURSO INTENSIVO DE POSGRADO

Discapacidad y Derechos.

  • 02 y 03 de agosto
  • 30 y 31 de agosto
  • 20 y 21 de septiembre
  • 18 y 19 de octubre
  • 01 y 02 de noviembre
  • 22 y 23 de noviembre

Viernes de 14.00 a 20.00  //    Sábados de 09.00 a 13.00

SUM DEL COLEGIO DE ABOGADOS (Bs. As. 168)

 

 

 

INSCRIPCIONES EN: https://forms.gle/NmWcM91tG1WnainZ7

 

PLAZO DE INSCRIPCIÓN: 30 DE JUNIO DE 2019. 

Además de completar el formulario de inscripción  se solicita presentar fotocopia simple del diploma y del DNI.

 

Se adjunta cronograma de clases (el cronograma puede sufrir cambios o reprogramaciones por disposición de los docentes)

 


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CURSO DE NEGOCIACION

HORARIOS DE DICTADO

 

*Viernes 26/07 y Viernes 09/08

De 15.00 a 20.00

 *Sábado 27/07

De 09.00 a 13.00

*Sábado 10/08

De 09.00 a 13.30

INVERSION:
  • Hasta el 28/06/2019 inclusive: $2.000.-
  • Desde el 29/06/19: $ 2500

En adjunto Resolución 48/2018 Homologación de Cursos de la Institución Formadora Cooperativa de Trabajo
Empatio,



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“II CONGRESO SANTAFESINO DE SEGURIDAD SOCIAL”

Bajo el lema “Cobertura en Tiempos de Crisis. Posibles Soluciones”, que se realizará los días 8 y 9 de Agosto de 2019, a partir de las 8,30 horas, en Salón Gregorio Parera del Colegio de Abogados de Santa Fe, sito en calle 3 de Febrero 2761, Planta Baja, de la ciudad de Santa Fe, y contará con la participación de destacados panelistas de prestigiosa trayectoria académica y judicial, en su mayoría de la provincia de Santa Fe, como del resto del país.

Los interesados deben inscribirse a través de la página oficial de Colegio y/o del Congreso.-
Para mayor ilustración acompañamos el programa de las actividades académicas e invitamos a visitar nuestra página web: congreso.casf.org.ar


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DISPOSICION TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 14/2018 – FORMULARIOS DE SOLICITUD DE REGISTRACION DIGITAL (SRD)

 

*Mesa de Ayudas SRD (Solicitud de Registración Digital) Tenemos el agrado de informarle que desde el dia de la fecha ya se encuentra en funcionamiento la Mesa de Ayudas para la plataforma de Formularios Electrónicos SRD del Registro General de la Provincia de Santa Fe. La misma cuenta con un horario de atención de 7.15 a 12.30hs. Telefonos de contacto: 0341-4721763/4/6 Interno 217 mails de consultas: srdrgros@santafe.gov.ar / srdrgsfe@santafe.gov.ar A continuación acompañamos el link para acceder a la pagina de FORMULARIOS ELECTRONICOS y realizar las rogaciones por SRD y dos videos explicativos del sistema. www.santafe.gov.ar/tramites/formelectronico/login TUTORIAL SRD: https://www.facebook.com/1579611239025397/videos/1968286320157885/ EXPLICATIVO SRD: https://www.facebook.com/1579611239025397/videos/1766145863705266/ «Esperamos que el presente le haya sido de utilidad, agradecemos el apoyo constante de todos nuestros colegas respecto a los cambios que estamos llevando a cabo. Sin otro particular. Saludo atte. Dr. Matías Figueroa Escauriza.





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CENTRO TERRITORIAL DE DENUNCIAS

Los Centros Territoriales de Denuncias (CTD) son organismos de la administración pública provincial que gestionan un sistema de atención, orientación y recepción de denuncias relativas a hechos delictivos o contravenciones en el marco de faltas provinciales.

Los mismos son atendidos por jóvenes abogados recientemente recibidos y trabajan en forma coordinada con diferentes organizaciones relacionadas, según corresponda.

El objetivo es el de contribuir al abordaje oportuno de denuncias por hechos ilícitos, contravenciones, u otros trámites y certificaciones; realizando en los CTD estas tareas de tipo  administrativas, descomprimiendo el trabajo de las comisarías, y permitiendo así una mayor operatividad.

Todas las denuncias o trámites que se realizan en los centros son enviados automáticamente, vía online, a la sede de cada una de las fiscalías correspondientes.


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PRECONGRESO NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA – Rafaela, 14 de junio.

PRECONGRESO NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA. Rafaela, 14 de junio de 2019.

El PRECONGRESO NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA. Rafaela, 14 de junio de 2019
ha sido

-Declarado de interés por el Concejo Municipal de la ciudad de Rafaela.

-Declarado de interés por la Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe.

ARANCEL:

  • DESDE EL 31/05/2019 Y EN EL PRECONGRESO: Asistentes y ponentes $1000 – Estudiantes $500.

IMPORTANTE

La inscripción sólo quedará confirmada con la presentación o envío del formulario de inscripción y la cancelación del arancel vigente a la fecha de pago del mismo.

Contacto e inscripción anticipada:

· PERSONALMENTE en la sede del Colegio de Abogados, sito en calle Buenos Aires N° 168, Rafaela, Santa Fe.

De lunes a viernes de 08.00 a 13,00 hs. Teléfono: 03492– 431405/424410

· POR MAIL, únicamente enviando ficha completa a: colabrafaela@wilnet.com.ar

El arancel se podrá abonar en efectivo (en administración del Colegio) o por transferencia/depósito bancario.

De elegir la segunda opción de pago, los datos son los siguientes:

· Colegio de Abogados V Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe

· Cuenta Corriente Nº 6429/01 – Nuevo Banco Santa Fe. Sucursal Rafaela

· CBU: 33005209 15200006429016

· CUIT: 30-58007619-6

· Condición: EXENTO

RECORDATORIO

ACREDITACIONES PRECONGRESO (De 08.00 a 09.00 hs)

Al momento de acreditarse, los inscriptos deberán presentar la ficha de inscripción y recibo de pago



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NUEVO VALOR INFORMES DE LA DNRPA (Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor)

El Colegio de Abogados ofrece la posibilidad de realizar averiguaciones en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.

INFORMES DE LA DNRPA (Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor)

1.- Informe nominal: permite al solicitante conocer qué dominios tiene inscriptos a su nombre una determinada persona, física o jurídica.

2.- Informe de dominio: permite conocer respecto de un automotor determinado quién es su titular registral y la situación jurídica de dichoautomotor (embargos, prendas, etc.)

3.- Informe histórico – dominial.

El valor del formulario: $ 876.-

Para acceder a este servicio es necesario contactarse con la administración.

Es un servicio que se brinda sólo a los colegiados.


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CODIGO DE CONVIVENCIA- Dcto. 1118/2019

https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2019/04-06-2019decreto1118-2019.html

DECRETO N° 1118

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 24 MAY 2019

VISTO:

El expediente N° 02001-0042290-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes —MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS— mediante el cual se propicia el dictado de un Decreto por medio del cual se efectúen especificaciones en relación a algunos aspectos de la Ley Provincial N° 13.774, y;

CONSIDERANDO:

Que en fecha 9/8/2018 la Legislatura de la Provincia de Santa Fe sancionó la Ley Provincial N° 13.774 en virtud de la cual se aprobó el Código de Convivencia de la Provincia;

Que la norma de referencia fue promulgada el día 12/8/2018 y fue publicada el día 19/9/2018;

Que la aludida Ley N° 13774 prevé en su artículo 15°: “Ninguna disposición de la presente ley entrará en vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo resuelva encontrar reunidas las condiciones necesarias para un adecuado funcionamiento del nuevo sistema procesal instaurado, todo lo cual, en ningún caso, podrá exceder el plazo de ciento ochenta días corridos contados a partir de la publicación de la presente ley. A partir de su entrada en vigencia, las normas contenidas en la presente ley se aplicarán al juzgamiento de todas las contravenciones, debiendo intervenir los órganos que se enumeran en los Títulos I y IV del Libro II del Código de Convivencia, como así también los previstos en el artículo 8 del mismo. Respecto de los procesos en trámite sin sentencia firme, se aplicará a los mismos la presente ley desde su efectiva entrada en vigor e intervendrán los sujetos mencionados en el párrafo precedente. Ello, sin perjuicio de que los actos procesales cumplidos conservan plena validez, salvo afectación de garantías constitucionales”;

Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 15° de la Ley N° 13.774 y la fecha de la publicación de la norma -19/9/2018- cabe señalar que el término de ciento ochenta (180) días corridos previsto para la entrada en vigencia de la norma feneció el día 18 de marzo de 2019;

Que en orden a lo señalado, considerando que la norma expresamente dispone que la entrada en vigencia quedaba supeditada a que este Poder Ejecutivo “resuelva encontrar reunidas las condiciones necesarias para un adecuado funcionamiento del nuevo sistema procesal instaurado” y a los efectos de proveer a la seguridad jurídica en lo relativo al momento precisó del comienzo de tal vigencia, resulta menester que se dicte la presente norma con el objeto de brindar certeza a tales extremos;

Que ha intervenido la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Dictamen N° 238 de fecha 9 de mayo de 2019, no oponiendo reparos a la presente gestión;

Que el presente se dicta en el marco de las atribuciones que el artículo 72° inciso 1 y 4 de la Constitución Provincial le confiere al titular del Poder Ejecutivo;

POR ELLO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Fíjese el día 18 de marzo de 2019 como la fecha de entrada en vigencia de la Ley Provincial N° 13.774 – Código de Convivencia de la Provincia de Santa Fe, de conformidad a las previsiones del artículo 15° de la norma referida. –

ARTÍCULO 2°: Refréndese por los Señores Ministro de Justicia y Derechos Humanos y de Desarrollo Social. –

ARTÍCULO 3°: Regístrese, publíquese, comuníquese, y archívese

LIFSCHITZ

Dr. Ricardo Isidoro Silberstein

C.P.N. Jorge Mario Alvarez

********************************************************

LEY PROVINCIAL Nº 13774 – Código de convivencia.
Modifica el Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe.

Texto completo en https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=19-09-2018ley13774-2018.html

///////

*PRONUNCIAMIENTO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA RESPECTO DE LA LEY 13.774.

VISTO: El dictado de la ley 13.774; y,

CONSIDERANDO: 1.Que esta norma modifica, en lo que aquí interesa, el Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe (ley 10.703), fijando el nuevo régimen procesal aplicable a las contravenciones que se cometan en el territorio de la Provincia, instaurando el denominado Código de Convivencia. Que la referida ley, establece en el artículo 15 “que ninguna disposición entrará en vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo resuelva encontrar reunidas las condiciones necesarias para un adecuado funcionamiento del nuevo sistema procesal instaurado, todo lo cual, en ningún caso, podrá exceder el plazo de ciento ochenta días corridos contados a partir de la publicación”. Que siendo así y habiendo sido publicada en fecha 19.9.18 en el Boletín Oficial de la Provincia, su entrada en vigencia se producirá el 19.3.19. Asimismo, determina que las causas en trámite ante los Juzgados en lo Penal de Faltas y los Juzgados de Primera Instancia de Circuito, al momento de la entrada en vigencia de la ley 13.774, deben pasar al Ministerio Público de la Acusación, en el estado en que se encuentren, a fin de que éste continúe con el trámite correspondiente. En este sentido, y a los fines de dar cumplimiento con la normativa en consideración se entiende oportuno, encomendar a la Secretaría de Gobierno de este Cuerpo, que por los medios conducentes al efecto, solicite a los Juzgados con competencia de Faltas de esta provincia y previo al cumplimiento del plazo legal establecido para la vigencia de la ley, la confección de un listado con la cantidad de expedientes en trámite a los fines de su remisión al Ministerio Público de la Acusación.
2. En otro orden de ideas, y atendiendo a las vacantes existentes de Jueces de Faltas, resulta propicia la ocasión para exhortar al Poder Ejecutivo una vez mas a los fines que se cubran la totalidad de las vacantes de magistrados con las que se cuenta en toda la geografía de la Provincia, conforme requerimiento específico obrante en el punto anterior de la presente acta. Que para el caso en particular, motivo de la presente decisión, se solicita que se agilice al máximo el desarrollo de los procedimientos de selección y designación de magistrados del Fuero Penal correspondiente a los Distritos Judiciales Tostado y Venado Tuerto -antiguo cargo de Juez en lo Penal de Instrucción y Correccional y Faltas en el primer caso, y de Correccional y Faltas en el segundo caso-. Así también resulta necesario cubrir las vacantes existentes en los Distritos Santa Fe, Rosario y Rafaela, de los cargos de Juez de Faltas, y en los Circuitos Galvez, Helvecia, San Javier, Santo Tomé y San Lorenzo, de los cargos de Juez de Circuito.
3. Por otra parte, y ahora haciendo referencia a los actores que serán competentes en materia de faltas, el nuevo Código de Convivencia establece en el artículo 45 que, los órganos jurisdiccionales de control y de juicio serán los magistrados del Colegio de Jueces Penales de Primera Instancia. Asimismo, el referido artículo, dispone que a los fines de la competencia contravencional los jueces de Faltas y los jueces Comunitarios de Pequeñas Causas letrados, integrarán dicho Colegio. Así las cosas, las causas que deban tramitar bajo las nuevas disposiciones legales lo harán ante la Oficina de Gestión del Distrito Judicial correspondiente, o ante el Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas pertinente. También determina que intervendrán en todas las causas de esta competencia el Ministerio Público de la Acusación (art.35 ley 10.703, según texto de ley 13.774), y el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (art.37 ley 10.703, según texto de ley 13.774). Dispone, a su vez, conforme artículo 11 de la ley 13.774, que los Secretarios letrados de los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas podrán desempeñar funciones en la órbita del Ministerio Público de la Acusación. Que teniendo en cuenta la última previsión legal referida, esta Corte manifiesta que habilita a los Secretarios letrados comprendidos por la normativa, para que a partir de la entrada en vigencia de la referida ley en fecha 19.3.19 actúen en el mencionado Ministerio, sin que ello implique abandonar o afectar, las tareas habituales que hasta el momento desarrollan.
4. En otro orden de ideas, la normativa descripta no sólo modifica el régimen procesal aplicable a las causas de competencia contravencional actualmente en trámite, sino que también impacta en aspectos referidos a los recursos humanos de este Poder Judicial. Así las cosas, el artículo 12 de la ley traída a consideración, establece que pasarán a desempeñar funciones en el Ministerio Público de la Acusación el personal administrativo, de mantenimiento, producción y servicios generales que prestan servicio en el fuero penal de faltas del Poder Judicial. Sobre este punto cabe decir que esta Corte establecerá, la materialización de los mencionados traspasos.
5. También corresponde referir que, para la puesta en marcha del nuevo sistema contravencional, y conforme lo dispuesto en el artículo 56 de la ley 10.703 -texto según ley 13.774-, se establece que: “El juicio contravencional será oral y público, registrándose por los medios que establezca la Oficina de Gestión Judicial”, por lo que resulta imperioso contar con los recursos materiales tecnológicos adecuados, su instalación y puesta en servicio a tales fines. En ese sentido, se solicita al Poder ejecutivo el apoyo presupuestario necesario para alcanzar dicho objetivo.

6. Por último, corresponde señalar que las decisiones precedentemente indicadas se adoptan con el objeto de contribuir a la armonización, en especial, de las secuencias de los traspasos de recursos humanos y materiales y de causa jurisdiccionales que habrían de materializarse, teniendo siempre en miras el mejor funcionamiento posible del Poder Judicial todo. Que, por todo lo expuesto, y oído el señor Procurados General,
SE RESUELVE:
1. Encomendar a la Secretaría de Gobierno que realice las diligencias necesarias para la coordinación de las tareas referidas en el punto 1 del considerando que antecede.
2. Dirigirse al Poder Ejecutivo por conducto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicitando la urgente puesta en marcha de los mecanismos previstos en la Constitución Provincial y el Consejo de la Magistratura, para la designación de los magistrados en los cargos descriptos en el punto 2 del considerando que antecede.
3. Habilitar a los Secretarios letrados de los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas a actuar, a partir de la entrada en vigencia de la ley 13.774 en fecha 19.3.19, dentro de la órbita del Ministerio Público de la Acusación, sin que ello implique abandonar o afectar, las tareas habituales que hasta el momento desarrollan.
4. Encomendar a la Secretaría de Gobierno para que convoque a participar de las reuniones que sean pertinentes con los representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a los fines de proveer de los recursos materiales y tecnológicos necesarios para la puesta en marcha del nuevo Código de Convivencia.
5. Hacer saber lo aquí resuelto al Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Justicia y Derechos humanos.
6. Líbrense las comunicaciones pertinentes.

Numero de Acta : 51

Fecha : 18/12/2018
Número : 15
Presidente :
RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ
Tipo de Acuerdo : Ordinario
Lugar : Santa Fe
Procurador :
JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE
Ministros :
• MARÍA ANGÉLICA GASTALDI • MARIO LUIS NETRI • EDUARDO GUILLERMO SPULER • ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO • DANIEL ANÍBAL ERBETTA



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CONVOCATORIA Congreso Internacional Abogacía 2019. La Habana, Nov. 20 al 22

Congreso Internacional ABOGACÍA 2019

 

CONVOCATORIA

 

La Organización Nacional de Bufetes Colectivos, con el coauspicio de la Unión Nacional de Juristas de Cuba y la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, convoca al “Congreso Internacional ABOGACÍA 2019”, a celebrarse del 20 al 22 de noviembre de 2019 en el Palacio de Convenciones de La Habana, Cuba.

El presente constituye la octava edición de un evento que se ha consagrado como espacio para el análisis de las distintas materias del Derecho, desde el punto de vista del conflicto judicial y sus alternativas, devenido en un acontecimiento de la vida jurídica nacional y un movimiento intelectual movilizador del afecto de juristas de Cuba y de otras latitudes.

Somos un espacio abierto a las ideas, al diálogo y los debates, en un esquema organizativo estructurado en sesiones simultáneas que permiten dar cabida a una amplísima gama de temáticas del Derecho y las ciencias afines.

Podrán participar abogados, jueces, fiscales, profesores universitarios y todos los operadores jurídicos, así como estudiantes de derecho y especialistas o investigadores interesados de otras disciplinas.

 

Tema central: “Gestión y solución de litigios jurídicos”

EJES TEMÁTICOS

 

  1. Conflictos de Derecho Civil, Administrativo y de Familia
  • Litigios derivados de incumplimientos contractuales y responsabilidad extracontractual.
  • La dimensión trasnacional de los conflictos civiles.
  • Los procesos cautelares y las medidas asegurativas en procesos civiles y de familia.
  • La prueba en los modelos procesales modernos.
  • Nuevas concepciones sobre la familia. Los conflictos paternos filiales y su relación con las regulaciones migratorias.
  • El impacto de los medios de impugnación en procesos civiles y familiares.
  • La relación del ciudadano con la administración. Los procedimientos administrativos. El control judicial de las decisiones administrativas.
  • Reformas procesales. Tendencias actuales.
  • La solución de conflictos privados internacionales. El reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras.

 

  1. Conflictos penales y criminológicos
  • La defensa penal vista a través de los instrumentos jurídicos internacionales.
  • La defensa penal durante la etapa investigativa e intermedia. Actuación ante la prueba ilícita.
  • La prestación eficaz de la defensa pública o de oficio. Criterios organizativos.
  • Los acuerdos o conformidades en la solución del caso penal: intervención del defensor.
  • Límites éticos al ejercicio de la defensa técnica. Conflictos entre imputado y defensor.
  • La efectividad de los recursos para la reparación del error judicial.
  • Papel del defensor en la ejecución penal: pasado, presente y futuro.
  • Las nuevas tecnologías: protección de datos, contratos informáticos, ciberdelitos, daño informático, revelación de secretos, fraudes, estafa, chantaje. Proyecciones de la abogacía.
  • La defensa penal frente a los métodos especiales de investigación criminal en la lucha contra la delincuencia organizada: Interceptación de las comunicaciones, entrega vigilada, el agente encubierto y la colaboración eficaz. Exigencias procesales.
  • La prevención situacional del delito en la sociedad de riesgo. Prevención técnica o criminológica.

 

  • Conflictos económicos, mercantiles y financieros
  • La contratación económica. Responsabilidad contractual. Solución de conflictos empresariales.
  • Las regulaciones jurídicas en el ámbito de la inversión extranjera. Solución de conflictos comerciales.
  • La contratación y litigación comercial. Vía judicial y formas alternativas de solución de conflictos.
  • Derecho y regulaciones financieras y bancarias de la nueva empresa. Estrategias para evitar el lavado de activos. Normativas internacionales y nacionales.
  • Derecho Tributario y Fiscal. Estrategias fiscales de la empresa.
  • El enfoque jurídico de la contabilidad y las finanzas.
  • Los conflictos asociados a la propiedad intelectual. Propiedad industrial, marcas, patentes, transferencia tecnológica.
  • Los trabajadores autónomos: marco legal en Cuba.
  • Las Cooperativas de Producción No Agropecuaria: su impacto en la economía nacional y global.

 

  1. Abogacía, pensamiento jurídico y proyección ética y profesional
  • Deontología, ética y proyección profesional.
  • Colegiatura y organización profesional de la abogacía.
  • Formación y acceso a la profesión. Capacitación de los abogados.
  • Retos ante la globalización de la abogacía.

 

  1. Conflictos del Derecho del Trabajo
  • El derecho a la información y la participación de los trabajadores en la administración empresarial.
  • La integración social y económica internacional. Los derechos laborales, el sindicalismo y los movimientos sociales. Experiencias y perspectivas.
  • La responsabilidad social corporativa y estatal ante las nuevas formas de organización empresarial.
  • Las relaciones laborales: nuevos actores en el modelo económico cubano.
  • Rol de los sindicatos en la modernización legislativa.
  • La seguridad y la asistencia social. Retos del Derecho ante el envejecimiento poblacional.
  • Relación jurídico-laboral y discapacidad. Retos y realidades.

 

  1. Conflictos de Derecho agrario y ambiental
  • Procesos y procedimientos en materia agraria.
  • Conflictos sobre herencia agraria.
  • Calidad y seguridad agroalimentaria.
  • Contratos agrarios.
  • Conflictos ambientales y agricultura.
  • Ordenación territorial y protección al medio ambiente.

 

PRESENTACION DE LOS TRABAJOS

Los trabajos podrán ser de autoría individual o colectiva y deberán ser presentados en soporte magnético, antes del 30 de julio de 2019, acompañados de un resumen de una cuartilla con identificación de título, autor(es), desempeño profesional, institución, país y dirección email.

 

CURSOS PRECONGRESO

Previo a las sesiones del Congreso, los días 18 y 19 de noviembre, tendrá lugar el Curso de Diploma Fusiones y adquisiciones como forma de desarrollo empresarial, a cargo de la International Bar Association (IBA).

 

La IBA es una organización internacional que agrupa el mayor número de operadores jurídicos, colegios de abogados y asociaciones de Derecho de diferentes nacionalidades; cuenta con más de sesenta comités de trabajo enfocados en las principales áreas de práctica del derecho de los negocios; organiza más de cincuenta conferencias especializadas durante cada año en todo el mundo, enfocada cada una de ellas a distintas áreas del Derecho, además de organizar conferencias regionales dedicadas a temas de derecho de los negocios de interés en cada una de las regiones.

 

Fungirán como profesores del Curso de Diploma destacados abogados, miembros de la IBA, de connotada experiencia internacional. Las actividades académicas, matizadas con la práctica profesional, están dirigidas a operadores jurídicos, estudiantes, empresarios, hombres y mujeres de negocio.

 

INSCRIPCION AL EVENTO

  • Delegados: 285.00 CUC
  • Ponentes: 230.00 CUC
  • Acompañantes: 100.00 CUC
  • Estudiantes de pregrado: 170.00 CUC
  • Fundadores de Abogacía: 170.00 CUC

 

El pago de los participantes extranjeros se realizará directamente en el Palacio de Convenciones o desde el exterior a través de: http://abogaciacuba.solwayscuba.com o www.eventospalco.com

También pueden inscribirse directamente en el Palacio de Convenciones a partir del 18 de noviembre.

Con el receptivo de viajes Havanatur puede contactarse escribiendo a jacque@havanatur.cu

La inscripción y pago de los participantes nacionales se realizará en la sede de la Junta Directiva Nacional de la ONBC o en el Palacio de Convenciones durante la acreditación. Los interesados pueden realizar la solicitud de prefactura a la dirección nacionales@jdn.onbc.cu

 

Los estudiantes, al solicitar la inscripción y para acreditarse, deben presentar el documento que justifique tal condición.

 

La inscripción como delegado incluye: credencial, materiales del evento, participación en los cursos pre congresos y en todas las actividades del Programa Científico, participación en actividades sociales, así como la certificación como participante o ponente.

 

Los acreditados como acompañantes tendrán derecho a participar en las actividades sociales del evento.

 

INFORMACIONES GENERALES

Para la correspondencia con el Comité Organizador dirigirse a:

Elizabeth Moya Linares: Coordinadora del Comité Organizador y de la Comisión Técnica del Congreso Tel: (53-7) 214 4278-214 4276.E-mail: elizabeth.moya@jdn.onbc.cu; abogacia@jdn.onbc.cu

Wilma Madams Jiménez: Esp. Promoción y Ventas. Empresa Organizadora de Congresos, Ferias y Exposiciones, Grupo Empresarial PALCO Email: wilmamj@palco.cu Tel.: (53-7) 208 4398/ 202 6011, ext. 1105

Jacqueline González Pedroso: Especialista Comercial Eventos e Incentivos Tritón Havanatur T&T Sucursal Habana Email: jacque@havanatur.cu Telf:(53-7) 201-9861/2019780

Migdalia Luna Cisneros: Organizadora Profesional del Congreso. Tel.: (53-7) 208 6176 Fax: (53-7) 202 8382. Email: migdalia@palco.cu

 

Para más información consulte:

Sitio Web: www.onbc.cu

Facebook:@onbc.organizacionnacionaldebufetescolectivos

              @AbogaciaCuba

Twitter: @ONBC_CUBA


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Juzgado Civil, Ccial y Lab. Tostado – SISFE –

LA C.S.J. INFORMO QUE EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE TOSTADO OPERA DESDE 03 DE JUNIO DEL CORRIENTE AÑO CON EL SISTEMA DE GESTION DE EXPEDIENTES "SISFE", EN REEMPLAZO DEL ACTUAL SISTEMA INFORMATICO, UTILIZANDOSE PARA LA REGISTRACION E IDENTIFICACION DE LOS EXPEDIENTES EL CODIGO UNICO DE IDENTIFICACION JURIDICA (CUIJ). 
PARA EL MISMO JUZGADO, TAMBIEN DISPUSO LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE AUTOCONSULTA  EN LA MODALIDAD YA ESTABLECIDA.



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Dec. 2249/2018 Subsidios a asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones por parte de los diferentes órganos de la Administración Pública Provincial. Pautas uniformes para la exigencia de constancias de subsistencia en el marco de trámites.

Dec. 2249/2018 Subsidios a asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones por parte de los diferentes órganos de la Administración Pública Provincial. Pautas uniformes para la exigencia de constancias de subsistencia en el marco de trámites.

https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=29-08-2018decreto2249-2018.html

DECRETO Nº 2249

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

15/AGO/2018

VISTO:

El expediente N.° 02001-0038730-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- mediante el cual se promueve el establecimiento de pautas uniformes para la exigencia de constancias de subsistencia en el marco de trámites vinculados al otorgamiento de subsidios a asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones por parte de los diferentes órganos de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial Nº 6926 creó la Inspección General de Personas Jurídicas (art. 1°), estableciendo que tal órgano “[e]jerce en la Provincia las funciones de fiscalización que sobre las sociedades por acciones atribuye la ley a la autoridad de control y las conferidas al Poder Ejecutivo sobre las asociaciones civiles con personería jurídica y fundaciones” (art. 2°);

Que la norma mencionada, además, prevé las competencias de la Inspección General de Personas Jurídicas consignando expresamente que entre sus atribuciones se encuentran las de “asesorar a los organismos de la Provincia en materia relacionada con las sociedades por acciones, asociaciones con personería jurídica y fundaciones” (art. 3, apartado 3.4.) y “dictar reglamentos sobre las materias de su competencia y proponer al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Gobierno la sanción de otras normas” (art. 3, apartado 3.7);

Que, por su parte, el Decreto Nº 3810/1974 reglamenta la ley provincial precitada especificando que la Inspección tiene, entre otras, funciones vinculadas al “control de las entidades se realizará de una manera permanente mediante el estudio de la documentación que integra el registro señalado en el art. 47° y de una manera especial mediante la inspección de sus libros y documentos, cuando lo estime conveniente” (art. 9°) y, asimismo, aquellas relacionadas a “[e]xpedir todas las certificaciones referentes a asuntos de las entidades sujetas a su control y legalizar los testimonios de estatutos o sus reformas”;

Que, la reseña normativa efectuada precedentemente, reviste utilidad para el objeto de la presente, teniendo en cuenta que distintos órganos de la Administración Pública Provincial -tanto el titular de este Poder Ejecutivo, como los titulares de las distintas Carteras Ministeriales- cuentan con la posibilidad -todo de conformidad a las normas jurídicas aplicables- de otorgar subsidios, aportes y ayudas económicas en general a, entre otros sujetos de derecho, personas jurídicas – especialmente asociaciones con personería jurídica y/o fundaciones- fiscalizadas por la referida Inspección General de Persona Jurídica;

Que, de este modo, en el presente se pretende abordar en forma especial un requisito en particular que habitualmente se exige a las asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones para poder acceder al otorgamiento de un subsidio o aporte por parte de la Administración Provincial y que se vincula con las funciones propias del ámbito de actuación de la Inspección General de Personas Jurídicas;

Que, en tal escenario, corresponde enfatizar que existen en el ámbito provincial numerosas normas emitidas por los distintos Ministerios, que regulan algunos aspectos formales vinculados al otorgamientos de subsidios y/o aportes por parte de diferentes órganos de la Administración Pública Provincial que, sin perjuicio de las particularidades y especificidades que los individualizan, coinciden en una exigencia en particular vinculada a la presentación -por parte de las entidades que pretenden acceder a los beneficios económicos mencionados- de una constancia de subsistencia, la cual es emitida por la Inspección General de Personas Jurídicas en relación a tales sujetos de derecho;

Que, en el contexto señalado y con los objetivos de estandarizar las pautas para la emisión de las constancias de subsistencia por parte de la Inspección General de Personas Jurídicas y de aquellas exigencias presentes en los trámites vinculados al otorgamiento de subsidios y/o aportes económicos por parte de la Administración Pública Provincial, resulta necesario emitir una norma que brinde claridad al respecto, todo en el marco de las previsiones de la Ley N° 12510 en cuanto a la administración financiera del Estado Provincial;

Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través del Dictamen N° 0452/18, haciendo lo propio Fiscalía de Estado, por medio del Dictamen N° 0212/18, sin formular objeciones al respecto;

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 4° del artículo 72° de la Constitución de la Provincia de Santa Fe;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Apruébase el marco general de emisión de certificados para asociaciones civiles, simples asociaciones o fundaciones por parte de la Inspección General de Persona Jurídica a los efectos del otorgamiento de subsidios y/o aportes económicos por parte de la Administración Pública Provincial, dejándose sin efecto toda otra norma de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente, en sus partes pertinentes.

ARTÍCULO 2°: Para el otorgamiento de subsidios o aportes económicos por parte de la Administración Pública Provincial a asociaciones civiles, simples asociaciones o fundaciones se deberá requerir un certificado de subsistencia de la entidad correspondiente.

El certificado de subsistencia será emitido por la Inspección General de Personas Jurídicas, de conformidad a las previsiones de la Ley Provincial N° 6292, del Decreto Nº 3810/1974, sus modificatorias, a toda norma que resulte aplicable y a lo establecido en el artículo 7° del presente Decreto.

La Inspección General de Personas Jurídicas establecerá, en el marco de sus competencias, las características que deberá reunir el certificado de subsistencia, el que tendrá la siguiente información en relación a la entidad solicitante:

a) Si se encuentra registrada y no ha sido disuelta;

b) Si tiene autoridades con mandato vigente debidamente designadas; y

c) Si tiene el último estado contable correspondiente al ejercicio inmediato anterior a la fecha del otorgamiento del subsidio, debidamente aprobado y registrado en la Inspección General de Personas Jurídicas.

La Inspección General de Personas Jurídicas podrá simplificar los requerimientos para la confección de los estados contables de las asociaciones con personería jurídica y de las fundaciones, en el marco de la normativa vigente.

ARTÍCULO 3: Excepcionase del cumplimiento del requisito previsto en el artículo anterior a las asociaciones, simples asociaciones y fundaciones que sean beneficiarías de subsidios o aportes económicos menores de $ 100.000 (pesos cien mil) o tengan ingresos anuales por todo concepto inferiores a la suma de $ 400.000 (pesos cuatrocientos mil) o tengan un patrimonio neto inferior a $ 400.000 (pesos cuatrocientos mil).

A los fines de la determinación de los extremos señalados se consideran los estados contables debidamente aprobados del último ejercicio inmediato anterior a la fecha del otorgamiento del subsidio.

ARTÍCULO 4: Autorízase al Inspector General de Personas Jurídica a actualizar los importes previstos en el artículo 3° del presente Decreto. La actualización deberá tomar como referencia referencia los datos de inflación que otorgue el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos.

ARTÍCULO 5°: Autorízase a los titulares de las Jurisdicciones Ministeriales adjudicar, por vía de excepción, el subsidio o el aporte económico a las entidades previstas en el artículo 2° sin el cumplimiento del requisito previsto en el primer párrafo de la misma, siendo condición para ello que se acompañe el certificado de existencia emitido por la Inspección General de Persona Jurídica. Dentro de los 90 días de adjudicado el subsidio deberá cumplimentarse con el requisito previsto en esa norma, bajo apercibimientos en caso de incumplimiento que no puedan recibir otro hasta que cumplan con lo requerido.

ARTÍCULO 6°: Las asociaciones, simples asociaciones y fundaciones que reciban subsidios o apones económicos de conformidad a los términos de la presente deberán rendir cuentas de la utilización de los fondos recibidos de conformidad a la normativa vigente aplicable.

ARTÍCULO 7°: Autorízase a la Inspección General de Persona Jurídica a implementar Un sistema digital con empleo de tecnologías de la información y la comunicación (TICs) para el otorgamiento del certificado de subsistencia previsto en el artículo 2° como para el otorgamiento del certificado de existencia indicado en el artículo 3° del presente Decreto. El sistema deberá prever que: a) los agentes responsables pagadores de los servicios administrativos, económicos y financieros de las Jurisdicciones ministeriales puedan acceder al sistema, obtener digitalmente los certificados mencionados y suscribir el mismo; b) la Inspección General de Persona Jurídica actualice de manera inmediata y en forma permanente la información de las entidades.

Los certificados otorgados por este medio serán plenamente válidos a efectos previstos en el presente Decreto.

ARTÍCULO 8°: El certificado previsto en el artículo 2° del presente obtenido mediante el sistema establecido en el artículo 7° tendrá un plazo de validez de trescientos sesenta y cinco (365) días a contarse a partir de su emisión.

ARTÍCULO 9°: Refréndese por los Ministros de Justicia y Derechos Humanos y de Economía.

ARTÍCULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

LIFSCHITZ

Dr. Ricardo Isidoro Silberstein

Lic. Gonzalo Miguel Saglione

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II Curso de Actualización Jurídica en materia Federal

II Curso de Actualización Jurídica en materia Federal

 

 

El Colegio de Abogados informa la realización del II Curso de Actualización Jurídica en materia Federal, el cual tendrá lugar durante los meses de mayo a junio inclusive, con la organización de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y el Instituto de Derecho Tributario del CASF.

El programa consiste en lo siguiente:

31 de Mayo, de 17 a 21 horas. Derechos Fundamentales. Dr. Horacio Rosatti. Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sede: Tribunal Oral en lo Criminal de Santa Fe. Sede CASF: Salón Gregorio Parera (3 de Febrero 2761, Planta Baja, Casa del Foro).

7 de Junio, de 17 a 21 horas. Decomiso Judicial. Dr. Raúl Plee. Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal. Nuevo Código Penal Argentino. Dr. Mariano Borinsky. Juez de la Cámara Federal de Casación Penal. Sede: Salón Gregorio Parera (3 de Febrero 2761, Planta Baja, Casa del Foro).

14 de Junio, de 17 a 21 horas. Evidencia digital en el proceso penal. Dr. Daniel Petrone. Juez de la Cámara Federal de Casación Penal. Código Procesal Penal de la Nación, desafíos de su implementación. Dr. Santiago Otamendi. Secretario de Justicia de la Nación. Sede: Salón Gregorio Parera (3 de Febrero 2761, Planta Baja, Casa del Foro).

21 de Junio, 17 a 21 horas. Flagrancia y Probation. Dr. Mauricio Viera. Fiscal General ante la Cámara Nacional Criminal y Correccional de la Capital Federal. Control de Constitucionalidad. Dr. Leonardo Deb. Juez de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Santa Fe. Sede: Salón Gregorio Parera (3 de Febrero 2761, Planta Baja, Casa del Foro).

Esta actividad cuenta con la coordinación de los Dres. Luciano Lauría y Martín Suárez Faisal, y del Dr. Martín Ávalos y la Dra. Mariela Fregona.

Las inscripciones pueden hacerse en el CASF, 3 de Febrero 2761, segundo piso, o en el Tribunal Oral en lo Criminal de Santa Fe, 1º Junta 2687 (desde el 22/04 hasta el 10/05).

Cupos limitados: 30 abogados de la matrícula y 30 miembros del Poder Judicial. Costo: $ 1.000. Se extenderán certificados de participación y aprobación.


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Presentación CENTRO DE ESTUDIOS PROCESALES DE RAFAELA

Invitamos  a la reunión que se realizará el jueves 6 de junio próximo a las 18.00 horas en el auditorio de la  UCSE DAR (Bv. H. Yrigoyen 1502 – Rafaela) a los fines de la creación del Centro de Estudios Procesales.

A la presentación asistirá Ana Clara Manassero (abogada y docente de grado y de posgrado de la UNR)

El Centro se crea a los fines de investigar, publicar, organizar charlas y congresos en la temática del Derecho Procesal.

Colaboran , aunando esfuerzos para su creación, el Colegio de Abogados de Rafaela y la Universidad Católica de Santiago del Estero – Dpto. Académico Rafaela.

 


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Juzgado C. Ccial y Lab. San Cristóbal – SISFE –

LA C.S.J. INFORMO QUE EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SAN CRISTOBAL OPERA DESDE EL 27 DE MAYO DEL CORRIENTE AÑO CON EL SISTEMA DE GESTION DE EXPEDIENTES "SISFE", EN REEMPLAZO DEL ACTUAL SISTEMA INFORMATICO, UTILIZANDOSE PARA LA REGISTRACION E IDENTIFICACION DE LOS EXPEDIENTES EL CODIGO UNICO DE IDENTIFICACION JURIDICA (CUIJ). 
PARA EL MISMO JUZGADO, TAMBIEN DISPUSO LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE AUTOCONSULTA  EN LA MODALIDAD YA ESTABLECIDA.

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“FERIA JUDICIAL DE INVIERNO DEL AÑO 2019. Circular 75/2019

Circular Nro. 75/19.-

Santa Fe, 29 de mayo de 2019.-

Señor: Titular del Órgano Jurisdiccional S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y debida notificación a los demás integrantes de ese órgano jurisdiccional, que la Excma. Corte Suprema de Justicia, en Acuerdo Ordinario celebrado el día 28.05.19, Acta N°20, punto 6), adoptó la siguiente resolución: “FERIA JUDICIAL DE INVIERNO DEL AÑO 2019. VISTAS: Las facultades conferidas por el artículo 248 de la ley 10.160 (texto ordenado según decreto 0046/98), mediante el cual se establecen los plazos de feria, fijando la de la estación invernal en un lapso de dos semanas, cuyo comienzo determinará esta Corte Suprema de Justicia antes del 31 de mayo de cada año. Por ello, luego de un cambio de opiniones y oído en este acto el señor Procurador General, SE RESUELVE: Fijar el receso judicial de la estación invernal del corriente año, del día 10 al 23 de julio de 2019 inclusive, librando las comunicaciones pertinentes.” Fdo: GASTALDI. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).—————————— Asimismo, corresponde en esta oportunidad recordar las pautas sentadas por la Corte Suprema de Justicia respecto del otorgamiento de licencias a tenor de lo dispuesto en el art. 221 de la Ley 10.160, en la semana en que se verán reducidos los días hábiles. En este caso las previsiones se aplicarán para los días 24, 25 y 26 de julio. Las pautas referidas son las que fueran comunicadas por: Circular 33 del 27.5.09 ref. licencias para el día 10.7.09; 74 del 26.11.09 ref. Licencias para el 8 de diciembre y para 24 y 31 de diciembre; 89 del 28.10.11 ref. Licencias para los días 14, 17 y 18 de noviembre; 11 del 15.2.12 ref. Licencias para los días 22, 23 y 24 de febrero; 16 del 8.3.12 ref. Licencias para los días 3 y 4 de abril; que en su parte resolutiva disponen: «Establecer que para los días (…), sin perjuicio de lo previsto en la normativa citada en los considerandos que preceden, en su caso, corresponderá conceder tal licencia sólo a una de las personas que integran el órgano jurisdiccional u oficina judicial, conforme la valoración que la autoridad de aplicación realice. II.- Disponer que en el supuesto de registrarse a las fechas de mención, más de una concesión de la licencia individualizada, corresponderá también a la autoridad de aplicación revisar dicha situación y ajustarse a la previsión contenida en el punto I del presente decisorio. III.- Destacar que en caso de registrarse circunstancias especiales de ausencias en la planta de personal del órgano jurisdiccional u oficina, por vacancias, razones de salud, u otros supuestos, y en orden a los fundamentos expuestos, no corresponderá la concesión del permiso citado». Sin otro particular, lo saludo atentamente. Dr.Eduardo Bordas Secretario de Gobierno


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XII Congreso Internacional de Derecho Procesal

La universidad de Medellín le extiende una invitación especial para participar del XII Congreso Internacional de Derecho Procesal.

Más de 25 expertos en el tema de la prueba judicial darán cuenta de magníficos contenidos el próximo 29, 30 y 31 de agosto en el Teatro Universidad de Medellín Gabriel Obregón Botero. Para este año el evento tiene como tema principal, La Prueba: Teoría y Práctica, y cuenta con la presencia de destacados eruditos legales y litigantes de Colombia, Estados Unidos,Reino Unido, Italia, Argentina, Chile, Paraguay entre otros países, quienes se dan cita para generar un debate sobre el significado teórico y práctico de la «integridad» en lo relacionado con la teoría y la práctica de la prueba judicial.

Conoce más información dando clic AQUÍ

 




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LLAMADO A CONCURSO JUECES COMUNITARIOS



De conformidad con lo establecido por el artículo 7° del Decreto N° 593/2014, su modificatorio N° 0268/19 y Resolución del M.J.y.D.H. Nº 0036/19, Expte. Nro 02001-0042237-7; y Resolución N° 021/19, por la que el Presidente del Consejo Consultivo resolvió convocar a concurso público de oposición, antecedentes y entrevista para cubrir las siguientes vacantes de Jueces Comunitarios de las Pequeñas Causas de las siguientes localidades:

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Nº 1
La Pelada (Departamento las Colonias)
Llambi Campbell (Departamento la Capital);
María Juana (Departamento Castellanos)
San José del Rincón (Departamento la Capital).

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Nº 2
Acebal (Departamento Rosario);
Peyrano (Departamento Constitución);
Puerto Gaboto (Departamento San Jerónimo);
Pujato (Departamento San Lorenzo).

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Nº 3
Bombal (Departamento Constitución)
Maggiolo (Departamento General López).

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Nº 4
 Las Garzas (Departamento General Obligado)
 Romang (Departamento San Javier)

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Nº 5
Arrufó (Departamento San Cristóbal)
Humberto Primo (Departamento Castellanos)
Soledad (Departamento San Cristóbal) 

https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/Estructura-de-Gobierno/Ministerios/Justicia-y-Derechos-Humanos/Archivos/Consejo-de-la-Magistratura/Llamado-a-Concurso-Jueces-Comunitarios



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RECHAZO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA 5TA. CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AL PROYECTO DE TRÁMITE SUCESORIO MEDIANTE ESCRITURA

 

El Colegio de Abogados de la V Circunscripción Judicial de la provincia de Santa Fe manifiesta su honda preocupación ante el proyecto de ley presentado por el Diputado Nacional Leandro López, mediante el cual se propone sacar del fuero natural el trámite sucesorio para instaurar un régimen de transmisión hereditaria de carácter extrajudicial.

Este proyecto no sólo resulta a todas luces inconstitucional por violar el principio de Juez Natural y la garantía del debido proceso, sino que, además, no tiene en cuenta el fundamental valor que trae aparejada la seguridad jurídica en una materia tan compleja y delicada como la que pretende tratar.

La sucesión es, y así debe ser por las cuestiones que involucra, un acto emanado de la jurisdicción, por lo que pretender traspasarlo a los escribanos implica una clara afrenta a la Constitución Nacional, a la que no podemos como Abogados permitir que se avasalle a través de proyectos inconsultos y carentes de sustento jurídico.

La jurisdicción es la aptitud de decir el derecho y eso sólo corresponde a los jueces, pues la función jurisdiccional es exclusiva y excluyente de los Juzgados y Tribunales determinados en las leyes.

Somos los Abogados matriculados quienes contamos con la habilitación profesional pertinente para canalizar las peticiones ante los habilitados a decir el derecho, por lo que avalar un proyecto como el citado no sólo viola la Carta Magna y el Código Civil y Comercial de la Nación, sino que desconoce y afecta las incumbencias profesionales de quienes ejercemos la representación letrada ante los Juzgados y Tribunales.

Por lo expuesto, este Colegio de Abogados no avala ni avalará proyectos inconstitucionales que traigan aparejado afectar la incumbencia profesional, que impliquen un claro retroceso institucional con un fundamento puramente monetario y profundo desprecio por el Estado de Derecho.

EL DIRECTORIO


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INFORMATIVA – OFICIO API – SUCESORIOS.

Atento la modificación del art. 20  de la ley 5110 (Caja de Pensiones Sociales) ya no será necesario oficiar al API en el inicio de los procesos sucesorios.

LEY PROVINCIAL NRO. 13875

Modificación al Código Fiscal Provincial y la Ley Impositiva Anual

TÍTULO II OTRAS DISPOSICIONES

ARTÍCULO 64.-   Modifícase el artículo 20 de la Ley 5110 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

«Artículo 20 – Antes de dictar una declaratoria de herederos o aprobar la institución testamentaria, los jueces deberán requerir informes de esta Caja a fin de establecer si el fallecido gozaba de pensión, y en caso afirmativo, a cuánto ascienden los importes que se haya entregado al causante por pensión hasta su fallecimiento.

En el oficio respectivo se indicará el domicilio y datos personales del causante necesarios para su individualización. Los jueces no autorizarán ninguna transferencia de bienes del causante o de los que le hubiere correspondido si viviere, sin que antes se hubiese satisfecho a esta Caja el importe de las pensiones que se le hubiere pagado.

Iguales obligaciones tendrán los jueces en todo otro juicio universal, división de condominio, particiones en vida y transmisiones en general.

Los escribanos públicos no podrán realizar transferencias de dominio, negocio o cuota de capital, división de condominio, permuta, particiones en vida, o transmisiones en general, sin que se justifique previamente el pago del concepto referidos en este artículo. Los escribanos deberán solicitar los certificados respectivos de la repartición antes mencionadas.

El señor Juez en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio no ordenará la inscripción de ningún acto o contrato cuya registración se exige por ley, sin que previamente los interesados justifiquen no tener deudas pendientes con esta Caja.

En el caso de incumplimiento de estas obligaciones, los señores jueces, escribanos públicos y funcionarios indicados anteriormente, serán personalmente responsables de los créditos de la Caja, los que se harán efectivos en sus bienes por vía ejecutiva».

https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/Estructura-de-Gobierno/Ministerios/Economia/Secretaria-de-Hacienda2/Subsecretaria-de-Ingresos-Publicos/Administracion-Provincial-de-Impuestos/Normas/Leyes/Leyes-ano-2018/Ley-Provincial-13875-2018-Modificacion-al-Codigo-Fiscal-Provincial-y-la-Ley-Impositiva-Anual




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Se pospone dictado del TALLER LITIGACIÓN ORAL*

SE INFORMA QUE POR RAZONES DE FUERZA MAYOR

LA ACTIVIDAD SE POSPONE  PARA LOS DÍAS

 

*MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 201

  * MIÉRCOLES 28 DE AGOSTO DE 2019,

 * MIÉRCOLES 04 DE SEPTIEMBRE DE 2019

 

HORARIO DE 16.00 A 20.00

SUM DEL COLEGIO DE ABOGADOS (Alvear 425).


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Jornada Derecho Laboral, San Cristóbal – 15/05/2019. Organiza Delegación de Abogados de San Cristóbal y FCJS – UNL.

Estimado Colega:

 

La Delegación  San Cristóbal del Colegio de Abogados de la V Circunscripción Judicial invita a la Jornada de Derecho Laboral a cargo del Dr. Sebastián Coppoletta . La misma se organiza en conjunto con la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral  y está  prevista para el día 15 de Mayo de 2019, a las 15Hs en la sede de la Delegación.

Esperando contar con  su presencia dando apoyo a esta iniciativa, saluda con distinguida consideración.

Delegación  San Cristóbal

 del Colegio de Abogados

de la V Circunscripción Judicial

 


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REUNIÓN DEL INSTITUTO DE DERECHO LABORAL

LUNES 13 DE MAYO DE 2019

A LAS 18.30 HS. CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

 

Business concept with copy space. Office desk table with pen focus and analysis chart, computer, notebook, cup of coffee on desk.Vintage tone Retro filter, selective focus.

 

 

 

 

 

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Circular nro. 67. Puesta en marcha del sistema de notificaciones electrónicas con firma digital

Circular Nro. 67/19.-

Santa Fe, 07 de mayo de 2019.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 30.04.2019, Acta Nro. 16, punto 16, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS CON FIRMA DIGITAL: Teniendo en cuenta las decisiones adoptadas por este Cuerpo mediante Acta Nro. 7, Punto 11 y 12 del 7.3.2019; Acta Nro. 11, Punto 18 del 20.3.2019; Acta Nro. 13, Punto 10 del 4.4.2019; y los requerimientos formulados por notas del 25 de abril del corriente año por parte de las Presidencias de los Colegios de Abogados de la Primera y Segunda Circunscripción Judicial, este Cuerpo considera oportuno prorrogar hasta el 31 de mayo del corriente la puesta en funcionamiento del sistema de notificaciones electrónicas con firma digital oportunamente dispuesta. Que para así decidirlo, se ha tenido en especial consideración la importancia de lograr los consensos necesarios de todos los operadores del sistema judicial, en el firme convencimiento que el éxito y sustentabilidad de cualquier empresa se encuentra inescindiblemente unido al trabajo conjunto de quienes tienen trazado un mismo horizonte común. Así, quienes estamos encargados del diseño de políticas de gobierno aggionardas con nuestra realidad, encontramos en el uso de nuevas tecnologías los lineamientos indispensables en orden a lograr una justicia de calidad, moderna y ágil que través del tiempo ha sido debidamente reclamada y que hoy nos encontramos en condiciones de poder ofrecer. Por todo lo cual y oído en este acto el señor Procurador General, SE RESUELVE: 1) Continuar con la suspensión, hasta el 31 de mayo del año en curso, de la puesta en marcha del Sistema de Notificaciones por medios electrónicos con firma digital, en el ámbito de los expedientes involucrados en la Prueba Piloto de Oralidad Efectiva y en la Oficina de Procesos Sucesorios 2) Disponer que hasta el 31 de mayo de 2019, continuará de manera voluntaria la implementación del sistema de notificaciones electrónicas con firma digital en las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial y Laboral de Santa Fe y Rosario. 3) Librar las comunicaciones pertinentes. Fdo: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).
Saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno



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LITIGACIÓN ORAL* TALLER * CUPOS LIMITADOS – SUM, 16 – 22 y 29 de Mayo de 2019.

Taller introductorio e intensivo de

“ENTRENAMIENTO EN RETÓRICA ESCÉNICA Y LENGUAJE CORPORAL PARA LA LITIGACIÓN ORAL”

Presentación general

A continuación se presenta un programa para la realización de un taller de carácter introductorio e intensivo con el objetivo de aportar herramientas básicas sobre retórica escénica y lenguaje corporal específicas y orientadas en las técnicas de litigación para las audiencias y los juicios orales.

Cuando hablamos de retórica hacemos referencia a             la técnica o arte que desde mediados del siglo V a.C analiza y estudia las reglas que logran convencer, persuadir, deleitar, conmover al oyente. Declarada popularmente desde los antiguos como téchne retoriké o ars dicendi, “el arte del decir bien”, advertimos que el decir implica hacer, es decir que “la palabra” debe ser sostenida por el gesto, por la voz, por el cuerpo con el fin de lograr credibilidad y empatía en el auditorio.

La retórica trabaja sobre dos ejes; por un lado el orden sintagmático que opera sobre la estructura sintáctica – gramática del discurso que refiere a la elaboración, combinación y relación entre las frases y las palabras; y por el otro, un orden paradigmático que opera sobre la exposición del discurso es decir, el cuerpo como aparato expresivo, la voz, los tonos, los gestos, todo lo que implica la composición y definición de un estilo del orador. Este eje u orden paradigmático, antiguamente denominado por los retóricos como elocutio y por Aristóteles como la actio, es uno de los vehículos imprescindibles de transmisión y comunicación que da inicio a la acción, y ésta a provocar una reacción en el/la interlocutor/a o auditorio. Dentro de estos elementos y herramientas compositivas se encuentran las figuras gestuales, tonales, posturales que involucran la mirada, la voz, las manos, en síntesis, la comunicación no verbal o lenguaje corporal; como también es importante evidenciar el contexto “escenográfico” que será soporte y parte de esa presentación. Aquí comienzan a involucrarse más ingredientes retóricos como objetos, vestuario, hasta la misma estructura del espacio donde se desarrollará la presentación que no serán elegidos y utilizados “inocentemente”, sino que se seleccionarán para utilizar a partir de ciertos criterios de conveniencia para la concreción de credibilidad y verosimilitud de la exposición, serán parte de la retórica del contexto, de la retórica escénica.

 

Fundamentación

Entonces, ¿a qué nos referimos al hablar de la retórica escénica?.

Parafraseando a uno de los teóricos y hacedores referente del teatro argentino Aldo Pricco, entendemos la retórica escénica como el análisis y la producción de estrategias discursivas de la práctica teatral convenientes para la concreción de una credibilidad y adhesión espectatorial indispensables para el contrato de copresencia entre agentes escénicos y destinatarios.

Cuando hacemos mención de la palabra “escénica” es imposible no remitirnos a la actividad teatral en cuanto a una connotación histriónica y espectacular… El límite entre el teatro y el juicio o audiencia, es que el primero expone la retórica y el segundo no. Es decir, el teatro en su contexto espectacular se caracteriza por la construcción de ficción con criterios artísticos, estéticos y el auditorio presencia el acontecimiento a sabiendas de su carácter ficcional. A diferencia de la representación de juicios orales donde fiscales y defensores intentarán convencer al juez, tribunal y jurado, sobre la veracidad de cada versión de los hechos y su implicancia en la condena o absolución de una persona.

El conjunto y combinación de elementos retóricos escénicos para la construcción de credibilidad en la exposición de los representantes de las partes serán esencialmente su Teoría del caso, investigada previamente, donde intervendrán testigos, imputado, víctima y objetos en carácter de pruebas que construirán y narrarán la historia, como así también la solvencia expresiva del fiscal o defensor para conducir, guiar y exponer cada momento y actores que componen su teoría.

La acción – reacción, el dominio vincular y el conflicto son algunas de las analogías de la retórica escénica que emergen entre la práctica teatral y las prácticas de la litigación en las audiencias y juicios orales. Sin conflicto no hay juicio, sin conflicto no hay teatro… el conflicto es consecuencia del vínculo y el vínculo se desarrolla entre sujetos, personas. Otra de las analogías que emergen entre una práctica y otra es el “aquí y ahora” de la resolución del conflicto sea en la sala teatral como en la sala de juicio, es el “momento presente” que exige la presencia física de los actores. Sin estos cuerpos presentes no hay             exposición. Entonces, la esencia del teatro radica en el “aquí y ahora” y en el origen de su palabra theatrón que refiere a la actividad contemplativa, al lugar desde donde se mira.

Esta exposición de cuerpos presentes requiere de un entrenamiento expresivo. El dominio correcto del cuerpo, de cada uno de estos componentes expresivos hacen posible la empatía, la verosimilitud como camino a la credibilidad.

Cada movimiento que hace una persona que habla con las manos, con el cuerpo, sea consciente o inconsciente, es una forma de transmisión. Como en el caso del actor, el defensor y el fiscal deben ser conscientes de lo que están transmitiendo en una sala de audiencia, deben tener dominio y registro que hagan posible que vayan por el mismo camino palabra, mente y cuerpo, es su responsabilidad; sin olvidar el papel activo que juega el receptor o auditorio. Para convencer se debe generar interés y un elemento esencial para darle continuidad al interés de escuchar, de seguir el relato o discurso son los cambios en la voz, las pausas, los silencios, la atención que emerge a través del sonido y del gesto. Pensemos en la monotonía sonora que provoca la lectura de un discurso o la oralidad de un relato sin intenciones, sin pausas, sin variaciones rítmicas, sin contacto visual… Por más voluntad y obligaciones que tengamos en prestarle atención pasados unos minutos la concentración será insostenible. La monotonía provoca adormecimiento y distancia como también el excesivo uso de lenguaje técnico.

Para captar atención, transmitir y como resultado persuadir es fundamental ser creíbles, ser verosímiles, es entrenar             ante todo “la naturalidad” o como se dice en la jerga teatral “la organicidad”. ¿Qué queremos decir con “ser naturales”?. Sencillamente no parecer lo que vulgarmente llamamos “armado”, “acartonado” o que suene falso, no creíble. También se nos presenta otra cuestión a resolver, y es consecuencia de la exposición los nervios y la adrenalina, estos suelen ser inevitables. Los movimientos involuntarios, tics nerviosos, bloqueos que obstaculizan la recepción e interfieren en la atención del auditorio. Es aquí donde proponemos trabajar a partir de ejercicios diferentes con el propósito de tomar registro y conciencia de cómo se ven y se oyen para continuar entrenando en la “limpieza” de esos “ruidos” gestuales. Es decir, en otras palabras, la percepción sobre uno mismo puede ser totalmente diferente de lo que perciben los demás y aquí es donde comenzamos el camino hacia la verosimilitud y la persuasión.

El objetivo de intervenir desde la mirada retórica escénica es brindar una metodología de entrenamiento conformada por ejercicios de algunas técnicas teatrales y pertinentes a combinar con las técnicas de litigación, que estimularan la creatividad, la confianza y los sentidos aportando herramientas, recursos que servirán de apoyo y facilitarán la toma de consciencia en el manejo del propio cuerpo y así poder discernir y regular movimientos, posturas corporales, gesticulaciones propias que favorecerán al abogado en la audiencia o juicio. Estos ejercicios desarrollarán y permitirán tener una conciencia de la propia imagen con un “diagnóstico”, si se quiere, de las actitudes y movimientos que se podrían potenciar como los que tal vez convenga modificar. Con el objetivo de coadyuvar el estilo de cada abogado. El estilo personal es una combinación única de elementos que incluyen el control y la coordinación del cuerpo, cerebro y la voz.

 

Objetivos generales:

  • Estimular el interés por ampliar la capacidad creativa             y de recursos expresivos             a través del cuerpo y los sentidos.
  • Lograr que el alumno se desestructure racional y corporalmente.
  • Elaboración y desarrollo de ópticas variadas como camino a la empatía.
  • Estimular el contacto vincular y empatía             a través de ejercicios que desarrollan la escucha y la toma de conciencia sobre el registro de “el otro”. Estimulación vincular.
  • Desarrollar en el alumno herramientas de improvisación corporal y oral para poder enfrentar imponderables o bloqueos posibles en la exposición.
  • Trabajar el contacto visual – sostenimiento, proyección y vínculo. El contacto visual como una de las herramientas fundamentales en la persuasión.
  • La voz, expresión oral, entonaciones, variación rítmica y silencios.
  • Tener conciencia de la imagen y presencia como signos y estímulos parte de la comunicación.
  • Manipulación de objetos y evidencias.
  • Trabajar el poder de síntesis y elaboración de frases que generen impacto. Despojar el lenguaje técnico.
  • Utilización de silencios retóricos, la improvisación no es sólo palabra.

Metodología de trabajo y material de apoyo didáctico:

La metodología de trabajo es dinámica y práctica, con actividades y ejercicios que desarrollan y estimulan en primera instancia el mundo de los sentidos y la desinhibición para luego, sumarlos como herramientas imprescindibles que hacen posible manipular las destrezas básicas de exposición y oratoria.

  • Observación y análisis de video que introducen a la toma de conciencia sobre la relevancia del manejo de las herramientas básicas para la exposición y la vinculación con el interlocutor.
  • Exposición sobre aspectos teóricos.
  • Simulacros y juegos de roles con anclaje en las distintas instancias de juicio.
  • Elementos para la composición narrativa de alegatos. Composición expresiva.
  • Ejercicios de dominio vincular y dialéctica con anclaje en examen directo y contra.
  • Exposiciones grupales e individuales. Análisis y devoluciones.

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Invitación – Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Invitación: Reunión de la Comisión de Trabajo Decente del CEyS

El motivo del presente es convocarles a una nueva Reunión de la Comisión de Trabajo Decente del Consejo Económico y Social, a realizarse el día miércoles 08/05 a las 16 hs, en el Salón Blanco de Casa de Gobierno – 3 de febrero 2649 – Ciudad de Santa Fe.

En esta ocasión y en el marco del Objetivo N° 4 de la Nueva Agenda de Trabajo Decente de Santa Fe 2017-2020, y de los compromisos de la agenda multisectorial de temas estratégicos del Acuerdo Santafesino por la Producción, el Trabajo y la Innovación, abordaremos la temática «Infancias cuidadas: Erradicación del trabajo infantil en Santa Fe».

En este marco se presentará el proyecto «Offside: ¡marcando la cancha!», elaborado conjuntamente entre la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el gobierno de Santa Fe. Asimismo, se aprovechará la ocasión para repasar y poner en valor las políticas y acciones llevadas adelante por el gobierno provincial en la materia.

La jornada, contará con la presencia del Director de la Oficina País de
la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Pedro Américo Furtado de Oliveira, y del Ministro de Trabajo de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, Julio Genesini, quienes serán acompañados tanto por funcionarios de este organismo internacional, como del gobierno provincial.

Esperamos contar con vuestra presencia, aprovechamos para saludarles cordialmente,

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Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Gobierno de la Provincia de Santa Fe









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Marco Antonio Terragni será declarado «Rafaelino Distinguido»

Será el próximo jueves 25 de abril a la hora 9 en el Concejo Municipal de Rafaela.

Quienes deseen acompañar al Dr. Terragni en este reconocimiento, podrán participar del acto que tendrá lugar el día jueves 25 de abril a la hora 9.00 en el Concejo Municipal, sito en calle Moreno 8 de la ciudad de Rafaela.





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Invitación al acto de apertura del «Curso anual de capacitación en Defensa Pública»

Estimado Presidente del Colegio de Abogados de la 5º Circunscripción, Abog. Enrique Sofietti Berger: por medio del presente, acompañamos en archivo adjunto nota de invitación de la Defensora Provincial, Dra. Jaquelina Ana Balangione, al acto de apertura del «Curso anual de capacitación en Defensa Pública» que organiza el Instituto de Capacitación de la Defensa Pública. El mismo se desarrollará en el Salón de Actos de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe -sito en calle San Jerónimo 1551 de la ciudad de Santa Fe-, y será transmitido por videoconferencia en el Edificio Principal de Tribunales, 4º Piso -sito en calle Alvear 226 de la ciudad de Rafaela-.

Desde ya muchas gracias. Saludos cordiales.



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CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS – CTD SUNCHALES 2019


1 Cargo de Receptor de Denuncias

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias (CTD) del Nodo Rafaela.

El profesional seleccionado deberá desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD de Suchales (Av. H Yrigoyen 708) de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs) o vespertino (de 14 a 20 hs), por un término de 12 meses. El cargo es rentado.

REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Abogada/o, con matrícula vigente, inscriptos en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.
• Edad entre 24 y 35 años.
• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética.
• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados.
• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, programas de gestión, etc.).
• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación.

REQUISITOS PREFERENTES:
• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración y/o atención al ciudadano.
• Inscripción en AFIP del interesado.
• Residir en Suchales.

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:
El postulante deberá presentar su currículum vitae (sin soporte papel de antecedentes) en la Recepción del Colegio de Abogados de Rafaela (Buenos Aires 168), o en PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar), desde el 15/04/2019 hasta el 26/04/2019 inclusive.


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C.S.J. Informativa – Notificaciones electrónicas con firma digital.

REGLAMENTO APLICABLE AL SISTEMA DE NOTIFICACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS CON FIRMA DIGITAL
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5916

ACTA N° 13: 
En la ciudad de Santa Fe, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve, se reunió en Acuerdo Ordinario la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia, presidida por su titular Dra. MARÍA ANGÉLICA GASTALDI, e integrada por los señores Ministros, Dres. DANIEL ANÍBAL ERBETTA, ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO, RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ, MARIO LUIS NETRI y EDUARDO GUILLERMO SPULER, y con la asistencia del señor Procurador General, Dr. JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE, a fin de considerar lo siguiente:

  
10) REUNION CON LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE EN RELACIÓN A LA PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS CON FIRMA DIGITAL. 
VISTO Y CONSIDERANDO: 
Que por Acta Acuerdo Nro. 11, p. 18, de fecha 20 de marzo del corriente, este Cuerpo dispuso la suspensión de la puesta en marcha del Sistema de Notificaciones por medios electrónicos con firma digital, en el ámbito de los expedientes involucrados en la Prueba Piloto de Oralidad Efectiva y en la Oficina de Procesos Sucesorios, hasta el 30 de abril de 2019. Que, en dicha oportunidad, convocó a los cinco Colegios de Abogados de la Provincia a una instancia de diálogo, en pos de atender las inquietudes y preocupaciones de los distintos operadores del sistema. 

Que, materializado dicho encuentro el pasado 27 de marzo, con representantes de la Secretaría de Gobierno y de la Secretaría de Informática de este Cuerpo; de las Presidencias de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe y Rosario, de las Cámaras de Apelación en lo Laboral de dichas sedes, y de los Colegios de Abogados de Santa Fe, Rosario y Rafaela; se acordó mantener la suspensión de las notificaciones electrónicas en el ámbito de la prueba piloto de Oralidad Efectiva y de la Oficina de Procesos Sucesorios hasta el 30 de abril de este año. Asimismo, se consensuó que las notificaciones electrónicas con firma digital en el ámbito de las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial, y de las Cámaras de Apelación en lo Laboral de Santa Fe y Rosario sea aplicable de manera facultativa, mediante la mera denuncia de correo electrónico del profesional, y conforme el reglamento aprobado por esta Corte en Acta Nro. 7. Punto 11 del 7.3.2019, hasta la fecha de prórroga antes señalada; esto es, el 30 de abril del corriente. Por lo demás se estimó oportuno realizar capacitaciones a través del sistema de video conferencia en toda la provincia, de manera conjunta entre el Poder Judicial y los Colegios de Abogados; como así también, dar la mayor y mejor difusión posible al nuevo sistema de notificaciones. Que, en razón de lo expuesto, resulta pertinente hacer lugar a lo planteado por las partes en el encuentro referido, siendo atendibles las propuestas arrimadas en pos de la optima implementación del sistema de notificaciones electrónicas con firma digital. 

Por todo lo cual y oído en este acto el señor Procurador General, 

SE RESUELVE: 
1) Disponer que las notificaciones electrónicas con firma digital en el ámbito de las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial; y de las Cámaras de Apelación en lo Laboral de Santa Fe y Rosario, sea aplicable de manera facultativa hasta el 30 de abril de 2019, y de conformidad con el reglamento aprobado por esta Corte mediante Acta Nro. 7. Punto 11 del 7.3.2019. 

2) Delegar en la Secretaría de Gobierno del Cuerpo, la capacitación pertinente a través del sistema de video conferencia propuesto. 

3) Dar la más amplia difusión del sistema de notificaciones electrónicas con firma digital, a través de los medios dispuestos al efecto. 4) Librar las comunicaciones pertinentes.


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Próximas reuniones de Institutos.

 

REUNIÓN DEL INSTITUTO DE DERECHO ANIMAL

 

MIÉRCOLES 10 DE ABRIL DE 2019 A LAS 15.30 HS. CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

 

REUNIÓN DEL INSTITUTO DE DERECHO LABORAL

 

MIÉRCOLES 10 DE ABRIL DE 2019 A LAS 19.00 HS. CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

 

INSTITUTO DE DERECHO INFORMÁTICO

 

PRIMERA REUNIÓN

 

SE INVITA A TODOS LOS COLEGIADOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL

INSTITUTO DE DERECHO INFORMÁTICO A LA PRIMERA REUNIÓN QUE,

A LOS FINES DE SU CONSTITUCIÓN, SE LLEVARÁ A CABO EL PRÓXIMO

JUEVES 11 DE ABRIL A LAS 19.00 HORAS EN CASA DEL FORO (Alvear 425)

 

 

 


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Aportes para la Agenda Justicia 2030

Señor Presidente de Colegio de Abogados:

De nuestra consideración:

 

Solicitamos la divulgación de esta comunicación entre los matriculados, invitándolos a realizar aportes para la construcción de la Agenda Justicia 2030, en cada uno de los siete foros de www.justicia2020.gob.ar

 

Encontrarán un diagnóstico por cada eje, sobre el cual realizar los aportes, durante el mes de abril: Institucional, Penal, Civil, Acceso a la Justicia, Derechos Humanos, Gestión y Justicia y Comunidad.

 

Cualquier consulta que tengan, por favor escribirla a justicia2020@jus.gob.ar.

Apreciamos su colaboración en la difusión del presente.

Cordiales saludos,

 

Hector M. Chayer

Coordinador Programa Justicia 2020

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.


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CAPACITACION – SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRONICAS CON FIRMA DIGITAL.

La Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe, en el marco de la instancia de diálogo generada por el Alto Cuerpo para la puesta en funcionamiento del sistema de notificaciones electrónicas con firma digital, invita a todos los colegiados al curso de capacitación que tendrá lugar el próximo martes 9 de abril del corriente en horario de 17hs a 19hs. 

El mismo estará a cargo de la Secretaría de Gobierno y de Informática del Poder Judicial, y se plasmará en el Salón de Actos de la Corte Suprema de Justicia en la ciudad de Santa Fe.

La temática a tratar versará sobre el funcionamiento del sistema en cuestión, dándose un espacio para las dudas y consultas que pudieren surgir en cuanto a su operatividad.

Asimismo, y a los fines de lograr  mayor y mejor alcance del encuentro, éste se transmitirá en simultáneo - por el sistema de video conferencia-  a las cinco circunscripciones judiciales en las salas dispuestas por la Corte en los Tribunales de Rosario,  Venado Tuerto,  Vera y Rafaela.

La transmisión se llevará a cabo en Alvear 226 4º piso.

 


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Curso sobre Aspectos Constitucionales y Legales de la Ley de Riesgo y Análisis Jurisprudencial

Curso sobre Aspectos Constitucionales y Legales de la Ley de Riesgo y Análisis Jurisprudencial,  se desarrollará en conmemoración del Nuevo Aniversario de la creación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de nuestra localidad, y será dictado por el Dr. José Daniel Machado, Vocal de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe, Profesor de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Facultad de Derecho de la UNL y la UCA (Paraná), Director de la Carrera de Posgrado de Especialización en Derecho Laboral de la UNL, que se dicta en las sedes Santa Fe, Córdoba, Mendoza y Salta, Presidente de la Comisión reformadora del Código Procesal Laboral Santafesino, Jurado de los Consejos de la Magistratura  en las provincias de  Entre Ríos, Catamarca y Santa Fe, Ponente Oficial en Congresos y Jornadas de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo, la Sociedad Argentina de Derecho Laboral y la Asociación de Abogados Laboralistas, Director Académico de la Revista de Derecho Laboral de Editorial Rubinzal y Asociados.

El mismo tendrá un valor de  $300, y se entregará a los presentes el respectivo Certificado por su participación. Se llevará a cabo el día Martes 16 de Abril,  a partir de las 19:30 hs, en las instalaciones del Centro Integrador Comunitario (CIC), sito en calle Carlos Pellegrini y Av. Presidente Perón, de la localidad de Ceres, Santa Fe.

Las inscripciones al curso se realizarán hasta el día 12 de Abril, personalmente en la Delegación del Colegio, sito en calle Alem N°36 de Ceres, o vía e-mail al siguiente correo: colabceres@outlook.com.

Colegio de Abogados – Ceres

Administración: Alem nº36

Correo electrónico colabceres@outlook.com.ar

Horario de atención: Lun a Vie de 09.00 a 13.00 hs


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INSTITUTO DE DERECHO INFORMÁTICO PRIMERA REUNIÓN

INSTITUTO DE DERECHO INFORMÁTICO

PRIMERA REUNIÓN

SE INVITA A TODOS LOS COLEGIADOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL

INSTITUTO DE DERECHO INFORMÁTICO A LA PRIMERA REUNIÓN QUE,

A LOS FINES DE SU CONSTITUCIÓN, SE LLEVARÁ A CABO EL PRÓXIMO

JUEVES 11 DE ABRIL A LAS 19.00 HORAS EN CASA DEL FORO (Alvear 425)


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FACA – RESOLUCIÓN SOBRE EL ESTADO DE LA JUSTICIA

Resolución sobre el estado de la Justicia que emitiera la Junta de Gobierno de esta Federación Argentina de Colegios de Abogados, en su reunión del pasado 29 de marzo del corriente año en la ciudad de Villa Mercedes, San Luis.

RESOLUCIÓN SOBRE EL ESTADO DE LA JUSTICIA.
La Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.), entidad que agrupa a la abogacía organizada del país, expresa su profunda preocupación por los hechos de público conocimiento que resultan de denuncias de corrupción mezclados con operaciones de inteligencia, que ponen en jaque a la justicia argentina, en especial a la justicia federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, superando cualquier límite de razonabilidad, acentúan la pérdida de confianza, credibilidad y prestigio que la sociedad le reclama.
Notamos con creciente inquietud como la percepción negativa que se tiene del Poder Judicial supera incluso al descontento social referido a las restantes autoridades políticas del Estado, en todos sus estamentos.
La confianza y credibilidad de las personas que se encuentran sometidas a la jurisdicción, constituyen insumos imprescindibles para suprimir la sospecha generalizada de parcialidad y falta de independencia que hoy prevalecen en la consideración social.
La función judicial es el resguardo de los derechos y libertades de las personas, y custodia de las instituciones que hacen posible nuestra vida en democracia.
Las garantías que la Constitución Nacional reconoce a los magistrados para permitirles el adecuado cumplimiento de su delicada misión de juzgar, debe ser un compromiso republicano efectivo del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo.
La denuncia por mal desempeño es un acto de extrema gravedad institucional que no puede ser banalizada, al punto de servir como un recurso ordinario más, destinado simplemente a saciar el interés particular del denunciante o generar una cuestión mediática.
Cuando no existe credibilidad en los jueces y funcionarios judiciales, se quebranta uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho.
Es necesario que la ciudadanía sepa que uno los objetivos esenciales de la reforma constitucional de 1994 fueron la defensa de la independencia, la jerarquización y la despolitización de la justicia.
A 25 años de esa reforma, este objetivo se encuentra incumplido.
El sano y prudente equilibrio que debió procurarse en la integración periódica del Consejo de la Magistratura de la Nación entre los representantes de los poderes políticos (Ejecutivo y Legislativo), de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal, nunca se logró, y las sucesivas reglamentaciones legales fueron dando a los primeros una participación cada vez más preponderante, de forma tal de asegurarse el carácter político y no técnico de sus decisiones, así como desvirtuando su esencia y razón de ser.
Algo similar sucedió con las diferentes integraciones del Jurado de Enjuiciamiento con legisladores, magistrados y abogados de la matrícula federal.
Hace tiempo que esta Federación ha denunciado la necesidad de establecer una adecuada y equilibrada representación de los estamentos que deben conformar los órganos de los que depende la selección y enjuiciamiento de magistrados.
La predominancia de los estamentos políticos origina en gran medida la pérdida de confianza en el Poder Judicial, generando sospecha sobre la idoneidad de un candidato selecto en un concurso o posibilitando presumir que los enjuiciamientos dependen más de la cercanía de los jueces al poder de turno, antes que a su buen o mal desempeño.
El rotundo fracaso de la justicia y su falta de legitimidad social en los últimos tiempos ha sido recientemente reconocido por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tribunal al que hemos visto, en los últimos meses, mayormente sumido en una aparente fricción interna que en el cumplimiento de sus misiones constitucionales.
A pesar de ello, no mencionó ninguna decisión de política institucional para revertirlo, sino que más bien admite la existencia de una magistratura débil y dependiente de los poderes políticos para su funcionamiento.
Sin embargo, no cabe atribuir esta situación exclusivamente a la justicia, sino a los poderes políticos que, en sus diferentes integraciones pasadas y presentes, han despreciado su necesaria independencia.
Es hora de la toma de decisiones que reconstruyan los vínculos de respeto y consideración de la ciudadanía argentina que nunca debieron romperse.
Solo con jueces independientes, que nazcan desde su designación con la credibilidad social de su formación, su ética y su desempeño, se recuperará la confianza en la Justicia.
Por ello, la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Colegios de Abogados reunida en la ciudad de Villa Mercedes, San Luis, RESUELVE:
1) Expresar su profunda preocupación por los hechos de público conocimiento que afectan a la Justicia argentina, y en especial a su fuero federal.
2) Solicitar públicamente a los poderes del Estado Nacional que adopten, en sus respectivas esferas de competencias, las medidas y políticas activas necesarias para revertir la situación de desprestigio en la Administración de Justicia
3) Requerir que el Consejo de la Magistratura de la Nación, de manera directa y de acuerdo a sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, por via de superintendencia, diseñe y ejecute un plan de control de gestión de todos y cada uno de los juzgados, cámaras y tribunales orales del país y especialmente los juzgados federales con asiento en la ciudad de Buenos Aires. Asimismo, solicitar que publicite los resultados de la auditoría realizada sobre la justicia federal penal de esa jurisdicción.
4) Solicitar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a resolver,
poniendo fin a la incertidumbre, acerca de la inconstitucionalidad
declarada sobre la conformación del Consejo de la Magistratura de
la Nación, dando trámite y pronunciándose en la causa que está
sometida a su competencia.
5) Peticionar al Congreso Nacional para que, con la celeridad que el caso requiere, considere y de tratamiento a los distintos proyectos de reforma referidos al Consejo de la Magistratura de la Nación, respetando los principios de equilibrio y participación de los estamentos, conforme lo previsto en el artículo 114 de la Constitución Nacional.
Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.)
Villa Mercedes, 29 de marzo de 2019

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Seminarios anuales – Instituto de Capacitación de la Defensa Pública

Estimadas/os: desde el Instituto de Capacitación de la Defensa Pública hacemos extensiva la invitación a los seminarios anuales “Curso anual de capacitación en Defensa Pública” y “Abordaje Integral de Violencia Institucional”. Informamos que quienes así lo deseen podrán inscribirse desde el 01/04 hasta el 08/04 en los links que a continuación se acompañan:

Seminario «Abordaje Integral de Violencia Institucional»: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdYOffZwyb8mR_UPJTqS0FIX_SDKF3w63Q-VMoEml9MSXO6Zw/closedform

Seminario «Curso anual de capacitación en Defensa Pública»: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScoPj6QxF3uHsfLeAdh4-JbCFTiEKWHScv6B50teCWKYJ3S1A/closedform

Aclaramos que el seminario «Curso anual de capacitación en Defensa Pública» se desarrollará en el Salón de Actos de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe -ciudad de Santa Fe-, y será transmitido por videoconferencia en las Circunscripciones n° 4 -sedes Reconquista (a confirmar) y Vera- y n° 5 -sede Rafaela-.

Mientras que el seminario «Abordaje integral de Violencia Institucional» tendrá lugar en el Salón de Actos de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe -ciudad de Rosario-, y se cursará por videoconferencia en la Circunscripción Judicial n° 3 -sede Venado Tuerto-.

Para mayor información de los cursos, cuerpo docente y programa puede visitar nuestro sitio web a través de los siguientes links:

http://www.defensasantafe.gob.ar/prensa-comunicacion/noticia/seminario-anual-abordaje-integral-de-violencia-institucional-393

http://www.defensasantafe.gob.ar/prensa-comunicacion/noticia/curso-anual-de-capacitacion-en-defensa-publica-395

Asimismo, acompañamos en el cuerpo del mail los flyers de difusión de los seminarios. Rogamos hacer extensiva esta invitación.

Sin más, enviamos un cordial saludo.

Subsecretaría de Relaciones Institucionales y Públicas

Defensoría Provincial

Servicio Público Provincial de Defensa Penal

 

 

 


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ACTUALIZACION DE DOMICILIO LEGAL Y REAL

Tal información se incorporará a su legajo personal, motivo por el cual la comunicación deberá efectuarse en administración del Colegio mediante la presentación de un formulario, sin excepción. El mismo se encuentra al pie. 

Código de Ética  

V

DEBERES PARA CON EL COLEGIO DE ABOGADOS.

Art. 6º.- Constituyen faltas de ética por incumplimiento del deber de colaboración y solidaridad con el respectivo Colegio de Abogados: c) No informar al respectivo colegio los cambios de domicilio profesional.

 


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INVITACION del CCIR a charla sobre «El sistema tributario argentino, el contrapeso del sector productivo», que sera dictado por Nadin Argarañaz.

Estimados, los invitamos el viernes 29 de marzo a las 13:00 hs, en el CCIRR (Necochea 84), a participar de una charla sobre  «El sistema tributario argentino, el contrapeso del sector productivo», que sera dictado por Nadin Argarañaz.

La actividad sin costo y requiere inscripción previa (hacer click en «Inscribite Acá» en el flyer).

 


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CONSULTA A COLEGIADOS

Estimados:

El Colegio de Abogados convoca a los colegiados que tengan interés en el estudio del Derecho Constitucional a debatir la redacción de un proyecto de ley que contemple forma y contenido de la constitución de un Consejo de la Magistratura provincial.

Quienes se encuentren interesados, por favor, comunicarlo por vía correo electrónico a colabrafaela@wilnet.com.ar hasta el 30/03/2019


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Invitación Cámara de Diputados – 3/4 15:30 hs

Señor

Presidente del Colegio de Abogados de Rafaela

Dr. Enrique SOFFIETTI BERGER

 

Enviamos en adjunto invitación de la Cámara de Diputados de Santa Fe.

Rogamos su difusión a las áreas pertinentes.

Atentamente,

 

Relaciones Institucionales

Cámara de Diputados Provincia de Santa Fe

«2019 – CONMEMORACIÓN DEL CENTENARIO DEL NATALICIO DE EVA DUARTE DE PERÓN»


https://www.youtube.com/diputadossantafe

https://www.instagram.com/diputadossf/ 


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Bonificación para colegiados en Librería Época – Sunchales

Convenio con Librería – Juguetería ÉPOCA

Sunchales

Facebook LIBRERÍA ÉPOCA

Bonificación del dieciséis por ciento (16%) sobre compras de artículos de oficina, escolares  e insumos de  computación por pago efectivo o con tarjeta de débito.

El colegiado acreditará su condición presentando la credencial de abogado.


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Circular nro. 44. Suspensión puesta en funcionamiento de notificación electrónica con firma digital en los procesos de oralidad

Circular Nro. 44/19.-

 

Santa Fe, 21 de marzo de 2019.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 20.03.2019, Acta Nro. 11, punto 18, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

COLEGIO DE ABOGADOS DE ROSARIO, SANTA FE, RECONQUISTA, Y RAFAELA S/ SOLICITA SUSPENSIÓN PUESTA EN FUNCIONAMIENTO NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA CON FIRMA DIGITAL OBLIGATORIA EN LOS PROCESOS DE ORALIDAD EFECTIVA Y OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS: VISTO Y CONSIDERANDO: Que por Acta Acuerdo Nro. 7, Punto 11, de fecha 7 de marzo del corriente, este Cuerpo dispuso la puesta en marcha del Sistema de Notificaciones por medios electrónicos con firma digital, en el ámbito de los expedientes involucrados en la Prueba Piloto de Oralidad Efectiva y en las Oficinas de Procesos Sucesorios a partir del 25 de marzo de 2019, de manera obligatoria y según la reglamentación que en la oportunidad se aprobó. Que, mediante nota presentada el día 20 de marzo del corriente, los señores Presidentes de los Colegios de Abogados de Rosario; Santa Fe; Reconquista; y Rafaela, consideran “…fundamental la adaptación de los distintos procesos a la tecnología imperante, en el convencimiento que ello redunda en un mejor servicio de justicia”. Que, no obstante lo expuesto, entienden oportuno solicitar la suspensión de la puesta en marcha de esta nueva modalidad en la fecha allí prevista. Entre otras cuestiones, manifiestan que lo requerido “…no implica en manera alguna un rechazo al sistema propuesto, dado que entendemos indispensable modernizar la estructura de los procesos, en orden a lo optimización y celeridad.”, pero que en el caso en particular la inmediata puesta en marcha del sistema de notificaciones digital traerá aparejado importantes inconvenientes funcionales, los cuales impactarán de manera negativa en la pretendida optimización del sistema vigente. Que, resultando atendible los planteos formulados, se considera oportuno convocar a las referidas instituciones a una instancia de diálogo, para abordar de manera integral la temática en consideración y evitar cualquier disfunción que pudiera plantearse en la consecución de los objetivos previstos. Por todo lo cual y oído en este acto el señor Procurador General Subrogante, SE RESUELVE: 1) Disponer la suspensión, hasta el 30 de abril del año en curso, de la puesta en marcha del Sistema de Notificaciones por medios electrónicos con firma digital, en el ámbito de los expedientes involucrados en la Prueba Piloto de Oralidad Efectiva y en la Oficina de Procesos Sucesorios. 2) Convocar a los Colegios de Abogados referidos a una instancia de diálogo, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes. 3) Librar las comunicaciones pertinentes. Fdo: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. MOLINARI. BORDAS (SECRETARIO).

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno

 






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«XIX CONFERENCIA NACIONAL DE ABOGACÍA «Acceso a la Justicia. Roles de la abogacía . FACA 2019»

Estimado Presidente:

                                   Me dirijo a Ud. a los fines de ponerlo en conocimiento que se encuentra abierta la inscripción de la  «XIX CONFERENCIA NACIONAL DE ABOGACÍA  «Acceso a la Justicia. Roles de la abogacía . FACA 2019» a realizarse los días 24, 25 y 26 de abril del corriente en nuestra querida ciudad de La Plata, cuya organización se encuentra a cargo de nuestro Colegio Departamental (COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PLATA).

Las inscripciones solicitadas por los Colegios Departamentales tiene un arancel preferencial.

En caso de acceder a la misma su Colegio deberá realizar la inscripción institucional vía Eventbrite (Modalidad de Entrada: MATRÍCULA EXCLUSIVA INSTITUCIONES) y remitir el listado de profesionales incluídos en dicha entrada (hasta 15 profesionales) a: mipoutcha@calp.org.ar, indicando en el asunto «INSCRIPCION COLEGIO (designar el nombre) XIX CONFERENCIA NACIONAL DE ABOGACÍA».
Deberá consignarse obligatoriamente  el nombre, apellido y dirección de email de éstos últimos.

Para mayor información sobre el evento podrán consultar los siguientes links:

1. DATOS GENERALES DEL EVENTO – REGLAMENTO DE PONENCIAS:

http://www.calp.org.ar/xixconferencianacional/

2. PAGINA DE INSCRIPCIÓN: 

https://www.eventbrite.com.ar/e/xix-conferencia-nacional-de-abogacia-acceso-a-la-justicia-roles-de-la-abogacia-tickets-53592908833

Se adjunta al presente el FLYER institucional a los fines de su pertinente difusión

Saludamos a Uds. atte.  

 


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ANSES – Acreditación de Abogados y Procuradores

A través del Instituto de Derecho Previsional se comunica la nueva circular emanada de ANSeS para el ejercicio de la profesión. Compartir con los colegas. Saluda atte

 

MARIA JULIA AGÜERO

Abogada – Notaria

Martillera Publica

Bolivar Nº 370 Rafaela Sta Fe

Tel 03492- 423699

Lunes a viernes de 17 a 20 hs


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PNL RAFAELA 2019 FORMACIÓN en PROGRAMACIÓN NEUROLINGÚÍSTICA PNL OFRECE UNA MEDIA BECA PARA  ABOGADOS MATRICULADOS. LOS INTERESADOS DEBERAN INSCRIBIRSE EN amaliamaine@gmail.com y pnlrafaela@gmail.com

PNL RAFAELA 2019

FORMACIÓN en PROGRAMACIÓN NEUROLINGÚÍSTICA

PNL OFRECE UNA MEDIA BECA PARA  ABOGADOS MATRICULADOS.

LOS INTERESADOS DEBERAN INSCRIBIRSE EN amaliamaine@gmail.com y pnlrafaela@gmail.com

PNL sorteará la media beca entre los matriculados inscriptos. Quien no resulte acreedor a la media beca podrá acceder a  un 25 % de bonificación sobre el valor de la inversión.

Las temáticas a desarrollar son muy afines al ámbito de los profesionales, sumando más herramientas para la comunicación efectiva, tan desafiante de estos tiempos. Los programas cuentan con el aval de la Red Latinoamericana

…………………………………………………………………………

Formación en Programación Neurolingüística, con los co-fundadores y directivos  de la Red Latinoamericana de PNL  como docentes y entrenadores.

Un nuevo año   trae nuevos desafíos en los distintos ámbitos del vivir de cada persona y organización. Y esta oportunidad de aprendizaje pone a disposición una gran variedad de herramientas y recursos que permiten ir hacia esos desafíos con direcciones claras, funcionales y  ecológicas; siempre en pos de eso que se quiere lograr.

Modalidad:

 

El formato es de abril a noviembre.

 

1 módulo introductorio  y  6 módulos, 1 por mes de 1 fin de semana de duración; sábado y domingo de 9 a 18. Habrá cortes durante la mañana y la tarde dentro del espacio; además del corte para el almuerzo que cada asistente puede  organizar a su gusto.

Como dato distinguido, este diseño tiene estructura y flexibilidad ya que es posible seguir los módulos para la Formación  o  tomar módulos a elección, independientemente, como entrenamientos en sí mismos; con sus certificados correspondientes avalados por la Red Latinoamericana de PNL. No se requieren conocimientos previos para asistir a los encuentros.

Los módulos, las fechas y los entrenadores a cargo: 

 

MODULO INTRODUCTORIO – Para quienes no lo realizaron en el ciclo 2018

6 y 7 de Abril – INICIO A LA COMUNICACIÓN EFICAZ- Amalia Maine/ Laura Szmuch

MODULO I: AMPLIANDO LOS HORIZONTES DE LA MENTE –

11 Y 12 de mayo – Graciela Astorga

MODULO II: LOS MOTORES NEUROMOTIVACIONALES –

8 Y 9 de Junio –  Daniel Cuperman

MODULO III: CONOCIÉNDONOS

3 Y 4 de agosto – Fernando Cuperman

MODULO IV: LAS TRES MENTES DE LA COMUNICACIÓN GENERATIVA –

14 y 15 de  setiembre –Daniel Oil

MODULO V: CONSTRUYENDO EL ESTADO DESEADO–

5 y 6  de octubre – Graciela Marchetti

MODULO VI: INSTALANDO RECURSOS –

9  y 10 de noviembre –Alicia Irazusta

Inversión:

Consultar por privado.

Si son 2 personas o más, hay una bonificación.

Si sos Practitioner, hay una bonificación.  También hay descuentos por abonar la formación completa. Se requiere una seña para reservar tu lugar.

Para más detalles, es posible  solicitar el e-book y  lo enviamos. 

Mails de contacto: amaliamaine@gmail.com y pnlrafaela@gmail.com

Facebook: PNL RAFAELA

*Gisela Albarrán +54 3492 569137

*David  Heinzmann +54

3492 669506

*Amalia Maine +54 3492 648926

Trainer en PNL

Directora de PNL Rafaela, nodo de la Red.


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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PROVINCIA DE SANTA FE CONSEJO CONSULTIVO EN CONCURSOS DE JUECES COMUNITARIOS

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

PROVINCIA DE SANTA FE

CONSEJO CONSULTIVO EN CONCURSOS DE JUECES COMUNITARIOS

El Consejo de la Magistratura solicita el envío de una lista de jurados integrada por diez (10) colegiados para ser utilizada en el próximo sorteo público destinado a constituir el Consejo Consultivo que llevará adelante los nuevos concursos de Jueces Comunitarios.

Los interesados deberán comunicarlo por esta vía, adjuntando cv de antecedentes, domicilio, teléfono y correo electrónico de contacto. El CV será publicado en el portal del Gobierno.

Plazo de inscripción 25/03/2019

Mayor información:

Decreto Nº 593/2014 Reglamenta aquello vinculado a la regulación de los concursos destinados a cubrir vacantes de Jueces Comunitarios de Pequeñas Causas, de acuerdo a las previsiones de la Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 10.160, modificada por Ley Nº 13.178;

https://www.santafe.gov.ar/normativa/item.php…

Decreto N°268/2019

Modificatorio del decreto reglamentario 593/2014 que regula los concursos destinados a cubrir vacantes de Jueces Comunitarios de Pequeñas Causas

https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php…

DECRETO 0593/2014

ARTÍCULO 2°: Del órgano asesor: La evaluación de los postulantes será llevada a cabo por un Consejo Consultivo que actuará como órgano asesor del Poder Ejecutivo. El Consejo Consultivo estará integrado por cuatro (4) miembros: a) Un Presidente; b) Un profesional del derecho de los Colegios de Abogados de la Provincia; c) Un docente abogado de las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales con asiento en la Provincia y; d) Un magistrado o funcionario perteneciente al Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial. El cargo de Presidente será ejercido por el Secretario de Justicia o por quien el Ministro de Justicia y Derechos Humanos designe en su reemplazo, cuyo voto valdrá doble en caso de empate en las decisiones que deba adoptar el Cuerpo. El Consejo Consultivo contará con un Secretario, cargo que será ejercido por el Director Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales o por quien el Ministro de Justicia y Derechos Humanos designe en su reemplazo. En el supuesto de que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos designe reemplazantes conforme a lo previsto en este articulo, deberá ser comunicado al Pode Ejecutivo.-

ARTÍCULO 3°: Designación de representantes: Los representantes de los Colegios de Abogados, del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y de las Facultades de Derecho, que contarán cada uno con un suplente a los fines previstos en el presente, serán designados de la siguiente forma: a) Cada uno de los estamentos deberán remitir anualmente una lista de diez (10) candidatos y sus antecedentes; b) El Presidente del Consejo Consultivo, teniendo en cuenta los antecedentes de los mismos, seleccionará cinco (5) miembros de cada una de las listas propuestas; c) Con los miembros seleccionados se conformarán tres listas, una por cada una de las instituciones; d) El representante de cada sector será elegido a través de un sorteo público efectuado entre los miembros de cada lista. Del mismo modo se designará un suplente por cada uno de los sectores. No podrán ser designados profesionales que ejerzan cualquier cargo o función dentro del Poder Ejecutivo Provincial. Las listas tendrán un (1) año de duración, reconduciéndose automáticamente si el estamento correspondiente no remitiese una nueva lista.-

ARTÍCULO 4°: Duración: Los representantes titulares y suplentes seleccionados ejercerán sus funciones respecto de todos los concursos que fuesen abiertos en el período de un (1) año desde su designación. Sin perjuicio de ello, el Presidente podrá conformar un Consejo Consultivo por cada Circunscripción, el cual se abocará a los concursos que sean convocados dentro de cada una de ellas, con las mismas limitaciones que las establecidas en el párrafo anterior.-

ARTÍCULO 25°: Incorpórese al artículo 9° del Decreto N° 916/2008 como inciso 11, el siguiente texto: 11. Contratar — bajo la figura del contrato de locación de servicios — profesionales de reconocida capacidad o expertos en temas específicos para proceder a la formación de los Consejos Consultivos previstos en el procedimiento de selección de jueces comunitarios de las pequeñas causas, siempre que no posean cargos públicos en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, extendiéndose dicha facultad a efectuar adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes, con sujeción a la normativa legal y reglamentaria vigente. Será aplicable a los miembros del Consejo Consultivo el régimen de viáticos para las Autoridades Superiores y el Personal de Gabinete establecido en la Ley N° 7.914 y en los Decretos N° 1745/1989, 4968/1989, 0678/2007 y 0993/2008, y demás normas concordantes y/o modificatorias. –


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FACA-MUJER IX JORNADAS NACIONALES DE ABOGADAS “Defender y Juzgar Con Perspectiva de Género”

FACA-MUJER

IX JORNADAS NACIONALES DE ABOGADAS

“Defender y Juzgar Con Perspectiva de Género”

9 y 10 de MAYO DE 2019

CORDOBA

 

Sr./ a Presidente del

Colegios de Abogados

PRESENTE

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de invitarlo  a Ud., y  a sus representantes  a las  IX Jornadas Nacionales de FACA-MUJER  que se llevará a cabo en el Colegio de Abogados de CORDOBA los días 9 y 10 de MAYO DE 2019. Al mismo tiempo solicitarle la difusión de las mismas entre vuestros colegiados.

En esta oportunidad, la jornada desarrollará ejes temáticos vinculados a la defensa y juicio desde la perspectiva de género, tema que se viene analizando y profundizando en anteriores Jornadas Nacionales .

Destaco que estos encuentros anuales que realizamos desde la FACA constituyen un trascendente evento jurídico y profesional para las abogadas en el país, desarrollándose sin interrupciones desde nueve años en distintas provincias como Jujuy, San Luis, Entre Ríos, Corrientes, Entre Ríos, Tucumán y CABA contando con la participación de numerosos Colegios de Abogados y de miembros de los más altos tribunales del país.

En las Jornadas se podrán presentar ponencias referidas a los temas a desarrollar en las Jornadas, cuyo programa será enviado a la brevedad.

Sin otro particular y quedando desde ya a disposición para cualquier consulta, aprovecho la oportunidad para saludarlo con mi mayor consideración.

 

Dra. María Elena Barbagelata

Directora de la Comisión de los Derechos de la Mujer de la

F.A.C.A.


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CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS – CTD RAFAELA 2019

2 Cargos de Receptor de Denuncias

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias (CTD) del Nodo Rafaela.

Los profesionales seleccionados deberán desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD de Rafaela (Av. Santa Fe 750) de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs) o vespertino (de 14 a 20 hs), por un término de 12 meses. El cargo es rentado.

REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Abogada/o, con matrícula vigente, inscriptos en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.
• Edad entre 24 y 35 años.
• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética.
• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados.
• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, programas de gestión, etc.).
• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación.

REQUISITOS PREFERENTES:
• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración y/o atención al ciudadano.
• Inscripción en AFIP del interesado.
• Residir en Rafaela.

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:
El postulante deberá presentar su currículum vitae (sin soporte papel de antecedentes) en la Recepción del Colegio de Abogados de Rafaela (Buenos Aires 168), o en PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar), desde el 13/03/2019 hasta el 20/03/2019 inclusive.



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«Curso informativo sobre el Código de Convivencia de la Provincia de Santa Fe en Rafaela»

El Centro de Capacitación Judicial

"Curso informativo sobre el Código de Convivencia de la Provincia de Santa Fe en Rafaela" destinado a la capacitación de Jueces Comunitarios de las Pequeñas Causas de la Circunscripción Judicial Nro 5 y Abogados de la matrícula.

Esta actividad se desarrollará el día Martes 19 de Marzo a las 16 hs. en el Salón del 4to piso de Tribunales, de calle Alvear Nº226.

La exposición estará a cargo de los Dres. Cristian Fiz y Nicolás Stegmayer.

Período de inscripción desde el 8 de Marzo al 15 de marzo, en el link:  http://inscripcionccj.justiciasantafe.gov.ar/


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IMPORTANTE! Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores.

CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES

INFORMA

 

Previo al inicio de apremios, serán intimados todos los profesionales que adeuden saldos de aportes  mínimos anuales correspondientes a los años 2017 y 2018.

 

A los fines de regularizar su situación, podrá ingresar  a http://www.capsantafe2.org.ar/planes/

y suscribir  “planes de regularización por años vencidos”


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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PROV. SANTA FE – Circulares nros. 41, 42 y 43/2019

Circular nro. 41. Reglamentación y Funcionamiento del Sistema de Notificaciones por medios electrónicos. Notificaciones de los exptes. involucrados en las pruebas piloto de oralidad efectiva y en las Oficiinas de Procesos Sucesorios
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5911

Circular nro. 42. Reglamentación y funcionamiento del sistema de notificaciones por medios electrónicos - Cronograma de implementación progresiva
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5912

Circular nro. 43. Implementación de la oralidad efectiva en los procesos de daños y perjuicios en los Trib. de Responsab. Extracontractual.
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5913
 
IMPLEMENTACIÓN DE LA ORALIDAD EFECTIVA EN LOS PROCESOS DE DAÑOS Y PERJUICIOS TRAMITADOS EN LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DE LOS DISTRITOS JUDICIALES NRO. 1 Y 2. 

VISTO: Las necesidades del servicio judiciario; y CONSIDERANDO: ...
SE RESUELVE: 

I.- Disponer la puesta en funcionamiento de la prueba piloto de oralidad efectiva en los Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual N° 1 y 4 de la ciudad de Santa Fe, a partir del 18.3.2019, y en relación a todas las causas de Daños y Perjuicios que se inicien a partir de dicha fecha. 

II.- Disponer la puesta en funcionamiento de la prueba piloto de oralidad efectiva en los Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual N° 1, 2 y 7 de la ciudad de Rosario, a partir del 1.4.2019. 

III.- Requerir a los Juzgados mencionados en los puntos precedentes, que den cumplimiento a la encuesta de satisfacción aprobadas por este Cuerpo mediante Acta N° 12, p. 14 de fecha 10.4.2018, luego de celebradas las audiencias de proveído y producción de pruebas pertinentes. 

IV.- Hacer saber a los órganos jurisdiccionales que deberán remitir los resultados de las encuestas del 1 al 5 de cada mes a la oficina de Estadísticas de la Secretaría de Gobierno de la Corte. 

V.- Comunicar lo aquí resuelto al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe; a las Presidencias de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de las Cinco Circunscripciones Judiciales; a los Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual de los Distritos Judiciales N° 1 y 2; a la Secretaría de Informática; a la Oficina de Arquitectura; a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones; a la Oficina de Estadísticas; a la Oficina de Auditoría y Gestión; a los Colegios de Magistrados y Funcionarios de Santa Fe y Rosario; y a los Colegios de Abogados y Procuradores de Santa Fe y Rosario. 
Fdo: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

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Importante reunión de los cinco Colegios de Abogados y Abogadas de la Provincia de Santa Fe: Rosario, Santa Fe, Venado Tuerto, Reconquista y Rafaela…

El pasado viernes 1ro de Marzo, la Facultad de Derecho de Rosario fue sede de una nueva e importante reunión de los cinco Colegios de Abogados y Abogadas de la Provincia de Santa Fe: Rosario, Santa Fe, Venado Tuerto, Reconquista y Rafaela…


Los 5 colegios de Abogados reunidos en Rosario

El Colegio de Abogados de Rosario, representado por su presidenta Dra. María Belluccia, fue el anfitrión de un nuevo encuentro de los cinco Colegios de la Provincia.

El pasado viernes 1ro de Marzo, la Facultad de Derecho de Rosario fue sede de una nueva e importante reunión de los cinco Colegios de Abogados y Abogadas de la Provincia de Santa Fe: Rosario, Santa Fe, Venado Tuerto, Reconquista y Rafaela.

Durante la misma, y con el objeto de abordar temáticas trascendentales para la abogacía, para el funcionamiento de la Justicia y el ejercicio profesional, se puntualizó en cinco ejes temáticos, concluyendo en las redacción de las siguientes resoluciones.

Mediación Prejudicial Obligatoria:

✔️Se resolvió solicitar a las autoridades provinciales la inmediata convocatoria para el tratamiento de un proyecto integral de una nueva Ley de Mediación, que contemple la mirada de todos los sectores involucrados, para lo cual, a través del trabajo en los respectivos colegios se consensuará un texto que se propondrá a los poderes del Estado.

?Código Procesal Laboral. Ley 13840.

✔️Se resolvió solicitar al Señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y a la Corte, con relación a la implementación, permita a los Colegios de Abogados de la Provincia, tener activa participación para la selección de los funcionarios conciliadores de la Oficina de Conciliación Laboral y de Ordenamiento del Proceso y para los concursos de jueces, y fundamentalmente se respeten e incorporen criterios vinculados a la especialidad laboral y métodos alternativos de solución de conflictos.

?Firma Digital. Avance del proceso de implementación.

✔️Exhortar al poder judicial a trabajar en conjunto, con una agenda razonable, que tenga en cuenta la opinión de los colegiados, destinatarios y usuarios del sistema, ya sea para relevar las necesidades como así también para prepararnos para las tareas administrativas necesarias para que los Colegios cumplan las funciones que le sean encomendadas como asistente de la autoridad de Registro Provincia de Santa Fe.

Estuvieron presentes los cinco presidentes: Presidente del Colegio de Abogados de Santa Fe Dr. Mariano Viganó; Presidente del Colegio de Abogados de Venado Tuerto Dr. Alberto Oscar Turcato; Presidente del Colegio de Abogados de Rafaela Dr. Enrique Soffietti Berger; Presidente del Colegio de Abogados de Reconquista Dr. Julio César Pagano;

Por el Colegio de Abogados de Rosario, acompañando a la Dra. María Belluccia, el Vicepresidente Dr. Carlos Ensink; Secretario Dr. David Lisandrello y Directores: Dra. Eva Calabria, Dr. Tristán García Montaño y Raúl Sobrino. La apertura de bienvenida estuvo a cargo del Decano de la Facultad de Derecho Dr. Marcelo Vedrovnik, y participaron también de la reunión la ex presidenta Dra. Araceli Díaz, el delegado de F.A.C.A, Marcelo Terencio, el Presidente de la Caja Jubilaciones de Abogados, además de integrantes de los directorios de los Colegios presentes.


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CURSO ANUAL DE MAGISTRATURA JUDICIAL – CICLO 2019

Señor Presidente

Colegio de Abogados de Rafaela

Dr. Enrique Soffietti

S / D:

El Centro de Capacitación Judicial se dirige a usted a fin de poner en su conocimiento y en el de los colegiados, la realización del CURSO ANUAL DE MAGISTRATURA JUDICIAL – CICLO 2019-, cuyo objetivo es generar la reflexión sobre la actividad judicial tanto en su dimensión institucional y orgánica, como en su dimensión personal. Se procura potenciar habilidades, conocimientos, valores y perspectivas de aquellos que operan el derecho desde la función judicial.

En cuanto a la modalidad, el curso se dictará los días viernes, no consecutivos, de 16:30 a 20:30 hs., en el Salón de Actos de la Corte Suprema de Justicia en Santa Fe, aunque está previsto que las clases también se dicten en las ciudades de Vera/Reconquista y Rafaela, para los agentes de las Circunscripciones Judiciales N° 4 y 5 respectivamente, siempre y cuando exista un número mínimo de alumnos que justifique la actividad. Su costo es: 10 cuotas de $400 para magistrados y abogados de la matrícula; 10 cuotas de $350 para funcionarios del Poder Judicial y sin costo para empleados del Poder Judicial con título de abogado.

El programa desarrolla los siguientes ejes temáticos: El Derecho; El Poder Judicial; El Juez; Administración Judicial; Interpretación y Argumentación Jurídica; Perspectiva de Género en el Poder Judicial, El Juez frente a la Prueba; Derechos Humanos y Derecho Constitucional; Problemática Actual del Derecho Público y Privado; y El Análisis Prospectivo del Derecho y del Poder Judicial; Liderazgo y trabajo en equipo entre otros.

Se ha establecido un cupo de 110 alumnos de los cuales se destinan 40 para profesionales inscriptos en la matrícula de los Colegios de Abogados y Procuradores de la Provincia, y las restantes para abogados del Poder Judicial. Se inscribirá en primer término a aquéllos que, habiendo presentado su solicitud para el curso anterior, no resultaron incluidos por exceso de postulantes en la categoría.

 

 

El acto formal de apertura contará con las palabras de la Señora Presidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe Dra. María Angélica Gastaldi y autoridades del Centro de Capacitación.

 

Luego de ello, en el marco del primer módulo disertará la Dra. Jaquelina Ana Balangione –ex Directora del Centro de Capacitación Judicial- sobre los “Desafíos de la Capacitación Judicial”.

 

Concluída la misma se desarrollará un panel integrado por los Dres. Fabián Trovatto -Director del Centro de Capacitación- y Ángel Fermín Garrote -Secretario de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe-.

El mismo se realizará el día martes 12 de marzo a las 16 hs. en el Salón de Actos de la Corte Suprema de Justicia en Santa Fe, con estricta puntualidad.

 

Período de inscripción para Magistrados, Funcionarios, empleados con título de abogado y profesionales inscriptos en la matrícula de los Colegios de Abogados y Procuradores de la Provincia: del 28 de febrero al 11 de marzo, en el link

http://inscripcionccj.justiciasantafe.gov.ar/

 

Sin otro particular, y agradeciendo la colaboración en la difusión del curso, lo saludo con la debida consideración.

 

Fdo: Dr. Luciano Francisco Pagliano -Subdirector del Centro de Capacitación Judicial-


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JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Y CIRCUITO DEL DISTRITO JUDICIAL Nº 5 DE RAFAELA.

OFICIOS DE PAGO. REQUISITOS A TENER EN CUENTA:

 

Las sumas se abonarán desde la cuenta abierta para el expediente (cuyos datos constan en la constancia bancaria), oficiándose al NBSF de acuerdo con las siguientes modalidades:

 

  1. I) PAGOS SUPERIORES A $30.000 DE MANERA ELECTRÓNICA: debiéndose acreditar en el expediente

 

  1. a) CBU y ALIAS de la cuenta de destino – que deberá ser de titularidad de quien percibirá el crédito – mediante el correspondiente informe bancario suscripto por personal de la entidad respectiva,

 

  1. b) constancia de CUIL del interesado,

 

  1. c) situación fiscal ante IVA , Ganancias del interesado debidamente actualizada,

 

  1. d) notificado que se encuentre el interesado (o su apoderado) del presente proveído.

 

 

 

  1. II) PAGOS INFERIORES A $30.000 DE MANERA ELECTRÓNICA (bajo la modalidad descripta) O SOPORTE PAPEL, a elección del interesado.

 

 

III) PAGOS A CUENTA A LAS CAJAS: quienes los  hayan efectuado deberán acompañar, conjuntamente con la solicitud de libramiento de oficio, las constancias de pago de aportes a cuenta a las Cajas Profesionales emitidas por éstas. Haciendo constar el saldo pendiente de pago a la fecha de la liquidación (a fin de que se proceda a descontar solamente esta suma restante y no el total (29,3% o 45% según corresponda)

 



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INSCRIPCION «XIX CONFERENCIA NACIONAL DE ABOGACÍA «Acceso a la Justicia. Roles de la abogacía . FACA 2019»

Estimado Presidente:
                                                    Me dirijo a Ud. a los fines de ponerlo en conocimiento que se encuentra abierta la inscripción de la  «XIX CONFERENCIA NACIONAL DE ABOGACÍA  «Acceso a la Justicia. Roles de la abogacía . FACA 2019» a realizarse los días 24, 25 y 26 de abril del corriente en nuestra querida ciudad de La Plata, cuya organización se encuentra a cargo de nuestro Colegio departamental (COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PLATA).
                                                   Las inscripciones solicitadas por los Colegios Departamentales tiene una matrícula preferencial.
                                                   En caso de acceder a la misma el Colegio correspondiente deberá realizar la inscripción institucional vía Eventbrite (MATRÍCULA EXCLUSIVA INSTITUCIONES) y remitir el listado de profesionales a: mipoutcha@calp.org.ar, indicando en el asunto «INSCRIPCION COLEGIO _______ XIX CONFERENCIA NACIONAL DE ABOGACÍA».
                                                   Para mayor información sobre el evento podrán consultar los siguientes links:
1. DATOS GENERALES DEL EVENTO – REGLAMENTO DE PONENCIAS:
2. PAGINA DE INSCRIPCIÓN:
Saludamos a Ud. atte.
image.png
Dr. Gabriel Stiglitz
Director Ejecutivo
Área Académica
Colegio de Abogados de La Plata

 


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Legislación provincial. Resolución 12/2019 – Decreto 2068/2019

RESOLUCIÓN N° 0012/2019 - Mediación - Aplicación de decretos.
https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2019/27-02-2019avisos.html


DECRETO 2068/2019
Modificación parcial del decreto 593/2014 "Reglamentación destinada a regular los concursos de Jueces Comunitarios de Pequeñas Causas de conformidad a lo establecido por la Ley Orgánica del Poder judicial"
https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2019/27-02-2019decreto0268-2019.html


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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL Y DE POLITICAS JUDICIALES

RESOLUCIÓN N° 0012

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,
20 FEB 2019

VISTO:
El expediente Nº 02001-0041172-8 del Sistema de Información de Expedientes - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - por medio del cual se promueve la especificación de algunos aspectos vinculados a la aplicación de las modificaciones establecidas por medio del Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº184/2019; y

CONSIDERANDO:
Que en fecha 17.12.2018 se dictó el Decreto N° 4036/2018, en virtud del cual se realizaron modificaciones a la reglamentación de algunos aspectos de la Ley Provincial Nº 13.151, aprobadas en virtud de los Decretos Nº 1747/11 y N° 4688/14;
Que en razón del precitado Decreto N° 4036/2018, se modificaron -concretamente- los artículos 15°, 19°, 24°, 25°, 30°, 32° y 34° del Decreto N° 1747/2011 y el Apartado V del Anexo I del Decreto N° 4688/2014;
Que, posteriormente, con el objeto de generar instancias para promover el diálogo, la concertación y el consenso en todo aquello referido a la implementación de la modificación dispuesta por el Decreto N° 4036/2018, especificamente en cuanto a las partes pertinentes citadas en los párrafos precedentes del presente, en referencia a los aludidos artículos 24° y 25° del Decreto N° 1747/2011 en su texto actual, se dictó -por parte del Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos- la Resolución N° 0296 de fecha 28/12/2018;
Que en el escenario sucintamente reseñado y en virtud de distintas reuniones llevadas a cabo con representantes de los Colegios de Abogados y Mediadores en los que se comenzó a trabajar en un nuevo proyecto de Ley de Mediación, que vaya en consonancia con el Código Civil y Comercial Argentino y con el proyecto de Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe;
Que, asimismo, es menester destacar que constituye un eje de trabajo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos optimizar y expandir el sistema de mediación prejudicial obligatoria en la Provincia de Santa Fe, en virtud de lo cual se implementó como estrategia el abordaje del tema en el marco de Comisiones de trabajo, de modo de relevar y analizar las experiencias obtenidas como consecuencia de la aplicación del sistema desde su creación hasta la fecha;
Que, asimismo, en fecha 9 de enero de 2019 se dictó la Resolución N° 1/2019 del Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos, por medio de la cual se estableció que "(. ..) no se aplicará el sistema de evaluación establecido en los artículos 24° y 25° ni la presencia de agentes comisionados en las mediaciones conforme al articulo 34° el Decreto N° 1747/2011, redactados según las previsiones del Decreto N° 4036/2018" (art. 1°) y se instruyó a esta "Secretaria de Coordinación Legal y de Políticas Judiciales a confeccionar el proyecto de Decreto con el objeto de plasmar lo indicado en el último considerando del presente acto y eliminando la calificación individual prevista en los artículos 19°, 24° Y 25° del Decreto N° 4036/18" (art. 5°);
Que, en cumplimiento de tales instrucciones, ésta Secretaría procedió a elaborar el proyecto de referencia y dio inicio a las actuaciones administrativas pertinentes, las que -luego de la sustanciación correspondiente- derivaron en el dictado del Decreto N° 184/2019 por medio del cual se materializaron modificaciones al Decreto N° 1747/2011, en orden a lo señalado;
Que el Decreto N° 4036/2018 fue publicado en el Boletín Oficial en fecha 28.12.2018, más durante el mes de enero del año 2019 se dictó la Resolución N° 1/2019 del Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos ya referida, que dispuso que no se aplicarán algunas disposiciones del Decreto N° 1747/2011 -según la redacción prevista por el precitado Decreto Nº 4036/2018;
Que, además, cabe destacar que durante el mes de enero del año 2019 la oficina de Mediación se encontraba cerrada con motivo de la feria judicial, razón por la cual no hubo recepciones de requerimientos de mediación hasta el día 1 de febrero de 2019;
Que, asimismo, en fecha 6 de febrero de 2019 se dictó el Decreto N° 184/2019 que modifica-en sus partes pertinentes- el Decreto N° 1747/2011; el Decreto N° 4688/2014 y reglamenta nuevos artículos de la Ley Nº 13.151;
Que, en ese sentido, atento a que pueden presentarse confusiones en cuanto a la norma aplicable en relación a los requerimientos de mediación formalizados o a las mediaciones celebradas entre el día 1 de febrero de 2019 y el día de la entrada en vigencia del Decreto Nº 184/2019, ésta Secretaría entiende conveniente dictar una norma aclaratoria instruyendo a la AGEM a que aplique las disposiciones de los Decretos N° 1747/2011 y N°
4688/2014 -sin las modificaciones incorporadas por el Decreto Nº 4036/2018- para aquellos requerimientos de mediación formulados o las mediaciones realizadas durante el período precedentemente señalado. En tanto que para los requerimientos posteriores se aplicarán, las normas aludidas conforme la redacción otorgada por el Decreto N° 184/2019;
Que la presente es emitida en el marco de las competencias propias de esta Secretaría de Coordinación Legal y Políticas Judiciales y del artículo 38°, inciso 10) de la Ley de Ministerio Nº 13.509;

POR ELLO:
EL SECRETARIO DE COORDINACION LEGAL Y DE POLITICAS JUDICIALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Instruir a la AGEM a que, en relación a los requerimientos de mediación formalizados o a las mediaciones celebradas entre el día 1 de febrero de 2019 y el día de la entrada en vigencia del Decreto N° 184/2019 - 25/02/2019 -, aplique las disposiciones de los Decretos N° 1747/2011 y N° 4688/2014 -sin tener en cuenta las modificaciones incorporadas por el Decreto N° 4036/2018-.
Por su parte, en relación a los requerimientos de mediación formalizados o a las mediaciones celebradas, luego del período señalado en el párrafo precedente, se aplicarán las disposiciones de los Decretos Nº 1747/2011 y N° 4688/2019, según la redacción otorgada por el Decreto N° 184/2019.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Dr. Leandro Maiarota
Secretario de Coord. Legal y de Pol. Judiciales
S/C 27868 Feb. 27 Mar. 1

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DECRETO 2068/2019
Modificación parcial del decreto 593/2014 "Reglamentación destinada a regular los concursos de Jueces Comunitarios de Pequeñas Causas de conformidad a lo establecido por la Ley Orgánica del Poder judicial"
https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2019/27-02-2019decreto0268-2019.html


DECRETO N° 0268

SANTA FE, Cuna de la Constitución Naciona
18 FEB 2019
VISTO:
El expediente N° 02001-0040731-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- mediante el cual se promueve la modificación parcial del Decreto N° 593/2014, y;

CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos promovió la iniciación de las presentes actuaciones con el objetivo de que se realicen algunas modificaciones puntuales en relación a algunos aspectos del Decreto N° 593/2014;
Que, en virtud del referido Decreto Nº 593/2014 se reglamentó aquello vinculado a la regulación de los concursos destinados a cubrir vacantes de Jueces Comunitarios de Pequeñas Causas, de acuerdo a las previsiones de la Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 10.160, modificada por Ley Nº 13.178;
Que, por medio del presente, se propone -puntualmente- la modificación de los artículos 2°, 11º , 15°, 16°, 17° y 18° del Decreto N.° 593/2014 precitado;
Que, en relación al artículo 2° se plantea una modificación de forma que tiene por objeto adecuar la denominación de los funcionarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que actuarán en el ámbito del Consejo Consultivo que actúa como asesor del Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta la estructura actual de la Cartera aludida;
Que, en cuanto al artículo 11° también se propone adecuar la redacción, a efectos de eliminar reiteraciones o repeticiones y de tal modo brindar mayor claridad a la regulación de los supuestos que determinan el rechazo de las inscripciones a los concursos para acceder a cargos de Jueces Comunitarios de Pequeñas Causas;
Que, por su parte, en lo atinente a los artículos 15°, 16°, 17° y 18°, las reformas planteadas se fundan en la necesidad de adecuar los mecanismos de evaluación – en lo que resulte pertinente- previstas en el Decreto N° 593/2014 a las pautas establecidas en el Decreto N° 854/2016, que es el que regula lo vinculado al funcionamiento del Consejo de la Magistratura y a los concursos de magistrados y funcionarios correspondientes del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal que en tal ámbito se realizan;
Que, teniendo en cuenta la experiencia y los resultados obtenidos con su aplicación y habiendo transcurrido más de dos (2) años desde su entrada en vigencia, se puede afirmar que el precitado Decreto N° 854/2016 significó un avance en materia de regulación de los concursos de magistrados y funcionarios pertinentes del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, por cuanto las pautas que establece permiten poner en un pie de igualdad tanto la consideración de la experiencia y la capacidad de resolución de conflictos propios de cada uno de los cargos a los que se accede por concurso -que los postulantes demuestran en la prueba de oposición y en la entrevista- como aquellos antecedentes laborales y académicos significativos;
Que, asimismo, en virtud de la mencionada experiencia obtenida con la aplicación del Decreto N° 854/2016 y de su valioso aporte en la realización de los principios de publicidad, concurrencia, igualdad, celeridad y transparencia propios de los procedimientos administrativos de selección a los que refiere, se estima conveniente y oportuno -en consonancia con todo lo mencionado- establecer criterios de evaluación similares a los previstos en el reglamento de referencia, en aquellos concursos destinados a cubrir vacantes de Jueces Comunitarios de Pequeñas Causas y, por tal motivo, se considera menester proceder a la modificación del Decreto N° 593/2014;
Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través del Dictamen N° 001/19, haciendo lo propio Fiscalía de Estado, por medio del Dictamen N° 0004/19;
Que el presente se dicta en el marco de las facultades conferidas por el artículo 72°, inciso 1° de la Constitución de la Provincia de Santa Fe;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 593/2014, de fecha 6 de marzo de 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2º: Del órgano asesor: La evaluación de los postulantes será llevada a cabo por un Consejo Consultivo que actuará como órgano asesor del Poder Ejecutivo. El Consejo Consultivo estará integrado por cuatro (4) miembros: a) Un Presidente; b) Un profesional del derecho de los Colegios de Abogados de la Provincia; c) Un docente abogado de las facultades de Derecho de las Universidades Nacionales con asiento en la Provincia y; d) Un magistrado o funcionario perteneciente al Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial. El cargo de Presidente será ejercido por el Secretario de Coordinación Legal y Políticas Judiciales o por quien el Ministro de Justicia y Derechos Humanos designe en su reemplazo, cuyo voto valdrá doble en caso de empate en las decisiones que deba adoptar el Cuerpo. El Consejo Consultivo contará con un Secretario, cargo que será ejercido por el Subsecretario de Coordinación Administrativa del Consejo de la Magistratura o por quien el Ministro de Justicia y Derechos Humanos designe en su reemplazo. En el supuesto de que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos designe reemplazantes conforme a lo previsto en este artículo, deberá ser comunicado al Poder Ejecutivo".-

ARTÍCULO 2°: Modifíquese el artículo 11º del Decreto N° 593/2014, de fecha 6 de marzo de 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 11°: Rechazo de inscripciones: El Consejo Consultivo no dará curso a las inscripciones de aquellos interesados que no hayan realizado completo el procedimiento de inscripción digital por Internet y que, a la fecha de cierre del plazo establecido, no cumplan con los recaudos exigidos en la normativa vigente para el cargo que concursa.
El Consejo Consultivo tampoco dará curso a las inscripciones de postulantes que en ese momento: a) tuviesen condena penal firme por delito doloso, salvo que hubiere transcurrido el doble del plazo de la condena; b) se encontrasen inhabilitados para ejercer cargos públicos; c) se encontrasen sancionados o con exclusión o cancelación firme de la matrícula profesional; d) hubiesen sido removidos del cargo de juez o miembro del Ministerio Público o funcionario judicial, por sentencia del Tribunal o Jury de Enjuiciamiento, o del de profesor universitario por concurso a través de juicio académico; e) Hubiesen sido declarados en quiebra y no estuvieren rehabilitados; f) hubiesen sido cesanteados o exonerados de un empleo público; g) figurasen en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.-

ARTÍCULO 3°: Modifíquese el artículo 15° del Decreto N° 593/2014, de fecha 6 de marzo de 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 15: Evaluación de Antecedentes: Los antecedentes de los postulantes serán precalificados por Secretaría y sujetos a rectificación o ratificación por cada uno de los miembros del Consejo Consultivo. A tales efectos se tendrán en cuenta los respectivos antecedentes profesionales, académicos y laborales, debidamente acreditados de conformidad a lo que establezca la reglamentación y se deberán considerar especialmente aquellos que se vinculen con la experiencia práctica en el área de competencia de los juzgados comunitarios de las pequeñas causas".-

ARTICULO 4°: Modifíquese el artículo 16° del Decreto N° 593/2014, de fecha 6 de marzo de 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 16: La prueba de oposición consistirá en una evaluación según los parámetros que fije la reglamentación y, en su caso, el Presidente. Aquella deberá inspirarse en los principios de:
a) Concentración: los exámenes, orales o escritos, se desarrollarán en forma continua y ante el mismo comité evaluador;
b) Celeridad. El Cuerpo Colegiado resolverá los métodos y se expedirá sobre los recursos que se formulen en forma inmediata;
c) Objetividad: las opiniones personales no podrán ser objeto de ponderación positiva o negativa, debiendo respetarse el pluralismo como garantía esencial de la democracia;
d)Igualdad: se prohíbe todo tipo de discriminación.
La modalidad de la oposición podrá ser oral y/o escrita según establezca el Presidente en cada caso, quien también deberá fijar el lugar donde deberá realizarse tendiendo presente
para ello razones de conveniencia.
La prueba escrita será la misma para todos los postulantes. En el caso de ser escrita, se establecerá un máximo de horas para su desarrollo, lo que se dará a conocer al momento previo a la realización del examen.
Se evaluará tanto la formación teórica como la capacitación práctica, privilegiándose esta última sobre la primera.
La corrección deberá realizarse -en cuanto resulte posible- en forma inmediata al examen.
El Presidente del Consejo de la Magistratura, establecerá el plazo de corrección de conformidad a las particularidades de cada concurso, debiendo fijar en tal oportunidad fecha y hora en la cual serán entregados los resultados. Fijada le fecha y hora de entrega se citará los postulantes. La inasistencia del postulante sin justificación al acto de entrega de resultados implicará su exclusión del concurso.
En caso de que se disponga realizar la oposición en forma oral, podrá consistir en un solo caso real o imaginario, o la formulación de preguntas teóricas o la combinación de ambos aspectos, pudiéndose también disponerse que los mismos no sean iguales para todos los postulantes si no resulta materialmente posible concretarla el mismo día. Podrán utilizarse
medios informáticos para la realización de la prueba de oposición.
La reglamentación deberá asegurar, además de la celeridad, el carácter anónimo de los exámenes escritos para su corrección.".-

ARTÍCULO 5°: Modifíquese el artículo 17° del Decreto N° 593/2014, de fecha 6 de marzo de 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 17: Conclusiones: Concluida la evaluación de los antecedentes y de la oposición, se notificará a los postulantes de los resultados obtenidos, distinguiéndose a tal
efecto entre las siguientes situaciones: a) postulante que no superó las pautas de evaluación; b) postulante que superó las pautas de evaluación; c) postulante que superó ampliamente las pautas de evaluación. En caso de disidencias, podrá conformarse un dictamen por cada uno de los miembros del dicho Cuerpo.
La notificación prevista en el párrafo precedente será realizada de acuerdo a lo establecido en la parte pertinente del artículo 16°. En tal oportunidad deberán estar disponibles los antecedentes de los postulantes y se les hará conocer los fundamentos de la calificación respectiva.
Contra la decisión del Consejo Consultivo los postulantes podrán interponer un recurso directo en forma inmediata a la notificación de los resultados de la evaluación referida en el párrafo precedente, de lo cual deberá el Presidente o la Secretaría y el Cuerpo dejar debida constancia.
La impugnación versará exclusivamente sobre cuestiones de ilegalidad, no pudiendo basarse en razones de mérito. Deberá indicarse el agravio directo, real y actual que consista exclusivamente en que se modifique su evaluación conforme a las distinciones previstas en el primer párrafo del presente artículo.
Sobre la pretensión, deberá expedirse en forma inmediata el Cuerpo Evaluador de todo lo cual deberá dejarse constancia en el Acta pertinente.
Salvo disposición fundada del Presidente del Consejo, la interposición, concesión o tramitación de los recursos previstos en el presente artículo no suspende el procedimiento
del concurso, suspensión que en ningún caso tendrá lugar cuando el impugnante se encuentre incluido dentro de los convocados a la entrevista prevista en el artículo 18º y sin perjuicio de que los recursos deban ser resueltos con carácter previo a la elevación de la terna.
El presidente del Concejo elevará lo actuado al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para su resolución. La decisión del Poder Ejecutivo en relación al recurso directo aquí regulado no dará lugar a recurso administrativo alguno".-

ARTÍCULO 6°: Modifíquese el artículo 18° del Decreto N° 593/2014, de fecha 6 de marzo de 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 18°: Entrevista: Concluidas las etapas de evaluación de antecedentes y de oposición se convocará a una entrevista oral y pública, que será llevada a cabo por el Consejo Consultivo, se realizará en el plazo que fije el Presidente.
A la entrevista oral y pública aludida se convocará, en relación a cada uno de los cargos en concurso, únicamente a aquellos postulantes que hayan superado ampliamente las etapas de antecedentes y oposición consideradas en forma integral.
En caso que no haya al menos cinco (5) postulantes que hayan superado ampliamente las pautas de evaluación en relación a un o unos cargos determinados, se convocará, en relación el o los cargos que correspondan, a quienes hayan superado las pautas de evaluación.
La entrevista tendrá por finalidad analizar y evaluar el perfil de los postulantes, principalmente respecto a:
- Valores éticos, conocimiento y vocación por el respeto a los principios constitucionales, y
tratados internacionales sobre derechos humanos;
- Compromiso con el servicio de justicia en general y con el cargo para el que se postula en particular;
- Vocación democrática y republicana;
- El contenido de los antecedentes presentados por terceros en este proceso de participación ciudadana y que el Consejo considere conveniente indagar;
- Conocimiento de la realidad socioeconómica de la Comuna, Municipio y Departamento de la vacante que se concursa, conforme se expone al final del presente artículo;
- Análisis de un plan de gestión, que deberá ser presentado por escrito y expuesto por el postulante, debiendo el Cuerpo indagar sobre el mismo;
- Contracción al trabajo;
- Conocimiento de las causas materiales y de la doctrina y jurisprudencia más importante del fuero;
El Presidente deberá dar publicidad a la fecha de la entrevista por medios adecuados a tal
fin y dispondrá las formas de registro de dicha audiencia. Los postulantes del concurso que se evalúa no podrán presenciar la entrevista de otros postulantes del mismo concurso.
Las personas físicas o jurídicas podrán remitir preguntas al Consejo Consultivo para ser realizadas a todos los postulantes en la entrevista oral y pública. Las preguntas podrán ser presentadas hasta el momento mismo de inicio de la entrevista. No se admitirán las preguntas que importen actos discriminatorios ni las que trasunten cuestiones referidas a situaciones personales de los postulantes. Estas cuestiones serán decididas por el Presidente, previo escuchar al Cuerpo Colegiado, sin recurso alguno.
En caso de que algún postulante, a criterio del Consejo Consultivo, no alcance el estándar
de principios constitucionales, vocación democrática y republicana o de respeto a los derechos humanos, se lo podrá excluir de la terna. En este supuesto el Consejo Consultivo deberá elevar al Sr. Gobernador un dictamen fundado donde se expliciten los motivos en virtud de los cuales se excluyó al postulante respectivo.
Podrá conformarse un dictamen por cada uno de los miembros de dicho Cuerpo.
Por otra parte, el Consejo Consultivo indagará a los postulantes haciendo hincapié en el conocimiento de la realidad socioeconómica de la Comuna, Municipio o Departamento de la vacante que se concursa, valorando especialmente la residencia de los postulantes en la misma. También indagará sobre el plan de gestión, contracción al trabajo y conocimiento de las causas materiales, doctrina y jurisprudencia más importante en relación al cargo para el que se postula.
El postulante que no concurra a la entrevista personal quedará automáticamente excluido del concurso, salvo causa debidamente justificada.
Finalizadas las tres etapas previstas en el artículo 14°, el Consejo Consultivo realizará una evaluación de carácter integral en relación a la totalidad de las etapas del concurso y asignará una calificación global a cada uno de los postulantes conformando el orden de mérito definitivo a efectos de elevar la terna correspondiente.
La terna, con el orden de mérito definitivo, se publicará por 1 (un) día en los medios contemplados en el artículo 5° del presente Decreto.
Será de aplicación el trámite previsto en el artículo 17°, si fuera el caso." .-

ARTÍCULO 7°: Refréndese por el Señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos.-

ARTÍCULO 8°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

LIFSCHITZ
Dr. Ricardo Isidoro Silberstein
27885
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NOVEDADES de AGEM Rafaela

Estimados,

Reenviamos NOVEDADES de AGEM Rafaela para su conocimiento.

Atte.

Colegio de Abogados.

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Agem Rafaela

Ituzaingó 52

Tel. 453020

agemrafaela@santafe.gov.ar

 

1.- INSCRIPCIONES REGISTRO NUEVOS MEDIADORES:

Se  encuentra abierta la inscripción para el Registro de Mediadores, desde el día 25/02/2019 hasta el 29/03/2019, según Resolución 0001/19 del Ministerio de Justicia y DDHH.-

 

2.- A  raíz de numerosas consultas de colegiados informamos que el DECRETO 184/19 está vigente desde el 25/02/2019, todo lo que haya ingresado al Sistema de Mediación Prejudicial con anterioridad a esa fecha se le sigue aplicando la normativa de los decretos 1747/11 y 4068/14.-

 

3.- En cuanto a las gratuidades:

3. A)  Con la sola DECLARACIÓN JURADA EN EL REQUERIMIENTO ON LINE DE CARECER DE RECURSOS ECONÓMICOS para los siguientes casos de familia y SÓLO para esos, es suficiente para que se sortee.-

 

Los casos son: CUIDADOS PERSONALES

RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN

FIJACIÓN DE ALIMENTOS DEFINITIVOS HACIA HIJOS IMPULSADO POR EL PROGENITOR CONVIVIENTE Y A CUYO CARGO SE ENCUENTRE EL CUIDADO.-

 

SÓLO ESOS CASOS APLICA LA DECLARACIÓN JURADA, SI CONJUNTAMENTE A ALGUNO DE ESOS 3 CASOS ES OTRO, COMO POR EJEMPLO DIVISIÓN SOCIEDAD CONYUGAL, SI DEBERÁN PRESENTAR LA DOCUMENTAL TAL COMO SE HACE PARA LAS CIVILES Y COMERCIALES.-

 

3. B)  Recordamos que el formulario de Declaración Jurada  de gratuidades se encuentra disponible en la página de la provincia www.santafe.gov.ar/mediacion , es el anexo a la Disposición N° 55/2014. A la disposición y a la documental a presentar se le debe agregar una nota de inicio de expte donde se solicita la gratuidad de la mediación y se constituye domicilio legal a tal fines. La misma puede ser firmada sólo por el profesional como apoderado de los requirentes o por requirente interesado y su abogado patrocinándolo.-

 

 

4.- Recordamos que para una mejor atención el HORARIO DE ATENCIÓN AL PUBLICO ES DE 8 A 12 HS.-

 

Saludamos muy atte.-

 

AGEM RAFAELA


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Convenio con Librería y Papelería LA OFICINA S.A.

COLÓN 114 – Rafaela – correo electrónico: laoficina@wilnet.com.ar

www.librerialaoficina.com

 

Bonificación del diez por ciento (10%) sobre compras de artículos escolares, de oficina y computación por pago efectivo o con tarjeta de débito, sin monto mínimo de compra y sobre facturación de consumidor final.

El colegiado acreditará su condición presentando la credencial de abogado. 


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Curso sobre Reforma al Código Procesal Laboral de Santa Fe (Ley 13.840)

Curso sobre Reforma al Código Procesal Laboral de Santa Fe (Ley 13.840)

 

Se informa a los colegiados que esta institución, a través del Instituto de Derecho del Trabajo, tiene previsto organizar un Curso sobre Reforma al Código Procesal Laboral de Santa Fe (Ley 13.840) similar al que comenzará este miércoles 27 en la ciudad de Santa Fe.   En principio, se llevará a cabo en el SUM de este Colegio, los miércoles 13 y 20 de marzo próximos, desde las 17.00 hs. Estará a cargo de los Dres. Roxana Mambelli, Jorge Elías, Marcelo Giuliani y Diego Guirado.  Los costos serán de $.500 para jóvenes abogados o integrantes del Instituto y $.700 para abogados en general.

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DESCUENTOS  para colegiados en D & Z Indumentaria S.R.L.

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(Bv. Hipólito Yrigoyen 313 – Tel.  435210 / 501856 – RAFAELA)

 

 

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El Colegio de Abogados comunica importante propuesta de descuentos, para colegiados con cuota al día, en la compra de guardapolvos y uniformes “Temporada Escolar 2019” en la firma “D y Z Indumentaria.

 

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Contado efectivo: bonificación del 20% + bonificación del 10% presentando la credencial de abogado

Tarjeta de débito: bonificación del 10 % + bonificación del 10% presentando la credencial de abogado

Tarjeta de crédito: Visa – Master y Cabal – Días jueves, viernes y sábado (en 3 o 6 cuotas sin interés) bonificación del 10% + bonificación del 10% presentando la credencial de abogado.

Vigencia: 30/03/2019

 


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Modificación Código Procesal Civil y Comercial Nacional

Fuente: Revista» La Defensa» / Febrero 2019

Ley 27500
Modificación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Sustitúyese la rúbrica “Recursos de casación, de inconstitucionalidad y de revisión” correspondiente a la de la sección 8a del capítulo IV, título IV del libro primero del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación por la siguiente: “Sección 8a – Recurso de inaplicabilidad de la ley”.
Art. 2°- Sustitúyense los artículos 288 a 301 correspondientes a la sección 8a del capítulo IV, título IV del libro primero del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y sus rúbricas, por los siguientes:
Admisibilidad
Artículo 288: El recurso de inaplicabilidad de la ley sólo será admisible contra la sentencia definitiva que contradiga la doctrina establecida por alguna de las salas de la cámara en los diez (10) años anteriores a la fecha del fallo recurrido, y siempre que el precedente se hubiere invocado con anterioridad a su pronunciamiento.
Si se tratare de una cámara federal, que estuviere formada por más de una (1) sala, el recurso será admisible cuando la contradicción exista entre sentencias pronunciadas por las salas que son la alzada propia de los juzgados civiles federales o de los juzgados en lo contencioso-administrativo federal.
Concepto de sentencia definitiva y cuestiones excluidas
Artículo 289: Se entenderá por sentencia definitiva la que terminare el pleito o hiciere imposible su continuación.
Este recurso no será admisible cuando pudiere seguirse otro juicio sobre el mismo objeto, o se tratare de regulaciones de honorarios, o de sanciones disciplinarias.
Apoderados
Artículo 290: Los apoderados no estarán obligados a interponer recurso. Para deducirlo no necesitarán poder especial.
Prohibiciones
Artículo 291: No se admitirá la agregación de documentos, ni se podrá ofrecer prueba o denunciar hechos nuevos, ni recusar con o sin causa a los miembros del tribunal.
Plazo.
Fundamentación
Artículo 292: El recurso se interpondrá dentro de los diez (10) días de notificada la sentencia definitiva, ante la sala que la pronunció.
En el escrito en que se lo deduzca se señalará la existencia de la contradicción en términos precisos, se mencionará el escrito en que se invocó el precedente jurisprudencial y se expresarán los fundamentos que, a juicio de la parte, demuestren la procedencia del recurso. El incumplimiento de estos requisitos determinará su inadmisibilidad.
Del escrito de recurso se dará traslado a la otra parte, por el plazo de diez (10) días.
Declaración sobre la admisibilidad
Artículo 293: Contestado el traslado a que se refiere el artículo 292 o, en su caso, vencido el plazo para hacerlo, el presidente de la sala ante la cual se ha interpuesto el recurso remitirá el expediente al presidente de la que le siga en el orden del turno; ésta determinará si concurren los requisitos de admisibilidad, si existe contradicción y si las alegaciones que se refieren a la procedencia del recurso son suficientemente fundadas.
Si lo declarare inadmisible o insuficiente, devolverá el expediente a la sala de origen; si lo estimare admisible concederá el recurso en efecto suspensivo y remitirá los autos al presidente del tribunal.
En ambos casos, la resolución es irrecurrible.
Resolución del presidente.
Redacción del cuestionario
Artículo 294: Recibido el expediente, el presidente del tribunal dictará la providencia de autos y, firme ésta, determinará la cuestión a resolver; si fueren varias, deberán ser formuladas separadamente y, en todos los casos, de manera que permita contestar por sí o por no.
Cuestiones a decidir
Artículo 295: El presidente hará llegar en forma simultánea a cada uno de los integrantes del tribunal copias del memorial y de su contestación, si la hubiere, y un (1) pliego que contenga la o las cuestiones a decidir, requiriéndole para que dentro del plazo de diez (10) días exprese conformidad o, en su caso, formule objeciones respecto de la forma como han sido redactadas.
Determinación obligatoria de las cuestiones
Artículo 296: Vencido el plazo a que se refiere el artículo 295, el presidente mantendrá las cuestiones o, si a su juicio correspondiere, las modificará atendiendo a las sugerencias que le hubiesen sido formuladas. Su decisión es obligatoria.
Mayoría. Minoría
Artículo 297: Fijadas definitivamente las cuestiones, el presidente convocará a un acuerdo, dentro del plazo de cuarenta (40) días, para determinar si existe unanimidad de opiniones o, en su caso, cómo quedarán constituidas la mayoría y la minoría.
Voto conjunto. Ampliación de fundamentos
Artículo 298: La mayoría y la minoría expresarán en voto conjunto e impersonal y dentro del plazo de cincuenta (50) días la respectiva fundamentación. Los jueces de cámara que estimaren pertinente ampliar los fundamentos, podrán hacerlo dentro del plazo común de diez (10) días, computados desde el vencimiento del plazo anterior.
Resolución
Artículo 299: La decisión se adoptará por el voto de la mayoría de los jueces que integran la cámara. En caso de empate decidirá el presidente.
Doctrina legal. Efectos
Artículo 300: La sentencia establecerá la doctrina legal aplicable. Cuando dejase sin efecto el fallo que motivó el recurso, se pasarán las actuaciones a la sala que resulte sorteada para que pronuncie nueva sentencia, de acuerdo con la doctrina plenaria establecida.
Suspensión de pronunciamientos
Artículo 301: Declarada la admisibilidad del recurso de conformidad con lo establecido en el artículo 293, el presidente notificará a las salas para que suspendan el pronunciamiento definitivo en las causas en que se debaten las mismas cuestiones de derecho; el plazo para dictar sentencia se reanudará cuando recaiga el fallo plenario. Si la mayoría de las salas de la cámara hubiere sentado doctrina coincidente sobre la cuestión de derecho objeto del plenario, no se suspenderá el pronunciamiento y se dictará sentencia de conformidad con esa doctrina.
Los miembros del tribunal podrán dejar a salvo su opinión personal.
Art. 3°- Incorpóranse a la sección 8a del capítulo IV, título IV del libro primero del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, los artículos siguientes, con sus correspondientes rúbricas:
Convocatoria a tribunal plenario
Artículo 302: A iniciativa de cualquiera de sus salas, la cámara podrá reunirse en tribunal plenario con el objeto de unificar la jurisprudencia y evitar sentencias contradictorias.
La convocatoria se admitirá si existiere mayoría absoluta de los jueces de la cámara.
La determinación de las cuestiones, plazos, forma de la votación y efectos se regirá por lo dispuesto en los artículos 294 a 299 y 301.
Obligatoriedad de los fallos plenarios
Artículo 303: La interpretación de la ley establecida en una sentencia plenaria será obligatoria para la misma cámara y para los jueces de primera instancia respecto de los cuales sea aquélla tribunal de alzada, sin perjuicio de que los jueces dejen a salvo su opinión personal. Sólo podrá modificarse dicha doctrina por medio de una nueva sentencia plenaria.
Art. 4°- Derógase la ley 26.853, excepto su artículo 13.
Art. 5°- Deróganse los incisos 2, 3 y 4 del artículo 32 del decreto-ley 1.285/58, ratificado por ley 14.467, y sus respectivas modificaciones.
Art. 6°- Las sentencias plenarias dictadas por las cámaras federales de apelaciones o las cámaras nacionales de apelaciones durante el período de vigencia de la ley 26.853 conservarán su obligatoriedad en los términos del artículo 303 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Art. 7°- La presente ley entrará en vigencia el día de su publicación oficial.
Art. 8°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
REGISTRADA BAJO EL N° 27500
MARTA G. MICHETTI – EMILIO MONZO – Eugenio Inchausti – Juan P. Tunes


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COMUNICADO MEDIACION PREJUDICIAL OBLIGATORIA

El Colegio de Abogados de Rafaela comunica que su Directorio no ha participado de la reforma al sistema de mediación prejudicial plasmada por el Decreto 4036/2018. El citado decreto introduce modalidades y figuras que afectan, a nuestro criterio, el ejercicio profesional de los mediadores, atentando contra su desempeño y en consecuencia vulnerando el sistema de mediación .

Si bien consideramos que es necesario realizar modificaciones a la Ley de Mediación Prejudicial N° 13.151, creemos que tal reforma debe ser integral y guardando el respeto que el instituto de la mediación y sus actores requieren.

Exhortamos a reanudar el diálogo, con la presencia de todos los actores intervinientes en el proceso, con el fin de abordar de manera integral una reforma del sistema de mediación prejudicial, por medio de un proyecto de ley consensuado que jerarquice la mediación como herramienta de desjudicialización de las causas y fortalecimiento de los métodos no adversariales de resolución de conflictos y método de pacificación social.


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MEDIAS BECAS POR CADA UNA DE LAS CARRERAS DE POSGRADO DEL AÑO 2019 – UCA – Facultad del Derecho y Ciencias Sociales del Rosario.

UCA

Las  carreras son:

  • Doctorado en Derecho    2 (dos)
  • Especialización para la Magistratura  2 (dos)
  • Especialización en Derecho Tributario  2 (dos)
  • Especialización en Derecho de Daños 2 (dos)
  • Especialización en Derecho del Trabajo 2 (dos)
  • Especialización en Derecho de Infancia, Adolescencia y familia 2 (dos)

Se renovarán las becas a quienes ya cursaron con ese beneficio su primer año en 2018 siempre que hubieran cumplido regularmente con todas las obligaciones inherentes al cursado.

Se debe remitir la nómina de los interesados con anterioridad al 15 de marzo dado que el cupo es limitado.

Es requisito indispensable que el interesado se inscriba personalmente efectuando el pago de la matrícula correspondiente, la cual no resulta alcanzada por el beneficio y entregue toda la documentación requerida en la Facultad dentro del mismo plazo.

http://uca.edu.ar/es/facultad-de-derecho-y-ciencias-sociales-del-rosario/posgrados


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CERTIFICADO CATASTRAL. INFORMACION DE INTERES.

CERTIFICADO CATASTRAL. INFORMACION DE INTERES.

El Servicio de Catastro e Información Territorial informa que la opción de visualizar los Planos de Mensura digitalizados ya se encuentra disponible para todos los matriculados que acceden al SIGIT vía web


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UNIVERSIDAD BLAS PASCAL – MEDIAS BECAS.

UNIVERSIDAD BLAS PASCAL – MEDIAS BECAS.

Informamos a los colegiados que el COLEGIO DE ABOGADOS RAFAELA dispone de DOS MEDIAS BECA en cada una de las diplomaturas y cursos que se detallan a continuación, las  que se sortearán entre los interesados  en la oficina del Centro Rafaela  de la Universidad Blas Pascal  el día  20 de Marzo de 2019. 

Aclaración: para participar del sorteo de la beca es indispensable que la inscripción se realice a través de la RED PASCAL RAFAELA

Quienes se inscriban en febrero tendrán además este beneficio

Diplomaturas y Cursos

  • 50% sobre matricula
  • hasta 12 cuotas sin interés con tarjeta Naranja y Cordobesa

 

Por informes e inscripciones dirigirse a

 

RED PASCAL RAFAELA

Av. Santa Fe 690

+54 3492 604255

rafaela@redpascal.com.ar

Horarios de atención: Lunes a viernes de 8 a 13 hs.

 

Aclaración: para participar del sorteo de la beca es indispensable que la inscripción se realice a través de la RED PASCAL RAFAELA

 


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Se rectifica nro. de resol. / JUSTICIA 2020

MEDIACION PREJUDICIAL OBLIGATORIA - MODIFICACIONES AL PROCEDIMIENTO.
La resolución por la cual se promueve la implementación progresiva de algunos aspectos previstos en el decreto 4036/2018 es la 296/2018 y no la 298/2018, como se informó en el mensaje anterior. 
RESOLUCION Nº296/2018 
https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=06-02-2019avisos.html

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JUSTICIA 2020

Desde su lanzamiento en mayo de 2016, Justicia 2020 agrupa en 7 ejes - Institucional, Penal, Civil, Acceso a la Justicia, Derechos Humanos, Gestión y Justicia y Sociedad - a las iniciativas y proyectos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La plataforma en línea www.justicia2020.gob.ar permite que todo interesado acceda a los proyectos, participe del debate y presente propuestas. En diciembre de 2018, las inscripciones en los grupos de trabajo superaron las 55.000. 
Los participantes son también convocados a reuniones presenciales, lideradas al igual que los foros en línea, por los funcionarios directamente responsables de las iniciativas.
En la página www.bibliotecadigital.gob.ar se accede a la versión digital de los libros del PROGRAMA JUSTICIA 2020, los que se podrán descargar en forma gratuita.
Ejemplares impresos se encuentran a disposición para consulta en la Biblioteca del Colegio de Abogados.



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POSGRADOS PARA COLEGIADOS

Información académica para colegiados sobre  la Universidad Blas Pascal:

  • MAESTRÍA EN DIRECCIÓN Y GESTIÓN DE LAS ORGANIZACIONES
  • ESPECIALIZACIONES EN DERECHO

Las Inscripciones se encuentran abiertas y cuentan con beneficios especiales  por inscripción temprana.

BENEFICIOS ESPECIALES  POR INSCRIPCIÓN TEMPRANA

  • Descuento del 50% sobre matricula (válido para inscripciones hasta el 28/02/2019)
  • *10% de bonificación en las primeras 12 cuotas de aranceles -pagando hasta el 22/02/2019, con débito automático en tarjetade crédito o cuenta bancaria (Las cuotas rigen desde Febrero-2019 hasta Enero-2020)

Por informes e inscripciones dirigirse a   RED PASCAL RAFAELA Av. Santa Fe 690 +54 3492 604255 rafaela@redpascal.com.ar Horarios de atención: Lunes a viernes de 8 a 13 hs.


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TEXTO DEFINITIVO – DECRETO 0184/2019 SISTEMA DE INFORMACIÓN DE NORMATIVA (SIN)

0184/2019
06-02-2019
LIFSCHITZ, ROBERTO MIGUEL
LIFSCHITZ, ROBERTO MIGUEL; SILBERSTEIN, RICARDO ISIDORO
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
02001-0040981-5
Ley 13151/2010
APRUEBA; MODIFICA; REGLAMENTACION
MODIFICA LOS ARTICULOS 19º, 24º, 25º Y 34º DEL ANEXO I DEL DECRETO Nº 1747/11 Y APRUEBA LA REGLAMENTACION DEL ARTICULO 4º DE LA LEY Nº 13151-SISTEMA DE MEDIACION-MODIFICA EL ANEXO II DEL DECRETO Nº 4036/18
Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe
Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 15/02/2019



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Nuevo enlace para Liquidaciones Sellos y Tasas Retributivas API

Por este medio informamos a los colegas que la Administración Provincial de Impuestos ha actualizado el sistema de Liquidación Web del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios (SETA WEB) para adaptarlo a los nuevos estándares tecnológicos, razón por la cual compartimos el enlace pertinente: www.santafe.gov.ar/api – Impuestos: Impuesto de Selllos – Trámite: Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios: Liquidación Web (https://www.santafe.gov.ar/e-setaweb/index.php).

En caso de tener que realizar consultas sobre el sistema podrán dirigirse al siguiente correo electrónico: coordgralcomunicaciones@santafe.gov.ar


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PRONUNCIAMIENTO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESPECTO DE LA LEY 13.774

LEY PROVINCIAL  Nº 13774 - Código de convivencia.
Modifica el Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe.

Texto completo en https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=19-09-2018ley13774-2018.html

///////

*PRONUNCIAMIENTO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA RESPECTO DE LA LEY 13.774.

VISTO: El dictado de la ley 13.774; y,

CONSIDERANDO: 
1.Que esta norma modifica, en lo que aquí interesa, el Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe (ley 10.703), fijando el nuevo régimen procesal aplicable a las contravenciones que se cometan en el territorio de la Provincia, instaurando el denominado Código de Convivencia. Que la referida ley, establece en el artículo 15 “que ninguna disposición entrará en vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo resuelva encontrar reunidas las condiciones necesarias para un adecuado funcionamiento del nuevo sistema procesal instaurado, todo lo cual, en ningún caso, podrá exceder el plazo de ciento ochenta días corridos contados a partir de la publicación”. Que siendo así y habiendo sido publicada en fecha 19.9.18 en el Boletín Oficial de la Provincia, su entrada en vigencia se producirá el 19.3.19. Asimismo, determina que las causas en trámite ante los Juzgados en lo Penal de Faltas y los Juzgados de Primera Instancia de Circuito, al momento de la entrada en vigencia de la ley 13.774, deben pasar al Ministerio Público de la Acusación, en el estado en que se encuentren, a fin de que éste continúe con el trámite correspondiente. En este sentido, y a los fines de dar cumplimiento con la normativa en consideración se entiende oportuno, encomendar a la Secretaría de Gobierno de este Cuerpo, que por los medios conducentes al efecto, solicite a los Juzgados con competencia de Faltas de esta provincia y previo al cumplimiento del plazo legal establecido para la vigencia de la ley, la confección de un listado con la cantidad de expedientes en trámite a los fines de su remisión al Ministerio Público de la Acusación. 

2. En otro orden de ideas, y atendiendo a las vacantes existentes de Jueces de Faltas, resulta propicia la ocasión para exhortar al Poder Ejecutivo una vez mas a los fines que se cubran la totalidad de las vacantes de magistrados con las que se cuenta en toda la geografía de la Provincia, conforme requerimiento específico obrante en el punto anterior de la presente acta. Que para el caso en particular, motivo de la presente decisión, se solicita que se agilice al máximo el desarrollo de los procedimientos de selección y designación de magistrados del Fuero Penal correspondiente a los Distritos Judiciales Tostado y Venado Tuerto -antiguo cargo de Juez en lo Penal de Instrucción y Correccional y Faltas en el primer caso, y de Correccional y Faltas en el segundo caso-. Así también resulta necesario cubrir las vacantes existentes en los Distritos Santa Fe, Rosario y Rafaela, de los cargos de Juez de Faltas, y en los Circuitos Galvez, Helvecia, San Javier, Santo Tomé y San Lorenzo, de los cargos de Juez de Circuito. 

3. Por otra parte, y ahora haciendo referencia a los actores que serán competentes en materia de faltas, el nuevo Código de Convivencia establece en el artículo 45 que, los órganos jurisdiccionales de control y de juicio serán los magistrados del Colegio de Jueces Penales de Primera Instancia. Asimismo, el referido artículo, dispone que a los fines de la competencia contravencional los jueces de Faltas y los jueces Comunitarios de Pequeñas Causas letrados, integrarán dicho Colegio. Así las cosas, las causas que deban tramitar bajo las nuevas disposiciones legales lo harán ante la Oficina de Gestión del Distrito Judicial correspondiente, o ante el Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas pertinente. También determina que intervendrán en todas las causas de esta competencia el Ministerio Público de la Acusación (art.35 ley 10.703, según texto de ley 13.774), y el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (art.37 ley 10.703, según texto de ley 13.774). Dispone, a su vez, conforme artículo 11 de la ley 13.774, que los Secretarios letrados de los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas podrán desempeñar funciones en la órbita del Ministerio Público de la Acusación. Que teniendo en cuenta la última previsión legal referida, esta Corte manifiesta que habilita a los Secretarios letrados comprendidos por la normativa, para que a partir de la entrada en vigencia de la referida ley en fecha 19.3.19 actúen en el mencionado Ministerio, sin que ello implique abandonar o afectar, las tareas habituales que hasta el momento desarrollan. 

4. En otro orden de ideas, la normativa descripta no sólo modifica el régimen procesal aplicable a las causas de competencia contravencional actualmente en trámite, sino que también impacta en aspectos referidos a los recursos humanos de este Poder Judicial. Así las cosas, el artículo 12 de la ley traída a consideración, establece que pasarán a desempeñar funciones en el Ministerio Público de la Acusación el personal administrativo, de mantenimiento, producción y servicios generales que prestan servicio en el fuero penal de faltas del Poder Judicial. Sobre este punto cabe decir que esta Corte establecerá, la materialización de los mencionados traspasos. 

5. También corresponde referir que, para la puesta en marcha del nuevo sistema contravencional, y conforme lo dispuesto en el artículo 56 de la ley 10.703 -texto según ley 13.774-, se establece que: “El juicio contravencional será oral y público, registrándose por los medios que establezca la Oficina de Gestión Judicial”, por lo que resulta imperioso contar con los recursos materiales tecnológicos adecuados, su instalación y puesta en servicio a tales fines. En ese sentido, se solicita al Poder ejecutivo el apoyo presupuestario necesario para alcanzar dicho objetivo.

6. Por último, corresponde señalar que las decisiones precedentemente indicadas se adoptan con el objeto de contribuir a la armonización, en especial, de las secuencias de los traspasos de recursos humanos y materiales y de causa jurisdiccionales que habrían de materializarse, teniendo siempre en miras el mejor funcionamiento posible del Poder Judicial todo. Que, por todo lo expuesto, y oído el señor Procurados General, 

SE RESUELVE: 

1. Encomendar a la Secretaría de Gobierno que realice las diligencias necesarias para la coordinación de las tareas referidas en el punto 1 del considerando que antecede. 

2. Dirigirse al Poder Ejecutivo por conducto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicitando la urgente puesta en marcha de los mecanismos previstos en la Constitución Provincial y el Consejo de la Magistratura, para la designación de los magistrados en los cargos descriptos en el punto 2 del considerando que antecede. 

3. Habilitar a los Secretarios letrados de los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas a actuar, a partir de la entrada en vigencia de la ley 13.774 en fecha 19.3.19, dentro de la órbita del Ministerio Público de la Acusación, sin que ello implique abandonar o afectar, las tareas habituales que hasta el momento desarrollan. 

4. Encomendar a la Secretaría de Gobierno para que convoque a participar de las reuniones que sean pertinentes con los representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a los fines de proveer de los recursos materiales y tecnológicos necesarios para la puesta en marcha del nuevo Código de Convivencia. 

5. Hacer saber lo aquí resuelto al Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Justicia y Derechos humanos. 

6. Líbrense las comunicaciones pertinentes.


Numero de Acta :	51

Fecha :	18/12/2018
Número :	15
Presidente :	
RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ
Tipo de Acuerdo :	Ordinario
Lugar :	Santa Fe
  
Procurador :	
JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE
Ministros :	
•  MARÍA ANGÉLICA GASTALDI 
•  MARIO LUIS NETRI 
•  EDUARDO GUILLERMO SPULER 
•  ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO 
•  DANIEL ANÍBAL ERBETTA

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PRÓRROGA CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS CTD – SAN CRISTÓBAL 2019

1 Cargo de Receptor de Denuncias y 1 Receptor Suplente – CTD San Cristóbal

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias (CTD) del Nodo Rafaela.

Los Profesionales seleccionados deberán desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD de San Cristóbal de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs), por un término de 12 meses. El cargo es rentado.

REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Abogado/a, con matrícula vigente, inscripto en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.
• Edad entre 24 y 35 años.
• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética.
• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados.
• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, editor de texto, programas de gestión, etc.).
• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación.

REQUISITOS PREFERENTES:
• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración / recepción o atención al ciudadano.
• Inscripción en AFIP del interesado.

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:
El postulante deberá presentar su currículum vitae (sin soporte papel de antecedentes) en la Recepción del Colegio de Abogados de Rafaela (Buenos Aires 168), o en PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar), desde el 04/02/2019 hasta el 08/02/2019 inclusive.

 


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C.S.J. Santa Fe – Pagos y transferencias de fondos judiciales.

ACTA N° 50: En la ciudad de Santa Fe, a los once días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho, se reunió en Acuerdo Ordinario la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia, presidida por su titular Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ, e integrada por los señores Ministros, Dres. DANIEL ANÍBAL ERBETTA, ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO, MARÍA ANGÉLICA GASTALDI, MARIO LUIS NETRI y EDUARDO GUILLERMO SPULER, y con la asistencia del señor Procurador General, Dr. JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE, a fin de considerar lo siguiente:

 

10) NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. S/ OFRECIMIENTO DEL SERVICIO DE BANCA ELECTRÓNICA “SANTA FE JUDICIALES” (Expte. C.S.J. 1783/2010): El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 10 de diciembre del corriente año, dictó la siguiente resolución: “Santa Fe, 10 de diciembre de 2018. VISTAS: Las necesidades del servicio Judiciario; y

 

CONSIDERANDO:

  1. Que por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia del 7 de diciembre de 2010, Acta N° 57, punto 6, el Alto Tribunal ratificó la resolución de esta Secretaría de Gobierno del 26.11.2010, mediante la cual se tuvo presente el servicio de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, ofrecido por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., teniéndolo por aceptado y disponiendo su habilitación a partir del 20.12.2010. Que a través de dicho servicio gratuito, y desde cualquier computadora, los titulares y actuarios de las Cámaras de Apelación y Juzgados de Primera Instancia de la Provincia, pueden consultar los saldos y movimientos correspondientes a las cuentas judiciales existentes a la orden de ellos. Que, asimismo, la Entidad bancaria hizo saber en esa oportunidad, que el referido servicio constituía la primera etapa de dicha operatoria, previéndose como segunda etapa permitir contar con igual acceso a los profesionales intervinientes en los procesos respecto de los cuales se abrieron cuentas judiciales. Que, en tal sentido, en el Acuerdo supra mencionado, se solicitó al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. arbitrar lo conducente para instrumentar a la brevedad esa segunda etapa, recibiéndose a esos efectos del Área Asuntos Legales de dicha Entidad bancaria la comunicación del desarrollo entre los responsables de Sistemas de esa Entidad y de la Secretaría de Informática de este Poder Judicial, del mecanismo para que los abogados matriculados de la Provincia de Santa Fe, además de realizar consultas vía web respecto del estado procesal de los expedientes en los cuales intervienen, puedan consultar, por ese mismo medio, los saldos y movimientos de las cuentas judiciales relacionadas con sus expedientes, en un marco de absoluta seguridad y privacidad, utilizando la clave única otorgada por los Colegios de Abogados de la Provincia; servicio éste que, desde fines del año 2010, se hizo extensivo a los profesionales en Ciencias Económicas. Que, en ese orden, y a los fines de avanzar en una tercera etapa del servicio de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, del fluido intercambio entre ambas instituciones, se procedió al desarrollo conjunto de un Formulario de Informe de Saldos de Cuentas Judiciales que los profesionales matriculados pueden obtener de la página web del Poder Judicial y presentarlo ante las dependencias jurisdiccionales con su sola rúbrica y aclaración. Siendo ello así, mediante Acuerdo del 13 de marzo de 2012 se habilitó este nuevo servicio y se aprobó el mencionado formulario, el que contempla en su cuerpo suficientes recaudos de seguridad que permiten la validación correspondiente, además de la posibilidad de control para su validación que ya tienen los Magistrados y funcionarios judiciales, ingresando al servicio de Banca electrónica ‘Santa Fe Judiciales’. Que, con posterioridad a ello, mediante Acta Acuerdo Nro. 13, Punto 3 de fecha 23.04.2013, se autorizó la incorporación a nuestra página web oficial -en la parte correspondiente a la Consulta de Expedientes del Fuero Civil y Comercial; Laboral y Contencioso Administrativo-, del formulario para realizar depósitos judiciales que utiliza la mencionada entidad bancaria, en pos de facilitar a abogados y procuradores la obtención del mismo mediante su impresión desde nuestro sitio oficial.

 

  1. Que, en esta oportunidad, y luego de sucesivas reuniones de trabajo mantenidas por el Nuevo Banco de Santa Fe con la Secretaría de Gobierno de este Cuerpo, se ha logrado consensuar un nuevo avance en el aplicativo desarrollado por esa entidad bancaria “Santa Fe Judiciales”, poniendo a disposición una funcionalidad que permite a las autoridades judiciales ordenar al Banco, en forma electrónica, pagos y transferencias de fondos relacionadas a expedientes judiciales. Siendo así, el servicio propuesto permite disponer de una sección dentro de la plataforma electrónica que ya se encuentra en funcionamiento. De esta manera, los usuarios habilitados podrán -con la misma clave y contraseña de acceso al sistema que vienen utilizando-, ordenar a la entidad bancaria la realización de pagos y transferencias de fondos existentes desde cuentas judiciales abiertas a la orden de sus juzgados, hacia cuentas a la vista o cuentas judiciales, ya sea del propio Nuevo Banco de Santa Fe o de otras entidades financieras del país, sin necesidad de remitir oficios de pago en soporte papel o cheques judiciales. En este sentido, cabe poner de resalto que la orden de pago dirigida al Banco, no implica una inmediata transferencia de fondos, sino una orden expresa a dicha entidad, para que ésta luego de efectuar las retenciones de ley pertinentes, debite los fondos de la cuenta judicial y los acredite en los destinos que el beneficiario indique. Que, en lo que aquí interesa, la nueva herramienta puesta en consideración, se erige como un estadio imprescindible en el avance hacia una justicia moderna y de calidad, donde los cambios de paradigma en el modo de gestionar el servicio se ven reflejados en cambios palpables y concretos. En tal inteligencia, la puesta en marcha de este sistema se constituye en un importante apoyo para la Magistratura y su labor diaria, favoreciendo la despapelización; el transporte de valores; suprimiendo las demoras en los cobros; y dotando de mayor seguridad al sistema de pagos. Así las cosas, y en pos de lograr una implementación segura y sustentable, se entiende pertinente realizar la misma de manera progresiva en los distintos Distritos de este Poder Judicial; contando de esta manera con la posibilidad de corregir eventuales disfunciones que se vislumbraran en la práctica, y avanzando de manera concreta con la experiencia aquilatada en el funcionamiento del mismo. Por consiguiente, y dado los trabajos de ordenamiento que se han venido concretando por parte de esta Secretaría de Gobierno en el Distrito Judicial Nro. 5 de Rafaela, se cree oportuno proponer a dicha sede como piloto para la ejecución de esta nueva modalidad, abarcando en consecuencia los cuatro Juzgados de Distrito en lo Civil y Comercial, los dos Juzgados de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral, el Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia y el Juzgado de Primea Instancia de Circuito que allí se asientan. Que, luego de un tiempo prudencial de funcionamiento y evaluado el desempeño y evolución de la aplicación informática, se propondrá su réplica de manera programada en los demás órganos jurisdiccionales de la provincia. Que por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N° 10160 (t.o según Decreto N° 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.1999, Acta N° 41, Punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

 

RESUELVE:

 

1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia que, a partir del 18.2.2019, se incorpore al aplicativo “Santa Fe Judiciales” desarrollado y ofrecido por la entidad bancaria, una funcionalidad que permita a las autoridades judiciales ordenar al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. el pago y transferencia de fondos obrantes en cuentas judiciales a la orden de los Juzgados a su cargo, en forma electrónica.

 

2) Requerir que dicha funcionalidad sea operativa en la fecha señalada en el punto anterior, únicamente en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito y Circuito del Distrito Judicial Nro. 5 de Rafaela.

 

3) Encomendar que la nueva modalidad aquí propuesta, coexista por un período prudencial con el actual sistema de pago en formato papel, hasta tanto se considere oportuno su remplazo de manera definitiva.

 

4) Solicitar al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. La realización de las actividades de capacitación previa y soporte a usuarios, conforme los protocolos de actuación previamente consensuados con esta Secretaría. Regístrese, hágase saber y dese cuenta al Alto Cuerpo.

 

FDO. BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: I. Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. II. Librar las comunicaciones pertinentes.


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Aumento de la unidad jus art. 32 de la ley 12851

Circular Nro. 46/19.-

Santa Fe, 27 de marzo de 2019.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 26.3.2019, Acta Nro. 12, punto 2, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
INFORME DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. El señor Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. EDUARDO MARCOS PEDRO BORDAS informa que dando cuenta de una resolución de fecha 22.3.2019 mediante la cual, atento a la delegación que le confirió el Cuerpo en Acuerdo del 10.6.2008, Acta N° 23, p. 6, apartado V, estableció que el monto de la Unidad Jus prevista en el artículo 32 de la ley 12.851, es de $ 2.883,26 a partir del 1.3.2019, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. Fdo: GASTALDI. FALISTOCCO. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).
Saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno



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Justicia Federal – Autoridades que se desempeñarán durante la feria judicial enero 2019

DESIGNACIÓN DE LAS AUTORIDADES PARA LA FERIA JUDICIAL DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2019.

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones; 

Y VISTO, Y CONSIDERANDO: 

Lo dispuesto por el art. 115 del Reglamento para la Justicia Nacional.  
En su mérito, 

ACORDARON: 
I) Designar las autoridades de esta Cámara Federal y de los Tribunales dependientes de su jurisdicción que se desempeñarán durante la Feria Judicial del mes de Enero de 2019:
CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES:  
Sala “A”:
Del 1º al 21: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ.
Del 21 al 31: Dr. Aníbal PINEDA.


Sala “B”:
Del 1º al 6: Dr. José Guillermo TOLEDO.
Del 7 al 11 y del 25 al 31: Dra. Élida Isabel VIDAL.
PRESIDENTE:
Del 1º al 21: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ 
Del 22 al 31: Dr. Aníbal PINEDA.


SECRETARIOS DE CAMARA: 
Del 1º al 6: Dra. Verónica VILLATTE 
Del 1º al 12: Dra. Andrea GIMENO
Del 1º al 11: Dra. Valeria MALGIOGLIO
Del 1º al 13: Dra. María Araceli PROVENS
Del 7 al 11: Dra. Sofía WEINER
Del 7 al 17: Dr. Gustavo POLANCO
Del 18 al 31: Dra. Isabel Fabiola MONTESINOS
Del 11 al 21: Dr. Víctor BOTTAZZI
Del 13 al 20: Dra. María Candelaria ROIBON
Del 14 al 31: Dra. María Victoria RUIZ 
Del 15 al 21: Dra. Raquel BOLZICO
Del  21 al 31: Dra. Dra. Eleonora PELOZZI.


JUZGADOS FEDERALES DE ROSARIO: 
Del 1º al 15: Dra. Sylvia R. ARAMBERRI.
Del 16 al 31: Dr. Aurelio A. CUELLO MURÚA.
Del 1º al 15: Dr. Carlos A. VERA BARROS 
Del 16 al 31: Dr. Marcelo M. BAILAQUE. 


JUZGADO FEDERAL DE VENADO TUERTO: 

Del 1º al 8: Dra. Sylvia R. ARAMBERRI
Del 9 al 15: Dr. Carlos A. VERA BARROS 
Del 16 al 31: Dr. Aurelio A. CUELLO MURÚA


JUZGADOS FEDERALES DE SAN NICOLAS:
Del 1º al 15: Dra. Sylvia R. ARAMBERRI (subroga) J.F.1 de San Nicolás
 
Del 1º al 15: Dr. Carlos VERA BARROS (subroga) J.F. 2 de San Nicolás.
Del 16 al 31: Dr. Carlos VILLAFUERTE RUZO.


JUZGADOS FEDERALES DE SANTA FE:
Del 1º al 15: Dr. Francisco MIÑO
Del 16 al 31: Dr. Reinaldo R. RODRIGUEZ 


JUZGADO FEDERAL DE RAFAELA:
Del 1º al 31: Dr. Miguel E. ABASOLO

II) Disponer que las autoridades designadas nombrarán el personal que los secundará. 

III) Fijar el horario de atención al público de 7 a 13 horas. 


Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia y se comunique, por ante mí, que  doy fe. (firmado) Dres. Elida I. VIDAL - Fernando L. BARBARÁ - José Guillermo TOLEDO - Aníbal PINEDA – JORGE SEBASTIÁN GALLINO (Subrogante) - Jueces de Cámara - Raquel N. BOLZICO. Secretaria de Superintendencia.-                                                                              






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JUSTICIA 2020

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CSJ Santa Fe – Comunicación 24 y 31 de diciembre próximos.

Estimados:

Enviamos para conocimiento, comunicación del Secretario de Gobierno de la C.S.J. Santa Fe, Dr. Eduardo M. P. Bordas:

                Atento a diversas consultas recibidas  respecto de los días 24 y 31 de diciembre de 2018 se informa que por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 923/2017 de fecha 9.11.2017  -de conformidad con lo establecido en el art. 7° de la Ley 27.399- se estableció como días no laborables con fines turísticos  los días mencionados.

 

                Asimismo, y en igual sentido, el Poder Ejecutivo Provincial dictó el decreto N° 3748 de fecha 10.12.18.

 

                Atentamente.

 

                Dr. Eduardo Bordas

                Secretario de Gobierno


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PERSONAL QUE PRESTARÁ SERVICIOS DURANTE LA FERIA JUDICIAL DE ENERO DE 2019.

Circular Nro. 147/18.-

 

PERSONAL QUE PRESTARÁ SERVICIOS DURANTE LA FERIA JUDICIAL DE ENERO DE 2019.

VISTAS: Las nóminas de magistrados, funcionarios, empleados y personal de servicio, confeccionadas de acuerdo con lo establecido en la reglamentación en vigencia por las Secretarías de este Tribunal de Santa Fe y Rosario, en las que se especifican los agentes de las Circunscripciones Judiciales 1, 2, 3, 4 y 5 que desempeñarán sus funciones durante la feria judicial de enero del año 2019, en los correspondientes Distritos y Circuitos comprendidos en las mismas. Que en virtud de lo expuesto, atento las prescripciones del art. 248 de la ley 10.160, y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General,

 

SE RESUELVE: Aprobar las nóminas y ordenar sean agregadas al final de la presente y como parte integrante del acta, estableciendo que el personal designado gozará de la licencia compensatoria respectiva de acuerdo con lo prescripto por el artículo 253 del mencionado texto legal y el criterio rector establecido por este Cuerpo en la reglamentación vigente en la materia.-

 

FDO.: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

 

Nóminas aprobadas, en el siguiente enlace:

 

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5843


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NUEVA FORMA DE PAGO DE OFICIOS JUDICIALES

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

 

NUEVA FORMA DE PAGO DE OFICIOS JUDICIALES

 

Numero de Acta : 50

Fecha :  11/12/2018

Punto de Acuerdo:           

NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. S/ OFRECIMIENTO DEL SERVICIO DE BANCA ELECTRÓNICA “SANTA FE JUDICIALES” (Expte. C.S.J. 1783/2010):

El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 10 de diciembre del corriente año, dictó la siguiente resolución: “Santa Fe, 10 de diciembre de 2018. VISTAS: Las necesidades del servicio Judiciario; y

CONSIDERANDO:

  • Que por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia del 7 de diciembre de 2010, Acta N° 57, punto 6, el Alto Tribunal ratificó la resolución de esta Secretaría de Gobierno del 26.11.2010, mediante la cual se tuvo presente el servicio de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, ofrecido por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., teniéndolo por aceptado y disponiendo su habilitación a partir del 20.12.2010.

Que a través de dicho servicio gratuito, y desde cualquier computadora, los titulares y actuarios de las Cámaras de Apelación y Juzgados de Primera Instancia de la Provincia, pueden consultar los saldos y movimientos correspondientes a las cuentas judiciales existentes a la orden de ellos.

Que, asimismo, la Entidad bancaria hizo saber en esa oportunidad, que el referido servicio constituía la primera etapa de dicha operatoria, previéndose como segunda etapa permitir contar con igual acceso a los profesionales intervinientes en los procesos respecto de los cuales se abrieron cuentas judiciales.

Que, en tal sentido, en el Acuerdo supra mencionado, se solicitó al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. arbitrar lo conducente para instrumentar a la brevedad esa segunda etapa, recibiéndose a esos efectos del Área Asuntos Legales de dicha Entidad bancaria la comunicación del desarrollo entre los responsables de Sistemas de esa Entidad y de la Secretaría de Informática de este Poder Judicial, del mecanismo para que los abogados matriculados de la Provincia de Santa Fe, además de realizar consultas vía web respecto del estado procesal de los expedientes en los cuales intervienen, puedan consultar, por ese mismo medio, los saldos y movimientos de las cuentas judiciales relacionadas con sus expedientes, en un marco de absoluta seguridad y privacidad, utilizando la clave única otorgada por los Colegios de Abogados de la Provincia; servicio éste que, desde fines del año 2010, se hizo extensivo a los profesionales en Ciencias Económicas.

Que, en ese orden, y a los fines de avanzar en una tercera etapa del servicio de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, del fluido intercambio entre ambas instituciones, se procedió al desarrollo conjunto de un Formulario de Informe de Saldos de Cuentas Judiciales que los profesionales matriculados pueden obtener de la página web del Poder Judicial y presentarlo ante las dependencias jurisdiccionales con su sola rúbrica y aclaración. Siendo ello así, mediante Acuerdo del 13 de marzo de 2012 se habilitó este nuevo servicio y se aprobó el mencionado formulario, el que contempla en su cuerpo suficientes recaudos de seguridad que permiten la validación correspondiente, además de la posibilidad de control para su validación que ya tienen los Magistrados y funcionarios judiciales, ingresando al servicio de Banca electrónica ‘Santa Fe Judiciales’.

Que, con posterioridad a ello, mediante Acta Acuerdo Nro. 13, Punto 3 de fecha 23.04.2013, se autorizó la incorporación a nuestra página web oficial -en la parte correspondiente a la Consulta de Expedientes del Fuero Civil y Comercial; Laboral y Contencioso Administrativo-, del formulario para realizar depósitos judiciales que utiliza la mencionada entidad bancaria, en pos de facilitar a abogados y procuradores la obtención del mismo mediante su impresión desde nuestro sitio oficial.

  1. Que, en esta oportunidad, y luego de sucesivas reuniones de trabajo mantenidas por el Nuevo Banco de Santa Fe con la Secretaría de Gobierno de este Cuerpo, se ha logrado consensuar un nuevo avance en el aplicativo desarrollado por esa entidad bancaria “Santa Fe Judiciales”, poniendo a disposición una funcionalidad que permite a las autoridades judiciales ordenar al Banco, en forma electrónica, pagos y transferencias de fondos relacionadas a expedientes judiciales. Siendo así, el servicio propuesto permite disponer de una sección dentro de la plataforma electrónica que ya se encuentra en funcionamiento. De esta manera, los usuarios habilitados podrán -con la misma clave y contraseña de acceso al sistema que vienen utilizando-, ordenar a la entidad bancaria la realización de pagos y transferencias de fondos existentes desde cuentas judiciales abiertas a la orden de sus juzgados, hacia cuentas a la vista o cuentas judiciales, ya sea del propio Nuevo Banco de Santa Fe o de otras entidades financieras del país, sin necesidad de remitir oficios de pago en soporte papel o cheques judiciales. En este sentido, cabe poner de resalto que la orden de pago dirigida al Banco, no implica una inmediata transferencia de fondos, sino una orden expresa a dicha entidad, para que ésta luego de efectuar las retenciones de ley pertinentes, debite los fondos de la cuenta judicial y los acredite en los destinos que el beneficiario indique.

Que, en lo que aquí interesa, la nueva herramienta puesta en consideración, se erige como un estadio imprescindible en el avance hacia una justicia moderna y de calidad, donde los cambios de paradigma en el modo de gestionar el servicio se ven reflejados en cambios palpables y concretos. En tal inteligencia, la puesta en marcha de este sistema se constituye en un importante apoyo para la Magistratura y su labor diaria, favoreciendo la despapelización; el transporte de valores; suprimiendo las demoras en los cobros; y dotando de mayor seguridad al sistema de pagos. Así las cosas, y en pos de lograr una implementación segura y sustentable, se entiende pertinente realizar la misma de manera progresiva en los distintos Distritos de este Poder Judicial; contando de esta manera con la posibilidad de corregir eventuales disfunciones que se vislumbraran en la práctica, y avanzando de manera concreta con la experiencia aquilatada en el funcionamiento del mismo.

Por consiguiente, y dado los trabajos de ordenamiento que se han venido concretando por parte de esta Secretaría de Gobierno en el Distrito Judicial Nro. 5 de Rafaela, se cree oportuno proponer a dicha sede como piloto para la ejecución de esta nueva modalidad, abarcando en consecuencia los cuatro Juzgados de Distrito en lo Civil y Comercial, los dos Juzgados de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral, el Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia y el Juzgado de Primea Instancia de Circuito que allí se asientan.

Que, luego de un tiempo prudencial de funcionamiento y evaluado el desempeño y evolución de la aplicación informática, se propondrá su réplica de manera programada en los demás órganos jurisdiccionales de la provincia.

Que por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N° 10160 (t.o según Decreto N° 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.1999, Acta N° 41, Punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

 

RESUELVE:

1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia que, a partir del 18.2.2019, se incorpore al aplicativo “Santa Fe Judiciales” desarrollado y ofrecido por la entidad bancaria, una funcionalidad que permita a las autoridades judiciales ordenar al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. el pago y transferencia de fondos obrantes en cuentas judiciales a la orden de los Juzgados a su cargo, en forma electrónica.

2) Requerir que dicha funcionalidad sea operativa en la fecha señalada en el punto anterior, únicamente en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito y Circuito del Distrito Judicial Nro. 5 de Rafaela.

 3) Encomendar que la nueva modalidad aquí propuesta, coexista por un período prudencial con el actual sistema de pago en formato papel, hasta tanto se considere oportuno su remplazo de manera definitiva.

4) Solicitar al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. La realización de las actividades de capacitación previa y soporte a usuarios, conforme los protocolos de actuación previamente consensuados con esta Secretaría. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Alto Cuerpo. FDO. BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General,

 

SE RESUELVE: I. Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. II. Librar las comunicaciones pertinentes.

 

 


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Jubilaciones y pensiones. La CSJN definió la actualización de haberes jubilatorios por índice ISBIC. Publicado por Errepar

La CSJN, en autos “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios” de fecha 18/12/2018 ratificó la aplicación del índice ISBIC (Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción) para actualizar los haberes jubilatorios y dejó de lado la utilización del índice RIPTE, que en la práctica arrojaba haberes inferiores.
Asimismo, se declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018, que cambiaban el índice ISBIC por la variación del RIPTE.
La sentencia solo se podrá aplicar a las causas en trámite; por lo tanto, los nuevos juicios no se verán beneficiados por la misma.
Además, el fallo ordenó comunicar al Congreso de la Nación el contenido de la sentencia para que se fije el indicador que actualiza los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período 1995-2008, hasta que esa actualización se haga por aplicación del ISBIC.

Acceda al fallo aquí.

Fuente: Errepar


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DECLARACIONES DE FACA

Declaraciones una  a solicitud de la Asociación de Abogados de Río Gallegos, en relación a la modificación irracional y discriminatoria en el régimen de incompatibilidades de la profesión de abogado y otra  del Colegio de abogados de Neuquén, referida  a la preocupación del Colegio en cuanto a la suspensión de términos procesales del servicio de justicia sin finalidad alguna que importe beneficio para la comunidad.




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C.S.J. Circular 145 – Llamado a concurso MPA / Circular 146 – Conjueces 2019

Circular nro. 146. Conjueces para el año 2019

Santa Fe, 12 de diciembre de 2018.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 11.12.2018, Acta Nro. 50, punto 11, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
“CONJUECES PARA EL AÑO 2019. VISTOS: Los listados de conjueces confeccionados según la preceptiva del Artículo 19 inc. 5 de la ley 10.160 (t.o. 1998) para reemplazar, en los casos previstos en la norma legal, a Jueces y Funcionarios del Ministerio Público de la Provincia durante el año 2019; habida cuenta que no existen observaciones que formular y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: I. Aprobar las listas de mención, procediéndose por Secretaría de Gobierno del Tribunal a su comunicación a los distintos asentamientos judiciales de la Provincia. II. Disponer se agreguen los listados aludidos al final de la presente y como parte integrante del acta.- FDO.: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).”
Se adjuntan a la presente los respectivos listados, que fueron confeccionados según las preceptivas del art. 19, inc. 5 de la Ley 10160, y de los arts. 20 bis y 23 bis de la Ley 13.018.
FUENTE: http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5837

/////////////////////

Circular nro. 145.
Llamado a concurso para 1 cargo de Subsecretario de Persecución Penal de la Fiscalía Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial –categoría presupuestaria de Secretario de Cámara– del Ministerio Público de la Acusación

Santa Fe, 11 de diciembre de 2018.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de ese órgano jurisdiccional, que se ha recepcionado Resolución Nro. 447/2018 del Fiscal General del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Jorge C. Baclini del día 07 de diciembre de 2018, correspondiente al llamado a concurso para cubrir el cargo de Subsecretario de Persecución Penal de la Fiscalía Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial –categoría presupuestaria de Secretario de Cámara– del Ministerio Público de la Acusación.

Se adjunta a esta circular, la correspondiente Resolución, haciendo saber que podrán consultar todo lo relativo al referido concurso en la página del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe, www.mpa.santafe.gov.ar.

FUENTE:   http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5836

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SMATA – Tarifas preferenciales para colegiados – TEMPORADA PILETA Y COLONICA DE VACACIONES 2018-2019

Estimados,

En adjuntos enviamos propuesta de SMATA con  tarifas preferenciales para colegiados en temporada de pileta y colonia de vacaciones 2018-2019. 

Para acceder al beneficio es requisito presentar constancia de inscripción en la matrícula.

Interesados, acercarse a sede de SMATA sita en Lamadrid 207 - Tel. contacto: 422233

Atte.

COLEGIO DE ABOGADOS.



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Circular Nro. 135/18.- VALOR UNIDAD JUS DE MULTA (ART. 223, INC. 3, LEY 10.160 – SU ACTUALIZACIÓN.

Circular Nro. 135/18.-

 

Santa Fe, 29 de noviembre de 2018.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 27.11.2018, Acta Nro. 47, punto 13, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

VALOR UNIDAD JUS DE MULTA (ART. 223, INC. 3, LEY 10.160 – SU ACTUALIZACIÓN. VISTO: La necesidad de proceder a la actualización del valor de la unidad jus del artículo 223, inc. 3, de la ley 10.160; y teniendo en cuenta la facultad conferida por el art. 8 de la ley citada, luego de un intercambio de opiniones, y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: Establecer que, a partir del 1.12.2018, el valor de la unidad jus para el cálculo de la sanción de multa del art. 223, inc. 3, de la ley 10.160, será de $ 1.500,00 (un mil quinientos pesos). Fdo: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).

Saludo a Ud. atentamente.

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno


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Circular Nro. 137/18.- AUMENTO UNIDAD JUS PARA LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO y COMUNITARIOS DE LAS PEQUEÑAS CAUSAS DE LA PROVINCIA.

Circular Nro. 137/18.-

 

Santa Fe, 29 de noviembre de 2018.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 27.11.2018, Acta Nro. 47, punto 12, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

AUMENTO UNIDAD JUS PARA LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO y COMUNITARIOS DE LAS PEQUEÑAS CAUSAS DE LA PROVINCIA. VISTAS: Los recientes cambios económicos acaecidos en el país, los cuales resultan de público conocimiento; las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la acentuada modificación de la realidad económica y monetaria de nuestro país, se entiende pertinente efectuar una nueva revisión de los guarismos adoptados oportunamente para fijar el monto de la Unidad Jus referente a los Juzgados de Primera Instancia de Circuito Y Juzgados Comunitarios de las Pequeñas Causas de la Provincia. Así las cosas, corresponde adentrarse en un análisis integral de los actuales montos fijados para las distintas asignaciones de competencia. Que, siendo ello así, y habiéndose requerido un informe pormenorizado al Área de Estadísticas dependiente de la Secretaría de Gobierno, se observan alteraciones en lo que hace al ingreso de causas en los órganos jurisdiccionales de la provincia, particularmente en el ámbito de los Juzgados de Circuito y Comunitarios. Que dicho desequilibrio, resiente de manera notoria el normal desempeño del servicio de justicia, deviniendo conducente entonces, adoptar las medidas pertinentes para su debida corrección. Que, en virtud de lo hasta aquí expuesto, y a los fines de procurar una equilibrada división del trabajo, que tenga en cuenta las distintas realidades existentes en los diferentes órganos jurisdiccionales que componen el mapa judicial de la Provincia, y en atención a la facultad conferida por el artículo 8 de la ley 10.160, luego de un intercambio de opiniones y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: I. Modificar a partir del 1.12.2018 los valores vigentes de la unidad jus para los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de la Provincia, de acuerdo al cuadro que se agrega a la presente y como parte integrante del acta. II. Disponer a partir de la fecha señalada en el punto I, un incremento en los valores de la unidad jus aplicable a los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de Santa Fe y Rosario, a los solos fines de los casos de Responsabilidad Extracontractual, estableciendo los mismos en $ 5.000 y $6.667, respectivamente. III. Fijar un aumento en los valores de la unidad jus para los Juzgados Comunitarios de las Pequeñas Causas de la Provincia, el que se determina en la suma de $ 1000, a partir de la fecha señalada en el punto I del presente. IV. Líbrense las comunicaciones pertinentes. Fdo: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno

http://www.abogadosrafaela.com.ar/wp-content/uploads/2017/07/CIR-137-18-CUADRO-1.pdf


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Circular nro. 136. Fijación del valor de la unidad jus establecido en el art. 8 de la ley 7055

Circular Nro. 136/18.-

 

Santa Fe, 29 de noviembre de 2018.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 27.11.2018, Acta Nro. 47, punto 14, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

FIJACIÓN DEL VALOR DE LA UNIDAD JUS ESTABLECIDO EN EL ART. 8VO. DE LA LEY 7055 -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que la ley 13.360 modificó el artículo 8vo. de la ley 7.055 -Recurso de Inconstitucionalidad-, fijando en la cantidad de 10 unidades jus la suma que deberá acreditar, a la orden del Tribunal, el recurrente que se presente en queja directamente ante este Cuerpo. Que, la misma norma, establece que dicha suma será dispuesta por la Corte Suprema de Justicia mediante acordada. En virtud de ello, corresponde a este Cuerpo establecer el valor de la unidad jus a los fines de determinar el monto de dicho depósito. Que ello así, advirtiendo que la última actualización de dicha suma entró en vigencia a partir del mes de febrero del año 2018 (v. Acuerdo del 12.12.2017, Acta N° 50, p. 16), oportunidad en que se fijó en la suma de pesos un mil ($ 1000), como así también, atendiendo a la actual realidad económica, resulta razonable fijar el valor de la unidad jus para los fines antes mencionados, en la suma de pesos un mil quimientos ($ 1.500). Que por ello, atento las prescripciones del Artículo 92 inciso 7 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, y en atención a la facultad conferida por el artículo octavo de la ley 7055, modificada por ley 13.360, luego de un intercambio de opiniones y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: I. Fijar el valor de la unidad jus a los fines del Recurso de Inconstitucionalidad previsto en el art. 8vo. de la ley 7055, modificada por la ley 13.360, en la suma de pesos un mil quinientos ($ 1.500). II. Establecer que dicho valor regirá a partir de 1.2.2019. Fdo: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).

Saludo a Ud. atentamente.

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno



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FDC SERVICIOS – BONIFICACION PARA COLEGIADOS

Empresa rafaelina que brinda, entre otros servicios,  soluciones integrales para IMPRESORAS – PCs y  venta de insumos: resmas A4; toners para impresoras láser,  etiquetas adhesivas blancas en diferentes calidades,  rollos para sumadoras, registradoras, controladores fiscales y posnet.

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PAGO CONTADO O DEBITO –  PRESENTAR CREDENCIAL DE ABOGADO.

Las bonificaciones no aplican a las Promociones del Mes.



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VENCE EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN A CONCURSOS PARA CUBRIR CARGO DE DEFENSOR PÚBLICO OFICIAL EN DOS PROVINCIAS

26 de noviembre de 2018

 

VENCE EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN A CONCURSOS PARA CUBRIR CARGO DE DEFENSOR PÚBLICO OFICIAL EN DOS PROVINCIAS

 

La Defensoría General de la Nación (DGN) informa que el próximo 30 de noviembre vence el período de inscripción de los concursos públicos para cubrir el cargo de defensor público oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Libertador General San Martín, provincia de Jujuy (CONCURSO Nº 161 MPD), convocado a través de la Resolución DGN Nº 1555/18; y para cubrir el cargo de defensor público oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Mercedes, provincia de Buenos Aires (CONCURSO Nº 160 MPD), convocado a través de la Resolución DGN Nº 1418/18.

 

Las inscripciones se realizan a través del Formulario Uniforme de Inscripción (FUI), que se encuentra disponible en la web del MPD, y debe remitirse por correo electrónico a la casilla inscripcionaconcursos@mpd.gov.ar, respetando los requisitos establecidos en el Art. 18, Inc. a), del Reglamento.

 

Vencido el período de inscripción, se iniciará un nuevo plazo de diez (10) días hábiles (Art. 18, Inc. b) del Reglamento) para presentar personalmente o por tercero autorizado —en la Secretaría de Concursos de la DGN, sita en Av. Callao 289, piso 6º, Capital Federal, en días hábiles y en el horario de 8 a 15.30 h— o remitir por vía postal a dicha Secretaría la documentación a la que se refiere el Art. 19, Inc. c) del Reglamento, la que deberá efectuarse ineludiblemente en soporte papel, debidamente foliada y en carpeta o bibliorato. Esta documentación también podrá ser presentada o enviada durante el período de inscripción al que alude el Art. 18 Inc. a), siempre que con anterioridad ya se hubiese enviado por correo electrónico el Formulario Uniforme de Inscripción.

 

El plazo establecido en el Art. 18, Inc. b) del Reglamento vencerá el día 14 de diciembre de 2018.

 

El «Formulario Uniforme de Inscripción», el «Formulario de Declaración Jurada» y el «Instructivo para la Inscripción», a tenor de lo dispuesto por el Art. 19, Inc. a), Resolución DGN Nº 1244/17, son aquellos que se encuentran publicados en la página web de la DGN, desde donde los podrán descargar los interesados.

 

Forma de inscripción

Los/as aspirantes llevarán a cabo sus inscripciones en la forma prevista en el Capítulo IV del Reglamento. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento, se deja constancia que, toda vez que la inscripción por vía electrónica puede ser realizada válidamente hasta la finalización del día del vencimiento, no será de aplicación el plazo de gracia contemplado en el último párrafo del Art. 25 del Decreto N° 1759/72. En el supuesto de que el/la postulante contara con alguna discapacidad, deberá poner dicha circunstancia en conocimiento de la Secretaría de Concursos de la DGN, con el objetivo de allanar cualquier dificultad que pudiera presentársele en el momento de rendir las pruebas de oposición. Dicha información tendrá carácter confidencial.

 

Los/as aspirantes deberán constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos del concurso, no pudiendo hacerlo en dependencias del Ministerio Público de la Defensa; y deberán denunciar una dirección de correo electrónico, resultando válidas todas las notificaciones que se practiquen en la misma, de conformidad con el Art. 4º del reglamento aplicable. Será obligación del/de la postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales.

 

En virtud de lo establecido en el Art. 20, inc. d) del Reglamento, transcurridos los diez (10) días mencionados en el Inc. b) del Art. 18, los/as postulantes que no cuenten con los recaudos exigidos en los apartados 1, 2, 3 y 4 del inciso c) del Art. 19, serán excluidos/as del listado de inscriptos.

 

Requisitos personales

Se requiere ser ciudadano argentino, tener veinticinco (25) años de edad y contar con cuatro (4) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, o de cumplimiento, por igual término, de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, con por lo menos cuatro (4) años de antigüedad en el título de abogado (Conf. Art. 31, 3º Párr., Ley 27.149).

 

Integración del Jurado de los concursos

El sorteo por el cual se desinsaculará a los/as integrantes del Jurado que intervendrán en los Concursos Nº 160 y 161 se llevará a cabo en la sede de la Secretaría de Concursos de la DGN el día 27 de diciembre de 2018.

 

El sorteo será público y documentado en acta, y contará con la intervención como actuario/a de un/a funcionario/a de la Secretaría de Concursos de la DGN con jerarquía no inferior a secretario/a de primera instancia.

 

Publicación de listados

Las listas de inscriptos/as y excluidos/as y de los/as miembros titulares y suplentes de los jurados de los concurso serán notificadas a los/as postulantes en la casilla de correo electrónico oportunamente denunciada, a los/as miembros de los jurados en la casilla de correo oficial, y a los/as juristas Titular y Suplente, por medio fehaciente (conf. Art. 22 del Reglamento).

 

Para las presentes convocatorias rige el Reglamento de Concursos conforme Resolución DGN Nº 1244/17.


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Convocatoria a Concurso de oposición, antecedentes y entrevista personal para cubrir el cargo de: Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza – Circunscripción Judicial Nº 1.-

NOTA Nº 402.-

 

Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional,  23 de Noviembre de 2018.-

 

Señor

Pte. Colegio de Abogados de la 5ta. Circunscripción Judicial

Dr. Enrique C. Soffietti Berger

Buenos Aires 168

2300 Rafaela

 

Tengo el agrado de dirigirme a usted conforme a lo establecido por los artículos 7º, 9º y 29º del Decreto Nº 854/16, adjuntando a la presente el llamado a concurso de oposición, antecedentes y entrevista personal  para cubrir cargos de: Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza -Circunscripción Judicial Nº 1.-

 

 

Al respecto, estimaré de Ud. la más amplia difusión de esta convocatoria para que llegue a conocimiento de los interesados.-

 

Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para saludarlo muy atentamente.-

 

 

 

 

LEANDRO MAIAROTA
Presidente del Consejo de la Magistratura

Provincia de Santa Fe
Minist. Justicia y DD HH

 


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EL ARTE DE LA NEGOCIACION – PNL

Última propuesta del año a pedido de interesados: otro entrenamiento con Fernando Cuperman. ¿ Listos para aprovechar la oportunidad?

 

Cuando la NEGOCIACION se transforma en ARTE, todas las partes pueden encontrar soluciones ecológicamente.
El entrenamiento se dará en torno a la utilización de diferentes herramientas de PNL   el reconocimiento de  modelos funcionales  y su utilización para el logro de objetivos y acuerdos de partes. También , aprender a detectar  esos modelos para poder aplicarlos cuando así se decida y lograr eso que se proponga, en lo personal, profesional, y organizacional. ¿La premisa? Respetar la ecología en el ganar/ganar/ganar.



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ELECCIONES DE CAJA FORENSE – VISITA DE CANDIDATOS

ELECCIONES CAJA FORENSE

30 DE NOVIEMBRE 2018

 

  • ¿En qué horario? 8.00 a 13.00 hs.

 

  • ¿Dónde? Colegio de Abogados Sede Rafaela  // Delegaciones de San Cristóbal  y Tostado

 

  • ¿Quién puede votar? Todos los afiliados activos de Caja Forense.

Se recuerda concurrir con DNI.

 

  • ¿Qué cargos se eligen?  Un  Director Titular y Un Director Suplente

 

  • ¿Qué listas están oficializadas?

 

     «Gremial Forense»   postula al  Dr. Claudio Ezequiel González Viescas como Director Titular y a la Dra. Débora Sonia Furman como Directora Suplente;

 

     “Unidad y Participación Forense  postula   al  Dr. Juan Carlos Francisco Pane como Director Titular y a la Dra.  María de los Angeles Marelli Rivero como Directora Suplente.

 

VISITA DE CANDIDATOS

 

El lunes 26/11 a la hora 11.00 en el SUM del Colegio de Abogados (Alvear 425) la lista «Gremial Forense»  que postula al Dr. Claudio Ezequiel González Viescas como Director Titular y a la Dra. Débora Sonia Furman como Directora Suplente,  dará a conocer su propuesta a los colegiados.

 

Asimismo, el día miércoles 28/11 a las 12.00 horas, también en el SUM  (Alvear 425),  lo hará la lista Unidad y Participación Forense que postula  al  Dr. Juan Carlos Francisco Pane como Director Titular y a la   Dra. María de los Angeles Marelli Rivero como Directora Suplente.

 


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Juzgado de Circuito Sunchales – Nuevo sistema de gestión

Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe – Sistema de Gestión (SISFE)

 

 

Acuerdo ordinario de fecha 20/11/2018 – acta 46 –  dispone que  el  

 

Juzgado de primera instancia de circuito de Sunchales comenzará a operar con el sistema de gestión de expedientes a partir del 26 de noviembre próximo.

 

NUEVO SISTEMA DE GESTIÓN JUDICIAL –  Expedientes que tramitan en:

 

* CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

 

* SANTA FE:

– Cámara Contencioso Administrativo

– Cámara de Circuito

– Salas en lo Civil y Comercial

– Salas en lo Laboral

– Juzgados Civil y Com. N° 1 al N° 11

– Trib. Colegiado de Resp. Extracont. N° 1 y N° 4

– Trib. Colegiado de Familia N° 2, N° 3, N° 5

– Juzgados Laborales N° 1 al N° 5

– Juzgado de Circuito N° 1, 2 y 3

– Juzgado de Ejecución de Circuito

– Oficina de Trámites Sucesorios

 

* ROSARIO:

– Cámara Contencioso Administrativo

– Cámara de Circuito

– Salas de Cámara Civil y Comercial N° 1 al N° 4

– Salas Cámara Laboral N° 1, 2 y 3

– Juzgados Civil y Com. N° 1 al N° 18

– Juzgados Laborales N° al N° 10

– Trib. Colegiado de Resp. Extracont. N° 1, 2 y 6

– Trib. Colegiado de Familia N° 3, 4, 5 y 7

– Juzgado de Circuito N°1, 2, 3, 4 y 5

– Juzgado de Ejecución de Circuito N°1 y 2

– Oifcina de Trámites Sucesorios

 

* VENADO TUERTO:

– Sala Cámara Civil y Comercial N° 1

– Juzgado Laboral

– Juzgado de Circuito

– Juzgado de Familia

– Juzgado Civil y Com. N° 1 y 2

* RECONQUISTA

– Juzgado Laboral

– Juzgado de Circuito

– Juzgado de Familia

 

* RAFAELA:

– Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral

– Juzgado Civil y Comercial N° 1, 2, 3 y 4

– Juzgados Laborales N° 1 y 2

– Juzgado de Circuito

– Juzgado de Familia

 

* CERES:

– Juzgado Civil, Comercial y Laboral

– Juzgado de Circuito

 

* SAN LORENZO:

– Juzgado Laboral

– Juzgado Circuito

– Juzgado Familia

 

* CASILDA:

– Juzgado de Circuito

– Juzgado de Familia

 

* CAÑADA DE GÓMEZ:

– Juzgado de Circuito

– Juzgado de Familia

 

* VILLA CONSTITUCIÓN:

– Juzgado de Circuito

– Juzgado de Familia

 

* VERA:

– Juzgado de Familia

 

* SAN CRISTÓBAL:

– Juzgado de Familia

 

* JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO:

– Circuito N° 10 – San Cristóbal

– Circuito N° 13 – Vera

– Circuito N° 15 – Arroyo Seco

– Circuito N° 17 – Coronda

– Circuito N° 18 – El Trébol

– Circuito N° 19 – Esperanza

– Circuito N° 20 – Gálvez

– Circuito N° 22 – Laguna Paiva

– Circuito N° 23 – Las Rosas

– Circuito N° 25 – San Genaro

– Circuito N° 26 – San Javier

– Circuito N° 27 – San Justo

– Circuito N° 28 – Santo Tomé

– Circuito N° 29 – San Vicente

– Circuito N° 30 – Sastre

– Circuito N° 33 – Villa Gdor. Gálvez

– Circuito N° 34 – Villa Ocampo

– Circuito N° 36 – Avellaneda

 

* REGISTROS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

 



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CONVOCATORIA PROGRAMA JOVENES ABOGADOS – CENTRO TERRITORIAL DE DENUNCIAS CERES Y SAN CRISTÓBAL – 2018

CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS 

CTD CERES – SAN CRISTÓBAL 2018

1 Cargo de Receptor de Denuncias y 1 Receptor Suplente – CTD Ceres
1 Cargo de Receptor de Denuncias y 1 Receptor Suplente – CTD San Cristóbal

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias (CTD) del Nodo Rafaela.

 

Los Profesionales seleccionados deberán desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en los CTD de Ceres y San Cristóbal de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs), por un término de 12 meses. El cargo es rentado. 

REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Abogado/a, con matrícula vigente, inscripto en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.

• Edad entre 24 y 35 años.

• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética.

• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados.

• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, editor de texto, programas de gestión, etc.).

• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación.

 

REQUISITOS PREFERENTES:

• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración / recepción o atención al ciudadano.

• Inscripción en AFIP del interesado.

 

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:

El postulante deberá presentar su currículum vitae (sin soporte papel de antecedentes) en la Recepción del Colegio de Abogados de Rafaela (Buenos Aires 168), o en PDF al correo electrónico de la institución (colabrafaela@wilnet.com.ar), desde el 21/11/2018 hasta el 28/11/2018 inclusive.



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Comunicado Reunión 5 Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe

Sede Colegio Abogados de Santa Fe: 7-11

1.- Orden público de los honorarios profesionales:

El Colegio de Abogados de Rosario impulsó un proyecto de modificación parcial de la ley 12.851, el cual propone incorporar el carácter de orden público a los honorarios profesionales. Luego de debatir la conveniencia de tal propuesta, se resolvió adherir a la iniciativa, dejando en claro que dicho orden público deberá regir para los mínimos arancelarios, no así para los máximos. Es decir, se deja expresamente establecido que las partes podrán acordar estipendios superiores a los establecidos por la normativa de aplicación.

2.- Solicitud de Adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 27423 que regula los honorarios de abogados y procuradores en el ámbito FEDERAL, en lo relativo a la inembargabilidad:

El artículo 3 de la Ley 27.423, reguladora de los honorarios de abogados y procuradores en el ámbito federal, indica que los estipendios profesionales no serán embargables cuando no superen el Salario Mínimo Vital y Móvil, y en lo que supere dicho monto, lo será en un 20% como máximo.

El artículo 66 de dicha normativa, invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la ley nacional, en cuanto a la limitación de embargo de honorarios.

Teniendo en consideración que el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes (art. 14 bis Constitución Nacional); dado que el fruto de la tarea requiere un resguardo que asegure la dignidad del ejercicio profesional; puesto que se requiere de la intervención del Estado para garantizar una mínima retribución, derivada de la contraprestación de la labor realizada en los conflictos sociales que se dirimen ante la justicia, como ordenadora de la comunidad, es que resulta necesario la adhesión por parte de la Provincia de Santa Fe a la Ley 27.423, en lo referido a la inembargabilidad.

3.- Oficina de trámites Sucesorios:

Los Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe formulan sus consideraciones en relación a la “Oficina de Trámites Sucesorios”, de reciente creación mediante Acuerdo Ordinario Nº 15”.

Sin perjuicio que estemos de acuerdo con los fines propuestos para procurar una mayor rapidez, efectividad, celeridad y uniformidad de criterios a los procesos sucesorios –litigiosos o no- y propender a una paulatina “especialización” en la materia sucesoria, no podemos dejar de señalar algunas preocupaciones sobre los siguientes puntos: En primer lugar, tenemos una gran preocupación y consideramos que se debe modificar la denominación de “Oficina de Trámites Sucesorios…”. Ni el Código Procesal Civil y Comercial (Ley 5531) vigente ni el Proyecto de reforma que actualmente se encuentra en la legislatura, regulan en su articulado sobre “TRÁMITES”. Solo comprenden “PROCESOS JUDICIALES”, entre ellos, el PROCESO SUCESORIO.”

En segundo lugar, los únicos profesionales que están autorizados a intervenir en los procesos sucesorios son los abogados y procuradores, como auxiliares de justicia, conforme lo prescribe la Ley Orgánica de Tribunales, y al llamarse “Oficina de Trámites” podría generar dudas sobre la posibilidad de que gestores, escribanos y contadores puedan también actuar en dicho ámbito.

Por tal motivo, consideramos que no puede haber imprecisiones sobre el alcance ni la naturaleza, ya que en definitiva es una Secretaria especial sobre procesos sucesorios sin litigios, ya que se mantiene la competencia de los Jueces de Distrito.

En tercer lugar, está referida a la posible tramitación del proceso sucesorio mediante formularios. Sobre el particular, consideramos que los abogados debemos tener garantizada la libertad de expresión en resguardo de los intereses de nuestros representados y los formularios cercenarían nuestro ejercicio profesional.

Por otra parte, si se quisiese promover a una estandarización se podría modificar la foja cero de iniciación de juicios y hacerla específica para los procesos de declaratoria de herederos y el juicio sucesorio propiamente dicho.

En razón de ello, dado lo expuesto precedentemente como la naturaleza de los actos que allí se ejecutan, es que resulta primordial una denominación más adecuada, por lo que sugerimos conveniente llamarla “Secretaria Judicial de Procesos Sucesorios”.

Dicho cambio no resulta de menor entidad, por cuanto así lo requiere la jerarquía de la profesión y el digno trabajo de los integrantes del Poder Judicial.

4.- Pedido a la legislatura para incorporar el proyecto de ley de suspensión de plazos procesales por razones de maternidad o internación al Proyecto de Reforma del CPCC:

Los Colegios de Abogados de la provincia solicitaron la incorporación del proyecto de ley de suspensión de plazos procesales por razones de maternidad o internación de abogada/os al Proyecto de Reforma del Código Procesal Civil y Comercial, sin perjuicio de otras propuestas que se pudieran realizar en relación a dicho cuerpo normativo.

En ese orden, es dable tener en cuenta que cuando concurren determinadas circunstancias excepcionales de índole personal o familiar, es dable que el abogado cuente con el amparo del ordenamiento jurídico, que le permita excusarse de la atención de sus primordiales obligaciones profesionales.

En efecto, ante el acaecimiento de una enfermedad, accidente u otro hecho que imposibilitare el cumplimiento del deber, resulta propicio que los plazos procesales se suspendan, en pos de evitar que acontecimientos imprevistos y súbitos, derivaran en una situación injusta no sólo para el profesional que la padeciera, sino también para su defendido.

Nuestros códigos rituales omiten contemplar dichos inconvenientes, que merecen recibir el tratamiento y abordaje primordial, teniendo en consideración nuestro rol esencial de auxiliares de justicia y fundamentalmente, por el hecho de ser humanos.

Es por ello, que surge la imperiosa necesidad de formular una reforma procesal que contemple este aspecto, tendiente a garantizar la libertad de actuación y asegurar la dignidad del abogado.

Sentado lo que antecede, no podemos dejar de mencionar lo dispuesto por el artículo 71 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe que refiere, en uno de sus párrafos, a la suspensión de plazos procesales “por fuerza mayor declarada discrecionalmente por el juez o por acuerdo de partes…”.

Dicha disposición legal establece el principio de discrecionalidad judicial para su sanción y con el ello, debe entenderse que el órgano jurisdiccional toma la decisión inaudita parte.

Empero lo expuesto, la mentada normativa no conduce a la solución, puesto que al resultar amplia y sujeto al criterio del magistrado, las causales de “fuerza mayor”, la incertidumbre ante cada caso concreto se acrecienta, en lugar de disiparla.

Ahora bien, la reforma debe propiciar que las razones de suspensión –que incumbe ser taxativamente enumeradas para evitar abusos- sean de gravedad suficiente que imposibilitaran o tornaran desaconsejable para el letrado el ejercicio de su labor.

PROYECTO: REDACCIÓN DIFINITIVA:

ARTICULO 71 bis.- Interrupción del plazo por maternidad o nacimiento o internación de hijos. A pedido de parte interesada y sin traslado a la contraria, el Tribunal ordenará la interrupción de los plazos procesales en curso cuando el peticionante sea letrado único, haya intervenido desde la demanda inicial o tenga una antigüedad superior a los sesenta (60) días en el patrocinio de la parte, e invoque y acredite -en forma fehaciente- mediante certificado o constancia emanada de establecimiento asistencial público o privado, razones de:
1) Internación personal, o de su cónyuge a causa de embarazo, parto u otra causal de gravedad;
2)Nacimiento de hijo;
3) Recepción en guarda judicial acreditada por la autoridad judicial interviniente, o
4) Acompañamiento personal en la internación –en establecimiento asistencial público o privado- de un hijo o menor bajo su patria potestad, de hasta quince (15) años de edad que requiera contención familiar.

ARTICULO 71 ter.- Modalidades de aplicación. Sanciones.- El pedido a que se refiere el artículo anterior deberá concretarse dentro de los dos (2) días de ocurrido el hecho y la interrupción no podrá exceder de cinco (5) días, lo que deberá establecer el Tribunal de acuerdo a las circunstancias acreditadas e indicar el momento en que el plazo individual o común se reanudará, lo cual se producirá automáticamente, o fijar el nuevo día y hora de audiencia, lo que deberá notificarse conforme a derecho según correspondiere.
Cada parte solamente podrá ejercer este derecho una sola vez por año calendario.
Si se acreditara la inexistencia o falsedad de los hechos invocados para interrumpir un plazo o suspender una audiencia, la conducta del letrado será sancionada en los términos de la presente ley, debiendo remitirse las actuaciones al Tribunal de Conducta del Colegio de Abogados correspondiente.
La interrupción prevista en el artículo anterior no es comprensiva del cómputo del plazo para la perención de la instancia y del correspondiente al periodo de prueba en los juicios ordinarios.

5.- Adhesión Colegios de Abogados a la Postura del CASF sobre actualización de índices clase pasiva:

Los Colegios de Abogados de Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista adhirieron a la postura institucional aprobada por el Colegio de Abogados de Santa Fe y que es de público conocimiento respecto al inminente tratamiento por parte del Supremo Tribunal de Justicia de la Nación de un caso clave de reajuste de haberes previsionales, que puede marcar el futuro de los Jubilados y Pensionados de nuestro país, razón por la cual se decidió darla a conocer masivamente. El documento ha sido denominado“Repensar derechos constitucionales y precedentes para no dejar a la clase pasiva en situación de mayor vulnerabilidad”

6.- Temas de agenda abierta:

Asimismo, entre otros temas incorporados a la agenda de la reunión se abordó el funcionamiento del MPA y SPPDP dentro del nuevo sistema penal vigente en las distintas circunscripciones de la provincia.

Por otra parte, fue objeto de consideración la Reforma de la Ley de Mediación Prejudicial obligatoria.

Finalmente, fue considerado el punto relacionado con las incumbencias de Defensorías Zonales, Defensoría del Pueblo, Defensorías Generales y Consumidores.


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Colegio de abogados informa

Estimados colegiados:

Les informamos que jueves 15 y viernes 16 del corriente, Caja Forense y Colegio de Abogados (administración y biblioteca) permanecerán cerrados en razón de los feriados por  la conmemoración de la fundación de la ciudad de Santa Fe y el día del empleado judicial, respectivamente.

La adhesión a esta última fecha, en lo que respecta a administración y a biblioteca del Colegio, resulta de compensar el día del empleado de comercio, fecha en la que el Colegio permanece abierto en su horario habitual.

Atte.

Colegio de Abogados.



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Jornada Nacional Preparatoria de la XIX Conferencia Nacional de Abogados , La Plata 2019. Acceso a la Justicia . Roles de la Abogacía . En el Centenario de la reforma universitaria.

Esta Jornada constituye un encuentro de alto nivel académico de la abogacía argentina organizada. Por tal motivo lo invitamos muy especialmente a vuestro Colegio a participar de esta importante Jornada, designando representantes a la misma.

Le adjuntamos link, con información del evento. https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdM0MdOrVqMlJEe0OWHinnor0TEcKx0vp3lJIHoK62VLhlGqw/viewform.






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Acto 30º aniversario.

Estimados:   Administración del Colegio de Abogados permanecerá cerrada el día viernes 09 a partir de la hora 10.00 por encontrarse el personal afectado a tareas de organización del acto.  Por su parte, Caja Forense permanecerá cerrada, el mismo día, a partir de las 10.30 hs.





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DTRC Registro General – Suspensión plazos – 24 de octubre (celebración Fundación Rafaela)

DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 19 

Santa Fe, 22 de Octubre de 2018.-

VISTO:
 		Que se ha dispuesto el próximo 24 de Octubre del corriente año, la celebaración de la Fundación de la ciudad de Rafaela y dada la adhesión al mismo de las dependencias  públicas de esa ciudad ; y

CONSIDERANDO:
 		Que el Nodo Rafaela del Registro General permanecerá cerrado. 
 		Que ante la imposibildad de la recepción de documentos en dicha sede, se verá afectada la normalidad del curso de los plazos registrales;
		Que la Ley 9263 y la Resolución del Ministerio de Gobierno n°381/83 facultan a la Dirección General a suspender los Plazos cuando existan circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor;
		Que además ello se torna aplicable en ambos Registros de la Propiedad (Santa Fe -Rosario) con motivo de la implementación del sistema unificado de Inhibiciones en toda la provincia en virtud de la Disposición Tecnico Registral n° 3/2015;
  		Por ello y de conformidad a  lo normado en los artículos 75, 76, 78 de la ley registral provincial Nº 6435, y la Resolución N°42 del Ministerio de Justicia y D.D.H.H.:

El SECRETARIO DE GESTION PUBLICA, LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL , LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL DE SANTA FE Y  EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO

DISPONEN: 

1º.- Suspender los plazos registrales establecidos en la Ley 6435 desde la cero ( 0) hora del día 24 de octubre del 2018 hasta las veinticuatro (24) horas del mismo día en los Registros de la Propiedad  Santa Fe - Rosario y sus correspondientes nodos.  

2º.-  Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión. 

3°.- Regístrese, comuníquese a los Colegios Profesionales, vinculados con la actividad registal, hágase conocer al público general y  archívese.

FIRMADO:  Dr. Matías Ezequiel Figueroa Secretario de la Gestión Pública,   
Dra. Natalia Carranza Directora Provincial del Registro Genenral
Dra. Graciela Gimenez. Directora General Registro General Santa Fe
Dr. Miguel Angel Luverá. Director General. Registro General Rosario
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Se llevó a cabo la Jornada Intensiva de Capacitación de Defensa de los Animales no Humanos, bajo el nombre «Abordaje Interdisciplinario del Maltrato y Crueldad Animal conforme la Ley Penal 14.346»

El pasado miércoles 10 de octubre de 2018 se llevó a cabo la Jornada Intensiva de Capacitación de Defensa de los Animales no Humanos, bajo el nombre «Abordaje Interdisciplinario del Maltrato y Crueldad Animal conforme la Ley Penal 14.346», de cinco horas reloj de duración, en el S.U.M. del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de Santa Fe, sede Rafaela. Dicha jornada estuvo organizada por el Instituto de Derecho Animal de ese Colegio, y disertaron como invitados especiales:

-Dr. Carlos Stegmayer. FISCAL DE CÁMARA DE APELACIONES.

Tema: «El Derecho y la Jurisprudencia frente a la defensa del hábitat natural de los animales».

-Dr. Hugo Degiovanni. EX JUEZ DE CÁMARA PENAL DE APELACIONES Y EX FISCAL.

Tema: «Experiencias en la aplicación de leyes de protección animal».

-Dra. Gretel Monserrat. ABOGADA ANIMALISTA.

Tema: «Querella. Su importancia en casos de maltrato y crueldad animal. Experiencias».

-Dr. Alejandro Ruiz Díaz. PSIQUIATRA.

Tema: «Análisis del maltrato animal desde la psiquis del victimario».

-Dr. Mauro Cortassa y Dra. Josefina Miretti. MÉDICOS VETERINARIOS.

Encargados de Ce.Mu.S.A. (Centro Municipal de Salud Animal de la ciudad de Sunchales).

Tema: «Intervención veterinaria en casos de maltrato animal».

-Subinspector Ezequiel Brondino y Subinsp. Ariel Dellavitta. FUNCIONARIOS POLICIALES.

1er. y 2do. Subjefe, respectivamente, de la Comisaría 13era. de la Unidad Regional V (Dpto. Castellanos).

Tema: «Accionar policial en casos de maltrato animal. Experiencias». Asistieron a la misma 45 personas: empleados policiales, abogados, proteccionistas, y estudiantes, entregándose certificados por asistencia. Fue una jornada intensa, abordándose la temática del Derecho Animal desde el punto de vista de distintos profesionales, capacitación que fue muy fructífera.

 






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Concurso Prosecretario del Ministerio Público Fiscal Distrito Judicial Sur

Al señor Presidente

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. por disposición del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, con el objeto de solicitarle -a título de colaboración- la difusión en el ámbito de ese Poder Judicial del llamado a concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Prosecretario del Ministerio Público Fiscal del Distrito Judicial Sur, con asiento en la ciudad de Ushuaia.

A tal fin se adjunta el Edicto, Anexo de la Resolución STJ Nº 148/18.

Sin otro particular, y agradeciendo tenga a bien acusar recibo del presente, lo saludo con la mayor consideración.

Norma Vecchi
Direcctora de Concursos
Superior Tribunal de Justicia





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Circular Nº 111/18: Suspensión concurso cargo Subdirector de Administración de Unidades Operativas del Organismo de Investigaciones MPA

Circular N° 111/18.

 

Santa Fe, 04 de octubre de 2018.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S                       /                        D

 

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de ese órgano jurisdiccional, que se ha recepcionado Resolución Nro. 00319 del Fiscal General del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Jorge C. Baclini del día 27 de septiembre de 2018, mediante la cual se suspende el procedimiento correspondiente al concurso público de antecedentes y oposición convocado por la Resolución FG Nº 210/2018 de este Ministerio Público de la Acusación para la cobertura del cargo de Subdirector de Administración de Unidades Operativas del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación.

 

Se adjunta a esta circular, la correspondiente Resolución, haciendo saber que podrán consultar todo lo relativo a la misma en la página del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe, www.mpa.santafe.gov.ar.

 

Saludo a Ud. atentamente.-

 

Fdo. Dr. Eduardo Bordas

(Secretario de Gobierno)»

 

Atentamente.

Sección Personal

 











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PNL RAFAELA 2018- «El Poder de Nuestros Lenguajes». Laura Szmuch – 6 y 7 de octubre- Módulo abierto

 Hola, como cada mes, queremos acercarte otra propuesta de  PNL Rafaela. En esta oportunidad, estaremos explorando «El Poder de Nuestros Lenguajes»  para así aplicarlos cada vez más eficaz y ecológicamente. Laura Szmuch, Master Trainer en PNL , miembro de la Red Latinoamericana de PNL nos visitará nuevamente y estará guiando los aprendizajes.

Estaremos desarrollando y practicando estos temas:

·         Metamodelo del lenguaje

·         Narrativas personales

·         Anclajes

·         Generador de comportamiento

Y más…

 

La docente: Laura Szmuch

Master Trainer en PNL y  miembro del Nodo Axis  de la Red Latinoamericana de PNL. Es docente (profesora de inglés, egresada del INSP “Dr. Joaquín V. González”), coach ontológico, Magíster en Psicología Cognitiva y Aprendizaje de la universidad FLACSO en convenio con UAM (Universidad Autónoma de Madrid), yogaterapeuta e instructora de Yoga Integrativa, yoga para niños y facilitadora holística de procesos de aprendizaje y transformación personal. Estudió Neuropsicoeducación. Para su tesis investigó acerca de la motivación de los docentes.

Fundadora y directora de “LS capacitaciones y coaching”, consultoría educativa que se dedica a capacitación en PNL y coaching. Es autora de “Aprendiendo inglés y disfrutando el proceso” (Dunken), “Las seis inspiraciones” (GAE) y “Proyecto Gratitud” (Vergara, Random House). También escribió la tesis: “Gramática motivacional docente: las razones para enseñar”, para su maestría en Psicología Cognitiva y Aprendizaje. Ha sido columnista y ha escrito artículos para diferentes medios periodísticos (Infobae, Diarios Día a día, Todo en un click, Via país, Diario de la Salud, Diario Salud Online, Revistas: Saber vivir, Yoga +, Buena Salud, y otras). Coordina grupos de reflexión y transformación personal, y retiros conocidos como “Un Spa para tu Alma”.  

 

Fechas: sábado 6 y domingo 7 de octubre de 9 a 18.

Lugar: SUM del Colegio de Abogados ( Alvear y Buenos Aires) RAFAELA

Destinado a: 


Público en general: profesionales, docentes, terapeutas, empresarios, comerciantes, estudiantes universitarios y todos aquellos que estén interesados en sumar recursos, técnicas y estrategias cada vez más funcionales tanto en la vida personal, profesional, laboral y organizacional.

Inversión: 

$2800 las 16 horas de entrenamiento..  Bonificación especial si son 2 o más interesados. Bonificación  a miembros de asociaciones pertenecientes al Foro de Entidades Profesionales, a estudiantes universitarios; a grupos. Reserva tu lugar haciendo una seña en Saavedra 531, de 8 a 12.30 y de 15.30 a 19.30 o contactándonos a los miembros del equipo.

Les recordamos que este entrenamiento cuenta con el aval de la Red Latinoamericana de PNL, de la que Rafaela es Nodo.

ABIERTO a todos los que quieran sumarse, sin requerimientos de conocimientos previos.


Estamos disponibles para cualquier consulta. Te esperamos.
PNL Rafaela

Andrea Rodich, David Heinzmann, Carlos Reinaudi, Gisela Albarrán y Amalia Maine.

CONTACTOS: 

Correo : amaliamaine@gmail.com y pnlrafaela@gmail.com
Facebook: PNL Rafaela
Gisela 3492 563197
David 3492 669506
Amalia 3492 648926





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El SISFE ya se utiliza en los Juzgados Civiles y Comerciales de la 1ra. y 2da. Nominación de los Tribunales Rafaela

El SISFE ya se utiliza en los Juzgados Civiles y Comerciales de la 1ra. y 2da. Nominación de los Tribunales Rafaela
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5746

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe puso en marcha el sistema denominado «SISFE» en los Juzgados de la 1ra. y 2da. Nominación de los Tribunales de Rafaela. En el primero de los casos desde el pasado 17 de septiembre y desde este lunes 24 para el segundo de ellos.

La expansión de este sistema informático integral denominado “SISFE”, se viene impulsando desde el Alto Cuerpo, a todos los órganos jurisdiccionales con asiento y materia – no penal- del territorio santafesino.

Este sistema continua afianzando la publicidad y consulta vía web, con lo que ingresando al portal del Poder Judicial de Santa Fe, www.justiciasantafe.gov.ar, se podrán visualizar todas las actuaciones vinculadas al expediente.

Recuérdese que la “Autoconsulta de Expedientes” permite a los profesionales y a las partes del proceso, acceder y consultar información actualizada acerca del estado procesal, ubicación, resoluciones recaídas y todo otro dato relacionado al mismo.

Tal es así, que el acceso a la información contenida en el expediente, se puede efectuar desde cualquier computadora conectada a Internet, o bien, desde el propio lugar de residencia del profesional o la parte. También desde los puestos de autoconsulta ya existentes y en funcionamiento en las distintas sedes judiciales, o utilizando cualquier dispositivo móvil mediante el uso de la “Red wifi” del Poder Judicial, disponible en ellos.

Un nuevo avance en el marco del Proceso de transformación de la Justicia de Santafesina, impulsado desde la Corte Suprema de Justicia, que busca imprimir mayor celeridad y transparencia a los procesos judiciales.

Santa Fe, 24 de septiembre de 2018.
Prensa / Poder Judicial de Santa Fe




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CAPACITACIÓN POLICIAL 2018 a cargo del INSTITUTO DE DERECHO ANIMAL.

La temática de la capacitación fue “MALTRATO ANIMAL: CÓMO PROCEDER CONFORME A LA LEY PENAL 14346” y estuvo a cargo de las Abogadas Eliana Fortbetil, Antonela Brusa y Noelia Castillo, integrantes del Instituto de Derecho Animal.

Concurrieron más de  40 empleados policiales de distintas dependencias de la Unidad Regional V de Policía del Dpto. Castellanos, quienes recibieron material sobre maltrato y crueldad animal en soporte papel.



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ELECCIONES CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN, Viernes 05/10/2018.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN

Elecciones

Viernes 05 de octubre de 2018

Sede del Colegio de Abogados de RAFAELA (Bs. As. 168)

Horario  9.00 a 18.00

Concurrir con Documento Nacional de Identidad.

NINGÚN OTRO DOCUMENTO ES VALIDO PARA VOTAR.

El sufragio será individual, personal, voluntario y secreto.

En el interior, votan los Colegios nucleados en FACA.  La elección de representantes de los abogados del interior del país para cubrir un cargo de Consejero Titular y uno suplente para el período 2018/2022 se realizará el 05 de octubre de 2018 en cada entidad colegiada agrupada en la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA).

Los abogados de la matrícula federal en ejercicio forman parte del cuerpo electoral convocado para elegir a los abogados que integrarán el Consejo de la Magistratura en representación de los abogados de la matrícula federal, previsto en el artículo 114 de la Constitución Nacional, en los términos del artículo 2º, inciso 3º, de la ley 24.937 (t.o. por decreto 816/99) y sus modificatorias.

Las listas son las siguientes:

 

  TITULAR SUPLENTE

LISTA 1: “LA ABOGACÍA Y LA COLEGIACIÓN”

 

 Dr. BUSTAMANTE, Antonio Daniel

  Dr. LASSALLE, José Luis

 

LISTA 2: “NUEVA PARTICIPACIÓN FEDERAL”

 

Dr. CARRANZA TORRES, Martín José

Dr. LINARES CAROSIO,

Manuel Gustavo

 

LISTA 3: “COMPROMISO CON LA CONSTITUCIÓN”

 

Dr. RODRIGUEZ BASALO, Bienvenido Dra. SERRA, Ornella

LISTA 5: “ABOGADOS POR UNA JUSTICIA INDEPENDIENTE”

 

Dra. SÁNCHEZ HERRERO, Marina

Dr. MATTERSON, Carlos María

 

LISTA 6: “ABOGADOS PLURALISTAS”

 

Dr. PALOMINO, Luis Alberto Dra. ROJO, Ana Karina

 


Padrones electorales
.

Se confeccionarán dos padrones electorales, uno para los abogados inscriptos en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y otro para los inscriptos en la matrícula federal correspondiente al interior del país, de conformidad con lo dispuesto en las leyes 22.192 y 23.187 y en la acordada de la CSJN 37 del año 1987 y que no se encuentren suspendidos, inhabilitados o excluidos, con excepción de los miembros del Consejo de la Magistratura.

Los electores podrán votar únicamente en la mesa receptora de votos que corresponda al lugar de su domicilio electoral. En el caso de abogados extranjeros se considerará domicilio electoral el que se haya denunciado como su domicilio real.

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS ABOGADOS QUE INTEGRARAN EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

http://faca.org.ar/reglamento-electoral-t.o-2018.html

 

 



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El X Congreso Argentino de Derecho Concursal será en la FCJS


El X Congreso Argentino de Derecho Concursal será en la FCJS

Del 17 al 19 de octubre, la Facultad será sede de la décima edición del encuentro que reúne a profesionales y jóvenes graduados del país e Iberoamérica, en torno al Derecho Concursal.

 

El X Congreso Argentino de Derecho Concursal y VIII Congreso Iberoamericano de la Insolvencia se realizará en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS) de la UNL. El encuentro se desarrollará entre el 17 y el 19 de octubre de 2018, y prevé la participación de destacados conferencistas y panelistas.

Las inscripciones están abiertas y podrán realizarse ingresando AQUÍ.

Para más información sobre la décima edición del Congreso, se puede visitar su sitio web: www.fcjs.unl.edu.ar/sitios/congresoconcursal

Las consultas se reciben en el e-mail congresoconcursal2018@fcjs.unl.edu.ar

Disertantes invitados

El Congreso contará con presencia de dos prestigiosos disertantes internacionales: la Dra. Françoise Pérochon (Francia) y el Dr. Daniele Vattermoli (Italia), quienes integrarán un panel sobre ‘La insolvencia del hombre común. El desafío del Siglo XXI’.

El programa incluye la realización de conferencias, paneles, trabajo en comisiones, y lunch y cena de camaradería.



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DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 12/2018-Suspensión por caída del Servidor. 11/09/2018

DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 12/2018

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 11 de septiembre de 2018

 

                                    Visto la existencia de problemas técnicos del Servidor del Sistema Total Doc; y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que con motivo de haber sufrido problemas técnicos el Servidor del Sistema Total Doc en el dia de la fecha se ha complicado el normal funcionamiento registral,  alterando el curso de los plazos que rigen a los distintos trámites;

 

Que la Ley 9263 y la Resolución del Ministerio de Gobierno N° 381/83, facultan a esta Dirección General para suspender los mencionados plazos, cuando existan circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor, y la situación referida configura una de las excepciones que se encuadran en dichas normas;

 

Por ello y de conformidad con las facultades emergentes de los artículos 75 y 76 inc. 6º de la Ley local 6435;

 

LA DIRECTORA PROVINCIAL Y LOS

DIRECTORES GENERALES DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y ROSARIO

                                                           

DISPONEN:

 

1º.- Suspender los plazos registrales establecidos en la Ley 6435 desde la cero (0) hora hasta las veinticuatro (24) horas del día 11 de septiembre de 2018 del corriente año.-

 

2º.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la supsensión.-

 

3º.- Regístrese, notifíquese, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.-

 

 

 







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PROPUESTA DEL ICBC 

PROPUESTA DEL ICBC
Para ingresar como clientes del banco ICBC por la campaña de Profesionales y acceder a un paquete de servicios Platinum (en caso de poseer un modelo de atención Black en otro banco, se les otorgará mismo modelo), se solicitará

Presentar: 
* DNI
* Matrícula o título profesional + aportes (en el caso de modelo similar en el mercado no es necesario)
* Resumen de banco o última factura de impuestos o servicios, para acreditar domicilio.

· Contamos con tecnología de avanzada y todos los canales disponibles, para que la distancia no sea un inconveniente y puedan operar con sus cuentas y tarjetas desde la localidad de residencia.

· Cómo clientes podrán acceder al programa de puntos para canjear por aéreos, hoteles u otros productos (consultar en www.icbc.club.com.ar)

· Jueves: Descuentos en súper y autoservicios de Rafaela (panaderías, proveedurías, fiambrerías, verdulerías) que operen con tarjetas de débito.

· Viernes: Peluquerías y barberías + bares y restaurantes, también con débito.

· Además a los descuentos que se encuentren vigentes en shoppings de todo el país y principales puntos turísticos de la Argentina (consultar en www.icbc.beneficios.com.ar).

· Tasas y condiciones preferenciales para inversiones y para préstamos.

· Atención preferencial en líneas de caja y con el oficial de negocios, en todas las sucursales del país.

· Invitaciones a eventos y experiencias únicas.

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PNL RAFAELA 2018- «Emociones y Comunicación». Graciela Marchetti- 8 y 9 de setiembre- Módulo abierto

Estaremos desarrollando y practicando estos temas:

SÁBADO 8 

EXPLORANDO EL UNIVERSO EMOCIONAL 

  • Emociones básicas
  • Emociones y Estados de ánimo
  • Las emociones como espacio de diseño
  • Reacciones emocionales y respuestas asertivas
  • La química de la adicción emocional
  • Estados emocionales básicos
  • Inteligencia Emocional

DOMINGO 9 

COMUNICÁNDONOS EFECTIVA Y AFECTIVAMENTE 

  • El lenguaje verbal y no verbal. La coherencia CEL  -Escucha Empática
  • Actos lingüísticos básicos
  • Modelo de Comunicación No Violenta de Marshall Rosenberg

 

La docente: Graciela Marchetti

Master Trainer en PNL y Co fundadora y Co Directora de la Red Latinoamericana  de PNL.Directora Académica e Instructora del Departamento de Capacitaciones y Centro de Formación en P.N.L de Espacio Namaste. Coach Ejecutivo Internacional y Coach Ontológico Profesional.  Trainer en Programación Neurolingüística y Master Practitioner en P.N.L. con especialización en Educación.  Consultora Educativa en Neuroaprendizaje.   Formación en Neurosicoeducación en curso. Consultora y Coach organizacional que promueve el arte de las conversaciones efectivas mediante el uso de un lenguaje limpio y asertivo y contribuye al desarrollo del potencial humano, desde una óptica integral que comprende la P.N.L, las Neurociencias Cognitivas, la Ontología del Lenguaje y otras disciplinas que enriquecen el proceso del desarrollo personal y profesional.

Fechas: sábado 8 y domingo 9 de setiembre de 9 a 18.

Lugar: SUM del Colegio de Abogados ( Alvear y Buenos Aires) RAFAELA

Destinado a: 
Público en general: profesionales, docentes, terapeutas, empresarios, comerciantes, estudiantes universitarios y todos aquellos que estén interesados en sumar recursos, técnicas y estrategias cada vez más funcionales tanto en la vida personal, profesional, laboral y organizacional.

Inversión: 

$2800 las 16 horas de entrenamiento.  Bonificación especial si son 2 o más interesados. Bonificación  a miembros de asociaciones pertenecientes al Foro de Entidades Profesionales, a estudiantes universitarios; a grupos. Reserva tu lugar haciendo una seña en Saavedra 531, de 8 a 12.30 y de 15.30 a 19.30 o contactándonos a los miembros del equipo.

Les recordamos que este entrenamiento cuenta con el aval de la Red Latinoamericana de PNL, de la que Rafaela es Nodo.

ABIERTO a todos los que quieran sumarse, sin requerimientos de conocimientos previos.

Estamos disponibles para cualquier consulta. Te esperamos.
PNL Rafaela

Andrea Rodich, David Heinzmann, Carlos Reinaudi, Gisela Albarrán y Amalia Maine.

CONTACTOS: 

Correo : amaliamaine@gmail.com y pnlrafaela@gmail.com
Facebook: PNL Rafaela
Gisela 3492 563197
David 3492 669506
Amalia 3492 648926

 


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Curso sobre «MAGISTRATURA Y PROCESOS CONSTITUCIONALES». Organiza Centro de Capacitación Judicial de la C.S.J. – Inicio 03/09

Centro de Capacitación Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la  Provincia de Santa Fe invita a

Curso sobre «MAGISTRATURA Y PROCESOS CONSTITUCIONALES»

3, 13, y 17 de septiembre, 1°, 8 y 12 de octubre de 16 a 20 hs.,  en el Salón de Videoconferencias del 4° piso del edificio de Tribunales de calle Alvear  de Rafaela.

El curso está destinado a magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial con título de abogado y abogados del foro local.

Cupo: 40 personas.

LUNES 03/19/2018 – DR. IVAN KVASINA (por videoconferencia):

– La magistratura constitucional en el Estado Constitucional de Derecho. Orígenes y formación de los sistemas de control de constitucionalidad. Los sistemas de justicia constitucional en el continente americano (Norteamérica y América latina) y en Europa.

– Aspectos actuales del control de constitucionalidad en Argentina. Problemas de nuestro sistema de control de constitucionalidad.

JUEVES 13/09/2018 – DRES. RUBÉN WEDER Y LUCIANO PAGLIANO:

– El recurso contencioso administrativo sumario santafesino (ley 10.000).

– Hábeas Data. Sistemas comparados. El sistema argentino: derechos protegidos, régimen procesal. El hábeas data en Santa Fe. Análisis jurisprudencial.

LUNES 17/09/2018 – DR. ALEJANDRO ROMÁN:

– Amparo. El amparo en el orden federal y en el orden provincial. Evolución jurisprudencial. Aspectos procesales.

LUNES 01/10/2018 – DR. GUILLERMO LOYOLA:

– Hábeas Corpus. Orígenes históricos, evolución. Subtipos de hábeas corpus. Objeto. Legitimación activa y pasiva. Hábeas corpus y procesos colectivos. El caso santafesino.

LUNES 08/10/2018 – DRA. ANDREA MEROI (por videoconferencia):

– Procesos colectivos.

VIERNES 12/10/2018 – DR. FABIÁN TROVATTO:

– Recurso de Inconstitucionalidad Provincial. Características generales. Régimen procesal. Análisis jurisprudencial.

– Recurso Extraordinario Federal. Naturaleza y regulación normativa. Objeto y finalidad. Requisitos de admisibilidad y procedencia. El recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia. El recurso extraordinario por gravedad institucional. Régimen procesal.

Inscripciones mediante email a: capacitacionsfe@justiciasantafe.gov.ar; debiendo consignar nombre y apellido, D.N.I., cargo y lugar de trabajo, email.

CENTRO DE CAPACITACIÓN JUDICIAL

 

 

 


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Acordada nro. 232/2018 CFAR

Estimados,
Se adjunta al presente la Acordada nro. 232/2018 CFAR: Medidas de Seguridad a implementar en el Edificio de Boulevard Oroño 940, para su conocimiento y a sus efectos
Atte,
Secretaría de Superintendencia.-






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Novedades Bibliográficas

Se han incorporado nuevos títulos a la biblioteca del Colegio de Abogados, los cuales son de sumo interés para el ejercicio profesional y se encuentran a disposición de nuestros matriculados.

  • COLECCIÓN DE PRÁCTICA PROFESIONAL – MODELOS DE ESCRITOS: Accidentes de Tránsito -Autor: Malizia, Roberto.
  • COMPENSACIÓN ECONÓMICA Autor: Molina de Juan, Mariel F.
  • TRATADO DE LOS CONTRATOS- – Parte General. 3ª edición ampliada y actualizada con el Código Civil y Comercial de la Nación- Autor: Lorenzetti, Ricardo Luis
  • EL QUERELLANTE. La reivindicación de la víctima en el proceso penal – Autores: Franceschetti, Gustavo – Gamba, Silvia B.

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INICIO DE ACTIVIDADES DE DELEGACION DEL COLEGIO DE ABOGADOS EN LA CIUDAD DE CERES.

Estimados colegiados:

Nos resulta grato hacerles saber que la Delegación de Abogados de Ceres, constituida por asamblea extraordinaria del 12/09/2017, dio inicio a sus actividades el pasado lunes 20 de agosto en el inmueble ubicado en calle Alem 36 de esa ciudad, siendo su horario de atención de 09.00 a 13.00.

Actualmente, la Quinta Circunscripción Judicial cuenta con Delegaciones en las ciudades de San Cristóbal, Ceres y Tostado, y una Asociación de Abogados que nuclea a profesionales de Suardi, San Guillermo y Villa Trinidad.

 



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LA PROVINCIA INAUGURÓ UNA DELEGACIÓN DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR EN RAFAELA

 

Busca optimizar y mejorar la información y asesoramiento, como así también atender con mayor diligencia las denuncias.

La ministra de la Producción, Alicia Ciciliani, encabezó este jueves la inauguración de la Oficina de Defensa del Consumidor Delegación Rafaela, ámbito que estará directamente conectado al sistema provincial, recibirá las denuncias de manera presencial y tomará las registradas en las municipalidades de la zona. Además, podrá realizar de manera autónoma las audiencias conciliatorias e incluso llevar a cabo imputaciones si así correspondiere.

La nueva oficina funcionará desde el 1 de septiembre en la sede del Centro Cívico de la Región 2 – Nodo Rafaela (Bulevar Santa Fe 2771). En el lugar se realizó el acto de lanzamiento que contó también con la presencia del secretario de Comercio Interior y Servicios, Juan Pablo Diab; coordinador de la Región 2 – Nodo Rafaela, Fernando Muriel; y el presidente del Colegio de Abogados de Rafaela, Enrique Soffietti, entre otras autoridades.

Información en extenso:

https://www.santafe.gob.ar/noticias/noticia/262604/


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TUTORIAL: SOLICITUD DE REGISTRACIÓN DIGITAL

Este tutorial explica los pasos necesarios para realizar el pedido de la Solicitud de Registración Digital (SRD) a través de la página www.santafe.gov.ar. Este trámite brindará a los profesionales mayor agilidad en la operatoria y les evitará el traslado a oficinas del Registro de la Propiedad.

 

https://www.youtube.com/watch?v=vUmon1LJX08





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Declaración emitida por la Federación Argentina de Colegios de Abogados

Señor Presidente del

Colegio de Abogados de Rafaela

Dr. Enrique Carlos Soffietti Berger

Me dirijo a Ud. a los fines de comunicarle nuestra profunda preocupación por los hechos de violencia en vuestra jurisdicción y adjuntarle especialmente la Declaración emitida por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, que sin perjuicio de haber sido circularizada a todos los Colegios Federados, es intención de esta Institución ocuparse, en lo que sea necesario y ponernos a su orden para lo que fuere meneste.

Augurando que se normalice la situación y reitero a vuestra entera disposición.

Atentamente,

Marcelo C. Scarpa

Secretario

 



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CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA- COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SEDE RAFAELA

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SEDE RAFAELA
 
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
 
De conformidad con lo dispuesto por los arts. 5) y 7) del Estatuto, convócase a los Señores Colegiados de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA a celebrarse el día MARTES 11 de SEPTIEMBRE de 2018 a las 19.00 horas en la Casa del Foro, sita en calle Alvear 425 de la ciudad de Rafaela. La Asamblea sesionará válidamente con la presencia de por lo menos el 20% de los colegiados. Si tal recaudo no se cumpliera, transcurrida media hora desde la que fuera fijada para la iniciación de la misma, ésta sesionará válidamente cualquiera sea el número de colegiados presentes, según lo dispone el art. 6) del Estatuto. Se tratará el siguiente:
 
ORDEN DEL DIA
 
1- Designación de autoridades de la Asamblea.
 
2- Designación de dos asambleístas para refrendar el acta correspondiente.
 
3- Lectura y consideración del acta de la Asamblea anterior.
 
4- Lectura y consideración de la Memoria y Balance del Ejercicio 2017-2018
 
 
Rafaela, 10 de agosto de 2018.
 
ENRIQUE C. SOFFIETTI BERGER – PRESIDENTE
 
MABEL EUSEBIO – SECRETARIA

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CONVOCATORIA A ELECCIONES – COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SEDE RAFAELA

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SEDE RAFAELA.
 
CONVOCATORIA A ELECCIONES.
 
De conformidad con lo dispuesto por el art. 27) del Estatuto, el Directorio del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe con sede en la ciudad de Rafaela convoca a sus colegiados a ELECCIONES para la RENOVACION PARCIAL DEL DIRECTORIO Y TOTAL DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA para el día MARTES 25 de SEPTIEMBRE de 2018, estando el padrón de electores a disposición de los interesados desde el 10 de agosto de 2018 en la sede del Colegio – sita en calle Buenos Aires 168 Rafaela – pudiéndose efectuar tachas durante los diez días posteriores a la exhibición. Cinco días después de concluido el período de tachas se confeccionará el padrón definitivo. De acuerdo con los arts. 10) y 21) del Estatuto, los cargos a cubrir en el Directorio son: presidente, secretario, tesorero, quinto y sexto vocales titulares y primero y segundo vocales suplentes y en el Tribunal de Disciplina: tres miembros titulares y tres miembros suplentes. Todos los electos durarán dos años en sus funciones. El art. 28) del Estatuto señala que sólo podrá votarse por listas presentadas al Directorio con no menos de diez días de antelación al fijado para el acto eleccionario, las que deberán contar con las firmas de por lo menos 20 colegiados en condiciones de ser electores. El art. 30) del Estatuto establece que si solamente se presentase una lista, no se realizará el acto eleccionario, quedando automáticamente consagrada la lista presentada y oficializada.
 
Rafaela, 10 de agosto de 2018.
 
 
ENRIQUE C. SOFFIETTI BERGER – PRESIDENTE
 
MABEL EUSEBIO – SECRETARIA

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CÁMARA DE PROFESIONALES EN MARKETING DE RAFAELA Y LA REGIÓN

Cámara de Profesionales en Marketing de Rafaela y la región.

#SerMarketingOPEN es la tercera edición del evento más importante de marketing y negocios de Rafaela y la Región.

Organizado por la CPMRR; #SerMarketing 2018 contará en esta ocasión con 8 disertantes de primera línea, que tratarán diversas temáticas que generan tendencias e innovación en los negocios.

Este año el #SerMarketing se encuentra renovado, con un enfoque más intenso y abarcativo que en sus ediciones anteriores. Ya no busca solo ser el referente del marketing de la región sino que quiere transformarse en el evento de managment más convocante de la provincia.

Una actividad para empresarios, comerciantes, profesionales y estudiantes en la que los disertantes más relevantes de cada área nos ayudaran a reflexionar sobre calidad, equipo, emprendedorismo y estrategia, entre muchos otros temas.

CONOCÉ A ALGUNOS DE LOS DISERTANTES:

  • VAKA LAZZARI: Liderazgo y trabajo en equipo.
  • JULIÁN GAITA GONZÁLEZ: Calidad en servicio (Disney).
  • SERGIO GRINBAUM: 9 Tendencias de Marketing digital.
  • PATRICIO CAVALLI: Tendencias en Marketing y publicidad.
  • DANIEL DI MARE: Experiencia de Éxito – Caso Rasti
  • NICOLÁS JAUREGUIBERRY: Design Thinking.

 

jue. 16 de agosto de 2018

10:30 – 16:30 ART

Cine Las Tipas Rafaela

Colectora Conscripto Zurbriggen 865

Rafaela, Santa Fe 2300

 

 

Información de Ser Marketing: http://cpmrr.org/sermarketing/#2018

 

Arancel promocional de $750.- para matriculados de los Colegios que componen el Foro de Profesionales.

VER INSTRUCTIVO ADJUNTO

https://www.eventbrite.com.ar/e/sermarketingopen-2018-tickets-47515546278

 

 




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Junta Electoral de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.) Elecciones Consejo de la Magistratura 2018

Junta Electoral de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.)

Elecciones Consejo de la Magistratura 2018

Cronograma electoral para las elecciones del representante de la abogacía ante el Consejo de la Magistratura Nacional, a cargo de la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

Dichos comicios se realizarán el día 5 de octubre de 2018, de 9 a 18 hs. en las sedes de los Colegios de Abogados de todo el país.

Dr. Juan Carlos Valente   Dr. Alberto Deppeler

Vicepresidente                   Presidente

 

PADRON PROVISORIO DE ELECTORES

Exhibido desde el 06/08/2018  y por cinco días corridos

Sede del Colegio de Abogados (Buenos Aires 168)

 REGLAMENTO ELECTORAL

http://www.faca.org.ar/reglamento-electoral-t.o-2018.html


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Charla Informativa «Un camino hacia la adopción»

Invitación a Charla Informativa «Un camino hacia la adopción»

El Sr. Secretario de Gestión Pública, Dr. Matías Figueroa Escauriza tiene el agrado de invitar a Ud. a una charla informativa con el objetivo de brindar explicación y evacuar consultas sobre el proceso de adopción en la Provincia de Santa Fe.


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Charla de Capacitación sobre SRD (Solicitud de Registración Digital)

Invitación a Charla Capacitación sobre SRD (Solicitud de Registración Digital)

El Sr. Secretario de Gestión Pública, Dr. Matías Figueroa Escauriza tiene el agrado de invitar a Ud. a una jornada de capacitación sobre “Solicitud de Registración Digital – SRD”.

La SRD es el nuevo mecanismo de rogación electrónica ante el Registro General de la Propiedad Inmueble.

El mismo permite completar la Rogatoria de manera Digital mediante la página de Formularios Electrónicos.

Los datos se cargan accediendo a la opción “Nuevo Trámite” y detallando el Acto Jurídico y la Categoría del mismo.

Luego se puede abonar la Tasa de Ley Convenio por medio de dicha plataforma.

La precarga digital de la información permite agilizar la Carga de la documentación en Mesa de Entradas, haciendo que los datos ingresados sean captados y traídos automáticamente al sistema superando el proceso de carga manual.

Del mismo modo, al llenar el campo con el numero de “CERTIFICADO CATASTRAL WEB”, el formulario trae de forma automática los datos ya ingresados en catastro (personas, dominios, etc) haciendo la experiencia más rápida y sencilla para el usuario.

Por otro lado, una de las fundamentales ventajas de este sistema es que utiliza la información pre cargada para armar automáticamente LAS MATRICULAS de los dominios que se decidan pasar a la técnica de FOLIO REAL ELECTRÓNICO, nuevamente ganando tiempos y construyendo un proceso de registración más ágil.

La seguridad Jurídica resulta otro punto fundamental a favor de este sistema, resguardando los datos electrónicamente y digitalizando el proceso de inscripción se obtiene una mayor veracidad de la información registral evitando operaciones de fraude inmobiliario.

Luego se puede abonar la Tasa de Ley Convenio por medio de dicha plataforma y se procede a imprimir el mismo para su presentación Firmada en el Registro General.

Aprovechamos la oportunidad para informar que próximamente la Solicitud de Registración Digital será el único medio de rogación disponible ante este Registro.

 

https://www.youtube.com/watch?v=vUmon1LJX08


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Comunicación importante- Trámites sucesorios ante el Registro de Procesos Universales.

Estimados,
Enviamos para su conocimiento nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia con respecto a trámites sucesorios ante el Registro de Procesos Universales.
Cordialmente.
Colegio de Abogados.

Nueva disposición respecto a trámites sucesorios ante el Registro de Procesos Universales.

Sr/a. Profesional:
A partir del día 04/06/2018 la Corte Suprema de la Justicia de la Provincia de Santa Fe mediante Acta Acuerdo Nro. 16, punto 7, de fecha 15.05.2018 ha informado que las comunicaciones al Registro de Procesos Universales y Sucesorios referidas a inscripciones y anotaciones de procesos sucesorios se realizarán en forma exclusiva a través de correo electrónico oficial con firma digital.

Recaudo de ingreso por MEU:
Ingresado el expediente por MEU deberá el profesional tomar el recaudo de acompañar los sellados correspondientes a saber: tasa de justicia ($80), tasa de actuación ($40) y los costos correspondientes a la toma de razón por parte del RPU del inicio del proceso sucesorio e informe de causas (Sellado Fiscal $ 40 –  Formulario API 324 – Código 92-217 – y Tasa Judicial $ 180).

Aclaración: El RPU solo recibe formularios en formato electrónico con firma digital del funcionario a cargo del Juzgado.

1º Formulario “Inscripción de inicio de proceso sucesorio”: Si se toma la precaución de cumplimentar con lo dispuesto anteriormente – recaudo de ingreso por MEU – el Juzgado al proveer el primer decreto del sucesorio, simultáneamente – recibido el correo por el profesional – enviará al Registro de Procesos Universales y Sucesorios dicho formulario para que brinde la información requerida y tome razón de la iniciación del presente trámite. Recibida la respuesta el Juzgado firmará los edictos – siempre que no existan otros procesos sucesorios iniciados.

2º Formulario “Inscripción de la Resolución de Declaratoria de Herederos”: El profesional remitirá el formulario – transcripto en el cuerpo del email –a la cuenta de correo oficial de cada juzgado para que éste lo confronte con el expediente y lo remita firmado digitalmente al Registro de Procesos Universales y Sucesorios.

Precaución:

  • La sentencia de declaratoria de herederos deberá estar firme y ejecutoriada, es decir que haya adquirido calidad de cosa juzgada y que se encuentren notificados los Ministerios Públicos que correspondieren).
  • El profesional al remitir el email con el formulario transcripto en el cuerpo del correo, deberá dejar el expediente “a la firma” para que el funcionario a cargo confronte el oficio con las constancias de autos y remita el oficio firmado digitalmente al Registro.
  • Asunto del correo: tipo de trámite solicitado y carátula completa.
  • El oficio dirigido al Registro de Procesos Universales y Sucesorios debe ser transcripto en el cuerpo del correo remitido a la cuenta oficial del Juzgado.
  • Solo se admitirán los modelos de oficios disponibles en la página del poder judicial

http://www.justiciasantafe.gov.ar/tramites/formularios/RPU_declaratoria_herederos.pdf

 

Las cuentas de correo electrónicos de cada Juzgado son las siguientes:

1ª Nominación: civil1rafa@justiciasantafe.gov.ar

2ª Nominación: civil2rafa@justiciasantafe.gov.ar

3ª Nominación: civil3rafa@justiciasantafe.gov.ar

4ª Nominación: civil4rafa@justiciasantafe.gov.ar

 


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IV Congreso de Seguridad Social – 3, 4 y 5 de octubre – Mendoza

ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

De nuestra consideración,

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de invitarla/o, y por su intermedio a los matriculados de su Institución, a participar del IV Congreso de Seguridad Social, organizado por nuestra entidad, que tendrá lugar los días 3, 4 y 5 de octubre en el Hotel Sheraton de la ciudad de Mendoza.

La temática girará en torno de diversos temas de actualidad, siendo el más destacado el de la posibilidad cierta de una reforma previsional en un corto o mediano plazo. En el afiche adjunto figura la información general, que iremos pormenorizando en la página web www.congresoprevisional.com.ar.

Creemos de especial importancia la participación de abogadas y abogados de todo el país, por considerar fundamental visibilizar y revalorizar la labor de los profesionales del derecho en materia de seguridad social, quienes, desde hace décadas, han representado la constante defensa de los derechos y garantías del artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional, tantas veces vulnerados.

Por último, le solicitamos especialmente tenga a bien hacer extensiva la presente invitación al Instituto o Comisión especializado de su Colegio, a sus efectos.

Saludamos muy atentamente,  María del Carmen Besteiro, Presidenta – Claudia Sorotzki, Presidenta Comisión de Seguridad social


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Propuesta ICBC.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL PAQUETE DE PRODUCTOS ICBC START.

Si recién te recibiste (menos de 1 año) y tenés hasta 29 años.

Presentar

  • DNI
  • Certificado analítico, título profesional o matrícula al día.
  • Comprobante de domicilio.

Para mayor información, contactar a:

Sandra E Zeballos

Oficial Exclusive Banking

Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) SA.

San Martin 69

(2300) Rafaela, Argentina

Teléfono: (03492) 458522 – Celular: (03492) 15 636170

sandra.zeballos@icbc.com.ar

www.icbc.com.ar